Autor Tema: Dudas sobre Tráfico.  (Leído 161058 veces)

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Re:Dudas sobre Tráfico.
« Respuesta #1040 en: 19 de Diciembre de 2011, 20:24:52 pm »
Es asi lobo...estamos exentos de llevar el cinturón bajo nuestra responsabilidad...y aunque la norma se lía un poco entre servicio de urgencia y no urgencia, la realidad es que no conocemos ninguna sentencia que haya minorado las indemnizaciones civiles, al menos al acompañante, por no llevar el cinturón puesto, pues como podemos leer el conductor siempr estaría exento, mientras que nada se dice de los acompañantes en servicios de no urgencia ya que únicamente son referidos en el 119 y no en el 68.

Yo lo veo de otra manera porque así lo dice la ley y otra cosa es lo que cada uno quiera interpretar. Para mi:
1.- Estamos exentos en servicio de urgencia bajo nuestra responsabilidad.
2.- Estamos obligados cuando no estamos en servicio de urgencia.
Respecto de las sentencias que quieres que te diga yo a ti que ya no sepas. :lect
KETEDEN"quotquot: el paso de "quotquottonadillero"quotquot (tío de Paquirrín), a "quotquotfundamentalista cínico"quotquot (oculto tras el burka del anonimato), pasando por "quotquotmachaca del cangrejo"quotquot (con marca de vino), te ha hecho perder los valores más esen

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Re:Dudas sobre Tráfico.
« Respuesta #1041 en: 19 de Diciembre de 2011, 20:55:23 pm »
Es asi lobo...estamos exentos de llevar el cinturón bajo nuestra responsabilidad...y aunque la norma se lía un poco entre servicio de urgencia y no urgencia, la realidad es que no conocemos ninguna sentencia que haya minorado las indemnizaciones civiles, al menos al acompañante, por no llevar el cinturón puesto, pues como podemos leer el conductor siempr estaría exento, mientras que nada se dice de los acompañantes en servicios de no urgencia ya que únicamente son referidos en el 119 y no en el 68.

Yo lo veo de otra manera porque así lo dice la ley y otra cosa es lo que cada uno quiera interpretar. Para mi:
1.- Estamos exentos en servicio de urgencia bajo nuestra responsabilidad.
2.- Estamos obligados cuando no estamos en servicio de urgencia.
Respecto de las sentencias que quieres que te diga yo a ti que ya no sepas. :lect

Entonces el artículo 68 simplemente lo obviamos?

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Re:Dudas sobre Tráfico.
« Respuesta #1042 en: 19 de Diciembre de 2011, 21:25:03 pm »
Nop...pues obviamos el 68...que refiere la exención para el conductor en todo momento y bajo su responsabilidad.


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Re:Dudas sobre Tráfico.
« Respuesta #1043 en: 19 de Diciembre de 2011, 21:39:25 pm »
Nop...pues obviamos el 68...que refiere la exención para el conductor en todo momento y bajo su responsabilidad.


Que no estoy de acuerdo  :Enfadado_1.
Comienza desde el principio:
Título II: De la circulación de vehículos.
              Capítulo III: Prioridad de paso.
                            Sección 4: Vehículos en servicio de urgencia.         
                            Artº 67: Vehículos prioritarios.
                            Artº 68: Facultades de los conductores de los vehículos prioritarios.
KETEDEN"quotquot: el paso de "quotquottonadillero"quotquot (tío de Paquirrín), a "quotquotfundamentalista cínico"quotquot (oculto tras el burka del anonimato), pasando por "quotquotmachaca del cangrejo"quotquot (con marca de vino), te ha hecho perder los valores más esen

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Re:Dudas sobre Tráfico.
« Respuesta #1044 en: 19 de Diciembre de 2011, 21:47:27 pm »
Y venga la burra al trigo.

Vamos a tener que debatir este tema del cinturón cada año??

