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Algo sobre dinero

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47ronin:
Ha caído en mis manos una resolución de la Agencia Tributaria referente a una reclamación que se le hace sobre las ayudas para la salud, tales como gafas, lentillas, prótesis dentales u otras, en la que el reclamante manifiesta que dichas ayudas no deberían ser gravadas con el porcentaje aplicado en nómina, y por ello solicita la devolución de ese porcentaje.

La Agencia Tributaria le contesta:

Respecto a aquellas ayudas que tengan como finalidad el tratamiento o restablecimiento de la salud, se considera que no constituyen renta gravable en el IRPF, pues se entiende que no puede apreciarse una afluencia de riqueza ya que las mismas sólo persiguen el citado tratamiento o restablecimiento.

Le reconocen el reintegro del tipo aplicado a esa cantidad y los intereses de demora desde que se produjo la retención.


Así que ya lo sabeis, si durante los a?os 2002, 2003, 2004 y 2005, que serían los a?os reclamables, habeis tenido ayudas sobre esos conceptos a los que le han sido de aplicación los porcentajes en cada caso, podeis dirigir un escrito a la Agencia Tributaria reclamando la cantidad aplicada y los intereses.

calvos:
Oye ronin, y que valdria solo con poner las cantidades de las nominas afectadas o ,los importes solicitados en los impresos que se realizan  para pedir las ayudas   ;guit;

47ronin:
Puede ser un modelo de solicitud:



A LA AGENCIA TRIBUTARIA

D.                 , titular del D.N.I. número          , con domicilio a efectos  de notificaciones  legales en la calle                        teléfono                ante esa Agencia comparezco y como mejor proceda en Derecho,

                                                         DIGO 

Que por medio del presente escrito formulo RECLAMACIÓN ADMINISTRATIVA de conformidad con las siguientes:

                                                   ALEGACIONES

Primera. En el ejercicio 2002, en la nómina del mes de Febrero he percibido la cantidad de XXX,XX euros en concepto de  prótesis dental aplicando a esa cantidad la retención del 18% en el IRPF, y en la nómina del mes del junio de ese a?o he percibido la cantidad de XXX,XX euros en concepto de prótesis dental aplicándose a esa cantidad la retención del 17% en el IRPF.

Segunda. En el ejercicio de 2003, en la nómina del mes de julio he percibido la cantidad de  XXX.XX euros en concepto de prótesis dental aplicándose a esa cantidad la retención del 17% en el IRPF.

Tercera. En el ejercicio de 2004,  en la nómina del mes de Junio he percibido la cantidad de XXX.XX euros en concepto de gafas o lentillas aplicándose a esa cantidad la retención del 18 % en el IRPF, en la nomina del mes de Julio he percibido la cantidad de XXX,XX euros en concepto de gafas o lentillas aplicándose a esa cantidad la retención del 19% en el IRPF. y en la nómina del mes de Octubre he percibido la cantidad de XXX,XX en concepto de prótesis dental aplicando a esa cantidad la retención del 19 % en el IRPF.

Cuarta. En  el  ejercicio de 2005, en la nómina del mes de abril he recibido la cantidad de XXX,XX en concepto de prótesis dental aplicándose a esa cantidad la retención del 19% en el IRPF.

Quinta. Ni en la ley 40/1998, de 9 de diciembre sobre el Impuesto de la Renta de las Personas Físicas, ni en leyes concordantes he encontrado preceptos que indiquen que a las ayudas económicas cuya finalidad sea el tratamiento o restablecimiento de la salud constituyan renta gravable en el IRPF, ya que esas ayudas no persiguen riqueza sino el tratamiento de la salud,  por lo que esas cantidades están exentas de tributación y por tanto de retención.

Por lo anteriormente expuesto
                                               SOLICITO

Que teniendo por presentado este escrito se sirva admitirlo, se estime mi pretensión y se acuerde rectificación de autoliquidaciones de los ejercicios 2002, 2003, 2004, 2005  y se proceda a efectuar las devoluciones correspondientes más los intereses de demora devengados hasta la fecha de ordenación del pago.

Por ser de justicia, que pido en Madrid a 



Fdo.

47ronin:
La "complicación", tener las nóminas de todos los a?os reclamables para poder incluir en la solicitud las cantidades, los meses y el porcentaje aplicado.

Pero vamos, que a tenor de esa resolución, y de otras que seguro existirán, estas ayudas deben estar exentas de aplicación porcentual para IRPF y por ende se puede reclamar la devolución de las cantidades retenidas.

mimi:
En mi municipio conseuimos que no fuese gravoso.

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