Autor Tema: Defensas, extensibles, tonfa...  (Leído 138055 veces)

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Re:Defensas, extensibles, tonfa...
« Respuesta #940 en: 31 de Octubre de 2015, 20:46:56 pm »
De paisano es una opción porque es más fácil de portar . . . pero como tu dices rompe huesos y abre cabezas.

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cuando se es muy torpe y se desconoce su uso sin duda. A poquito que se forme será capaz de utilizarla sin matar a nadie.
Aunque ande en valle
De sombra y de muerte
no temeré mal alguno
Porque tú estarás conmigo
Tu vara y tu cayado me
infundirán aliento

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« Respuesta #941 en: 14 de Diciembre de 2016, 13:09:16 pm »

Colau compra porras metálicas para su policía de "proximidad"


El Ayuntamiento de Barcelona adquiere 450 nuevas "defensas extensibles" para armar a la Guàrdia Urbana.

VÍCTOR MONDELO
JAVIER OMS   BARCELONA
14/12/2016 03:06
Ada Colau se ha propuesto transformar su policía local, la Guàrdia Urbana, en un cuerpo «centrado en la proximidad». El objetivo de la alcaldesa de Barcelona es reducir las intervenciones de los agentes fomentando la «prevención de los problemas» y la «anticipación de los «conflictos». Pero, mientras insiste en ese discurso político, el gobierno municipal acaba de aprobar la compra de nuevas porras metálicas para equipar a sus guardias.

El Ayuntamiento de la capital catalana ha licitado la adquisición de 450 nuevas «defensas extensibles» fabricadas en aluminio y acero para la Guàrdia Urbana, un arma reglamentaria que ya formaba parte del equipamiento habitual de la policía municipal y cuya continuidad ahora avala Colau.

El Consistorio ha fijado un precio de compra para las nuevas porras de la Guàrdia Urbana de 73.434 euros -IVA incluido-, cantidad que servirá para adquirir las 450 defensas extensibles, formadas por tres tramos rígidos, los dos primeros fabricados en aluminio y el tercero hecho de tubo de acero vacío «para evitar lesiones». Este instrumento policial, ligero y de pequeñas dimensiones -510 milímetros desplegado- permite al agente una actuación rápida y manteniendo distancia. Cada unidad tiene un coste de 92 euros.

El lote de porras adquirido por el Ayuntamiento va acompañado de sus respectivas fundas con el escudo del cuerpo policial grabado y de 12 «sacos de entrenamiento» capaces de «simular la densidad del cuerpo humano» para ensayar el golpeo con el arma.

Continuos conflictos con el cuerpo

La compra de las porras metálicas se produce en un contexto de redefinición del cuerpo policial barcelonés con consecuencias como la todavía pendiente disolución de su unidad antidisturbios. La reconversión de esta unidad se producirá antes de la primavera e implicará la modificación de las funciones de estos agentes, que se dedicarán al diseño de planes de emergencia, la inspección de grandes eventos y también actuarán como policías administrativos y de proximidad.

La disolución de los antidisturbios ha sido sólo uno de los puntos de conflicto entre la alcaldesa y la Guàrdia Urbana, que también se ha visto afectada por las nuevas directrices del gobierno municipal en cuestiones como el top manta. La tolerancia del ejecutivo de Colau con el fenómeno de la venta ilegal en la vía pública ha limitado la actuación de los agentes, que en ocasiones han resultado heridos.

La mayor crisis se produjo en mayo del pasado año, cuando trascendió que el teniente de alcalde Jaume Asens había llamado por teléfono al abogado de un guardia urbano lesionado por un mantero para pedirle que no solicitara prisión provisional para el vendedor ambulante.

Tras ese capítulo, que llevó a la oposición a pedir dimisiones en el área de Seguridad que nunca llegaron a ejecutarse, se han producido nuevas fricciones entre el cuerpo policial y sus mandos políticos. El último tuvo lugar a inicios de este mes de diciembre, cuando el gobierno municipal anunció el desmantelamiento de la banda de música de la Guàrdia Urbana y el cambio de rol de la Unidad Montada, que pasará a patrullar zonas forestales y a vigilar el medio ambiente después de que Colau considerara que era demasiado cara para no participar en operativos policiales.

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« Respuesta #942 en: 14 de Diciembre de 2016, 18:04:47 pm »
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« Respuesta #943 en: 11 de Enero de 2017, 15:04:26 pm »
"CON BASE SIMPLEMENTE EN INFORMACIONES VERBALES"

UPN: "Asiron retiró las porras en Policía Municipal sin existir informes que lo justificaran"

EP - Lunes, 9 de Enero de 2017 - Actualizado a las 14:25h

PAMPLONA. El Grupo Municipal de UPN en el Ayuntamiento de Pamplona ha denunciado este lunes que el alcalde, Joseba Asiron, "retiró las porras extensibles a los agentes de Policía Municipal sin que existiera ni un solo informe que justificara esta decisión y sólo para contentar al ala más radical de Bildu después del desalojo de un edificio ocupado en el Paseo de Sarasate".

Los regionalistas han asegurado que "así lo ha reconocido" el propio concejal de Seguridad Ciudadana y Convivencia, Aritz Romeo (Bildu), quien ha afirmado en la Comisión de Presidencia que se retiró este elemento de la equipación policial "sin que existieran informes, y con base simplemente en informaciones verbales".

"Después de semanas exigiendo explicaciones y los informes en Comisión, por fin se ha confirmado que se trata de una alcaldada para salir del paso, sin ningún informe que la sostenga", han criticado los regionalistas.

UPN ha subrayado que "privar a los agentes de este elemento afecta directamente a su seguridad" y ha denunciado que "es una irresponsabilidad mayúscula que por contentar a los sectores más radicales, indignados por la actuación de la Policía Municipal a la hora de evitar una ilegalidad, se castigue a los agentes con una medida que afecta a su labor y seguridad".

Así, han afirmado que "el papel de Asiron y Romeo en todo este asunto, como máximos responsables de Policía Municipal, está siendo vergonzoso".

"No sólo fueron incapaces de apoyar la labor de los agentes en la intervención del Paseo de Sarasate, sino que además han castigado indiscriminadamente a todos los miembros del cuerpo", han criticado.

En este sentido, han recordado que "Bildu y algunos de sus responsables tildaron la actuación de 'inaceptable y violenta', sin que Asiron ni Romeo fueran capaces de enfrentarse a su propio partido en defensa de la Policía Municipal".

"Trataron de regatear el tema con explicaciones titubeantes e insuficientes y aludiendo a supuestos errores en la actuación policial de los que después de más de dos meses seguimos sin saber absolutamente nada", han relatado.

"Con la confesión de hoy, se confirma que la prioridad de Asiron y Romeo es servir a Bildu y a los sectores más radicales de nuestra sociedad y no a los profesionales municipales ni al resto de ciudadanos, que asisten atónitos al descrédito al que el cuatripartito somete al Ayuntamiento casi a diario", han subrayado los regionalistas, que ya solicitaron la dimisión del concejal de Seguridad por su gestión de los hechos posteriores al desalojo.

