Autor Tema: Indulto: otro caso más  (Leído 146931 veces)

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Re: Indulto: otro caso más
« Respuesta #1020 en: 05 de Noviembre de 2022, 07:45:40 am »


El fiscal invoca el auto del Supremo sobre Vera y Barrionuevo para que Griñán entre ya en prisión


La Audiencia de Sevilla podría tomar una decisión sobre el futuro del expresidente andaluz este mismo mes de noviembre.
5 noviembre, 2022 02:
Inma León  @Leon_Inma
La Fiscalía Anticorrupción es contundente en el escrito de seis folios que ha notificado ante la Audiencia Provincial de Sevilla para que el expresidente de la Junta José Antonio Griñán y los otros ocho ex altos cargos condenados entren de inmediato en prisión para cumplir sus penas por el caso ERE.

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Re: Indulto: otro caso más
« Respuesta #1021 en: 09 de Noviembre de 2022, 07:50:04 am »

‘Caso ERE’: una sentencia equivocada y un indulto justificado


Para que exista delito de malversación, la ley exige que haya un ánimo de lucro directo o consentido que no aparece por ningún sitio en el fallo del Supremo. La medida de gracia para José Antonio Griñán corregiría un craso error judicial

EULOGIA MERLE
José Antonio Martín Pallín
JOSÉ ANTONIO MARTÍN PALLÍN
09 NOV 2022 - 05:00 CET
El caso de los ERE de Andalucía no tiene precedentes en la doctrina penal ni puede encontrarse nada semejante en las bases de jurisprudencia. Se trata de hechos sucedidos durante 10 años en sede parlamentaria y del Gobierno autonómico, sin que nadie los hubiera denunciado. Si alguien quiere opinar, con un mínimo de solvencia, sobre el contenido de una s...


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Re: Indulto: otro caso más
« Respuesta #1022 en: 10 de Noviembre de 2022, 00:58:17 am »
Pues si que cae bajo Elpais...



‘Caso ERE’: una sentencia equivocada y un indulto justificado


Para que exista delito de malversación, la ley exige que haya un ánimo de lucro directo o consentido que no aparece por ningún sitio en el fallo del Supremo. La medida de gracia para José Antonio Griñán corregiría un craso error judicial

EULOGIA MERLE
José Antonio Martín Pallín
JOSÉ ANTONIO MARTÍN PALLÍN
09 NOV 2022 - 05:00 CET
El caso de los ERE de Andalucía no tiene precedentes en la doctrina penal ni puede encontrarse nada semejante en las bases de jurisprudencia. Se trata de hechos sucedidos durante 10 años en sede parlamentaria y del Gobierno autonómico, sin que nadie los hubiera denunciado. Si alguien quiere opinar, con un mínimo de solvencia, sobre el contenido de una s...

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Re: Indulto: otro caso más
« Respuesta #1023 en: 15 de Noviembre de 2022, 15:26:42 pm »

La justicia da 10 días a Griñán y otros 7 condenados en los ERE para su ingreso en prisión


Por María Muñoz Morillo
15 de noviembre de 2022, 14:44 CET
El ex-presidente de la Junta de Andalucía, José Antonio Griñán. María José López / Europa Press
El ex-presidente de la Junta de Andalucía, José Antonio Griñán. María José López / Europa Press
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La Audiencia de Sevilla deniega la suspensión de las penas privativas de libertad mientras se tramita el indulto solicitado por ocho de los nueve condenados por el caso ERE, entre ellos el expresidente socialista de la Junta de Andalucía José Antonio Griñán.

Les da un margen de 10 días para ingresar de forma voluntaria.

Anticorrupción avala el ingreso en prisión de Griñán por el 'caso de los ERE'

EUROPA PRESS/SEVILLA La Sección Primera de la Audiencia de Sevilla ha dictado un auto en el que deniega la suspensión de las penas privativas de libertad mientras se tramita el indulto solicitado por ocho de los nueve condenados a cárcel por el denominado caso ERE, entre ellos el expresidente socialista de la Junta de Andalucía José Antonio Griñán, según ha informado el TSJA.

En paralelo, acuerda la suspensión de la ejecución de la pena privativa de libertad de tres años impuesta al ex director general de Trabajo de la Junta de Andalucía Juan Marquez mientras se tramita su solicitud de indulto.

Así, la Sección Primera de la Audiencia deniega suspender las penas de cárcel que pesan sobre Griñán, la exconsejera de Hacienda Carmen Martínez Aguayo, el exconsejero de Innovación Francisco Vallejo, el exconsejero de Empleo y Desarrollo Tecnológico José Antonio Viera, el también exconsejero de Empleo Antonio Fernández, el exdirector de la agencia IDEA Miguel Ángel Serrano, el exviceconsejero de Innovación Jesús María Rodríguez Román y el exviceconsejero de Empleo Agustín Barberá.



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Re: Indulto: otro caso más
« Respuesta #1024 en: 17 de Noviembre de 2022, 18:31:34 pm »

El ex presidente andaluz recurre ante la Audiencia de Sevilla el plazo de 10 días para ingresar en la cárcel en un último intento por eludirla


Griñán pide una prórroga de tres meses antes de entrar en prisión y denuncia la alarma social "populista, provocada y siempre interesada"


CHEMA RODRÍGUEZ | SEVILLA
17/11/2022 14:00

La alarma social que esgrimió, entre otras razones, la Audiencia de Sevilla para denegar la suspensión de la condena a seis años por el caso ERE y ordenar el ingreso en prisión de José Antonio Griñán es una alarma social "populista, provocada y siempre interesada" según el ex presidente de la Junta, que apunta al "resentimiento y a fobias partidistas" como el origen.

Griñán ha pedido a la Audiencia sevillana que la ignore y que atienda, en cambio, a la "alarma social de los ciudadanos de bien y prudentes" y le evite el trago de ingresar en la cárcel, al menos durante unos meses más.

Lo ha hecho en el recurso de súplica que ha presentado ante la Sección Primera contra el auto conocido este miércoles que rechazaba aplazar la ejecución de la condena del ex presidente -y del resto de condenados a penas de privación de libertad por la trama corrupta de los ERE-, el último cartucho que le queda antes de tener que cruzar el umbral de la prisión.


En el recurso, al que ha tenido acceso EL MUNDO, el ex presidente andaluz solicita una suerte de prórroga de tres meses, el tiempo que estima que podría tardar en resolverse su petición de indulto y el incidente de nulidad planteado ante el Tribunal Supremo. Es lo que entiende por un "tiempo prudencial" para evitar que las dos vías abiertas para sortear la cárcel perdieran su sentido.

