Autor Tema: Indulto: otro caso más  (Leído 129742 veces)

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Re:Indulto: otro caso más
« Respuesta #740 en: 02 de Febrero de 2014, 14:56:09 pm »
La Audiencia suspende temporalmente el ingreso en prisión del GC condenado por equivocarse en una denuncia de trafico....según los medios.

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Re:Indulto: otro caso más
« Respuesta #741 en: 05 de Febrero de 2014, 18:42:59 pm »
el TS no ha tenido piedad,.

no se ,pero esto huele un poco,. ayy ,quien sera la conductora....

Sin leer la sentencia no puedo pronunciarme y ya dije que me parecía extraño que habiendo reconocido el error en la fase administrativa haya acabado, no ya en la penal, sino además en sentencia condenatoria.

Ahí la dejo....otra actuación de las de placa y vida particular....error?....si, el de no guardar la placa cuando somos parte, y miren que se lo recomiendo cada vez que tenemos un caso de estos pero algunos entienden eso de las 24 horas en todo momento y lugar, y asi pasa.

Id Cendoj: 28079370232013100579
http://www.poderjudicial.es/search/indexAN.jsp

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Re:Indulto: otro caso más
« Respuesta #742 en: 09 de Febrero de 2014, 10:33:21 am »
Y aqui les dejo la del Supremo rechazando el Recurso de Casación

http://www.poderjudicial.es/search/doAction?action=contentpdf&databasematch=TS&reference=6920148&links=&optimize=20140102&publicinterface=true

De la misma extraigo los motivos que se aducen para la condena:

1) Declaración del recurrente que indica ser Guardia Civil, que el día 17 de diciembre circulaba con su vehículo WW Siroco, cuando tuvo un incidente con la
conductora del vehículo matrícula ....DDD , cuando iba a trabajar y comenzar su servicio. Que dicho vehículo iba detrás de otro, casi pegados, sin guardar la distancia de seguridad, y por eso extendió dos boletines de denuncia. El hecho ocurrió el 17 de diciembre de 2011, hacia las 14 horas, y que en una de las denuncias figura el 17-11-2011, porque se equivocó al redactarla. El recurrente afirma que cuando puso la denuncia estaba ya de servicio. No paró al conductor y consultó los datos de titularidad en la base de datos de la Guardia Civil.

2) Declaración de la conductora del vehículo matrícula ....DDD que indica que el 17-11-2011, no fue por esa carretera y que el 17-12-2011, tuvo un incidente con el conductor de un WW Siroco porque este frenó bruscamente sin motivo y que ella también lo hizo. Tras adelantarle, su compañero lo abroncó y el conductor del Siroco les dió varias ráfagas de luces. Que fue a la Jefatura de Tráfico y pidió copia de las denuncias y comprobó que las mismas habían sido redactadas por el mismo agente, el acusado.

3) Informe firmado por el Coronel Sr. Justo , que lo ratificó en el acto del juicio. Este informe indica que el recurrente comenzaba su servicio a las 14 horas del 17-12-2011, que en las dos denuncias figura como hora en que se cometió la infracción las 14,10 horas. A las 13,56 horas, figura una consulta efectuada por el acusado en el puesto de la Guardia Civil de Navalcarnero, sobre el vehículo ....DDD . A las 14,03 figura otra consulta efectuada por el compañero del recurrente Patricio .


Fijense que error, un error de tres años, con ingreso en prisión y pérdida de la condición de funcionario con 26 años...por creer que el cargo nos ampara siempre...craso error, el cargo es para lo que es, y la placa y las actuaciones de paisano cuando somos parte conjugan mal.

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Re:Indulto: otro caso más
« Respuesta #743 en: 09 de Febrero de 2014, 13:55:06 pm »
Bueno pues aquí tenemos ambas declaraciones, de todas formas somos funcionarios las 24 horas del día pero con matices y para lo que interesa, y creo que habiendo lo que hay fuera me parece una sanción desproporcionada, .
Y si ronin, se que por tener esta condición es mas agravado, pero es desorbitado meter a un tío en la cárcel por eso.
Si tu jodel chino........chino mealse en sopa. !Tu decidil!.

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Re:Indulto: otro caso más
« Respuesta #744 en: 09 de Febrero de 2014, 13:57:15 pm »
Bueno pues aquí tenemos ambas declaraciones, de todas formas somos funcionarios las 24 horas del día pero con matices y para lo que interesa, y creo que habiendo lo que hay fuera me parece una sanción desproporcionada, .
[/b0
]Y si ronin, se que por tener esta condición es mas agravado, pero es desorbitado meter a un tío en la cárcel por eso.

La mínima son tres años...y eso lo debemos saber todos...un rifirrafe entre conductores es eso, un rifirrafe entre conductores...y no entre un funcionario de policía y un conductor cuando además el primero quiera hacer valer su cargo y proceder contra el segundo...todo ello a pesar de que determinados "nenes" con placa crean que su posición es superior..que no lo es en absoluto.

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Re:Indulto: otro caso más
« Respuesta #745 en: 12 de Marzo de 2014, 13:04:21 pm »
Peticion de JUSTICIA para un Compañero

por pko » Vie Sep 28, 2012 12:46 pm


Buenos días, me gustaría haceros eco de lo que esta ocurriendo con la "Justicia" en una ciudad como Jaén.

Paso a contar el caso de Rubén (Mi Hijo) y Compañero vuestro en Castellón.
 
A principio del mes de Mayo de este año Rubén junto con algunos de sus familiares fuimos a otro despacho de abogados. Llevábamos una orden de ingreso en prisión dictada por la Audiencia Provincial de Jaén que se iba a hacer efectiva en cuestión de unos días. Le explicamos con nervios y de forma aturrullada nuestro caso. Tenían una sentencia de la Audiencia Provincial de Jaén que lo condenaba a seis años de prisión. El Letrado que llevó el Juicio en Jaén, recurrió al Tribunal Supremo, que inadmitió el recurso de casación.

