Autor Tema: Discapacidad y movilidad: (tarjetas, vehículos...)  (Leído 91472 veces)

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« Respuesta #440 en: 30 de Noviembre de 2019, 12:13:18 pm »
Sino fuera por nosotros no habría un sólo discapacitado que pudiera estacionar en su plaza . . .

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Re:Discapacidad y movilidad: (tarjetas, vehículos...)
« Respuesta #442 en: 18 de Enero de 2020, 07:06:50 am »

Coja, en pañales y atada a una silla de ruedas: la justicia murciana da la espalda a Fátima, víctima de un accidente laboral

Le dio la razón la Inspección de Trabajo, la Seguridad Social y el Juzgado de lo Social número 5 de Murcia, pero el TSJ de la Región ha fallado ahora a favor de la mutua y deja a Fátima sin pensión ni indemnización "por un grave error judicial"
La marroquí sufrió en febrero de 2015 una caída en un almacén de cítricos manipulando cajas de más de 30 kg, "una tarea que no le correspondía y que llevaba a cabo sin respetar las medidas de seguridad"
Su abogado ha presentado un incidente de nulidad de actuaciones porque el magistrado ha vulnerado de modo "flagrante e inaceptable" el derecho a la tutela judicial
Si la sentencia se hace firme, Fátima -que no puede valerse por sí misma- no podrá cobrar su pensión (443 euros) ni reclamar una indemnización fijada en 184.000 euros
Erena Calvo
17/01/2020 - 21:32h



Fátima, en el vehículo a motor para discapacitados que pudo comprar con una colecta en la mezquita que frecuenta en Murcia Carlos Trenor

Fátima Benouahi tiene 50 años. Desde hace tres se mueve por Murcia en una silla de ruedas que pudo comprar gracias a una colecta de sus compatriotas en la mezquita donde hace sus plegarias. Está coja de una pierna y sufre incontinencia. Lo cuenta llorando y tratando de contener la rabia. "Desde que me operaron por el accidente que tuve en el almacén no puedo caminar, mi pierna está muerta, tengo que usar pañales y la pensión que me ha quedado no da ni para el alquiler", solloza esta robusta mujer a la que le cuesta sonreír desde hace tiempo y que ya no puede valerse por sí misma para muchas tareas cotidianas.

El 26 de febrero de 2015 se cayó de una escalera de algo más de un metro que ella misma había improvisado en el almacén de cítricos en el que trabajaba. Los peldaños eran cajas de fruta vacías apiladas unas sobre otras. Su jefe, V. R., le ordenó descargar en la cinta transportadora unas cajas de mandarinas de más de 30 kilos "que estaban en columnas muy altas". Un trabajo que "normalmente hacían los hombres, pero de vez en cuando V. R. se lo mandaba a Fátima, que desempeñaba su trabajo en condiciones muy peligrosas", asegura una de las compañeras que estaban con ella cuando perdió el equilibrio. Al caer, "fui corriendo a ver qué le pasaba pero ya estaba inconsciente".

Tras el accidente, le quedó a Fátima una pensión de 285.88 euros que le transfería a su cuenta la mutua Ibermutuamur todos los meses, y que desde el pasado octubre ascendió a 443, al imponer la Seguridad Social un recargo de prestaciones al empresario que le obliga a pagar el 30% de la base reguladora de la pensión.

"La empresa asigna a la trabajadora funciones distintas a las previstas en su puesto de trabajo y no pone a su disposición los medios o equipos adecuados", aseguraba en febrero de 2015 la inspección de trabajo al reconocer el accidente laboral. Más tarde le daban también la razón a Fátima la Seguridad Social y el Juzgado de lo Social número 5 de Murcia, pero el TSJ de la Región ha fallado a favor de la mutua y -de ratificarse la sentencia- dejaría a Fátima sin pensión ni indemnización.

Fátima, natural de la ciudad marroquí de Meknés, emigró en el año 2000 a Francia y tres años después llegó a Murcia. Desde 2006 trabajaba en un almacén en la pedanía murciana de Santa Cruz. "Los empleados le duraban poco, no era fácil aguantar la presión ni las condiciones en las que allí se trabaja". Fátima, además, asegura que hacía "muchas horas, más de las permitidas" y que a final de mes "recibía en un sobre entre 1.000 y 1.400 euros, pero en mi nómina nunca sobrepasé los 700 euros de sueldo".

El día del accidente "estaba convaleciente y me sentía muy débil, se lo comuniqué a mi jefe pero me contestó que si no quería seguir ya sabía dónde estaba la puerta; yo necesitaba el empleo". Estuvo realizando esa tarea desde las ocho hasta las once y media de la mañana, cuando se precipitó de la escalera de cajas que había dispuesto ella misma. "Me caí encima de una caja vacía, y me desmayé".
Esta robusta mujer se viene abajo cuando rememora el accidente laboral que sufrió y que la ha dejado postrada en una silla de ruedas

Esta robusta mujer se viene abajo cuando rememora el accidente laboral que sufrió y que la ha dejado postrada en una silla de ruedas Carlos Trenor

"El tema judicial se está arrastrando hasta el día de hoy", se lamenta José Mateos Martínez, su abogado. El accidente que sufrió Fátima es grave, dice, pero "más grave es la forma en la que ha actuado el Tribunal Superior de Justicia de Murcia".

Según relata el abogado, Fátima tuvo un primer proceso de incapacidad laboral derivado del accidente que duró 4 meses y que finalizó el 2 de julio de 2015; cuando Ibermutuamur le dio el alta, "pero ella seguía muy mal y no podía trabajar". A los cuatro días, acudió a su centro médico y le dieron la baja por enfermedad común. "En ese momento tendría que haber impugnado el alta de la mutua pero no conocía bien el idioma y menos la ley".

En el marco de esa nueva baja, le operan de artrodesis -intervención quirúrgica para fijar dos piezas óseas, anclando una articulación-, "una operación derivada del golpe en el almacén y tras la que se queda en silla de ruedas y con secuelas bastante importantes", refiere José Mateos Martínez. La Seguridad Social la declaró en situación de incapacidad permanente total; pero en el marco de contingencias comunes y no de accidente laboral. "Entonces fue cuando tomé las riendas del caso y como solo habían pasado 4 días entre una baja y otra pedimos una declaración de contingencias a la Seguridad Social, que la estimó porque no había habido entre una fecha y otra ningún hecho traumático".

La mutua, responsable de hacer frente a la prestación, alegó que la segunda baja no derivaba del accidente, pero su reclamación quedó denegada en el Juzgado de lo Social número 5.
"Arbitrariedades muy gordas"

Al aterrizar el caso al TSJ, "llega la parte verdaderamente sangrante porque el magistrado estima el recurso de la mutua y comete varias arbitrariedades muy gordas", cuenta Mateos. La primera es de naturaleza procesal porque contraviniendo la ley de jurisdicción social, el juez del TSJ no se ciñe a aceptar o rechazar el hecho presentado por la mutua sino que "redacta él un hecho probado quilométrico donde coge las partes del historial médico que más le interesan y viene a decir que la situación médica que tenía Fátima anteriormente era muy grave, que por eso le operan de artrodesis y no por el accidente".

El magistrado, continúa el abogado de Fátima, refiere que su defendida estaba en lista de espera desde 2011, "lo que no puede ser porque es una operación urgente y no podría haber esperado desde entonces, cuatro años, por mucha lista de espera que haya en la Región" y además no aparece en ningún documento de su historial médico, concreta. 

Esta situación "nos ha dejado en una grave indefensión" porque al haber sido el juez el que ha cambiado los hechos unilateralmente "no hemos podido alegar nada".

Además, el magistrado dice en los fundamentos de derecho que al no tener Fátima cotizaciones suficientes para conseguir la prestación de incapacidad permanente total por enfermedad común, "hay elevados indicios de fraude en su conducta, de que fingiese el accidente para acceder a una prestación a la que no tenía derecho". Una manifestación "muy prejuiciosa", teniendo en cuenta que cuando se da una situación de incapacidad derivada de un accidente de trabajo "es la mutua la que tiene que desvirtuar el hecho".

