Autor Tema: Viviendas e hipotecas  (Leído 132546 veces)

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Re: Viviendas e hipotecas
« Respuesta #1220 en: 10 de Diciembre de 2013, 17:27:04 pm »
. . .  me cachis¡ ¡ ¡  . . . si es que siempre llego tarde a todo lo bueno . . .  :carcaj

Es lo que tienen los chollos, que duran poco.
QUID PRO QUO

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Re: Viviendas e hipotecas
« Respuesta #1221 en: 10 de Diciembre de 2013, 17:28:43 pm »
 . . . pues va a ser eso . . .

 ;risr;

"No hay hechos, sino interpretaciones" Nietzsche

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Re: Viviendas e hipotecas
« Respuesta #1222 en: 10 de Diciembre de 2013, 20:53:22 pm »
Entronces, sres millonetis, con un sueldo como el mio nunca podría disfrutar de una vivienda propia. Como se nota el emolumento neto nominal.


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Re: Viviendas e hipotecas
« Respuesta #1223 en: 07 de Junio de 2015, 13:06:49 pm »

Sexo a cambio de compartir piso gratis: tu cuerpo por una cama


A. DELGADO abc_madrid  / MADRID

Día 07/06/2015 - 01.43h
 
Portales inmobiliarios gratuitos dan publicidad a este tipo de propuestas que se multiplican por toda España
Las proposiciones se mezclan con miles de ofertas de alquiler y llaman la atención por sus precios irrisorios

Encontrar un piso compartido en pleno barrio de Justicia, en el centro de Madrid, por 100 euros puede parecer una ganga. Es uno de los distritos más caros de la capital –el precio del metro cuadrado supera los 5.000 euros–. Sin embargo, las «claúsulas» del contrato impuestas por el casero pueden hacer cambiar de opinión e, incluso, que el precio parezca demasiado caro. «Baño hidromasaje, cocina moderna y equipada, zona muy tranquila y bien comunicada»... a cambio de «compañía». Un eufemismo bajo el que se esconde la condición de mantener sexo a cambio de una cama por la que, además, hay que pagar.

Es sólo un ejemplo de los últimos anuncios publicados en un conocido portal inmobiliario gratuito. Proposiciones que se mezclan con miles de ofertas de alquiler y que llaman la atención por sus precios irrisorios. Desde 1 hasta 100 euros, pasando por un discreto «a consultar». Eso sí, todas las ofertas están dirigidas a mujeres. La mayoría se concentran en la capital, aunque también en municipios como Valdemoro, Móstoles o Torrejón de Ardoz, entre otros.




«Busco habitación en Alcalá a cambio de hacer las tareas domésticas o todo lo que me pidas»
Los «caseros» son selectivos con sus potenciales «inquilinas». «Comparto piso con chica de 18 a 25 años», explicita uno de los hombres que ofrecen su casa a cambio de relaciones sexuales. Su edad: 39 años. A cambio, ofrecen facilidades como esta: «Puedes estudiar tranquilamente. Hasta la noche no estoy en casa». Y describe sus preferencias: «Valoro que seas agradable, educada, simpática. Busco chica liberal, divertida y honrada», matiza. Otros amplían su oferta a parejas, siempre y cuando haya sexo de por medio: «Comparto mi piso con una compañera de piso o una pareja a cambio de sexo. Soy chico serio y con ganas de tener buen rollo en casa».
«Cama para chica gratis»
 
«Hola, se comparte un estudio, de un dormitorio, en el centro de Madrid, muy bien comunicado, para chica, sólo chica. Se presta alojamiento gratis a cambio de buena compañía», es otro de los anuncios reales, subidos a la red esta misma semana. En este caso, además de piso lo que se comparte directamente es la cama. Lo cierto es que, ya sea por curiosidad o porque realmente haya gente interesada en este tipo de «acuerdos», el anuncio ha recibido más de 2.000 consultas. En él, incluso se muestra una foto del lecho «gratuito». «Puedo darte, alojamiento y comida, si tú a cambio me das tu compañía, de vez en cuando. Soy muy educado, agradable, nada feo, razonable...», propone otro hombre español de 40 años en un reclamo similar.

Pero no solo existe oferta. Aunque es más complicado de encontrar, en la sección de demandas hay gente que ofrece su cuerpo a cambio de un techo. «Soy extranjera. Busco apartamento o piso o habitación compartida. Doy sexo a cambio. Soy de mente muy abierta. Gracias. Donde sea», dice una mujer en otro portal de anuncios gratuito. También hay hombres dispuestos: «Hola soy chico joven de 25 años. Estoy buscando habitación en Alcalá. En principio no tengo dinero para pagarla. Sería a cambio de hacer las tareas domésticas o todo lo que me pidas».

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Re: Viviendas e hipotecas
« Respuesta #1224 en: 29 de Noviembre de 2017, 08:09:50 am »
Los tribunales empiezan a dar la razón a la banca frente al consumidor por las hipotecas multidivisas

Después de la sentencia del Tribunal Supremo que decretó que las hipotecas en divisas extranjeras solo eran nulas cuando había falta de transparencia, un juzgado de primera instancia apoya a Bankinter

Vozpópuli

28.11.2017 - 19:16

El pasado 15 de noviembre, el Tribunal Supremo decretó que las hipotecas en divisas extranjeras solo eran nulas por falta de transparencia. Este martes, el juzgado de primera instancia número 88 de Madrid ha desestimado decretar la nulidad parcial de una hipoteca multidivisa de Bankinter contratada en francos suizos por una pareja en 2006 al entender que los demandantes tenían conocimientos suficientes de los riesgos que asumían.

La magistrada, que tiene en cuenta la reciente doctrina del Tribunal Supremo en relación a las hipotecas multidivisa, asegura en la sentencia, a la que ha tenido acceso Europa Press, que los contratantes conocían los riesgos del préstamo y no aprecia una falta de transparencia por parte del banco -"asimetría en la información"-, sino la materialización de uno de los riesgos.

En concreto, afirma que uno de los demandantes, policía municipal de profesión, tenía los conocimientos "suficientes" de los riesgos que asumió pese de no ser "un experto" en productos financieros, ya que durante el proceso de contratación demostró ser "consciente" de la importancia de una pequeña variación del tipo de cambio en este tipo de productos.

Según detalla la sentencia, el implicado había contratado otra hipoteca multidivisa correspondiente a otra vivienda en el año 2000 que le resultó beneficiosa e, incluso, solicitó un 'crédito puente' similar que la entidad no le concedió "por los riesgos del producto".

    El demandante utilizó las cláusulas de este contrato para transformar la hipoteca a yenes en el año 2007 y a euros en 2012

Así, la solicitud del préstamo hipotecario objeto de la demanda, que se realizó en 2006, fue la tercera de un producto en modalidad multidivisa y el demandante utilizó las cláusulas de este contrato para transformar la hipoteca a yenes en el año 2007 y a euros en 2012, lo que "evidencia" su conocimiento de los riesgos.

El fallo del juzgado madrileño explica que la única diferencia entre la hipoteca a la que se refiere la demanda y la suscrita en el año 2000 se encuentra "en los beneficios/perjuicios que una y otra operación le han reportado" debido a que, como explicó el demandante, "el comportamiento del yen en el año 2000 es distinto al del año 2006".
Conocer la "carga económica" del préstamo

La sentencia, que no es firme, también incide en que los demandantes pudieron conocer con sencillez la "carga económica" que suponía el préstamo, que fue contratado en mayo de 2006 por un importe de 295.000 euros en cualquiera de las divisas convertibles en España, que fue inicialmente suscrito en 462.448 francos suizos.