En ese momento comenzó una carrera contrarreloj y nos fuimos a Sevilla buscando otro Letrado el cual nos cobró 12.000 euros (para lo que tuvimos que pedir un préstamo) al objeto de presentar un recurso ante el Tribunal Constitucional, “debido a su profesionalidad” dicho recurso fue inadmitido “por defecto de forma”. En última instancia solicitamos el indulto al Ministerio de Justicia, el cual fue denegado.

Esos eran los antecedentes del caso, como ya he dicho fuimos a un nuevo despacho de abogados al que contamos que teníamos noticias de que la víctima andaba diciendo que el que le causó la lesión no fue Rubén. Las noticias las teníamos por una vecina del mismo barrio, ya que había presenciado cierta conversación. En definitiva decidimos gastar el ultimo cartucho ya que esta persona mintió en el juicio, como ya sabiamos nosotros pero que nos resulto imposible demostrar.

Este abogado examino el contenido de la sentencia, así como el acta de juicio y posteriormente visualizo la grabación del juicio (ya que yo no fue el abogado de la defensa), la razón no era otra que determinar la trascendencia de esa declaración para la condena de Rubén. Se encuentra con que es el único testigo de cargo (es decir estamos ante el “testimonio de la víctima “como única prueba de cargo).

Le dimos las directrices a un detective para que hiciera una grabación. La cual realizo con éxito, dábamos saltos de alegría. Llamamos por teléfono al abogado y le comentamos que en el curso de una conversación había reconocido dos veces que no vio a su agresor, lo que contrastaba con su testimonio en juicio en el que dijo que no tenía ninguna duda acerca de la autoría (de hecho el Presidente de la Sala, le preguntó dos veces que si no tenía duda y le puntualizó que si había tanta gente cómo podía saber sin ningún género de duda que fue Rubén).

El camino estaba abierto. Este abogado fue a la Audiencia Provincial y comunico que se va habia puesto una denuncia por falso testimonio y solicito que en tanto se tramita se suspenda el ingreso en prisión, a lo que la Audiencia accede.

El único medio de que se anule la sentencia es plantear un recurso de revisión ante el Tribunal Supremo (pero no directamente como se ha llegado a decir en algún medio de comunicación) sino que es preciso obtener antes una condena firme por falso testimonio, con ello el Supremo admitiría a trámite el recurso y hecho esto examinaría la trascendencia de ese testimonio, que al ser prueba única, no me cabe ninguna duda de que se resolvería favorablemente.
Practicada la diligencia de audición del CD del detective, con el resultado que se consigna en el acta, (“que no lo vio”), cual es nuestra sorpresa cuando el Juez Instructor archiva el caso, contra el que presento recurso de reforma – ante el mismo Juez para que rectifique su resolución- por las razones que constan en el mismo, el cual a día de hoy se encuentra pendiente de resolver, ya que el Fiscal aún no se ha pronunciado.

Ante esto la Audiencia Provincial dice que ya no espera más y ordena que Rubén ingrese en Prisión, a más tardar el próximo Lunes “ por haberse archivado la causa aun en trámite de recurso legal” ¿ para qué sirve el recurso?.
Si el Juez Instructor vuelve a ratificar el archivo, aun cabría un recurso de apelación ante la Audiencia Provincial, pero ya con Ruben en Prisión. ¿Que expectativas tenemos de que la Audiencia reabra el caso y ordene la celebración de juicio, cuando está diciendo que no espera para el ingreso en prisión?

Rubén es un buen chaval, actualmente Policía Nacional prestando servicio en Castellón y con una compañera embarazada de tres meses. Solo pedimos "JUSTICIA"

Consecuencias: su vida y la de su familia rota.
Gracias por vuesta atencion.

Os dejo enlaces para que veáis lo que se esta haciendo.

http://seguridadsemanal.com/revisiones-e-indultos-solo-para-terroristas/


http://www.foropolicia.es/foros/peticion-de-justicia-para-un-companero-t97886.html

http://www.sup.es/sites/default/files/pdf/ayuda_ruben.pdf


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Re:Indulto: otro caso más
« Respuesta #746 en: 12 de Marzo de 2014, 16:29:18 pm »
El PP rechaza reformar la ley del indulto de 1870: "No es opaca, arbitraria ni injusta"


El grupo popular en el Congreso ha manifestado su oposición a la reforma de la ley del indulto, propuesta por la Izquierda Plural, aunque ve necesaria una modificación, pero desde una base "sólida y rigurosa" y "sin oportunismos". IU cree que la ley se ha convertido en "una suerte de cuarta instancia para ricos".

El grupo popular en el Congreso ha manifestado su oposición a la reforma de la ley del indulto que ha propuesto la Izquierda Plural, aunque ve necesaria esa modificación, pero desde una base "sólida y rigurosa", sin oportunismos y "siempre movida por el interés general", informa Efe.

Así lo ha señalado la diputada del PP Pilar Cortés en el pleno del Congreso, donde se ha debatido la toma en consideración de una proposición de ley de la Izquierda Plural para reformar una ley que data de 1870 y que, en palabras de su parlamentario Gaspar Llamazares, se ha convertido en "una suerte de cuarta instancia para ricos" y se ha usado para "exonerar" de la cárcel a corruptos.

Todos los grupos parlamentarios, a excepción del PP, han apoyado la iniciativa, que no saldrá adelante dada la mayoría absoluta del partido del Gobierno. En la proposición de ley se plantea que para conceder cualquier indulto deba estar motivado, que se excluyan determinados delitos, especialmente todos los relacionados con la corrupción, terrorismo, tortura o ecológicos, y que exista acuerdo entre la Fiscalía y el tribunal sentenciador.

Propone además que sean exigibles razones de "justicia, equidad o utilidad pública" para conceder la gracia y que la resolución haga mención expresa al delito cometido, al grado de ejecución y al origen de la solicitud del indulto. Llamazares ha criticado la cada vez mayor presencia de delitos que "nunca" deberían ser motivo de indulto, como los de corrupción o los conocidos como de "cuello blanco", y ha asegurado que esa medida de gracia se utiliza de manera "perversa".

