Autor Tema: Algo sobre dinero  (Leído 156873 veces)

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Re:Algo sobre dinero
« Respuesta #1100 en: 19 de Junio de 2017, 10:13:56 am »
Cobra Desde dos euros por reservar
El último truco de Ryanair para cobrarte una comisión por tu asiento

La aerolínea ya no coloca a los pasajeros en asientos seguidos por defecto al reservar. Solo podrá asegurarse de que viaja al lado de su acompañante si paga un sobrecoste a mayores

J. C. P.

17.06.2017 – 14:26 H.

Ryanair se ha sacado un nuevo as de la manga para contrarrestar los bajos precios que oferta en sus vuelos. El último truco de su presidente Michael O'Leary para mejorar los ingresos de la compañía es cobrar por asegurarse de que podrá viajar junto con sus acompañantes.

Antes, si usted realizaba la reserva de dos, tres o más billetes, el sistema le asignaba asientos numerados y seguidos por defecto. Sin embargo, O´Leary se ha dado cuenta de que tener al lado a su acompañante durante un vuelo también tiene un precio. Actualmente, la compañía cobra desde dos euros por las peores plazas hasta más de diez por los asientos de las primeras filas, dependiendo del vuelo.


Ventana emergente que aparece en el web de Ryanair si decides no reservar tu asiento.

El servicio digital de venta de billetes es insistente en este sentido. Si se decide avanzar en el proceso de compra sin reservar asiento, la propia página web lanza una ventana emergente haciendo tres advertencias. Si no reserva su asiento:

1.- Puede que le asignemos un asiento en medio del avión

2.- Le asignaremos un asiento aleatoriamente

3.- Puede que no se pueda sentar junto a su compañero de viaje

Además de persuadirle para que reserve con el argumento de que puede ir "en medio del avión" por que le van a dar una plaza" aleatoriamente" –algo que ya venía haciendo la compañía de manera habitual– introduce la variable de no asignar sus asientos seguidos, por lo que con toda probabilidad su compañero o compañeros y usted viajen separados en el avión, como explicita claramente en la infografía de la ventana emergente que aparece en su web cuando alguien se propone comprar sus billetes sin reservar asientos.

En el primer trimestre de 2017, la compañía refleja cómo compensó la caída del 13% del precio de los billetes, hasta un media de 41 euros, con un aumento del 13% de los ingresos complementarios. "Los ingresos complementarios aumentaron un 13%, hasta los 1779,6 millones de euros impulsados por una sólida actuación en reserva de asientos, prioridad de embarque, alquiler de coches, seguros de viaje u hoteles", explica la aerolínea. Ryanair achaca la mejora de ingresos por este tipo de 'pluses' a las continuas mejoras de su página web así como al desarrollo de su aplicación móvil.

Ryanair prevé más viajes hacia España y más baratos por la inestabilidad del Mediterráneo
Juan Cruz Peña
La compañía pronostica en sus últimos resultados que el cambio de vuelos desde Turquía, Egipto o el norte de Africa a España y Portugal presionará los precios por el exceso de capacidad

Estos ingresos complementarios suponen el 27% de las ventas de la compañía. Su objetivo es que para marzo de 2020 la facturación por servicios complementarios representen el 30% del total de ventas.

El Confidencial se puso en contacto con Ryanair para conocer la fecha exacta desde la que ya no se venden seguidos los billetes que hace un mismo comprador. Entre la información solicitada, también se pedía saber desde cuándo en su sistema de reservas de la web aparece una ventana emergente que alerta de las complicaciones que supone sacar la tarjeta de embarque sin pasar por caja para reservar el asiento. La compañía se limitó a decir que "no ha habido ningún cambio" y rechazó responder a los detalles requeridos.

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Re:Algo sobre dinero
« Respuesta #1101 en: 06 de Diciembre de 2017, 08:54:17 am »

Una juez anula el protocolo catalán contra la pobreza energética

    Acepta el recurso presentado por Endesa al entender que el protocolo incurre en un defecto de forma y de competencias

    Considera que la prohibición de interrumpir el suministro es competencia del Estado, por ser quien determina las bases y coordinación de la planificación general de la actividad económica y las bases de régimen minero y energético

infoLibre Publicada 05/12/2017 a las 21:07 Actualizada 05/12/2017 a las 21:08
 
La titular del Juzgado Contencioso Administrativo 2 de Barcelona, Elsa Puig, ha anulado este martes el protocolo de medidas urgentes para afrontar la emergencia en el ámbito de la vivienda y la pobreza energética por un defecto de forma y de competencias, aceptando el recurso interpuesto por Endesa, ha informado Europa Press.

El fallo, consultado por Europa Press, se refiere a una demanda presentada contra la Agencia Catalana de Consumo (ACC) de la Generalitat, la Federació Catalana de Municipis (FCM) y la Associació Catalana de Municipis (ACM).

La compañía alega que el protocolo es una disposición general de desarrollo de la Ley de pobreza energética de 2015, por lo que incurre en diferentes causas de nulidad de pleno derecho por vulnerar competencias estatales y "no haberse seguido en su elaboración el procedimiento establecido para las disposiciones de carácter general".

También alega como motivo de nulidad el hecho de haber sido aprobado por un órgano que considera "incompetente (la ACC), cuando, en su caso, debió de haberlo aprobado el Gobierno de la Generalitat".

Y añade como argumentos su falta de publicación y el hecho de que el protocolo establece ex novo la obligación de las empresas suministradoras de mantener el suministro a ninguna persona que esté en un supuesto riesgo de exclusión cuando esta previsión no se recoge en la ley de 2015.

La parte demandada alega que el protocolo es una "guía para facilitar a los agentes implicados la aplicación de la normativa en materia de pobreza energética", por lo que, a su juicio, no es una disposición general.

Competencia del Estado

La juez considera que la prohibición de interrumpir el suministro es competencia del Estado, por ser quien determina las bases y coordinación de la planificación general de la actividad económica y las bases de régimen minero y energético.

"Nuestro Tribunal Constitucional ha declarado que es el Estado el competente para establecer con carácter básico los sistemas de ayuda al consumidor vulnerable, sin que las comunidades autónomas puedan establecer que ese sistema sea el de prohibir la interrupción del suministro si no se ha incluido previamente por el Estado", dice la juez.

"Acto nulo de pleno derecho"

Según la juez, el contenido del protocolo es propio de una disposición general que no se aproxima a las leyes vigentes en el momento de su aprobación: "De ahí que, no habiéndose aprobado por el Govern de la Generalitat, es un acto nulo de pleno derecho".

Consciente de la "grave situación" que atraviesan personas en situación de vulnerabilidad, defiende que cada Administración debe actuar en ejercicio de sus competencias, de ahí que la Generalitat o los ayuntamientos podrán establecer ayudas para hacer frente a los impagados de las familias que lo necesitan. "Pero no pueden establecer una medida que afecta a las competencias estatales", alega la juez en el fallo, sobre el que cabe la interposición de recurso.

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Re:Algo sobre dinero
« Respuesta #1102 en: 10 de Diciembre de 2017, 08:13:22 am »
casi tres millones menos de asuntos en dos años

La nueva vía civil (de pago) hunde las reclamaciones por accidente de tráfico

La despenalización de los accidentes, en vigor desde 2015, ha conllevado un descenso alarmante de los procedimientos judiciales. Ahora hay que acudir a la jurisdicción civil, que tiene unos costes

David Fernández

Tiempo de lectura6 min
09.12.2017 – 17:40 H.

La despenalización de los accidentes de tráfico, que suprimió los juicios de falta a mediados del año 2015, ha conllevado una alarmante disminución de las reclamaciones judiciales. Los datos revelan que en los dos últimos años los asuntos penales de los juzgados españoles (donde antes se trataban las denuncias en temas de seguridad vial) han bajado de 6,1 millones en 2014 a 3,3 millones en 2016, casi tres millones de asuntos menos. La clave está en la reforma que el Gobierno impulsó para modificar el Código Penal, materializada en la Ley Orgánica 1/2015, de 30 de marzo, que entró en vigor en julio de 2015 pero se empezó a aplicar en septiembre.

Esta reforma despenalizó los accidentes de tráfico, obligando a todas las víctimas a demandar a las aseguradoras por la vía civil, que tiene unos gastos, frente al sistema anterior, que era por la vía penal y sin gastos. Aunque el Consejo del Poder Judicial no desglosa la causa de los asuntos judiciales, sus estadísticas demuestran una tendencia preocupante. En 2012, 2013 y 2014 los asuntos penales que ingresaron en los juzgados españoles superaron los seis millones cada año. "Un alto porcentaje de estos asuntos estaban relacionados con incidentes de seguridad vial", señalan fuentes jurídicas.

En 2015 llegó la reforma. Aunque solo se empezó a aplicar en los últimos cuatro meses del año, los asuntos penales ya tuvieron un descenso, hasta los 5,8 millones. El gran cambio se vivió en 2016, cuando ya no se podía recurrir a la vía penal. Estos asuntos bajaron a 3,3 millones, un descenso del 45% con respecto a 2014. Los datos también revelan que la reforma del Código Penal no ha provocado un trasvase de los asuntos penales a los civiles. En 2014 ingresaron en los juzgados españoles 1,84 millones de estos asuntos, cifra que subió a 1,97 millones en 2015 y que bajó a 1,86 millones en 2016.

"Al despenalizarse los accidentes de tráfico tendrían que haberse incrementado las reclamaciones en la vía civil, pero no se ha producido. ¿Por qué? Porque la vía penal era gratuita y la vía civil conlleva un coste que hace que muchos de los afectados renuncien a ir a un juzgado", señala Manuel Castellanos, abogado y presidente de la Asociación Nacional de Abogados de Víctimas de Accidentes (Anava). Esto ha tenido otra consecuencia. "El sector asegurador se ha salido con la suya. Hay menos casos y por tanto paga menos indemnizaciones, suben sus beneficios", sentencia Castellanos.

Y es que en 2015 hubo además otro importante cambio legislativo. La Ley 35/2015, de 22 de septiembre modificó el baremo de las compensaciones que reciben las víctimas de tráfico. Un nuevo baremo que entró en vigor el 1 de enero de 2016, que aunque mejoraba las indemnizaciones de las víctimas mortales y de las más graves disminuyó el las de las leves, la gran mayoría. Así, un día de baja laboral pasó de pagarse de 58 a 52 euros diarios. La patronal del sector, Unespa, aún no tiene datos cerrados del año 2016, por lo que no es posible constatar si estas dos reformas legales han provocado una disminución de las indemnizaciones que han pagado por accidentes de tráfico.

Lo que sí revelan los datos de UNESPA es que el número de coches asegurados ha crecido y los incidentes de tráfico que pueden desembocar en un proceso judicial se han mantenido estables. En 2014 hubo 553.600 partes de lesiones y 2,56 millones de partes con daños materiales, cifras que pasaron en 2015 a 567.000 y 2,49 millones respectivamente. Es decir, no se ha producido un descenso en la actividad vial que haya podido provocar una bajada del 45% en los procedimientos judiciales. "Sin olvidar que el nuevo baremo fija además condiciones y requisitos muy restrictivos para las víctimas frente al sector asegurador", señala Manuel Castellanos.