La magistrada, asimismo, apunta que este caso difiere de la sentencia del Tribunal Supremo del pasado 15 de noviembre, ya que en el caso al que se refiere el Alto Tribunal, Barclays no facilitó información por escrito a los prestatarios con carácter previo a la suscripción del préstamo y la comercial de la entidad británica que les atendió carecía de los conocimientos necesarios para explicar adecuadamente la naturaleza y riesgos del producto ofertado.

El fallo del Supremo considera que un consumidor medio, normalmente informado y razonablemente atento puede conocer que las divisas fluctúan y que esto puede afectar al importe de las cuotas en una hipoteca multidivisa.

Sin embargo, asegura que este consumidor no necesariamente puede conocer, sin la información adecuada, que la variación del importe de las cuotas debida a la fluctuación de la divisa puede ser tan considerable que ponga en riesgo su capacidad de afrontar los pagos.

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Re: Viviendas e hipotecas
« Respuesta #1225 en: 25 de Mayo de 2018, 15:05:55 pm »
 
El supremo establece el derecho de cualquier propietario a convertir una oficina en vivienda


El Tribunal Supremo ha confirmado su doctrina respecto del derecho de todo propietario de piso o local a usarlo como considere más adecuado, salvo que el cambio de uso esté expresamente prohibido o que el cambio de destino aparezca expresamente limitado por el régimen de propiedad horizontal, su título constitutivo o su regulación estatutaria.

En el caso planteado, una comunidad de propietarios se opuso a que uno de sus vecinos cambiara el uso de la oficina de su propiedad para convertirla en vivienda.

El propietario, alegó que no existía prohibición expresa para hacer esta modificación y que por ello no existía limitación a su derecho de propiedad sobre la finca, que podría destinar al uso que más le considerarse oportuno. La Audiencia Provincial de Almería le dió la razón.

La Audiencia declaró no probado que los estatutos contuvieran prohibición expresa al respecto, así como que tampoco el cambio de uso implicaba una afectación de la estructura del edificio ni comprometía elementos comunes, no acreditándose tampoco que la transformación en vivienda exigiera de una mayor participación.

Por su parte, el Alto Tribunal, confirma la decisión, que reitera la doctrina fijada por la Sala respecto del cambio de uso de los pisos o locales en régimen de propiedad horizontal, recordando que se trata de un derecho del propietario que no puede ser sustraído a no ser que conste que el nuevo uso está expresamente prohibido o que el cambio de destino se encuentra expresamente limitado por el régimen de propiedad horizontal, su título constitutivo o su regulación estatutaria.

Asimismo, se concluye que ni siquiera las normas subsidiarias de planeamiento del Ayuntamiento son impedimento, desde la perspectiva civil de la propiedad horizontal, para autorizar el cambio de uso, en tanto en cuanto, además de que no consta probada infracción alguna, se aclara que en todo caso será el Ayuntamiento el competente para sancionar la eventual infracción urbanística si la hubiera, lo que nada tiene que ver con la calificación como ajustado a Derecho del citado cambio de uso o destino del local desde el punto de vista civil.

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Re: Viviendas e hipotecas
« Respuesta #1226 en: 28 de Mayo de 2018, 07:56:13 am »


Las multas a los propietarios de viviendas vacías se abren paso en el Constitucional


Las sentencias sobre las leyes de Navarra y Andalucía permiten a las autonomías imponer limitaciones al derecho de propiedad, en contra de lo defendido por el Gobierno
Las sanciones por tener un piso cerrado y sin uso son "una restricción relevante" para el propietario, pero están amparadas por el derecho a la vivienda y su "función

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Re: Viviendas e hipotecas
« Respuesta #1227 en: 24 de Junio de 2018, 07:01:15 am »
EN EL CASO DE LOS JÓVENES EL PORCENTAJE BAJA A LA MITAD
Los bajos salarios hunden la vivienda en propiedad a niveles históricos
La salida de la crisis está produciendo cambios estructurales en la economía. También en el mercado de la vivienda. En particular, en relación a la tenencia en propiedad de pisos

Carlos Sánchez

24/06/2018 05:01

La salida de la crisis está produciendo algunos cambios estructurales en la economía española. También en el mercado de la vivienda, y, en concreto, en el régimen de tenencia. España, que históricamente ha sido unos de los países europeos con mayor propensión a la compra de vivienda, está dejando de serlo.

¿La causa? Las condiciones laborales y salariales de los más jóvenes, que forman el segmento de población en el que se está produciendo un auténtico desplome en la adquisición de vivienda. Si antes de la crisis (año 2008) el 54,9% de los jóvenes que habían formado un hogar vivía en un piso en propiedad (independientemente de que hubieran pagado la hipoteca), en 2017 ese porcentaje se ha hundido hasta el 26,5%. Es decir, algo más de la mitad.

La venta de viviendas se dispara un 14,6% en 2017 y fija su cifra más alta en nueve años
E.S.
La ventas de viviendas creció un 14,6% en 2017 con respecto al año anterior, hasta un total de 464.423 operaciones, su mayor cifra desde el ejercicio 2008

Así lo refleja la Encuesta de Condiciones de Vida (ECV) elaborada por el INE, que muestra un fenómeno continuado en el tiempo desde el estallido de la crisis. Y que se manifiesta, aunque con menos crudeza, en casi todas las cohortes de población, lo que indicaría que no solo se trata de un cambio de cultura en relación a la propiedad de la vivienda o a un aumento de la movilidad laboral entre los jóvenes, sino, por el contrario, de un fenómeno estructural. De hecho, la movilidad laboral, que justificaría la menor propensión a la adquisición de vivienda, permanece básicamente estancada.

La movilidad geográfica de los ocupados fue disminuyendo de forma paulatina hasta 2013, año en el que comenzó un periodo de estabilización. El resultado actual es que el porcentaje de ocupados que cambió de municipio de residencia en el último año fue de apenas el 2,4%, frente al 2,5% de 2016. Es decir, que la menor compra de viviendas nada tiene que ver con nuevos escenarios laborales.

Los datos de Estadística muestran, por ejemplo, que en 2008 el 73,7% de los hogares con edades comprendidas entre 30 y 44 años eran propietarios de su vivienda, pero en 2017 ese porcentaje había bajado hasta el 63,8%. Es decir, un descenso de diez puntos en una década, a punto por año. También ocurre, aunque con menos intensidad, en el caso de los hogares con edades comprendidas entre 45 y 64 años, cuya tenencia en propiedad ha pasado de 83,7% al 80,5%. El único segmento en el que ha crecido la propiedad es el que incluye a los mayores de 65 años.

Edificios en construcción. (EFE)
Edificios en construcción. (EFE)

Un factor diferencial

El resultado de esta evolución por edades es muy significativo. El año pasado, el 76,7% de los hogares era propietario de su vivienda, por debajo del 79,6% que se registraba al comienzo de la crisis. Ese porcentaje —y esto es lo relevante— se va acercando ya a la media de la Unión Europea, lo que indica que ese factor diferencial, la enorme propensión de los españoles a la compra de una vivienda, se va estrechando. Y que hay que hay que relacionar, necesariamente, con la intensidad de las políticas públicas, principalmente mediante deducciones fiscales, que han tendido históricamente a incentivar la tenencia de vivienda en propiedad frente al alquiler.