Desde el PP, la diputada Pilar Cortés ha reprochado las críticas al Gobierno y ha dicho que éste se ha limitado a cumplir la ley a la hora de conceder los indultos, y le ha llamado la atención la "necesidad imperiosa" de modificarla ahora cuando está en vigor desde 1870 y ha sido aplicada por diversos gobiernos.

Según Cortés, la polémica suscitada por algunos indultos, como el del kamikaze de la Comunidad Valenciana, no puede poner en entredicho esta medida ni servir de "excusa" para acusar al Ejecutivo de "arbitrariedad". Tras recordar que el Gobierno solo concede el 6 ó el 7 por ciento de las peticiones que recibe, la diputada ha dejado claro que el Ejecutivo ha manifestado su voluntad de aplicar la ley "con el mejor ánimo posible y buscando la equidad".

Su grupo, ha añadido, es consciente de que la ley es susceptible de adaptarse al actual ordenamiento, pero "no es opaca ni arbitraria ni injusta". Desde el PSOE, Julio Villarrubia ha apoyado una reforma para trasmitir a la sociedad la imagen de que los políticos quieren acabar con la corrupción.

Villarrubia ha acusado al Gobierno de Mariano Rajoy de tomar decisiones que "están favoreciendo" a los delincuentes económicos, como la amnistía fiscal y de no adoptar medidas que permitan intensificar la lucha contra la corrupción. Tanto Rosa Díez, de UPyD, como Montserrat Surroca (CiU), Emilio Olabarria (PNV), Joan Baldoví (Compromís), Joan Tardá (ERC) y Olaia Fernández (BNG) han apoyado la propuesta de la Izquierda Plural.

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Re:Indulto: otro caso más
« Respuesta #747 en: 12 de Marzo de 2014, 16:59:06 pm »
Estas cosas pasan cuando e un mismo punto convergen el hijo del ministro un diputado y un indultado

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Re:Indulto: otro caso más
« Respuesta #748 en: 13 de Marzo de 2014, 17:15:10 pm »
Estas cosas pasan cuando e un mismo punto convergen el hijo del ministro un diputado y un indultado

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Gallardón negó haber dado indultos por corrupción pero suma al menos 8

Pese a que el ministro de Justicia ha asegurado que no ha indultado ni indultará, mientras ocupe el cargo, a ningún condenado por corrupción, la web www.elindultometro.es, encargada de analizar todos los indultos concedidos desde 1996, echa por tierra esta declaración: ha concedido la medida a 6 condenados por prevaricación y a 4 por malversación.

Nacional | 14:20

La hemeroteca ha vuelto a dejar en evidencia a Alberto Ruiz-Gallardón, quien este miércoles declaraba que no ha indultado ni indultará, mientras sea ministro de Justicia, a ningún condenado por corrupción, echando así por tierra las esperanzas de personajes como Jaume Matas, Julián Muñoz o José María del Nido.

Sin embargo, el proyecto de la Fundación Ciudadana Civio www.elindultometro.es, que se encarga de recopilar todas las medidas de gracia concedidas desde 1996, desmiente las palabras del ministro, ya que desde su llegada al cargo en 2011, 8 han sido los cargos públicos condenados por corrupción que se han beneficiado del indulto del ministro de Justicia. En concreto, y como señalaba Eva Belmonte, de Civio, en una entrevista televisiva, han sido 6 condenados por prevaricación y 4 por malversación de caudales públicos los indultados por el ministro, aunque dos de ellos habían sido condenados por ambos delitos.

La mayoría de estos diez indultos concedidos por este Gobierno se realizaron en 2012. Algunos de ellos fueron los otorgados al exalcalde del PP del Valle de Abdalajís (Málaga), Tomás Gómez Arrabal, y a tres de sus concejales: Fermín Muñoz Armero, María Teresa Mesa Pernia y Antonio Pérez Postigo, todos ellos acusados de prevaricación urbanística. El alcalde había sido condenado a más de diez años de cárcel por un total de 12 delitos de prevaricación urbanística y fue indultado tres años después de la sentencia por el gobierno que dirigía su propio partido, el PP. La pena quedó en dos años y evitó la cárcel. Sus tres concejales condenados también se acogieron a la medida de gracia.

Días antes se había indultado a Adoración Pomata Zaplana, condenada por malversación impropia, y en marzo del mismo año recibieron también su indulto Josep Maria Servitje y Víctor Manuel Lorenzo Acuña. Servitje, un alto cargo del gobierno de Pujol, fue condenado a cuatro años y medio de cárcel por desviar dinero público a empresas afines en el marco del 'caso Treball'. También Lorenzo, empresario condenado, evitó la pena de prisión a cambio de sendas multas de 3.600 euros.

También salió beneficiada María Dolores Mateos, condenada el 26 de septiembre de 2011 por malversación cuando trabajaba en el Servicio Andaluz de Empleo y era miembro del PSOE en Sevilla. Con el indulto, evitó la prisión al rebajarle la pena de 3 años a 2.

En este recuento llevado a cabo por la herramienta de Belmonte, se tienen únicamente en cuenta estos dos tipos de delito, excluyendo la corrupción llevada a cabo por personas particulares y afectando solo a delitos contra la administración.

Después de que Jueces para la democracia y la izquierda plural, así como desde la web elindultometro.es, hayan advertido a Gallardón de lo incorrecto de su afirmación, el ministro ha querido matizar, diciendo que no se indultado a nadie que haya "robado dinero público de la administración".

