CC.OO.
PLATAFORMA DE CONVENIO
Como paso previo a cualquier propuesta para la negociación del próximo Convenio, hay que rese?ar que gran parte de los problemas que tenemos actualmente, son fruto de la mala interpretación o del vacío que supone la práctica desaparición de la Comisión Mixta de Seguimiento y de la Comisión Paritaria del Convenio Único. Debe ser un elemento fundamental de nuestras propuestas, que se aplique lo establecido en ambos textos, donde se regula el funcionamiento de estos órganos. Hay que reactivar ambas comisiones, para poder afrontar con garantías un nuevo texto regulador de nuestras condiciones de trabajo.
AMBITO PERSONAL
-Incluir a los pensionistas y jubilados en aquello que les sea de aplicación, a los funcionarios en prácticas y eventuales, así como a los laborales de empleo eventuales y en prácticas.
-Excluir al personal directivo, atendiendo a lo establecido en el EBEP.
TIEMPO DE TRABAJO
- Recoger y mejorar los supuestos recogidos en la Resolución de 20/12/2005 de la Secretaría General del Ministerio de Administraciones Públicas (Plan Concilia), respecto a flexibilización y reducción horaria, haciéndolo extensivo, con carácter general al Área de Seguridad y a Centros Educativos.
-Establecer la posibilidad de disfrutar la reducción de jornada en verano, entre el 15 de junio y el 15 de septiembre.
-Computar como tiempo de trabajo el tiempo de desplazamiento en aquellos servicios donde no pueda disponerse del transporte público y el desplazamiento se realice en medios propios del Ayuntamiento.
-Continuar con la implantación paulatina del horario flexible en todos los servicios municipales donde sea posible, haciéndolo extensivo al turno de tarde. Computar, a estos efectos, el tiempo trabajado desde las 7:30 horas, en lugar de las 7:45 actuales.
-Actualización y regulación de horarios, jornada y períodos de descanso en aquellos servicios donde aún no hay nada regulado, especialmente en los que se prestan en fines de semana y festivos,
exclusivamente.
-Detallar aquellos servicios que disfrutan de 8 días de compensación por no disponer de reducción de jornada en San Isidro y verano.
Acometer la regularización allí donde todavía no exista (Oficinas de Atención al Ciudadano).
-Para seguir avanzando en medidas que mejoren la conciliación de la vida laboral y personal, impulsar la puesta en marcha del teletrabajo, tomando como referencia experiencias piloto que se han venido desarrollando en la Administración General del Estado en el último a?o.
ACCESO, PROMOCIÓN Y FORMACIÓN
-Ejecución de la O.P.E., dentro del a?o siguiente al de su aprobación, en consonancia con lo establecido en el EBEP. Aprobación de la misma en el primer trimestre del a?o
-Elaboración de bolsas de empleo partiendo de la última lista de espera de cada proceso selectivo. En el caso de que esta no existiera o tuviera una antigüedad de más de tres a?os, se creará una bolsa de trabajo con criterios objetivos y acordados en la Mesa de Empleo.
Estas listas de espera y bolsas de trabajo se utilizarán para la cobertura de nuevas plazas, así como para cubrir los puestos de aquellos trabajadores que se jubilen parcial o anticipadamente, de liberados sindicales, reducciones de jornada por motivos familiares, excedencias por maternidad, excedencias para el cuidado de un familiar, permisos sin sueldo o similares, deberán ser suplidas obligatoriamente por nuevas contrataciones.
-Consensuar en la Mesa de Empleo, los criterios objetivos que deben regir los ceses de los funcionarios interinos que no hayan superado el correspondiente proceso selectivo, de acuerdo con lo establecido en el Estatuto Básico del Empleado Público.
-Consolidar y priorizar los concursos de méritos para la cobertura de Jefaturas en todas las categorías. Modificar las bases de estos concursos para asegurar una mayor objetividad en los mismos.
Convocatoria de los mismos con carácter semestral y especialmente con anterioridad a la toma de posesión de cualquier proceso selectivo. Establecer un plazo máximo para la resolución de los
mismos de un a?o.