En la Unión Europea, datos de 2015, el 69,4% de los hogares son dueños de la vivienda principal que ocupan. Destacando, en este sentido, el caso de los antiguos países del este, donde más del 80% de los pisos son en propiedad. España, por su parte, ha hecho un camino de ida y vuelta. En 1970, en pleno desarrollismo franquista, el 63,4% de las viviendas eran en propiedad. Ese porcentaje fue aumentando hasta el 84,5% en 2001, según la encuesta de condiciones de vida, pero los últimos datos ya señalan un 76,7%; es decir, tres de cada cuatro viviendas son en propiedad. Lógicamente, el espacio que se deja de ocupar lo cubre el alquiler, que crece año tras año. Algo que está contribuyendo de una forma muy determinante al incremento de los arrendamientos y a que se hable de una burbuja del alquiler.

Vista de varias grúas en una zona de construcción. (EFE)
Vista de varias grúas en una zona de construcción. (EFE)

Otros factores han podido influir de forma relevante en la reducción de la vivienda en propiedad entre los más jóvenes. Como ponen de relieve las estadísticas del INE, los hijos tienden a vivir con sus padres durante un periodo de tiempo más prolongado y, por tanto, entran en el mercado de la propiedad mas tarde. Igualmente, está demostrado que con frecuencia reciben el apoyo económico de sus padres e, incluso, en muchos casos, son estos los que compran la propiedad para ellos. Y si las condiciones laborales y salariales de la familia se deterioran —aumento de las jubilaciones anticipadas o desempleo de larga duración— las probabilidades de ayudar a los hijos a comprar una vivienda se resienten.

En el caso de España, el descenso del régimen de propiedad se ha producido en un contexto singular. Por un lado, en pleno desplome de los precios, que llegaron a caer entre un 35% y un 40% desde el punto álgido de la burbuja inmobiliaria. En el mismo sentido, se ha producido un derrumbe de los tipos de interés reales, lo que, en teoría, debería haber producido mayor apetito por la compra de vivienda.

Los datos del Banco de España, sin embargo, muestran que, pese a esos dos condicionantes favorables a la adquisición, la accesibilidad a la compra de viviendas se ha endurecido en los últimos años. En concreto, la medida de esfuerzo, equivalente al precio medio de la vivienda en relación a la renta bruta disponible de los hogares, ha pasado de 6,5 años en 2015 a 7,2 años en el primer trimestre de 2018, lo que explicaría que se esté produciendo un desvío hacia al alquiler. Pero no por un cambio cultural o por razones laborales, sino por el endurecimiento de las condiciones de acceso a la vivienda en propiedad. Particularmente, como consecuencia del contexto salarial.

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Re: Viviendas e hipotecas
« Respuesta #1228 en: 18 de Octubre de 2018, 14:06:52 pm »


Golpe a la banca: el Supremo rectifica y le obliga a pagar el impuesto de las hipotecas


En una sentencia del 16 de octubre, el Alto Tribunal concluye que es el banco quien debe pagar el impuesto sobre actos jurídicos documentados en una hipoteca y no el consumidor

Fachada del Tribunal Supremo.
Fachada del Tribunal Supremo. EFE
 PEPE BRAVO
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9
18.10.2018 - 10:22
La Sala III del Tribunal Supremo ha dictado este jueves que quien debe abonar el impuesto sobre actos jurídicos documentados en las escrituras públicas de préstamo con garantía hipotecaria es la entidad prestamista, no quien recibe el préstamo. En el mes de febrero el Supremo decidió lo contrario y atribuía al cliente la obligación de asumir el impuesto por la firma de una hipoteca.


MÁS INFO

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En una sentencia del 16 de octubre, de la que ha sido ponente el magistrado Jesús Cudero, el Alto Tribunal modifica su jurisprudencia anterior e interpretando el texto refundido de la ley del impuesto sobre transmisiones patrimoniales y actos jurídicos documentados y su reglamento concluye que no es el consumidor quien debe pagar este gravamen en una hipoteca, sino la entidad que presta la suma correspondiente.

El Supremo tienen en encuenta que el único interesado en la elevación a escritura pública y la ulterior inscripción de aquellos negocios es el banco, que solo mediante "dicha inscripción podrá ejercitar la acción ejecutiva y privilegiada que deriva la hipoteca".

Golpe para la banca
El tipo impositivo de este impuesto oscila entre el 0,5% y el 1,5% sobre el valor de la hipoteca en función de la Comunidad Autónoma, por lo que en una hipoteca media de 120.000 euros se sitúa entre los 600 euros y los 1.800 euros. De este modo, su devolución al cliente implicará un duro golpe para las entidades financieras.

La sentencia, además, anula un artículo del reglamento del impuesto (que establecía que el prestatario es el sujeto pasivo del impuesto) por ser contrario a la ley. En concreto, se trata del artículo 68.2 de dicho reglamento, aprobado por Real Decreto 828/1995, de 25 de mayo.

La decisión cuenta con un voto particular discrepante, emitido por el magistrado Dimitry Berberoff, que postula el mantenimiento de la jurisprudencia anterior, y otro concurrente, del magistrado Nicolás Maurandi, que considera que la sentencia debió incidir en la existencia de dos impuestos en el de actos jurídicos documentados y en el principio de capacidad económica previsto en el artículo 31 de la Constitución.

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Re: Viviendas e hipotecas
« Respuesta #1229 en: 19 de Octubre de 2018, 07:07:13 am »

Morgan Stanley y analistas de BBVA ven en riesgo 9.000 millones por la sentencia de las hipotecas

El mercado dibuja distintos escenarios tras la sentencia del Supremo sobre el impuesto de los gastos hipotecarios. El más severo eleva a hasta 9.000 millones las pérdidas que sufriría el sector
Banco de España.
Banco de España. Tere García
Jorge Zuloaga


19.10.2018 - 05:15

La banca española podría estar delante del mayor agujero judicial sufrido durante la crisis, por delante de las cláusulas suelo. La sentencia dictada este jueves por el Tribunal Supremo decretando que sea el banco quien pague el Impuesto sobre Actos Jurídicos Documentados puede generar un agujero de hasta 9.000 millones de euros, según analistas de Morgan Stanley y BBVA.

El escenario es incierto ya que la sentencia del Supremo deja en el aire cuestiones si los bancos deben devolver de forma retroactiva todo el dinero cobrado, sólo hasta cuatro años hacia atrás o si sólo se aplica de aquí en adelante.

Las casas de análisis y el mercado calculan que habrá coste y que éste será de miles de millones, como reflejó la caída de los bancos en Bolsa.

"Asumiendo que la mitad de las 4,5 millones de hipotecas firmadas en los últimos diez años reclamaran, calculamos unos costes de entre 7.000 y 9.000 millones de euros, sin incluir los gastos de intereses, que son materiales", señalan en un informe de Morgan Stanley.

    El departamento jurídico de BBVA defiende que no va a haber retroactividad

En esta línea, BBVA también calcula un impacto en el peor escenario de 9.500 millones: Santander (1.646 millones), CaixaBank (1.541 millones), Bankia (953 millones), Sabadell (771 millones), Bankinter (356 millones), Liberbank (164 millones) y Unicaja (222 millones). Queda fuera BBVA porque los analistas del banco no siguen su propio valor.

Aun así, creen que el peor escenario no se cumplirá. "Bajo nuestro punto de vista, la sobreventa de hoy [por ayer] está injustificada. La sentencia no parece retroactiva", señalan los analistas de BBVA tras una consulta al departamento jurídico.
Escenario intermedio

Desde el coste cero que sugiere BBVA hasta los 9.500 millones que pone como peor escenario, hay uno intermedio que explica un informe de KBW: que los bancos sólo tengan que devolver por las hipotecas concedidas en los últimos cuatro años. En tal caso, los analistas de esta firma calculan que el coste ascendería a 1.680 millones. CaixaBank y BBVA serían los más afectados, con provisiones por algo de más de 200 millones cada una.