Por otro lado, la propia Eva Belmonte ha advertido de que en 2013 el Gobierno 'echó el freno' con los indultos, ya que ha sido el año que menos se han concedido desde 1996 (204). "Aunque en junio el Ejecutivo ya sumaba 150 indultos, a partir de entonces el ritmo de concesiones frenó en seco. El consejo de ministros más prolífico fue el del 31 de octubre, en el que se aprobaron 23. Entre ellos se encontraba el empresario canario Miguel ángel Ramírez, presidente de la Unión Deportiva Las Palmas, condenado a tres años y un día de cárcel por obras ilegales en una zona de especial protección ambiental. Después, ha resutlado adjudicatario de varios contratos públicos, como el de parte de la seguridad del metro de Madrid o el de vigilancia de varios edificios del Ministerio de Defensa", explica Belmonte.


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Re:Indulto: otro caso más
« Respuesta #749 en: 20 de Marzo de 2014, 15:45:03 pm »


El Supremo tumba otro indulto dado a un conductor que causó tres muertes


El Gobierno rebajó la pena a un joven que entró en una curva a 123 kilómetros por hora

Justicia señala que el propio juzgado respaldó el perdón por las secuelas sufridas por el reo



José Antonio Hernández   Madrid  19 MAR 2014 - 15:44 CET40

VÍDEO: http://politica.elpais.com/politica/2014/03/19/actualidad/1395238337_754260.html

El Tribunal Supremo ha anulado, por una cuestión de forma, otro indulto por un asunto de tráfico otorgado por el Ministerio de Justicia a un conductor que entró con su coche a 123 kilómetros por hora en una curva en la que solo se podía ir a un máximo de 40 kilómetros y colisionó con un camión. En el accidente, el conductor, Rafael Huete Garrido, que había obtenido el carne de conducir solo un mes antes del siniestro, resultó herido, y muertas las tres personas que le acompañaban (dos de ellas, hermanos). Esta es la segunda conmutación de pena a un conductor temerario que revoca el alto tribunal al ministerio que dirige Alberto Ruiz-Gallardón. El anterior fue el polémico indulto concedido a un automovilista que mató a una persona en la provincia de Valencia tras conducir cinco minutos en dirección contraria por la autovía AP-7. Los familiares vieron en este indulto un trato de favor de Justicia a este reo puesto que su abogado era hermano de un exalto cargo del PP.

En esta ocasión, la Sala Tercera del Tribunal Supremo revoca el indulto concedido a Rafael Huete y ordena devolver la causa al tribunal granadino que le condenó. La Sala Tercera de lo Contencioso-administrativo del Supremo entiende que hay defectos formales, puesto que no consta informe de ese tribunal, la Sección Primera de la Audiencia de Granada, sobre este indulto. La Audiencia  condenó a Rafael Huete a la pena de tres años y tres meses de cárcel por un delito contra la seguridad vial en concurso con otro de tres de homicidio por imprudencia.

Fuentes del Ministerio de Justicia señalan, sin embargo, que la Audiencia decidió delegar la elaboración de ese informe en el tribunal que dictó condena en primera instancia, el número 2 de lo Penal de Granada, y que este sí emitió dictamen: un informe favorable al indulto en el que alegaba que el conductor, a raíz del accidente, quedó "totalmente inimputable" por las secuelas sufridas, informa Vera Gutiérrez Calvo.

Rafael Huete Garrido fue condenado en primera instancia, en el juzgado de lo Penal número 2 de Granada, a dos años y seis meses, pero la familia de los fallecidos recurrió la pena y la citada sección de la Audiencia Provincial de Granada la elevó a tres años y tres meses. Consta la petición de indulto del juzgado de lo penal, pero no existe ningún pronunciamiento de la Audiencia, que incluso eleva  la pena en un año.Cuando el Ministerio de Justicia recibió la petición de indulto, envió una solicitud de informe a la Audiencia Provincial de Granada, pero esta lo delegó en el juzgado de primera instancia. Este juzgado emitió el informe favorable proponiendo al Gobierno que rebajase la pena a dos años para evitar la entrada en prisión del reo. Es lo que Justicia ha hecho, atendiendo a ese informe (el otro, emitido por el fiscal, fue desfavorable al indulto). La Sala Tercera del Supremo ordena, sin embargo, que las diligencias vuelvan a la Audiencia y sea ella la que emita un informe. Pero, de momento, el indulto queda revocado.

La Ley del Indulto, en su artículo 23, solo señala que el ministerio, cuando recibe una petición de indulto, debe recabar un informe "del Tribunal sentenciador". No recoge -ni prohíbe- expresamente la posibilidad de que ese  tribunal decida delegar el informe en el de primera instancia. Eso no es lo habitual, pero tampoco es excepcional: ha ocurrido otras veces en otras peticiones de indulto, según fuentes de Justicia.

El accidente se produjo en la noche del 3 de julio de 2008, en una carretera de doble sentido y con dirección a la localidad de Beas de Granada. Rafael Huete, que conducía a 123 kilómetros por hora, se salió en una curva y chocó contra un camión. El pasado noviembre, el Ministerio de Justicia le otorgó un indulto parcial y le rebajó la pena a dos años y 15 días de trabajo en favor de la comunidad, lo que habría permitido a Rafael Huete no tener que ingresar en prisión puesto que no tiene antecedentes penales y cabe aplicarle la remisión condicional de la pena.

Este es el segundo indulto a un automovilista que tumba el Supremo a Justicia es cuestión de meses. El primero fue el de Ramón Jorge Ríos Salgado, quien hace unas semanas tuvo que volver a la cárcel después de quedar libre merced al indulto que le dio el Gobierno el 7 de diciembre de 2012. pero el Supremo lo anuló por falta de motivación y, al no subsanar Justicia ese defecto, volvió a la cárcel hace unas semanas.

La Audiencia de Valencia le condenó a 13 años de cárcel por un delito grave de conducción temeraria “con desprecio para la vida de los demás” en concurso ideal con otro delito de homicidio. Ríos Salgado condujo su Opel Mágnum durante cinco minutos en sentido contrario por la autovía AP-7 (la que recorre todo el levante) y causó la muerte a José Alfredo Dolz España, de 25 años, que circulaba correctamente con su coche, el 1 de diciembre de 2003, en un tramo entre la localidad valenciana de Silla y la alicantina de San Juan.