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« Respuesta #944 en: 02 de Septiembre de 2018, 18:40:58 pm »

Colecta en la comisaría para ayudar a un agente condenado por usar la porra


El funcionario medió en una pelea, fue sentenciado por la Audiencia y debe abonar 23.500 euros por la indemnización y las costas mientras está suspendido de empleo
AINHOA DE LAS HERAS
Sábado, 1 septiembre 2018, 00:54
 
Un grupo de compañeros de un policía municipal de Bilbao que fue condenado a un año de prisión por asestar un porrazo a un joven implicado en una pelea en Mazarredo en la madrugada del 24 de mayo de 2015 han decidido iniciar una colecta interna para ayudarle económicante a pagar los costes del proceso. El agente se encuentra suspendido de empleo y sueldo.

El funcionario debe asumir unos gastos de 23.500 euros que le han supuesto el proceso. Además de la pena de prisión, la Sección Segunda de la Audiencia le impuso una indemnización de 4.200 euros para el denunciante y el abono de las costas de la parte contraria. La firma aseguradora del sindicato al que está afiliado se ha inhibido, ya que el policía fue condenado y tampoco le sufraga la minuta del abogado. Al mismo tiempo, el expediente abierto por el Ayuntamiento bilbaíno, como obliga la Ley, le ha supuesto la suspensión de dos meses sin empleo ni sueldo.

El salario del policía es la única fuente de ingresos de su familia. Tiene dos hijas, una de ellas con una minusvalía del 80%, por lo que hacer frente a esta cantidad significa «un quebranto muy importante» para su economía doméstica, señala el Sindicato Vasco de Policía y Emergencias (SVPE) en un comunicado. En su opinión, «debería ser el Ayuntamiento quien asumiera los gastos de las consecuencias del normal desarrollo del trabajo policial». Respetando la sentencia de la Audiencia, el sindicato ve «injusta» una condena que «se basó en la versión de los participantes en una riña que iban borrachos» frente a la del policía, sus compañeros y una testigo.

El sueldo del policía es la única fuente de ingresos de su familia, con dos niñas, una con minusvalía
Resolución judicial

El juez dice que utilizó la fuerza «de modo excesivo» y causó «lesiones evitables» a un implicado
Según se reflejó en la resolución judicial, hecha pública en febrero de 2018, en la riña se vieron implicados cuatro jóvenes que se encontraron en la esquina de alameda Mazarredo con Jardines de Albia después de haber pasado la noche de fiesta. Unos les contestaron a otros: «Habla en euskera a tu madre». A partir de ahí se enzarzaron. Mientras los implicados, que no se conocían, aseguran que no hubo violencia entre ellos, los policías apuntaron que se habían intercambiado puñetazos.

El agente denunciado, que iba de paisano, declaró que tras bajar del coche pegó con el bastón en una pierna a uno de los jóvenes para atajar la pelea y que suponía que la herida que presentaba otro implicado en la frente se la habría provocado al golpearse contra una barandilla. Su versión fue corroborada por su compañera de patrulla y por varios policías.

«Una piedra en el camino»

Sin embargo, el denunciante y el resto de implicados, junto con un testigo, coincidieron en que había sido el policía el que le había asestado un porrazo en la cabeza. El tribunal dio credibilidad a este último relato, pese a que el informe forense y otro de un perito de la defensa señalaban que la lesión era incompatible con un bastón. Para la sala, el policía utilizó la fuerza «de modo excesivo e inopinado, causando lesiones evitables».

Con 16 años de servicio, el agente mantiene intacta su «vocación de servicio». «Soy policía para ayudar a los demás. Esto es sólo una piedra en el camino, intento positivizarlo y ayudar a otros compañeros para que no les pase lo mismo que a mí», dice.


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« Respuesta #945 en: 03 de Septiembre de 2018, 13:34:15 pm »

Una historia de borrachos o la vergüenza de vestir uniforme.


Que un juez no tiene que ser una persona forzosamente brillante es algo que comprobamos a diario. Desde aquellas sentencias que reducían condenas a violadores porque las chicas tenían la falda demasiado corta y a eso a ver quién se resiste, quedó claro que tampoco ha de ser por fuerza persona empática y cercana al sufrimiento de ningún otro ser humano. Algunos creyeron incluso ver en aquellas decisiones la huella indeleble de largos años de estudio en solitario, ajenos a los placeres que definen la juventud, y con el único consuelo de la masturbación, más o menos compulsiva, que podría haber generado una misoginia importante en sus juveniles ánimos, luego trasladada, ya de mayores, al mundo laboral. No seré yo quien abone estas tesis, sólo les digo lo que he leído por ahí.

El caso que motiva la anterior reflexión arranca de un suceso casi sin importancia en la vida de una ciudad, una pelea de cuatro chavales borrachos en una zona de copas. Allá que llegan los municipales, los otros que siguen dándose mamporros y el agente que golpea a uno de ellos en una pierna según él, en la cabeza según el borracho peleador. Resultado: Un año de prisión para el agente, 4.200 € de indemnización, dos meses de pérdida de empleo y sueldo, más abogados, costas, etcétera.

Partiendo de la razonable duda que me produce, como profesional de la porra, que sea en el cráneo el primer golpe que un agente administre con esa barra de acero que se conoce como bastón extensible y en cuya formación académica el 90% te lo dedican a decir que jamás se ha de golpear a nadie con él en la cabeza, hay cosas que me preocupan.

La primera, la altísima fiabilidad que tienen siempre los borrachos, los atracadores, los ladrones, los violadores y toda suerte de hijos de puta cuando se trata de rebatir y aún de acusar a los agentes que acuden a frenar sus desmanes. Y su facilidad para irse de rositas haciendo que el pato lo pague el funcionario con el apoyo inestimable del sistema. El que nos ocupa es un caso arquetípico: al juicio comparecen de un lado el agente y sus compañeros, tanto la compañera de patrulla como los refuerzos que acudieron al lugar; de otro el denunciante y resto de implicados, borrachos el día de autos pero que lo recuerdan todo con una lucidez extraordinaria, así como un testigo que ni siquiera se sabe que estuviera allí en el momento de los hechos, más allá de que él o ella dijera que lo estaba. Lo que en el argot se llama un “testigo ful”, vamos. En el tú a tú ante el juez, a diferencia de las películas americanas, aquí pierden los policías, violentos, mentirosos compulsivos, mangantes de poco trabajar y mucho cobrar del peculio de todos, multadores de porque sí, aguadores de fiestas sanas y chuletas paramilitares, como dicen los de Bilbao Konpartsak, esa suerte de académicos que reciben miles de euros para que todo el Arenal huela a meados una semana al año.

En este caso, además, dos profesionales de nula fiabilidad igualmente, cual son un perito médico y el mismísimo forense del Juzgado, dicen, hay que ver con qué soberbia lo habrán hecho, que la lesión en la cabeza del muchacho es incompatible con un bastón policial. Dos mentecatos, sin duda, a los ojos sabelotodo de un juez, ¿quién son estos destripamuertos para contradecir a cuatro excelsos borrachos de los de Bilbao de toda la vida? Nadie. Ni nada. ¿Cómo va a ser posible que el borracho se haya golpeado él solo contra la pared o el suelo en medio de la trifulca? Quita, quita, el agente es culpable, para que se joda él y aprendan todos los demás a no tocar los huevos.Ni prueba, ni declaración, ni uniforme, ni ejercicio de autoridad pública, ni nada. Culpable.

