Autor Tema: Dudas sobre Tráfico.  (Leído 173737 veces)

Desconectado keteden

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Re:Dudas sobre Tráfico.
« Respuesta #820 en: 19 de Marzo de 2009, 13:57:45 pm »
Creo que os lo apunté en algún mensaje... si el seguro es un documento que puede comprobarse el resto también pues obran en poder de la Administración y por aplicación de la Ley 30/92 no pueden exigirse... y el permiso de conducir tampoco...

 ?El conductor de un vehículo queda obligado a tener todos los permisos exigidos por Ley en regla y vigentes, los cuales serán verificados por la Administración".

Todos, tanto los del vehículo como el permiso de conducir, todos obran en poder de la Administración.

Sin embargo ayer y por iniciativa también del pp, se ha aprobado en la mesa del congreso, junto a la propuesta de ciu de que el dinero recaudado por sanciones, sea destinado a la mejora de la seguridad vial, bueno como digo, se ha aprobado que se identifique mediante una pegatina que el seguro del vehiculo en cuestión se encuentra en vigor, de manera similar a la pegatina de la Itv.
QUIERES QUE TE DEFIENDAN LOS SINDICATOS DE CLASE.....PUES NADA, COMO ALGUNOS DICEN EN ESTE FORO, VOTA EN BLANCO O MEJOR LA ABSTENCIÓN. "quotquotELLOS NO SE OLVIDARÁN DE TÍ"quotquot

pacodeasis

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Re:Dudas sobre Tráfico.
« Respuesta #821 en: 19 de Marzo de 2009, 14:00:37 pm »
Creo que os lo apunté en algún mensaje... si el seguro es un documento que puede comprobarse el resto también pues obran en poder de la Administración y por aplicación de la Ley 30/92 no pueden exigirse... y el permiso de conducir tampoco...

 “El conductor de un vehículo queda obligado a tener todos los permisos exigidos por Ley en regla y vigentes, los cuales serán verificados por la Administración".

Todos, tanto los del vehículo como el permiso de conducir, todos obran en poder de la Administración.


Si estába libre de llevarlo porque cambian la ley, bastaria de una circular como la del seguro, en la que se dijera que no es obligatorio llevar la documentación del vehiculo ni el permiso de conducción.


Un saludo.

pacodeasis

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Re:Dudas sobre Tráfico.
« Respuesta #822 en: 19 de Marzo de 2009, 14:02:59 pm »
Por cierto ante esta reforma que si uno no estuviera curado de espantos :ojones, y como tampoco ninguna norma obliga a portar el dni, va a ser graciosa la cosa.

Un saludo.

Desconectado 47ronin

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Re:Dudas sobre Tráfico.
« Respuesta #823 en: 19 de Marzo de 2009, 14:32:32 pm »
Por cierto ante esta reforma que si uno no estuviera curado de espantos :ojones, y como tampoco ninguna norma obliga a portar el dni, va a ser graciosa la cosa.

Un saludo.

Para eso está la 1/92.  :carcaj

pacodeasis

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Re:Dudas sobre Tráfico.
« Respuesta #824 en: 19 de Marzo de 2009, 14:33:58 pm »
Por cierto ante esta reforma que si uno no estuviera curado de espantos :ojones, y como tampoco ninguna norma obliga a portar el dni, va a ser graciosa la cosa.

Un saludo.

Para eso está la 1/92.  :carcaj

Si eso mismo he pensado yo.


Un saludo.

Desconectado mustiki

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Re:Dudas sobre Tráfico.
« Respuesta #825 en: 19 de Marzo de 2009, 15:33:08 pm »
Por cierto ante esta reforma que si uno no estuviera curado de espantos :ojones, y como tampoco ninguna norma obliga a portar el dni, va a ser graciosa la cosa.

Un saludo.