La familia de la víctima recurrió al Supremo y se opuso al indulto (el preso solo había cumplido 10 meses de prisión y pagado una multa de 4.000 euros). Este indultó causó gran alarma social por las connotaciones que le rodeaban. El abogado del reo era Esteban Astarloa Huarte-Mendioca, hermano de Ignacio Astarloa, ex alto cargo del PP en el Ministerio del Interior. Este letrado trabajaba para el despacho Uría y Menéndez, en el que también está empleado un hijo del ministro Alberto Ruiz-Gallardón. El ministro negó trato de favor y señaló que este indulto siguió la misma tramitación que otros que habían “otorgado este Gobierno y los anteriores".

El de Ríos Salgado fue el primer caso de un indulto que anula el Tribunal Supremo, cuya sala de lo contencioso se reunió para analizar el asunto tras el recurso que le elevó la familia del fallecido. El debate fue intenso y duró tres días. La Sala estaba dividida. La decisión final fue adoptada por una mayoría muy ajustada, 19 votos de magistrados contra 17. El ponente inicial de este asunto, que defendió que una medida de gracia no puede ser anulada por los tribunales, fue Carlos Lesmes, actual presidente del Consejo General del Poder Judicial y del Supremo

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Re:Indulto: otro caso más
« Respuesta #750 en: 26 de Marzo de 2014, 08:49:02 am »


El Supremo anula un indulto por emitirlo un Tribunal equivocado


La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremoha anulado el indulto parcial que el Gobierno concedió el 21 de diciembre de 2012 a un conductor condenado a 3 años y 3 meses de cárcel por delito contra la seguridad del tráfico en concurso con tres delitos de homicidio imprudente.

En su sentencia, el alto tribunal motiva su decisión en que el informe preceptivo para la concesión de la medida de gracia fueemitido por un tribunal equivocado, ya que correspondía hacerlo a la Audiencia Provincial de Granada, y no a la jueza de lo Penal número 2 de esa misma provincia, que había dictado la sentencia inicial del caso.

El Supremo revoca el indulto y ordena a la Audiencia que emita el correspondiente informe, antes de que el Gobierno vuelva a examinar el caso. El resto de dictámenes del expediente de indulto no son anulados.

El joven que había sido indultado fue condenado por el Juzgado de lo Penal número 2 de Granada a 2 años y medio de cárcel, en relación al accidente de tráfico que tuvo lugar en Huétor Santillán (Granada) en el verano de 2008, en el que murieron tres jóvenes que ocupaban un coche conducido por él al chocar el turismo contra un vehículo de recogida de basuras. Tras ser apelada esa sentencia, la Audiencia de Granada elevó la pena a 3 años y 3 meses de cárcel

El condenado pidió el indulto. El Ministerio de Justicia remitió el expediente al presidente de la Audiencia de Granada, pero desde esa instancia judicial, a quien correspondía emitir el informe preceptivo por haberse convertido en tribunal sentenciador –ya que había elevado la pena inicialmente impuesta-, se reclamó el dictamen al Juzgado de lo Penal número 2. La sentencia señala que esa irregularidad “no es imputable” al Ministerio, puesto que se dirigió a la Audiencia Provincial, que fue la que posteriormente la envió al Juzgado de lo Penal.
La titular de ese Juzgado emitió informe favorable al indulto parcial, de modo que se redujera la pena a 2 años de cárcel para que el joven pudiera eludir el ingreso en prisión. El Gobierno concedió el indulto parcial en las condiciones que había pedido dicha jueza.

En su sentencia, de la que ha sido ponente el magistrado Diego Córdoba, el tribunal argumenta su decisión de anular el indulto y retrotraer las actuaciones al momento anterior a la emisión del informe del tribunal sentenciador, a que dicho dictamen no lo dictó el tribunal adecuado. En ese sentido, recuerda la doctrina de la Sala Segunda del Supremo que establece que el tribunal superior que modifica la sentencia inicial de una causa se convierte en tribunal sentenciador a los efectos de competencia sobre el informe de indulto.

De este modo, estima parcialmente el recurso planteado por familiares de las personas que fallecieron en el accidente de tráfico.

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Re:Indulto: otro caso más
« Respuesta #751 en: 07 de Abril de 2014, 12:50:30 pm »

Gallardón “pone de moda” el indulto: los presos se interesan cada vez más por la medida de gracia


Las consultas de reclusos para acogerse a esta figura se han disparado en el último año. También se han incrementado las quejas de ciudadanos ante la Defensora del Pueblo por las polémicas concesiones del Ministerio de Justicia. Su homólogo andaluz denuncia que "se han aventado las expectativas de muchas personas por acogerse a esta atípica" fórmula.



¿Efecto llamada? El Ministerio de Justicia que dirige Alberto Ruiz-Gallardón ha conseguido llamar la atención de los reclusos que cumplen pena en cárceles españoles y de aquellos condenados que bien están a punto de ingresar en prisión o se encuentran en régimen de tercer grado penitenciario. Y lo ha hecho con la figura del indulto, avivando esperanzas abocadas al fracaso en la mayoría de los casos.

Tanto algunas concesiones inverosímiles --el Supremo ha tenido que salir a frenarle-- como su inoperancia comunicativa para dejar claro a la opinión pública, y sobre todo, a los presos, que esta medida de gracia no es la panacea de la libertad, sino una opción excepciones con una prosperidad residual, están detrás de este fenómeno.

Las consultas de reclusos dirigidas a las instituciones interesándose por la fórmula del indulto se han incrementado en estos dos años y se han disparado en el último ejercicio. Así, lo recoge, por ejemplo, el informe anual que acaba de presentar el Defensor del Pueblo andaluz, Jesús Maetzu. En concreto, el documento indica que “merece la pena reseñar el incremento habido en 2013 en relación a aquellas quejas presentadas por personas ingresadas en centros penitenciarios o pendientes de ingresar en los mismos que solicitan la intervención de esta institución para que culmine con éxito su petición de indulto general o particular”.