De Valdemoro (2,6€) a Alcorcón (104€): el calvario de reclamar un accidente en Madrid
David Fernández

La reforma del Código Penal conlleva nuevos gastos (antes gratuitos) para las víctimas. La asociación de abogados Anava pide que no se pague la tasa por copia de un atestado policial

Se refiere al artículo 7 de la Ley 35/2015, la del nuevo baremo, que regula la reclamación de oferta motivada. Un trámite que obliga a todo afectado por un accidente de tráfico que quiera recibir una indemnización de su aseguradora a presentar a su compañía esa oferta motivada. Es la víctima la que debe presentar partes médicos, justificantes de las facturas del arreglo del vehículo, un informe pericial privado y una copia del atestado policial. Todo lo paga la víctima. Los seguros tienen tres meses para responder. Si la víctima no está de acuerdo, acude entonces al juzgado, donde se suman nuevos costes.

Estos costes (notario, procurador, perito de parte, abogado, el riesgo de condena en costas...) hace que cada vez más accidentados desistan de pleitear por la vía civil para poder recibir una compensación por parte de la aseguradora, cuando antes el juicio de faltas era gratuito. "Ahora, puedes ir por la vía penal si un vecino te insulta, pero si uno te atropella sin querer en un paso de peatones no lo puedes hacer, tienes que ir por la vía civil", afirma Castellanos. ¿Qué cambios incluyó la reforma del Código Penal?

El ministro de justicia, Rafael Catalá (segundo por la izquierda), en la presentación del nuevo baremo de valoración de daños y perjuicios de accidentes de tráfico, junto a representantes de Unespa.
El ministro de justicia, Rafael Catalá (segundo por la izquierda), en la presentación del nuevo baremo de valoración de daños y perjuicios de accidentes de tráfico, junto a representantes de Unespa.

Las faltas y todos los procedimientos que no son considerados delitos están despenalizados y se han convertido en infracciones administrativas o han sido reconducidas a la jurisdicción civil. Por ejemplo, un vehículo golpea por detrás a otro. El conductor de este último sufre lesiones leves. Antes podía interponer una denuncia penal, que salvo imprudencia grave del otro conductor, se tramitaba como un juicio de faltas. Ahora este caso ha pasado a un juzgado civil, sin que quepa una condena penal aunque sí el pago de una responsabilidad por los daños y perjuicios.

No obstante, todavía hay algunas lesiones por accidente de tráfico que siguen penalizadas, es decir que se siguen tramitando por la jurisdicción penal, bien como delito leve (lesiones graves por imprudencia leve), bien como delito de imprudencia grave con lesiones más leves. Por ejemplo, ir a 120 kilómetros por hora en una vía limitada a 50. En su última memoria (del año 2016 presentada en 2017), la Fiscalía General del Estado calificaba de "alarmante" cómo se ha entendido en los juzgados esta reforma del Código Penal en materia de seguridad vial.

la Fiscalía califica de "alarmante" cómo se ha entendido en los juzgados la reforma del Código Penal, con una "devaluación" de la respuesta penal

"En las lesiones no especialmente graves se ha tendido por los juzgados al dictado de autos de archivo –incluso cuando hay indicios de imprudencia grave como en atropellos a peatones–, o el dictado indiscriminado de resoluciones de sobreseimiento libre, sin una mínima instrucción que aclare la gravedad de la imprudencia o la existencia de resultados lesivos. Son prácticamente inexistentes las incoaciones directas de procedimientos por delitos leves de imprudencia menos grave, con el riesgo que supone de devaluación de la respuesta penal frente a los siniestros viales y protección de las víctimas, en un mal entendido alcance de la reforma, llegando al punto de que en algunas provincias no se ha llegado a celebrar juicio alguno por delito leve en materia de imprudencia menos grave en el ámbito de la siniestralidad vial". En materia penal también han caído las diligencias abiertas. De las 108.843 que hubo en 2014 se pasó a 98.203 en 2016

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Re:Algo sobre dinero
« Respuesta #1103 en: 11 de Febrero de 2018, 07:54:02 am »


Con el lema “Cambia de bando”

IU lanza una campaña para que los clientes de Iberdrola, Endesa y Gas Natural se den de baja

Está difundiendo entre sus militantes un manual que ayuda a hacer los trámites para abandonar a las grandes compañías eléctricas y pasarse a “cooperativas verdes”

Iberdrola y Endesa se han convertido en el nuevo blanco de Izquierda Unida. El partido que lidera Alberto Garzón apuesta por las llamadas “cooperativas verdes” y quiere que tanto sus militantes, como el resto de usuarios, “cambien de bando” y acaben con el “abuso” de las grandes compañías eléctricas.

Alberto Garzón. Alberto Garzón.

05/02/2018 01:00

“¿Harta de que te estafen en cada factura de la luz? […] Pues:¡Cambia de Bando! Deja de financiar a las grandes compañías a través del recibo de la luz y pásate a las comercializadoras que estén claramente posicionadas en la transición energética”. Con este discurso, IU está llamando a sus militantes a abandonar a las grandes compañías eléctricas.

Tal y como ha podido confirmar El Confidencial Digital, el partido de Garzón está difundiendo un manual, también alojado en su página web, para que sus militantes, y el resto de ciudadanos, abandonen a las empresas tradicionales -citan expresamente a Iberdrola, Endesa y Gas Natural- y se pasen a las llamadas “cooperativas verdes”.

Para lograr ese traspaso en el servicio, Izquierda Unida comparte una “guía de migraciones” http://www.izquierda-unida.es/sites/default/files/doc/Guia_de_Migraciones.pdf , en la que se establecen los pasos a seguir para realizar el cambio de compañía:

--“Sólo es necesario ponerse en contacto con la comercializadora verde elegida, a través de su página web o bien por teléfono, y solicitar el cambio. Sólo necesitarás tener a mano alguna factura de tu actual compañía eléctrica y tu número de cuenta bancaria. Facilitando esos datos, ellas se harán cargo de todo, y te enviarán la documentación necesaria a casa, para que puedas enviar copia de tu DNI y finalizar el trámite”.

Además, añaden los datos de contacto de varias de esas cooperativas eléctricas, entre las que destacan Solabria, Som Energía, Goiner, Econactiva, Nosa Enerxía y Zenzer; y también de las llamadas empresas verdes, como Ecoactivos y Enercoluz.

Las eléctricas conocen esta campaña

El Confidencial Digital ha contactado con las grandes empresas eléctricas para saber si conocen la campaña de Izquierda Unida y cuál es su opinión al respecto.

Las fuentes consultadas confirman que la iniciativa de IU es conocida en el negocio aunque, en su opinión, está llena de inexactitudes: “Decir que no estamos implicadas en la transformación del sector es falso, ya que existe un plan para convertir el mercado en 100% renovable en 2050”.

Además, lanzan la siguiente advertencia a los de Garzón: “Tienen derecho a recomendar lo que quieran, pero si la campaña va por derroteros que llevan a lo ilegal, tomaremos medidas”.

Por último, y preguntados por la repercusión de las cooperativas verdes, los representantes de las grandes compañías aseguran que “no tienen incidencia”, ya que “no han dado todavía el paso de generar suficiente energía propia”. Así las cosas, concluyen, “cuando no tienen suficientes medios para cumplir con el servicio contratado, nos tienen que comprar la energía a nosotros”.

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Re:Algo sobre dinero
« Respuesta #1104 en: 19 de Febrero de 2018, 12:17:50 pm »


Las empresas presionan para meter en el recibo la red de carga del coche eléctrico


Competencia aprobará esta semana el informe sobre el decreto del Ministerio de Energía que simplifica los requisitos de la recarga 

SANTIAGO CARCAR
Lunes, 19 Febrero 2018, 04:30

Las empresas, todas, intentan ahorrar costes para lustrar resultados. Pero en algunos sectores, la inercia de cargar esos costes al bolsillo de los usuarios está muy arraigada. Surge casi de forma automática. Está pasando con los planes para facilitar la extensión del vehículo eléctrico. El futuro parque de vehículos no contaminantes necesita, sobre todo, una red de puntos de recarga. El Ministerio de Energía pretende flexibilizar la normativa, pero surge un problema: ¿Quién paga la red de postes? ¿Los fabricantes, las distribuidoras de electricidad o los usuarios?

Las eléctricas no tienen dudas. Quieren que el coste de la red de carga del vehículo eléctrico vaya a parar a la tarifa eléctrica; que sea, en otras palabras, uno más de los costes regulados que contiene el recibo de la luz. Las empresas han presionado para lograr ese objetivo en los últimos meses.


 
Mira también
España incumplirá el objetivo renovable de 2020 pese a las últimas subastas
La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC), recibió en noviembre -para su informe- el borrador de decreto del Ministerio de Energía que pretende facilitar la gestión y la implantación de los puntos de recarga para el coche eléctrico. Con el encargo llegaron, como es habitual, las ideas y recomendaciones de las partes interesadas en el proceso. Por parte de las distribuidoras de electricidad, según fuentes al tanto del proceso, la idea estuvo clara desde el principio: instalarían puntos de recarga, pero esa inversión debería ser considera como un peaje más en el recibo de la luz.

La posición de Competencia

La CNMC aprobará esta semana el informe previsto sobre el decreto de Energía. Pero no contendrá la "sugerencia" de las compañías. Por dos razones: porque la instalación de puntos de recarga -electrolineras- puede ser perfectamente una actividad en competencia y porque, según explican fuentes del organismo, "las normas comunitarias no permiten financiar esa red con cargo a costes regulados".


Gráfico diesel
Las pretensiones de las empresas respecto a la red de recarga tienen que ver más con la inercia del sistema -con una tarifa en la que más del 40% son elementos ajenos al precio de la energía- que a la importancia de la inversión a acometer. Empresas, fabricantes y asociaciones todavía no enseñan las cartas. Nadie pone números sobre la mesa, por lo que todavía está por determinar cuántos coches eléctricos serán necesarios para hacer rentable el negocio de los postes o qué tarifas será necesario aplicar para obtener un beneficio razonable.

Mientras el negocio se aclara, los únicos números "oficiales" son los recogidos en los informes de la CNMC. Sus previsiones sobre el coche eléctrico para 2020 son modestas (página 145, Informe de Supervisión): en torno a 34.000 vehículos eléctricos en circulación aunque con una senda de crecimiento que en el mejor de los escenarios, allá por 2030, llevará a que un 20% del parque móvil esté compuesto por coches y furgonetas eléctricos.

Un cambio profundo

El cambio es profundo. Las empresas están preparando el terreno. Endesa tiene previsto instalar hasta 600 puntos de recarga de acceso público por todo el país e Iberdrola, a punto de anunciar nuevos planes en movilidad eléctrica, ofrece a los clientes instalar el punto de recarga y la asistencia técnica por un precio mensual módico.

