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Suplantan la identidad de la fiscal Susana Gisbert en Twitter con una cuenta que la llama 'feminazi
La fiscal de violencia de género explica que está sopesando las acciones legales
LORETO OCHANDO
Martes, 1 de noviembre de 2022
Susana Gisbert, fiscal de violencia de género.
Susana Gisbert, fiscal de violencia de género.
La fiscal de violencia de género y delegada de Delitos de Odio de la Fiscalía Provincial de Valencia, Susana Gisbert, no salía de su asombro este martes cuando vio que una cuenta de Twitter con su propio nombre la citaba. Pero no es una cuenta amable o ‘fake’ graciosa como las miles que hay de personajes públicos, no, es una cuenta que lleva su fotografía que se llama “Susana la fiscala feminazi”.
Es una cuenta que tiene tuis que dicen lindezas, por llamarlas de algún modo, sobre el crimen de Gijón, en el que una madre ha asesinado a su hija, como: “No tengo palabras. Solo sé que las feminazis callan como putas por un fajo de billetes. Adiós Olivia”.
Cuenta falsa Gisbert
No es la primera vez que Gisbert se enfrenta a machistas en esta red social. De hecho, el titular de otra cuenta, condenado varias veces por delitos de violencia de género, ha llegado a tratar de reventar una presentación de un libro de esta fiscal, teniendo incluso que intervenir la Policía Local.
Gisbert, una fiscal que tiene cerca de 24.000 seguidores en la red del pájaro azul está acostumbrada a los conocidos como ‘haters’, pero pese a todo, jamás hasta este martes se había enfrentado a una suplantación de identidad. Según ha podido saber ElPlural.com, muchos de las personas que siguen a esta fiscal, famosa no solo por su trabajo e implicación para erradicar el terrorismo machista, sino por su blog conmitogaymistacones.com, muchos de sus seguidores han denunciado precisamente esa suplantación de identidad.
Preguntada por este periódico por lo sucedido, Susana Gisbert afirma: " Está claro que cuando una se mete en redes, algún precio hay que pagar, pero hay cosas que sin excesivas. Aprovechar el asesinato de una criatura por su madre, que huelga decir que condeno como haría cualquier persona, para escupir bilis y odio es especialmente repugnante. No obstante, no podemos callar ni reaccionar dando un portazo. Habrían ganado”.
Con respecto a qué piensa hacer legalmente, pues las posibilidades abarcan las injurias, las calumnias, los insultos a funcionarios público que son perseguibles de oficio, un delito de odio e incluso por derecho al honor en la vía civil, Susana Gisbert explica que está sopesando qué hacer puesto que “la Libertad de Expresión no puede abarcarlo todo”.
Musk y los casos Gisbert
Pero con la nueva adquisición de Twitter por parte de magnate Elon musk, incluso la propia Gisbert se pregunta qué pasará con este personaje que no solo tuitea con su nombre, sino que retuitea a personas que escriben cosas del calado de: “La ideología de blanquear asesinas, secuestradoras y encubridoras”.
Musk ya ha anunciado que quiere “liberar” Twitter o “reparar el daño” causado a Donald Trump por cancelar de por vida su cuenta. Es más, famosos tuiteros de extrema derecha esperan con ansia los cambios anunciados por Musk que, por lo que hasta ahora se sabe, permitirá a personas como la que ha suplantado la personalidad de Susana Gisbert campar a sus anchas por esta red social.
FISCALÍA TWITTER ELON MUSK VIOLENCIA DE GÉNERO DELITOS DE ODIO
Funcionarios
TRIBUNALES
El Supremo avala la jornada reducida retribuida a un profesor de Madrid para cuidar a su hija enferma
La niña padece autismo con trastorno severo de la conducta y retraso mental y un grado de discapacidad del 69%
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LORETO OCHANDO
Martes, 1 de noviembre de 2022
Fachada del Tribunal Supremo.
Fachada del Tribunal Supremo.
La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo ha fijado que los funcionarios que tienen hijos con una enfermedad grave sí tienen derecho a jornadas reducidas retribuidas, aunque sus hijos no requieran hospitalización. Así, el Alto Tribunal le da la razón a un profesor de la Comunidad de Madrid al que el viceconsejero de Organización Educativa de la Comunidad de Madrid desestimó el recurso de alzada interpuesto contra la resolución de la Dirección General de Recursos Humanos, que, a su vez, también desestimó la solicitud de reducción de la jornada laboral un 50% de tiempo con mantenimiento de las retribuciones para atender al cuidado de su hija menor aquejada de grave enfermedad.
En concreto, la pequeña padece trastorno de espectro autista, con trastorno severo de la conducta y retraso mental, con un grado de discapacidad reconocida del 69%, con baremo de movilidad positivo de dificultad, calificándose como una enfermedad extremadamente grave. Es más, el padre, en su recurso también indica que la enfermedad de su hija requiere cuidados diferentes a los del asunto invocado por la Administración.
Explican en su fallo que, el motivo casacional es si el artículo 49.e del Estatuto Básico del Empleado Público (EBEP) resulta de aplicación en aquellos supuestos en que no resulta necesaria la hospitalización del menor; y si, entendiendo que no resulta necesaria dicha hospitalización, el cuidado directo, continuo y permanente, puede ser interpretado de forma compatible con la escolarización del menor.