-Establecer que, en el caso de que se supere el plazo máximo establecido por la legislación para la toma de posesión tras cada proceso selectivo, se empiece a abonar la nómina de los aspirantes que hayan superado la oposición con carácter retroactivo.
-Implantar limites a los concursos específicos, eliminando, en todo caso, el carácter decisorio que tiene la entrevista actualmente mediante la limitación de la puntuación en el proceso.
-Establecer un sistema de concurso de traslados con periodicidad anual y también previamente a las tomas de posesión en cualquier proceso selectivo. Establecer una publicidad anual de todas las vacantes existentes en los diferentes servicios municipales para así asegurar la mayor objetividad en los concursos y traslados de
trabajadores.
-Garantizar que en el supuesto de que se le asignen a un trabajador trabajos de inferior categoría, el servicio esté obligado a justificarlo documentalmente.
-Limitar la duración de la situación de acumulación de funciones, para evitar que prolifere el uso y abuso de este mecanismo.
-Elaboración de O.P.E. extraordinarias en el Servicio de Extinción de Incendios, para poder afrontar con garantías el relevo de aquellos compa?eros que quieran acogerse a la jubilación anticipada.
-Tal como establecen el EBEP y el Acuerdo 2004-2007, poner en marcha procesos de promoción cruzada y horizontal.
-Progresiva eliminación de los supuestos prácticos en los procesos de promoción interna así como la reducción de los temas de carácter más general (tomando como referencia el Acuerdo General para las Administraciones Públicas firmado por el MAP y CC.OO, UGT y CSIF).
-Acometer la finalización de los procesos de consolidación y funcionarización que están en marcha, continuando con aquellos servicios que no estaban incluidos en un primer momento (Instalaciones Deportivas Municipales).
-Modificar las Bases Generales de Concursos, implantando mecanismos y compromisos que eviten, en la medida de lo posible, la aplicación perversa de los mismos. En este sentido, tenemos que mantener en la redacción la disposición relativa a los puestos susceptibles de ser cubiertos mediante el procedimiento de libre designación.
-Hacer realidad el Plan Municipal Integral de Formación contemplado en el Acuerdo Convenio 2003-2007 con el fin de que todos los trabajadores municipales, pertenezcan al colectivo que pertenezcan, tengan los mismos derechos de acceso a la Formación.
-La denegación de los permisos contemplados en el artículo 33.3 (cursos y congresos), deberá realizarse con 48 horas y motivada documentalmente.
CONDICIONES RETRIBUTIVAS
-Creación de una Mesa de Valoración de puestos de trabajo con carácter permanente. Inicio de estudio de categorías y puestos de trabajo. Elaboración de catálogo de puestos de trabajo del Ayuntamiento de Madrid. Para afrontar esta negociación, hay que partir de dos cuestiones previas
1. La primera, dada la apertura generalizada de categorías al grupo superior, con el fin de equiparar retribuciones, la
apertura de todos los puestos y categorías a los grupos superiores. Dado que la cuantía económica de esta medida es importante, aplicarla en cuatro a?os.
2. Teniendo en cuenta lo establecido en el EBEP, respecto a la desaparición del grupo E, habría que asimilarlo al grupo D, en el futuro subgrupo C2 y grupo 5 o equivalentes.
-Eliminación de los niveles de ingreso, quedando como nivel único en cada puesto y categoría el actual nivel de ascenso.
-Equiparación de antigüedad, intentando reconducir el acuerdo 2006- 2007 a nuestro primer objetivo: trienios a 50 ? para toda la plantilla.
-Acometer un estudio de los pluses existentes y su correcta aplicación. Equiparación de los pluses que, retribuyendo las mismas tareas, tienen una cantidad diferente para cada colectivo (nocturnidad, festividad, etc). Un caso aparte es el del plus de atención al público que está siendo utilizado como cajón de sastre y fuente de problemas constantes. Habría que pagárselo a quien ahora no lo cobra, para poder afrontar una correcta valoración de los
pluses, pagando lo que tenga una consideración especial por su contenido, horario o condiciones.