Ahora han puesto un incidente de nulidad de actuaciones alegando que "el juez se ha colocado en el papel de abogado defensor de la mutua y se ha dedicado a redactar hechos probados sin que nadie se lo pida, cargándose la ley reguladora de la jurisdicción social". 

Si desestiman el incidente de nulidad, "nos quedará el Tribunal Constitucional, pero soy consciente de que en ese caso tendremos muy pocas posibilidades de éxito". Si la sentencia termina siendo firme, el Ministerio de Trabajo le quitaría la pensión porque no tenía cotizaciones suficientes para cobrar una pensión por enfermedad y tampoco podría reclamar a la empresa la indemnización por daños y perjuicios, que está fijada en 184.000 euros.

Este medio se ha puesto en contacto con el abogado de la mutua, José Carlos Victoria Ros, que se ha negado a abundar en el tema. "Prefiero ser muy cauteloso, el caso está en manos de la justicia y estamos pendientes de la resolución", señala al otro lado del teléfono.

Sin poder reprimir el llanto, Fátima pide que se haga justicia: "¿Qué voy a hacer yo ahora, si no puedo casi ni vestirme sola; cómo me voy a ganar la vida, quién me devuelve mi pierna sana y mis fuerzas para trabajar?". A su lado asiente con el ceño fruncido una joven estudiante de Derecho de la Universidad de Murcia que acompaña a Fátima para hacerle las veces de traductora. "Siempre ha sido una mujer muy trabajadora, mírala ahora, si no recapacita el juez está perdida".
El periodismo independiente no se paga solo

Gracias a más de 35.000 socios y socias nadie nos dice qué podemos publicar y qué no. Tampoco lo que tenemos que opinar o investigar. Es nuestra arma para acabar con la impunidad de los más poderosos.


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« Respuesta #443 en: 20 de Enero de 2020, 17:07:01 pm »
https://twitter.com/anadebande/status/1218636262527160320?s=19


Menos mal que los jorobados no generan tanto gasto....

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« Respuesta #444 en: 13 de Febrero de 2020, 09:10:50 am »

Ya ha sido apartado
Los insultos de un conductor de bus a una discapacitada: "No deberías existir"

También la obligó a bajar tres paradas antes, aludiendo a que en la suya siempre hay muchos coches aparcados en el lugar adaptado para la rampa.

miércoles, 12 febrero 2020, 13:34
Actualizado: 12/02/2020, 13:35


"La gente como vosotros no debería existir". "Es que vosotros sois retrasados mentales". "Sois unos niñatos, mira como lloras". Son algunos de los insultos que el pasado 6 de febrero escucharon los pasajeros de un autobús cuando se subió una discapacitada que viajaba con su scooter eléctrico. Desde la Federación de Asociaciones de Personas con Discapacidad Física y Orgánica (FAMMA-Cocemfe Madrid) denuncian el comportamiento del conductor que manifestó a oídos de todos los viajeros del autobús que "no se podía retrasar porque personas como ella se subieran a su bus".

El conductor, que ya sido apartado de forma cautelar por parte de la empresa concesionaria, habría añadido que "vosotros no deberíais entrar al bus", "vuestros padres son unos irresponsables", entre otras expresiones. Además critican que la discriminación comenzó desde la subida de esta usuaria al autobús, ya que el conductor no esperó a que se colocase con seguridad con su scooter eléctrico, lo que puso en peligro su integridad y la de otros viajeros.

Según la federación, al "trato vejatorio" se unió el hecho de que el conductor de la línea interurbana 334 la obligó a bajar tres paradas antes, aludiendo a que en la parada a la que ella se dirigía, "siempre hay muchos coches aparcados en el lugar adaptado para bajar la rampa". "Esto supuso un problema adicional para la usuaria del scooter, ya que tiene problemas de orientación y ese cambio de su rutina, la puso en una situación comprometida que, gracias a la colaboración de otros viajeros pudo salvar", ha señalado.

En caso de confirmarse que el trato vejatorio a esta usuario se produjo, el Consorcio de Transportes se procederá a la apertura de expediente administrativo y la imposición de la correspondiente sanción. Sobre el conductor, corresponde a la empresa concesionaria adoptar las medidas disciplinarias llegado el momento. La Federación ha exigido a la empresa concesionaria que en los pliegos de condiciones de prestación de servicios, "se asegure de la adecuada aplicación de controles psicológicos a los conductores para evitar situaciones de estas características". "Cualquier conductor de autobuses como este interurbano, debe de tomar conciencia de la importante labor que supone ser un conductor de autobuses que presta un servicio público, ya que su labor es fundamental para facilitar la autonomía personal de las personas con movilidad reducida", ha indicado.

Según el artículo 510 del Código Penal, si se demuestra el delito de odio, el conductor del autobús podría enfrentarse a penas de, entre seis meses a dos años, y multa de seis a doce meses. La federación recuerda que no es el primer problema que un conductor de esta compañía genera con usuarios con movilidad reducida, en 2016, el cantante y actor El Langui protagonizó un acto de protesta después de que un conductor no le permitiese subir con su silla motorizada al autobús.

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« Respuesta #445 en: 13 de Febrero de 2020, 10:00:56 am »
Y ante todas esas barbaridades . . . ningún viajero interviene? . . . no disponen todos los autobuses de un sistema de videovigilancia? . . . A mí hay algo que no me cuadra, por lo exagerado de la conducta que se le imputa al conductor, hasta el punto de que llega hasta a escupir a la denunciante cuando se va . . . veo todo muy desproporcionado para que nadie intervenga . . .

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« Respuesta #446 en: 14 de Julio de 2020, 07:29:24 am »

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« Respuesta #447 en: 22 de Septiembre de 2020, 06:48:39 am »

Un año de prisión y más de mil euros de multa, a un hombre por aparcar en una plaza reservada para discapacitados



La Audiencia Provincial de Albacete ha confirmado la condena al acusado que colocaba una tarjeta falsa en el cristal del coche

J.A.F. chevron_right 22/09/20 access_time 1:02
La Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Alicante ha confirmado la pena de un año de prisión y multa de 1.620 euros para a un hombre que estacionó en una plaza reservada para discapacitados. El acusado, no solo aparcó en un lugar no permitido, sino que para ello hizo uso de una tarjeta falsa que le acreditaba.


La sentencia, dictada el pasado enero por el Juzgado de lo Penal número 1 de Benidorm ha sido ahora ratificada por el Tribunal provincial. El hombre ha sido declarado autor de un delito de falsedad en documento oficial.

Los hechos sucedieron el 7 de junio de 2017, cuando un hombre aparcó en una plaza destinada para personas con discapacidades en la calle Mercat de Dénia. Colocó en el salpicadero una fotocopia a color de una tarjeta original a nombre de su excuñado.


El condenado alegó que el documento no era falso, sino que existía un original cuyos datos coincidían con el contenido de la tarjeta del cristal. Añadió que el original pertenecía al hermano de su exmujer y que fue su exsuegro el que hizo fotocopias para que las llevaran todos los miembros de las familias en sus vehículos. Alegó que a él se le olvidó retirarla.

Sin embargo, la Audiencia considera que esa coartada no está contrastada por ninguna prueba “contundente” y que, en todo caso, hace tres años que su excuñado y titular del documento no vive en España, por lo que “es de suponer que el ‘olvido’ en retirar la tarjeta ha durado dicho tiempo, no así su uso indebido de las plazas destinadas a estacionamiento para personas con capacidad reducida”.