Niega además que los intentos de suspender la ejecución de la condena por malversación respondan a un objetivo de "interferir, perturbar o condicionar" el cumplimiento de la sentencia. "Nada más lejos de la realidad", subraya el escrito. Lo que se pretende, enfatiza la defensa de Griñán, es precisamente lo contrario, evitar un cumplimiento "fallido, indebido, innecesario o improcedente". Sería así, argumenta, porque en el caso de que se le concediese un indulto parcial o se estimase la petición de nulidad (reduciéndose la condena a dos años), el ingreso en prisión que ha ordenado la Sección Primera resultaría "innecesario". "Lo que pretendemos -insiste- es una ejecución de la sentencia que, en sus tiempos, se ajuste a criterios de prudencia y justicia.

Reitera el ex presidente a través de su abogado los motivos que, a su juicio, justifican el indulto y el incidente de nulidad planteado ante el Alto Tribunal. Razones, respectivamente, humanitarias y jurídicas que son, afirma, "realmente excepcionales". Y vuelve a recordar los votos particulares de dos de las magistradas del Supremo que no consideran probado el delito de malversación y, por lo tanto, la prisión. Eso, dice el recurso, "no es usual y puede ser calificado de excepcional".

Si en el auto por el que la Audiencia ordenó el ingreso en la cárcel del ex presidente se apuntaba al "perjuicio irreparable" de no cumplir una sentencia firme, pregunta el abogado de Griñán cómo habría que calificar el perjuicio de entrar en la cárcel y que, después de un tiempo, resultara que no debía haberse producido esa situación. "¿Cómo podría restablecerse el derecho a la libertad deambulatoria lesionado, el derecho al honor, el intenso sufrimiento asociado a la lesión de los dos derechos fundamentales afectados?", añade.

El recurso de súplica llega justo en el plazo límite marcado por la Audiencia -dos días- y en él el abogado del ex presidente, José María Calero, propone asimismo a la Audiencia que dirija oficios al Gobierno y al Tribunal Supremo para que agilicen la tramitación del indulto y del incidente de nulidad, respectivamente.

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Re: Indulto: otro caso más
« Respuesta #1025 en: 18 de Noviembre de 2022, 07:11:41 am »


El PP asume que Griñán no entrará en prisión: "No quiere la 'foto' de Vera y Barrionuevo..."


Dirigentes populares dan por hecho que la defensa del expresidente de la Junta y del PSOE tratará de retrasar el ingreso con un informe médico si no prospera el recurso de súplica presentado ayer
El PP asume que Griñán no entrará en prisión:  Salida de la Audiencia Provincial del ex-presidente de la Junta de Andalucía, José Antonio Griñán. Europa Press
JESÚS ORTEGA
PUBLICADO 18/11/2022 04:45
ACTUALIZADO 18/11/2022 04:50
José Antonio Griñán presentó ayer un recurso de súplica para pedir una prórroga de tres meses a su ingreso en prisión, previsto para dentro de una semana. Desde el PP tienen claro que el expresidente de la Junta de Andalucía y del PSOE quiere "ganar tiempo" para que el Gobierno rebaje el delito de malversación... y poder evitar así la condena. Por eso, creen que, pese a lo apretado del calendario, "aún le quedan balas" para evitar su entrada en la cárcel.

MÁS INFO


'Caso ERE': el Supremo rechaza suspender la pena de prisión de José Antonio Griñán
La Audiencia de Sevilla da 10 días a Griñán para que ingrese en prisión sin esperar a tramitar su indulto
Así lo afirman a Vozpópuli veteranos cargos del PP, que dan por "imposible" la imagen de Griñán entrando en prisión: "Ni él, ni Pedro Sánchez ni el PSOE quieren una nueva 'foto' de Vera y Barrionuevo... y harán todo lo posible para evitarla".


De momento, el expresidente de la Junta ya ha presentado un recurso de súplica para retrasar tres meses su ingreso, pero los dirigentes del Partido Popular consultados avisan que, de ser rechazado ese escrito, a Griñán y su defensa le quedaría todavía una opción: presentar un informe médico que desaconseje su entrada en la cárcel.

En ese sentido, las fuentes consultadas recuerdan que Griñán ya ha tenido "problemas de salud" durante los años del juicio de los ERE y que, ahora, "sus abogados solo tienen que presentar ese informe médico para paralizar su ingreso en prisión".



Todo ello porque, una vez remitido ese escrito, "tiene que ser convocado un médico forense para determinar si el estado de salud del condenado impide o no su entrada en prisión". Un proceso que "puede alargarse hasta el año que viene".

Tiempo para rebajar la malversación
Desde el PP insisten en que, si Griñán consigue evitar su ingreso en la cárcel la semana que viene, "al PSOE le dará tiempo a rebajar la malversación antes de final de año y evitar que al final entre".



Ese es, para los cargos populares consultados, el objetivo de fondo del expresidente de la Junta y también de Pedro Sánchez: "Al final, Moncloa habrá hecho cálculo de daños y habrá concluido que una imagen como la de Vera y Barrionuevo es más dañina que cambiar a cinco meses de las elecciones un delito para evitar, precisamente, esa foto".

Desde el PP, además, dan por hecho que el PSOE "jugará al empate" con la reforma de este delito y "querrá meternos en el mismo saco", recordando que antiguos cargos del partido,, implicados en casos de corrupción, también se beneficiarían de la medida.


Nosotros, en plena explosión de la Gürtel en 2015, agravamos ese delito. Ellos, sin embargo, lo reducen tras la sentencia de los ERE
Para ese argumento, en todo caso, los populares tienen respuesta: "Al final, la medida beneficiará a algunos condenados por malversación, pero nosotros, en plena explosión de la Gürtel en 2015, agravamos ese delito. Ellos, sin embargo, lo reducen tras la sentencia de los ERE".


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« Respuesta #1026 en: 27 de Noviembre de 2022, 07:29:16 am »

El Supremo admite a trámite los incidentes de nulidad de Griñán y de los otros ex altos cargos


La defensa del ex presidente presentó el incidente de nulidad a finales de septiembre pasado
El último intento de Griñán para tratar de evitar la cárcel
José Antonio Griñán, con uno de sus Gobiernos, en 2011.
José Antonio Griñán, con uno de sus Gobiernos, en 2011. / JULIO MUÑOZ/EFE

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JORGE MUÑOZ
25 Noviembre, 2022 - 13:14h

La Sala Segunda del Tribunal Supremo ha admitido a trámite los incidentes de nulidad planteados por el ex presidente de la Junta José Antonio Griñán y los otros ocho ex altos cargos que fueron condenados a penas de cárcel por el delito de malversación, contra la sentencia que confirmó estas condenas que ya están siendo ejecutadas por la Audiencia de Sevilla.

La admisión del incidente de nulidad implica que el Alto Tribunal estudiará las alegaciones de Griñán y de los otros ex altos cargos, y tendrá que resolver sobre la petición que realizó la defensa del ex presidente para que se paralice su ingreso en prisión, aunque la Audiencia de Sevilla ya decidió el pasado 15 de noviembre rechazar la petición de paralizar el encarcelamiento mientras se resuelve precisamente este incidente y ante el indulto parcial planteado.