A continuación y de manera muy explícita, el órgano estatutario fija su posición. “Suponemos ---manifiesta-- que la proliferación en los medios de comunicación de informaciones relacionadas con la petición o concesión de indultos a personajes conocidos por su relación con la política o el mundo del espectáculo ha contribuido en gran medida a poner de moda la medida del indulto y ha aventado las expectativas de muchas personas por acogerse a esta atípica forma de obtener la redención de sus culpas”. El expresidente balear Jaume Matas, en el caso Palma Arena, el expresidente del Sevilla José María del Nido, en el caso Minutas, o el extorero José Ortega Cano, son algunos ejemplos de caras conocidas que han recurrido a esta vía de escape.

    El Defensor del Pueblo andaluz alude en su último informe a los casos de "personajes conocidos por su relación con la política o el mundo del espectáculo"

Asimismo, el gabinete de Maetzu señala que se ha limitado a explicar a los interesados los procedimientos a seguir y los requisitos necesarios para obtener el indulto, “aclarando el alcance de esta figura y los ámbitos competenciales en relación a la misma”. De igual modo, desde el Valedor do Pobo de Galicia también se han desviado al Ministerio de Justicia otras peticiones de esta medida de gracia.

En paralelo a la atención despertada entre los reclusos, el departamento de Gallardón también ha contribuido al aumento de quejas ciudadanas por la concesión de polémicos indultos. El último informe de la Defensora del Pueblo de la Administración General, Soledad Becerril, recientemente presentado en las Cortes, recoge que el órgano “no ha sido ajeno” a la situación del país y ha “recibido numerosas quejas referidas al malestar ciudadano por la proliferación de los casos de corrupción política y económica”.

En todas ellas, prosigue el texto, los firmantes “trasladaban una serie de reflexiones personales en las que exigían una ágil y contundente respuesta punitiva a los delitos investigados, un trato judicial igualitario para todos los imputados -tal y como proclama el artículo 14 de la Constitución- y mostraban su rechazo a los indultos concedidos a algunos condenados por esos delitos”.

Tales expedientes, según Becerril, son un reflejo de la inquietud social existente, recogida también en las encuestas del Centro de Investigaciones Sociológicas (CIS), que ponen de manifiesto que la corrupción política y económica es una de las principales preocupaciones de los españoles.

Las cifras que delatan al ministro

Tras la llegada del PP a La Moncloa, el Ejecutivo ha tramitado casi 14.500 indultos en los dos primeros años de gobierno. En el ejercicio de 2012 concedió 501 tras rechazar 6.995 y en 2013 hizo lo propio con 190 tras oponerse a 6.776. Pese a que Gallardón ha afirmado que ni ha otorgado ni otorgará indultos en casos de corrupción, la hemeroteca dice que de esos 691 autorizados en 2012 y 2013 media docena beneficiaron a cargos públicos o funcionarios municipales condenados por delitos de malversación de fondos o prevaricación urbanística. Además, de la cifra total, una decena guardó relación con “delitos contra la administración pública”.

Entretanto, el Gobierno de Mariano Rajoy permanece de brazos cruzados y se niega a reformar, como le exige la oposición, la vetusta ley del Indulto de 1870, modificada únicamente por el Ejecutivo de Felipe González en 1988. El pasado miércoles, fue el propio fiscal general del Estado, Eduardo Torres-Dulce, el que instó en persona a Gallardón a impulsar un nuevo redactado de esta normativa para “ahormar más” la justificación de los indultos, algo que ya ha puesto el Tribunal Supremo sobre la mesa tras tumbar la concesión al kamikaze de la AP-7. Gallardón espera ahora que se pronuncie el Tribunal Constitucional.

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Re:Indulto: otro caso más
« Respuesta #752 en: 08 de Abril de 2014, 14:17:26 pm »
Gallardón y sus indultos.

F A L L A M O S

Estimando parcialmente el recurso interpuesto por la representación procesal de D. Modesto , Doña Clara y D. Carlos José . PROCEDE ANULAR el Real Decreto
1632/2012, de 30 de noviembre por el que se concedió un indulto parcial a D. Benjamín , ordenando la retroacción de actuaciones para que se emita el informe previsto en el art. 23 de la Ley del indulto por la Sección Primera de la Audiencia Provincial de Granada, desestimando el recurso en los demás extremos solicitados, sin hacer expresa condena en costas.

http://www.poderjudicial.es/search/documento/TS/6997382/Responsabilidad%20patrimonial/20140320

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Re:Indulto: otro caso más
« Respuesta #753 en: 10 de Abril de 2014, 16:43:48 pm »
 :caput

Los antecedentes: http://www.patrulleros.com/foro/index.php?topic=5806.msg513445#msg513445

No por haberse negado..sino por PREVARICAR haciéndolas desaparecer a su criterio.




El gobierno de Torrejón de Velasco pide el indulto para su ex jefe de Policía Local

El policía fue condenado por prevaricación en abril de 2011 a ocho años y medio de inhabilitación después de haberse negado a tramitar multas. El Supremo confirmó la condena el pasado año y el Ayuntamiento ha aprobado ahora pedir al ministro Gallardón el indulto del funcionario. Los sindicatos critican que el gobierno del PP pida la medida de gracia.

Actualidad    - Torrejón de Velasco 10/04/2014 a las 16:27»

Francisco Javier Carrascal agotó los recursos a su condena después de que la Justicia le impusiera ocho años y medio de inhabilitación por dejar de tramitar multas. Según varios agentes de Policía Local, cometía los delitos para favorecer a “conocidos personales o del entonces alcalde”, Miguel Ángel López, portavoz ahora del PP en Parla, aunque las causas no fueron dictaminadas por el juez.