Para impulsar el cambio al coche eléctrico, el Ministerio de Energía ha decidido flexibilizar por decreto los requisitos que se exigirán a las futuras electrolineras: cualquier sociedad mercantil, consumidora de energía eléctrica podrá darse de alta como gestor de carga; podrá, además, subcontratar la gestión de los postes con una empresa especializada y no tendrá que dar información anual de la actividad a la Administración como hasta ahora. El objetivo: extender la red de recarga de los vehículos eléctricos más allá de los domicilios para facilitar e incentivar su uso. Lo del precio está por ver.

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« Respuesta #1105 en: 28 de Febrero de 2018, 15:47:40 pm »


El Supremo dictamina que el cliente y no el banco debe pagar los gastos de las hipotecas

 El Alto Tribunal permite a la banca cargar al cliente el impuesto de actos jurídicos documentados asociado a la constitución de una hipoteca



El Supremo dice que el cliente y no el banco debe pagar los gastos de hipotecas
Por Economía , EFE
28 feb 201812:21

El Tribunal Supremo ha decidido este miércoles que es el cliente y no el banco el que debe hacerse cargo de los gastos e impuestos de constitución de una hipoteca.

OCULTAR PUBLI X
El pleno de la Sala primera del Alto Tribunal ha decidido en relación a dos recursos relativos a reclamaciones de consumidores contra cláusulas de escrituras de préstamo con garantía hipotecaria, que atribuían a los particulares todos los gastos e impuestos generados por la operación. Y, en líneas generales, el Alto Tribunal se inclina a favor de la banca, que va a librarse de hacer frente a una devolución masiva de gastos a los hipotecados.


El tribunal ha partido de su propia jurisprudencia sobre la abusividad de una cláusula que, sin negociación y de manera indiscriminada, atribuye en todo caso el pago de los gastos e impuestos al consumidor, a pesar de que la ley, según los distintos supuestos, hace una distribución de los mismos.

La sentencia establece que por la constitución del préstamo, el pago del principal gasto, el del impuesto de Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados, debe seguir corriendo a cargo del cliente, esto es, el prestatario. Por los documentos notariales (el papel timbrado), el gasto sí debe repartirse a partes iguales; y en cuanto a las copias, correrá a cargo de quien las solicite.

OCULTAR PUBLI X
Sin embargo, en su sentencia de diciembre de 2015 el Supremo sí dictaminó la "abusividad" de una cláusula que, "sin negociación y de manera indiscriminada", atribuye todo el pago de los gastos e impuestos al consumidor, a pesar de que la ley hace una distribución de los mismos, y por tanto declaró nulas todas las cláusulas que imponían al cliente todos los costes de concertación del contrato y del pago de todos los tributos en los que el sujeto pasivo es el banco, según informa Europa Press.

En aquella ocasión, la sentencia del Supremo se derivó de una acción colectiva de la OCU, que solicitaba la nulidad de múltiples cláusulas de varios contratos bancarios del BBVA y del Popular.

Por eso, la sentencia de este miércoles del alto tribunal se refería únicamente a quién debía pagar el impuesto de Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados, y ha estimado sólo parcialmente los recursos de casación interpuestos por los consumidores afectados, dado que ha determinado que el grueso de estos impuestos, relativo a la constitución del préstamo, debe pagarlo el cliente.

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« Respuesta #1106 en: 11 de Abril de 2018, 14:26:57 pm »

La Agencia Tributaria contrata a dedo el ‘call center’ para la cita previa de la Renta por 2,3 millones


 Recurre al procedimiento negociado sin publicidad "por responder a una necesidad inaplazable" y a una "situación de extrema urgencia"

 Argumenta falta de tiempo para adjudicar el contrato por la vía ordinaria tras un recurso que paralizó esa licitación hasta el pasado 12 de marzo

 El contrato se adjudicó el 9 de marzo, el día en que entró en vigor la nueva Ley de Contratos Públicos



El director general de la Agencia Tributaria, Santiago Menéndez. EFE
Por Antonio M. Vélez
10 abr 201820:40

La Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT) ha adjudicado a dedo, por el procedimiento negociado sin publicidad y a la única empresa que presentó oferta, el servicio telefónico de cita previa para la campaña de la Renta que acaba de arrancar.


Según consta en la plataforma de contratación del Estado, el contrato se ha  adjudicado por ese procedimiento "por responder a una necesidad inaplazable" y a una "situación de extrema urgencia" a la empresa sevillana Servinform, una de las mayores del sector en España, que ha empezado a prestar el servicio a cambio de 2.378.491,61 euros más IVA.


La adjudicación data del pasado 9 de marzo, fecha de entrada en vigor de la nueva Ley de Contratos Públicos impulsada por el Ministerio de Hacienda para cumplir con una directiva europea y poner coto a la corrupción y la arbitrariedad en la contratación pública. Esta norma establece en su artículo 168 que se podrá recurrir al procedimiento negociado sin publicidad cuando "una imperiosa urgencia resultante de acontecimientos imprevisibles para el órgano de contratación y no imputables al mismo, demande una pronta ejecución del contrato que no pueda lograrse mediante la aplicación de la tramitación de urgencia".

A preguntas sobre este asunto, fuentes de la AEAT señalan que el organismo dependiente de Hacienda no ha tenido más remedio que recurrir a esta vía, el negociado si publicidad, para este "contrato puente", por falta de tiempo para adjudicar el servicio por el procedimiento ordinario.

La agencia  sacó a concurso este servicio el 19 de enero (más tarde que otros años) por un importe de 3,82 millones, con el objetivo de que entrase en vigor en abril, coincidiendo con el inicio de la campaña de la Renta y la expiración del anterior contrato.


Sin embargo, según la AEAT, la presentación de un recurso a la licitación ha tenido paralizado el expediente hasta que el pasado 12 de marzo el Tribunal Central de Recursos Contractuales (dependiente de Hacienda) dio su visto bueno al procedimiento y levantó la suspensión del concurso.

Entonces, "aún quedaba mucho y no llegábamos a la campaña. Por eso hubo que hacer el otro rápido", indica un portavoz de la agencia, que no precisa qué empresa recurrió los pliegos ni facilita la resolución del tribunal, que no es pública.

Ese portavoz dice que "en absoluto" se trata de un contrato adjudicado a dedo: "Se pidieron tres ofertas, como siempre. No es responsabilidad nuestra que solo se postulara una". El "contrato puente" recién adjudicado, explica, cubre el periodo comprendido entre abril y junio, que concentra el 33% de los aproximadamente 4 millones de llamadas anuales que recibe el servicio de cita previa de la AEAT.

La adjudicataria, con la que eldiario.es ha intentado contactar sin éxito,  señala en su web que "va a destinar 600 personas para llevar a cabo la Atención al Contribuyente de la campaña del borrador de la Renta, durante los meses de abril, mayo y junio del 2018".


La adjudicación de este servicio ya ha propiciado algún quebradero de cabeza para la agencia en el pasado. En 2013, la AEAT decidió encomendar su servicio de cita previa a la empresa Konexta BTO, que como informó eldiario.es había sido sancionada por realizar un ERE encubierto. Tiempo después, los pliegos de esta adjudicación fueron criticados por el Tribunal de Cuentas, que en un  informe de fiscalización publicado en 2017 destacó la "falta de claridad" en los criterios de valoración de las ofertas y advirtió de una posible "merma en las garantías de la objetividad del proceso de valoración de ofertas".


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« Respuesta #1107 en: 13 de Abril de 2018, 15:30:57 pm »

Condenan a Gas Natural a pagar casi 7 millones de euros por la explosión de Gaspar Arroyo


El juzgado da por probado que hubo una fuga en la válvula de acometida al edificio número 4 en una sentencia histórica y "pionera" en España, según la asociación

Así quedó la Calle Gaspar Arroyo de Palencia tras la explosión de 2007 / ICAL

CADENA SERPalencia 12/04/2018 - 11:39 h. CEST
Casi once años después de producirse la tragedia, se produce una sentencia histórica en Palencia. El Juzgado de Instrucción número 1 de Palencia ha condenado a la empresa Gas Natural y a la compañía aseguradora Mapfre al pago de casi 7 millones de euros en concepto de indemnizaciones por daños y perjuicios por la explosión de gas del 1 de mayo de 2007 en la calle Gaspar Arroyo.


MÁS INFORMACIÓN
Aínsua: "La sentencia castiga la prepotencia de las grandes multinacionales"

El suceso que se saldó con nueve muertos y una treintena de heridos,  produjo además el derrumbe tres edificios y cuantiosos daños en otros que tuvieron que ser abandonados durante un periodo de tiempo por sus inquilinos. Estamos ante una resolución “pionera en España”, según la Asociación de Víctimas.

La sentencia no es firme, y contra la misma cabe recurso ante la Audiencia Provincial de Palencia. Da por probado que se produjo una fuga en la válvula de acometida en el número 4 ante el deficiente estado del tubo de polietileno que se encontraba suelto.

La resolución supone que no se dé credibilidad a la tesis que mantenía Gas Natural que defendió que el origen de la deflagración pudo estar en una bombona. Los demandantes, y en especial la Asociación de Víctimas por la explosión de gas, se apuntan un importante e histórico éxito tras ver cómo la vía penal se archivaba, archivo que fue recurrido sin éxito.

Ahora habrá que esperar a la reacción de Gas Natural, aunque todo apunta a que recurrirá. Las indemnizaciones más elevadas corresponden a Provilsa, con 2,26 millones de euros; al Ayuntamiento de Palencia, 539.000 euros; y a la aseguradora Allianz, con 566.000 euros.

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« Respuesta #1108 en: 24 de Abril de 2018, 11:03:34 am »
precedente para otras administraciones
Carmena gana la batalla a Iberdrola, Endesa y Gas Natural: se quedan sin el megacontrato

El Tribunal Administrativo de Contratación Pública desestima los recursos de las grandes eléctricas para tumbar el diseño de la licitación que les impide optar a una adjudicación de 82 millones

Juan Cruz Peña
CarmenaCNMCElectricidadIbex 35MercadosValencia

23.04.2018 – 05:00 H.

El Ayuntamiento de Madrid ha ganado una batalla clave contra las grandes eléctricas en la guerra que libran por el megacontrato para todos los suministros eléctricos dependientes del municipio más grande de España. Una adjudicación que supera los 82 millones de euros por dar este servicio los próximos dos años.

El Tribunal Administrativo de Contratación Pública (TACP) de la Comunidad de Madrid ha desestimado los recursos presentados por Iberdrola, Endesa y Gas Natural Fenosa, que pretendían anular la licitación que da derecho a ser la comercializadora eléctrica de la capital. En el pliego se exige al adjudicatario vender exclusivamente energía renovable, algo que no están en disposición de cumplir las grandes energéticas del Ibex 35, lo que les impide participar en este concurso, como adelantó El Confidencial.

El respaldo al modo de proceder del ayuntamiento, contrario a los intereses de las grandes eléctricas, excede a la relevancia del propio contrato y podría generar un problema de dimensiones superiores a las compañías. La sentencia puede servir de base para que otras administraciones sigan sus mismo pasos en un terreno que hasta ahora mantenían bajo dominio.