Para eso está la 1/92.  :carcaj

Para eso esta la placa de matricula... ;ris;

Saludos y paz.
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Re:Dudas sobre Tráfico.
« Respuesta #826 en: 19 de Marzo de 2009, 15:38:44 pm »
Pues eso, y no complicaros la vida con notificaciones, y en el apartado observaciones se pone "el se?or está indocumentado y no se le notifica conforme al Procedimiento Sancionador en Materia de Tráfico, y se cursa  sin ese requisito a tenor de la sentencias del Tribunal Supremo que establecen que la matrícula identifica a su conductor... y nos quedamos más anchos que largos, y que el engranaje haga su trabajo, y así, nada de detenciones ilegales e imputaciones raras por... una simple denuncia de tráfico.

Desconectado mustiki

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Re:Dudas sobre Tráfico.
« Respuesta #827 en: 19 de Marzo de 2009, 15:40:14 pm »
 :Enfadado_2
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Re:Dudas sobre Tráfico.
« Respuesta #828 en: 19 de Marzo de 2009, 15:44:45 pm »
No hay ningún interés por mi parte en aplicar una Ley que no motiva un traslado para sancionar una falta administrativa no encuadrada en esa misma norma, así que para no resbalar y que un Juez contemple detención ilegal, como ya ha pasado DOS veces, recordad dos veces con ocasión de una denuncia de tráfico, si hay una placa de matrícula que lo "identifique", la denuncia se cursa sin notificar y punto.

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Re:Dudas sobre Tráfico.
« Respuesta #829 en: 19 de Marzo de 2009, 15:49:03 pm »
No hay ningún interés por mi parte en aplicar una Ley que no motiva un traslado para sancionar una falta administrativa no encuadrada en esa misma norma, así que para no resbalar y que un Juez contemple detención ilegal, como ya ha pasado DOS veces, recordad dos veces con ocasión de una denuncia de tráfico, si hay una placa de matrícula que lo "identifique", la denuncia se cursa sin notificar y punto.

Un mando que conozco yo, dijo recientemente que quien no se identificara, fuera el motivo que fuere (menos en tráfico, por la matrícula), podía ser conducido a dependencias policiales para proceder a su identificación. No hubo manera de explicarle de forma suficientemente clara para su intelecto, que la LO 1/92 sólo ampara identificaciones en base a infracciones contempladas en esa Ley o temas penales.
Old school Hollywood baseball...

pacodeasis

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Re:Dudas sobre Tráfico.
« Respuesta #830 en: 19 de Marzo de 2009, 15:50:55 pm »
Pues eso, y no complicaros la vida con notificaciones, y en el apartado observaciones se pone "el se?or está indocumentado y no se le notifica conforme al Procedimiento Sancionador en Materia de Tráfico, y se cursa  sin ese requisito a tenor de la sentencias del Tribunal Supremo que establecen que la matrícula identifica a su conductor... y nos quedamos más anchos que largos, y que el engranaje haga su trabajo, y así, nada de detenciones ilegales e imputaciones raras por... una simple denuncia de tráfico.
No hay ningún interés por mi parte en aplicar una Ley que no motiva un traslado para sancionar una falta administrativa no encuadrada en esa misma norma, así que para no resbalar y que un Juez contemple detención ilegal, como ya ha pasado DOS veces, recordad dos veces con ocasión de una denuncia de tráfico, si hay una placa de matrícula que lo "identifique", la denuncia se cursa sin notificar y punto.


Estoy de acuerdo, va a facilitar enormemente nuestro trabajo.

Un saludo.

Desconectado 47ronin

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Re:Dudas sobre Tráfico.
« Respuesta #831 en: 19 de Marzo de 2009, 15:54:51 pm »
Recordemos lo que dice el Supremo:

"Ciertamente, en las circunstancias del caso los policías municipales no estaban autorizados por el art. 20 L. de Seguridad Ciudadana, de 21-1-92, para exigir a la recurrente su identificación. En efecto, la Audiencia no ha tenido en cuenta que esta disposición exige que la identificación sea "necesaria para el ejercicio de las funciones de protección de la seguridad". Es evidente que una infracción de tráfico como la cometida por la recurrente no afecta la seguridad y que la placa del vehículo permitía ya suficiente identificación a los fines de la correspondiente denuncia".

