Autor Tema: Algo sobre dinero  (Leído 202009 veces)

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Re: Algo sobre dinero
« Respuesta #1420 en: 15 de Enero de 2026, 08:09:11 am »
Esta clarisimo...el statu quo se altera y le salen granos en el culo, uno de ellos se llama Page.

https://youtu.be/Beo0KJb_B3Y?si=4_zqm5yJX3YjqcA1

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Re: Algo sobre dinero
« Respuesta #1421 en: 27 de Enero de 2026, 16:39:18 pm »

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Re: Algo sobre dinero
« Respuesta #1422 en: 27 de Enero de 2026, 23:31:58 pm »
Menudo tarado. . .

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Re: Algo sobre dinero
« Respuesta #1423 en: 29 de Enero de 2026, 20:22:48 pm »

Trabajo y los sindicatos aprueban la subida del salario mínimo interprofesional a 1.221 euros con el rechazo de la patronal


El salario mínimo se situaba hasta ahora en 1.184 euros, por lo que subirá 518 euros al año

Redacción

Cadena SER29/01/2026 - 20:01 CET

MadridEl ministerio de Trabajo y los sindicatos han aprobado este jueves la subida del salario mínimo interprofesional a 1.221 euros. Un acuerdo que ambas partes han llevado a cabo sin los empresarios y que hasta ahora se situaba en 1.184 euros, lo que supone una subida de 37 euros, 518 euros al año.

La subida supone un incremento del 3,1% hasta situarlo en 1.221 euros brutos al mes, así como que se mantenga sin pagar el IRPF.


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"No hemos podido incorporar a la patronal, como hubiera sido nuestra voluntad, a este acuerdo de diálogo social. Hemos negociado sin resuello, nos hemos dejado la piel. Hemos buscado propuestas y contrapropuestas para que CEOE y Cepyme pudieran hoy acompañarnos en la presentación de este acuerdo de salario mínimo interprofesional, pero finalmente no ha sido posible", ha subrayado el secretario de Estado de Trabajo, Joaquín Pérez Rey, tras la última reunión de la mesa.

Ya esta misma mañana, las patronales CEOE y Cepyme habían avanzado que rechazaban la propuesta fiscal planteada por el Gobierno para compensar a las empresas ante la subida del SMI. Una subida que han tachado de "trilera", con condiciones "inalcanzables" para las empresas.


La patronal había sugerido un aumento del SMI del 1,5%, aunque templó su posición cuando la vicepresidenta segunda y ministra de Trabajo, Yolanda Díaz, se abrió a abordar con Hacienda la reforma de la ley de desindexación, a fin de que las empresas afectadas por el SMI con contratos con el sector público puedan repercutir el aumento de este coste cuando se eleva el SMI.

Hacienda no accedió y, a cambio, diseñó esta semana unos incentivos fiscales para empresas que se comprometieran a no despedir y aumentaran la plantilla que cobraba por encima de esta retribución mínima. Pero la patronal desdeñó la medida y acusó al Gobierno de "trilerismo", mientras su vicepresidente, Lorenzo Amor, tachó la propuesta de "chiste", pues no se asemeja a la demanda de reformar la ley de desindexación.

El secretario de Estado reconoció que la opción favorita del Ministerio de Trabajo era la modificación de la ley de desindexación, si bien puso en valor el acuerdo alcanzado con Hacienda para ofrecer incentivos a la patronal. También exhortó a la patronal a explicar internamente por qué se oponen a medidas que pueden beneficiar a las empresas y aseguró que las deducciones fiscales se quedarán sin aprobar, ya que era un incentivo si la CEOE se avenía a un pacto.


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Re: Algo sobre dinero
« Respuesta #1424 en: 29 de Enero de 2026, 20:42:58 pm »
Qué aprovechen a subirlo ahora porque después, cuando lleguen PP y VOX al Gobierno, que se olviden. . . y los fachapobres que tomen nota, porque luego vendrán los lloros. . .

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Re: Algo sobre dinero
« Respuesta #1425 en: 06 de Febrero de 2026, 06:50:31 am »
Una madre deshereda a tres de sus hijas y un tribunal frena la decisión: no hubo pruebas de abandono ni maltrato

Historia de Rodrigo Criado, Rodrigo Criado • 16 h •

La Audiencia Provincial de Las Palmas de Gran Canaria ha dictado una resolución clave que vuelve a poner el foco en uno de los pilares del derecho sucesorio: la protección de la legítima. El tribunal deja claro que desheredar a un hijo no es una decisión que pueda sostenerse en reproches personales o distancias emocionales, sino que exige pruebas sólidas y perfectamente acreditadas.

El caso nace de un conflicto familiar tan delicado como frecuente. Una madre decidió excluir de su herencia a tres de sus cuatro hijas, alegando que no la ayudaron cuando más lo necesitaba. Esa decisión abrió una batalla judicial con importantes consecuencias legales y personales, en la que se enfrentaron versiones opuestas sobre el cuidado, el abandono y las obligaciones familiares.

Los magistrados fueron contundentes al analizar el fondo del asunto. Recordaron que la desheredación solo puede basarse en causas muy concretas recogidas en la ley y que no basta con invocar una mala relación, una ruptura afectiva o la falta de convivencia. La ausencia de contacto o el distanciamiento emocional, por sí solos, no justifican privar a un heredero de la parte de la herencia que la ley le reserva.

