Autor Tema: Algo sobre dinero  (Leído 157186 veces)

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Re:Algo sobre dinero
« Respuesta #360 en: 08 de Agosto de 2009, 12:45:02 pm »
?creeis que por un recibo de movistar me pueden denegar una financiación de 900??

SI.

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Re:Algo sobre dinero
« Respuesta #361 en: 10 de Agosto de 2009, 09:07:12 am »
pues vaya mierda...  :Enfadado_2 :Enfadado_2
bueno, voy a llamar a eso de proteccion de datos o como se llame a ver si me dicen algo... ya os informaré!
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Re:Algo sobre dinero
« Respuesta #362 en: 11 de Agosto de 2009, 10:34:02 am »
mustitiiiiiiiiiiii, te hice caso y llamé a proteccion de datos.
me dijeron qe necesitaban saber el nombre de la compa?ía o empresa a la qe en teoría debía la factura. me dijeron ademas, qe llamando a mi banco de confianza, y con mi dni, podían decirme si tenía algun impago. efectivamente.... mi amiga la del banco, me ha llamado esta ma?ana y me ha confirmado qe tengo un impago de 149,04? de Telecomunicaciones, operaciones telefonía móvil... (supongo qe movistar).
asi qe ahora tengo qe volver a llamar a proteccion para darle los datos y a ver qe me dicen... pq a mi desde luego, no me ha llegado nada notificandome esta warrada.
ya os contaré mas...
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Re:Algo sobre dinero
« Respuesta #363 en: 11 de Agosto de 2009, 13:22:40 pm »
Mostiko, sabes mucho tú de impagos...
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Re:Algo sobre dinero
« Respuesta #364 en: 11 de Agosto de 2009, 17:14:10 pm »
Mi vida es un bokete....

Saludos y paz.

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Re:Algo sobre dinero
« Respuesta #365 en: 11 de Agosto de 2009, 17:39:50 pm »
mustitiiiiiiiiiiii, te hice caso y llamé a proteccion de datos.
me dijeron qe necesitaban saber el nombre de la compa?ía o empresa a la qe en teoría debía la factura. me dijeron ademas, qe llamando a mi banco de confianza, y con mi dni, podían decirme si tenía algun impago. efectivamente.... mi amiga la del banco, me ha llamado esta ma?ana y me ha confirmado qe tengo un impago de 149,04? de Telecomunicaciones, operaciones telefonía móvil... (supongo qe movistar).
asi qe ahora tengo qe volver a llamar a proteccion para darle los datos y a ver qe me dicen... pq a mi desde luego, no me ha llegado nada notificandome esta warrada.
ya os contaré mas...

Instucción 1/1995, de 1 de marzo, de la Agencia de Protección de Datos, relativa a
prestación de servicios de información sobre solvencia patrimonial y crédito.


NORMA SEGUNDA
Notificación de la inclusión en el fichero
La notificación de la inclusión de datos personales en el fichero efectuada con posterioridad a la entrada en
vigor de la Ley Orgánica 5/1992 se efectuará en la forma establecida en el artículo 28 de la misma.
Cuando se trate de datos personales incorporados al fichero con anterioridad a la entrada en vigor de la Ley
Orgánica deberán notificarse al afectado en el menor plazo posible y, en todo caso, dentro del a?o siguiente
contado desde la publicación de la presente Instrucción.
La inscripción en el fichero de la obligación incumplida se efectuará, bien en un solo asiento si fuese de
vencimiento único, bien en tantos asientos como vencimientos periódicos incumplidos existan se?alando,
en este caso, la fecha de cada uno de ellos.
Se efectuará una notificación por cada deuda concreta y determinada con independencia de que ésta se
tenga con el mismo o con distintos acreedores.

El responsable del fichero deberá adoptar las medidas organizativas y técnicas necesarias que permitan
acreditar la realización material del envío de notificación y la fecha de entrega o intento de entrega de la
misma.

La notificación se dirigirá a la última dirección conocida del afectado a través de un medio fiable e
independiente del responsable del fichero

--------------------------------------------

Por otro lado......

Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal.


Artículo 5. Derecho de información en la recogida de datos.

1. Los afectados a los que se soliciten datos personales deberán ser previamente informados de modo expreso, preciso e inequívoco:

   1. De la existencia de un fichero automatizado de datos de carácter personal, de la finalidad de la recogida de éstos y de los destinatarios de la información.
   2. Del carácter obligatorio o facultativo de su respuesta a las preguntas que les sean planteadas.
   3. De las consecuencias de la obtención de los datos o de la negativa a suministrarlos.
   4. De la posibilidad de ejercitar los derechos de acceso, rectificación y cancelación.
   5. De la identidad y dirección del responsable del fichero.

Artículo 29. Prestación de servicios de información sobre solvencia patrimonial y crédito.


1. Quienes se dediquen a la prestación de servicios de información sobre la solvencia patrimonial y el crédito sólo podrán tratar datos de carácter personal obtenidos de los registros y las fuentes accesibles al público establecidos al efecto o procedentes de informaciones facilitadas por el interesado o con su consentimiento.

2. Podrán tratarse también datos de carácter personal relativos al cumplimiento o incumplimiento de obligaciones dinerarias facilitados por el acreedor o por quien actúe por su cuenta o interés. En estos casos se notificará a los interesados respecto de los que hayan registrado datos de carácter personal en ficheros, en el plazo de treinta días desde dicho registro, una referencia de los que hubiesen sido incluidos y se les informará de su derecho a recabar información de la totalidad de ellos, en los términos establecidos por la presente Ley.

3. En los supuestos a que se refieren los dos apartados anteriores, cuando el interesado lo solicite, el responsable del tratamiento le comunicará los datos, así como las evaluaciones y apreciaciones que sobre el mismo hayan sido comunicadas durante los últimos seis meses y el nombre y dirección de la persona o entidad a quien se hayan revelado los datos.

4. Sólo se podrán registrar y ceder los datos de carácter personal que sean determinantes para enjuiciar la solvencia económica de los interesados y que no se refieran, cuando sean adversos, a más de seis a?os, siempre que respondan con veracidad a la situación actual de aquéllos.

Artículo 44. Tipos de infracciones.

3. Son infracciones graves:
 
   I. Incumplir el deber de información que se establece en los artículos 5, 28 y 29 de esta Ley, cuando los datos hayan sido recabados de persona distinta del afectado.

--------------------------------------

Hay tienes guerra rubia, si tienes dinero y ganas...... ;risr;

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Re:Algo sobre dinero
« Respuesta #366 en: 11 de Agosto de 2009, 17:47:59 pm »
Eso si, mientras tengas la guerra abierta no te daran ni un chelin en ningun sitio.....tu sabras lo que te merece la pena....si pagar los 147 dolares esos o abrirle el culo a alguno pero quedarte mientras sin pasta. Yo soy de los que digo "pa chulo yo y pa puta su puta madre" ;fu;

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Re:Algo sobre dinero
« Respuesta #367 en: 11 de Agosto de 2009, 17:52:40 pm »
Se me ha olvidado ponerte las sanciones para que se te ponga un poco dura.....

Artículo 45. Tipo de sanciones.

2. Las infracciones graves serán sancionadas con multa de 10.000.000 a 50.000.000 de pesetas.

 ;risr;

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Re:Algo sobre dinero
« Respuesta #368 en: 12 de Agosto de 2009, 08:39:28 am »
co?o!! ... pues la verdad es qe no se qe hacer, por lo pronto, voy a pasar de comprar nada financiado, y voy a dar un poco de xculo... a ver si consigo contactar con esta gente de protección de datos, porque no hay quien los pille vamos! en fin...

muchas gracias mustitiii  :mj: :mj:  :vergo
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Re:Algo sobre dinero
« Respuesta #369 en: 13 de Agosto de 2009, 12:20:18 pm »
 :Burla
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Re:Algo sobre dinero
« Respuesta #370 en: 13 de Agosto de 2009, 13:02:14 pm »
Una pregunta. Puede una persona cuyo sueldo no se lo permitiría, tener un vehículo a su nombre siempre y cuando justifique que se lo están pagando? Por ejemplo, si fuera un regalo de un familiar o un amigo que mientras exista esta propiedad se la estarán pagando?