Qué quieren que les diga, con veinticinco años a la espalda, yo ya he tomado la determinación de no correr detrás de nadie, no vaya a caerse y la tengamos, de retirar todas las multas con una sonrisa amable para que no me den una paliza el día que me vean paseando con mi familia por la calle y de mimetizarme con el asiento del coche patrulla hasta casi desaparecer tras unas gafas de sol. Tanto he perfeccionado la técnica que hay quien cree que me ha tocado la lotería y por eso no me han vuelto a ver  ejerciendo autoridades tan dudosas como las que nos hicieron creer en la Academia que teníamos. No animo a nadie a que lo haga, claro, pero yo, desde que llevo esta política, no he vuelto a tener un problema y sigo cobrando sin quebranto los dos mil euros mensuales de siempre.

Volviendo al tema, el Sr. Alcalde hace poco arengaba a los nuevos policías: “Pedir todo lo que necesitéis, en seguridad no se puede escatimar”. Ignoro si el agente del que hablamos le ha pedido que, además de la condena judicial, le firme una suspensión de dos meses de empleo y sueldo, porque es lo que ha hecho, en persona o por delegación.

No bastaba que le condenaran de forma tan dudosa los jueces, no es suficiente pensar que si este servidor público, en vez de bajarse del coche camuflado, hubiera seguido conduciendo y mirando para otro lado, no habría sufrido este calvario, no. Había que meterle el estoque hasta la bola. Ante la duda, leña. “Pedir todo lo que necesiteissssss…”, qué pésima copia del talante de su predecesor Azkuna. Mire Alcalde, esta gente necesita respeto en general, apoyo de su institución, que tengan ustedes, los políticos, la valentía de ante la duda poner la mano en el fuego por ellos y, esa es otra, más y mejores medios para defendernos a todos los ciudadanos de los delitos que un año más siguen subiendo de forma galopante en la ciudad. Este agente local que, le repito, pudiendo haber cerrado los ojos porque iba de paisano y nadie se iba a enterar, decidió actuar para impedir un ilícito penal, necesita además 23.000 euros para sufragar los gastos de la indemnización, de los abogados, de las costas judiciales y de los dos meses que se le han chuleado. Los necesita porque, como nos pasa a muchos, es él el único que lleva dinero a su familia, y porque tiene dos hijas, una con una minusvalía del 80% que le van a preguntar por qué no va a trabajar esos días. Los necesita también, creo, para que siga pensando que merece la pena arriesgar el físico por los demás y que su trabajo es todavía una profesión digna y con sentido dentro de la comunidad.

Sus compañeros, en uno de esos pocos gestos que a algunos nos alivian un poco la vergüenza de llevar un uniforme en estos tiempos, han abierto una colecta. Yo mañana hago mi ingreso. Sr. Aburto, ¿qué va a hacer usted?

Nota:  El número de cuenta habilitado por el Sindicato Vasco de Policía es el siguiente:  ES90-2095 0436 00 9103375087.


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« Respuesta #946 en: 07 de Octubre de 2019, 06:39:46 am »

Almeida dotará a los policías municipales de porras extensibles que Carmena desaprobó

    LUIS F. DURÁN
    Madrid

Lunes, 7 octubre 2019 - 02:08

Además, el Ayuntamiento de Madrid proporcionará a los agentes 200 pistolas táser y tablets para registrar las multas.

El Ayuntamiento de Madrid va a dotar a los agentes de la Policía Municipal de porras extensibles, un arma cuya adquisición se paralizó con la llegada al Consistorio de Manuela Carmena. Este tipo de defensas fueron aprobadas por el Gobierno Municipal del PP de Ana Botella.

Se llegaron a comprar unas 800 y se destinaron a los agentes que trabajaban en unidades que por sus especiales características no podían portar el bastón o porra rígida, como son los policías que desarrollan su labor de paisano o patrullan en moto. Para estos grupos es muy útil trabajar con una herramienta de estas características. Sin embargo, Ahora Madrid decidió no adquirirlas. Ahora, el PP y Cs han acordado implantarlas para todos los agentes.

El bastón policial extensible se ajusta a los principios establecidos en el ordenamiento jurídico que regula el uso policial de la fuerza. Está clasificado en el artículo 5.1c del Reglamento de Armas en vigor, aprobado por el Real Decreto 137/93. Su uso en el equipo individual proporciona al agente un elemento intermedio entre el uso de la fuerza a manos vacías y el uso del arma de fuego. Cuesta en torno a los 50 euros.

Carlos Bahón, portavoz de la Asociación de Policía Municipal Unificada, considera que es una muy buena noticia la adquisición, ya que las porras extensibles suponen una ventaja para el trabajo de los agentes. «Es algo que se paralizó con la llegada de Ahora Madrid al Ayuntamiento porque se puso en cuestión desde algunas organizaciones de derechos humanos, pero es una herramienta de seguridad muy útil», señaló.

Además de con porras extensibles, el Gobierno de José Luis Martínez-Almeida va a equipar a los agentes de la Policía Municipal con más de 200 «dispositivos eléctricos defensivos», más conocidos como pistolas táser. El presupuesto previsto es de 500.000 euros, unos 2.000 euros por cada equipo.

También se van a entregar tablets para todos los coches patrulla de la Policía Municipal. Los agentes siguen rellenando con papel y boli las multas e incidencias y con esta herramienta se podrán digitalizar todas las actuaciones, acceder a aplicaciones y realizar la mayoría de gestiones policiales.

Asimismo, todos los policías municipales de Madrid, alrededor de 5.000, contarán con un traje de gala para cuando acudan a los actos oficiales. Hasta el momento el traje de gala sólo lo tenía la escala técnica y parte de la ejecutiva. De esta forma se atiende la reclamación de agentes y sindicatos.


También el anterior Gobierno municipal de Ahora Madrid aprobó la adquisición de los trajes, pero no se llevó a cabo finalmente por temas presupuestarios.

El uniforme de gala estaba reservado ahora a los mandos de la Policía Municipal de Madrid. En concreto era entregado a partir del puesto de sargento y suboficiales de la escala ejecutiva. Ahora se dará a todos los agentes y a las mujeres se les va a dar tanto la falda como el pantalón.

CSIT Unión Profesional señaló que el traje de gala era una reivindicación de los agentes, ya que era un poco ridículo acudir a un acto oficial con el uniforme de trabajo habitual.

Cada uniforme cuesta alrededor de 250 euros, por lo que la inversión rondará el millón de euros aproximadamente por parte del Ayuntamiento de Madrid, según los primeros cálculos municipales.

 

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« Respuesta #947 en: 09 de Octubre de 2019, 18:44:23 pm »


Los policías cargan contra Rita Maestre por desconocer que llevan usando años las porras extensibles



FERNÁN GONZÁLEZ09/10/2019 06:50
Los sindicatos de la Policía Municipal de Madrid han afeado a la portavoz municipal de Más Madrid, Rita Maestre, su desconocimiento sobre su trabajo.

Maestre tachó de «preocupante la fórmula de resolver problemas» que tiene el Gobierno local (de Partido Popular y Ciudadanos), en referencia a la adquisición de nuevas porras extensibles para la Policía Municipal.