Las entidades consultadas se muestran de acuerdo en que la sentencia va a exigir nuevos pronunciamientos para aclarar su aplicación y asumen que va a haber incertidumbre en el mercado a corto plazo. Pero descartan cualquier tipo de provisión regulatoria por la sentencia de este jueves. Al contrario, pelearán cada euro que salga de su caja.





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Re: Viviendas e hipotecas
« Respuesta #1230 en: 19 de Octubre de 2018, 07:10:38 am »
Ayer cuando escuche la noticia y decían no se cuantos millones en retroactividad pensé.....JA, incluso para las de futuro pensé, de que forma los buitres bancarios se las van a ingeniar pra revertir esa cantidad en el cliente dentro de la hipotgeca...la banca siempre gana.



vozpopuli


Gastos hipotecarias La banca no cede: recurrirá hasta el final cualquier sentencia retroactiva

Bancos y cajas se muestran convencidos de que los tribunales les darán la razón para no pagar ni un euro de las hipotecas firmadas hasta ahora. Se enfrentarán incluso a la Agencia Tributaria si es quien les reclama

Jorge Zuloaga

Pepe Bravo


19.10.2018 - 05:15

La banca no se da por vencida y peleará hasta el último euro por el impuesto de los gastos hipotecarios. Una primera lectura de la sentencia del Supremo conocida este viernes apunta a un coste milmillonario -de hasta 9.000 millones- para los bancos.

Pero las entidades creen que la lectura es equivocada y lo que dice la letra pequeña de la sentencia es que paguen el impuesto a partir de ahora, no que devuelvan el dinero cobrado en los últimos años. Lo dejaron claro en un comunicado hecho público este jueves: "Como siempre han hecho, los bancos, a partir de esta sentencia, cumplirán con el nuevo criterio establecido por el Tribunal Supremo".

Fuentes consultadas de los bancos explican que la sentencia no es por ningún contrato abusivo y que responde a un recurso contencioso-administrativo entre un contribuyente y la Administración.

    Los bancos se acogen al artículo 73 de la ley de jursdicción contencioso-administrativa para no devolver dinero de forma retroactiva

En este escenario, añaden las entidades, la ley de la jurisdicción contencioso-administrativa, en su artículo 73, sostiene que "las sentencias firmes que anulen un precepto de una disposición general no afectarán por si mismas a la eficacia de las sentencias o actos administrativos firmes que lo hayan aplicado antes de que la anulación alcanzara efectos generales".

Por ello, los bancos consideran que la ventana para reclamar el dinero no es la banca ni los juzgados sino la Hacienda autonómica correspondiente, que en su opinión debería denegar la devolución. En caso de que aceptara las pretensiones de los clientes y luego pidiera que los bancos abonaran el dinero, estos también se negarían.
Reacciones

Francisco Uría, responsable del sector financiero de EMA y socio director de KPMG Abogados, se muestra de acuerdo con esta visión: "A diferencia de otras resoluciones recientes del Tribunal Supremo que han tenido incidencia en las hipotecas no es una sentencia recaída en el ámbito civil o mercantil sino contencioso administrativo y de índole fiscal y no contractual por lo que los efectos más evidentes se centran en este ámbito".

"En consecuencia, como efecto principal, las Administraciones publicas tendrán que devolver a los miles de contribuyentes que lo soliciten las cantidades que han abonado de forma que ahora se considera indebida, lo que constituirá un reto no sólo desde el punto de la sostenibilidad de las cuentas públicas sino también desde el de la gestión de cientos de miles o incluso millones de reclamaciones", añade.
Postura de los bufetes

Frente a esta posición, algunos despachos de abogados especializados en litigar contra las entidades, como Arriaga Asociados, Bufete Rosales o Unive Abogados, consideran que tras la sentencia del Alto Tribunal, que anula el artículo 68.2 del reglamento del impuesto, "no hay duda de que se va a producir una devolución al reclamar".

"Para los consumidores que aún continúen con el procedimiento abierto sobre nulidad de la cláusula de gastos, el cauce legal oportuno será continuar reclamando por la vía civil la nulidad de la cláusula y la devolución de todos los gastos, sin plazo de prescripción", agrega .

Desde Unive, además, apuntan que la sentencia abre vía administrativa para las empresas, que podrán reclamar el impuesto dirigiéndose a la Agencia Tributaria "reclamando la devolución de ingresos indebidos". Esta vía, en cualquier caso, tiene un plazo de prescripción de cuatro años desde que se presentó y pagó el impuesto, recuerda el director legal de reclamador.es, Ramiro Salamanca.
Asociaciones de consumidores

No obstante, la asociación de consumidores Adicae tiene una postura más prudente. "La ley dice que el impuesto lo debe pagar el banco pero el reglamento de Hacienda que la desarrolla aseguraba que corría a cargo  del cliente. Ahora lo que hace el Supremo es anular ese punto del reglamento para que se cumpla la ley y sea el banco el que pague el impuesto", explica.

Por tanto, desde esta asociación consideran que, en cuanto a la retroactividad, aún no se puede conocer el número exacto de afectados. "Todo dependerá de la interpretación que se haga de la sentencia", indica.

Desde la asociación de consumidores Asufin, Patricia Suárez espera que los bancos no sólo actúen a futuro, sino también retrospectivamente, y devuelvan todo el dinero. "No pueden seguir colapsando los juzgados especializados. Tienen la oportunidad única de ahorrarse las costas, los intereses y recuperar la confianza de sus clientes", afirma.



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Re: Viviendas e hipotecas
« Respuesta #1231 en: 19 de Octubre de 2018, 14:39:31 pm »
De justicia...bananera?


La sentencia del Supremo sobre el impuesto de las hipotecas no es definitiva: convoca un Pleno para revisar la decisión


elEconomista.es
19/10/2018 - 14:13
El Tribunal Supremo ha hecho público un comunicado este viernes en el que explica que avocará a un Pleno compuesto por más de 30 magistrados el primer caso que les llegue relativo al sujeto pasivo -a quien corresponde pagar- el Impuesto de actos jurídicos documentados (IAJD)

Lo hace, según explica en una nota el presidente de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del alto tribunal, Luis María Díez-Picazo, por tratarse la decisión conocida ayer de un "giro radical" en la jurisprudencia y habida cuenta de "su enorme repercusión económica y social".

Ahora será el Pleno quien decida si el IAJD lo paga el cliente o la banca. Ayer mismo la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Supremo señaló que el sujeto pasivo del impuesto sería la banca echando por tierra más de 23 años de doctrina legal que obligaba al hipotecado a asumir este pago.


La decisión fue histórica e inesperada porque suponía un giro de 180 grados a como se manifestó el propio tribunal el pasado mes de febrero.

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Re: Viviendas e hipotecas
« Respuesta #1232 en: 19 de Octubre de 2018, 16:26:34 pm »
Tendrán definitivamente que unificar la doctrina.

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Re: Viviendas e hipotecas
« Respuesta #1233 en: 19 de Octubre de 2018, 19:08:56 pm »
Tendrán definitivamente que unificar la doctrina.