Esta decisión suponía el inicio de la cuenta atrás para el encarcelamiento de ocho condenados por la malversación de 680 millones de ayudas de los ERE. La Audiencia de Sevilla denegó en un auto dictado este día la suspensión de la ejecución del ingreso en prisión del ex presidente de la Junta José Antonio Griñán y otros siete ex altos cargos que fueron condenados a penas privativas de libertad.

El rechazo de la Audiencia
Ante la Audiencia de Sevilla de nada han servido, por ahora, los alegatos de las defensas de ocho condenados, que habían solicitado a la Sección Primera de la Audiencia de Sevilla que paralizara la ejecución de la sentencia mientras se resuelven el indulto parcial que todos han pedido, así como el incidente de nulidad planteado contra la sentencia del Tribunal Supremo que ratificó la condena e incluso el recurso de amparo ante el Tribunal Constitucional que la mayoría de los acusados ha anunciado y que, en concreto, ya ha planteado uno de los acusados.

En el auto, la sala rechazó la suspensión de la ejecución de Griñán y de otros siete ex altos cargos, excepto en el caso del ex director de Trabajo Juan Márquez, que fue condenado a tres años, mientras se tramita el indulto por un plazo de un año "transcurrido el cual sin que se haya comunicado por el Ministerio de Justicia su concesión o denegación se resolverá lo procedente".

De momento, la Sala está tramitando los recursos de súplica que se presentaron contra este auto y después, una vez sea firme la resolución, el tribunal requerirá a los penados "para que comparezcan en el plazo de diez días ante esta Sala para su ingreso voluntario en el centro penitenciario".

Precisamente la defensa de Griñán ha planteado en su recurso de súplica en el que ha pedido que se amplíe a "tres meses" el plazo para su ingreso en prisión por el caso de los ERE, al considerar que la decisión adoptada -el tribunal le ha dado 10 días una vez que la resolución sea firme- le causa "grave daños irreparables y que pudieran ser innecesarios".

El abogado José María Calero, que representa al ex presidente andaluz, ha solicitado a la Audiencia "un plazo prudencial mayor que el de 10 días acordado, para el comienzo del cumplimiento de la ejecución de la pena privativa de libertad –proponemos tres meses-, y dirigir oficios al Gobierno de la Nación y a la Sección 1ª de la Sala Segunda del Tribunal Supremo, interesándoles que remuevan los obstáculos que impidan la más ágil tramitación de sendos expedientes en tanto afectan al curso ordinario de la ejecución de una sentencia".

La prórroga que ha pedido Griñán es el último intento para tratar de evitar su inminente encarcelamiento, algo que cada día parece más inevitable, aunque la última palabra corresponde a la Sección Primera de la Audiencia de Sevilla, el tribunal que juzgó la denominada “pieza política” de los ERE y que ahora está encargada de la ejecución de la sentencia, después de que el Tribunal Supremo confirmara la condena a penas de cárcel a nueve ex altos cargos de la Junta por el delito de malversación relacionado con las ayudas de 680 millones de euros concedidas entre los años 2000 y 2009.


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« Respuesta #1027 en: 10 de Diciembre de 2022, 08:45:19 am »
“Griñán tiene que entrar en prisión”, la línea roja que el PSOE ha marcado a Sánchez para la rebaja de la malversación


Le han transmitido que la reducción de la condena no puede dejarla en menos de dos años y que eso le permita eludir la cárcel: “Parecería que estamos soltando a políticos corruptos”

FECHA
09/12/22access_time 1:00

José Antonio Frauca 
El Gobierno se ha esforzado en defender que la reforma de la malversación no afectará al socialista José Antonio Griñán, el ex presidente de Andalucía, condenado a seis años por este delito en el caso de los ERE. El PSOE ha concluido que es un ejemplo claro en el que no hay lucro personal, pero ha marcado a Moncloa una línea roja.

Por lo pronto, el Ejecutivo de Pedro Sánchez estudiará la reforma del delito de malversación de fondos que plantea ERC. Este cambio del Código Penal se llevará a cabo mediante una enmienda que los independentistas catalanes presentarán a la supresión del delito de sedición, que ya se encuentra en el Congreso.

Aunque el cambio busca beneficiar a algunos de los dirigentes del ‘procès’, también podría suponer un alivio para el ex presidente de la Junta, José Antonio Griñán, y otros ocho penados, por la pieza principal del caso de los ERE de Andalucía.

Una corrección de las penas
Hay que recordar que Moncloa viene negociando con ERC lo que ambos han denominado “desjudicialización” del conflicto en Cataluña, que se traduce en realidad en una corrección de las penas acordadas por los tribunales.

Primero, llegó el indulto aprobado por el Consejo de Ministros en junio de 2021 y, ahora, una suerte de “amnistía encubierta”, en forma de reforma del Código Penal, que alivia penas presentes y futuras. Y esto es lo que puede acabar beneficiando a Griñán.

No obstante, los términos exactos de la enmienda de ERC y, por tanto, su repercusión en otros condenados aún están por concretar hasta que no se conozca el texto. Mientras tanto, los ministros de Presidencia y de Defensa, los juristas Félix Bolaños y Margarita Robles, respectivamente, se han mostrado abiertos a este cambio.

Griñán no se lucró de modo personal
Pedro Sánchez ha insistido en los últimos días en que “no va a haber ningún retroceso en la lucha contra la corrupción”. Pero el presidente ha dejado muy claro que está dispuesto a reformar la malversación, algo que beneficiaría a los procesados independentistas, porque entiende esta decisión como “el final de un proceso político”.

Sin embargo, hay que tener en cuenta también que el delito de malversación es el que provocó penas de prisión a nueve condenados de la pieza principal del caso de los ERE. En el caso de Griñán, fueron seis años de cárcel, y en situaciones similares se encuentran otros siete condenados.

No se pasa por alto que los condenados por los ERE no se lucraron de modo personal, que es una de las condiciones que se contempla en la reforma. Un aspecto que ha encendido las alarmas en el PSOE.

La reforma que busca ERC puede afectar tanto a la inhabilitación como a las penas de cárcel. No obstante, para que José Antonio Griñán se viera beneficiado la condena debería de pasar a menos de dos años de prisión y serían cuatro años de rebaja.


“Griñán tiene que entrar en prisión”
Y esta es la línea roja que el PSOE ha marcado a Pedro Sánchez para la disminución de las penas, según ha podido saber Confidencial Digital por fuentes de Ferraz y del grupo parlamentario socialista en el Congreso. “Otra cosa sería inasumible”, han advertido a  Moncloa, con visible preocupación, varios miembros de la dirección del partido.

Además de las críticas en público de barones socialistas, encabezadas por Emiliano García-Page y Javier Lambán, miembros de la Ejecutiva del PSOE y del grupo parlamentario liderado por Patxi López han advertido también a Moncloa del temor a que tocar la malversación pueda suponer que algunos corruptos pidan revisiones de penas acogiéndose a esa reforma, algo que sería políticamente “demoledor”, afirman.