La ex portavoz de Manuela Carmena criticó estos instrumentos de control porque «generan más problemas». En rueda de prensa indicó que las porras extensibles han ocasionado «problemas de salud y hasta la muerte cuando han sido utilizadas en Europa y Estados Unidos».

«Hay ignorantes, ilustres ignorantes y luego Rita Maestre», critican desde la APMM


Ante esto los sindicatos policiales han estallado ya que llevan usando estos elementos disuasivos desde hace muchos años sin problema. «Hay ignorantes, ilustres ignorantes y luego Rita Maestre, que siendo portavoz
de Más Madrid desconoce lo qué es una defensa extensible y su utilidad. La
Policía de Madrid ya las tiene de dotación desde hace 5 años, ¿nos puede decir cuántos madrileños han muerto?», le reprochan desde la APMM (la Asociación de Policía Municipal de Madrid).

«Han estado cuatro años en el gobierno y aún siguen sin enterarse del trabajo que realiza la Policía Municipal ni de su dotación para ello», agregan.


Por su parte, el sindicato CSIF Policía Local le ha dicho: «Señora Maestre, las porras extensibles son herramientas homologadas y legales para las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad. Mientras ustedes gobernaron también se llevaban de dotación así que sabe de sobra que no han producido los problemas que refiere. Deje la demagogia para sus rivales políticos que la Policía madrileña no merece sus mentiras».

Maestre apuntó que «es peligroso y preocupante que la fórmula del gobierno de resolver los problemas de convivencia y seguridad genere más problemas».


El mismo alcalde de Madrid, José Luis Martínez-Almeida, confirmó que los policías municipales dispondrán de porras extensibles con el objetivo de que cuenten con «todos los medios para que puedan hacer su trabajo» y estén «en condiciones de poder garantizar la convivencia en la ciudad y el cumplimiento de las ordenanzas».

Según explicó el edil del PP los primeros en disponer de estos nuevos elementos serán los 85 nuevos agentes que entrarán en el Cuerpo capitalino. Así lo desvelado  en declaraciones a los periodistas tras participar en la presentación del V Shopping Tourism, en el Caixaforum. Esta promesa llega también dos semanas después de que el Gobierno municipal comenzara la tramitación para conseguir a la Policía Municipal las primeras pistolas táster, dispositivos eléctricos defensivos de control que funcionan con descargas de corriente eléctrica.


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« Respuesta #949 en: 24 de Octubre de 2020, 14:20:24 pm »


Interior regula el uso del bastón policial: los golpes deberán evitar las zonas vitales



La instrucción elaborada por la Policía antes de dotar a los agentes prohíbe el uso de este tipo de defensa en manifestaciones y concentraciones masivas / El funcionario tendrá que detallar en el parte de intervención si la persona ha resultado lesionada
ANTONIO SALVADOR Redactor 
23/10/20 - 00: 05
 
   

Agentes de la Policía Nacional, en la estación madrileña de Atocha.
Agentes de la Policía Nacional, en la estación madrileña de Atocha. EP

Los policías nacionales que usen el bastón extensible deberán evitar los golpes en zonas vitales del cuerpo y con carácter general no se podrá utilizar en manifestaciones y concentraciones que reúnan a una multitud de personas como recurso para mantener o restablecer el orden público.


Casi 28 años después de que entrara en vigor el Reglamento de Armas, que reserva su empleo a las fuerzas y cuerpos de seguridad del Estado, la dirección del Cuerpo Nacional ha elaborado una instrucción por la que se incorpora este elemento de defensa al armamento de uso policial y se regula su utilización. Hasta ahora no formaba parte de la dotación oficial, si bien algunos agentes lo portaban tras adquirirlo por su cuenta.

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Fabricado en acero aleado, el bastón extensible autoblocante se compone de tres tramos y cuenta con un mecanismo en la empuñadura que permite desbloquear las tres partes. Frente a la defensa semirrígida tradicional (la clásica porra), es de menor tamaño (26 centímetros plegado y 51 con su máxima extensión), más versátil, más fácil de transportar, más ligero (menos de 600 gramos), discreto y puede emplearse incluso para escalar muros si se introduce en una oquedad debido a su resistencia.

Sólo el 15% de los policías nacionales que usen la pistola eléctrica llevará cámara de grabación
Sólo el 15% de los policías nacionales que usen la pistola eléctrica llevará cámara de grabación
«Se trata de un elemento coercitivo discreto, de cómoda portabilidad, que produce un eficaz efecto disuasorio al ser desplegado por inercia debido al ruido generado por los diferentes tramos al encastrarse entre sí, siendo del mismo modo -gracias a su versatilidad- válido como instrumento de rescate y liberación, al contar con la dureza estructural suficiente como para ser utilizado como palanca», detalla la instrucción.


Según se especifica en el borrador, un documento de seis páginas que se analizará en la sesión que la Comisión de Personal y Proyectos Normativos celebrará el próximo día 29 y al que ha tenido acceso El Independiente, el bastón policial extensible queda reservado exclusivamente a situaciones en las que haya que reducir, inmovilizar o detener a una persona que ponga en riesgo su propia vida, la del agente o la de terceros; que muestre una actitud violenta o amenace con arma blanca u objetos peligrosos.

El policía no podrá ‘tunear’ la defensa y tendrá que dejar constancia en el parte de intervención si causó lesiones

La norma reguladora dejará claro que, en caso de que no haya más opción que utilizar esta defensa para evitar «daños inminentes con un grave riesgo», las zonas en las que se procurará golpear son «los centros de masa corporal, brazos y piernas», evitando en todo momento las zonas vitales. Con carácter general, el bastón policial extensible no podrá emplearse con embarazadas, menores de 14 años, personas de avanzada edad y en aquellas en las que sea perceptible la debilidad de su salud.

El agente que la use tendrá que dejar constancia de ello en el parte de intervención y en las diligencias correspondientes en caso de tramitar un atestado policial, quedando obligado también a detallar las circunstancias de la actuación. Igualmente, deberá reseñar si la persona sobre la que se ha utilizado ha resultado lesionada y si ha necesitado asistencia médica o se ha negado a ser atendida.


De aprobarse en los términos en que se ha redactado, la instrucción prohíbe expresamente al agente añadir accesorios o adornos o modificar el bastón y obliga a comprobar su funcionamiento después de cada intervención. Si ha entrado en contacto con agua salina, barro, sangre, fluidos corporales o sustancias corrosivas -detalla el texto-, la defensa deberá lavarse con agua dulce a fin de eliminar los posibles restos.

Al igual que en el caso de los dispositivos electrónicos de control (pistolas tipo ‘Taser’), los funcionarios policiales que recibirán el bastón extensible como dotación recibirán previamente una formación específica que le permitirá conocer la manipulación, mantenimiento, los procesos de trabajo y las normas deontológicas que se aplican a la utilización de armas. Sólo si se supera el curso formativo se obtendrá el certificado que habilita para el porte y uso de esta herramienta.