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Es VERGONZOSO


El Rajoy más sincero indigna en su despedida de Santa Pola: “Yo estoy a favor de los banqueros, todo el mundo los critica; yo no”


 El expresidente del Gobierno sale en defensa de la banca en un audio grabado durante la comida de despedida este jueves en la localidad alicantina


Mariano Rajoy atiende a los medios en Santa Pola tras incorporarse a su plaza de registrador de la propiedad EFE
Por Emilio J. Martínez
19 oct 201816:48

Acostumbrados a sus innumerables lapsus, Rajoy ha sorprendido ahora no por un nuevo error, sino por su sinceridad en defensa de la banca. El que fuera presidente del gobierno ha vuelto al foco mediático con polémica tras su salida forzosa de la política y su posterior incorporación al Registro de la Propiedad en Santa Pola.

Precisamente en la localidad alicantina se celebró este jueves una comida organizada por notarios y registradores que querían despedirse del que ha sido durante más de tres meses su compañero ilustre de trabajo. Durante el acto, que tuvo lugar en un lujoso restaurante cercano al registro, Rajoy ofreció unas palabras a los asistentes, entre los que se encontraban banqueros.

"Gracias a todas las personas que nos acompañan. También a los banqueros. Yo estoy a favor de los banqueros, todo el mundo los crítica; yo, no", comenzó su intervención arrancando algunas risas entre los allí presentes. Hiló a continuación su improvisado discurso con el argumento de que "si no hubiera banqueros la economía iba a funcionar muy mal".

Por lo que se desprende del audio al que ha tenido acceso la Cadena Ser, el expresidente del Gobierno se dio entonces cuenta de que podrían estar grabándole. Por ello, volvió a sincerarse al señalar: "Si esto se estuviera grabando, que estoy seguro de que sí y sale, me van a dar hasta en el carné de identidad", afirmó entre más risas de sus allegados.

Estas palabras se producían el mismo día en el que el Tribunal Supremo dictaba que  era el banco –y no el cliente- el que debía abonar el impuesto de las hipotecas en una sentencia que  ha quedado en el aire tras recular el Alto Tribunal.

A la indignación por el “giro jurisdiccional” del Supremo, hay que sumar ahora la loa de Rajoy a la banca en su salida definitiva de Santa Pola. El exjefe del Ejecutivo tomará posesión de una plaza vacante del Registro Mercantil número cinco de Madrid, como él había solicitado. En su despedida de Santa Pola este jueves estuvo acompañado también por políticos del Partido Popular, entre los que se encontraban la diputada nacional original de Santa Pola, Loreto Cascales, el alcalde de Crevillent César Augusto Asencio, y el primer edil de Orihuela, Emilio Bascuñana. Este último tampoco ha escapado de la polémica al confirmar esta semana tres informes oficiales que en su etapa como médicos estuvo siete años cobrando pese a no acudir a su puesto de trabajo.

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Re: Viviendas e hipotecas
« Respuesta #1234 en: 19 de Octubre de 2018, 20:46:43 pm »
Si el Supremo revoca su decisión supondrá el mayor descrédito jamas conocido hacia la Justicia...ya nadie confiara en ella y además el.asunto se dirimirá en el Tribunal Europeo donde quizás el tirón de orejas la dejara para el.arrastre.

De nada sirve litigar si el.Supremo dice y luego se desdice

UNA VERGUENZA





La devolución del impuesto hipotecario, en el aire por el colapso de los juzgados


Los sindicatos judiciales ponen como ejemplo el juzgado 101 bis de Madrid. En él, apenas 10 jueces y 24 funcionarios tienen que dar respuesta a más de 25.000 reclamaciones. Las demandas tardan más de medio año tan sólo en llegar a la sede judicial


 JUAN CARLOS TÉLLEZ

19.10.2018 - 09:12
Mientras los usuarios celebran el cambio de criterio del Tribunal Supremo, que establece que son los bancos y no ellos quienes deben abonar el impuesto sobre Actos Jurídicos Documentados en las escrituras públicas de un préstamo hipotecario, los juzgados se echan a temblar ante lo que se prevé como una nueva avalancha de demandas contra el sector bancario.


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En los últimos meses, se cuentan por miles las demandas contra las entidades bancarias. Los motivos de litigio, desde las cláusulas suelo hasta las hipotecas multidivisa, pasando por la obligatoriedad de contratar seguros para conseguir el préstamo.

El pasado año, después de que la justicia europea obligara a los bancos a devolver todo lo pagado por las cláusulas suelo, se crearon 54 juzgados especiales en toda España hacer frente a la avalancha de demandas de los afectados. Durante todo este tiempo, se han presentado más de 260.000 demandas y tan sólo se han resuelto unas 50.000, apenas dos de cada diez.

Los juzgados se colapsan con estas demandas y la nueva sentencia del Supremo hace pensar que la situación no va a hacer otra cosa que complicarse. Un ejemplo paradigmático de la situación es el que representa el juzgado 101 bis de Madrid. Se trata de una sede judicial que se abrió en junio de 2017 para enjuiciar en exclusiva las demandas por cláusulas suelo y que se encarga ahora del amplio abanico de demandas de los usuarios contra las entidades bancarias.

24 funcionarios y miles de demandas acumuladas
El presidente del sector de Justicia del sindicato CSIF en Madrid, Juan José Carral, destaca en conversación con Vozpópuli la situación que vive este juzgado como ejemplo de lo que ocurre con estas sedes 'especializadas'. "Se trata de un experimento en el que se intuía desde el principio que se avecinaba un colapso", asegura. "La idea de origen era 'encapsular' este tipo de demandas para no colapsar la jurisdicción civil, pero con un solo juzgado ha sido peor el remedio que la enfermedad".

Madrid es, por detrás de Andalucía y Cataluña, la región que más demandas acumula; con la diferencia de que en Andalucía existen ocho juzgados -uno por provincia- destinados a estos fines y en la capital sólo este, el 101 bis. "Empezó con un juez en prácticas 10 funcionarios y 2 Letrados de la Administración de Justicia -antiguos secretarios judiciales-", destaca Carral. Ahora, 25.000 demandas después, son 10 los jueces que dan servicio, 3 Letrados y 24 funcionarios.

Juzgado 101 bis de Madrid
Juzgado 101 bis de Madrid CSIF
"Siguen siendo cifras insuficientes", denuncian desde el sindicato. "La Comunidad de Madrid está esperando que el CGPJ proponga 12 nuevos funcionarios, pero seguirá siendo poco personal", lamentan. Juan José Carral ejemplifica y compara la situación con el resto de juzgados de la capital: "Los juzgados de primera instancia de Madrid, los más antiguos, tienen 10 funcionarios por cada juez. En los más modernos, esta proporción se reduce a 8/1". Siguiendo esta media, el juzgado 101 bis debería tener un mínimo de 80 funcionarios (8 por cada juez), una cifra que dista mucho de la realidad.

Las demandas, paralizadas
¿Y quién sale perjudicado de esta falta de personal? El demandante, el hipotecado. En CSIF denuncian que, desde diciembre de 2017, las demandas están sin ni siquiera repartir. Esto supone que el retraso se va acumulando -se cuentan por miles las que aún están pendientes de tramitación-. "Para alguien que denuncie hoy, tendrá que pasar un mínimo de 6 meses para que la demanda llegue al juzgado. Después hay que minutarla, incoarla... De modo que para cuando empiece el proceso habrá pasado más de un año".

Tampoco ayuda la actitud de los bancos, que a pesar de estas sentencias contrarias, continúan litigando para retrasar el máximo tiempo posible la devolución del dinero. De hecho, ante esta nueva sentencia del Tribunal Supremo ya han anunciado que pelearán ante la retroactividad de la sentencia.