Creo que no hay más que a?adir... la 1/92 no ampara traslados a los efectos de identificación para notificar una denuncia de tráfico y por ende esos traslados se encuadrarían dentro de una detención ilegal.

El único aspecto en el que nos podríamos agarrar es que esa sentencia versa sobre una denuncia por estacionamiento indebido y no por que el conductor circule con un vehículo, pero para ello nos vamos a la primera parte de ese mismo texto donde se indica claramente que "la Audiencia no ha tenido en cuenta que esta disposición exige, (la 1/92), QUE LA IDENTIFICACIÓN SEA NECESARIA PARA EL EJERCICIO DE LAS FUNCIONES DE PROTECCIÓN A LA SEGURIDAD.

Hay quienes dicen que tras la reforma del C.P. se puede encuadrar ese traslado por que no sabemos si esa persona tiene o no permiso de conducir y por ende estaría cometiendo un delito si damos por buena una "identificación" mediante la placa de matícula en un indocumentado... cuestión de la que el TS todavía no ha conocido, pues volvemos a lo mismo... todo parte de una infracción administrativa no encuadrada dentro de la 1/92... aunque luego podamos encontrarnos con una falsedad en los datos verbales y un posible delito a tenor de la nueva redacción del C.P. respecto al permiso de conducir.

Complejo?
« Última modificación: 19 de Marzo de 2009, 16:02:12 pm por 47ronin »

Desconectado William

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Re:Dudas sobre Tráfico.
« Respuesta #832 en: 19 de Marzo de 2009, 15:57:08 pm »
Ya hay un hilo abierto que habla sobre eso no ?-Vs
QUID PRO QUO

pacodeasis

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Re:Dudas sobre Tráfico.
« Respuesta #833 en: 19 de Marzo de 2009, 16:05:59 pm »
Recordemos lo que dice el Supremo:

"Ciertamente, en las circunstancias del caso los policías municipales no estaban autorizados por el art. 20 L. de Seguridad Ciudadana, de 21-1-92, para exigir a la recurrente su identificación. En efecto, la Audiencia no ha tenido en cuenta que esta disposición exige que la identificación sea "necesaria para el ejercicio de las funciones de protección de la seguridad". Es evidente que una infracción de tráfico como la cometida por la recurrente no afecta la seguridad y que la placa del vehículo permitía ya suficiente identificación a los fines de la correspondiente denuncia".

Creo que no hay más que a?adir... la 1/92 no ampara traslados a los efectos de identificación para notificar una denuncia de tráfico y por ende esos traslados se encuadrarían dentro de una detención ilegal.

El único aspecto en el que nos podríamos agarrar es que esa sentencia versa sobre una denuncia por estacionamiento indebido y no por que el conductor circule con un vehículo, pero para ello nos vamos a la primera parte de ese mismo texto donde se indica claramente que "la Audiencia no ha tenido en cuenta que esta disposición exige, (la 1/92), QUE LA IDENTIFICACIÓN SEA NECESARIA PARA EL EJERCICIO DE LAS FUNCIONES DE PROTECCIÓN A LA SEGURIDAD.

Hay quienes dicen que tras la reforma del C.P. se puede encuadrar ese traslado por que no sabemos si esa persona tiene o no permiso de conducir y por ende estaría cometiendo un delito si damos por buena una "identificación" mediante la placa de matícula en un indocumentado... cuestión de la que el TS todavía no ha conocido, pues volvemos a lo mismo... todo parte de una infracción administrativa no encuadrada dentro de la 1/92... aunque luego podamos encontrarnos con una falsedad en los datos verbales y un posible delito a tenor de la nueva redacción del C.P. respecto al permiso de conducir.