78 euros cada defensa
El 26 de noviembre de 2019, la División Económica y Técnica del Cuerpo Nacional acordó adjudicar a la empresa Tecnología y Desarrollo Teyde SL el contrato para el suministro de 15.384 defensas extensibles con funda de dotación individual por 1.209.951,60 euros, lo que arroja un precio unitario de 78,65 euros (42,35 euros menos de lo que había calculado cuando sacó la licitación). La empresa madrileña se llevó el encargo entre las cuatro que pujaron por ser la «más ventajosa».

En la propuesta de adjudicación, consultada por este diario, se detalla que el pedido se entregaría en dos lotes: el primero (4.615 unidades) se haría efectivo como muy tarde el 15 de diciembre de 2019 y el segundo, no más allá del 31 de agosto de 2020. Esta compra se enmarca en el plan estratégico de Policía Nacional 2017-2021 para reforzar la dotación de medios para la autoprotección de los funcionarios de este Cuerpo.

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Re:Defensas, extensibles, tonfa...
« Respuesta #950 en: 24 de Octubre de 2020, 14:24:17 pm »
Pués yo como que prefiero la defensa de toda la vida. . . debo de estar mayor, pero con tanto requisito para su uso. . . casi que prefiero no utilizarla . . .

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« Respuesta #951 en: 24 de Octubre de 2020, 15:16:25 pm »
Pués yo como que prefiero la defensa de toda la vida. . . debo de estar mayor, pero con tanto requisito para su uso. . . casi que prefiero no utilizarla . . .

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Esto me recuerda mi contestación en un juicio a un abogado inquisitivo..."mire usted, como siempre estamos a vueltas con el tema del uso de la porra, léase defensa, lo mejor para mí es que se quede en el coche patrulla, y ahi se quedó durante la detención de su patrocinado,  señor letrado".

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« Respuesta #952 en: 07 de Marzo de 2021, 06:15:42 am »

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Re:Defensas, extensibles, tonfa...
« Respuesta #953 en: 07 de Marzo de 2021, 06:25:33 am »
Dudo mucho.que dentro del.protocolo de uso del bastón.extrnsible hayan de hacer un informe cada vez que lo extraen.

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« Respuesta #954 en: 07 de Marzo de 2021, 06:28:03 am »
Aunque quizás esta sentencia condenatoria por un uso inapropiado y excesivo haya endurecido las normas de uso.


Un año de cárcel para un policía de Bilbao por frenar una discusión a porrazos
La Audiencia de Bizkaia considera «excesivo e inopinado» el uso de la fuerza empleado por el agente que utilizó su bastón extensible contra dos jóvenes

EFE
Jueves, 22 febrero 2018, 15:40

La Audiencia de Bizkaia ha condenado a un año de prisión por un delito de lesiones a un policía municipal de Bilbao que golpeó con su porra a un ciudadano que se estaba empujando con otro. La acción le causó heridas en la frente, un uso de la fuerza que la sentencia considera «excesivo e inopinado».

Según el fallo hecho público este jueves, los hechos ocurrieron a las siete menos veinte de la mañana del 24 de mayo del 2015, cuando dos jóvenes que venían de copas se cruzaron en los Jardines de Albia con otros dos que también habían pasado la noche de fiesta.

Los dos últimos les hablaron en euskera, a lo que les contestó uno de los otros, Paulino, que hablará así «a su madre». Las cuatro personas iniciaron una discusión en el centro de la calzada en la que comenzaron a darse empujones, hasta que llegó un vehículo de la Policía municipal, sin distintivos.

En el coche policial iban el acusado, como conductor, y una compañera. La agente se bajó y les indicó a los jóvenes que se subieran a la acera. Allí siguieron los empujones entre dos de los jóvenes, quedando los otros dos algo más apartados.
Bastón extensible

En un momento dado, el Policía acusado sacó un bastón extensible que portaba y golpeó en la frente a uno de ellos, y lanzó algunos golpes más que impactaron en el segundo joven. Los dos cayeron al suelo y recriminaron al policía su actuación.

Uno de los jóvenes, herido en la frente, precisó sutura y nueve días de cura, mientras que el segundo no presentó denuncia. Tras escuchar las diferentes versiones y ver un vídeo de los hechos, la sentencia concluye que el agente acusado, «en una situación que no precisaba el uso de la fuerza, la utilizó de modo excesivo e inopinado, causando unas lesiones evitables».

Por ello, condena a un año de prisión y a una indemnización de 4.270 euros al agredido, con la responsabilidad subsidiaria del Ayuntamiento de Bilbao, al ser agente de la policía en ejercicio el acusado.

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Re:Defensas, extensibles, tonfa...
« Respuesta #955 en: 07 de Marzo de 2021, 17:46:49 pm »
Pués no lo sé, pero de los políticos me puedo esperar cualquier cosa, recuerda que en PMM teníamos un Comité de Ética. . . ahí es ná. . .

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Re:Defensas, extensibles, tonfa...
« Respuesta #956 en: 07 de Marzo de 2021, 18:41:24 pm »
Pués no lo sé, pero de los políticos me puedo esperar cualquier cosa, recuerda que en PMM teníamos un Comité de Ética. . . ahí es ná. . .

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Pero.si ese Comité ni llego a funcionar

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Re: Defensas, extensibles, tonfa...
« Respuesta #957 en: 10 de Julio de 2021, 20:11:06 pm »

Condenas a policías de seis años de prisión y más de 100.000 euros por el mal uso de la defensa extensible


Por h50 -09/07/20210

Prueba científica sobre lesionología con defensa extensible de uso policial
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Actualmente el uso de la defensa extensible policial por parte de las personas encargadas de mantener el orden público está teniendo una dura respuesta desde el ámbito de los órganos judiciales, debido a que, en numerosas interpretaciones en sentencias judiciales hacia esta herramienta policial, la consideran “instrumento peligroso”.

¿Por qué consideran un instrumento peligroso a la defensa extensible de uso policial los órganos judiciales?
Esto es debido al carácter lesivo de esta y que a la hora de dar una respuesta jurídica penal los tribunales, tienen muy en cuenta si existe lesión o no en la persona contra la que se interviene policialmente, en el momento de determinar la sentencia.

Hoy en día existe una falta de formación coherente sobre el uso de la defensa extensible policial en España, nos encontramos con una base formativa pobre e inadecuada por parte de las fuerzas y cuerpos de seguridad, lo que ha generado numerosas situaciones de riesgos durante su uso, ocasionando daños durante las detenciones tanto al detenido como al propio personal de la policía.

En 2020 se publicó el primer borrador de protocolo por el Ministerio del Interior sobre la regulación de su utilización, incluyendo limitaciones en las zonas donde golpear durante el uso de esta herramienta policial (IBPE 2020).

En este artículo, vamos a hacer un repaso sobre la legislación, jurisprudencia, protocolos y formación en el uso de la defensa, a fin de contrastar si las líneas plasmadas en estos elementos garantizan la seguridad jurídica de la policía en el uso de las defensas extensibles, en referencia a las sentencias dictadas por el tribunal supremo.

Análisis legislativo
La legislación en España sobre el uso de la fuerza es numerosa. El Código Penal, en su artículo 20, punto 7º, nos indica que está exento de responsabilidad penal “el que obre en cumplimiento de un deber o en el ejercicio legítimo de un derecho, oficio o cargo”.