 
Un enorme escándalo político
Según las fuentes consultadas, la dirección del PSOE ha sido contundente con el asunto de Griñán, porque, concluyen, “supone la gran amenaza para la moralidad de un Gobierno que llegó a través de una moción de censura contra la corrupción de Rajoy”, destacan.

Y es que tocar la malversación, en principio, afecta a algunos políticos. El ex presidente de la Junta de Andalucía está a punto de entrar en prisión por la malversación de marras. En el PSOE, a todos los niveles, admiten que asumen que una reforma que facilite la evasión de la condena a José Antonio Griñán supondría un escándalo político de dimensiones estratosféricas.

“Parecería que estamos soltando a corruptos”
“Parecería que estamos soltando a políticos corruptos, después de que los errores en la ley del “solo sí es sí” ya hayan puesto en la calle a agresores sexuales y violadores”, han avisado varios dirigentes y diputados socialistas al equipo de Sánchez en Presidencia.

La idea que siempre ha defendido ERC, y ahora parece haber asumido el Gobierno, es que los procesados por malversación por el ‘procès’ no se enriquecieron personalmente, y por tanto, no pueden enfrentarse a condenas tan altas como las de un corrupto.

Una línea muy fina y difícil de trazar

En el entorno de Pedro Sánchez apuntan a ECD que la reforma del PP en 2015, que se realizó precisamente para endurecer las penas por corrupción en plena crisis del caso ‘Gürtel’, derivó en que no haya apenas diferencias entre la malversación con lucro personal y sin él.

Y ese es el espacio que ahora están buscando el Gobierno y ERC para cambiar las penas por malversación, pero sin que eso suponga beneficiar a lo que el Ejecutivo entiende como corruptos, esto es los que se han lucrado, una línea muy fina y difícil de trazar jurídicamente, porque también hay condenas por corrupción sin lucro propio, por ejemplo los casos en los que se han destinado las comisiones a financiar a un partido.

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Re: Indulto: otro caso más
« Respuesta #1028 en: 23 de Diciembre de 2022, 07:44:39 am »
Griñán acreditará ante la Audiencia que padece un cáncer que no puede tratarse en prisión


Su abogado presentará este viernes ante el tribunal estas nuevas circunstancias.
23 diciembre, 2022 01:11
Inma León  @Leon_Inma

La situación del expresidente de la Junta de Andalucía José Antonio Griñán, condenado por el caso ERE, puede dar un giro inesperado por motivos de salud. Desde hace escasos días ha sido diagnosticado de un cáncer de "alto riesgo" que necesita un tratamiento hospitalario urgente y que no puede tratarse en prisión.

Su defensa, José María Calero, expondrá este viernes ante la Audiencia Provincial de Sevilla estas nuevas circunstancias y presentará toda la documentación pertinente ante su inminente ingreso en la cárcel.

Este mismo jueves la Sección Primera de la Audiencia Provincial de Sevilla ha dictado un auto en el que le da diez días naturales de plazo para que ingrese en prisión, que culminaría el 1 de enero. Tanto a él como al resto de condenados, excepto para el exviceconsejero de Empleo Agustín Barberá, al que el tribunal le aplaza el ingreso precisamente por la enfermedad que padece y que ha sido alegada por su defensa.

En en los próximos días, el expresidente tiene que someterse a nuevas pruebas. Por ahora, los resultados médicos arrojan que no tiene metástasis, pero sí necesita el "tratamiento urgente" que no podría recibir estando en la cárcel, adelanta El Periódico de España.

En total, el tribunal ha desestimado los recursos presentados de los ochos condenados al considerar que "no hay dato o circunstancia alguna que permita reformar la resolución dictada".

Rechaza indefensión
Varias defensas alegaron en sus recursos el tiempo transcurrido desde que ocurrieron los hechos. Sin embargo, la Audiencia lo justifica en que se trata de una macrocausa con muchos investigados que requería la práctica de diligencias de prueba que se dilatan en el tiempo por circunstancias, a veces ajenas a los investigados y al propio órgano judicial.

También rechaza la indefensión de las partes sustentada por las defensas en los incidentes de nulidad presentados ante el Tribunal Supremo. Al respecto, el tribunal sevillano recurre al auto anterior en el que los magistrados señalaron que en modo alguno esta circunstancia puede dar lugar a la suspensión de la ejecución de las penas privativas de libertad impuestas en sentencia firme. Tampoco la petición del indulto parcial al Gobierno.

[Griñán pide a la Audiencia ampliar tres meses el plazo para su ingreso en prisión por el caso ERE]

Por último, rechaza a su vez la petición de la defensa de Griñán para aumentar el plazo de ingreso en la cárcel a tres meses. Considera que no existe "ninguna razón" para acordar un aplazamiento del cumplimiento de la pena y no estaría justificado. "Carece de apoyatura legal y supondría un agravio comparativo para el resto de los penados", concluyen los magistrados.

No obstante, estas nuevas circunstancias obligarán a revisar su situación y podría cambiar su futuro más inmediato.






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« Respuesta #1029 en: 01 de Enero de 2023, 08:09:44 am »
TIENE UNA CONDENA DE SEIS AÑOS DE CÁRCEL
Griñán no entrará en prisión hasta tener el informe médico sobre su cáncer


La Audiencia incluye en una petición que esperará a conocer la decisión del forense sobre las pruebas aportadas por la defensa del expresidente de la Junta para justificar que su enfermedad no se puede tratar en prisión

Por Carlos Rocha. Sevilla
31/12/2022 - 14:14
José Antonio Griñán no tendrá que entrar en prisión hasta que la Audiencia de Sevilla conozca el resultado del informe médico que solicitó al Instituto de Medicina Legal sobre el cáncer de próstata que padece. La defensa del expresidente de la Junta de Andalucía informó el pasado 22 de diciembre de que le habían detectado una enfermedad que no podía tratarse en prisión, por lo que volvió a reclamar la suspensión de la condena de seis años de cárcel por su papel en caso de los ERE. Según han informado a EFE fuentes judiciales, la Audiencia ha decidido esperar a que el forense emita su informe sobre las pruebas médicas aportadas por la defensa de Griñán. El tribunal tuvo conocimiento de la situación del expresidente el mismo día que decretó la ejecución definitiva de la pena y dio diez días de plazo a 7 exdirigentes socialistas con penas de cárcel. Ese plazo finaliza el 1 de enero a las 23:59, pero para Griñán queda en suspenso hasta que se valoren los informes médicos aportados por la defensa. El abogado subrayaba que el ingreso en un centro penitenciario de Griñán "incrementaría el riesgo de fracaso del tratamiento iniciado" Existe la posibilidad, según EFE, de que el Instituto de Medicina Legal podría someter a pruebas médicas al expresidente o dar por buenos los informes que ha presentado su defensa, han añadido las fuentes. Además del informe inicial aportado por Calero, el letrado sumó después el resultado de unas pruebas médicas a las que el exidirgente socialista se sometió el pasado 27 de diciembre. La defensa alude en su petición al artículo 80.4 del Código Penal, que otorga a los jueces la posibilidad de suspender una pena de prisión si el condenado sufre una enfermedad incurable.

