Puedes crear una sociedad y ser tu el socio mayoritario el 99 % y el 1 % que lo lleve el administrador (Este debe estar dado de alta ,tu no puedes ) ese administrador de la sociedad puede ser por compensación económica y firmar un documento privativo que te cede ese 1 % pero el administrador siempre debe de estar dado de alta y tu no puedes.
La compatibilidad muchas veces si te la conceden te quita salario del complemento especifico .