Yo digo que sí, el otro día un compa?ero decía que Hacienda le pegaría un toque a esta persona, pero yo no estaba de acuerdo, aunque no tengo argumentos legales que me apoyen, sólo la lógica.
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Re:Algo sobre dinero
« Respuesta #371 en: 13 de Agosto de 2009, 13:26:44 pm »
. . .  cualquier tipo de acuerdo mercantil entre particulares es posible siempre y cuando se abonen los correspondientes impuestos . . . en el caso del regalo de un vehículo habrá que liquidar el impuesto de donaciones . . . por lo demás yo no veo ningún inconveniente . . .

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Re:Algo sobre dinero
« Respuesta #372 en: 13 de Agosto de 2009, 15:34:45 pm »
Incluso entre familiares? Hijo que paga mes a mes coche a padre. Vehículo a nombre del padre. Algún problema? Habría que pagar ese impuesto de donaciones?
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Re:Algo sobre dinero
« Respuesta #373 en: 13 de Agosto de 2009, 17:30:04 pm »
Si, normalmente las donaciones son entre familiares, nadie va por ahí regalando coches a desconocidos . . . lo normal es que el regalo sea a algún familiar o conocido con el que se tenga relación . . .

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Re:Algo sobre dinero
« Respuesta #374 en: 13 de Agosto de 2009, 17:57:14 pm »
Incluso entre familiares? Hijo que paga mes a mes coche a padre. Vehículo a nombre del padre. Algún problema? Habría que pagar ese impuesto de donaciones?
SIIIIIIIIIIIIII, puesto que Hacienda lo entendería como una DONACIÓN ENCUBIERTA. :lect
KETEDEN"quotquot: el paso de "quotquottonadillero"quotquot (tío de Paquirrín), a "quotquotfundamentalista cínico"quotquot (oculto tras el burka del anonimato), pasando por "quotquotmachaca del cangrejo"quotquot (con marca de vino), te ha hecho perder los valores más esen

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Re:Algo sobre dinero
« Respuesta #375 en: 14 de Agosto de 2009, 00:49:36 am »
Si, normalmente las donaciones son entre familiares, nadie va por ahí regalando coches a desconocidos . . . lo normal es que el regalo sea a algún familiar o conocido con el que se tenga relación . . .

Yo regalo amor a las mozas que me lo pidan.

Incluso entre familiares? Hijo que paga mes a mes coche a padre. Vehículo a nombre del padre. Algún problema? Habría que pagar ese impuesto de donaciones?
SIIIIIIIIIIIIII, puesto que Hacienda lo entendería como una DONACIÓN ENCUBIERTA. :lect

Gracias majo.
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Re:Algo sobre dinero
« Respuesta #376 en: 14 de Agosto de 2009, 09:04:49 am »
co?o!! ... pues la verdad es qe no se qe hacer, por lo pronto, voy a pasar de comprar nada financiado, y voy a dar un poco de xculo... a ver si consigo contactar con esta gente de protección de datos, porque no hay quien los pille vamos! en fin...

muchas gracias mustitiii  :mj: :mj:  :vergo

Shini.....si estas en una lista de impagados, olvidate de financiar  nada, entre otras cosas porque te lo denegeran siempre.....pero incluso la compra de un coche o una hipoteca....lo primero que se hace a la hora de financiar es mirar en el RAI y en el ASNEF que son las listas de morosos mas comunes y las que usan bancos y financieras.....y si estas en la lista directamente te lo deniegan por baremos internos  de la financiera........aunque sea una factura de 5 E......y eso te lo puedo asegurar.......