En este caso, la denegación tuvo lugar por no acreditar la necesidad de requerir una atención directa, continua y permanente equiparable a la que precisaría la menor de estar hospitalizada, requisito contemplado en el EBEP.
La sentencia recurrida afirmaba que, en el caso de esta niña, “las necesidades de cuidado de la menor están objetivizadas, la administración no las cuestiona. Pero lo cierto es que, durante su escolarización, esas necesidades de cuidado están cubiertas”. Y añadían que, “durante el tiempo en que permanece en el centro, el cuidado de la menor está delegado. Pues bien, la coincidencia entre la jornada trabajo del recurrente y de su esposa (9 o 10 a 3:15), y el tiempo de escolarización de la menor (de 10 a 16:30 horas), excluye que la reducción de la jornada se solicite, o vaya a ser empleada en el cuidado de la menor”.
Pero el Supremo afirma que, “el hecho de que la menor esté escolarizada en un centro escolar, en el que existan terapeutas y profesionales especializados no dispensa de la atención permanente y la colaboración de los padres con aquellos; teniendo que acudir los padres, en muchas ocasiones no solo a sesiones de formación e información impartidas por aquellos profesionales, sino también a auxiliarles durante el horario escolar, como a recoger a la menor del centro ante el menor inconveniente”.
Y apostillan que “las dificultades añadidas durante la estancia de la menor en el centro escolar se suma el hecho de que no existe una ruta de autobús para llevar a la menor al centro escolar especial; de tal forma que, diariamente, el desplazamiento hacia y desde el centro debe ser realizado por los propios progenitores (lo que no siempre es compatible con la jornada laboral de aquellos)”.
Por todo ello, dice el fallo: “La Sala entiende que el art. 49.e del EBEP resulta de aplicación en aquellos supuestos en que no resulta necesaria la hospitalización del menor, pero sí es necesario un cuidado directo, continuo y permanente, aunque el menor se encuentre escolarizado”. Es decir, “la escolarización no es óbice para la concesión del permiso, pero siempre que resulte necesario un cuidado directo, continuo y permanente”, como es el caso de esta niña.
TRIBUNAL SUPREMO FUNCIONARIOS EDUCACIÓN MENORES COMUNIDAD DE MADRID
TRIBUNALES
Un vocal califica de "ilegal" la elección del nuevo presidente del CGPJ y pide suspenderla
Wenceslao Olea solicita que se paralice el nombramiento de Rafael Mozo y eleva la decisión al Supremo
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Lunes, 17 de octubre de 2022
El nuevo presidente del CGPJ, Rafael Mozo.
El nuevo presidente del CGPJ, Rafael Mozo.
Tras semanas de debate en el Consejo General de Poder Judicial (CGPJ), el nombramiento del progresista Rafael Mozo tras la dimisión de Carlos Lesmes parece que podía traer paz al órgano jurídico. Sin embargo, se produce ahora un nuevo escollo en el camino en forma de petición. El vocal Wenceslao Olea ha solicitado que se suspenda la elección del nuevo presidente del CGPJ y ha tachado de "ilegal" la misma elevando, incluso, el hecho al Supremo.
Semana clave para el CGPJ
La semana pasada fue clave para la Justicia española. La sucesión de acontecimientos empezó con la dimisión de Lesmes -que venía sonando con bastante anterioridad- por la falta de acuerdo por parte del PP y PSOE para renovar el CGPJ. Inmediatamente después llegó la reunión entre los principales líderes de los dos partidos, Pedro Sánchez y Alberto Núñez Feijóo. El segundo acudió invitado por el primero a Moncloa para tratar de desbloquear la situación. Los políticos celebraron “avances” que, en la práctica, no convertían en mucho más sostenible la situación.
Ya el jueves, el gallego pidió al líder del Ejecutivo un acuerdo “por escrito” en el que se comprometiera a reformar el sistema de nombramiento de los vocales del CGPJ, rechazado por Sánchez al considerar que la renovación del órgano y la reforma legislativa que pide el PP no se pueden estar relacionadas.
Con todo sobre la mesa, el mismo día 16 vocales del organismo sacaron adelante el nombramiento de Mozo. Olea no es el único que ha elevado el hecho al Alto Tribunal, también el secretario general del Consejo General del Poder Judicial, Luis de Benito, ha seguido a su compañero. Ambos han pedido al TS la suspensión de la elección de Mozo. Lo han hecho por separado y ante lo contencioso-administrativo.
CGPJ dividido
En su decisión justifican que el pleno “carece de competencia” para realizar dicho nombramiento “con independencia de quién ejercita la presidencia del Supremo” ya que “no pueden existir bicefalias en el actual sistema legal”. Los dos protagonistas, en la línea de Lesmes, consideran que el liderazgo del Tribunal y del órgano de gobierno de los jueces deberían pasar de forma “automática” al presidente de la Sala Primera del tribunal, en este caso Francisco Martín.
El recurso, eso sí, se mantiene ahora a la espera de que el Supremo considere si lo admite o no a trámite. Así las cosas, hay quienes consideran que el nombramiento es dudoso mientras que otros se reconocen convencidos de que el recurso de Olea y de Benito será inadmitido porque no tiene cabida en esta ocasión el ir por la vía contenciosa-administrativa.