Autor Tema: Y la familia, qué....?  (Leído 43119 veces)

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Re: Y la familia, qué....?
« Respuesta #240 en: 18 de Julio de 2025, 20:44:18 pm »

Los divorcios se disparan tras dos años de descensos y los de custodia compartida son mayoritarios por segundo año consecutivo


Nacional EFE
NOTICIA 18.07.2025 - 12:13h

Según los datos del INE, se registraron 86.595 casos de separación y divorcio el pasado año, un 8,2% más.
​Matrimonios que llegan a su fin: el número de divorcios de Galicia
Los divorcios se disparan tras dos años de descensos y los de custodia compartida son mayoritarios por segundo año consecutivo
DivorcioFreepik

Las disoluciones matrimoniales han repuntado un 8,2% en el año 2024, al registrarse 86.595 divorcios, tras dos años de descenso, mientras que las custodias compartidas han mantenido su tendencia al alza y han superado por segundo año consecutivo a las maternas. De estas, 82.991 fueron divorcios (el 95,8% del total) y 3.604 separaciones. Las nulidades no fueron contabilizadas por falta de datos completos.


Así se desprende de la Estadística de Nulidades, Separaciones y Divorcios de 2024 que este viernes publica el Instituto Nacional de Estadística (INE), que ha evidenciado un aumento en el número de divorcios, después de que en 2022 y 2023 cayesen por debajo de los 85.000.

A pesar de este incremento, el número de disoluciones matrimoniales sigue por debajo del año 2021, cuando se divorciaron en España 90.582 matrimonios, y en especial de los niveles prepandemia, momento en el que los divorcios rondaban los 100.000 anuales.

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Se consolida la custodia compartida

En cuanto a los divorcios con hijos menores, la custodia compartida fue otorgada en el 49,7% de los casos, lo que supone 1,3 puntos porcentuales más que en 2023, consolidando una tendencia creciente que ya supera a la custodia exclusiva para la madre (46,6%). Ya el año pasado, esta fórmula de divorcio con hijos superó a la custodia exclusiva de la madre. En 2024, únicamente el 3,4% de las custodias fueron para el padre y el 0,3% para otros familiares o instituciones.

Evolución del tipo de custodias en los últimos años.
Evolución del tipo de custodias en los últimos años.INE
En el 54,8% de los casos de divorcio entre parejas de distinto sexo se asignó pensión alimenticia, que en su mayoría (52,9%) correspondió al padre. En el 43,3%, ambos cónyuges compartieron el pago, y en el 3,8%, fue la madre quien asumió la pensión. En cuanto a las pensiones compensatorias, se establecieron en el 7% de los divorcios, con el esposo como pagador en el 90,9% de los casos.

Varía por comunidades
La tasa nacional se sitúa en 1,8 rupturas por cada 1.000 habitantes, aunque hay importantes diferencias territoriales: Ceuta (2,3), La Rioja (2,1) y Canarias (2,0) registran las tasas más elevadas, mientras que Melilla (1,4) presenta la más baja.

Aunque la mayoría de divorcios (61,1%) se resolvieron mediante sentencia judicial, destaca el papel creciente de la escritura pública ante notario, que ya representa el 13,8% de los casos. El 25,1% se resolvieron por decreto. La proporción de divorcios no contenciosos sigue siendo mayoritaria, con un 79,8% del total

La duración media de los matrimonios disueltos fue de 16,4 años, similar a la del año anterior. El 31,8% de los divorcios tuvo lugar tras más de 20 años de matrimonio, mientras que apenas el 3,4% ocurrió antes de los dos años de convivencia. El mayor número de divorcios se concentró entre cónyuges de 40 a 49 años. La edad media de las mujeres que se divorciaron fue de 46,6 años y la de los hombres, 49,0 años.


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Re: Y la familia, qué....?
« Respuesta #241 en: 21 de Julio de 2025, 10:27:43 am »
Y se divorciara...


‘Coldplaygate’

Un directivo deja su puesto tras viralizarse su abrazo con una compañera que no es su esposa en un concierto de Coldplay en Massachusetts

El director ejecutivo de la tecnológica Astronomer, que apareció en un video que se hizo viral en el que se le ve abrazando a una compañera que no es su esposa en la pantalla gigante de un concierto de Coldplay, ha renunciado tras haber sido suspendido por la empresa en un suceso que en las redes se ha bautizado como 'Coldplaygate'





El 'jumbotron' del 'Coldplaygate'.
El 'jumbotron' del 'Coldplaygate'. @instaagraace
Andrés Gil

Corresponsal en Washington —
20 de julio de 2025 03:26 h
Actualizado el 20/07/2025 03:40 h
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Los peores diez segundos de sus vidas. Probablemente. El director ejecutivo de la empresa tecnológica Astronomer, que apareció en un video viral visto por millones de personas en el que se le ve abrazando a una compañera de trabajo, que no es su esposa, en un concierto de Coldplay, ha renunciado este sábado.