Ahora, apartado de sus funciones en el municipio, la Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento, del PP, ha aprobado en el mes de febrero una solicitud al ministro de Justicia para que apruebe el indulto del policía. Según Gonzalo Cubas, alcalde de Torrejón de Velasco, se trata de reconocer el buen trabajo de este funcionario, desempeñado a lo largo de los años, y reconocido a través de “multitud de firmas” presentadas por los vecinos, que han suscrito un documento de defensa al ex jefe policial.

Sin embargo la medida del consistorio ha contado con la oposición de varios agentes policiales, entre ellos del sindicato CPPM, que ha criticado que se pida el indulto para una persona que cometió “el peor delito que puede cometer un funcionario”, el de prevaricación. Jesús Perales, secretario general del CPPM en el sur de Madrid, ha lamentado la decisión del gobierno local.

Fuentes consultadas por Cadena SER Madrid Sur han añadido que podría existir algún “problema de compatibilidad” en la petición del indulto, que en cualquier caso se cursará.

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Re:Indulto: otro caso más
« Respuesta #754 en: 15 de Abril de 2014, 10:28:45 am »
También polémica por 'Tomasín' y el guardia civil de Luiña
15.04.14 - 00:29 -

No sólo en las salas de justicia gijonesa han dejado decisiones discutibles. También en la Audiencia Provincial en Oviedo, donde recientemente el jurado popular condenaba a 'Tomasín' a seis años de prisión por matar a su hermano en Tineo, pero solicitaba, sin embargo, el indulto para que el preso salga cuanto antes en libertad y pueda regresar al monte. Le apreciaron la atenuante por padecer una alteración psíquica y la eximente incompleta de legítima defensa.

Más recientemente, en el caso del crimen de Soto de Luiña, el tribunal popular vio al guardia civil procesado culpable de homicidio, pero matiza que los siete tiros que le disparó a la víctima fueron en legítima defensa.

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Re:Indulto: otro caso más
« Respuesta #755 en: 26 de Abril de 2014, 14:51:03 pm »
IGUALES ANTE....GALLARDON?

EL ESCÁNDALO DE LAS MEDIDAS DE GRACIA

El Gobierno justifica el indulto a un empresario afín al PP por "la ausencia de peligrosidad criminal"


Miguel Ángel Ramírez fue condenado a tres años por construir en un paraje natural. Justicia le rebajó la pena a dos años, por lo que evitó la prisión. Su nombre figura en la lista de donantes de la contabilidad oficial del partido. Ahora está acusado de un delito fiscal.

Nacional | 04:00


"No tenía ningún antecedente penal". "Su informe policíal carecía de antecedentes". "Advertida la ausencia de peligrosidad criminal del condenado". Tres argumentos genéricos para un indulto polémico. Así ha justificado el Gobierno en una respuesta parlamentaria por escrito la reciente concesión al empresario y presidente de la Unión Deportiva Las Palmas Miguel Ángel Ramírez Alonso de la medida de gracia que ha permitdo a éste eludir el ingreso en prisión por un delito urbanístico. Ramírez Alonso, que figura en la contabilidad oficial del PP como donante de 50.000 euros al partido en 2011 a través de la empresa Gestiones y Asesoramientos 3000 SL, había sido condenado a tres años y un día de cárcel en 2010 por levantar en un paraje natural protegido de la isla de Gran Canaria un estanque, dos aparcamientos, un camino y varios muros “con total desprecio a la ordenación legal del terreno”, según destaca el fallo. Tras la decisión del departamento de Alberto Ruiz-Gallardón, el industrial vio como su pena se reducía a dos años y eludía así el encarcelamiento. Recientemente la Fiscalía se ha querellado contra él, en esta ocasión por delito fiscal.


La setencia que le condenó a tres años recalcó que el industrial actuó "con total desprecio a la ordenación legal" al construir en un paraje natural protegido de la isla de Gran Canaria

La respuesta de Justicia es fruto de la pregunta planteada por el diputado de IU José Luis Centella, quien interpeló al Ejecutivo para conocer las circunstancias de dicho indulto dada la conocida afinidad del empresario y presidente del equipo de fútbol con el partido del Gobierno. En su respuesta, el Ejecutivo recalca que en el caso de Miguel Ángel Ramírez había tenido "en cuenta el historial penal del condenado, el cual no tenía ningún antecedente penal, ni anterior ni posterior, a la causa cuya pena se indulta". Asímismo, recalca que "en su informe policial carecía de antecedentes", además de recordar "la ausencia de peligrosidad criminal de condenado". Tres motivos que considera suficientes para otorgarle la medida de gracia que, recalca es "condicionada". ¿A qué? El equipo de Ruiz-Gallardón insiste en que para beneficarse de ella el empresario debera proceder "a la demolición de las obras ejecutadas ilegalmente". Una premisa, por otra parte, que ya estaba incluida en el propio fallo del tribunal que le condenó.

En su respuesta al diputado de IU, el Ejecutivo insiste en que Justicia estudia "cada petición de indulto por separado y de manera individualizada" y que "sólo el análisis de las circunstancias en torno a cada condena y cada condenado, hacen posible entender adecuada o no la concesión o la denegación de cada gracia". No obstante, en el mismo texto el Gobierno destaca que en 2013, el año de la concesión del polémico indulto al empresario canario, Ruiz-Gallardón sólo dio luz verde a 2,76% de las peticiones recibidas, frente al 6,68% del año anterior. Además, recuerda que "la concesión individualizada de una gracia no significa la revocación de la sentencia: el indultado sigue siendo culpable por haberlo declarado así una sentencia firme dictada en sede judicial". "El indulto sólo moldea de manera parcial el cumplimiento de una determinada condena", añade. A lo que elude responder es si, pese a la condena, las empresas del industrial indultado siguen contratando con la Administración. "Se desconocen las empresas en las que el señor Ramírez tiene participación", responde lacónicamente.