De hecho, estas firmas energéticas mantienen diversas disputas por motivos similares en otras administraciones como Barcelona o Valencia, capitales también gobernadas por los denominados 'alcaldes del cambio' desde 2015. Aumentar la pérdida de clientes grandes haría mella en sus cuentas después de tres años de retrocesos en la cuota de clientes minoristas, que sigue yendo a la baja.

¿Por qué pierden?

Iberdrola, Endesa y Gas Natural recurrieron a finales de marzo por considerar que el pliego no respeta la igualdad de oportunidades. En la sentencia del TACP, a la que ha tenido acceso este diario, aducen que pueden cumplir con la pretensión del ayuntamiento aportando garantías de origen (GdO) de la electricidad suministrada. Sin embargo, el consistorio dirigido por Ahora Madrid desecha este certificado. Según recoge el dictamen, las GdO determinan que la energía es de origen renovable o de cogeneración de alta eficiencia, con lo que no se puede garantizar que el 100% del suministro es verde, como exige el ayuntamiento, ya que la cogeneración parte de gas o fueloil.

Para superar los requisitos de solvencia técnica incluidos en el pliego, Madrid reclama a las empresas el etiquetado A que expide la Comisión Nacional de Mercados y Competencia (CNMC) y que reconoce que la comercializadora en cuestión solo vendió energía verde en el último año vencido. Este requisito impide concurrir a las grandes, cuyo 'mix' de generación global también se compone de fuentes como el carbón, el gas o la nuclear, que emiten CO2 o generan residuos radiactivos.

Para el tribunal de contratación, que ha tumbado las pretensiones de las multinacionales energéticas por unanimidad, la única manera de garantizar el suministro 100% renovable es a través del citado etiquetado A de la CNMC que acredita a la empresa, cuya validez cuestionan las eléctricas en sus recursos.

Además, el propio Gobierno de Manuela Carmena se jacta de que 76 comercializadoras de todos los tamaños cumplen con este requisito, lo que supone el 64% del total, por lo que considera que la competencia está a salvo. Se dan situaciones paradójicas, como que la comercializadora de electricidad de la petrolera Cepsa goza de la mejor calificación y cumple con lo que pide Madrid.
Un revés para las eléctricas

La sentencia del TACP supone un varapalo para los intereses de las eléctricas, que previamente habían conseguido que este tribunal les diera la razón.

De hecho, la licitación sobre la que se pronuncia el tribunal administrativo es la segunda versión elaborada por la Consejería de Economía y Hacienda. El consistorio tuvo que variarla después de que el TACP estimara un recurso de Gas Natural Fenosa por una causa similar. En el primer pliego, lanzado a mediados de 2017, el equipo de Sánchez Mato, exdelegado del área, introdujo el criterio medioambiental como un aspecto de valoración cualitativa de la adjudicación, que daba más o menos puntos en función del etiquetado verde.

En ese momento, el tribunal de contratación entendió que el etiquetado de la CNMC no servía para acreditar el origen renovable del suministro (el producto).

Ada Colau y Manuela Carmena, junto al alcalde de Valencia, Joan Ribó. (EFE)
Ada Colau y Manuela Carmena, junto al alcalde de Valencia, Joan Ribó. (EFE)

Para salvar este contratiempo, el propio Sánchez Mato señaló que llevaría la exigencia a los criterios de solvencia de la empresa, paso previo que excluye a aquellas que no cumplen, con lo que en la práctica daba una vuelta de tuerca a la cuestión y ponía más barreras a las grandes comercializadoras.

En este supuesto, y a diferencia del dictamen anterior, la decisión del TACP ha sido favorable a la Administración dirigida por Ahora Madrid, marca municipal de Podemos en la capital.

La propia sentencia recuerda que existe un precedente similar en la instancia judicial homóloga de Castilla y León, que ha servido al ayuntamiento de la capital como precedente para poder vetar a Iberdrola, Endesa y Gas Natural.

Carmena aumenta un 115% los contratos a dedo de Medio Ambiente en solo dos años
Paloma Esteban
El área de Medio Ambiente del ayuntamiento adjudicó 364 contratos menores a dedo en 2016 frente a los 169 del último año de Ana Botella. Y el gasto se incrementó un 164%

Según la concejalía encabezada por Jorge García Castaño, exigen en este contrato la máxima exigencia medioambiental en coherencia con la línea prioritaria y transversal seguida por el ayuntamiento en el marco del Acuerdo de París de lucha contra el cambio climático.

El respaldo judicial al Ejecutivo local llega en plena oleada de quejas contra el consistorio por el elevado número de adjudicaciones a dedo (de un volumen inferior al que se requiere para tener que lanzar concurso público) firmadas por el Gobierno municipal de Manuela Carmena.

Contra este dictamen, las eléctricas pueden elevar un recurso contencioso administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid en los próximos dos meses.

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Re:Algo sobre dinero
« Respuesta #1109 en: 03 de Mayo de 2018, 09:54:46 am »
Los hijos de una pareja fallecida en un accidente serán indemnizados 24 años después

    El Consejo Consultivo de Andalucía reconoce el "pésimo" estado de conservación y señalización de la carretera en la que fallecieron
    El órgano sostiene que "la distracción del conductor no puede considerarse como causa única del mismo, sino que el lamentable estado de la vía y su señalización tuvo una incidencia determinante"

infoLibre Publicada 02/05/2018 a las 17:45 Actualizada 02/05/2018 a las 18:15
 

Los miembros del Consejo Consultivo de Andalucía junto a Susana Díaz. Junta de Andalucía
El Consejo Consultivo de Andalucía dictaminó que procede indemnizar a los dos hijos de un matrimonio que falleció en accidente de tráfico en 1994 al considerar que el "estado de conservación y señalización" de la carretera en la que ocurrió tuvo una "influencia determinante" en que el turismo colisionase con otro vehículo.

El órgano concluyó que, si bien el conductor del vehículo Simca 1200 "no prestó la debida atención" ya que no disminuyó su marcha al llegar a una intersección de la vía del Iryda Sector III, en dirección a El Ejido (Almería), con el camino Zamora ha quedado suficientemente acreditado en el expediente el "pésimo" estado de conservación y señalización de la carretera.

El dictamen, consultado por Europa Press, llega 24 años después del accidente pero el Consultivo tiene en cuenta para resolver "diversas vicisitudes judiciales" que sí detalla y resuelve desfavorablemente la propuesta desestimatoria emitida por la Diputación en la reclamación de responsabilidad patrimonial presentada por los hijos de los fallecidos, que interesan 240.399,06 euros de indemnización.

Según recoge, el conductor del turismo Simca 1200 "infringió" el artículo 56.5 del Reglamento General de Circulación que indica que las intersecciones de vías señalizadas con señal de ceda el paso, detención obligatoria o de stop, los conductores cederán siempre el paso a las vehículos que transiten por la vía preferente, sea cualquiera el lado por el que se aproximen, llegando a detener por completo su marcha cuando sea preciso y, en todo caso, cuando así lo indique la señal correspondiente.

El Consultivo indica, asimismo, que el conductor "no prestó la debida atención a la conducción" ya que no moderó la velocidad al aproximarse a una intersección en la que no gozaba de prioridad y remarca, asimismo, que otro vehículo, un Nissan Patrol, circulaba a "una velocidad superior a la exigida".

La Diputación llego a la conclusión de que no era posible establecer una "vinculación causal efectiva" entre las eventualidades deficiencias de trazado o de conservación aducidas por los reclamantes y el fallecimiento de los padres de éstos en accidente de circulación.

"Por el contrario, su grave y acreditada inobservancia de las normas reglamentadas y prácticas impuestas por el ordenamiento jurídico, constituyen la única causa perceptible con incidencia efectiva sobre la producción del referido accidente de tráfico acaecido el 10 de abril de 1994, enervando de este modo toda posible conexión causal con el funcionamiento del servicio público de carreteras imputado", añade.

"Cúmulo de circunstancias"

El órgano consultivo andaluz discrepa, no obstante, y apela al texto articulado de la Ley Sobre Tráfico entonces vigente para señalar que fue un "cúmulo de circunstancias lo que dio lugar al accidente, de tal forma que la distracción del conductor no puede considerarse como causa única del mismo, sino que el lamentable estado de la vía y su señalización tuvo una incidencia determinante".

"Esta concurrencia de causas cabe atribuirla, a nuestro juicio, en igual proporción a ambos factores, por lo que procede considerar que existe responsabilidad patrimonial de la Administración, con el consiguiente deber de indemnizar", subraya.

Cabe recordar que el atestado de la Guardia Civil habló de "una curva antes de la intersección que por su trazado no hacía posible percatarse del cruce, una fila de árboles que restringe la visibilidad, una preseñalización de stop no visible tanto por su ubicación como por su deterioro y de la inexistencia de señal de peligro que advierta de la situación del cruce".

Para el cálculo de la indemnización, el dictamen afirma corresponde a cada uno de los reclamantes, hijos de los fallecidos en el accidente, la cantidad de 47.931,33; cantidad que debe incrementarse en un 100% a cada uno de ellos, al haber fallecido ambos progenitores; y que la cuantía resultante debe actualizarse con el IPC hasta la fecha actual.

No obstante, atendiendo a la concurrencia de causas, las indemnizaciones que la Diputación Provincial de Almería deberá satisfacer a cada uno de los reclamantes han de reducirse en un 50%.

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Re:Algo sobre dinero
« Respuesta #1110 en: 19 de Mayo de 2018, 08:23:40 am »
La Audiencia Nacional archiva el caso contra la cúpula de Caja Madrid por la venta de preferentes

El juez Andreu dicta el archivo de la causa contra la entidad financiera a instancias de la petición de la Fiscalía Anticorrupción

El magistrado considera que el fraude "no aparece acreditado" y que no se puede concluir que hubiese una intención de "engaño"
Economía
18/05/2018 - 14:06h

El Juez de la Audiencia Nacional Fernando Andreu ha dictado el archivo de la causa abierta contra la cúpula de Caja Madrid por la venta de participaciones preferentes. El magistrado sigue así la petición de la Fiscalía, que lo había solicitado. El auto emitido por Andreu se ha notificado este viernes a las partes.

Fuentes jurídicas apuntan a que la pieza separada del caso Bankia había entrado en “vía muerta”. Con el principal acusado fallecido, Miguel Blesa, el plazo de instrucción se agotó sin que que ninguna parte, incluida la Fiscalía, solicitara que se declarara de especial complejidad y hubiera podido prolongarse ese periodo.

En este sentido, el magistrado argumenta entonces que la pieza se encuentra "concluida" al haber agotado el plazo de instrucción y que no se hubiesen practicado diligencias en el último año. El caso se refería también a las participaciones preferentes comercializadas por Bancaja.

El auto del juez subraya que "no ha quedado acreditado" que Caja Madrid emitiera estas participaciones preferentes con el objeto de engañar a los inversores de forma global, a sabiendas de que no iban a recuperar su inversión. "Esta posibilidad no era siquiera facilmente predecible en 2009", destaca.

