Autor Tema: Indulto: otro caso más  (Leído 137574 veces)

Desconectado Heracles_Pontor

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Re:Indulto: otro caso más
« Respuesta #580 en: 04 de Junio de 2010, 01:01:52 am »
Bueno conozco el caso y al policia, gran compañero y mejor policia. En primer lugar la sentencia es firme ya que el tribunal supremo no ha admitido a tramite el recurso de casacion por lo que la sentencia es firme.
La agresion fue con una sierra y fue al cuello y fue cuando disparo. La sentencia viene a decir por lo que me conto que no declaran la sierra como un arma peligrosa para demostrar la legitima defensa, ademas hubo problemas con la trayectoria del disparo y solo creyeron al agredido y no a los policas y al forense.

 PIDO LA FIRMA DE TODOS LOS COMPAÑEROS PARA QUE LE INDULTEN YO FIRMARE

TÍTULO II.
DEL RECURSO DE CASACIÓN.
CAPÍTULO I.
DE LOS RECURSOS DE CASACIÓN POR INFRACCIÓN DE LEY Y POR QUEBRANTAMIENTO DE FORMA.
SECCIÓN I. DE LA PROCEDENCIA DEL RECURSO.
Artículo 847.

Procede el recurso de casación por infracción de ley y por quebrantamiento de forma contra:

Las sentencias dictadas por la Sala de lo Civil y Penal de los Tribunales Superiores de Justicia en única o en segunda instancia y

Las sentencias dictadas por las Audiencias en juicio oral y única instancia.

Artículo 848.

Contra los autos dictados, bien en apelación por las Salas de lo Civil y Penal de los Tribunales Superiores de Justicia bien con carácter definitivo por las Audiencias, sólo procede el recurso de casación, y únicamente por infracción de ley, en los casos en que ésta lo autorice de modo expreso.

A los fines de este recurso, los autos de sobreseimiento se reputarán definitivos en el sólo caso de que fuere libre el acordado, por entenderse que los hechos sumariales no son constitutivos de delito y alguien se hallare procesado como culpable de los mismos.

Artículo 849.

Se entenderá que ha sido infringida la ley para el efecto de que pueda interponerse el recurso de casación:

Cuando, dados los hechos que se declaren probados en las resoluciones comprendidas en los dos artículos anteriores, se hubiere infringido un precepto penal de carácter sustantivo u otra norma jurídica del mismo carácter que deba ser observada en la aplicación de la Ley penal.

Cuando haya existido error en la apreciación de la prueba, basado en documentos que obren en autos, que demuestren la equivocación del Juzgador sin resultar contradichos por otros elementos probatorios.


Artículo 850.

El recurso de casación podrá interponerse por quebrantamiento de forma:

Cuando se haya denegado alguna diligencia de prueba que, propuesta en tiempo y forma por las partes, se considere pertinente.

Cuando se haya omitido la citación del procesado, la del responsable civil subsidiario, la de la parte acusadora o la del actor civil para su comparecencia en el acto del juicio oral, a no ser que estas partes hubiesen comparecido en tiempo, dándose por citadas.

. Cuando el Presidente del Tribunal se niegue a que un testigo conteste, ya en audiencia pública, ya en alguna diligencia que se practique fuera de ella, a la pregunta o preguntas que se le dirijan siendo pertinentes y de manifiesta influencia en la causa.

. Cuando se desestime cualquier pregunta por capciosa, sugestiva o impertinente, no siéndolo en realidad, siempre que tuviese verdadera importancia para el resultado del juicio.

Cuando el Tribunal haya decidido no suspender el juicio para los procesados comparecidos, en el caso de no haber concurrido algún acusado, siempre que hubiere causa fundada que se oponga a juzgarles con independencia y no haya recaído declaración de rebeldía.

Artículo 851.

Podrá también interponerse el recurso de casación por la misma causa:

Cuando en la sentencia no se exprese clara y terminantemente cuáles son los hechos que se consideren probados, o resulte manifiesta contradicción entre ellos, o se consignen como hechos probados conceptos que, por su carácter jurídico, impliquen la predeterminación del fallo.

Cuando en la sentencia sólo se exprese que los hechos alegados por las acusaciones no se han probado, sin hacer expresa relación de los que resultaren probados.