La sentencia subraya que solo situaciones graves y demostrables permiten una exclusión hereditaria. Entre ellas, el maltrato grave debidamente probado, la negativa injustificada a prestar alimentos o la existencia de daños psicológicos acreditados mediante informes objetivos. Fuera de esos supuestos, la voluntad del testador encuentra límites claros en la protección de los derechos de los legitimarios.

Tras examinar las pruebas aportadas, el tribunal concluyó que no se había acreditado ninguna de esas causas en relación con dos de las hijas. Por ello, decidió anular su desheredación y ordenó que la herencia se repartiera de forma equitativa, respetando su derecho a la legítima. Al mismo tiempo, mantuvo vigentes el resto de disposiciones del testamento que no estaban directamente afectadas por el conflicto.

ión también aclara aspectos procesales relevantes. La anulación de la desheredación solo beneficia a las dos hermanas que acudieron a los tribunales, mientras que una tercera hija continúa excluida de la herencia al no haber impugnado judicialmente la decisión de su madre. Además, el tribunal señala que cualquier reclamación relacionada con gastos, deudas o compensaciones deberá resolverse más adelante, en el proceso de partición de la herencia.

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Re: Algo sobre dinero
« Respuesta #1426 en: 07 de Febrero de 2026, 07:06:46 am »
Una propietaria de 86 años pasa más de dos años sin cobrar el alquiler: ahora reclama al Estado 40.000 euros

15 h •

La vulnerabilidad en el mercado del alquiler ha tomado un cariz inesperado en este inicio de 2026, situando a los propietarios de avanzada edad en el centro del debate jurídico. Una ciudadana de 86 años ha decidido emprender acciones legales contundentes contra la Administración Pública tras acumular más de dos años sin percibir las rentas de su vivienda. Esta reclamación, que asciende a una cifra superior a los 40.000 euros, pone de manifiesto las grietas de un sistema que, en su intento por proteger a los inquilinos, parece haber desamparado los derechos fundamentales de los pequeños arrendadores. La situación ha escalado hasta convertirse en un símbolo de la lucha por la seguridad jurídica en España.

El origen del conflicto y la desprotección de la propiedad privada

El calvario de esta mujer comenzó hace exactamente 27 meses, momento en el cual la inquilina de su inmueble cesó el pago de las mensualidades acordadas. Desde entonces, la deuda principal se ha disparado hasta alcanzar los 30.989 euros en concepto de alquileres impagados. Pese a haber iniciado los trámites judiciales de forma inmediata, la propietaria ha visto cómo el proceso de lanzamiento se suspendía de manera sistemática. Cada intento de recuperar su propiedad ha chocado con informes de los servicios sociales que califican a la parte arrendataria como colectivo en situación de vulnerabilidad extrema.

Dicha circunstancia ha obligado a la casera a ejercer, de facto, una función asistencial que corresponde legalmente a los organismos públicos. Resulta paradójico que una persona de 86 años, que depende de sus activos para sufragar sus propios cuidados y necesidades básicas, deba cargar con el peso financiero de una crisis habitacional ajena. Las sucesivas prórrogas judiciales, amparadas en las normativas estatales de vivienda, han convertido el derecho a la propiedad en un concepto vacío de contenido práctico para esta afectada. El sentimiento de indefensión es absoluto, dado que su único patrimonio se encuentra bloqueado por una decisión gubernamental.

La reclamación por responsabilidad patrimonial de la Administración

La estrategia legal de la demandante se centra ahora en exigir la responsabilidad patrimonial del Estado. Los abogados de la propietaria solicitan una indemnización adicional de 9.331 euros que se suma a la deuda original, elevando la petición total a los 40.320 euros. Argumentan que el funcionamiento de la Administración de Justicia ha sido anormalmente lento y perjudicial. La base de esta reclamación reside en que, si el Estado decide paralizar un desahucio por motivos sociales, debe ser el propio Estado quien asuma el coste económico de esa decisión y no el ciudadano particular.

Aquella compensación económica busca resarcir tanto el lucro cesante como los daños morales derivados de un proceso que parece no tener fin. La ley vigente establece que las administraciones deben ofrecer alternativas habitacionales a las personas vulnerables para permitir que el propietario recupere su vivienda. Al fallar en la provisión de tales alternativas, el sistema incurre en una negligencia que debe ser compensada mediante fondos públicos. Esta batalla judicial pretende sentar un precedente necesario para miles de familias que se encuentran en situaciones de impago prolongado sin respuesta por parte de las instituciones.

El impacto de la Ley de Vivienda en los pequeños ahorradores

La actual Ley de Vivienda ha generado un escenario de incertidumbre que afecta directamente a la confianza de los inversores y ahorradores. Muchos ciudadanos ven con temor cómo sus inmuebles pueden quedar fuera de su control durante años debido a los complejos requisitos procesales actuales. La casera protagonista de este caso representa a una generación que invirtió en ladrillo con la esperanza de tener una vejez tranquila. Sin embargo, la realidad de 2026 muestra un panorama donde la burocracia actúa como un muro infranqueable.

Resulta imprescindible que el Gobierno agilice los mecanismos de compensación previstos para estos supuestos de suspensión de lanzamientos. La justicia lenta deja de ser justicia, especialmente cuando la demandante cuenta con una edad tan avanzada que el tiempo se convierte en su recurso más escaso. El desenlace de esta reclamación de 40.000 euros marcará el futuro de la relación entre el Estado y los propietarios privados. Únicamente mediante un equilibrio real entre la protección social y el respeto a la legalidad se podrá garantizar un mercado de alquiler sano y funcional para todas las partes implicadas. La resolución de este expediente será seguida con lupa por asociaciones de propietarios y expertos en derecho civil de todo el país.