Moreno mantiene que tramposo se ha acreditado durante el proceso que los comerciales de las entidades recibieran instrucciones para comercializar el producto entre los inversores. "Se formalizaron, por lo general, adecuadamente" estos contratos, según concluye el magistrado.

"Resulta difícilmente sostenible la existencia de un plan preconcebido orquestado por las entidades a las que habría que cumplir, no se olvide, a gran parte del sistema bancario y financiero español para engañar a los potenciales inversores", destaca el auto. El escrito también señala que no ha quedado acreditada la cooperación de la CNMV y el Banco de España en este caso.

Pese a estos argumentos, el juez reconoce que "ha podido haber graves deficiencias" en la comercialización del producto y que "incluso se han podido primar los intereses de los vendedores por encima del de los clientes". Además, el escrito recuerda que esta causa se limitaba exclusivamente a la posible planificación llevada a cabo por los integrantes de los órganos de dirección de la entidad. Se dejaba fuera por tanto la comercialización de estas participaciones al inversor minorista.

El juez había reactivado la causa en 2016. Esta pieza separada estudiaba el papel de la excúpula de la entidad financiera madrileña en la venta de este tipo de productos financieros que dejaron atrapados a miles de ahorradores. Las investigaciones se remontan a 2013 y se señalaba a los dirigentes de la caja de ahorros por planificar estas emisiones.

En su día, Blesa defendió que la entidad había pagado siempre los intereses de estas participaciones preferentes y que se trataba de una entidad solvente. Además, añadió que los preferentistas no eran "ignorantes financieros".

La Fiscalía Anticorrupción había propuesto el archivo porque considera que no está acredito el supuesto plan para “engañar” a los clientes de Bankia y tampoco que sus comerciales recibieran órdenes de captar a clientes susceptibles de materializar ese engaño.

Fuentes de Bankia señalan que hasta la fecha ha devuelto su inversión a 170.000 personas por valor total de 2.800 millones de euros. El grueso de esta devolución se produjo por los arbitrajes del año 2013 y los demás a través de la vía judicial. Las citadas fuentes estiman que el 75% de los inversores han recuperado su dinero.

Paralelamente, el Juzgado de Primera Instancia número 13 de Madrid ha desestimado también este viernes la demanda interpuesta por Ferroatlántica, Grupo Villar Mir y Fertiberia contra Bankia por la salida a Bolsa de la entidad, en la que reclamaban el pago de casi 10 millones de euros, equivalentes al precio de compra de los títulos menos la cantidad que obtuvieron con su venta.

En su demanda indicaron que compraron los títulos de la entidad presidida entonces por Rodrigo Rato basándose en la información publicada en su folleto, que "en absoluto reflejaba la verdadera situación de la demandada y no proporcionaba una imagen fiel de su situación económica y patrimonial y de sus resultados".

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Re:Algo sobre dinero
« Respuesta #1111 en: 18 de Junio de 2018, 07:03:04 am »
LIMITAR LOS ALQUILERES Y DEDUCCIONES FISCALES
Plan de choque del Gobierno para pinchar la burbuja del alquiler

El alquiler, sin duda, será el toro que Pedro Sánchez deberá coger por los cuernos ante el 'boom' de precios que se ha experimentado en algunas zonas de la geografía española

E. Sanz
elena_sanz

18.06.2018 – 05:00 H.

El alquiler es, sin duda, el asunto que Pedro Sánchez, nuevo presidente del Gobierno, y José Luis Ábalos, ministro de Fomento, tendrán que afrontar ante el 'boom' de precios que se ha experimentado en algunas zonas de la geografía española. El nuevo Ejecutivo, tal y como explican fuentes cercanas al PSOE, centrará su política en materia de vivienda en facilitar el acceso a un hogar en alquiler a jóvenes y mayores y frenar esa subida en el coste de la vivienda, dejando aparcada cualquier medida que esté destinada al acceso a la propiedad, como ya sucedió en la 'era Zapatero', quien suprimió durante su último mandato la desgravación fiscal por la compra de vivienda habitual, en una apuesta clara por el mercado del alquiler. Para ello, el nuevo Ejecutivo necesitará el apoyo de los demás grupos parlamentarios, entre los que Podemos figura como uno de sus principales aliados, con propuestas muy parecidas a las de los socialistas para atajar esta problemática de los arrendamientos.

Respecto al Plan Estatal de Vivienda 2018-2021 aprobado el pasado mes de marzo, todavía bajo mandato del PP, las mismas fuentes aseguran que aún no se han firmados los convenios con las comunidades autónomas y, por lo tanto, su ejecución está todavía pendiente. No obstante, el pasado viernes, el Consejo de Ministros aprobó la distribución entre las comunidades autónomas, Ceuta y Melilla de las subvenciones estatales del plan pactadas en la Conferencia Sectorial de Vivienda, Urbanismo y Suelo, del pasado 30 de mayo. El importe total de las ayudas asciende a 1.443 millones de euros, el mismo previsto en el plan desde su aprobación por el Gobierno del PP el 9 de marzo de este año.

Podemos figura como uno de sus principales aliados, con propuestas muy parecidas para atajar el 'boom' de los precios de los alquileres

Una vez dado el visto bueno al reparto territorial de los fondos, Fomento tendrá que firmar los convenios correspondientes con cada autonomía y las ciudades autónomas de Ceuta y Melilla para hacer llegar las ayudas a los ciudadanos. "Debemos reunirnos con las comunidades lo antes posible y firmar los convenios necesarios para que puedan tener acceso al dinero del plan y ejecutar sus propios planes de vivienda. Muchas de ellas están tirando de fondos propios para poder ejecutarlos debido al enorme retraso con que se aprobó el plan por el anterior Ejecutivo", aseguran fuentes socialistas, que no descartan una modificación del Plan Estatal "si fuera necesario, ya que un real decreto se puede modificar con otro real decreto. En cualquier caso, estaría motivado por las necesidades que nos puedan plantear las comunidades autónomas".

El precio de los alquileres es el tema más apremiante. Durante el mandato de Mariano Rajoy, no solo estuvo en un segundo plano, sino que varias propuestas de ley presentadas ante la Mesa del Congreso para abordar el 'boom' de los alquileres fueron tumbadas. La primera que no consiguió pasar el filtro del Congreso fue la de la Plataforma de Afectados por la Hipoteca (PAH), mientras que la del PSOE también fue vetada inicialmente por los populares, si bien el veto no solo no fue ratificado sino que el pasado viernes fue levantado, por lo que volverá al debate parlamentario, donde será necesario el consenso con los demás partidos políticos para poder sacarla adelante.

Los socialistas proponen recuperar la duración de los contratos de alquiler a cinco años, limitar la subida de los alquileres —en caso de renovación— a la evolución del IPC, además de incorporar importantes desgravaciones fiscales para quien decide alquilar una vivienda por debajo de determinados límites o limitar las fianzas. Todos estos puntos son susceptibles de contar con el apoyo de los partidos que apoyaron la moción de censura de Pedro Sánchez, especialmente de Podemos, que presentó su propia propuesta para 'meter mano' al mercado del alquiler.

Precisamente, Pablo Iglesias se reunió en secreto con el presidente del Gobierno en La Moncloa con una lista de 20 iniciativas prioritarias para garantizarse su apoyo, y entre ellas figura reformular la Ley de Arrendamientos Urbanos para frenar los alquileres abusivos.

Limitar los alquileres

Tanto PSOE como Podemos han dejado claro en sus propuestas de ley la necesidad de limitar los precios de los alquileres, aunque con importantes diferencias. En su propuesta, el PSOE apuesta por incentivar fiscalmente a aquellos arrendadores​ que alquilen sus pisos en base a un sistema público de precios de referencia, en función de la zona en la que se ubique el inmueble. Un sistema que deberá ser fijado por los ayuntamientos. Todos aquellos caseros que respeten dichos límites podrán acogerse a una deducción en el impuesto sobre la renta de personas físicas (IRPF) del 60%.

Desde la formación morada, por su parte, también apuestan por limitar los precios de alquileres en aquellas zonas donde existen fuertes tensiones de precios. Sin embargo, dicha limitación deberá ser obligatoria para los caseros, sin ningún tipo de beneficio fiscal. No obstante, es un punto de partida en el que ambas formaciones podrían remar en la misma dirección y llegar a posibles acuerdos.

Para facilitar el acceso a un piso en alquiler a los jóvenes, el PSOE propone que si la vivienda se alquila a un joven entre 18 y 30 años con bajos ingresos, el tratamiento fiscal será aún más favorable, del 100%. También se contemplan beneficios para los inquilinos cuya base imponible sea inferior a 30.000 euros. La propuesta es que puedan deducirse un 10,5% de las cantidades satisfechas en el periodo impositivo por el alquiler de su vivienda habitual.

Recuperar los alquileres a cinco años

Otro de los puntos en los que coinciden tanto PSOE como Podemos es en recuperar la duración de los contratos de alquileres a cinco años —y prórroga de tres—, frente a los tres actuales —y prórroga de un año—, para dar mayor estabilidad a quienes viven de alquiler. Es decir, aunque los socialistas proponen que la duración del arrendamiento sea libremente pactada por las partes, afirman que si esta fuese inferior a cinco años, cuando llegue el día del vencimiento del contrato, se prorrogará obligatoriamente por los plazos anuales hasta que alcance una duración mínima de cinco años.

El PSOE apuesta por incentivar fiscalmente a aquellos caseros que alquilen sus viviendas por debajo de un determinado límite

Podemos va más allá y propone que si la parte arrendadora es una persona jurídica, "el contrato deberá prorrogarse necesariamente transcurridos los cinco años, excepto si existe una razón legítima proporcional, relacionada con el incumplimiento por parte de la parte arrendataria de sus obligaciones contractuales o legales". Asimismo, pretenden la creación de un "contrato de duración protegida", que tendrá una duración mínima de 10 años, y "que podrá llevar aparejados beneficios fiscales favorables, subvenciones y otras medidas a definir por las comunidades autónomas y municipios, en el ámbito de sus competencias".

