Bueno, vamos a ver si lo aclaramos un poco, a raiz del caso roquetas, y gracias a la labor de desinformación de los periodistas, los cuales cogen el regalmento de armas y ven que las defensas extensibles estan consideradas como armas prohibidas omitiendo lo de FUNCIONARIOS ESPECIALMENTE HABILITADOS, pues lanzan la noticia de que los GC de Roquetas emplearon defensas ilegales en la supuesta paliza al individuo de marras en busca de carnaza, mas cuando es un cuerpo policial el que está por medio.
Las distintas administraciones se llevan las manos a la cabeza y comienzan a ver fantasmas donde no los hay, por ende la caza de brujas. Como en el actual reglamento de armas no queda claro donde se pueden vender y como, el ICAE pone en marcha a sus servicios jurídicos y encuentra un decreto del a?o 86 el cual dice que las defensas y grilletes solo se podran vender a estamentos y no a particulares, decreto que estaba sujeto al antiguo reglamento de armas ya derogado, con lo cual no tiene validez.
Pero si los grilletes se venden es Sex Shops se?ores mios.
Bien, pues dicen, ya tenemos por donde meter mano a esto de las extensibles, y se ponen manos a la obra interviniendo ya no solo las extensibles si no todo tipo de defensas, ole sus huevos.
Evidentemente los servicios jurídicos de la asociación de armeros se han puesto manos a la obra, pero como en todo procedimiento administrativo, (los que les interesan) las cosas de palacio iran despacio, manteniendo así intervenidas las defensas hasta la entrada en vigor del proximo reglamento de armas el a?o proximo, en el que si se contempla la venta de este y otros tipos de defensa, y seguro que de forma muuuuuuy restrictiva.
Por otra parte, lo que va a decir el proximo reglamento de armas es que la defensa extensible, que portaran funcionarios especialmente habilitados y que recojan este tipo de defensa en su reglamentación interna,
SOLO podrá ser portada durante las horas de servicio, una vez finalizado este se deberan depositar en sus dependencias. Evidentemente la venta solo podrá realizarse a estamentos policiales, no a particulares, ya que estando fuera de servicio, para esto se nos considera particulares.
En una discusión que mantuve con un Capitan interventor de la GC sobre la extensible, precisamente le plantee el por que de no poder portarla de paisano, la ley nos faculta para portar un arma de fuego fuera de servicio y en cambio no podemos portar una ASP, no es cierto que es mucho menos lesiva una defensa que una pistola?. Lesiva para el otro a nivel fisico, y lesiva para nosotros a nivel penal.
La respuesta fué, POR QUE NO SE PUEDE Y PUNTO. Por no citar que por mas que le intenté hacer ver que la ASP no es mas lesiva que cualquier defensa rígida de policarbonato, de madera, etc, la repuesta fué que si, que era mucho mas lesiva y peligrosa que cualquier otro tipo de defensa, sin mas argumento que mis cojones y yo.
Esto no hace mas que confirmar que los que nos dirigen no se encuentran con la problemática que nosotros nos encontramos en la calle, viven en un mundo aparte, es su mundo, y como todo, lo que a ellos les interesa, tiene que esta sometido a voto popular, mas bien periodistico diría yo, pues así nos va.
Otro gran problema que veo yo, es que el control de armas no debería estar en manos de un cuerpo militar como es la GC, mejor, que desmilitaricen la GC, y que por fin, un monton de jerifaltes que piensan de manera programada puedan pensar de manera propia. El nivel de estupidez de un mando es directamente proporcional al cargo que ostenta.
Que me perdonen los GC que se sientan aludidos, no es mi intención insultar a nadie, pero es que hay cosas que agotan la paciencia de cualquiera.
Tambien entiendo que la intervención de armas no es mas que el brazo armado del político para controlar las armas, y que no se puede dejar estas cosas a la ligera, pero es que estamos hablando de policias que demandan medios para hacer frente a un trabajo que como cualquier otro evoluciona con los tiempos, o que por lo menos debería evolucionar, y para ello son necesarios medios.
Resulta que lo que está archiprobado en el resto del mundo, no es válido para Espa?a, que cojones tenemos, somos mas papistas......
La GC únicamente tiene para repeler una agresión una pistola al cinto, y por portar elementos que no sean reglamentarios para su defensa, o por ponerse un chaleco antibalas pagado de su bolsillo pueden ser juzgados por un codigo penal militar?

?. No me digas que no tiene cojones la carga de le?a, eso si, cuando palman se les entierra con honores y a la familia se le da una placa conmemorativa reconociendo sus méritos, a la GC o a cualquier otro funcionario policial.
Por otra parte, resulta que ahora un monton de policias que si la llevaban de dotación, de repente a sus mandos se les encoge el culo y se la quitan a sus policias, se?ores, ya que son mandos son reponsables de informarse correctamente de la legislación vigente y de defender a sus policias ante la opinion pública. En cambio meten la cabeza en la tierra ante cualquier problema y como medida preventiva lo quitamos y punto, es mas importante la opinion
periodistica que la seguridad de sus policias.
A cuantos de vosostros os han dado un curso para manejar la defensa de dotación?, y con la defensa reglamentaria no se causan lesiones?.
A seguir aguantando, quizá cuando empiecen a ocurrir cosas muy gordas, para las cuales la mayoría no estaremos preparados, se empiecen a tomar cartas en el asunto y se vea el atraso que tenemos respecto a otros cuerpos policiales mundiales.