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« Respuesta #448 en: 08 de Octubre de 2020, 06:56:25 am »

 
OCURRIÓ EL 24 DE SEPTIEMBRE EN DON BENITO
Plena Inclusión califica de “inadecuado con consecuencias graves” el disparo policial a un joven con discapacidad


Raúl Haba Jiménez
05/10/2020

La organización Plena Inclusión Don Benito ha calificado de “inadecuada con consecuencias graves” la acción policial que acabó con el disparo a un joven con discapacidad, usuario de esta asociación en Don Benito.

En ese sentido, la asociación ha hecho llegar una queja formal a la Delegación del Gobierno por la acción policial y critica que se pretenda presentar al usuario como un delincuente “y no la de una persona sencilla, trabajadora y humilde que ya con anterioridad ha sufrido este tipo de crisis y que nunca antes precisó este tipo de intervención policial”.

Los hechos a los que alude Plena Inclusión Don Benito se produjeron el pasado 24 de septiembre, cuando uno de sus usuarios del Centro Ocupacional resultó herido de bala en una intervención de la policía en su domicilio, tras la llamada de su madre que alertó al 112 de que su hijo, con discapacidad intelectual, sufría una crisis psicótica que era incapaz de controlar.

Plena Inclusión Don Benito quiere aclarar “las informaciones publicadas en distintos medios de comunicación, que utilizan los datos aportados por la Delegación Del Gobierno”, toda vez, que esta organización fue testigo directo del incidente por la presencia de dos de sus profesionales que siguieron los acontecimientos desde el minuto uno y que han corroborado, que algunos de los datos que se aportan, “son totalmente falsos, lo que ha generado, en algunos casos, una imagen equivocada de la víctima, que ha sido tratado injustamente, olvidando en todo momento su condición de discapacitado intelectual”.

Según la asociación, el usuario se hallaba en su domicilio acompañado de su madre y su hermana menor y sufrió una crisis psicótica, con comportamiento agresivo, lo que obligó a su madre, que ya había vivido estas situaciones con anterioridad, a abandonar la vivienda con su hija, y ponerse en contacto con el 112. Además, como ya había hecho en otras ocasiones, llamó también a la asociación pidiendo la ayuda de los profesionales que habitualmente lo tratan.

Hasta el lugar de los hechos se desplazaron rápidamente las fuerzas del orden, que recibieron la llave de la casa de manos de la madre para entrar, “es decir, que nuestro usuario se encontraba solo, con lo que, ni su madre ni su hermana se vieron amenazadas en ningún momento”, señala Plena Inclusión.

“Al domicilio accedieron una serie de policías, fuertemente equipados, sin que en ningún momento, como se ha informado, se encontrara con ellos ningún médico facultativo, como aconsejan los protocolos en esta serie de intervenciones, y fueron ellos y sólo ellos, los que procedieron a la reducción de nuestro usuario, por medio de un procedimiento que desconocemos y en el que uno de los efectivos hizo uso de su arma reglamentaria”, informa Plena Inclusión.

Igualmente se desplazaron hasta el domicilio el director del Centro Ocupacional y la psicóloga que atiende habitualmente al usuario, y allí encontraron a la madre en la puerta de la calle, a su hija y a efectivos de la Policía Nacional “que les impidieron el paso a la vivienda a pesar de haberse identificado correctamente”.

La psicóloga intentó repetidamente entrar en la vivienda para hacer que el usuario se tranquilizara y neutralizar la situación, pero en ningún momento se le permitió la entrada, asegura Plena Inclusión.

En un primer momento, llegó al lugar una ambulancia, sin médico, y posteriormente, unos quince minutos después, otra con un médico y una enfermera que subieron a la vivienda, solo para asistir de las heridas a nuestro usuario, sin que la madre, recibiera en ningún momento, información sobre la situación y el estado de su hijo, que pocos minutos después, fue evacuado en una de las ambulancias para su ingreso en el Hospital Don Benito – Villanueva, sigue relatando la asociación.

Al final, se le comunicó a la madre que su hijo había sido detenido y que se le ingresaría en el hospital para tratarle de sus heridas, al tiempo que le indicaron de que debía acudir a declarar en comisaría. Aproximadamente una hora y media después, declararon también como testigos de lo sucedido, el director del Centro Ocupacional y nuestra psicóloga.

Ante la magnitud de los hechos, la familia ha puesto el caso en manos de su abogado y ha presentado la oportuna denuncia ante el Juzgado de Don Benito, ante lo que califican “una intervención desmesurada”. El usuario se encuentra fuera de peligro, recuperándose del disparo y el resto de sus lesiones y ya ha abandonado el hospital.

Plena Inclusión insiste en calificar la acción de "inadecuada con consecuencias graves", máxime al tratarse de una persona con discapacidad intelectual, tal y como comunicaron desde el primer momento al 112 y a las fuerzas del orden.

Esta organización dice que no va a permitir que se trasmita una imagen desvirtuada, “por motivos interesados de nuestro usuario, una persona sencilla, humilde y trabajadora, con una discapacidad intelectual que le permite un funcionamiento normalizado dentro de la comunidad, con constantes  inclusiones laborales de éxito”.

Indican además que probablemente se reciban llamadas en el 112 por circunstancias parecidas a ésta un promedio de una vez al mes “y que en todos los casos, se ha contado al instante con la intervención de nuestros profesionales que conocen perfectamente a los usuarios y sus problemas, sin que haya sido necesario nunca antes, una intervención policial de dicho calado”.

Los órganos de gobierno de Plena Inclusión Don Benito quieren comunicar están estudiando junto a sus abogados personarse en la causa abierta por la familia como acusación particular.

Así mismo, ofrecen toda su ayuda a la familia en el proceso judicial abierto y agradecen el apoyo y la colaboración que en todo momento les ha prestado Plena Inclusión Extremadura.



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« Respuesta #449 en: 24 de Octubre de 2020, 07:26:00 am »

El Cermi se suma a Plena Inclusión en la denuncia contra la Policía en Don Benito

    A finales de septiembre redujo a un discapacitado con brote psicótico disparándole en la pierna

elDiarioex
21 de octubre de 2020 14:26h

El Comité de Entidades Representantes de Personas con Discapacidad de Extremadura (Cermi Extremadura) ha condenado la “desproporcionada” acción policial contra una persona con discapacidad intelectual en Don Benito (Badajoz).

De esta forma se ha sumado a la denuncia de Plena Inclusión Extremadura, entidad miembro de Cermi.

Los hechos ocurrieron el pasado 24 de septiembre cuando la madre de una persona con discapacidad intelectual llamó al 112 debido a la crisis psicótica que sufría su hijo en el domicilio.

Durante la intervención policial, los agentes le dispararon en un pierna para reducirlo.

Unos hechos que han sido denunciados por la familia, que cuentan con el apoyo de Plena Inclusión Extremadura, que se personará como acusación particular en el proceso judicial.

A juicio de Cermi , la actuación policial fue "improcedente e inadecuada con consecuencias graves", ya que "no se siguieron los protocolos y procedimientos habituales, ni se atendieron las reiteradas peticiones de la psicóloga de la entidad de intervenir en el momento de la reducción".

“Esta actuación policial pone en evidencia la falta de formación y de conocimiento sobre las personas con discapacidad intelectual en las fuerzas y cuerpos de seguridad del Estado”.


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« Respuesta #450 en: 06 de Noviembre de 2020, 07:06:33 am »
La jueza cita como investigados a dos mandos de la Policía Local de Gijón por la muerte de Eleazar


OLAYA SUÁREZ GIJÓN.
Jueves, 5 noviembre 2020, 03:44


La jueza que instruye el procedimiento abierto por la muerte del joven discapacitado Eleazar García Hernández a las puertas de El Molinón ha citado a declarar como investigados a otros dos funcionarios de la Policía Local, exactamente, a los dos mandos que aquella tarde del 8 de septiembre de 2019 se encontraban al frente del servicio y que figuran en el atestado levantado sobre la intervención.