Recuperar el IPC para revisar los alquileres

Por otro lado, conviene recordar que el 'boom' del alquiler ha coincidido en el tiempo con la renovación de cientos de contratos y la consiguiente subida de precios, puesto que los alquileres carecen en la actualidad de un índice que permita estipular las subidas en caso de prórrogas. En este sentido, los socialistas quieren limitar la subida de la renta de los inmuebles puestos en alquiler a la evolución del IPC, es decir, "al incremento real del coste de la vida". En la actualidad, la subida del alquiler no tiene límite de referencia, y esto ha provocado una gran escalada de los precios. Un nuevo punto de coincidencia con la formación morada, que también quiere que la revisión de las rentas vuelva a estar vinculada al IPC durante el plazo mínimo de cinco años de duración del contrato.
Limitar las fianzas

Así, por ejemplo, si la mensualidad del alquiler es inferior a 750 euros en el momento de celebración del contrato, la fianza no podrá exceder en dos mensualidades la renta, en este caso no podrá ser superior a 1.500 euros. Si el alquiler se mueve entre 750 y 1.200 euros, la fianza no podrá exceder en tres veces el importe de la renta. Así, para un alquiler de 1.000 euros, no podrá ser superior a 3.000 euros. Si el alquiler supera los 1.200 euros, la propuesta de los socialistas pasa por que las partes puedan pactar libremente cualquier tipo de garantía adicional sin limitación de cuantía dineraria.
Quedan fuera los alquileres turísticos

Entre las propuestas, el grupo socialista también cree que los polémicos alquileres turísticos deberían quedar fuera de la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU). Solo cuando el arrendamiento sea de 15 días o más y no incluya ningún tipo de servicio adicional (desayuno, limpieza), consideran que deberá regularse por la LAU. Por otro lado, si la cesión temporal es para arrendamientos inferiores a 15 días o para cesiones con servicios equiparables a los que ofrecen los hoteles, los alquileres turísticos quedarán fuera de la Ley de Arrendamientos Urbanos.

Podemos propone limitar alquileres abusivos y contratos protegidos de 10 años
E. Sanz
Acabar con los alquileres abusivos, instaurar contratos de duración protegida de, al menos 10 años, y recuperar los contratos a cinco años, son tres de sus propuestas

La formación de Pablo Iglesias, por su parte, también quiere que los contratos de alquiler se inscriban obligatoriamente en el Registro de la Propiedad, un trámite que corresponderá —gastos incluidos— al casero, o que los inquilinos tengan derechos preferentes sobre un piso de alquiler en caso de que se produzca un cambio en la propiedad de la vivienda y que tengan derecho preferente a la hora de adquirir la vivienda en la que vive de alquiler, incluso cuando la vivienda arrendada se venda conjuntamente con las viviendas restantes que forman parte de un mismo inmueble.

Es decir, la propuesta de ley pretende evitar que bloques de viviendas, con inquilinos dentro, pasen a manos, por ejemplo, de fondos buitre o, al menos, dar la posibilidad a los inquilinos o a la Administración pública de tener un derecho de compra preferente sobre esas viviendas.

Pedro Saura, nuevo secretario de Estado de Infraestructuras, Transporte y Vivienda

Pedro Saura, portavoz de Economía del Grupo Socialista en la comisión de Economía del Congreso y diputado electo por Murcia, será el nuevo secretario de Estado de Infraestructuras, Transporte y Vivienda.

Doctor en Economía y profesor titular en la Universidad de Murcia, será el número dos del ministerio que encabeza José Luis Ábalos.

Entre sus cometidos más inmediatos: frenar el 'boom' de los alquileres, facilitar el acceso a una vivienda a los jóvenes y mayores, recuperar la inversión en obra pública o el rescate de las autopistas.

Saura ha sido diputado del Grupo Socialista en las cuatro últimas legislaturas, en las que ha ocupado el puesto de portavoz en las comisiones de Presupuestos y de Hacienda del Congreso. En su trayectoria en el sector público, ocupó el puesto de director de Economía y Planificación del Gobierno regional de Murcia a comienzos de los noventa y fue presidente de Sepes, empresa de suelo de Fomento, entre 2010 y 2011.

Por su parte, Francisco Javier Martín Ramiro, que desde mayo de 2012 es subdirector general de Arquitectura y Edificación, será el nuevo director general de Arquitectura, Vivienda y Suelo.

Martín Ramiro es arquitecto por la Escuela Técnica Superior de Madrid y fue número uno de la promoción 1999-2000 de la oposición al Cuerpo Superior de Arquitectos de la Hacienda Pública de la Administración General del Estado.

En los últimos seis años ha sido subdirector general en el Ministerio de Fomento, departamento en el que desde hoy accede al cargo de director general de Arquitectura, Vivienda y Suelo en sustitución de Antonio Aguilar.

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Re:Algo sobre dinero
« Respuesta #1112 en: 20 de Junio de 2018, 07:43:58 am »

Loles León, condenada a pagar 65.000 euros a Hacienda por un caso similar al de Màxim Huerta



19.06.2018 - 14:51

Loles León, de 67 años, se suma a la lista de actores y rostros conocidos que ha tenido problemas con Hacienda. Concretamente de la serie ‘La que se avecina’, es la tercera en verse envuelta en esta polémica después de que hace unos días conociéramos que Fernando Tejero y José Luis Gil también perdieron su batalla contra el Fisco, al igual que le pasó a Màxim Huerta y que le llevó a dimitir a menos de una semana como ministro de Cultura del  gobierno de Pedro Sánchez.

Todos ellos usaron una sociedad para facturar sus trabajos profesionales y reducir su factura fiscal. En el caso de Loles León, la justicia ha vuelto a dar la razón a Hacienda y ha ratificado la multa de casi 64.953 euros, que se suma a los 187.000 euros que ya pagó por rebajar su factura en la renta.

Hacienda consideró que la actriz defraudó a Hacienda 187.190 euros en los ejercicios de los años 2008, 2009 y 2010. La actriz facturó esos tres ejercicios a través de Loleon S.L., en la que no había actividad ni empleados y ella poseía un 98%. La Agencia Tributaria no considera válida esta sociedad con la que redujo el pago de impuestos generados por su actividad profesional en un 24%, el correspondiente al impuesto de sociedades, en vez de abonarlos en concepto de IRPF, que se eleva a un 48% en Madrid.

Tras las correspondientes revisiones, el Fisco no sólo le reclamó los 187.190 euros que defraudó, sino también le impuso una sanción de 64.953 euros. La actriz desembolsó los 187.190 euros pero emprendió una batalla judicial contra Hacienda para evitar la multa, según publica ‘Vanitatis’. Primero recurrió al tribunal administrativo y acabó recurriendo al Tribunal Superior de Justicia alegando que la multa obedecía “a un cambio de criterio de la Agencia Tributaria en la interpretación de las normas tributarias”, lo mismo que alegó Màxim Huerta. Finalmente, la justicia dio la razón a Hacienda el pasado mes de abril y ratificó las actas de la inspección. La factura asciende pues a más de 250.000 euros en total.

Loles León se ha quejado muchas veces de la caza de brujas de Montoro

En 2015 ya mostró su enfado con la actuación del entonces ministro Cristóbal Montoro. “A mí me ha arruinado el Gobierno con estos impuestos y con estos IVAs. Yo no le debo dinero a ningún acreedor ni a nadie. ¡Es Montoro! ¿Tú sabes con quién duermo? ¡Con Montoro!”, se quejó en ‘LOC’.

Hace tres años contó que estaba en el paro y que se vio obligada a vender una de sus propiedades. “He tenido que vender mi apartamento de la playa. Los ahorros de 30 años... Yo trabajo para pagar. Yo y muchos. Nos ha machacado ahora Hacienda con estas inspecciones y estas cosas que se han sacado de la manga.Mira los futbolistas. Dijeron que se plantarían y que irían a la huelga. Nosotros deberíamos hacer lo mismo, pero no somos futbolistas. No nos harían ni caso”.

Su amigo y compañero de serie Fernando Tejero también denunció esta supuesta cacería de Hacienda: “A mí me ha tratado como un delincuente por ser artista y mientras veo a los políticos ladrones sonriendo en la tele”.
“Montoro es mi representante, se lleva el 45% de todo mi esfuerzo”

El pasado mes de marzo Loles volvía a quejarse de Montoro en una entrevista ‘XL Semanal’: “Con Montoro siempre encima. Es mi representante. Se lleva el 45% de todo este esfuerzo mío. Es el representante que más cobra del mundo: trabajamos para él”.

En la sentencia se pueden leer los argumentos que expuso Loles León, que coindice con el resto de rostros conocidos: cobraban por sociedades declaradas a Hacienda y la Agencia Tributaria lo toleró durante años, pero que de repente cambió de forma retroactiva. “En el caso que nos ocupa no ha existido ánimo defraudatorio, no ha existido ocultación de bases, no ha existido una voluntad deliberadamente rebelde de no cumplir con las normas tributarias. Muy al contrario, la demandante declaró sus ingresos, declaró sus bases, si bien lo hizo por medio de la sociedad mercantil que tenía constituida y a través de la cual desarrolló su actividad profesional artística; una forma de proceder que ha sido admitida y consentida por la Administración Tributaria hasta el punto que todos los actores y actrices venían declarando por medio de dichas sociedades con el consentimiento y aquiescencia de la Agencia Tributaria, quien de la noche a la mañana cambió su criterio interpretativo para comenzar a levantar actas”.

La Abogacía del Estado respondió tajantemente al igual que en el resto de casos conocidos: “Lo único que se ha perseguido es la obtención de una ventaja fiscal, pero no por los medios adecuados para ello, sino montando una estructura ficticia, que no responde verdaderamente a ninguna justificación real”.

Además de Loles León,  Fernando Tejero y José Luis Gil, se suman a la lista otros nombres como Carmen Porter, Ernesto Sáez de Buruaga, Nuria Roca, Antonio Lobato, Mario Picazo, Rosa Villacastín, Teresa Viejo, etc.  En el caso de María Teresa Campos, se libró porque pudo  demostrar que su sociedad no era tan solo instrumental, y tenía empleados y producía programas.

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Re:Algo sobre dinero
« Respuesta #1113 en: 27 de Junio de 2018, 10:00:09 am »


Tras la sentencia de la justicia madrileña

La exención del IRPF de la baja maternal provoca una avalancha de reclamaciones


La delegación de Hacienda en Madrid ha recibido 5.000 peticiones y el TSJM otras 2.500. El TS ya estudia el recurso de la abogacía del Estado

MANUEL ALTOZANO
Miércoles, 27 Junio 2018, 04:30
   
   
   
   
   
   

Una mujer embarazada se somete a una ecografía en un centro médico.
El director general de Tributos del anterior Gobierno ya lo manifestó en uno de sus informes solo unos días después de la resolución. La sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) del 6 de julio del año pasado, que eximió del IRPF la prestación por maternidad que obtienen los progenitoras o progenitores durante la baja posterior al parto o la adopción es un asunto "de importante relevancia social". Menos de un año después de que se publicara ese acuerdo, la delegación de la Agencia Tributaria en Madrid ha recibido más de 5.000 solicitudes de padres y madres que reclaman que se les devuelva lo que pagaron mientras cobraron ese subsidio. Además, el mismo tribunal que dictó la sentencia ha atendido más de 2.500 peticiones para que los efectos de esa resolución se les extiendan al encontrarse en situaciones idénticas.


La avalancha de reclamaciones que, según fuentes judiciales, llega cada día al tribunal madrileño ha provocado que la abogacía del Estado, en defensa de la Agencia Tributaria, haya presentado en los últimos meses decenas de recursos de casación ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo. El primero de ellos fue admitido a trámite el pasado 18 de junio por el alto tribunal. La ley permite esta extensión de efectos de las sentencias cuando los interesados se encuentren en "idéntica situación jurídica que los favorecidos por el fallo", que el tribunal fuera el competente para resolver su caso concreto "por razón del territorio" y que se haga en el plazo de un año desde la sentencia. Eso convierte en potenciales reclamantes a todos los padres y madres de la Comunidad de Madrid con derecho a la prestación desde el pasado julio. 