 En el informe que Calero presentó el pasado jueves volvió a pedir la suspensión de su entrada en prisión porque las pruebas realizadas confirman el "alto riesgo" del cáncer de próstata que padece y por el que ya ha iniciado el tratamiento. Según los documentos médicos, el expresidente tiene que someterse a un tratamiento de radioterapia que no puede recibir en presión. Calero subrayó en el escrito que el ingreso en un centro penitenciario de Griñán "incrementaría el riesgo de fracaso del tratamiento iniciado, dificultaría su control por especialistas en oncourología y podría reducir su expectativa de vida". En el documento inicial recuerda además que el Tribunal Constitucional ha determinado que para suspender la pena por enfermedad no es necesario que esté en fase terminal, sino que se puede justificar si la estancia en la cárcel puede empeorar el pronóstico.

José Antonio Griñán fue condenado a seis años y dos días de prisión e inhabilitación durante 15 años por los delitos de malversación y prevaricación en la llamada pieza política del caso de los ERE. Así lo determinó la Audiencia de Sevilla en una sentencia publicada en noviembre de 2019 y que fue confirmada por el Tribunal Supremo en un fallo que se hizo público en julio. Los jueces del Alto Tribunal consideran que Griñán tuvo responsabilidad en el reparto fraudulento de ayudas diseñado en el seno de la Consejería de Empleo de la Junta de Andalucía. Su condena responde a su papel como consejero de Hacienda, no como presidente de la Junta. La defensa del expresidente puso en marcha varias vías para impedir la entrada en prisión de Griñan, para quien su familia solicitó el indulto el pasado verano. Además de esta solicitud, Calero interpuso un incidente de nulidad sobre la sentencia del Tribunal Supremo y pidió la suspensión de la pena hasta que se resolviese este trámite. También solicitó esta suspensión en la Audiencia de Sevilla hasta que se resolviese el indulto. Todas estas posibilidades fueron desestimadas por la Audiencia de Sevilla en un auto dictado el 15 de noviembre y con el aval de la Fiscalía Anticorrupción. Entonces, la defensa del expresidente y el resto de altos cargos registraron recursos de súplica que acabaron por resolverse el pasado día 22 de diciembre, cuando dictó el auto definitivo de ejecución de la pena.

Martínez Aguayo, ya en prisión

Hasta ahora, por el caso de los ERE solo ha ingresado en una cárcel de Sevilla la exconsejera de Hacienda Carmen Martínez-Aguayo para cumplir una pena de seis años de cárcel. La exdirigente socialista, médico de profesión, entró el pasado 28 de diciembre en la cárcel de mujeres de Alcalá de Guadaíra, a 20 kilómetros de Sevilla, donde reside. Martínez-Aguayo fue la mano derecha de Griñán en la Consejería de Hacienda antes de sustituirlo en cuando el exministro de Trabajo se convirtió en jefe del Ejecutivo andaluz. En el juicio aseguró que no había informado a su superior de las posibles irregularidades, ya que en los informes que recibió, asegura, no había indicios de menoscabo de fondos públicos.

Otros cinco ex altos cargos de la Junta de Andalucía tienen de plazo hasta el 1 de enero para ingresar en prisión. Se trata de los exconsejeros José Antonio Viera, Antonio Fernández y Francisco Vallejo y otros dos exdirigentes de menor rango. La Audiencia suspendió la entrada en la cárcel del exviceconsejero de Empleo Agustín Barberá por enfermedad grave, en aplicación del mismo artículo al que alude ahora la defensa de Griñán para pedir la paralización de la ejecución de su pena.

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« Respuesta #1030 en: 05 de Enero de 2023, 07:57:47 am »
El Gobierno evita aclarar si indultará a Griñán después del informe médico


José Antonio Griñán ha sido condenado a seis años de cárcel por el 'caso ERE', pero recientemente se ha conocido que está enfermo de cáncer, por lo que el exministro socialista ha solicitado el indulto

ANA CARVAJAL

PUBLICADO 04/01/2023 16:59
ACTUALIZADO 04/01/2023 17:04
El PSOE no se posiciona sobre si indultará al expresidente andaluz imputado, José Antonio Griñán. La portavoz del Gobierno y ministra de Política Territorial, Isabel Rodríguez, ante las preguntas de los medios sobre si se entendería que no se indultara a Griñán cuando se sabe que está enfermo, ha respondido que "hay que respetar todos los derechos", recordando que la familia del expresidente y exministro socialista ha solicitado ese indulto. Le ha deseado, eso sí, una rápida recuperación.

José Antonio Griñán ha sido condenado a seis años de cárcel por el 'caso ERE', pero recientemente se ha conocido que está enfermo de cáncer, por lo que el exministro socialista ha solicitado el indulto. Además, la ministra portavoz ha señalado que "se da la circunstancia", "desconocida" hasta ahora, de que "padece una enfermedad". "Por tanto lo primero, es su pronta recuperación, y a él le asisten, como al resto de personas, todos sus derechos", ha trasladado en una entrevista con RNE, que ha recogido la agencia Europa Press.

Su ingreso en prisión pende del informe forense

Griñán todavía no ha entrado en prisión para cumplir su condena por malversación al estar pendiente de decidirse si la enfermedad grave sobrevenida que alega incide o no en el cumplimiento de su pena de cárcel, pues la defensa del exdirigente andaluz ha pedido suspender su ingreso en la cárcel por su estado de salud.

Un médico forense se entrevistó ayer con el expresidente andaluz para decidir si, debido al cáncer de próstata que alega, aplaza o no su entrada en la prisión para cumplir la condena de seis años de cárcel por el caso de los ERE. Griñán, de 76 años, se entrevistó con el profesional del Instituto de Medicina Legal en la Audiencia de Sevilla, aunque no le han tomado muestras de sangre ni le han realizado otras pruebas diagnósticas, han confirmado a EFE fuentes judiciales.

Tras la entrevista, el médico emitirá un informe sobre si Griñán puede ser tratado del cáncer en la prisión o debe hacerlo fuera del recinto penitenciario. Cuando el forense emita su informe, la Audiencia dará traslado a la Fiscalía Anticorrupción para que se pronuncie sobre si Griñán debe entrar o no en prisión, tras lo cual el tribunal emitirá su decisión. En los informes del abogado de Griñán, presentados el pasado jueves 29 de diciembre, se volvía a pedir la suspensión de su entrada en prisión porque las pruebas realizadas confirman el "alto riesgo" del cáncer de próstata que padece y por el que ya ha iniciado el tratamiento.

El abogado subrayaba que el ingreso en un centro penitenciario de Griñán "incrementaría el riesgo de fracaso del tratamiento iniciado, dificultaría su control por especialistas en onco-urología y podría reducir su expectativa de vida".

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« Respuesta #1031 en: 05 de Enero de 2023, 15:09:49 pm »
Con ese posible indulto. . . se juega las elecciones, así que, ellos verán. . .