Será el próximo 10 de diciembre cuando presten testimonio ante la titular del juzgado de Instrucción número 2, que se encontraba en funciones de guardia el día en que el gijonés que tenía una severa discapacidad intelectual falleció tras un incidente con los porteros del estadio en el que en esos momentos se disputaba un partido entre la selección de España y la de las Islas Feroe.

Con los dos mandos de la policía llamados a declarar, ya son dieciocho las personas que la jueza mantiene en calidad de investigadas: diez son vigilantes de seguridad privada y los otros ocho son policías locales. La mayoría ya ha aportado en los juzgados su versión sobre lo ocurrido aquella fatídica tarde.

G. GALLEGO / P. SUÁREZ

Informe forense

La autopsia realizada por los médicos forenses determinó que Eleazar García había fallecido como consecuencia de un infarto. Tras el incidente con los guardias de seguridad después de salir del recinto e intentar volver a acceder sin la pertinente entrada, fue detenido por los agentes de la Policía Local por un delito de atentado. Fue introducido en un coche patrulla para trasladarlo al cercano centro de salud de El Parque-Somió. El personal sanitario intentó en vano practicarle las maniobras de reanimación cardiopolmunar, pero no pudieron hacer nada para salvarle la vida.

La familia considera que existen indicios de criminalidad en la actuación de los vigilantes de seguridad y los policías, por lo que emprendió la acusación particular contratando al abogado madrileño Marcos García Montes, letrado de numerosos famosos de la prensa rosa.

La parte denunciada, sin embargo, mantiene la versión opuesta. Explica que el joven quiso entrar por la fuerza al campo después de que se despistase de su familia y que llegó a agredir al personal de seguridad, por lo que fue necesaria la intervención de los agentes de la Policía Local. La fase de instrucción continúa y será ahora la jueza quien decida si archiva el procedimiento o continúa con las imputaciones.


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« Respuesta #451 en: 23 de Noviembre de 2020, 07:23:27 am »


El Supremo considera delictiva la copia de la tarjeta de discapacidad

Dice que es falsificación y admite un recurso de la fiscalía navarra tras una sentencia absolutoria
      
   
Eduardo Buxens

    Gabriel González

Actualizada 20/11/2020 a las 06:00

Aparcar en una plaza reservada para personas con discapacidad con la fotocopia de una tarjeta ajena siempre conlleva multa administrativa, pero si además la copia supone o no un delito de falsificación es algo que en los últimos tiempos ha generado una controversia judicial que este jueves el Tribunal Supremo clarificó. El Pleno de la Sala Segunda considera que sí, que se trata de un delito de falsedad de documento oficial y revoca una sentencia de la Sección Primera de la Audiencia Provincial de Navarra, que había absuelto a un hombre que previamente había sido condenado a 6 meses de cárcel y 1.440 euros por el Juzgado de lo Penal nº 1. El Alto Tribunal refrenda la tesis de la magistrada de primera instancia y estima el recurso de la fiscalía navarra, ordenando a la Audiencia que dicte una nueva sentencia y resuelva cuestiones que planteó la defensa.

El caso hace referencia a un hombre que el 1 de marzo de 2018 estacionó su vehículo en una plaza reservada para personas con discapacidad en Pamplona, colocando en el salpicadero una fotocopia de la tarjeta de su padre, que no estaba presente. El Tribunal Supremo resalta que “no se trata de la realización de una mera fotocopia” ni tampoco el acusado se limitó a utilizar la tarjeta original de su padre con su conocimiento y autorización, en cuyos casos no sería delito. “Por el contrario, el acusado lo que hizo fue, valiéndose de una fotocopia en color que había realizado de una tarjeta de estacionamiento para personas con discapacidad, simular un documento haciéndolo pasar por el original para su uso como si del propio original se tratara”. La sentencia prosigue que se trata de “una fotocopia de una calidad extrema que era una reproducción exacta y fiel del original a la que suplantó”, y que fue utilizada para aparcar en una plaza por una persona no autorizada. De hecho, el agente de policía la dio inicialmente por válida y solo detectó la simulación cuando observó “que la persona que se dirigía a coger el vehículo no parecía ser discapacitada”.

Por lo tanto, los magistrados disienten del razonamiento de la sentencia absolutoria: “Es evidente pues, en contra de la consideración que efectúa la Audiencia Provincial, que no se ha empleado ‘una fotocopia que no contiene ninguna alteración del documento original’, sino que se confeccionó íntegramente un documento falso con el fin de hacerlo pasar por el original”.

El Supremo destaca los argumentos que empleó el Juzgado de lo Penal nº 1 al exponer que el acusado “obtuvo un beneficio que no le correspondía y perjudicó a terceros”. “Se produjo una alteración de la realidad que tiene efectos en las relaciones jurídicas, dado que la fijación del número de plazas reservadas a discapacitados (...) no es un cálculo al azar sino que atiende a criterios concretos”, destaca el Alto Tribunal de la primera sentencia, que concluyó que además del perjuicio a particulares “hay un interés público en la protección a la discapacidad que se ve afectado con carácter general”.






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« Respuesta #452 en: 16 de Enero de 2021, 07:24:30 am »

La fiscalía no aprecia delito en la actuación de los policías y vigilantes del 'caso Eleazar'

Pide el sobreseimiento de la causa penal abierta tras el fallecimiento del joven discapacitado al concluir que su muerte fue natural

OLAYA SUÁREZ GIJÓN.
Viernes, 15 enero 2021, 01:48

La fiscalía no aprecia indicios de delito en la actuación de los cinco policías locales y los ocho vigilantes de seguridad investigados por la muerte de Eleazar García a las puertas de El Molinón en septiembre de 2019. El ministerio público solicita el sobreseimiento de la causa al considerar que el fallecimiento se produjo por causas naturales y que la detención se ajustó a la legalidad, sin que existiese violencia física. Además, abunda en que los investigados desconocían que el hombre tuviera una severa discapacidad.

El auto ha sido remitido al juzgado de Instrucción número 2 que se encarga del procedimiento abierto. La jueza dio traslado a la fiscalía en diciembre para que se pronunciase sobre el asunto al apreciar posibles indicios de responsabilidad en el proceder de los investigados. En el caso de los cinco policías locales, por un posible delito de homicidio imprudente o de lesiones leves, de detención ilegal y de otro contra la integridad moral. A los vigilantes les investiga por un presunto delito de homicidio imprudente o de lesiones leves y por otro contra la integridad moral del fallecido.

Una vez que el ministerio pública no aprecia indicios de criminalidad, será la acusación particular la que se pronuncie en base a las pruebas existentes en los autos.



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« Respuesta #453 en: 24 de Enero de 2021, 06:47:24 am »

Interior recomienda a policías evitar un lenguaje técnico con víctimas de delitos de odio con discapacidad
Europa PressNOTICIA22.01.2021 - 19:52h

    El manual recuerda que les puede ser más difícil comprender que han sido víctimas de un delito de odio y denunciarlo.

La Oficina Nacional de Lucha contra los Delitos de Odio del Ministerio del Interior ha elaborado dos guías de actuación para mejorar la persecución de los delitos de odio y la atención a sus víctimas, con especial atención a las personas con discapacidad, caso en el que recomienda a policías y guardias civiles evitar un lenguaje técnico y complicado.

La guía para la actuación con víctimas de delitos de odio con discapacidad del desarrollo, tiene como principal destinatario las propias Fuerzas de Seguridad, a las que recuerda que a estas personas les puede ser más difícil comprender que han sido víctimas de un delito de odio y, por tanto, denunciarlo.

El manual recomienda a policías y guardias civiles que, cuando tengan que atender a una persona con discapacidad víctima de un delito de odio, eviten el lenguaje técnico o complicado y utilicen uno más sencillo y directo que les permita comprender la situación que sufren.
El jefe de Estado Mayor de la Defensa, Miguel Ángel Villarroya, en una imagen de archivo.
Guardias civiles y policías sobre la vacunación del JEMAD: "Es una grave desconsideración hacia otros colectivos"

También apuesta por adaptar el entorno policial en el que se sustancia la denuncia y eliminar elementos estresantes para la víctima, así como usar documentos de lectura fácil cuando se les proporcione cualquier información o para facilitar la presentación de la denuncia.