Cuando no se resuelva en ella sobre todos los puntos que hayan sido objeto de la acusación y defensa.

Cuando se pene un delito más grave que el que haya sido objeto de la acusación, si el Tribunal no hubiere procedido previamente como determina el artículo 733.

Cuando la sentencia haya sido dictada por menor número de Magistrados que el señalado en la Ley o sin la concurrencia de votos conformes que por la misma se exigen.

Cuando haya concurrido a dictar sentencia algún Magistrado cuya recusación, intentada en tiempo y forma, y fundada en causa legal, se hubiese rechazado.

Artículo 852.

En todo caso, el recurso de casación podrá interponerse fundándose en la infracción de precepto constitucional.

Artículo 853.

Artículo 854.

Podrán interponer el recurso de casación: el Ministerio fiscal, los que hayan sido parte en los juicios criminales, los que sin haberlo sido resulten condenados en la sentencia y los herederos de unos y otros.

Los actores civiles no podrán interponer el recurso sino en cuanto pueda afectar a las restituciones, reparaciones e indemnizaciones que hayan reclamado.





. . . no entiendo eso de que el TS no ha admitido el recurso de casación . . . en base a que no lo ha hecho? ? ?

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Re:Indulto: otro caso más
« Respuesta #581 en: 05 de Junio de 2010, 19:53:07 pm »
Bueno pues... firmado.


Yo también he firmado, en mi dependencia lo tenían. Ahora a esperar... ;fum;
TO MENTIRA, TO POLÍTICA...

¿Mi nena? ¡bonica del tó!... :vergo

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Re:Indulto: otro caso más
« Respuesta #582 en: 05 de Junio de 2010, 19:56:17 pm »
Bueno conozco el caso y al policia, gran compañero y mejor policia. En primer lugar la sentencia es firme ya que el tribunal supremo no ha admitido a tramite el recurso de casacion por lo que la sentencia es firme.
La agresion fue con una sierra y fue al cuello y fue cuando disparo. La sentencia viene a decir por lo que me conto que no declaran la sierra como un arma peligrosa para demostrar la legitima defensa, ademas hubo problemas con la trayectoria del disparo y solo creyeron al agredido y no a los policas y al forense.

 PIDO LA FIRMA DE TODOS LOS COMPAÑEROS PARA QUE LE INDULTEN YO FIRMARE
Donde hay que firmar?

Desconectado 47ronin

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Re:Indulto: otro caso más
« Respuesta #583 en: 06 de Junio de 2010, 03:25:07 am »

Donde hay que firmar?

Supongo que en cualquier comisaría de la CAM dispondrán del impreso.

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Re:Indulto: otro caso más
« Respuesta #584 en: 08 de Junio de 2010, 12:33:54 pm »
El guardia civil acusado de poner multas falsas se queda sin indulto
El portuense tendrá que ingresar en prisión para cumplir seis años de condena

Teresa Almendros / El Puerto | Actualizado 08.06.2010 - 10:21
 
El guardia civil Arturo Gilabert Moreno, condenado en 2007 por la Audiencia Provincial de Cádiz a seis años de prisión y tres de inhabilitación por dos delitos de falsedad en documento oficial cometidos por un funcionario público, tendrá que ingresar este próximo domingo en prisión, tras haberle denegado el pasado jueves el Consejo de Ministros el indulto que había solicitado.

Los hechos por los que fue condenado Arturo Gilabert se remontan al año 2004, cuando el agente, que estaba adscrito al puesto de la Guardia Civil en Sanlúcar, multó en dos ocasiones distintas a la ex novia de su hermano sin que las supuestas infracciones se hubiesen cometido, según la sentencia emitida en 2007 por la Audiencia Provincial. La primera multa la interpuso el agente contra la ex pareja de su hermano el 26 de marzo de 2004 y la segunda el 3 de julio de ese mismo año. La Audiencia consideró probado que el agente no pudo haber puesto las sanciones ya que los boletines de denuncia no coincidían con sus partes de trabajo. Así, por ejemplo, la primera multa se puso a las tres de la tarde en la CA-602 mientras que el agente se encontraba en un servicio de escolta a a un furgón de presos que se dirígía al penal, servicio que comenzó a las 14:10 horas y se prolongó hasta las 17:10 horas. En este caso el agente alegó que él y su compañero habían perdido al furgón y tuvieron que dar un rodeo, momento en el que detectaron la infracción de tráfico y la multaron. En la segunda ocasión, la multa se puso a las nueve y media de la noche cuando el agente había salido de su turno a las nueve, sin que en el parte de trabajo se reflejara incidencia alguna.