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Re: Indulto: otro caso más
« Respuesta #1032 en: 09 de Enero de 2023, 15:02:38 pm »

El informe forense recomienda que Griñán no entre en prisión


Por María Muñoz Morillo
9 de enero de 2023, 14:44 CET
El expresidente de la Junta de Andalucía, José Antonio Griñán. María José López / Europa Press
El expresidente de la Junta de Andalucía, José Antonio Griñán. María José López / Europa Press
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El expresidente de la Junta de Andalucía fue condenado a seis años de cárcel por el caso de los ERE.

El informe indica que el diagnóstico de cáncer produce un derrumbe psíquico en la persona y que el ingreso en la cárcel "no ayuda" a afrontar una enfermedad.

EUROPA PRESS El informe forense elaborado por el Instituto de Medicina Legal de Sevilla sobre la enfermedad grave sobrevenida esgrimida por el expresidente socialista de la Junta de Andalucía José Antonio Griñán, condenado a seis años y dos días de cárcel por malversación en el mecanismo de financiación de los expedientes de regulación de empleo (ERE) fraudulentos, en demanda de la suspensión de su ingreso en prisión, señala "la no conveniencia de ingreso en centro penitenciario hasta que se confirme la remisión de su patología oncológica", según las fuentes consultadas por Europa Press.

Según tales fuentes, dicho informe reconoce que "se trata de una enfermedad muy grave" ante la cual, "dado el pronóstico emitido existen posibilidades de curación", si bien como todavía no ha avanzado el tratamiento prescrito a Griñán en forma de medicación y radioterapia, el Instituto de Medicina Legal precisa que no es posible determinar aún "cuál será su evolución" sanitaria, en un marco en el que actualmente el tratamiento del cáncer es "eficaz en un alto porcentaje de casos salvo los muy agresivos" o en fase terminal.

El Instituto de Medicina Legal de Sevilla razona, en ese sentido, que la entrada en prisión "no ayuda a afrontar una enfermedad de esta entidad, que necesita todos los recursos disponibles que tiene la persona a su alcance", como "un apoyo familiar y social necesario e incluso imprescindible en estos casos".


El informe destacaría además que aunque los servicios sanitarios de las instituciones penitenciarias son capaces de afrontar "cualquier demanda médica", pesa la consideración de que "los posibles efectos secundarios en el tratamiento hormonal y de radioterapia, así como las frecuentes revisiones, parecen poco compatibles con la dinámica carcelaria".

A tal efecto, el informe concluye "la no conveniencia de su ingreso en un centro penitenciario hasta que se confirme la remisión de su patología oncológica".

En una providencia emitida este mismo lunes y recogida por Europa Press, la Sección Primera de la Audiencia de Sevilla daba ya traslado de dicho informe forense a la Fiscalía y al PP, habilitando un plazo de "tres días" para que tales partes se pronuncien sobre la petición del expresidente andaluz de suspender su entrada en prisión por dicha enfermedad grave sobrevenida, en concreto un cáncer de próstata.

Los 10 días de plazo

Todo ello, después de que a las 23:59 del pasado 2 de enero expirase el plazo de diez días habilitado por la Sección Primera de la Audiencia de Sevilla para el ingreso voluntario en prisión de Griñán, la exconsejera de Hacienda Carmen Martínez Aguayo, el exconsejero de Innovación Francisco Vallejo, el exconsejero de Empleo y Desarrollo Tecnológico José Antonio Viera, el también exconsejero de Empleo Antonio Fernández, el exdirector de la agencia IDEA Miguel Ángel Serrano y el exviceconsejero de Innovación Jesús María Rodríguez Román.

Todos ellos fueron condenados a diferentes penas de prisión por malversación en el citado mecanismo o "procedimiento específico" de financiación de los ERE fraudulentos y subvenciones arbitrarias a empresas, junto con el exdirector general de Trabajo y Seguridad Social Juan Márquez y el exviceconsejero de Empleo Agustín Barberá.

La situación de Griñán
Empero, la defensa de José Antonio Griñán alegó a continuación que al mismo le había sido diagnosticada recientemente una enfermedad grave sobrevenida, solicitando de nuevo la suspensión del plazo de ingreso en prisión respecto a este encartado, con arreglo a tal motivo.


Ante ello, y una vez vista la documentación médica aportada por la representación de Griñán, la Sección Primera de la Audiencia ordenaba que un forense del Instituto de Medicina Legal examinase la documentación e hiciese un reconocimiento a Griñán en caso de ser necesario, para que emitiese un informe "valorando si el ingreso en centro penitenciario pudiera tener incidencia en el desarrollo de la enfermedad o en el tratamiento prescrito".


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Re: Indulto: otro caso más
« Respuesta #1033 en: 09 de Enero de 2023, 15:43:48 pm »
Le han salvado la campaña electoral al PSOE. . . de momento . . .

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« Respuesta #1034 en: 12 de Enero de 2023, 20:20:23 pm »
Le han salvado la campaña electoral al PSOE. . . de momento . . .
Lo de Griñan está amortizado; pero que pasara cuando empiecen las rebajas a los condenados del PP por corrupción, pero eso es harina de otro costal.
PSOE CORRUPTOS PUTEROS DROGADICTOS CONTRABANDISTAS INUTILES

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Re: Indulto: otro caso más
« Respuesta #1035 en: 13 de Enero de 2023, 14:37:07 pm »

La Audiencia de Sevilla aplaza el ingreso en prisión de Griñán


Por Jorge G. García
13 de enero de 2023, 14:29 CET
Salida de la Audiencia Provincial del ex-presidente de la Junta de Andalucía, José Antonio Griñan. Europa Press
Salida de la Audiencia Provincial del ex-presidente de la Junta de Andalucía, José Antonio Griñan. Europa Press
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La justicia toma la decisión hasta que concluya las sesiones de radioterapia que debe recibir por la enfermedad que le ha sido recientemente diagnosticada.

Una vez finalice el tratamiento, su defensa deberá comunicarlo "inmediatamente" para valorar la situación del expresidente.

EUROPA PRESS La Sección Primera de la Audiencia de Sevilla ha acordado aplazar la decisión sobre el ingreso en prisión del expresidente de la Junta de Andalucía José Antonio Griñán para cumplir la pena de cárcel impuesta por el caso ERE hasta que concluya las sesiones de radioterapia que debe recibir por la enfermedad que le ha sido recientemente diagnosticada, de forma que, una vez finalicen dichas sesiones, su representación letrada deberá comunicarlo "inmediatamente" a la Sala, acompañando documentación médica, a fin de que se emita nuevo informe por el médico forense.