El INSS pagó 1.767 millones por maternidad en 2016


Porque en otras comunidades, la situación sigue siendo la contraria. En Andalucía, por ejemplo, el Tribunal Superior de esa comunidad considera, como  Hacienda, que esa prestación que se obtiene durante las 16 semanas posteriores al parto o la adopción debe tributar como rendimiento del trabajo en el Impuesto sobre la Renta. Y lo mismo ocurre en Castilla y León. Esa esa la razón por la que, en el recurso que acaba de ser admitido a trámite, la Abogacía del Estado considera que la sentencia del tribunal madrileño es "gravemente dañosa para los intereses generales", al generar "una situación de desigualdad y una discriminación". El asunto es económicamente muy trascendente a tenor de los datos: solo en 2016, el Instituto Nacional de la Seguridad Social destinó a esta prestación 1.767,3 millones de euros en toda España.

Más allá de la desigualdad entre territorios, el resto de argumentos planteados por el Estado ante el alto tribunal son esencialmente técnicos. En primer lugar, la abogacía considera que estas reclamaciones masivas de extensión de efectos ante el TSJM -que este caso concreto buscan la exención del pago del IRPF- deberían quedar suspendidas al haberse planteado respecto de una sentencia recurrida ante el Tribunal Supremo. Es decir, solo en caso de que este último órgano confirme que el subsidio está exento, los interesados conseguirán que el contenido y efectos del fallo se les extienda también a ellos. 

Un pronunciamiento sobre el fondo

Pero además, reclama que la Sala de lo Contencioso del alto tribunal decida también sobre el fondo del asunto. Es decir, sobre si esas rentas están o no exentas del pago de tributo según la ley que lo regula. No solo sobre si se dan los requisitos formales -que el caso es idéntico, que el tribunal que debe decidirlo es el mismo y que se han cumplido los plazos- para la extensión de los efectos de la sentencia de julio de 2017. Hasta el momento, el Supremo ha mantenido que en estos casos solo cabe analizar estos últimos requisitos y no la cuestión jurídica concreta de la sentencia cuya extensión a casos similares se pretende. Sin embargo, esa interpretación no es unánime: algunos de sus magistrados han firmado votos particulares discrepantes contra ella. 

En su auto de admisión a trámite, la Sala parece abrirse a reformar ese criterio que ha impuesto hasta ahora y declara que el proceso que se acaba de iniciar debe resolver dos cuestiones concretas. En primer lugar, si sus magistrados pueden analizar la legalidad de la sentencia cuyos efectos se quieren extender, en este caso concreto la del TSJM que exime de IRPF la prestación por maternidad. En segundo lugar el tribunal debe decidir si esos procesos de extensión de efectos deben suspenderse hasta que el Supremo, el más alto órgano del sistema judicial español, se pronuncie sobre la legalidad de la sentencia cuya aplicación a otros casos se pretende.  

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Re:Algo sobre dinero
« Respuesta #1114 en: 28 de Junio de 2018, 15:21:36 pm »


En la lista de deudores de 2018

Arturo, Conde, Rato, Alves, Bosé... entre los famosos que deben más de un millón


La Agencia Tributaria hace público el listado de los famosos, futbolistas, artistas o empresarios que deben al Fisco más de un millón de euros.

FERNANDO H. VALLS, LUCÍA GÓMEZ
Jueves, 28 Junio 2018, 11:48
   
   
   
   
   
   

Miguel Bosé aparece en la lista de morosos de Hacienda / CHANCE
Futbolistas, cantantes, empresarios y todo tipo de personajes famosos vuelven a aparecer, un año más, en la lista de los mayores morosos a Hacienda. Todos ellos deben más de un millón de euros al fisco. Las deudas de los contribuyentes con impagos superiores a dicha cantidad apenas cae de 15.600 a 15.300 millones tras hacerse pública su identidad.


Rodrigo Rato es uno de los nombres que aparece en el listado. El exvicepresidente económico del Gobierno de Aznar y expresidente de Bankia adeuda un total de un millón de euros a la Agencia Tributaria. No es la primera vez que aparece en ese listado, si bien él mismo ha aclarado en varias ocasiones que tiene embargados todos sus bienes desde 2015 por una denuncia de la  Agencia Tributaria, cosa que le ha impedido "afianzar" su deuda tributaria para salir de esa lista. Es más, la larga negociación realizada con la agencia ha reducido de 8,5 millones a 11.000 euros la cantidad por la que están discutiendo.   

También se puede comprobar que Dani Alves, exfutbolista del FC Barcelona, todavía adeuda al fisco 2,6 millones, y que el cantante Miguel Bosé debe 1,8 millones.

[Lea aquí la lista completa de los mayores deudores al fisco]

El colaborador de programas del corazón, Kiko Matamoros, adeuda 1 millón, el expresidente de Banesto Mario Conde debe 14,9 millones y la presentadora Patricia Conde 1,8, la misma cantidad que tiene pendiente el exfutbolista del FC Barcelona, Gabriel Milito. El Grupo Cantoblanco de Arturo Fernández tiene contraída una deuda de 13,9 millones, mientras que Agapito García Sánchez debe 16,9 millones y Emilio Rodríguez Menéndez, 3,6 millones.

 
Mira también
Cisma en el Gobierno: una parte rechaza destapar los 30.000 amnistiados fiscales
Desguaces La Torre, propiedad de Luis Miguel Rodríguez, conocido como 'el rey de la chatarra', tiene una deuda con Hacienda de 14,3 millones de euros, inferior a los 15,46 millones que adeudaba el año anterior.

Mientras, el escritor César Vidal Manzanares debe 2,11 millones de euros, el periodista Antonio Navalón sigue con una deuda 2,08 millones de euros y el empresario y expresidente del club de fútbol del Valencia, Vicente Soriano Sierra, sigue debiendo 1,14 millones de euros.

Las personas físicas con más deudas

Por su parte, el empresario Agapito García Sánchez vuelve a aparecer de nuevo como una de las personas físicas que acumula una mayor deuda con Hacienda, con un total de 16,9 millones de euros, ligeramente inferior a la deuda de 17,03 millones de la lista anterior.

No obstante, los dos españoles más deudores de España son los hermanos Cristina y Luis Cort Lagos, pertenecientes a una familia propietaria de buena parte de la ciudad de Valdebebas (Madrid). Entre la deuda de ella (27,84 millones de euros) y la de él (28,06 millones de euros) acumulan una deuda conjunta de 55,9 millones de euros.

De hecho, las sociedades Portocarrio, Portocarrio Viviendas, Portocarrio Valores y Fomensa Hispania, administradas por familia Cort Lagos, también figura en la lista con una misma cifra de mora (90,49 millones), lo que en conjunto alcanza 362 millones.

A ellos se suman Ignacio, José, Federico y Rafael Serratosa Caturla, con una deuda conjunta que 14,6 millones de euros; el empresario catalán Eudald Domenech Riera, con una deuda de 5,69 millones, inferior a los 6,1 millones del año anterior, y el exjuez Luis Pascual Estevill, con 3,74 milones, el mismo importe.

Sociedades de José Luis Moreno

Además, el empresario Jacques Hachuel, condenado por el caso Banesto, debe al Fisco casi 2,7 millones de euros, la misma cifra que el año anterior.

Kulteperalia, sociedad del empresario del espectáculo José Luis Moreno, sigue apareciendo entre las empresas deudores, con 1,76 millones de euros, por debajo de los 1,91 millones anteriores.

El empresario Javier Merino, expareja de Mar Flores, se mantiene en la lista con algunas de sus sociedades, como Multipetróleos, con una deuda de 1,19 millones de euros; Star Petroleum (1,2 millones) y Multipromotur, con una deuda de 1,06 millones de euros. En relación al anterior listado, se ha reducido la deuda de Multipetróleos, se ha mantenido la de Multipromotur y ha bajado la de Star Petroleum. Ha salido de la lista Star Petroleum Red, que figuraba en el tercer listado.

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Re:Algo sobre dinero
« Respuesta #1115 en: 01 de Julio de 2018, 07:23:56 am »
El Gobierno prepara un plan para controlar el precio desbocado de los alquileres


Entre las medidas que están sobre la mesa: elevar de tres a cinco años la duración de los contratos; dar bonificaciones fiscales a propietarios que alquilen por debajo de determinados precios y referenciar subidas a IPC


Son algunas de las propuestas de una proposición de ley del PSOE presentada el pasado marzo y que fue vetada por el PP
Marina Estévez Torreblanca
30/06/2018 - 21:43h

El Ministerio de Fomento está perfilando un plan que sirva para intentar frenar las  subidas exageradas de precio de los alquileres, confirman fuentes del departamento. Sobre la mesa, entre otras, las  propuestas que el grupo socialista hizo cuando hace solo unos meses estaba en la oposición, tales como elevar de tres a cinco años los contratos de arrendamiento o establecer precios de referencia para beneficiar fiscalmente a los propietarios que no los superen.

Este año se está viviendo el fin de muchos contratos firmados cuando el mercado inmobiliario estaba en recesión, hace tres años. Esta es la duración que estipula la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU) de 2013.

En los últimos meses se está generando una  avalancha de expulsiones de inquilinos a los que se exigen rentas muy superiores a las anteriores. Es lo que algunas organizaciones denominan "desahucios invisibles" (el 58% de los lanzamientos corresponden ya a alquileres). A veces esta situación se da en pisos sociales que fueron vendidos a "fondos buitre" durante la crisis a precios de derribo, y que ahora buscan sacarles una alta rentabilidad.

En marzo pasado, los socialistas presentaron una proposición de ley en el Congreso de los Diputados, vetada por el Gobierno del PP, con medidas para controlar la escalada de precios. Entre sus propuestas, precios de referencia del alquiler para primar fiscalmente a quienes no suban las rentas por encima; prórrogas hasta cinco años de los contratos de arrendamiento y subidas referenciadas al IPC y una dotación anual de 650 millones para vivienda social.

Según los socialistas, que contactaron con colectivos ciudadanos para elaborar su propuesta, la "tormenta perfecta" que ha provocado la subida de los alquileres ha sido la reforma de la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU) de 2013, el auge del alquiler turístico (que tenían previsto tratar en otra iniciativa parlamentaria) y el repunte de la inversión inmobiliaria, en particular a través de fondos.

La reforma de la LAU , que entró en vigor cuando los precios de los inmuebles bajaban (ahora siguen la tendencia contraria en la mayor parte del país) generó a juicio de los socialistas una mayor vulnerabilidad del inquilino. En aquella modificación legislativa, para animar a los propietarios, se acabó con la vinculación al IPC de las subidas anuales de precios. Según los socialistas, la ley debe volver atrás en este punto también.

Los socialistas defendían promover un sistema público de precios de referencia por zonas, como ya está haciendo la ciudad de Barcelona, para que aquellos propietarios que no alquilen con precios superiores al mismo puedan beneficiarse de deducciones de IRPF de entre el 60% y el 100% de sus ganancias.

