Hola, dada la nueva ley de (des)coordinación de la Policía Local de Andalucía (6/2023), la cual establece "un período mínimo de permanencia obligatoria de cinco años en el municipio donde se haya obtenido plaza", entiendo que esto se aplica a las nuevas plazas convocadas tras la entrada en vigor de esta Ley (6/2023), y que ello no afecta a las plazas convocadas durante la anterior ley (la 13/2001) y que por ello no es de aplicación este requisito.
Entiendo que si obligaran a tener que estar 5 años a los compañeros que aprobaron antes de la entrada en vigor de la nueva ley, se incumpliría la irretroactividad de las normas; aun así, hay algun compi de andalucía que haya permutado recientemente sin haber cumplido lo de los 5 años? Alguien que sepa certeramente sobre el tema me puede aclarar la duda? Gracias