Autor Tema: Dudas sobre Tráfico.  (Leído 175742 veces)

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Re:Dudas sobre Tráfico.
« Respuesta #1080 en: 20 de Diciembre de 2011, 15:58:24 pm »
Resumiendo.... les importaba una mierda la vía... el tamaño es lo que importa.

Fue interceptado una vez...y una segunda tras hacer caso omiso a la primera y...el GC denunció...pues la norma establece la obligatoriedad en vía interurbana en todo momento.... y se aplicó la norma.

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Re:Dudas sobre Tráfico.
« Respuesta #1081 en: 20 de Diciembre de 2011, 16:01:55 pm »
Se podía haber solucionado de otra forma más "interna" sin necesidad de llegar a los extremos a los que se llegarón, por cierto cruzar un vh a esa velocidad para notificar una denuncia de cinturón es manifiestamente temerario.


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Re:Dudas sobre Tráfico.
« Respuesta #1082 en: 20 de Diciembre de 2011, 16:07:18 pm »
Se podía haber solucionado de otra forma más "interna" sin necesidad de llegar a los extremos a los que se llegarón, por cierto cruzar un vh a esa velocidad para notificar una denuncia de cinturón es manifiestamente temerario.
.............y yo añadiría : UNA CERRILADA. ;cosc;
KETEDEN"quotquot: el paso de "quotquottonadillero"quotquot (tío de Paquirrín), a "quotquotfundamentalista cínico"quotquot (oculto tras el burka del anonimato), pasando por "quotquotmachaca del cangrejo"quotquot (con marca de vino), te ha hecho perder los valores más esen

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Re:Dudas sobre Tráfico.
« Respuesta #1083 en: 20 de Diciembre de 2011, 17:32:55 pm »
Discrepo contigo Ronin ,la ordenanaza de movilidad recoge que no  es necesario si no supera los 50 km /h .

Por lo tanto si lo superas esta obligado a llevarlo puesto
Voy a buscar en la ordenanaza de movilidad ......por si a caso

Artículo 17.

Será obligatoria la utilización, en todas las plazas del vehículos, de cinturones de seguridad u otros sistemas de retención debidamente homologados, correctamente abrochados, tanto en vías urbanas y travesías como en
autopistas y autovías que crucen el término municipal de Madrid, con las excepciones siguientes:

1. Las personas provistas de un certificado de exención por razones médicas graves o en atención a su discapacidad física.

2. Las mujeres en estado de gestación, cuando dispongan de certificado médico en el que conste su situación.

3. Los conductores, al efectuar la maniobra de marcha atrás o de estacionamiento.

4. Los conductores de auto-taxi, cuando estén de servicio y circulen por vías cuyo límite de velocidad sea igual o inferior a 50 kilómetros/hora.


5. Los distribuidores de mercancías, cuando realicen sucesivas operaciones de carga y descarga de mercancías en lugares situados a corta distancia unos de otros y cuando circulen por vías cuyo límite de velocidad sea igual o inferior a 50 kilómetros/hora.

6. Los conductores y pasajeros de vehículos en servicio de urgencia, cuando circulen por vías cuyo límite de velocidad sea igual o inferior a 50 kilómetros/hora.

7. Las personas que acompañen a un alumno o aprendiz, durante el aprendizaje de la conducción o la realización de las pruebas de aptitud, y estén a cargo de los mandos adicionales del automóvil, responsabilizándose de la seguridad de la circulación, sólo cuando circulen por vías cuyo límite de velocidad sea igual o inferior a 50 kilómetros/hora.

8. Los conductores de los autobuses de transporte público urbano.


Como ves CAPI la norma dice para vías en las que el límite de velocidad esté situado en 50 km o menos pero vuelve a referir "en servicio de urgencia"...ya que como no podía ser de otra manera se adecúa a la normativa estatal...lo que no deja de ser incongruente por lo anteriormente manifestado...es más necesario usarlo "en servicios de urgencia" que en aquellos de patrullaje.

Norma estatal mal redactada a todas luces...y norma municipal que introduce la restricción de la vías con limitación distinta a la genérica...como por ejemplo la M-30, que tiene la consideración de calle pero con un límite superior a lo que dice la Ordenanza.

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Re:Dudas sobre Tráfico.
« Respuesta #1084 en: 24 de Diciembre de 2011, 00:49:44 am »
Yo saqué el tema porque ayer se no dio una situación real y andabamos un poco perdidos y aquí, entre foreros ilustres, aunque parece ser se ha tratado el tema con anterioridad, no llegamos a acuerdos.  .ca;

Luego vendrá el forero de los carioca, y te hará el resumen !. Mira que duró el tema días.....

Duró dias........en el abierto o en el profesional??

El "quotquothomo sapiens"quotquot está dejando de ser "quotquotsapiens"quotquot...regresando al mono del que no debió salir.