Los funcionarios habilitados en el uso de la fuerza deben actuar en función a los principios básicos de actuación que se encuentra regulado en la Ley Orgánica 2/1986, de 13 marzo, de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, donde especifica que el agente de autoridad debe actuar:

Adecuación al ordenamiento jurídico
Relaciones con la comunidad
Tratamiento durante la detención
Dedicación profesional.
Secreto profesional.
Responsabilidad.
Hemos de destacar que en el apartado 2 del artículo 5 se reconoce que el agente debe actuar siempre con un trato correcto al ciudadano permitiéndose el uso de la fuerza policial cuando la acción se rige bajo los principios de proporcionalidad, oportunidad y congruencia recogidos en el Código Ético de la Policía Nacional.

Jurisprudencia
La ley otorga al personal de seguridad el ejercicio del uso de la fuerza policial bajo la legislación anteriormente mencionada. En el momento que un agente no respete los principios de actuación deberá de responder ante los tribunales. Sin embargo, el Tribunal Supremo justifica en sentencias 5097/2006 y 543/2010 el empleo de la fuerza policial cuando la actuación ejercida cumple estos requisitos:

El sujeto activo sea una autoridad o funcionario público autorizado por las disposiciones correspondientes a hacer uso de medios violentos en el ejercicio de los deberes de su cargo.
El posible delito se haya producido en el ejercicio de las funciones del cargo correspondiente.
El cumplimiento del deber concreto en cuyo ámbito está el sujeto desarrollando su actividad le sea necesario hacer uso de la violencia (necesidad en abstracto), porque sin tal violencia, no le fuere posible cumplir con la obligación que en ese momento le incumbe.
La violencia concreta utilizada sea la menor posible para la finalidad pretendida, esto es, por un lado, que se utilice el medio menos peligroso, y, por otro lado, que ese medio se use del modo menos lesivo posible, todo ello medido con criterios de orden relativo, es decir, teniendo en cuenta las circunstancias concretas del caso, entre ellas las posibilidades de actuación de que dispusiera el agente de la autoridad.
Se aprecia proporcionalidad de la violencia utilizada en relación con la situación que origina la intervención del sujeto en cumplimiento de sus obligaciones.
Análisis de sentencias sobre uso de la defensa extensible policial
La STS 3910/2019, 11 de diciembre de 2019. Estos hechos tienen lugar durante una manifestación, el agente de autoridad golpea con el bastón policial a una mujer que estaba en ese momento manifestándose. Se condenó al agente de la Ertzaintza como autor de un delito de lesiones de los arts. 147.1 y 148.1° del Código Penal, a las penas de dos años de prisión y de suspensión de empleo o cargo público. Las lesiones provocadas fueron traumatismo frontal, con herida inciso-contusa de 6 cm., que se extiende desde la parte superior de la frente hasta el cuero cabelludo y cervicalgia. La sentencia, hace referencia a la contundencia del instrumento de defensa utilizado como a la falta de percepción del agente de autoridad sobre la peligrosidad de la utilización de estos elementos dañosos.

La STS 469/2013, 7 de febrero de 2013. En los hechos probados se muestra como un agente golpea con la defensa extensible a un grupo de jóvenes provocando lesiones en uno de ellos. Las lesiones provocadas fueron heridas inciso contusas en pirámide nasal y zona periocular derecha externa, conmoción retiniana con posible rotura coroidea, excoriación PSI, hematoma de partes blandas peri oculares, midriasis media postraumática, hipema postraumático, uveítis postraumática con Tyndall hemático, quemosis inferior, atrofia retiniana nasal inferior cicatricial, catarata cortical postraumática en ojo izquierdo, así como escotomas centrales y temporales superiores en dicho ojo, junto a las secuelas. Se deberá indemnizar en la cantidad de 10.400 euros por las lesiones y en 100.000 euros por las secuelas. Se condenó penalmente por el artículo 149 CP a 6 años de prisión, considerando el Tribunal que el uso de la defensa extensible era peligroso y de gran potencialidad lesiva.

La ATS 5835/2017, 27 abril de 2017. Los hechos probados tienen lugar mientras unos jóvenes realizan un botellón y un agente de la policía local pide la documentación a todos los que están allí. Esto provocó que unos de los jóvenes se pusiesen agresivo dando lugar a que el agente golpeara con el bastón extensible. Como consecuencia de esto, provocó lesiones consistentes en contusión bucal con pérdida de piezas dentarias 11, 21, 22, 31, 32, 41 y 42 y fractura de la número 12 que, finalmente, también perdió; herida mucosa bucal, reacción vivencial. El agente fue condenado por un delitos de lesiones 150 CP con prisión de 3 a 6 años por la pérdida de un órgano no principal, junto a la inhabilitación profesional.

La STS 6905/2008, 11 diciembre 2008. Los hechos consisten en la detención de un sujeto de gran envergadura que había consumido cocaína produciéndole un “delirio agitado” mediante el uso de la defensa extensible por tres agentes de la Guardia Civil. Los funcionarios fueron condenados a delitos de lesiones 147.1 CP.  Las lesiones provocadas por la defensa extensible fueron equimosis y erosiones en pierna izquierda, veintiséis equimosis, una erosión, erosiones a nivel de fémur derecho, ocho equimosis figuradas redondas, circulares, a nivel lugar derecho lateral, tres equimosis erosivas, también en tórax anterior, a nivel paraesternal y zona lumbar. El Tribunal considera una clara extralimitación de las funciones de los agentes, puesto que el detenido estaba ya en el suelo cuando se producen los golpes. A su vez, se considera que, aunque las lesiones no fueron el motivo del fallecimiento del detenido, si que los golpes por la defensa generan un peligro para la vida.

La STS 119/2013, 21 enero de 2013. En esta sentencia se probó que el agente de la policía local golpeó con la defensa extensible en la cabeza a una persona que intentaba coger su vehículo con síntomas de alcoholemia durante una situación de agresividad. Se condenó como autor responsable del delito de lesiones del art. 148 CP a la pena de 2 años y a 6 meses de prisión con la accesoria de inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena, así como al abono de 1/6 parte de las costas procesales, puesto que provocó las siguientes lesiones mencionadas a continuación: traumatismo craneoencefálico con herida inciso contusa en región parietal y región frontal, traumatismo facial con fractura conminuta de pared lateral y anterior en seno maxilar derecho, fractura conminuta de pared lateral derecha de órbita sin desplazamiento, fractura hundimiento de arco zigomático derecho, precisando de un tratamiento médico consistente en sutura con grapas, cura e inmovilización de hombro con sling e intervención para la reducción de la fractura por vía de Guilles. Considerando, el art. 148 C.P., que castiga con mayor pena las lesiones si el sujeto activo se vale de un instrumento peligroso como es el caso.

La STS 2966/2010, 2 de junio de 2010. Los hechos probados tienen lugar durante la detención de una persona tras negarse a identificarse ante dos agentes de la policía nacional y a los que llegó a empujar en varias ocasiones. Dicha detención se llevó a cabo puesto que el detenido increpaba a un ciudadano negro. Para lograr su detención los agentes acusados golpearon con la defensa extensible. Las lesiones provocadas por la porra fueron; contusión craneal, contusión en la ceja izquierda, y hematoma periocular sin hemorragia conjuntival. Herida en codo derecho de dos centímetros suturada. Hematomas en nalga y parte superior del muslo derecho y en cara posterior del muslo izquierdo de unos 20 cm. de longitud. Los agentes fueron condenados a faltas de lesiones a la pena de multa de un mes con una cuota diaria de seis euros. El tribunal considera que el uso de la fuerza era proporcional y necesaria para su detención teniendo en cuenta, además, que las lesiones causadas al detenido sólo precisaron una asistencia facultativa sólo condena con una falta de lesiones.