Andy Byron ha renunciado a su cargo como director ejecutivo de Astronomer Inc., empresa con sede en Cincinnati, según un comunicado publicado por la compañía este sábado: “Astronomer está comprometida con los valores y la cultura que nos han guiado desde nuestra fundación. Se espera que nuestros directivos marquen la pauta tanto en conducta como en responsabilidad, y recientemente, esa pauta no se ha cumplido”.


El incidente, que ha dominado las redes sociales en EEUU, es un ejemplo de la rapidez con la que las cosas se propagan en las redes sociales y también de la omnipresencia de las cámaras en todos los espacios.

El vídeo del miércoles fue publicado por una asistente al concierto con pocos seguidores en TikTok. Pero gracias al poder del algoritmo de la aplicación, ya tenía más de 77 millones de visualizaciones hasta la noche del viernes, afirma The New York Times. En muy poco tiempo, Byron y Cabot dominaron por completo la conversación en internet y se convirtieron en un meme instantáneo, al que muchos calificaron como Coldplaygate.

La decisión se produce un día después de que la compañía anunciara que Byron había sido suspendido y que la junta directiva de la empresa había iniciado una investigación formal sobre el incidente de la pantalla gigante, que se hizo viral. Quienes aparecían en el video eran Byron y la directora de personal de Astronomer, Kristin Cabot.

El breve video muestra a Byron y Cabot, captados por la pantalla gigante en el Estadio Gillette en Foxborough, Massachusetts, durante el concierto de Coldplay el miércoles. El cantante, Chris Martin, pidió a las cámaras que enfocaran al público para su Canción Jumbotron, en la que canta unas frases sobre las personas que la cámara enfoca.


“O tienen una aventura o simplemente son muy tímidos”, bromeó Martin tras ver la reacción de los dos.

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Pete DeJoy, cofundador y director de producto de Astronomer, ha sido nombrado director ejecutivo interino mientras la empresa busca al sucesor de Byron.

“Es un poco inquietante la facilidad con la que nos identifican con la biometría, cómo se ven nuestros rostros online, cómo las redes sociales pueden rastrearnos y cómo internet ha pasado de ser un lugar de interacción a un gigantesco sistema de vigilancia”, afirma Mary Angela Bock, profesora asociada de la Facultad de Periodismo y Medios de Comunicación de la Universidad de Texas en Austin, en declaraciones a Associated Press: “Si lo piensas, estamos siendo vigilados por las redes sociales. Nos rastrean a cambio de entretenernos”.


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Re: Y la familia, qué....?
« Respuesta #242 en: 10 de Agosto de 2025, 21:13:15 pm »

PABELLONES OFICIALES Y DIVORCIOS


LlanAUGC
2 ago

Por Alberto Llana

El Tribunal Supremo ha fijado doctrina respecto al derecho de uso de Pabellones de la Guardia Civil cuando la persona que lo tiene adjudicado se divorcia/separa de su pareja y un juzgado le concede a la otra persona el disfrute de tal Pabellón y quien lo tiene adjudicado cambia de destino y pierde el derecho a ocuparlo. El asunto tiene miga, por lo que procede fijar correctamente los términos del caso analizado por el Alto Tribunal: un miembro de la Guardia Civil casado y con hijos, destinado en un Puesto y con un Pabellón Oficial adjudicado, decide divorciarse. Tras ser instado el procedimiento de divorcio, un Juzgado adopta diferentes medidas provisionales, entre ellas y en la parte que interesa a este comentario, que: “el uso del último domicilio familiar se atribuye a la Sra. (…) y de forma alternativa a los hijos menores los meses que esté ejerciendo la guarda y custodia de aquellos”. Posteriormente, mediante sentencia, se declaró disuelto el matrimonio, otorgando el ejercicio de la guarda y custodia de los hijos menores a la ya exesposa del Guardia y atribuyéndole a la misma el derecho de uso y disfrute de la vivienda familiar (Pabellón Oficial). Posteriormente el guardiacivil cambia de destino, cesando su derecho a ocupar Pabellón en el Puesto en el que estaba destinado, por lo que la Benemérita solicita a su exmujer que lo desocupe.-