En opinión del responsable de Justicia de CSIF, la solución para descongestionar esta situación pasa, primero, por la creación de nuevos juzgados que permitan diversificar la carga de trabajo y; segundo, por dotar de más funcionarios al juzgado ya existente. Mientras esto suceda, el consejo es que tengan paciencia si han demandado a su banco o tienen pensado hacerlo en los próximos días, al menos si su hipoteca esta firmada en Madrid y le corresponde acudir al temido '101 bis'


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Re: Viviendas e hipotecas
« Respuesta #1235 en: 20 de Octubre de 2018, 06:40:48 am »
Al menos hay quien dice las cosas claro y alto.

https://twitter.com/upfiscales/status/1053354505574801409?s=12

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Re: Viviendas e hipotecas
« Respuesta #1236 en: 20 de Octubre de 2018, 07:15:42 am »

El 'affaire' de las hipotecas deja tocado al Supremo tras una "chapuza histórica"

Tanto desde el mundo de la abogacía como en el ámbito judicial se duda del control de Lesmes sobre la actividad de la institución.
Fernando Pastor
sábado, 20 octubre 2018, 04:30
      

Nadie había conocido hasta ahora en el mundo jurídico un caso como el que ha protagonizado este viernes la Sala Tercera de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo, que preside el magistrado Luis María Díez-Picazo, con su parón sobre la sentencia del impuesto sobre Actos Jurídicos Documentados (AJD) en las hipotecas. La falta de coordinación entre la sección segunda de la sala, que lanzó la sentencia a bombo y platillo, y su presidencia, que la ha congelado y ha aguado la fiesta a cientos de miles de personas que pensaban recuperar lo que pagaron por el tributo, ha levantado un tremendo cúmulo de suspicacias sobre el funcionamiento de la institución y sus salas. Diversas fuentes consultadas en el ámbito de la abogacía y la magistratura hablan sin ambages de que se ha incurrido en una "chapuza histórica".

Desde el propio Supremo se aseguraba este viernes a última hora que el presidente de la Sala Tercera había paralizado el proceso porque nadie le había informado sobre la sentencia, de la que se enteró “por la prensa”, un argumento que desde fuentes jurídicas se desecha (aunque pueda ser verdad), sobre todo después de haber visto como horas antes se justificaba la paralización de la sentencia por la “enorme repercusión económica y social” que había generado. “No se cuál de las dos excusas es peor para intentar justificar una chapuza tan grande”, señalaban fuentes jurídicas especializadas en el ámbito administrativo.

Crisis en el Supremo: el presidente de la Sala desconocía el fallo de las hipotecas

“Lo que se ha hecho es tremendo, es un fallo clamoroso del Tribunal Supremo, que lo único que hace es corroborar que funciona cada vez peor”, aseguraban este viernes fuentes judiciales conocedoras de todo el proceso. “Cuando tienes un tema que cambia de forma radical la jurisprudencia y que afecta a cientos de miles de personas, lo mínimo es hablar con el jefe”, advierten, algo que parece que nadie hizo en el Supremo con el caso del pago del impuesto sobre Actos Jurídicos Documentados (AJD).

Desde el lado de la abogacía y el derecho de los negocios, que ha asistido atónito estos dos días a lo ocurrido pendiente de si tenía que desempolvar cientos de casos archivados, lamentan que se juegue de esta manera con las expectativas de la gente, pero advierten que lo que se ha hecho, paralizando la sentencia ahora en busca de una decisión que deje claras las cosas, es lo correcto, por el momento. “Eso sí, hagan lo que hagan ahora en el Supremo, de esta no va a salir sin una pérdida tremenda de prestigio, causado además por un daño autoinfligido, que es lo más grave”, explican desde un bufete mediano que hoy mismo reabría 60 expedientes sobre pago de AJD en hipotecas que no pensaba recuperar.

Aunque desde el ámbito de la política se ha pretendido mantener el máximo respeto sobre esta cuestión, para no interferir en el Poder Judicial, fuentes cercanas al partido que gobierna advertían que “la clave ahora está en saber si Carlos Lesmes, como presidente del Supremo, tiene o no tiene el control de esa sala, y de las demás”. Tanto en el mundo político como en el jurídico, a nadie se le escapa la intachable trayectoria del presidente de la sala, Luis María Díez-Picazo, “que no tenía ninguna necesidad de poner este borrón en su curriculum”, pero admiten que es necesario saber el alcance de la sentencia y sus consecuencias, para evitar la distorsión provocada por la alarma social, y a pesar del tremendo fallo de coordinación que ha dejado al descubierto.

“Admitiendo el error de coordinación, es cierto que si el presidente de la sala no para el tema y busca la forma de poner orden, todo habría sido mucho peor”, advierten desde el entorno judicial cercano Díez-Picazo, que aseguran que “ha hecho lo mejor que podía hacer”. Hay que advertir, además, que a pesar de la fuerza que tiene el nuevo recurso de casación, hacen falta dos sentencias o más para fijar jurisprudencia sobre un tema, aunque en el caso del pago de AJD en hipotecas es inevitable frenar la repercusión social que tiene.

“Con un reglamento ilegal, hay que volver a la ley”

Tras el affaire sufrido por la sentencia de la sección segunda de la Sala de lo Contencioso, fuentes jurídicas advierten que lo más urgente ahora es convocar el Pleno de la Sala “con la mayor celeridad” para que analice la cuestión y deje claras las cosas. La cuestión no es baladí, dado que la sentencia deja cuestiones muy abiertas ante la envergadura del cambio jurisprudencial que postula. “Se ha anulado un reglamento sobre un tema muy importante en el tráfico económico y jurídico, y ahora hay que acudir a la ley del que ha emanado para interpretar quien debe pagar el impuesto, si el banco o el cliente”, advierten desde un bufete privado.

Pleno de la Sala cuenta con 30 magistrados más el presidente (Díez-Picazo), si bien serán los seis componentes de la sección segunda quienes lleven el peso del debate, dado que son los que están especializados en contratos e impuestos, según explican fuentes conocedoras del proceso. Si se tiene que analizar lo que marca la ley, una vez que se ha considerado por sentencia firme que el reglamento es nulo (es decir, como si nunca hubiera existido), lo que se establece es que debe pagar el tributo por AJD el sujeto pasivo a favor de quien se constituye el acto. Si ese acto es el registro de la escritura de la hipoteca (documento), el sujeto que pagaría sería el banco; pero si se considera que es quien se lleva el préstamo (negocio jurídico), el que paga debería ser el cliente.

“El problema es que la sentencia que se ha dictado esta formalmente motivada, pero no tiene unos argumentos contundentes como para justificar un cambio tan grande de jurisprudencia”, advierten fuentes judiciales expertas en este tema. Para la mayor parte de los juristas consultados, este es un tema que por su envergadura e importancia debería haber ido directamente al Pleno de la Sala Tercera, y no gestionarse como se ha hecho.

“No se puede lanzar una sentencia así y condenar a los bancos, que no han hecho nada ilegal, a pagar miles de millones de euros”, aseguran desde el ámbito del derecho de los negocios. “Sentencias de unificación de doctrina se hacen muchas en el Supremo y son necesarias, pero no con esta repercusión”, advierten.




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Re: Viviendas e hipotecas
« Respuesta #1237 en: 20 de Octubre de 2018, 13:59:47 pm »

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Re: Viviendas e hipotecas
« Respuesta #1238 en: 20 de Octubre de 2018, 18:12:16 pm »
Vergonzosa actuación del Supremo.