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Re:Dudas sobre Tráfico.
« Respuesta #1085 en: 06 de Febrero de 2012, 17:20:07 pm »
O porque no somos agentes encargados de la vigilancia del trafico... Por lo que nuestras denuncias...  :silen

Y porque la GC si? Pues porque la GC si esta encargada de la vigilancia del trafico (esto sobre la GC es a mi entender).

La GC no lo esta, lo esta la ATGC dependiente funcionalmente de la DGT, y para vías interurbanas. Si un Guardia de Rural, denuncia por boletín del ayuntamiento, no se porque no puede hacerlo un CNP
La ATGC no es GC?

En la 2/86 no dice nada de separacion de funciones de la ATGC con respecto del resto de la GC, y creo que por ahi van los tiros...

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Re:Dudas sobre Tráfico.
« Respuesta #1086 en: 06 de Febrero de 2012, 17:22:05 pm »
O porque no somos agentes encargados de la vigilancia del trafico... Por lo que nuestras denuncias...  :silen

Y porque la GC si? Pues porque la GC si esta encargada de la vigilancia del trafico (esto sobre la GC es a mi entender).

La GC no lo esta, lo esta la ATGC dependiente funcionalmente de la DGT, y para vías interurbanas. Si un Guardia de Rural, denuncia por boletín del ayuntamiento, no se porque no puede hacerlo un CNP

En este caso tanto la denuncia del G.C. como la del CNP, sea confeccionada en el boletin que sea, tienen la misma "fuerza"......denuncias voluntarias SIN presunción de veracidad.

El "quotquothomo sapiens"quotquot está dejando de ser "quotquotsapiens"quotquot...regresando al mono del que no debió salir.

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Re:Dudas sobre Tráfico.
« Respuesta #1087 en: 06 de Febrero de 2012, 17:23:08 pm »
Ok, toda la razón, ATGC es la GC, pero la 2/86 si dice claro que para vías interurbanas. En el peor de los casos, en vías urbanas donde no hubiese PL puedo comprenderlo, pero de haber policía local, si lo hace GC, porque no puede hacerlo CNP ??.
En este mundo podrido y sin ética, a las personas sensibles sólo nos queda la estética.

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Re:Dudas sobre Tráfico.
« Respuesta #1088 en: 06 de Febrero de 2012, 17:23:18 pm »
O porque no somos agentes encargados de la vigilancia del trafico... Por lo que nuestras denuncias...  :silen

Y porque la GC si? Pues porque la GC si esta encargada de la vigilancia del trafico (esto sobre la GC es a mi entender).

La GC no lo esta, lo esta la ATGC dependiente funcionalmente de la DGT, y para vías interurbanas. Si un Guardia de Rural, denuncia por boletín del ayuntamiento, no se porque no puede hacerlo un CNP

En este caso tanto la denuncia del G.C. como la del CNP, sea confeccionada en el boletin que sea, tienen la misma "fuerza"......denuncias voluntarias SIN presunción de veracidad.



Aaaa...!!!!!!!!!!!.....se me olvidaba........y así lo ha dicho y plasmado por escrito Tráfico.

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Re:Dudas sobre Tráfico.
« Respuesta #1089 en: 06 de Febrero de 2012, 17:24:04 pm »
Ok, toda la razón, ATGC es la GC, pero la 2/86 si dice claro que para vías interurbanas. En el peor de los casos, en vías urbanas donde no hubiese PL puedo comprenderlo, pero de haber policía local, si lo hace GC, porque no puede hacerlo CNP ??.

O porque no somos agentes encargados de la vigilancia del trafico... Por lo que nuestras denuncias...  :silen

Y porque la GC si? Pues porque la GC si esta encargada de la vigilancia del trafico (esto sobre la GC es a mi entender).

La GC no lo esta, lo esta la ATGC dependiente funcionalmente de la DGT, y para vías interurbanas. Si un Guardia de Rural, denuncia por boletín del ayuntamiento, no se porque no puede hacerlo un CNP

En este caso tanto la denuncia del G.C. como la del CNP, sea confeccionada en el boletin que sea, tienen la misma "fuerza"......denuncias voluntarias SIN presunción de veracidad.


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Re:Dudas sobre Tráfico.
« Respuesta #1090 en: 06 de Febrero de 2012, 17:24:35 pm »
O porque no somos agentes encargados de la vigilancia del trafico... Por lo que nuestras denuncias...  :silen

Y porque la GC si? Pues porque la GC si esta encargada de la vigilancia del trafico (esto sobre la GC es a mi entender).

La GC no lo esta, lo esta la ATGC dependiente funcionalmente de la DGT, y para vías interurbanas. Si un Guardia de Rural, denuncia por boletín del ayuntamiento, no se porque no puede hacerlo un CNP

En este caso tanto la denuncia del G.C. como la del CNP, sea confeccionada en el boletin que sea, tienen la misma "fuerza"......denuncias voluntarias SIN presunción de veracidad.



O sea, que CNP puede denunciar en boletín municipal, pero sin presunción de veracidad?
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Re:Dudas sobre Tráfico.
« Respuesta #1091 en: 06 de Febrero de 2012, 17:25:11 pm »
Pues si lo dice trafico, a callar.