En cuanto a la Guía de buenas prácticas para la denuncia de los delitos de odio, recuerda que hechos de este tipo siempre pueden ser denunciados ante Policía Nacional o Guardia Civil en sus dependencias, a través de sus números de emergencia (091 y 062, respectivamente) o mediante ALERTCOPS, una aplicación de móvil gratuita que actúa como canal de comunicación con las Fuerzas de Seguridad para notificar hechos de manera rápida y discreta.

También es posible denunciar los hechos ante la Fiscalía territorial para los delitos de odio y contra la discriminación o bien en el Juzgado de Instrucción correspondiente.

Según precisa, las denuncias deben incluir todos los detalles posibles sobre la descripción del autor, incluidas vestimenta, símbolos añadidos o tatuajes, así como sus expresiones y comentarios.

También indica que es muy útil aportar parte médico en caso de lesiones; fotografías o vídeos si los hubiese; identidad de testigos y cualquier otra información relevante para el esclarecimiento de los hechos.
Calle Democracia de València, en el distrito de Abastos
Disuelven grupos de 29 jóvenes sin mascarilla, bebiendo y consumiendo drogas en un parque de València

Ambos documentos recuerdan que toda víctima siempre tiene a su disposición las oficinas de asistencia, que cuentan con profesionales preparados para garantizarles la ayuda necesaria. En el caso de las personas con discapacidad, indica que además es posible la intervención del 'facilitador', un profesional vinculado a las organizaciones sociales del sector que favorece que el acceso a la justicia sea en condiciones óptimas de igualdad desde el primer contacto policial.

Las dos guías complementan el Protocolo de actuación de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad para los delitos de odio y conductas que vulneran las normas legales sobre discriminación, publicado en julio de 2020 por la Secretaría de Estado de Seguridad. Ese protocolo incluye directrices sobre cómo investigar los delitos de odio, cómo elaborar los atestados policiales, su posterior tramitación procesal así como la mejora del registro estadístico para obtener una visión lo más amplia y completa posible del fenómeno en España.

Las guías se han distribuido tanto a Policía Nacional y Guardia Civil como a otras instituciones con competencias en la protección de las víctimas, como es el caso del Ministerio de Justicia a través de sus oficinas de asistencia a las víctimas de delitos.

El texto centrado en la personas con discapacidad del desarrollo, también ha sido remitido a distintas organizaciones sociales que operan en el sector, como el Comité Español de Representantes de Personas con Discapacidad (CERMI) o Plena Inclusión.






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« Respuesta #454 en: 02 de Febrero de 2021, 06:59:42 am »

El "final trágico" de Eleazar, el joven con discapacidad que murió tras ser reducido por vigilantes y policías

    "Somos gitanos, pero tenemos los mismos derechos", defiende su familia. La jueza ve indicios de criminalidad en la actuación de ocho vigilantes y cinco policías; la Fiscalía pide archivar al entender que el fallecimiento fue por causas naturales

Javier Martínez Mansilla
1 de febrero de 2021 22:04h


"Esto es racismo". Así lo considera Diego García, tío de Eleazar García, el joven con discapacidad cerebral grave que fue detenido y golpeado a las puertas del estadio El Molinón de Gijón el 8 de septiembre de 2019. Pocos minutos después de la detención, falleció de un ataque cardíaco. Han pasado más de 500 días desde su muerte; hay ocho vigilantes jurados y cinco policías locales investigados y "mucha injusticia", en palabras de García, portavoz de la familia. A su entender, las instituciones han tratado de silenciar este caso "desde el comienzo". "Es como si aquí no hubiera pasado nada, como si se quisiera echar tierra encima", añade García. "Somos gitanos, pero tenemos los mismos derechos que cualquier otro".

La jueza ha concluido la investigación. Considera que hay indicios de delito y propone que se juzgue a los 13 acusados. La Fiscalía, sin embargo, ha pedido el sobreseimiento de la causa al considerar que no ha habido ningún tipo de violencia por parte de los vigilantes o los policías locales y que se trata de una muerte natural. La familia García sí considera que hubo algún tipo de actividad delictiva en su muerte y pide lo que lleva haciendo desde hace más de un año: "justicia para Eleazar".

Los hechos se remontan al 8 de septiembre de 2019. Eleazar había asistido junto a su padre y un amigo al partido de la Selección Española de Fútbol contra Islas Feroe en El Molinón. Tenía una discapacidad del 75% y 34 años de edad. "Era un niño grande", como explica su tío. Sufría una parálisis cerebral grave y así se aprecia en el vídeo que comparte su padre minutos antes de que Eleazar dejase su asiento. Desorientado, se pierde, sale del estadio e intenta volver, pero no tiene la entrada que guardaba su padre. Los guardias de seguridad le impiden el paso, así lo recoge la investigación de la Policía Nacional y de la jueza a cargo del caso, Belén García Iglesias. Desde ese momento, se desencadena "una serie de desgraciadas desdichas". Así define García una actuación que desemboca en un "final trágico": la muerte de su sobrino.

Borracho, ultra o yihadista

"Fue como una jauría desatada", explica García. Ocho vigilantes de la empresa Prosegur reducen a Eleazar, lo inmovilizan contra una valla, lo tiran al suelo y le colocan unas esposas. Así lo recoge el informe de la titular del juzgado de instrucción número 2 de Gijón. También recoge que Eleazar estaba alterado y muy nervioso y que no supo explicar a los vigilantes que quería reunirse con su padre. En un forcejeo agredió a una guardia de seguridad, que fue atendida por la Cruz Roja.

Que Eleazar debía de estar "borracho o drogado"; que podía ser un "ultra de un equipo de fútbol" o un "terrorista yihadista", incluso. Eso fue lo que explicaron algunos vigilantes ante la jueza, que ha ido desmontando todas estas hipótesis. "¿Por qué todas estas teorías?", se pregunta el portavoz de la familia García. "Para tratar de justificar una acción desproporcionada y violenta", concluye. Los testigos señalaron que en ese momento se apreciaba que era un joven con discapacidad, que estaba desorientado, pero no borracho. Los informes posteriores así lo corroboran.

"Fueron detrás de él para agredirle", cuenta García. Eleazar desiste y abandona el estadio, salen tras él los vigilantes y cinco agentes de la policía municipal de Gijón, que habían sido avisados del incidente. El joven es detenido por atentado a un agente de la autoridad y dos testigos aseguran que, en dicho acto, los guardias de seguridad le propinan una paliza. El informe forense también lo corrobora.

Ante las lesiones, la policía municipal lo lleva al centro de salud del Parque-Somió, el más cercano, donde lo vuelven a reducir porque sigue muy alterado. En ese instante el joven muere de un ataque cardíaco. "Mi sobrino perdió la vida en manos de quienes se la tenían que haber protegido", explica Diego García. "Que se diriman responsabilidades".

"En aquel momento no creo que fuera racismo, pero ahora sí", comenta el portavoz de la familia de Eleazar. "No se entiende el trato que hemos recibido desde las autoridades. Parece que como mi sobrino era gitano y discapacitado no tiene tanta relevancia social. Es lo que sentimos desde el principio", añade.

Para la familia García, "el último capítulo de esta tragedia" es el informe presentado por la Fiscalía en el que pide sobreseer la causa al considerar que el fallecimiento se produjo por causas naturales y no existió violencia en la intervención. El Ministerio Público pide eximir de cualquier responsabilidad a los cinco policías locales y los ocho vigilantes investigados. "Eleazar no sufría ningún tipo de patología cardíaca", asegura su familia, quien, a través de su abogado, Marcos García-Montes, ha recurrido el informe fiscal. "Queremos que se tengan en cuenta a los testigos oculares que dieron su versión". Y concluye García, "si unos policías y guardias han actuado mal, tendrán que dar cuenta de ello".

