La de fuego si y comprada por ti al amparo de tu carné profesional, pero la extensible no está amparada por licencia o autorización y es propiedad del Ayuntamiento, de ser reglamentaria claro, y dentro de las normas internas habría que leer la prohibición que se realice sobre el uso de uniformidad y complementos fuera del servicio, en el caso de PMM, prohibido por Reglamento.