La familia del guardia civil sigue defendiendo su inocencia y afirma que no recurrió ante el Constitucional por falta de medios económicos. El agente ya ha cumplido los tres años de inhabilitación que recogía su condena y este domingo tendrá que ingresar en prisión al haberle sido denegado el indulto, la última esperanza que tenía ahora la familia ya que como dicen "se conceden indultos por delitos mucho más graves. En los últimos meses hemos conocido dos indultos a personas condenadas por homicidio", señalan.

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Re:Indulto: otro caso más
« Respuesta #585 en: 08 de Junio de 2010, 21:57:28 pm »
Ya se ha hecho eco la prensa.

Piden el indulto para un policía nacional inhabilitado por disparar a un ladrón que le amenazó con un cuchillo

8 de junio de 2010
El agente fue condecorado con la Medalla al Mérito Policial con distintivo blanco

MADRID, 8 (EUROPA PRESS)

Familiares y compañeros de trabajo de un policía nacional del distrito madrileño de Tetuán están recogiendo firmas para pedir su indulto, ya que ha sido condenado a inhabilitación profesional por intento de homicidio por disparar a un hombre que estaba robando un coche y que le amenazaba con un cuchillo.


Según informaron hoy los promotores de esta iniciativa, el agente V.M.B.C., destinado en la comisaría madrileña de Tetuán. ha sido condenado a pena de inhabilitación especial del servicio para la profesión, cargo u oficio, prevista en el articulo 56.3 del Código Penal por tentativa de homicidio. Esta pena conlleva la separación definitiva del Cuerpo Nacional de la Policía, "con el quebrantamiento irreparable para la vida del policía que esto supone".


Siguiendo la versión de los solicitantes del indulto, los hechos ocurrieron en el ámbito profesional, cuando el policía ahora condenado fue comisionado por la Sala 091 para que acudiera a la calle donde un individuo robaba un vehículo. Entonces se produjo una larga persecución durante la cual el delincuente arrolló al compañero de operación del policía condenado, mientras el presunto ladrón circulaba a alta velocidad en sentido contrario de circulación, invadiendo diversas aceras "y poniendo por tanto en numerosas ocasiones en peligro la vida de los peatones y demás vehículos presentes". La persecución terminó cuando el delincuente colisionó el vehículo robado contra un edificio.

En ese momento, el policía se aproximó al vehículo siniestrado ordenando en repetidas ocasiones al individuo que saliera del coche con las manos a la vista. "El delincuente salió finalmente del coche abalanzándose contra el agente con un arma blanca dirigida al cuello, poniendo en grave peligro la vida del policía, por lo que éste trató de repeler la agresión mediante un disparo dirigido a la mano en la que portaba el arma, que por la rapidez de los movimientos se alojó en el intercostillar izquierdo del individuo. El propio agente solicitó de manera instantánea los servicios de asistencia médica para el delincuente", explicaron los impulsores de la iniciativa.

Asimismo, manifestaron que el disparo causó lesiones en el herido, de las que se recuperó en poco tiempo, por lo que "continuó delinquiendo en la actualidad, constándole 33 detenciones por distintos ilícitos penales". Fruto de esta operación policial el agente fue condecorado con la Medalla al Mérito Policial con distintivo blanco por Orden del Ministerio del Interior.

Tras el juicio legal realizado en Audiencia Provincial de Madrid la Fiscalía, junto con el Abogado del Estado, solicitaron la absolución del agente. Sin embargo, y según las mismas fuentes, el juez apreció en la actuación del policía un atenuante por legítima defensa, pero no un eximente, "por lo que el policía fue condenado a perder su trabajo en el Cuerpo de forma definitiva".