La STS 5097/2006, 12 de Julio de 2006. Los hechos tuvieron lugar durante la celebración de un partido de fútbol en el cual la policía se encargaba de garantizar la seguridad del evento. A fin de poder disolver el grupo de personas que tiraban piedras y botellas a los agentes, estos utilizaron la defensa extensible golpeando a uno de los sujetos. Uno de los agentes fue condenado a falta de lesiones, puesto que las lesiones provocadas por la defensa extensible fueron en espalda, glúteo y pierna izquierda. Por otro lado el vigilante de seguridad fue condenado a un delito de lesiones como autor criminalmente responsable de un delito de lesiones previsto y penado en el artículo 147.1 del Código Penal, con la concurrencia de la circunstancia eximente incompleta de legítima defensa, a la pena de multa de 3 meses con cuota diaria de diez euros y responsabilidad personal subsidiaria de un día de privación de libertad por cada dos cuotas diarias no satisfechas, así como a que se indemnice mediante el abono de la cantidad de 500 euros. Las lesiones provocadas fueron de una herida inciso-contusa abierta en el cuero cabelludo.

La STS 223/2005, 22 de enero de 2005 dictada por el Tribunal Supremo-Sala de lo Penal en la que los hechos probados muestran que un agente de autoridad golpea con la defensa extensible a un sujeto en la cabeza tras una discusión. El golpe provocó heridas incisas en el cuello cabelludo de la zona parietal izquierda y la occipital. Ante estas lesiones el Tribunal castiga con un delito de lesiones art.147.1 CP y considera que hubo extralimitación en el uso del medio empleado, por tanto, falta de proporcionalidad en la actuación del agente de la autoridad en relación con las precauciones que el caso requería. Asimismo, a indemnizar al sujeto en 721,21 euros por las lesiones sufridas y en 1835 euros por las secuelas. El empleo de la fuerza exigible para controlar dicha situación rebasa la racional legitimidad del medio empleado de gran potencialidad (defensa extensible).

Método
Este estudio se ha llevado a cabo a través del análisis de las sentencias dictadas por el Tribunal Supremo, (STS 223/2005) (STS 3910/2019), (STS 469/2013), (STS 6905/2008), (STS 119/2013) (ATS 5835/2017) (STS 2966/2010) (STS 5097/2006) en ellas se ha analizado la respuesta ante el uso de la defensa extensible por una agente de autoridad en función a las lesiones provocadas.

Por otro lado, al análisis de los modelos de defensas extensibles, en base a lo referido por Vera Jiménez en los artículos publicados en la página h50. El uso del bastón policial extensible sus ventajas y limitaciones ; La necesidad de formación coherente en el uso de las defensas extensibles y Lesionología en el uso de las defensas extensibles policiales.


Figura 2. Técnica básica OTP con defensa extensible de uso policial
Resultados y discusión
Según las sentencias analizadas, comparándola con la legislación vigente en el uso de la fuerza policial, jurisprudencia, protocolos y formación en el uso de la defensa, podemos determinar teniendo en cuenta el tipo de lesiones causadas por esta herramienta, que los órganos judiciales dan una respuesta penal contundente sobre el uso de esta arma, condenando el uso por parte de la policía al potencial lesivo de la defensa extensible.

El borrador de Protocolo de uso del bastón policial pretende establecer en su contenido cuando está prohibido el uso del bastón, pero no deja claro cuándo y cómo se puede utilizar correctamente. Nos encontramos con un protocolo vacío de contenido, que requiere de la intervención de los organismo públicos para garantizar la eficacia del uso de la defensa extensible policial.

Llegados a este punto; nos podemos encontrar con que los agentes tengan reticencias a la hora de utilizar la defensa extensible, por las consecuencias jurídicas que les conlleva. Además, de la confusión de si están utilizando de forma correcta esta herramienta lo que lleve a cuestionar si utilizarlas o utilizar otro modelo de defensas.

La falta de una buena formación en el uso de la defensa extensible policial, así como el material en el que está fabricado la defensa extensible, está conllevando  altas penas de prisión y multas hacia los o las policías que la utilizan, al considerar aquellas acciones que no son proporcionales a las lesiones generadas al detenido. Como hemos podido ver en las sentencias analizadas las lesiones contempladas consecuentes al uso del bastón han sido:

Heridas en el cuello cabelludo de la zona parietal izquierda y occipital.
Heridas inciso-contusas en pirámide nasal y zona periocular derecha externa, conmoción retiniana con posible rotura coroidea, excoriación PSI, hematoma de partes blandas perioculares, midriasis media postraumática, hipema postraumático, uveítis postraumática con Tyndall hemático, quemosis inferior, atrofia retiniana nasal inferior cicatricial, catarata cortical postraumática en ojo izquierdo, así como escotomas centrales y temporales superiores en dicho ojo.
Traumatismo frontal, con herida inciso-contusa de 6 cm., que se extiende desde la parte superior de la frente hasta el cuero cabelludo y cervicalgia.
Equimosis y erosiones en pierna izquierda, veintiséis equimosis, una erosión, erosiones a nivel de fémur derecho, ocho equimosis figuradas redondas, circulares, a nivel lugar derecho lateral, tres equimosis erosivas, también en tórax anterior, a nivel paraesternal y zona lumbar.
Traumatismo craneoencefálico con herida inciso-contusa en región parietal y región frontal, traumatismo facial con fractura conminuta de pared lateral y anterior en seno maxilar derecho, fractura conminuta de pared lateral derecha de órbita sin desplazamiento, fractura hundimiento de arco zigomático derecho, precisando de un tratamiento médico consistente en sutura con grapas, cura e inmovilización de hombro con sling e intervención para la reducción de la fractura por vía de Guilles.
Lesiones consistentes en contusión bucal con pérdida de piezas dentarias 11, 21, 22, 31, 32, 41 y 42 y fractura de la número 12 que, finalmente, también perdió; herida mucosa bucal, reacción vivencial.
Contusión craneal, contusión en la ceja izquierda, y hematoma periocular sin hemorragia conjuntival. Herida en codo derecho de 2 cm. suturada. Hematomas en nalga y parte superior del muslo derecho y en cara posterior del muslo izquierdo de unos 20 cms. de longitud.
Herida inciso-contusa abierta en el cuero cabelludo. Equimosis en espalda, glúteo y pierna izquierda.
En función a la lesionologia que se muestran en estas sentencias, consideramos necesario profundizar en la investigación científica con relación a las lesiones causadas cuando se usa este tipo de herramienta para reducir las lesiones provocadas en las personas detenidas.   (Vera-Jiménez, J.C., 2019)

Aun así, la versión tomada por el Tribunal Supremo en las sentencias no es la cuestión que genera controversia sino la falta de implicación científica en el ámbito policial es por tanto la necesidad de formar coherentemente a estos profesionales para el buen uso de la defensa extensible policial.