La Policía judicial tiene por objeto y será obligación de todos los que la componen, averiguar los delitos públicos que se cometieren en su territorio o demarcación; practicar, según sus atribuciones, las diligencias necesarias para comprobarlos...

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Re:Dudas sobre Tráfico.
« Respuesta #1045 en: 19 de Diciembre de 2011, 21:55:27 pm »
Y venga la burra al trigo.

Vamos a tener que debatir este tema del cinturón cada año??


Pues para que esto no sea cosa de dos, danos tu opinión. .ca;
KETEDEN"quotquot: el paso de "quotquottonadillero"quotquot (tío de Paquirrín), a "quotquotfundamentalista cínico"quotquot (oculto tras el burka del anonimato), pasando por "quotquotmachaca del cangrejo"quotquot (con marca de vino), te ha hecho perder los valores más esen

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Re:Dudas sobre Tráfico.
« Respuesta #1046 en: 19 de Diciembre de 2011, 21:57:30 pm »
Nop...pues obviamos el 68...que refiere la exención para el conductor en todo momento y bajo su responsabilidad.


Y esto.......de tu propia cosecha. :carcaj
KETEDEN"quotquot: el paso de "quotquottonadillero"quotquot (tío de Paquirrín), a "quotquotfundamentalista cínico"quotquot (oculto tras el burka del anonimato), pasando por "quotquotmachaca del cangrejo"quotquot (con marca de vino), te ha hecho perder los valores más esen

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Re:Dudas sobre Tráfico.
« Respuesta #1047 en: 19 de Diciembre de 2011, 22:11:06 pm »
Artículo 68 RGC. Facultades de los conductores de los vehículos prioritarios.

1. Los conductores de los vehículos prioritarios deberán observar los preceptos de este Reglamento, si bien, a condición de haberse cerciorado de que no ponen en peligro a ningún usuario de la vía, podrán dejar de cumplir bajo su exclusiva responsabilidad las normas de los títulos II, III y IV, salvo las órdenes y señales de los agentes, que son siempre de obligado cumplimiento.

Como la obligación de llevar el cinturón de seguridad, se encuentra encuadrado dentro del título III del presente reglamento, debe entenderse que queda a cargo de cada Agente, bajo su exclusiva responsabilidad, el ponerselo o no.

Ya se debatió esto ampliamente con Masam...
La Policía judicial tiene por objeto y será obligación de todos los que la componen, averiguar los delitos públicos que se cometieren en su territorio o demarcación; practicar, según sus atribuciones, las diligencias necesarias para comprobarlos...

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Re:Dudas sobre Tráfico.
« Respuesta #1048 en: 19 de Diciembre de 2011, 22:18:28 pm »
Hay temas recurrentes que por culpa de legislación difusa, tiene posibles interpretaciones...

La Policía judicial tiene por objeto y será obligación de todos los que la componen, averiguar los delitos públicos que se cometieren en su territorio o demarcación; practicar, según sus atribuciones, las diligencias necesarias para comprobarlos...

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Re:Dudas sobre Tráfico.
« Respuesta #1049 en: 19 de Diciembre de 2011, 22:46:38 pm »
Discrepo contigo Ronin ,la ordenanaza de movilidad recoge que no  es necesario si no supera los 50 km /h .
Por lo tanto si lo superas esta obligado a llevarlo puesto
Voy a buscar en la ordenanaza de movilidad ......por si a caso

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Re:Dudas sobre Tráfico.
« Respuesta #1050 en: 19 de Diciembre de 2011, 22:53:18 pm »
Artículo 68 RGC. Facultades de los conductores de los vehículos prioritarios.

1. Los conductores de los vehículos prioritarios deberán observar los preceptos de este Reglamento, si bien, a condición de haberse cerciorado de que no ponen en peligro a ningún usuario de la vía, podrán dejar de cumplir bajo su exclusiva responsabilidad las normas de los títulos II, III y IV, salvo las órdenes y señales de los agentes, que son siempre de obligado cumplimiento.