Por todo ello, la hermana del agente condenado está recogiendo firmas hasta el 20 de junio, con ayuda de compañeros y colectivos policiales, para solicitar su indulto y así poder volver a su trabajo.


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Re:Indulto: otro caso más
« Respuesta #586 en: 08 de Junio de 2010, 22:11:13 pm »

Donde hay que firmar?

Supongo que en cualquier comisaría de la CAM dispondrán del impreso.

 Ayer en Carabanchel,estaba ala vista de todos, el escrito del policia naconal, y al firmar os puedo asegurar que habia bastante hojas firmadas 
 espero que el compañero tenga suerte  :mj:


   :Mosqueteros_1 :Mosqueteros_1 :Mosqueteros_1 :Mosqueteros_1

 

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Re:Indulto: otro caso más
« Respuesta #587 en: 08 de Junio de 2010, 22:12:40 pm »
Por todo ello, la hermana del agente condenado está recogiendo firmas hasta el 20 de junio, con ayuda de compañeros y colectivos policiales, para solicitar su indulto y así poder volver a su trabajo.




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Re:Indulto: otro caso más
« Respuesta #588 en: 09 de Junio de 2010, 16:59:17 pm »
está recogiendo firmas hasta el 20 de junio,

Enviar a:

perezbuquerin@hotmail.com

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Re:Indulto: otro caso más
« Respuesta #589 en: 09 de Junio de 2010, 23:02:06 pm »
EN EL MUNDO

POLÉMICA  | Su familia pide el indulto al Gobierno
Expulsado de la Policía por el mismo acto por el que obtuvo la Medalla al Mérito

    * El Supremo confirma la sentencia que expulsa del Cuerpo a V.M.B.
    * El agente es considerado autor de un delito de tentativa de homicidio
    * Disparó a un sospechoso en defensa propia
    * Su familia pide ahora apoyos para pedir su indulto al Gobierno

Efe | Madrid
Actualizado miércoles 09/06/2010 20:24 horas


Un policía nacional que recibió la Medalla al Mérito Policial por su intervención en un suceso ha sido condenado ahora por el Tribunal Supremo por ese mismo acto, al entender que cometió un delito de tentativa de homicidio al disparar a un sospechoso, lo que implica su expulsión definitiva del Cuerpo.

La familia de V.M.B.C., agente de la Comisaría del distrito de Tetuán de Madrid, está recabando apoyos para pedir su indulto ante el Gobierno, después de que el Supremo haya ratificado la sentencia condenatoria dictada por la Audiencia Provincial de Madrid en 2009, ha informado el sindicato Unión Federal de Policía (UFP), que se ha sumado a esta iniciativa.

El agente es considerado autor de un delito de tentativa de homicidio con el atenuante -pero no eximente- de legítima defensa, y por ello ha sido condenado a pagar una multa de 24.000 euros a la víctima, a 15 meses de prisión, que no llegará a cumplir, y a 15 meses de inhabilitación especial, lo que supone su expulsión definitiva del Cuerpo Nacional de Policía.

Al conocer esta sentencia, el abogado del agente presentó un recurso de amparo ante el Tribunal Constitucional solicitando su rehabilitación en el cargo, y ahora la familia está recabando apoyos para solicitar su indulto ante el Gobierno, que según ha destacado es el mismo que le concedió, unos meses después del suceso, la Medalla al Mérito Policial, con distintivo blanco, por la misma actuación por la que ahora se le condena.

El suceso ocurrió el 22 de marzo de 2007, cuando el policía ahora condenado y un compañero comenzaron a perseguir a un hombre que había cometido un robo, quien trató de arrollar al segundo agente, por lo que V.M.B.C. continuó la persecución en solitario y finalmente disparó al huido, que llevaba una serrucho.

La familia destaca que el policía condenado se acercó al huido después de que éste colisionara con un edificio y le ordenó en repetidas ocasiones que saliera del coche, pero éste "se abalanzó contra el agente con un arma dirigida al cuello, poniendo en grave peligro la vida del policía, por lo que éste trató de repeler la agresión mediante un disparo dirigido a la mano en la que portaba el arma".

Ha subrayado que el disparo causó al herido lesiones de las que se recuperó "en poco tiempo", tras lo que volvió a delinquir, ya que en ese momento tenía varios antecedentes y a día de hoy le constan 33 detenciones por diferentes delitos.