Conclusiones
Ante la situación planteada, podemos alcanzar dos tipos de conclusiones:

Modificar el uso de la defensa. Puesto que la respuesta de los Tribunales ante el uso de la defensa extensible conlleva a respuestas penales en función de si existen lesiones o no durante la detención. Hay que tener en cuenta que la defensa extensible es una herramienta que genera graves lesiones,  lo que provocara que  el agente del orden se cuestionara a la hora de utilizarla. Por lo tanto, solo se debería utilizar para reducir al detenido, como propone Vera Jiménez.
Se utilicen otro tipo de defensas extensibles menos lesivas, debido a que la ley permite al agente de autoridad el uso de la defensa extensible, será necesario aplicar otro tipo de material en las defensas de uso policial, que no genere ese tipo de lesiones. El propio Tribunal considera peligroso el uso del bastón extensible en diferentes detenciones

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Re: Defensas, extensibles, tonfa...
« Respuesta #958 en: 29 de Septiembre de 2021, 09:56:37 am »


    Miércoles, 29 de septiembre 2021
    ABC
   
Policía Local de Cartagena incorpora el bastón extensible a su armamento
Los agentes locales están completando estos días un curso de formación sobre el uso de la nueva defensa


Santiago Velasco
Cartagena

Tiempo de lectura: 1' 28 sep 2021 - 17:08 Actualizado 14:12

El concejal de Seguridad Ciudadana, Juan Pedro Torralba, ha visitado este martes 28 de septiembre, en el pabellón municipal de deportes Wssell de Guimbarda a los agentes de Policía Local que están finalizando el curso para aprender a utilizar el bastón extensible de forma preventiva.

Se trata de la quinta edición de este curso, que se han sucedido desde principios de este mes de septiembre, y en las que se han formado un total de 100 efectivos.

“Nuestros policías locales están en constante formación con la finalidad de que tengan los materiales necesarios para prestar el mejor servicio a la ciudadanía. Tras la finalización de este curso, se hará entrega de bastones de defensa extensibles a todos los agentes de calle que se han formado, incorporando así esta nueva herramienta a su armamento”, ha explicado el edil.

Tal y como ha señalado el director de la Escuela de Seguridad Pública del Ayuntamiento de Cartagena (ESPAC), Manuel Asensio, “el objetivo principal de estos cursos es minimizar el riesgo, evitando su uso en zonas vitales del cuerpo y nunca contra personas vulnerables, como menores, ancianos, embarazadas o personas con discapacidad”.

En este sentido, Asensio también ha afirmado que se instruye a los agentes en técnicas de control, reducción e inmovilización, así como en qué dicen la Ley, la normativa e, incluso, la jurisprudencia, en lo referente a su utilización.


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Re: Defensas, extensibles, tonfa...
« Respuesta #959 en: 30 de Noviembre de 2021, 21:38:56 pm »

La Policía comenzará a utilizar porras extensibles de acero


Los nuevos bastones defensivos han costado dos millones de euros al Ministerio del Interior

Óscar López-Fonseca
ÓSCAR LÓPEZ-FONSECA
Madrid - 29 NOV 2021-05:40 CET
Un policía carga contra un trabajador que caminaba de forma pacífica por la avenida principal de Cádiz durante los incidentes de la semana pasada.
Un policía carga contra un trabajador que caminaba de forma pacífica por la avenida principal de Cádiz durante los incidentes de la semana pasada.
MARCOS MORENO
La Dirección General de la Policía ha impartido instrucciones para empezar a distribuir entre sus agentes los nuevos “bastones policiales extensibles” de acero que sustituirán a las tradicionales defensas semirrígidas —conocidas popularmente como porras— que portan actualmente, según un documento interno al que ha tenido acceso EL PAÍS. El Ministerio del Interior ha invertido 2 millones de euros en adquirir 25.539 de estas defensas (cerca de 80 euros por cada una de ellas), destinadas principalmente a los policías destinados en Seguridad Ciudadana y las Unidades de Intervención Policial (UIP, los conocidos como antidisturbios).


La instrucción se produce en plena protesta policial por las enmiendas que los dos partidos del Gobierno, PSOE y Unidas Podemos, quieren introducir en la ley de seguridad ciudadana, la conocida como ley mordaza. Los policías, que se manifestaron en Madrid el pasado sábado, consideran que las propuestas de ambos partidos limitará el uso de material antidisturbios, eliminando incluso las pelotas de goma, para hacer frente a manifestaciones violentas, aunque los textos que empezará a estudiar el Congreso la próxima semana no recogen referencia expresa a ello.

Las nuevas defensas policiales —una antigua reclamación de los sindicatos del cuerpo— constan de una estructura principal fabricada “con acero o aleación de máxima calidad” que pasa de los 26 centímetros cuando está plegada a más de medio metro en toda su extensión, según recoge la documentación técnica incluida en los dos concursos licitados por Interior para su adquisición. Su peso no supera los 610 gramos. “Se trata de un elemento de fácil portabilidad que va siempre con el policía, discreto dado su reducido tamaño, con un efecto psicológico disuasorio por su efecto ruidoso al desplegarse y válida como instrumento de rescate al contar con la dureza para ser utilizada como palanca”, destacaban estos documentos. En ellos se justificaba la compra en que “evita el uso de medios más lesivos, consiguiendo una mayor operatividad y efectividad en la realización de los diferentes servicios”.


La instrucción interna dictada ahora especifica que los bastones extensibles solo serán entregados a los agentes que hayan recibido “la preceptiva formación y habilitación” tras recibir un cursillo que incluye tanto aspectos prácticos sobre la manipulación, el mantenimiento y la correcta utilización de la nueva defensa, como otros deontológicos. Además, incide en que las nuevas defensas tienen la consideración de arma de uso exclusivamente policial, según recoge el artículo 5 del Reglamento de Armas, y que, por tanto, deberá ser asignada cada agente “de forma individual, restringida y temporal” y “pasar revista en el mismo tiempo y forma que la pistola reglamentaria”. Además, el policía al que se le asigne una deberá devolverlo “cuando se produzca un cambio de la función” al ser destinado a otro servicio.

La Dirección General de la Policía también ha elaborado un protocolo específico sobre su uso —el primero para este tipo de defensas— en el que se detalla que, en caso de golpear con el bastón extensible a una persona, el agente deberá evitar hacerlo en vertical “de arriba hacia abajo”, además de no hacerlo “bajo ningún concepto” en “la cabeza, cuello, clavícula o columna vertebral”. También prohíbe que se use en “técnicas de estrangulación”.

El protocolo añade que estas defensas solo se utilizarán para “reducir, inmovilizar o detener” a personas que muestren “una resistencia activa que ponga en riesgo a los agentes o terceras personas”, que pueden actuar de manera violenta o lo hayan hecho, que amenacen con un arma blanca u otro objeto peligroso o estén a punto de poner en riesgo su vida. Y siempre después de “haber agotado las vías de diálogo, negociación y mediación previas”. Por el contrario, prohíbe usarlas “con mujeres embarazadas o con menores de edad penal [hasta los 18 años] siempre que esta condición sea perceptible”, así como “con personas de edad avanzada o personas débiles de salud”.