-Una mensualidad más en cada tramo del premio por rendimiento y a?os de servicio. Prorrateo del mismo en el caso de jubilación sin alcanzar los 25 a?os exigidos y establecimiento de un tramo más a partir de los 40 a?os de antigüedad.
-Computar como antigüedad a efectos de trienios de tiempo prestado en el servicio militar, en el servicio social o prestación social sustitutoria.
-Garantizar las prestaciones sociales a los jubilados y pensionistas, buscando fórmulas de garantía que eviten que se ponga en tela de juicio su derecho a las mismas.
-Revisión de las cantidades asignadas a aquellas ayudas que llevan más tiempo sin actualizarse (viudedad, pensión mínima de jubilación, orfandad, etc).
-Cumplimiento automático de la cláusula de revisión salarial.
VACACIONES, PERMISOS Y SITUACIONES ADMINISTRATIVAS
- Recoger varias posibilidades:
- un mes natural
- 30 días naturales con posibilidad de partirlo en dos periodos.
- 22 días hábiles, con las mejoras por a?os de servicio recogidas, con posibilidad de partirlo en periodos de 5 días
como mínimo.
-Ampliación de vacaciones a partir de 35 a?os de servicio, 5 días adicionales (27 días hábiles); 40 a?os de servicio, 6 días adicionales (28 días hábiles).
-Incorporar las mejoras establecidas en el EBEP, negociando la aplicación de las mismas para aquellos colectivos con jornadas especiales (Bomberos, P.M., SAMUR, etc.)
-Transformar los 3 días de asuntos propios del artículo 33.7, en dos días de convenio.
-Eliminar en los casos de acompa?amiento al médico de ascendientes, el requisito de convivencia.
-Incluir en los supuestos de los artículos 33 y 42 de funcionarios y 28 y 38 de laborales, aquellas personas que convivan con sus parejas sin estar casados o ser pareja de hecho, tomando como referencia algunas experiencias en otras comunidades autónomas (pactos de convivencia).
-Eliminar la limitación establecida para los permisos establecidos en los artículos 33.6 de funcionarios y 28 f de laborales (exámenes relacionados con estudios oficiales), de 20 días al a?o por permisos
retribuidos.
-Clarificación de que todos los cursos de formación continua entran dentro de estos permisos, independientemente de que tengan que ver o no con la profesión del trabajador.
-A tenor de lo que está sucediendo con la incorporación de personal de otras AA.PP., comprometer a la Corporación a alcanzar acuerdos de reciprocidad con otras administraciones para la realización de permutas y de concursos de traslados.
-Posibilitar que las trabajadoras que se encuentren de baja por maternidad, puedan disfrutar sus vacaciones anuales dentro del a?o natural o el primer trimestre del a?o siguiente.
ACCIÓN SOCIAL
-UNIDAD FAMILIAR: Además de lo establecido en el artículo 68, contemplar madrastra, padrastro, hermanastros, dos padres, dos madres, etc. Que, pese a la existencia en la sociedad, no están contemplados a efectos de la cadena familiar con las repercusiones que tienen. Fundamentalmente respecto a los artículos 33 y 42 de funcionarios y 28 y 38 de laborales.
-PENSIÓN MÍNIMA DE JUBILACIÓN: Llegar a los 600?
-OTRAS PENSIONES: Llegar a 350?
-INDEMNIZACIÓN EN LOS SUPUESTOS DE MUERTE O INVALIDEZ
POR ENFERMEDAD O ACCIDENTE NO LABORAL: Aumentar las cantidades respecto al acuerdo 2004/2007 de tal forma que queden al 50% de los supuestos de muerte o invalidez por enfermedad o accidente laboral
-El personal funcionario interino y contratado laboral temporal percibirá, con carácter general el abono transportes del Consorcio Regional de transportes de Madrid (puede ser mensual si se niegan al anual). En los supuestos recogidos en el capítulo XI.1 en cuanto a las circunstancias para recibir el abono en nómina, serán las mismas que
para funcionarios de carrera o laborales fijos.
-Ayuda de natalidad: aumentar a 300? por convenio. Ayuda de adopción de 500 ? más. (total 800?)