Como ha informado la Oficina de Comunicación del TSJA, el abogado del expresidente de la Junta de Andalucía presentó a finales del pasado mes de diciembre un escrito solicitando la suspensión del ingreso en prisión al amparo del artículo 80.4 del Código Penal, artículo que dispone que los jueces y tribunales podrán otorgar la suspensión de cualquier pena impuesta sin sujeción a requisito alguno en el caso de que el penado esté aquejado de una enfermedad muy grave con padecimientos incurables. De manera subsidiaria, pidió el aplazamiento del ingreso en prisión, en tanto que considera que el tratamiento prescrito para la enfermedad que padece no puede ser desarrollado convenientemente por los servicios médicos del centro penitenciario.

Tras pronunciarse al respecto tanto la Fiscalía Anticorrupción como la acusación particular ejercida por el PP-A, la Sección Primera ha dictado un auto en el que señala que, a la vista del informe médico forense obrante en la ejecutoria, "del que se desprende con claridad la no conveniencia del ingreso del penado en el centro penitenciario, entendemos que procede el aplazamiento de la ejecución de la pena hasta tanto el penado finalice las sesiones de radioterapia".



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Re: Indulto: otro caso más
« Respuesta #1036 en: 15 de Febrero de 2023, 09:18:35 am »

El Gobierno indulta a un capitán de corbeta condenado por facturas falsas en un cazaminas de la Armada


Sustituye la pena de un año y 11 meses de cárcel por trabajos en beneficio de la comunidad. Ha tenido en cuenta que el oficial es el único sustento de su familia

FECHA
15/02/23access_time 1:00

Aurelio Ruiz Enebral 

“Vengo en conmutar al Capitán de Corbeta del Cuerpo General de la Armada don [...] la pena privativa de libertad impuesta por la que ha sido condenado por otra de un año de trabajos en beneficio de la comunidad, con efectos del día siguiente al de la publicación de este real decreto”.

El rey Felipe VI y la ministra de Defensa, Margarita Robles, firmaron el 8 de febrero ese real decreto que indultó a un oficial de la Armada que fue condenado como autor de un delito consumado contra el patrimonio en el ámbito militar.

El capitán de corbeta había sido condenado por el Tribunal Militar Territorial Primero a la pena de un año y once meses de prisión, con las accesorias de suspensión militar de empleo y suspensión de cargo público.

Se le aplicaron las circunstancias atenuantes de “reparación del daño causado” y la muy cualificada de “dilación extraordinaria e indebida en la tramitación del procedimiento”.

El Consejo de Ministros tuvo en cuenta los informes del fiscal jurídico militar, del tribunal sentenciador (el Tribunal Militar Territorial Primero) y del asesor jurídico general del Ministerio de Defensa.

Estimó que concurrían en este caso “razones de justicia y equidad”, en atención a las circunstancias del condenado “relativas al tiempo transcurrido desde la comisión de los hechos, la no comisión de delitos desde esa fecha y ser el sustento de su familia”.

El indulto conmuta la pena de un año y once meses de cárcel, por un año de trabajos en beneficio de la comunidad.

Buque cazaminas ‘Segura’
La sentencia del Tribunal Militar Territorial Primero declaró en julio de 2021 que este capitán de corbeta (equivalente a comandante), cuando era alférez de Navío (teniente), desempeñaba funciones de “oficial de cuenta y razón” en el buque cazaminas ‘Segura’.

Los oficiales de cuenta y razón se encargan en la Armada del aprovisionamiento, la habitabilidad y el servicio económico-administrativo en un buque o en una unidad.


En este caso, ejerció esa función en el cazaminas ‘Segura’, con base en Cartagena, desde septiembre de 2003 hasta septiembre de 2010.

Despliegue de la OTAN
En 2010, el cazaminas de la Armada se integró en el Grupo Naval Permanente Contraminas SNMCMG 2 de la OTAN, una fuerza multinacional que se dedica principalmente a operaciones de búsqueda y eliminación de artefactos explosivos. España aporta periódicamente buques cazaminas a este grupo naval, que suele navegar por el Mediterráneo u otros mares de la zona de interés de la OTAN.

 
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El ‘Segura’ iba a estar navegando entre el 18 de abril y el 12 de agosto de 2010.

32.000 euros en la caja de caudales
En la sentencia se indicó que el buque “disponía de 1.000 euros, pero con motivo de que el despliegue iba a tener una duración de aproximadamente cuatro meses, se solicitó un auxilio a los Servicios de Intendencia para atender a las posibles necesidades económicas que pudieran surgir”.

Intendencia autorizó “un auxilio de 32.000,00 euros”. El alférez de navío retiró ese dinero de un banco y lo guardó en una caja de caudales que tenía en la taquilla de su camarote, de la que sólo él y el comandante del buque tenían llave.

“En esa misma caja de caudales, en un sobre, el acusado custodiaba el dinero correspondiente al entrepot que el cazaminas tenía autorizado conforme a la legislación vigente, y cuyo importe era de 13.419,18 euros”, señaló la sentencia. Un entrepot es un puerto en el que se pueden adquirir productos.

No rindió cuentas cada mes
El alférez de navío, como depositario y administrador del dinero, durante la navegación debía rendir cuentas al Servicio Económico Administrativo, con una periodicidad mensual.

El problema, según declaró probado el Tribunal Militar Territorial Primero, fue que “no realizó tal rendición durante el tiempo que duró la navegación, a pesar de que fue requerido para ello en reiteradas ocasiones, especialmente mediante el correo electrónico” por una capitán de Intendencia de la Armada, “quien puso estos hechos, dada su transcendencia, en conocimiento del comandante del cazaminas”.

El comandante del buque ordenó el 8 de agosto al alférez de navío que diera novedad del estado de cuentas correspondientes a los gastos de vida y funcionamiento, suministros menores, racionamiento y víveres, y que preparase toda la documentación relativa al despliegue, para firmarla antes de llegar a puerto. Hay que recordar que la travesía terminaba el 12 de agosto.

Durante los días 9, 10 y 11 de agosto, el alférez de navío que ejercía de oficial de cuenta y razón presentó la documentación. Cuando el comandante le preguntó detalles sobre las cuentas, el alférez de navío “mostraba un extraordinario nerviosismo que achacaba a que estaba muy agobiado con todo el papeleo de la liquidación”.

El comandante del cazaminas ‘Segura’ no encontró nada irregular, así que el día 12 de agosto de 2010 dejó firmada la documentación y partió a Ferrol. Pero la actitud del alférez de navío le había hecho sospechar.

Se echó a llorar: faltaban 8.000 euros
El día 13, el comandante ordenó a su segundo en el mando, un teniente de navío, que repasara nuevamente las cuentas con el alférez de navío.

Cuando el segundo comandante le comunicó al oficial de cuenta y razón que iban a volver a revisar las cuentas y le pidió la documentación, el alférez de navío se vino abajo: llorando y nervioso le confesó que faltaba mucho dinero en la caja, entre 6.000 y 8.000 euros.

El responsable de las cuentas del cazaminas se justificó diciendo que “no había comunicado ese hecho con anterioridad por miedo a decir la verdad al comandante y que la única explicación que encuentra es que le hubieran robado, aunque la caja de caudales no estaba forzada, o se hubiera perdido o caído por algún sitio y que estuvo buscando dicho dinero por su camarote”.