La mujer presenta demanda contra la decisión de desalojo ante un Tribunal Superior de Justicia, que le da la razón. La sentencia consideró, en síntesis, que la normativa reguladora de los derechos de uso de los pabellones oficiales por parte de la Guardia Civil resulta de aplicación a sus miembros; pero no a quien fuera su cónyuge ni a sus hijos menores, por lo que, a juicio de la Sala de Justicia, el cese en el destino de quien resultó adjudicatario del derecho de uso de pabellón oficial de la Guardia Civil no puede afectar a quienes lo tuvieran atribuido como vivienda familiar en virtud de sentencia judicial firme. Razona el Fallo lo siguiente: «...El derecho de la demandante es independiente de la vivienda que podría corresponder a su exmarido por razón de empleo o función, pues no estamos hablando de adjudicación a este Guardia Civil, destinado en otro Puesto, sino de que una sentencia firme le ha atribuido a aquélla y a sus hijos menores el uso de la vivienda familiar que ocupan en el Cuartel…».-

La Administración del Estado presenta recurso de Casación ante la Sala de lo Contencioso del Tribunal Supremo y se acuerda que la cuestión que presenta interés casacional objetivo para la formación de la jurisprudencia consiste en «determinar si el cese definitivo en su destino de adjudicatario de derecho de uso de pabellón oficial de la Guardia Civil determina, en todo caso, la extinción de los derechos atribuidos al cónyuge y descendientes de aquel adjudicatario, en resoluciones judiciales firmes recaídas en procedimientos de nulidad, separación o divorcio, en relación con el uso de aquel pabellón derivado de su condición de vivienda familiar».-

El Alto Tribunal considera que los Pabellones Oficiales de la Guardia Civil son bienes de dominio público (demaniales), propiedad del Estado, que dependen del Ministerio de Interior, siendo el usuario la Dirección General de la Guardia Civil, que atribuye su uso gratuitamente a los miembros de este Cuerpo. Cuando se den las condiciones establecidas en la Orden General reguladora para cesar en el derecho a su uso (cambio de destino en este caso) «no puede oponerse una sentencia firme de nulidad, separación o divorcio que atribuya a su exmujer e hijos el uso del Pabellón, dado que esta atribución estaba condicionada a que el exmarido continuara en el derecho de uso; otra interpretación implicaría subvenir necesidades familiares, muy dignas de protección, con cargo a la Administración ajena al vínculo matrimonial y que nada tiene que ver con las consecuencias de la separación o divorcio de los cónyuges».-

No obstante lo anterior, también deja claro que «para ejecutar la resolución que acuerda el cese de uso del derecho a ocupar el pabellón del cónyuge y sus hijos menores, por haber cesado definitivamente en su destino su exmarido, sería preciso, bien:

Que el cónyuge a quien se le hubiera atribuido el uso del pabellón como vivienda familiar, tras la pérdida del derecho de uso atribuido a su exmarido, a la vista del cambio de las circunstancias se dirigiera al juez civil solicitando la adopción de nuevas medidas que se ajustaran a la nueva situación…

En cualquier caso, y ante la negativa del cónyuge que tuviera atribuido el pabellón como vivienda habitual a instar la modificación de las medidas adoptadas en la sentencia de separación o divorcio, la Administración podrá ejercitar una acción de desahucio por falta de título jurídico hábil para seguir ocupándolo.

Esta conclusión protege el interés superior de los menores que se vean afectados, y es conforme con los derechos reconocidos en la Convención sobre los Derechos del Niño, adoptada por la Asamblea General de las Naciones Unidas el 20 de noviembre de 1989, y la Ley Orgánica 1/1996, de 15 de marzo, de Protección Jurídica del Menor. Y, en segundo término, no altera “los efectos de una sentencia firme”, ni tampoco su intangibilidad. Pues la ejecución de la resolución administrativa se pospone, bien a que se modifiquen las medidas definitivas acordadas en el procedimiento civil de separación o divorcio, bien a que se dicte una sentencia de desahucio».-


En definitiva, la doctrina casacional que fija el Tribunal Supremo para este tipo de casos es la siguiente: «El cese definitivo en su destino de adjudicatario de derecho de uso de pabellón oficial de la Guardia Civil determina, en todo caso, la extinción de los derechos atribuidos al cónyuge y descendientes de aquel adjudicatario, en resoluciones judiciales firmes recaídas en procedimientos de nulidad, separación o divorcio, en relación con el uso de aquel pabellón derivado de su condición de vivienda familiar».-


Por último, una curiosidad en referencia a los Pabellones de la Benemérita. Según una respuesta dada por el Gobierno en el mes de octubre de 2017, existían un total de 33.843 pabellones, a los que había que restar 534 por ser inhabitables o no utilizables.-



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Re: Y la familia, qué....?
« Respuesta #244 en: 26 de Octubre de 2025, 15:54:36 pm »
Me parece perfecto, si puedes mantener a todos sus hijos y tiene una esposa que participa de ese concepto de maternidad y quiere dedicar su vida a ella. . . pues adelante, pero que respete que hay otros modelos de familias, que no me quieran imponer ese como único y verdadero, como su Dios, único y verdadero, porque hay otras confesiones religiosas y otros modelos de familias tan válidos como ese e igual de respetables. . .

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