Como la obligación de llevar el cinturón de seguridad, se encuentra encuadrado dentro del título III del presente reglamento, debe entenderse que queda a cargo de cada Agente, bajo su exclusiva responsabilidad, el ponerselo o no.

Ya se debatió esto ampliamente con Masam...

Haces un corta pega del  :abuelo e insisto en lo dicho en el otro hilo: "facultades de los conductores de los vehículos prioritarios"...................EN SERVICIOS DE URGENCIA. .ca;
KETEDEN"quotquot: el paso de "quotquottonadillero"quotquot (tío de Paquirrín), a "quotquotfundamentalista cínico"quotquot (oculto tras el burka del anonimato), pasando por "quotquotmachaca del cangrejo"quotquot (con marca de vino), te ha hecho perder los valores más esen

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Re:Dudas sobre Tráfico.
« Respuesta #1051 en: 19 de Diciembre de 2011, 22:55:55 pm »
Es asi lobo...estamos exentos de llevar el cinturón bajo nuestra responsabilidad...y aunque la norma se lía un poco entre servicio de urgencia y no urgencia, la realidad es que no conocemos ninguna sentencia que haya minorado las indemnizaciones civiles, al menos al acompañante, por no llevar el cinturón puesto, pues como podemos leer el conductor siempr estaría exento, mientras que nada se dice de los acompañantes en servicios de no urgencia ya que únicamente son referidos en el 119 y no en el 68.

Yo lo veo de otra manera porque así lo dice la ley y otra cosa es lo que cada uno quiera interpretar. Para mi:
1.- Estamos exentos en servicio de urgencia bajo nuestra responsabilidad.
2.- Estamos obligados cuando no estamos en servicio de urgencia.
Respecto de las sentencias que quieres que te diga yo a ti que ya no sepas. :lect

Entonces el artículo 68 simplemente lo obviamos?
Por enésima vez, no obviamos el artº 68 pero hay que saber leer ya que hace referencia a los vehículos en servicios de urgencia y por tanto Si es de aplicación, en ese caso, a sus conductores.  ;cosc;
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Re:Dudas sobre Tráfico.
« Respuesta #1052 en: 20 de Diciembre de 2011, 00:06:35 am »
Aún asi, como podemos leer, si vamos en servicio de urgencia ambos están cubiertos por la norma que les exime, pero si voy patrullando sólo el conductor, y bajo su responsabilidad, estaría eximido.

Pues , bajo su responsabilidad, que apoquine la gallina por no utilizarlo......


Yo es que soy de utilizarlo tanto  "de urgencia" como de "no urgencia" por que........podré confiar en mi modo de conducir o en el del compañero (aunque menos y dependiendo de quien se trate)....pero no confio en la conduccion del resto de conductores.

El "quotquothomo sapiens"quotquot está dejando de ser "quotquotsapiens"quotquot...regresando al mono del que no debió salir.

"quotquotHerede

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Re:Dudas sobre Tráfico.
« Respuesta #1053 en: 20 de Diciembre de 2011, 00:07:39 am »


Amén de ser de los que defiende que, fuera de "no urgencia", estamos obligados a utilizarlo.



El "quotquothomo sapiens"quotquot está dejando de ser "quotquotsapiens"quotquot...regresando al mono del que no debió salir.

"quotquotHerede

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Re:Dudas sobre Tráfico.
« Respuesta #1054 en: 20 de Diciembre de 2011, 00:14:06 am »
Ya se debatió esto ampliamente con Masam...


Pues entonces nada más sencillo que citar los mensajes o insertar el link respectivo............y listo, no??.........y así tambien aprovecho y refresco la memoria.



El "quotquothomo sapiens"quotquot está dejando de ser "quotquotsapiens"quotquot...regresando al mono del que no debió salir.