Tras las investigación, la jueza ve indicios de criminalidad y ha procesado a 13 acusados. A los ocho guardias de seguridad les atribuye indiciariamente presuntos delitos de homicidio imprudente o delito leve de lesiones, así como delitos contra la integridad moral. Estos mismos delitos —aunque a título de comisión por omisión— imputa a los cinco policías municipales implicados, a los que también atribuye presuntos delitos de detención ilegal, según el auto dictado el pasado 10 de diciembre. Serán los tribunales quienes decidan.

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« Respuesta #455 en: 08 de Febrero de 2021, 06:52:36 am »

La jueza rechaza el recurso de los agentes de seguridad acusados de la muerte de Eleazar y se reafirma en que haya juicio

    Se sentarán en el banquillo ocho responsables de seguridad del Estado de El Molinón y cinco agentes de Policía. En el último auto, la jueza destaca la condición del fallecido, con una discapacidad diagnosticada del 75% y parálisis cerebral grave
    — El "final trágico" de Eleazar, el joven con discapacidad que murió tras ser reducido por vigilantes y policías

Javier Martínez Mansilla
7 de febrero de 2021 21:24h


Eleazar García, un joven con discapacidad cerebral grave, murió el 8 de septiembre de 2019, minutos después de ser detenido y golpeado. Ocho vigilantes de seguridad y cinco policías locales han sido investigados y ahora serán juzgados. La jueza ha rechazado su último intento por cerrar el caso. “Aún hay muchos claroscuros en todo esto”, considera Diego García, tío de Eleazar. “Policía, guardias jurados, Fiscalía…Hay una orquestación contra nosotros. Después de matar, presuntamente, a mi sobrino, han querido abusar de que somos gitanos”, recalca.

En su último auto, y ante el recurso de los guardias jurados, la jueza se reafirma. Deben tenerse en cuentas todos los hechos que llevaron a la muerte de Eleazar García, no solo los actos de los policías locales, como demandan los vigilantes. Habrá juicio. Mientras tanto, la familia García, indignada con la postura de la Fiscalía que pidió archivar el caso, ya no espera disculpas ni respuesta de las autoridades cuyas actitudes, a su entender, “han sido racistas”. “Quieren pasar por encima de nosotros” afirma Diego García. “Lo único que esperamos es que haya un juicio y que se diriman responsabilidades”. Ya han pasado más de quinientos días.

Los testigos

Belén García Iglesias, la magistrada del Juzgado de Instrucción número 2 de Gijón, ha desestimado el recurso de reforma presentado por los ocho vigilantes de seguridad de la empresa Prosegur, acusados de la muerte de Eleazar García, a las puertas del estadio de El Molinón de Gijón. Aun cabe recurso de apelación en el plazo de cinco días hábiles desde la su notificación.

Eleazar salió solo del recinto, desorientado, y trató de volver dentro con su padre. “Intentó colarse por la barra del torno”, explicaba uno de los vigilantes ante la jueza en unas imágenes recogidas por TVE. “Nos pusimos en medio para darle el alto”. Los guardias jurados no le dejaron acceder al recinto ya que no tenía entrada; en el juzgado aseguraron que habría podido estar borracho, drogado, ser un ultra de un equipo de fútbol o incluso un terrorista.

“Había varias personas rodeándole”, añadía un testigo que presenció la escena. “Eran diez personas y otras cinco o seis que venían corriendo. Vi que le daban patadas a la altura de los tobillos para separarle las piernas”, añadía un testigo de la paliza.

“A su juicio se podía ver que (Eleazar) tenía alguna minusvalía física o psíquica. ¿Se reafirma usted en esto?” preguntaba la jueza a otra testigo. “Sí, ese chico no está borracho, le dije a mi marido, está enfermo o tiene un retraso”. En base a estos testimonios la magistrada ha ido descartando las diferentes teorías de los vigilantes y reafirmándose en cada auto que ha ido publicando el Tribunal Superior de Justicia de Asturias.

El último auto

En el último auto, publicado esta semana, la jueza destaca la condición del fallecido, con una discapacidad diagnosticada del 75%, con parálisis cerebral grave, y la falta de un protocolo de actuación acorde a una situación como esta.

También recoge que Eleazar, al intentar acceder de nuevo al recinto, fue inmovilizado por los vigilantes e introducido posteriormente en un coche policial para ser trasladado a un centro de salud donde, finalmente, falleció una hora y 20 minutos después de un ataque epiléptico y fallo cardíaco agudo.

“A día de hoy no se sabe quién dio la orden de detener a mi sobrino”, señala el portavoz familiar. “La Policía dice que no mandó orden de arresto. Fue una detención ilegal, donde no le leyeron sus derechos”, añade García.

Sobre esta detención, la jueza también considera que, pese a que en el recurso los vigilantes la atribuyen a la Policía Local que intervino en el acto, “la presunta ilegalidad de esa detención no resulta indiferente para los ahora recurrentes, ya que pudiera incidir en los posibles delitos que sí se les atribuyen”, reza el auto. Fue una muerte natural, así lo recoge el informe forense. Sin embargo, pudo ocurrir por una mezcla de factores provenientes de una situación de estrés y desembocar en un ataque epiléptico y fallo cardíaco agudo.

El proceso judicial continúa y dependiendo de los delitos lo hará en la audiencia o en el juzgado de lo penal. A los vigilantes: homicidio imprudente, o un delito leve de lesiones y un delito contra la integridad moral. A los policías locales: detención ilegal y a título de comisión por omisión, por posible delito de homicidio imprudente, o un delito leve de lesiones y torturas.

“Ya se cansarán estos gitanos de hacer ruido”

Así describe Diego García la actitud adoptada por las instituciones: silencio o de tratar de silenciar lo ocurrido. “Se equivocan. No nos cansamos. Tenemos mucha gente detrás que nos apoya. Se están juzgando unos hechos y desmontando unas mentiras”, sentencia el tío del fallecido. El Ayuntamiento de Gijón es propietario del estadio de fútbol de El Molinón y responsable de la Policía Local. ¿Qué tiene que decir al respecto?

“El caso de Eleazar ya está en manos de la justicia, así que no procede ya hacer declaraciones al respecto por respeto al proceso”, explican fuentes del Ayuntamiento que no se ha vuelto a pronunciar desde el 8 septiembre de 2019. ElDiario.es ha tenido acceso al atestado redactado por la Policía Local de Gijón de lo acontecido aquel día.

“Requeridos por uno de los vigilantes de seguridad, en el lugar de los hechos (los agentes de la Policía Local) observan a un hombre de gran envergadura física, retenido por varios vigilantes tras haber agredido a uno de ellos, totalmente fuera de sí, y en un estado de nerviosismo y agresividad total”, así se cita en el atestado.

Eleazar fue detenido por atentado a un agente de la autoridad. A una vigilante en este caso, que dio el parte de lesiones, como asegura la familia García, “después de enterarse de la muerte de Eleazar”. “Para cubrirse las espaldas”, señala Diego García. “Los médicos dicen que no hay lesiones”.

Eleazar sigue con un “gran estado de agresividad”, como detalla el atestado, cuando la policía lo traslada al centro de salud más cercano. “Estaba fuera de sí”, continúa el informe, por lo que vuelven a reducirlo e inmovilizarlo contra el suelo. Entonces Eleazar, “se desvaneció, siendo necesaria la intervención de la UVI móvil realizando la maniobra de reanimación durante 35 minutos. Finalmente se certifica su muerte, pero no sus causas”. Así concluye el atestado de los policías locales que siguen desempeñando su actividad con normalidad, como ha comunicado el ayuntamiento de Gijón.