Repuso el dinero por su cuenta
El teniente de navío, segundo comandante del ‘Segura’, le dio la noticia al comandante del cazaminas. Éste le ordenó que junto al jefe de máquinas (un alférez de fragata) hiciera un recuento del dinero que custodiaba el oficial de cuenta y razón, y que comprobara las carpetas y tesorería que manejaba.

La revisión confirmó que faltaban de la caja 8.659,78 euros, de los que 5.956,49 euros correspondían al dinero del despliegue y 2.703,29 euros al importe del entrepot. Los tres oficiales firmaron un acta con el recuento.

El segundo comandante le recomendó al alférez de navío que repusiera el dinero que faltaba. Así lo hizo: el 19 de agosto, el oficial de cuenta y razón le entregó 8.659,78 euros.

Parte ante el juzgado togado
Pero el asunto no quedó ahí. El comandante del cazaminas ‘Segura’ dio parte de estos hechos ante el Juzgado Togado Militar Territorial nº 14 de Cartagena, que el 27 de agosto de 2010 abrió un sumario.

De acuerdo con la sentencia, debido a “los recelos generados por la actitud del alférez de navío se procede a realizar la comprobación de las carpetas justificativas de racionamiento del despliegue SNMCMG-2”.

En las carpetas correspondientes a los meses de mayo, junio y julio se encontraron varias facturas, “cuya falsedad ha quedado acreditada”. Fueron cuatro facturas de 1.037,16; 300,02; 2.172,86 euros; y 781,44 euros.

Según el tribunal que condenó a este oficial, estas cuatro facturas falsas “fueron empleadas por el alférez de navío para justificar las compras de unos víveresque no tuvieron entrada en el cazaminas ‘Segura’ y cuyo importe asciende a 4.291,48 euros”.

Se encontraron irregularidades
Al salir a la luz esas facturas, la Armada realizó “una Revista de Inspección Administrativa (RIA) y una Revista de Inspección de los Servicios de aprovisionamiento del Arsenal de Cartagena”.

Las revisiones confirmaron “la existencia de varias irregularidades”. Se constató que “el importe de los víveres que debía haber en el cazaminas ‘Segura’, tras su recuento y valoración debía de ser de 5.517,41 euros”, y sin embargo el alférez de navío sospechoso “había rendido cuentas por un importe de 9.669,78 euros, siendo la diferencia de 4.152,37 euros que no existían a bordo”.

Delito contra el patrimonio militar
El Tribunal Militar Territorial Primero condenó al entonces alférez de navío (teniente), ahora capitán de corbeta (comandante) de la Armada, como autor responsable de un delito consumado contra el patrimonio en el ámbito militar previsto y penado en el artículo 82, apartado 1, del Código Penal Militar vigente, en concurso medial con el artículo 55.

El artículo 82.1 castiga al “militar que cometiere los delitos de hurto, robo, apropiación indebida o daños previstos en el Código Penal en relación con el equipo reglamentario, materiales o efectos que tenga bajo su custodia o responsabilidad por razón de su cargo o destino”, a “las penas establecidas en el Código Penal para tales delitos impuestas en su mitad superior”.

El artículo 55 establece que “el militar que sobre asuntos del servicio diere a sabiendas información falsa o expidiere certificado en sentido distinto al que le constare será castigado con la pena de seis meses a cuatro años de prisión”.

Se le impuso una pena de un año y 11 meses de prisión tras aplicarle las atenuantes ya señaladas.

Además, la sentencia ordenó que pagara a la Hacienda militar 4.291,48 euros en concepto de responsabilidad civil.

El Supremo confirmó la condena
El oficial condenado presentó un recurso de casación penal ante el Tribunal Supremo, para tratar de anular la condena. Pero la Sala Quinta, de lo Militar, del Supremo desestimó el recurso en una sentencia de marzo de 2022.

Entre otros motivos, alegó que se había visto forzado a reponer los 9.000 euros (los tuvo que pedir prestados) que faltaban en el buque: que le encerraron en la cámara de oficiales, y que el segundo comandante “le pedía con insistencia que devolviera el dinero, que en la Armada las cosas se arreglaban así, poniendo dinero. El procesado dice que tuvo que pedir el dinero prestado, y que se lo entregó al segundo comandante, en concreto 9.000,00 euros y que no le dieron justificante. Que cuando entregó el dinero, le enseñaron unas facturas, y le dijeron que eran falsas”.

El Supremo consideró que no se había acreditado “que se produjera cualquier tipo de coacción o amenaza” sobre el oficial. Desestimó todos sus motivos de casación, y por ello confirmó la condena de un año y once meses de cárcel.

Ahora, el indulto concedido por el Consejo de Ministros cambiar la pena de prisión por un año de trabajos en servicio de la comunidad.

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Re: Indulto: otro caso más
« Respuesta #1037 en: 30 de Marzo de 2023, 12:24:04 pm »

Laura Borràs, condenada a cuatro años de cárcel por el caso ILC


La sentencia recoge una petición de indulto para rebajar la pena a dos años y evitar así su entrada en un centro penitenciario.

 
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Laura Borràs, al inicio del juicio en el TSJC. — Jordi Borràs / ACN
Laura Borràs, al inicio del juicio en el TSJC. — Jordi Borràs / ACN

BARCELONA, 30/03/2023 10:41 ACTUALIZADO: 30/03/2023 11:25 PÚBLICO
La presidenta suspendida del Parlament, Laura Borràs, ha sido condenada a cuatro años de cárcel por las irregularidades cometidas durante su etapa al frente de la Institució de les Lletres Catalanes (ILC), según ha avanzado El Món.

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Sin embargo, la sentencia recoge una petición de indulto para rebajar la pena a dos años, una petición que hace la propia Sala Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Catalunya (TSJC) para que no tenga que ingresar en un centro penitenciario. Se trata de un mecanismo previsto en la Ley para aquellos casos en los que el tribunal considera que la pena es excesiva.

Según avanzó el mismo medio, la sentencia incorpora el voto particular de la magistrada María Jesús Manzano, que se opone a la pena de prisión y sostiene que debe ser castigada sólo con inhabilitación.

La Fiscalía mantiene los seis años de cárcel y 21 de inhabilitación para Laura Borràs
Seis años de cárcel y 21 de inhabilitación
La Fiscalía pedía seis años de cárcel y 21 de inhabilitación por Borràs por un presunto fraccionamiento de contratos cuando era la presidenta de la Institució de les Lletres Catalanes. También reclamaba una multa de 144.000 euros por un delito de prevaricación y falsedad documental.


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Re: Indulto: otro caso más
« Respuesta #1038 en: 30 de Marzo de 2023, 12:24:28 pm »
Inusual....muy inusual.

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Re: Indulto: otro caso más
« Respuesta #1039 en: 30 de Marzo de 2023, 12:47:18 pm »
Carnaza para el victimismo independentista. . .

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