Otra de las medidas fiscales incluidas en su proposición, que presentó la ex ministra de Vivienda y portavoz de este área del PSOE, Beatriz Corredor, es que si se vende un inmueble y se compra otra para destinarla al alquiler durante diez años, las ganancias de la venta de la primera queden excluidas de IRPF. Los propios arrendatarios también disfrutarían de un mejor trato fiscal: los inquilinos con una base imponible inferior a los 30.000 euros anuales podrán deducirse un 10,05% de las cantidades que paguen en concepto de alquiler.
Minoría parlamentaria y estabilidad presupuestaria

Ahora que están en el Gobierno, los socialistas tienen la oportunidad de aplicar estas ideas, aunque cuentan con dos circunstancias que podrían frenarlas. Por un lado, la minoría parlamentaria con la que gobiernan les va a obligar a llegar a acuerdos con fuerzas políticas de muy distinto signo para sacar adelante cualquier iniciativa. Por otro, se comprometieron con el PNV a gobernar con los presupuestos que los nacionalistas vascos habían pactado con el PP. Están pendientes de comenzar los contactos entre el PSOE y otras fuerzas políticas con representación parlamentaria para intentar acercar posturas.

Además, en el primer Consejo de Ministros, el presidente Pedro Sánchez  advirtió a los miembros de su gabinete de que sus medidas deberían adoptarse asumiendo "el respeto a la estabilidad económica y presupuestaria derivadas de nuestra condición de Estado miembro de la Unión Europea". Esta cuestión podría ser un freno a las bonificaciones fiscales, ya que podría afectar a los ingresos tributarios.

Más peso en el organigrama de Fomento

El nuevo titular de la cartera, José Luis Ábalos, aseguró la semana pasada que dará a Vivienda más peso en Fomento al considerarlo un asunto "prioritario". Afirmó que el Ministerio será "lo más ambicioso posible" en esta materia y que ello que tendrá reflejo "en el organigrama". Fue en la toma de posesión del nuevo secretario de Estado de Infraestructuras, Transporte y Vivienda, Pedro Saura. También prometió su cargo el nuevo director general de Vivienda, Francisco Javier Martín Ramiro.

En los próximos días se conocerá cómo se concreta esta nueva estructura con mayor peso para el área de Vivienda anunciada por Ábalos.

Ya el equipo ministerial dirigido por Íñigo de la Serna, había aceptado establecer un grupo de trabajo para intentar responder a esta problemática que se da sobre todo en grandes ciudades y zonas costeras. Nunca se hicieron públicas sus conclusiones.

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Re:Algo sobre dinero
« Respuesta #1116 en: 02 de Julio de 2018, 17:37:46 pm »

El «truco» del aeropuerto de Barajas para que los conductores paguen por recoger a sus familiares


La medida, implantada por ahora solo en la T2, mantiene el estacionamiento gratuito en la zona de salidas siempre y cuando no se superen los 15 minutos


Aitor Santos Moya
@asmoya10
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Madrid
Actualizado:
02/07/2018 15:24h

Recoger con el coche a los pasajeros de Barajas ya no será solo cuestión de tiempo. Aena ha decidido poner coto a la práctica de acudir a la zona de salidas y evitar así pasar por caja en el parking. Desde el pasado 7 de junio, la T2 cuenta con un sistema de reconocimiento de matrículas que permite el estacionamiento gratuito por un máximo de 15 minutos: si se supera, los conductores deberán abonar la estancia antes de que la barrera se eleve y poder de esta forma abandonar la terminal. El dispositivo también se encuentra instalado en la T4, aunque, en este caso, todavía no está operativo.


«Se trata de un aparcamiento exprés diseñado para realizar la subida y bajada de viajeros de manera ordenada y ágil», explican a este periódico fuentes de la base. Pasado el cuarto de hora «de cortesía», los vehículos tienen que pagar el tiempo completo que hayan permanecido a las puertas del aeródromo. Es decir, si se alcanzan los 16 minutos, la tarifa asciende a 1,80 euros. El precio por minuto es de 0,1125 euros; por hora, de 6,75 euros; y siempre con un máximo diario de 61 euros.

Los objetivos, según el aeropuerto, son mejorar el flujo de vehículos en los viales, ordenando el tráfico y minimizando los colapsos y atascos a la hora de recoger o dejar a los pasajeros; permitir la subida y bajada de los mismos de manera cómoda y segura; y mejorar la seguridad al ser identificados todos los turismos.



Pensado para estancias cortas de carga y descarga, desde Aena recomiendan «utilizar las diferentes modalidades disponibles» en el caso de tener seguro que se van a sobrepasar los 15 minutos. Pese a ello, son muchos los conductores que optan por permanecer en la zona de salidas, con indiferencia del tiempo. «Es la primera vez que vengo y aunque esto del tique es nuevo, es más cómodo esperar aquí porque está mas cerca», advierte un hombre, recién llegado para recibir a sus dos hijas. Otros, en cambio, protestan indignados ante lo que considera un nuevo «sacacuartos». «No entiendo por qué tenemos que pagar si el avión se retrasa o tardan más tiempo en bajar», resume un joven, al tiempo que valida su billete.

Taxis y autobuses, exentos
Según se indica en los paneles informativos, después del pago los usuarios disponen de diez minutos para efectuar la salida. En caso de pérdida de tique, se deberá abonar la estancia de cinco días, conforme a la cuantía máxima diaria de hasta cuatro días para el aparcamiento general, excepto si se acreditase la estancia real del vehículo. En la T2, el único carril exento de barreras y cámaras de identificación es el de salidas, exclusivo para taxis y autobuses. Al igual que en la T4, la entrada por la via de llegadas obliga a los turismos a pasar siempre por el parking.


La iniciativa, implementada en otros aeropuertos como los de Alicante-Elche, Barcelona-El Prat, Bilbao, Málaga-Costa del Sol, Menorca, Palma de Mallorca y Valencia, está aún en fase de valoración para el resto de terminales de Madrid. La T1 y la T3 ni siquiera cuentan con las máquinas instaladas, por lo que todo hace indicar que en los próximos meses será la T4 la única que aplique también la restricción horaria en sus viales de salida.


Los vehículos son identificados antes de que las barreras de acceso se eleven
Pasar por caja en la zona de salidas, el doble de caro que estacionar en el parking
Con la nueva restricción de tiempo aplicada por Aena, los conductores que superen el cuarto de hora en la banda de salidas de la T2 deberán pagar casi el doble que en el parking general de la terminal. Dejando a un lado las plazas de categoría preferente y los diseñados para largas estancias, en cualquiera de los aparcamientos públicos de Barajas, la tarifa por minuto durante los primeros 30 minutos es de 0,05775 euros (con un máximo diario de 20,95 euros). Una cifra bastante más baja que los 0,1125 euros por minuto (61 euros/día) fijados para los estacionamientos «exprés»

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Re:Algo sobre dinero
« Respuesta #1117 en: 06 de Julio de 2018, 10:29:42 am »

Hacienda responde: las propinas a los camareros tributan en el IRPF


El Ministerio las considera rendimientos del trabajo en una consulta vinculante de la Dirección General de Tributos
ABC
@abceconomia
MADRID
Actualizado:
05/07/2018 12:59h

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Me han regalado una cesta de Navidad, ¿es necesario declararla a Hacienda?
El Ministerio de Hacienda considera que las propinas a camareros y demás trabajadores en establecimientos de hostelería y restauración no están exentas . La Dirección General de Tributos en una consulta vinculante establece que las propinas que percibe el personal de hostelería, pero también de restauración, tributan en el IRPF y deben incluirse en la declaración del impuesto.


«Las cantidades percibidas en concepto de "propinas" constituyen rendimientos del trabajo para sus perceptores, sujetos al Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y a su sistema de retenciones a cuenta, de acuerdo a lo dispuesto en los artículos 17 y 99 de la Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y de modificación parcial del las leyes de los Impuestos sobre Sociedades, sobre la Renta de no Residentes y sobre el Patrimonio (BOE del día 29)», apunta el Ministerio en una consulta de 2013.

Retenciones en el IRPF
Realmente, para pequeñas cantidades en efectivo como las que suelen percibir camareros y demás, la gestión es complicada. En otra consulta de 2003, Hacienda apuntaba que la empresa debía incluir las propinas en la nómina de los trabajadores para aplicarles la correspondiente retención. «En aplicación del precepto transcrito, la entidad consultante deberá practicar la retención correspondiente por las propinas que reciban sus trabajadores», dictaba Tributos.


Por contra, en el caso de autónomos o personas jurídicas, la cantidad no se debe gravar por IVA o Sociedades. «Dichas cantidades percibidas en concepto de “propinas” deben consignarse en la declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas físicas, como rendimientos del trabajo», asevera la más reciente interpretación de Hacienda.

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Re:Algo sobre dinero
« Respuesta #1118 en: 30 de Agosto de 2018, 14:48:05 pm »


Facua denuncia a Ryanair por su medida de cobrar por el equipaje de mano


La asociación de consumidores considera que la medida vulnera los derechos de los viajeros


Un avión de Ryanair efe
EFE
PERFIL
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30.08.2018 - 11:15
Facua-Consumidores en Acción ha presentado una denuncia ante la Agencia Estatal de Seguridad Aérea (AESA) y la Agencia Española de Consumo, Seguridad Alimentaria y Nutrición (Aecosan) contra Ryanair por su medida de empezar a cobrar a los usuarios por el equipaje de mano.


MÁS INFO

Facua desmonta a Ryanair: la ley obliga a facturar gratis el equipaje de mano
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La asociación ha anunciado que considera esta práctica abusiva y advierte de que genera "un grave perjuicio a los consumidores, vulnera sus derechos e incumple las condiciones básicas del contrato de transporte aéreo", según explica en un comunicado.

Facua ha recordado que, según la Ley de Navegación Aérea, el transportista está obligado a transportar de forma gratuita en cabina, como equipaje de mano, los objetos y bultos que el viajero lleve consigo, y contempla como excepciones razones de seguridad, vinculadas al peso o al tamaño del objeto en relación con las características de la aeronave.

Además, la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios recoge como cláusulas abusivas aquellas estipulaciones no negociadas individualmente y todas aquellas prácticas no consentidas expresamente que causen, en perjuicio del consumidor y usuario, un desequilibrio importante de los derechos que se deriven del contrato.

Ryanair anunció el pasado 23 de agosto un cambio en su política de equipaje de mano en la que los usuarios deberán pagar, a partir del 1 de noviembre, entre ocho y diez euros por las maletas de hasta diez kilos que introduzcan en la cabina, algo que hasta ahora era grautito.

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Re:Algo sobre dinero
« Respuesta #1119 en: 19 de Septiembre de 2018, 18:16:52 pm »
Las puertas giratorias, los consejos de administración, los habanos de los expresidentes....y la luz por las nubes.

 :Horca


El Gobierno suspenderá el impuesto del 7% a la generación eléctrica