“Que ha sido una muerte tonta y que lo lamentan, eso nos dijeron”. Así relata Diego García la respuesta de la Policía Local cuando la familia acudió a la comisaría. “En su día (los policías) quisieron recurrir a la audiencia para que no se investigara”. Y concluye el portavoz familiar, “han sido una serie de atropellos y aún quieren seguir”.



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« Respuesta #456 en: 19 de Marzo de 2021, 07:13:37 am »


El joven, con una discapacidad intelectual del 75 por ciento fue reducido con violencia por los vigilantes de seguridad en el
Caso Eleazar García: La familia acusa de homicidio a 8 guardas de seguridad y 4 policías locales

Luis Miguel Montero
18 de marzo de 2021
La familia de Eleazar García, el joven con un 75 por ciento de discapacidad que murió en septiembre de 2019 tras ser reducido por los guardas de seguridad del estadio gijonés de El Molinón, acusa a los ocho vigilantes de Prosegur, que redujeron a Eleazar, de homicidio imprudente, mismo delito que imputa a los policías locales que acudieron aquella noche al campo de fútbol.

La familia de Eleazar García, el joven con un 75 por ciento de discapacidad que murió violentamente en septiembre de 2019 tras ser reducido por los guardas de seguridad del estadio gijonés de El Molinón, ha presentado ya, por medio de su defensa, la acusación particular contra ocho vigilantes jurados de Prosegur a los que acusa de "un delito de homicidio imprudente previsto y penado en el artículo 142.1 del Código Penal" o "subsidiariamente, un delito de lesiones, previsto y penado en el artículo 147. 1 del Código Penal del mismo cuerpo legal". También los acusa de un "delito contra la integridad moral", previsto y penado en el artículo 173.1 del Código Penal del mismo cuerpo legal".

Para otros cinco policías locales que intervinieron en su detención, que la defensa califica de "ilegal", la familia de Eleazar pide que se les culpe de "un delito de homicidio imprudente, subsidiariamente un delito de lesiones, un delito de detención ilegal y otro contra la integridad moral".

Además piden una responsabilidad civil a los acusados de 500.000 euros, tanto a los guardas de seguridad como a los policías locales, aunque se señala que en ambos casos deberían hacer frente a esta responsabilidad la empresa Prosegur y el Ayuntamiento de Gijón, respectivamente.

En este sentido la defensa de la familia García, ejercida por el despacho del abogado Marcos García Montes, ha pedido el contrato de Prosegur "para prestar los servicios de seguridad privada el día 8 de septiembre de 2020 en el estadio El Molinón, así como los protocolos de actuación vigentes en partidos de fútbol de la selección española".
  Manifestación a las puerta de El Molinón para pedir justicia para Eleazar.

Hay que recordar que los hechos se remontan al 8 de septiembre de 2019, cuando Eleazar García Hernández se encontraba en el estadio de El Molinón, en Gijón, presenciando el encuentro de fútbol de la Selección Española frente a las Islas Feroe, en compañía de su familia.

No tenía patologías físicas

Eleazar no padecía ninguna patología física aunque estaba aquejado de una discapacidad intelectual del 75 por ciento, algo que se apreciaba a simple vista. El joven se alejó de la compañía de su padre y salió del estadio. Luego intentó volver, pero no llevaba la entrada, por las puertas 12 y 13 y luego por la 15 "exponiendo balbuceante, su intención de acceder al estadio, en tanto en cuanto quería volver junto a su padre", según relata la acusación particular.

En aquella puerta fue interceptado por un vigilante y luego inmovilizado por otros tres más. A continuación, otros cuatro lo pusieron boca abajo en el suelo con las manos en la espalda, y "le golpearon reiteradamente, causándole innumerables contusiones y eritemas, erosiones en ambas muñecas, erosiones profundas en ambas rodillas, contusiones en ambos pómulos, erosiones en cara interna de pirámide nasal, en ambos brazos y pierna, en región lateral del cuello y en cara superior del tórax a la altura de la clavícula", según la acusación, que presentó los testimonios de dos personas que lo vieron en directo.

Más tarde, los vigilantes llamaron a la policía, personándose cuatro agentes de Policía Local "quienes, actuando de una manera pasiva y con dejación de funciones, delegaron en los vigilantes de seguridad la reducción, engrilletado y su introducción en el vehículo oficial", según el escrito de acusación.

Eleazar fue trasladado al centro de Salud Parque-Somio, donde "nuevamente fue inmovilizado, en espera de que pudiera ser atendido por el doctor de guardia", prosigue la acusación. Fue entonces cuando "al  incorporarlo para ser conducido a la consulta el Sr. García perdió el conocimiento, comenzando a convulsionar entrando en parada cardiopulmonar, certificando situación de exitus el SAMUR a las 22.08 horas".

La acusación pide además que se interrogue a los acusados, que presten testimonio los familiares de Eleazar y los dos testigos que presenciaron los hechos y varios policías nacionales. Entre las pruebas periciales, pide que declaren el forense que realizó la autopsia al joven y varios médicos del centro de salud.



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« Respuesta #457 en: 23 de Marzo de 2021, 07:14:00 am »

La Audiencia Provincial archiva el caso del joven con discapacidad que murió en Gijón tras ser retenido por agentes de seguridad y policías

    La familia había presentado ya un escrito de acusación en el que comparaba su muerte con la de George Floyd y pedia penas de hasta 15 años de cárcel y una indemnización de un millón de euros al ayuntamiento de Gijón y a la empresa Prosegur
    — El "final trágico" de Eleazar, el joven con discapacidad que murió tras ser reducido por vigilantes y policías

Javier Martínez Mansilla / Marcos Pinheiro
22 de marzo de 2021 16:56h

@m_pinhe

La Audiencia Provincial de Oviedo ha archivado el caso contra los policías locales y los vigilantes de seguridad que participaron en la detención de Eleazar García, un joven de etnia gitana con parálisis cerebral y una discapacidad del 75%, y que falleció en las inmediaciones del estadio de El Molinón tras ser detenido por la fuerza por varios policías y agentes de seguridad.

La decisión de la Audiencia Provincial choca con lo que había decidido la jueza instructora del caso, que veía indicios de homicidio imprudente y otros delitos en la actuación de policías y agentes de seguridad, y había acordado mandarles a juicio. “Lo único cierto es que mi sobrino fue un día a ver un partido de fútbol y ya no lo hemos vuelto a ver”. La familia de Eleazar García ya había presentado hasta el escrito de acusación ante el juzgado de instrucción número 2 de Gijón.

Pedían 15 años de prisión para los agentes locales y 9 años para los vigilantes de la empresa Prosegur involucrados. “Nadie tiene el derecho a quitar la vida a nadie, queremos que se diriman responsabilidades”, explicaba a elDiario.es Diego García, tío de Eleazar. Los delitos: homicidio imprudente, de lesiones, contra la integridad moral y, además, en el caso de los policías municipales, de detención ilegal.

Los jueces de la Audiencia Provincial aseguran que los informes forenses calificaron la muerte de "natural". Eso sí, señalan que al "shock cardiogénico" se añadió "el efecto estresante de la inmovilización y reducción" por parte de los agentes. Aseguran que las lesiones físicas que presentaba el cuerpo son compatibles con una actuación policial proporcionada. Para justificarlo, aluden a su corpulencia y a su agresividad, agravada, dicen, por los medicamentos que tomaba.

El auto insiste que hay que tener el cuenta los antecedentes médicos de Eleazar: que padecía epilepsia, obesidad y que consumía fármacos para el tratamiento de la ansiedad. Concluyen que de "no haber existido esas patologías previas" las maniobras de detención, reducción e inmovilización no habrían causado la muerte de Eleazar, sostienen los jueces.

