Autor Tema: VOLVER al municipio de ORIGEN (tras permuta)  (Leído 973 veces)

Desconectado Chepe

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VOLVER al municipio de ORIGEN (tras permuta)
« en: 02 de Mayo de 2025, 21:14:06 pm »
Hola compañeros, viendo la Sentencia nº 611/2023 del Tribunal Superior de Justicia de Madrid (Apelación núm. 158/2023), sentencia de un Tribunal "importante".

Una vez que se realiza una permuta, los permutantes pasarían a "situación de servicio en otras Administraciones Públicas", motivo por el cual "conservan su condición de funcionario de la Administración de origen" (artículo 88 TREBEP).

La cuestión es la siguiente, un agente que realizó una permuta hace 6 años entre municipios de Andalucía, qué tendría que hacer cualquiera de los dos permutantes para volver a su administración/municipio de origen??

Que pasos ha de seguir un Policía que está en  "situación de servicio en otras Administraciones Públicas", para intentar volver a la administración de origen?

Gracias!


PD: dejo enlace donde se comenta dicha Sentencia
https://cppm.es/la-permuta-y-el-reconocimiento-de-la-situacion-de-servicio-en-otras-administraciones-para-los-funcionarios-de-los-cuerpos-de-policia-local-fidelis-abogados/

Desconectado neytiri

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Re: VOLVER al municipio de ORIGEN (tras permuta)
« Respuesta #1 en: 05 de Mayo de 2025, 21:02:39 pm »
Interesante sentencia. Yo hablaría con alcaldía del ayuntamiento de origen con esta sentencia en mano.

Desconectado Leyesdeber87

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Re: VOLVER al municipio de ORIGEN (tras permuta)
« Respuesta #2 en: 11 de Julio de 2025, 18:13:47 pm »
supongo que tendrias que pedir el reingreso a tu ayuntamiento de origen y te la concederian cuando hubiese plaza vacante pero habria que ver si en el actual donde estas no te ponen problemas

al ser tsj y no ts no hay jurisprudencia pero es buena sentencia :gracias2

Desconectado Fauron

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Re: VOLVER al municipio de ORIGEN (tras permuta)
« Respuesta #3 en: 09 de Agosto de 2025, 13:18:31 pm »
Otra duda en relación a esta sentencia.

Cuando vuelves, solo te cuentan los trienios o también te computa el tiempo fuera como antigüedad a nivel de premios, días de vacaciones y asuntos propios que te van dando por X años de servicio?

A ver si alguien me puede ayudar o aclarar. Muchas gracias