-Ayuda de minusvalía física o psíquica: aumentar a 200? mensuales
-Ayuda para trabajadores/as, cónyuges e hijos/as con trastornos psicológicos: aumentar a 120? mensuales
-Aumentar las cantidades del artículo 72 (convenio 2000/2003) de acuerdo con la realidad actual
-Con la nueva realidad del Ayuntamiento de Madrid, los Convenios Colectivos deben marcar criterios claros y comunes para todas las ayudas no reflejadas aquí, haciendo especial hincapié en las de gafas, prótesis y similares, becas de estudios de hijos de trabajadores y trabajadores y guardería, intentando que en las becas de estudios de
trabajadores y de hijos, las cantidades a abonar correspondan con la realidad del importe de gastos realizado.
-En cuanto a la beca de estudios de hijos de trabajadores municipales, habría que marcar en convenio 3 tipos de ayuda:
1- Estudios primarios (con una baremación igual que la ayuda de guardería)
2- Estudios secundarios (ayuda de libros y material escolar, baremado igual que guardería)
3- Estudios superiores (becas igual que las de trabajadores, aumentando los importes que se abonan ahora)
-Que desaparezca la ayuda de promoción interna para trabajadores municipales, ya que no ha tenido ningún tipo de repercusión.
-En cuanto a la ayuda de minusvalía para ascendientes, que el Convenio dote de la cantidad a abonar en los mismos términos que para cónyuge e hijos.
-Seguir insistiendo en que todos los empleados públicos municipales, tengamos el abono de transportes, eliminando el abono en metálico para los funcionarios interinos, salvo las excepciones recogidas en el
Convenio.
-Acometer la negociación para elaborar un Plan de Igualdad en el Ayuntamiento.
SALUD LABORAL
- Garantizar el cumplimiento efectivo y real de las obligaciones preventivas, para lo que se deberá garantizar que los/las representantes de los empleados/as públicos son consultados y alentados a participar activamente en la actividad preventiva lo que nos permitirá incidir en la mejora de las condiciones de seguridad en nuestras tareas.
- Comprometer a la Corporación para que garantice la mejora continua del Sistema de Gestión de la Prevención de Riegos Laborales.
- Acometer la implantación de un Servicio de Prevención Mancomunado para el Ayuntamiento y sus Organismos Autónomos, estableciendo una política de Prevención de Riesgos común a todos ellos.
- Con el fin de planificar la acción preventiva, el Servicio de Prevención será el encargado de adecuar el Plan de Prevención del Ayuntamiento de Madrid a las nuevas circunstancias derivadas de la entrada en vigor del futuro Convenio.
- A estas finalidades se destinarán un fondo mínimo de 901.500 ? (150 millones de pesetas) en cada ejercicio. La programación de las actuaciones a realizar con cargo a este fondo se determinará en el primer trimestre del ejercicio por el Comité de Seguridad y salud a propuesta de la Comisión Permanente.
- Actualización de los procedimientos de readaptación para aquellos trabajadores que tengan disminuidas sus capacidades psicofísicas, elaborando un catálogo de puestos adaptados.
- Con objeto de garantizar la protección efectiva de la madre y el feto durante el embarazo frente a las condiciones nocivas para su salud, se tendrá de derecho a la adaptación de las condiciones o del tiempo o turno de trabajo o, en su caso, al cambio temporal de funciones, previo informe o recomendación del Servicio de Prevención. Todo
esto será también de aplicación durante el periodo de lactancia si las condiciones de trabajo pudieran influir negativamente en la salud de la mujer o de hijo.
- Reconocer la necesidad de que el Ayuntamiento de Madrid y sus Organismos Autónomos actúen de forma responsable y respetuosa con el medio ambiente. Estableciendo como prioridad la importancia de la protección medioambiental. La defensa de la salud en los lugares de trabajo no puede ser eficaz si al mismo tiempo no se
asume la responsabilidad propia en relación con la gestión de la repercusión medio ambiental de las actividades laborales y no abarca la defensa del medio ambiente.
- En los contratos con las empresas externas se tendrán que establecer las obligaciones de éstas en relación con la prevención de riesgos laborales, de acuerdo con lo establecido en la evaluación de riesgos.