Lo que tambien es cierto que si tienes un recibo devuelto tiene que venirte devuelto 3 veces hasta que te avisan de que vas a pasar a ser moroso... ...mientras este devuelto tu banco te tendria que haber mandado una notificacion como que el recibo ha sido devuelto por lo que sea y ademas si ves los movimientos te tendria que aparecer la devolucion del recibo.....y despues te llamara la financiera para darte la co?a y decirte que pagues.......por eso es raro, que si es un recibo de hace a?os en su momento te lo tenian que haber notificado.......

Eso si......aunque pagaras la deuda, constaran tus datos en la lista durante 6 a?os en el ASNEF y unos 30 meses en el RAI.............supuestamente esto no es legal......despues de la modificacion de la Ley de proteccion de Datos......pero se lo saltan un poco a la torera,......

Antes, aunque hubieses pagado la deuda constabas en el fichero como "saldo cero" o "deuda pagada" pero seguian estando tus datos por haber sido impagada y eso te podia generar problemas a la hora de financiar o pedir dinero en un banco......ahora, una vez pagada la deuda deberian de borrar tus datos en el momento pero si no mueves el culo y llevas al propio registro los papeles como que la deuda esta pagada yo no me fio mucho de que te borren..... :mus; :mus; :mus;

ESo si......las propias financieras o los propios bancos,...como hayan tenido problemas contigo por impagos..no borran los datos de los clientes y aunque hayas pagado despues la deuda....miraran tu expediente.....y si ha pasado el tiempo y despues has seguido pagando bien...quizas te dejen volver a financiar o darte un prestamo....pero sino tienen contancia de pagos posteriores son bastante reticentes a la hora de prestar dinero de nuevo...

"quotquotTODO VICIO TRAE SIEMPRE SU CONSIGUIENTE EXCUSA"quotquot[/cen

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Re:Algo sobre dinero
« Respuesta #377 en: 14 de Agosto de 2009, 09:41:22 am »
según proteccion de datos, en cuanto pagues la deuda y le envies el "DERECHO DE CANCELACIÓN" a la empresa qe te haya metío en la lista negra... en 10 días hábiles desapareces de la lista... ya te digo de antemano, qe no tengo ni idea de si será verdad o no, a saber!! ya he enviado el derecho de acceso a "credit bureau" para qe me digan el importe, el motivo, y los datos de quien ha osado incluirme en una pu?etera lista de morosos... ya os iré informando, por si alguna vez os sucede algo similar  :Aleg :Aleg
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Re:Algo sobre dinero
« Respuesta #378 en: 14 de Agosto de 2009, 10:31:23 am »
según proteccion de datos, en cuanto pagues la deuda y le envies el "DERECHO DE CANCELACIÓN" a la empresa qe te haya metío en la lista negra... en 10 días hábiles desapareces de la lista... ya te digo de antemano, qe no tengo ni idea de si será verdad o no, a saber!! ya he enviado el derecho de acceso a "credit bureau" para qe me digan el importe, el motivo, y los datos de quien ha osado incluirme en una pu?etera lista de morosos... ya os iré informando, por si alguna vez os sucede algo similar  :Aleg :Aleg
A eso me refiero...segun proteccion de datos......"que pagues y le envies el comprobante de pago".....lo de los 10 dias es la norma legal...pero de que te saquen de la lista a que no aparezcan tus datos...va un trecho......AL FINAL TE TOCA DENUNCIAR.....pero bueno conseguirse se consigue pero despues de pasar un tormento....

Mira esto...
http://dineroexperto.com/blog/%c2%bfcomo-salir-de-un-fichero-de-morosos/

http://www.elmundo.es/sudinero/noticias/act-41-3.html

Es mera informacion de como funcionan.....yo te puedo comentar de cara a mi trabajo pero poco mas......pero te aviso que como siga igual que hace a?os...o denuncias a la APD para que te borre la empresa que te metio o al final te toca esperar los 6 a?os.....no lo dejes....y si se ponen cazurros en la empresa de telefonia pues denuncia.....eso si.....va de un lentoooooo..... ;cosc; ;cosc; ;cosc;

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Re:Algo sobre dinero
« Respuesta #379 en: 19 de Agosto de 2009, 12:11:25 pm »
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