Ok, toda la razón, ATGC es la GC, pero la 2/86 si dice claro que para vías interurbanas. En el peor de los casos, en vías urbanas donde no hubiese PL puedo comprenderlo, pero de haber policía local, si lo hace GC, porque no puede hacerlo CNP ??.
Pues no lo se, la verdad. Yo creo que si deberiamos poder.

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Re:Dudas sobre Tráfico.
« Respuesta #1092 en: 06 de Febrero de 2012, 17:26:44 pm »
Creo que sobre las denuncias de tráfico realizadas por miembros de CNP ya hemos tratado y debatido ampliamente, existiendo una circular que la regula....con lo que ciñéndonos a esa instrucción denuncien y que sea la autoridad la que valore si da curso a la misma.

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« Respuesta #1093 en: 06 de Febrero de 2012, 17:29:20 pm »
O sea, que CNP puede denunciar en boletín municipal, pero sin presunción de veracidad?

Este tema está muy trillado.. a ver......

cualquiera puede denunciar....cualquiera.....pero SOLO los competentes, en función de donde se produzca, tienen presunción de veracidad.

Cosa aparte.....para que puedan denunciar con boletines municipales primero han de facilitarselos........y deberá hacerlo la Admon. llegado el caso, pues no seré yo quien le "de" un boletin a nadie máxime cuando el mismo lo tengo asignado nominativamente como lo tenemos en PMM.

 
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Re:Dudas sobre Tráfico.
« Respuesta #1094 en: 06 de Febrero de 2012, 17:31:40 pm »
Creo que sobre las denuncias de tráfico realizadas por miembros de CNP ya hemos tratado y debatido ampliamente, existiendo una circular que la regula....con lo que ciñéndonos a esa instrucción denuncien y que sea la autoridad la que valore si da curso a la misma.

Pero si me requieren para que denuncie yo, si se da curso a la misma...


Lo que no sabe el ciudadano, es que al ser a requerimiento del agente del CNP, aunque se le haya dado curso, en caso de recurrirla, la tiene ganada, porque carecen estos agentes de esa presunción de veracidad, y yo que si la tengo, no he visto la infracción.

No deja de ser ridículo, que sirviendo los dos para lo mismo (es decir, para nada si se mueve el ciudadano), si la hago yo si se le da trámite, y si la hace el CNP igual si, o igual no.
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« Respuesta #1095 en: 06 de Febrero de 2012, 17:32:22 pm »
O sea, que CNP puede denunciar en boletín municipal, pero sin presunción de veracidad?

Por lo cual lo más LÓGICO sería una de estas dos opciones:

1- Requerir a PL/PMM y que estos rellenen boletin/denuncia por denuncia voluntaria o a requerimiento del componente nº X del CNP.

2- Que eleven informe con los datos e infracción a denunciar para que este sea remitido a la Administración correspondiente.

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« Respuesta #1096 en: 06 de Febrero de 2012, 17:32:50 pm »
O sea, que CNP puede denunciar en boletín municipal, pero sin presunción de veracidad?

Este tema está muy trillado.. a ver......

cualquiera puede denunciar....cualquiera.....pero SOLO los competentes, en función de donde se produzca, tienen presunción de veracidad.

Cosa aparte.....para que puedan denunciar con boletines municipales primero han de facilitarselos........y deberá hacerlo la Admon. llegado el caso, pues no seré yo quien le "de" un boletin a nadie máxime cuando el mismo lo tengo asignado nominativamente como lo tenemos en PMM.

 

Si ya se que no tienen presunción de veracidad, y que en madrid no van a darles los boletines, solo me preguntaba porque si los GC si lo hacen, no lo hacen los CNP.
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« Respuesta #1097 en: 06 de Febrero de 2012, 17:34:39 pm »
Si ya se que no tienen presunción de veracidad, y que en madrid no van a darles los boletines, solo me preguntaba porque si los GC si lo hacen, no lo hacen los CNP.

Eso habrá que preguntarselo a su Administración y Organismos de dependencia.

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« Respuesta #1098 en: 06 de Febrero de 2012, 17:45:09 pm »

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Re:Dudas sobre Tráfico.
« Respuesta #1099 en: 06 de Febrero de 2012, 21:32:24 pm »

https://www.asopol.org/publicaciones/2011/respuesta_dgt.pdf


Se inventan cada chorrada que no me jodas (valorando la administración si se han aportado o no pruebas suficientes...) mas ambiguo no se puede ser...

Entonces, según esto, tiene mas fuerza una denuncia que haga un policía nacional, a través de un informe, especificando todas las circunstancias del hecho, que si me requiere y la hago yo, porque en el segundo supuesto, al carecer de presunción de veracidad es la palabra del policía nacional contra la del ciudadano y tiene el recurso ganado.

Con lo que llegamos al verdadero fondo del asunto. Que aunque tengan instrucciones o costumbre de lo contrario. Lo mejor, si quieren que las infracciones de las que son testigos sean sancionadas, es que hagan ellos mismos el informe.
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