Complejo?
[/quote

Si complejo, desde que no tengan obligación de llevar permiso de conducción, a mi modo de ver toda identificación sobra, porque no veo lógico ni práctico, si se generaliza el no portar el permiso de conducción el llevar a todo quisqui a efectos de identificación por si está incurriendo en un delito de conduccion sin permiso.

Un saludo.

Desconectado 47ronin

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Re:Dudas sobre Tráfico.
« Respuesta #834 en: 19 de Marzo de 2009, 16:11:16 pm »
Eterno dilema paco, entre la seguridad, la identificación, la protección de datos y el derecho de los ciudadanos a la deambulación por las vías públicas, tanto a pie como en vehículos.... yo desde aqui pido que se suprima la tasa por la renovación de permisos de conducir y de identidad... que como no debo portar... tampoco debo pagar... que me lo renueven "virtualmente".

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Re:Dudas sobre Tráfico.
« Respuesta #835 en: 29 de Marzo de 2009, 11:15:48 am »
Madre mía, esto es un jarro de agua fría que sólo nos dificulta el trabajo.

En fín, mantenednos informados sobre la definitiva aprobación y ulterior reforma de la ley.

Saludos
"quotquotSin seguridad, no hay libertad"quotquot


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Re:Dudas sobre Tráfico.
« Respuesta #836 en: 08 de Junio de 2009, 13:31:23 pm »
Pues eso, que si este no es el sitio que lo muevan

http://www.boe.es/boe/dias/2009/06/08/pdfs/BOE-A-2009-9481.pdf
Lo importante no es saber. Lo importante es tener siempre a mano el teléfono del que sabe.

Desconectado prodigos

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Re:Dudas sobre Tráfico.
« Respuesta #837 en: 08 de Junio de 2009, 14:31:34 pm »
Hola, venga se?ores a leerlo, y sacarle punta.  Lo primero de todo, DEROGACION TOTAL del Código de Circulacion, ya que hace referencia expresa al mismo.  Consecuencias de esta derogacion???.
Un salu2

Desconectado prodigos

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Re:Dudas sobre Tráfico.
« Respuesta #838 en: 08 de Junio de 2009, 14:34:38 pm »
Hola, otra cosa, a partir de la entrada en vigor de dicho reglamento, el conjunto de vehiculos autorizado por el permiso de la clase B, cuando el remolque exceda de 750 Kg, sera de 4250 Kg
 Copio literal del Reglamento "Conjuntos de vehículos acoplados compuestos por un vehículo tractor de los que autoriza a conducir el permiso de la clase B y un remolque cuya masa máxima autorizada exceda de 750 kg, siempre que la masa máxima autorizada del conjunto no exceda de 4.250 kg, sin perjuicio de las disposiciones que las normas de aprobación de tipo establezcan para estos vehículos."
Toma casta?a.
Un salu2

Desconectado prodigos

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Re:Dudas sobre Tráfico.
« Respuesta #839 en: 08 de Junio de 2009, 14:43:37 pm »
Hola, ummmm interesante para los extranjeros.  A ver que opinais.
"aquirido su residencia normal en Espa?a quedará sometido a las disposiciones espa?olas relativas a su período de vigencia, de control de sus aptitudes psicofísicas y de asignación de un crédito de puntos.
Cuando se trate de un permiso de conducción no sujeto a un período de vigencia determinado, su titular deberá proceder a su renovación, una vez transcurridos dos a?os desde que establezca su residencia normal en Espa?a, a los efectos de aplicarle los plazos de vigencia previstos en el artículo 12."

Es decir, los conductores extranjeros que tenga "vitalicio" su PNC, a los dos a?os de su residencia normal, deberan de "renovar" su PNC....  Veremos como se cumple esto.
Un salu2