Añaden, además, que los vigilantes de seguridad no tenían que haber detectado la discapacidad del 75% que padecía, y que el comportamiento de Eleazar podía ser compatible con haber consumido drogas o alcohol. "No es apreciable brutalidad en la actitud de los guardias de seguridad", sostiene el auto, y añaden que hay que tener en cuenta que esos agentes sabían que había cámaras de seguridad grabándoles y testigos observando su actuación.
George Floyd y Eleazar García

En el escrito de acusación al que ha tenido acceso elDiario.es, la acusación particular establece una relación entre el caso de Eleazar con el de George Floyd. En mayo de 2020, Floyd, ciudadano afroamericano, moría asfixiado por un agente de policía de Mineápolis; en septiembre de 2019, Eleazar García fallecía por parada cardiorrespiratoria tras un episodio de estrés grave, tras presuntamente recibir una paliza y ser retenido.

Un millón de euros es lo que reclamaba la familia García en materia de responsabilidad civil a los acusados o, de forma subsidiaria, al Ayuntamiento de Gijón en representación de los policías o a la empresa Prosegur en la de los vigilantes. “Lo cierto es que se ha cometido un crimen contra un discapacitado”, añade el tío del fallecido. Ahora, tras la decisión de la Audiencia Provincial de cerrar provisionalmente las diligencias, anuncian que recurrirán.

Eleazar García tenía 30 años y parálisis cerebral grave. “Era un niño dentro de un cuerpo de hombre”, afirman sus familiares. El 8 de septiembre de 2019 asistía en compañía de su padre y un amigo al partido de la Selección Española de Fútbol contras Islas Feroe en el estadio El Molinón de Gijón. Salió del recinto desorientado y trató de volver acceder al mismo sin llevar su entrada.

Los agentes de seguridad -a los que luego se sumaron los policías- lo inmovilizaron y golpearon, como así afirmaron varios testigos oculares ante la jueza Belén García. También así lo afirma el escrito de la acusación: “Lo posicionaron boca abajo, con las manos en la espalda, y le golpearon reiteradamente, causándole innumerables contusiones y eritemas, erosiones en ambas muñecas, erosiones profundas en ambas rodillas, contusiones en ambos pómulos, erosiones en cara interna de pirámide nasal, en ambos brazos y pierna, en región lateral del cuello y en cara superior del tórax a la altura de la clavícula”. Así se recoge en el documento donde, además, se añaden varias circunstancias modificativas: los agravantes de abuso de superioridad y de motivos racistas además de la evidente discapacidad de la víctima.
La Fiscalía pidió archivar el caso

Que era violento, que estaba borracho, drogado o, incluso, que podía ser un terrorista, fue lo que afirmaron los vigilantes de la empresa Prosegur para justificar su actuación. Sin embargo, la magistrada que ha instruido el caso ha ido desmontando estas teorías en cada uno de los autos que ha ido emitiendo, y que ahora se han visto rebatidos por la Audiencia Provincial.

Eleazar fue detenido por un delito de atentado a un agente de la autoridad. Sostienen los vigilantes que, al negarle el paso, actuó de forma agresiva golpeando a una trabajadora de Prosegur. Aún no se sabe quién dio la orden de arresto. “Fue una detención ilegal”, afirma el portavoz de la familia de la víctima, “no le leyeron sus derechos”.

Los jueces de la Audiencia Provincial rechazan los argumentos de los agentes sobre que podía ser un terrorista o un ultra. Pero entienden que no hubo detención ilegal porque Eleazar empujó a uno de los miembros de seguridad del Estadio, y ese era motivo suficiente para detenerle.

La policía local trasladó a Eleazar, muy alterado, al centro de salud del Parque-Somió. Allí, después de volver a inmovilizarlo, sufrió un ataque epiléptico y fallo cardíaco que le causó su muerte minutos más tarde. La autopista practicada por los forenses indica que fue una muerte natural.

En enero, tras finalizar la instrucción, la Fiscalía solicitaba el archivo del caso al “no apreciar indicios de criminalidad” en la actuación de los vigilantes de seguridad y los policías locales. Consideraba, de esta manera, que la muerte de Eleazar García había sido natural y, la detención, dentro de la legalidad, sin violencia física de ningún tipo. Además, argumentaba que los ocho vigilantes y cinco policías acusados desconocían la condición de discapacitado del fallecido. Sin embargo, la magistrada desestimaba esta petición de la Fiscalía y se reafirmaba en su postura.
Las penas

La familia de Eleazar pedía penas que llegan hasta los 15 años de prisión. Por delito de homicidio imprudente, cuatro años de cárcel; por lesiones, tres años; dos años por delito a la integridad moral y finalmente seis años de prisión y ocho de inhabilitación por detención ilegal. En suma, los guardias jurados y los policías municipales de Gijón se podrían haber enfrentado a condenas de 9 y 15 años respectivamente además de una indemnización a los padres de Eleazar.

“Estas personas tienen que dar cuenta de sus actos como lo tienen que hacer los entes que las respaldan”, comenta Diego García. La familia exige el pago de 500.000 euros a cada parte involucrada, la de los vigilantes y la de los policías locales. En el caso de que los acusados no pudiesen afrontar dichas cantidades, la acusación exigía que tanto la empresa de seguridad privada Prosegur como el Ayuntamiento de Gijón (también propietario del estadio donde sucedió el incidente), respondan subsidiariamente de esta indemnización.


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« Respuesta #458 en: 26 de Marzo de 2021, 07:28:32 am »

La Policía recaba información sobre la expulsión de un hombre con autismo de la EMT en Valencia: «Nos preocupa»
El concejal Aarón Cano apunta que estudiarán lo sucedido para «tomar decisiones más ajustadas y que estos hechos no vuelvan a repetirse»
D. V.
VALENCIA Actualizado:23/03/2021 18:14h

La Policía Local de Valencia está recabando información sobre la expulsión de un joven de 34 años con autismo y una discapacidad intelectual del 67 por ciento de un autobús de la EMT de la ciudad.

Así lo ha manifestado el concejal de Protección Ciudadana en el Ayuntamiento de Valencia, Aarón Cano, en una rueda de prensa sobre intervenciones de Policía en los últimos fines de semana y San José, al ser preguntado por las novedades en torno a esta expulsión.

[Denuncian el abandono de un hombre autista tras ser expulsado de un autobús de la EMT en Valencia]

Al respecto, el edil ha recordado que la familia del joven denunció los hechos ante la Policía Nacional aunque, no obstante, desde su departamento se está recabando toda la información, «desde todos los ángulos», para conocer «en profundidad» qué es lo que sucedió. «Es un tema que nos preocupa», ha aseverado.

«Vamos a estudiarlo todo para analizar qué ha pasado», ha insistido, para agregar que «hay que escuchar a todas las partes y circunstancias para tomar decisiones más ajustadas y que estos hechos no vuelvan a repetirse», ha manifestado.

Este caso fue denunciado por la Plataforma de Defensa TEA, quien puso de manifiesto que se expulsó al joven del autobús porque las estereotipias que realizaba, movimientos repetitivos y sonidos que emite de forma involuntaria, molestaban a uno de los pasajeros.

En concreto, los hechos ocurrieron el pasado día 14 de marzo cuando a algún pasajero le molestó las estereotipias que realizaba Eduardo, un joven con autismo de 36 años, y se quejó al conductor. El chófer mandó callar a Eduardoy le amenazó con expulsarlodel autobús, según manifestó la plataforma.

A los pocos minutos -según la plataforma- se presentaron dos agentes de la Policía Local a petición del conductor y le obligaron a bajar del autobús y, una vez en la calle, los agentes le cachearon y le interrogaron para después «abandonarlo a su suerte en un sitio desconocido».


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« Respuesta #459 en: 01 de Abril de 2021, 08:27:24 am »
A mi lo que me sorprende que un Guardia Civil.haya de recurrir a Desokupa para resolver lo que en apariencia puede hacerlo la administración.

https://twitter.com/Alto_ControlPol/status/1377504987396370433?s=19