Ese dictamen habla de los artículo 41.5 de la Ley 1/2018, de 22 de febrero, de Coordinación de Policías Locales de la Comunidad de Madrid, y el artículo 52.3 del Reglamento Marco de Organización de las Policías Locales de la Comunidad de Madrid, que se refiere a procesos de promoción interna como por ejemplo cuando los agentes de movilidad acceden a la categoría de policía por promoción interna nada que ver con la
movilidad horizontal, art 42 LCPPLLCAM o art 63 y ss del R.Marco.
Por otro lado las conclusiones de ese dictamen dicen lo siguiente:
el “proyecto de orden por la que se determinan las pruebas y los conocimientos que podrán
eximirse en los procesos selectivos para el acceso por promoción interna a la categoría de Policía de los cuerpos de Policía Local de la Comunidad de Madrid"
Eximir: Liberar [a alguien] de obligaciones o culpas (fuente: RAE)