El secretario general de la UFP, Alfredo Perdiguero, ha afirmado que la sentencia que condena al policía es "desproporcionada, gravosa y sangrante", ya que se trata de un agente "con un currículum intachable" que únicamente trató de defenderse.

Perdiguero ha subrayado que en el juicio la Fiscalía no secundó la petición de la acusación particular de inhabilitar al agente, y ha asegurado que la víctima del disparo "sólo buscaba dinero".

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Re:Indulto: otro caso más
« Respuesta #590 en: 10 de Junio de 2010, 02:45:27 am »
La familia de V.M.B.C., agente de la Comisaría del distrito de Tetuán de Madrid, está recabando apoyos para pedir su indulto ante el Gobierno, después de que el Supremo haya ratificado la sentencia condenatoria dictada por la Audiencia Provincial de Madrid en 2009, ha informado el sindicato Unión Federal de Policía (UFP), que se ha sumado a esta iniciativa.



 :pen: . . . si ha habido recurso de casación, alguien lo tiene? ? ?

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Re:Indulto: otro caso más
« Respuesta #591 en: 10 de Junio de 2010, 06:03:06 am »
Según se dijo el recurso no fue admitido por el TS.

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Re:Indulto: otro caso más
« Respuesta #592 en: 10 de Junio de 2010, 09:42:21 am »
Al conocer esta sentencia, el abogado del agente presentó un recurso de amparo ante el Tribunal Constitucional solicitando su rehabilitación en el cargo, y ahora la familia está recabando apoyos para solicitar su indulto ante el Gobierno, que según ha destacado es el mismo que le concedió, unos meses después del suceso, la Medalla al Mérito Policial, con distintivo blanco, por la misma actuación por la que ahora se le condena.

http://www.elmundo.es/elmundo/2010/06/09/madrid/1276107309.html
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Re:Indulto: otro caso más
« Respuesta #593 en: 10 de Junio de 2010, 14:44:15 pm »
Mi firma ya se la he mandado por correo, y el impreso me lo llevo a la unidad para recojer la mayor cantidad posible de firmas.

¿Alguien tiene la sentencia íntegra para leerla?
Lo importante no es saber. Lo importante es tener siempre a mano el teléfono del que sabe.

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Re:Indulto: otro caso más
« Respuesta #594 en: 10 de Junio de 2010, 14:51:37 pm »
Por cierto, cuando leo y veo casos como este, mas comprendo a Cazaor y mas de su parte estoy.

Lo importante no es saber. Lo importante es tener siempre a mano el teléfono del que sabe.

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Re:Indulto: otro caso más
« Respuesta #595 en: 10 de Junio de 2010, 17:28:49 pm »
Intensidad del ataque, trayectoria del proyectil, lesiones producidas... cuestiones que no conocemos del Sumario.


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Re:Indulto: otro caso más
« Respuesta #596 en: 10 de Junio de 2010, 17:41:50 pm »
En todo caso parece que hay alguna incoherencia entre la medalla y la condena. Alguien se ha equivocado en algún punto.

Salud y suerte.
J. David G? Castilla también soy yo.
Los gobiernos pasan, las sociedades mueren, la policia es eterna.
Non nobis,Domine, non nobis sed Nomini tuo da gloriam.

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Re:Indulto: otro caso más
« Respuesta #597 en: 10 de Junio de 2010, 17:45:03 pm »
En todo caso parece que hay alguna incoherencia entre la medalla y la condena. Alguien se ha equivocado en algún punto.

Salud y suerte.

Por eso quiero leer la sentencia.
Lo importante no es saber. Lo importante es tener siempre a mano el teléfono del que sabe.

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Re:Indulto: otro caso más
« Respuesta #598 en: 10 de Junio de 2010, 17:47:33 pm »
En todo caso parece que hay alguna incoherencia entre la medalla y la condena. Alguien se ha equivocado en algún punto.

Salud y suerte.

Por eso quiero leer la sentencia.
Buscada en el CENDOJ.. no aparece.

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Re:Indulto: otro caso más
« Respuesta #599 en: 10 de Junio de 2010, 18:03:07 pm »