Cancelaciones de firmas e hipotecas en el aire: 24 horas de caos en el mercado inmobiliario


 El Supremo ha reculado y deja en el aire quién debe pagar el impuesto de las hipotecas: si los clientes o los bancos.

 Varios bancos han retirado de sus webs las condiciones hipotecarias. Hablamos con varias personas a las que han cancelado la firma prevista para esta semana

 Las inmobiliarias también han tenido que "paralizar sus operaciones"

 Más información:  El Supremo sume en la incertidumbre a decenas de miles de clientes afectados por el impuesto de las hipotecas


Por Analía Plaza
20 oct 201810:54

Los últimos dos días han sido confusos para Luis, un madrileño que está a punto de comprarse una casa y prefiere no dar su nombre real. El jueves, una sentencia del Tribunal Supremo señaló que es el banco, y no el cliente, el que debe abonar el impuesto sobre actos jurídicos documentados de las hipotecas. El viernes, el mismo Tribunal reculó: anunció que revisaría su propia decisión por la "enorme repercusión económica y social" que implicaba, dejando en el aire quién tiene que pagar. Y a Luis, que el viernes iba a firmar su hipoteca, le cancelaron la firma.

"Estaba prevista a primera hora de la mañana y, de camino a la notaría, se canceló. En la notaría tenían tres firmas y las suspendieron todas", cuenta, aún contrariado, al teléfono. "Hablé con el banco y en principio firmamos la semana que viene, pero soy un poco escéptico". Si todo sale según lo previsto, irá de nuevo a firmar en los próximos días y tendrá que abonar los 5.000 euros que le suponen el impuesto en cuestión. "En mi banco están despistados. Antes de ir a firmar llamé para ver si tenía que pagarlo o no, porque la sentencia del jueves era muy clara. Supongo que el lunes me dirán algo y me lo seguirán cobrando, porque tendrán que ganar tiempo hasta ver qué sucede".

El insólito revés del Supremo, anunciado el pasado viernes a mediodía, ha dejado en un limbo de incertidumbre a bastante gente: a quienes están en proceso de compra de una vivienda, a quienes la venden, a las inmobiliarias que se lo gestionan y a las propias oficinas bancarias, que aún no saben qué hacer ni cómo comunicar a sus clientes los posibles cambios en las condiciones de sus hipotecas. También a los abogados, que el jueves se frotaban las manos ante la ola de reclamaciones que les iba a llegar y el viernes ya no lo veían tan claro. "Esto nos pilla a contrapié: a la abogacía en general y a nosotros en particular por la cantidad de casos que llevamos", expone Iván Metola, CEO de la web de reclamaciones Indemniza.me. "Es inaudito que reculen por la repercusión económica que le supone a la banca".

El lío en el que se han visto los compradores afectados varía según la entidad y el momento preciso en el que tenían la firma. Diego (nombre ficticio) está a punto de firmar una hipoteca y al conocer la sentencia se puso en contacto con su banco, Kutxa Bank. La sucursal que ha visitado varias veces en las últimas semanas para cerrar el acuerdo le aseguró que todos los trabajadores iban a reunirse "para ver cómo abordaban" el nuevo escenario. "Me dijeron que esperaban instrucciones, pero no me dieron más detalles. Hoy, al conocer la rectificación, he vuelto a llamar pero ya no he tenido respuesta", explica a eldiario.es.

A Gerardo, un pontevedrés que solicita no aparecer con su nombre real, la mala noticia le pilló dando clase. "Íbamos a firmar el lunes. El miércoles me dijeron que estaba todo arreglado. El jueves la notaría recibió la información del vendedor y fui tranquilo al trabajo. El jueves por la tarde me llamaron del banco diciendo que, por la decisión del Supremo, paralizaban todas las hipotecas", narra frustrado. "El vendedor venía de Barcelona y ya teníamos el billete. El viernes por la mañana, el banco me dijo que como no sabían qué impuesto tenían que pagar no podían enviar la información a la notaría. Yo les decía: me da igual, no podéis hacerme esto".

Su banco, la Caixa Rural Gallega, suspendió todas las firmas de hipotecas el jueves tras conocer la sentencia. Como la suya era pequeña (70.000 euros), Gerardo pensó en hacer un trato independiente con el propietario. "Hablé con él y pensamos resolverlo entre nosotros. Llamamos al notario, se lo planteamos, vamos adelante... y el viernes a la una me llaman del banco, que seguimos con la hipoteca y que pagan ellos el impuesto", explica. "En ese momento me lo pensé, porque no quería tener trato con el banco. Pero lo otro era un apaño. Acepté y a los tres minutos me vuelven a llamar y me dicen que el impuesto lo pago yo. El Supremo acababa de decir que donde dije digo, digo Diego. A las dos de la tarde, con la notaría a punto de cerrar, acepté. Me dio hasta rabia porque es un banco que me ha fallado. Y tendrán su explicación, pero no se plantearon que había gente a la que dejaban tirada. Ese tirón del freno de mano es una reacción de pánico".

"Una de las piezas clave del castillo se cae"
La historia no ha sido muy diferente en algunas inmobiliarias, que de la noche a la mañana frenaron las ventas. Desde la firma Globalpiso, en el centro de Madrid, aseguran que todo explotó la mañana del viernes. Con la noticia de la sentencia del Supremo en prensa, radio y televisión, media docena de clientes pendientes de cerrar operaciones llamaron para preguntar en qué situación quedaban.

"Hay que parar las operaciones porque no sabemos qué va a pasar. Como intermediarios no podemos posicionarnos porque no queremos perjudicar a ninguna de las dos partes. Esto nos afecta enormemente, ahora mismo estamos con 4 o 5 operaciones por firmar. Nos paraliza. Una de las piezas clave del castillo se cae", informa David F. Ferreiro.

"A mis clientes en concreto no les va a afectar mucho: nosotros ofrecemos inmuebles desde lo medio hasta lo más alto. Esto afectará más a otras personas", añade Jesús Gil Marín, fundador de la Inmobiliaria Gilmar, especializada en viviendas en las mejores zonas residenciales de Madrid y la Costa del Sol.

La oferta vinculante –un documento con las cláusulas de la hipoteca que el banco está obligado a entregar al menos tres días antes de la firma– será la que salve a muchos compradores del repentino recule de sus entidades. "Nosotros tenemos tres firmas la semana que viene y no se han cancelado", afirma Elena Pérez, responsable de una oficina de Redepiso en Madrid. "No se cancela una hipoteca en 24 horas. Por ley deben darte la oferta tres días antes para que sepas qué condiciones vas a firmar. Y no se puede cambiar. No es legal que lleguen y te cambien unas condiciones de un contrato pactado. Si algún banco ha hecho eso, ha sido una reacción temeraria".

¿Qué va a pasar?
Los principales bancos españoles retiraron el jueves –cuando el Supremo dijo que el impuesto lo iban a pagar ellos– las información sobre hipotecas de sus webs y, pese al anuncio del viernes, aún no la han puesto de vuelta. El impuesto de actos jurídicos documentados es el mayor gasto de todos los hipotecarios (supone entre el 0,3% y el 5% del total), así que si finalmente les toca pagarlo reducirán su margen de beneficio. El Pleno de la sala lo decidirá en las próximas semanas.