"quotquotHerede

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Re:Dudas sobre Tráfico.
« Respuesta #1055 en: 20 de Diciembre de 2011, 08:18:53 am »
Aún asi, como podemos leer, si vamos en servicio de urgencia ambos están cubiertos por la norma que les exime, pero si voy patrullando sólo el conductor, y bajo su responsabilidad, estaría eximido.

Pues , bajo su responsabilidad, que apoquine la gallina por no utilizarlo......


Yo es que soy de utilizarlo tanto  "de urgencia" como de "no urgencia" por que........podré confiar en mi modo de conducir o en el del compañero (aunque menos y dependiendo de quien se trate)....pero no confio en la conduccion del resto de conductores.



Estoy de acuerdo contigo, deberíamos utilizarlo siempre.........y más cuando vamos petaos a una emergencia. El cinturón tarde en quitarse muy poquito y salva vidas. Además si los vehículos tienen conectados los airbargs no llevar el cinturon cuando estos saltan puede ser muy perjudicial para nuestra cara.

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Re:Dudas sobre Tráfico.
« Respuesta #1056 en: 20 de Diciembre de 2011, 11:37:23 am »
Por enésima vez, no obviamos el artº 68 pero hay que saber leer ya que hace referencia a los vehículos en servicios de urgencia y por tanto Si es de aplicación, en ese caso, a sus conductores.  ;cosc;

Ese artículo no reseña el servicio "en urgencia"...y además, el 119 nos situaría en una posición de "inferioridad" respecto a conductores de taxi o mercancías, que están exentos de colocárselo en via urbana...estando de "servicio".

Si leemos el articulado no deja de ser una incongruencia que exima a conductor y pasajero cuando se vaya "en urgencia", es decir cuando más peligro existe, e introduzca la posibilidad de no llevarlo, bajo su responsabilidad, sólo al conductor en el 68 en todo momento.

La norma está mal redactada.


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Re:Dudas sobre Tráfico.
« Respuesta #1057 en: 20 de Diciembre de 2011, 14:19:47 pm »
Hacemos una propuesta de reforma de la ley??






Aunque habría tantas otras que también se deberían reformar...

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Re:Dudas sobre Tráfico.
« Respuesta #1058 en: 20 de Diciembre de 2011, 14:23:52 pm »
Por enésima vez, no obviamos el artº 68 pero hay que saber leer ya que hace referencia a los vehículos en servicios de urgencia y por tanto Si es de aplicación, en ese caso, a sus conductores.  ;cosc;

Ese artículo no reseña el servicio "en urgencia"...y además, el 119 nos situaría en una posición de "inferioridad" respecto a conductores de taxi o mercancías, que están exentos de colocárselo en via urbana...estando de "servicio".

Si leemos el articulado no deja de ser una incongruencia que exima a conductor y pasajero cuando se vaya "en urgencia", es decir cuando más peligro existe, e introduzca la posibilidad de no llevarlo, bajo su responsabilidad, sólo al conductor en el 68 en todo momento.

La norma está mal redactada.


Nop...pues obviamos el 68...que refiere la exención para el conductor en todo momento   :pen: y bajo su responsabilidad.


Que no estoy de acuerdo  :Enfadado_1.
Comienza desde el principio:
Título II: De la circulación de vehículos.
              Capítulo III: Prioridad de paso.
                            Sección 4: Vehículos en servicio de urgencia.         
                            Artº 67: Vehículos prioritarios.
                            Artº 68: Facultades de los conductores de los vehículos prioritarios.
:meg;  :abuelo, ¿lo ves claro o aún te quedan dudas?. ;cosc;
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Re:Dudas sobre Tráfico.
« Respuesta #1059 en: 20 de Diciembre de 2011, 14:27:17 pm »
Claro que sí.
El título del artículo en cuestión es más importante que lo que dice el propio artículo.
Y el preambulo de una Ley también es más importante que lo que dice la propia ley.


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