Aunque el pleno decida revertir el "giro jurisprudencial", los abogados seguirán adelante con las reclamaciones que ya gestionaban. ¿Por qué? Porque no es la primera vez que se pronuncia en favor del cliente. En 2015 ya dictó una sentencia que establecía que las claúsulas que imponen al consumidor todos los costes del contrato eran abusivas y que esos costes debían ser compartidos. Pero no aclaraba qué debía pagar cada una de las partes. Agarrándose a eso, muchos hipotecados reclamaron que se les devolviera el impuesto en cuestión.

"Esto empezó entonces, pero se matizó tanto que resultó irreconocible. Y el jueves salta la noticia, con mucha más relevancia, del cambio de jurisprudencia. Nuestra estrategia seguirá siendo la que teníamos hasta hoy: adaptar procedimientos y modificar demandas para reclamarlo. La única sentencia que se ha dictado es la del jueves", añade el CEO de Indemniza.me. "Ya veremos en qué termina".

Otro matiz importante será a quién reclamar el impuesto: si a los bancos, por imponer cláusulas abusivas, o a Hacienda, que es la que lo ha cobrado. "La cuestión es que nadie ha declarado la abusividad", indica la magistrada Natalia Velilla a este periódico. "La sala tercera ha dicho que el artículo que regula este impuesto no es correcto". En su opinión, "la sentencia solo permitirá a los hipotecados reclamar a las haciendas autonómicas la devolución del impuesto, siempre que no hayan pasado más de cuatro años desde la escritura hipotecaria".

Los abogados consultados, sin embargo, están reclamando directamente a los bancos para evitar esa limitación de cuatro años y considerando que las cláusulas sí son abusivas. "Tú podrías reclamar a Hacienda, pero hay limitación temporal. Pero puedes reclamar al banco que te pague lo que tú pagaste a Hacienda debido a una cláusula abusiva por ese importe. El banco aprovecha que te redacta la escritura para cargarte todos los gastos", continúan desde Indemniza.me. "Y es el mayor interesado en que se inscriba esa hipoteca".

Como los clientes, los despachos son los otros grandes interesados en que el Supremo no recule y la sentencia que dicta que son los bancos los que pagan siga adelante. "Hay mucho negocio en ello", concluyen. "Sobre todo porque este es el mayor gasto de todos los hipotecarios". Si la gente lo reclama y gana, las indemnizaciones serán cuantiosas y los abogados se llevarán "unos honorarios mayores".

Los afectados consultados esperan ahora las nuevas instrucciones de sus bancos para proceder con las firmas: entienden que, salvo que ya hayan firmado la oferta vinculante sin él, de momento les tocará pagar el impuesto, que asciende a una media de 3.000 euros por hipoteca. Si el Supremo no da marcha atrás sobre su propia decisión, lo reclamarán posteriormente.

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Re: Viviendas e hipotecas
« Respuesta #1239 en: 20 de Octubre de 2018, 19:34:28 pm »
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Parece una justicia especial para los que más tienen, con prebendas y privilegios


El Pleno de la Sala Tercera del Tribunal Supremo decidirá si confirma el giro jurisprudencial de la sentencia sobre el impuesto de las hipotecas. El presidente de la Sala Tercera, de lo Contencioso-administrativo, del Tribunal Supremo, Luis María Díez-Picazo, ha emitido la siguiente nota informativa:

“Dado que la sentencia nº 1505/2018 de la Sección 2ª de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo, relativa al sujeto pasivo del Impuesto de Actos Jurídicos Documentados, supone un giro radical en el criterio jurisprudencial hasta ahora sustentado y habida cuenta, asimismo, de su enorme repercusión económica y social, el Presidente de la Sala ha acordado, con carácter urgente:

Primero. - Dejar sin efecto todos los señalamientos sobre recursos de casación pendientes con un objeto similar

Segundo. - Avocar al Pleno de la Sala el conocimiento de alguno de dichos recursos pendientes, a fin de decidir si dicho giro jurisprudencial debe ser o no confirmado”

En definitiva, el Alto Tribunal argumenta que por "su enorme repercusión económica y social" deja en manos de los 31 magistrados del pleno de la sala que decidan si deben ser los bancos o los clientes los que deban pagar dicho impuesto.

Nunca el Tribunal Supremo había reaccionado de esta manera, nunca antes había suspendido el resto de los señalamientos similares, nunca antes había convocado a su pleno para confirmar o no una sentencia, y nunca antes la gran banca había perdido en un solo día cerca de 6.000 millones de euros. Ni 24 horas ha tardado el TS en enmendar el cataclismo financiero, recuperando parte de las perdidas tan solo con el comunicado.

El Supremo no descarta dar marcha atrás en el criterio establecido el jueves que ha generado un maremoto en la banca, y cabe la posibilidad de que el Supremo vuelva a la doctrina que había mantenido y atribuya de nuevo al cliente la responsabilidad de pagar este impuesto.

El lío se organiza cuando el propio tribunal falla imputando como sujeto pasivo al banco, en cuanto al impuesto de AJD y no al titular de la hipoteca. El impuesto de actos jurídicos documentados grava determinados documentos notariales o mercantiles, entre ellos las escrituras del préstamo hipotecario. La cuota es un porcentaje del importe del préstamo (en realidad, sobre la llamada responsabilidad hipotecaria), y se gestiona por parte de las comunidades autónomas. Las hay que aplican un tipo del 0,5% como País Vasco y otras como la Comunidad Valenciana que cobran el 1,5%, por cierto, el porcentaje máximo (cómo nos cuida el gobierno del Botánico)


Caos absoluto, sorpresa e incertidumbre ante el comportamiento a todas luces extraordinario, especial y nada natural, del presidente da la sala III, da que pensar y mucho su decisión insólita, argumentándola en un “giro radical en el criterio jurisprudencial hasta ahora sustentado” como si no estuviera acostumbrado el Supremo a crear “giros” y “criterios” nuevos, no es explicable y su acción alimenta teorías de la conspiración innecesarias.

Para algunos juristas consultados al Sr. Luis María Díez-Picazo no le ha quedado más remedio que hacerlo, ya que, en su sala no midió bien las consecuencias del fallo, sobre todo en cuanto a la inseguridad jurídica creada al respecto para los intervinientes, notarios, banca, consumidores, etc.

Lo que sí queda claro ante lo acontecido es que la presión política (la devolución las tendrían que hacer las comunidades autónomas de 4 años hacia atrás, unos 2.000 millones euros) y la financiera y bancaria (cabría la posibilidad que las CCAA después del pago reclamaran a los bancos, junto a los afectados personales, que también lo harían, sin contar que algunas asociaciones de consumidores también argumentan que no habría prescripción y que todo el mundo que tenga hipoteca pudiera reclamar, de ahí los primeros datos de ayer de más 8.000.000 de afectados) parece haber funcionado, es iluso pensar que nadie se ha puesto en contacto con el presidente de la sala III para decirle “La que ha liado el pollito” .

Mientras tanto, los ciudadanos estamos perplejos, con lo que parece una justicia especial para los que más tienen, con prebendas y privilegios, y otra, curiosamente citada por el Presidente del Tribunal Supremo, el Sr. D. Carlos Lesmes, “Para los Roba Gallinas” olvidando las injusticias de los que más tienen y siendo implacable con el “Roba Gallinas”

Parece que en unos días se reunirá el pleno, esperemos se haga justicia, se mantenga el fallo y que, de una vez por todas, además de ser honrados y justos, lo parezcamos, ya que, si en una democracia como la nuestra se abre una brecha más en nuestro estado de derecho, estaremos alimentando, una vez más, a los populismos extremistas, multiplicando el hastío hacia las instituciones y manteniendo un país en estado fallido.