Contratos a 'tutiplén'

Sin embargo, las empresas de Miguel Ángel Ramírez no son unas desconocidas en los concursos públicos, sobre todo en Canarias, aunque también cada vez más en la Península. De hecho, una de sus compañías de bandera, Seguridad Integral Canaria (SIC), se hizo recientemente con un contrato de 11 millones de euros para dotar de vigilancia del Monasterio del Escorial y otros Reales Sitios del Patrimonio Nacional, todo ello dependiente del Ministerio de Presidencia. Además tiene también la multimillonaria concesión de la vigilancia del Metro de Madrid, dependiente del Gobierno autonómico del PP. También es conocida su relación de amistad con el ministro de Industria, el también canario José Manuel Soria, que diez días después de conocerse el pasado mes de noviembre la concesión del indulto, acudió a Las Palmas a participar en la inauguración de un concesionario de coches de alta gama de Ramírez Alonso. Entonces, el miembro del Gobierno calificó al empresario como “el concepto más puro de emprendedor que yo conozco”.


Sólo unos meses después del indulto, la Fiscalía se ha querellado contra Miguel Ángel Ramírez por un delito fiscal de 2,4 millones de euros

Sin embargo, la alegría del indulto le ha durado poco a Miguel Ángel Ramirez. El pasado mes de febrero se conocía que la Fiscalía de Delitos Económicos de Canarias había presentado una querella contra él por un presunto delito de fraude fiscal de más de 2,4 millones de euros realizado, precisamente, a través de la empresa de seguridad con la que se ha adjudicado numerosos contratos públicos. Los supuesto delitos se habrían cometido en los años 2008 y 2009. Según el escrito del Ministerio Público, Ramírez Alonso habría sustituido el pago de horas extraordinarias de sus trabajadores por dietas. Con esta maniobra, la compañía de seguridad buscaba presuntamente reducir la carga fiscal y social, ya que las dietas no cotizan a la Seguridad Social, y de este modo ofertar precios más competitivos que otras empresas del sector y hacerse con adjudicaciones públicas. Entre ellas, la vigilancia del Palacio de Justicia de Las Palmas donde, precisamente, su instruyó la causa por la que ha sido indultado y la que ahora se sigue contra él por fraude fiscal.


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Re:Indulto: otro caso más
« Respuesta #756 en: 26 de Abril de 2014, 20:18:13 pm »
Los indultos suelen ser igual para todos, da igual si has donado o no cincuenta mil a las gaviotas .

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Re:Indulto: otro caso más
« Respuesta #757 en: 27 de Abril de 2014, 15:38:35 pm »

concesiones de la medida de gracia »


Justicia recaba informes unánimes y contrarios a cinco indultos


Los fiscales y los tribunales, en contra de la medida de gracia para Garzón, Matas, Ortega Cano, Carromero y Hernández Mateo

Indultos polémicos
ESPECIAL Más información sobre indultos

María Fabra   Madrid  27 ABR 2014 - 00:15 CET127



El Ministerio de Justicia tiene ya concluidos los informes sobre algunas de las solicitudes de indulto que más expectación han creado en el último año: las del exjuez Baltasar Garzón, el torero José Ortega Cano y tres excargos del Partido Popular: Jaume Matas (expresidente balear); Pedro Ángel Hernández Mateo (exalcalde de Torrevieja) y Ángel Carromero (dirigente de Nuevas Generaciones en Madrid).

 
Todos los informes recabados por Justicia, tanto de los fiscales como de los tribunales que condenaron a estas cinco personas, consideran que no se dan las condiciones que establece la ley para apoyar la medida de gracia para ninguna de estas personas.

Al final del proceso, el indulto depende de la voluntad del Gobierno, aunque en la mayor parte de los casos su decisión suele coincidir con el criterio de los jueces y del ministerio público.


Ángel Carromero

 

Condenado en Cuba el 22 de julio de 2012 a cuatro años de cárcel. Conducía un vehículo que chocó contra un árbol cerca de la ciudad cubana de Bayamo. En el accidente murieron dos de sus acompañantes: los opositores al régimen castrista Oswaldo Payá y Harold Cepero. La fiscalía cubana le atribuyó un delito de homicidio imprudente, por el que fue condenado por un tribunal cubano. Un convenio bilateral entre España y Cuba permitió que el Gobierno autorizase el 14 de diciembre de 2012 su traslado a España (lo que ocurrió el 29 de diciembre) para cumplir parte de la condena en su país de origen. Ingresó en la cárcel de Segovia y a los 13 días se le concedió el tercer grado, por lo que fue trasladado al centro Victoria Kemp.

El indulto, solicitado por un hermano de Oswaldo Payá, uno de los fallecidos, ha sido apoyado por un sector importante del PP, encabezado por la expresidenta madrileña Esperanza Aguirre. Sin embargo, el Ministerio de Justicia cuenta con el informe contrario de la Audiencia Nacional, cuya sección primera se opone al entender que los hechos juzgados en Cuba tienen la misma calificación jurídica y parecida penalidad que en España. Además, recuerda que el accidente ocurrió cuando Carromero tenía retirado el carné de conducir. La Fiscalía también rechaza el indulto al entender que “no existen razones de justicia, equidad o conveniencia para otorgar la medida de gracia”. Además, los informes del Centro de Inserción apuntan a que no ha mostrado arrepentimiento por lo sucedido.


Jaume Matas
 

El expresidente balear está condenado a nueve meses de cárcel (tiene pendientes varios juicios más). Su ingreso en prisión está pendiente de la decisión del Gobierno sobre el indulto. La Audiencia de Palma rechaza la medida de gracia con el argumento de que Matas no se ha arrepentido. Fue condenado por tráfico de influencias a seis años de cárcel, pena que posteriormente fue rebajada a nueve meses por el Supremo. El ministro de Justicia, Alberto Ruiz-Gallardón, ha declarado que “a priori” no aprecia en el caso de Matas “razones de equidad, interés público y justicia” para conceder el indulto.


Pedro Ángel Hernández Mateo
 

Exalcalde de Torrevieja. Condenado a tres años de cárcel por amañar la adjudicación de una contrata de recogida de basuras a favor de Necso en 2004. La petición de indulto recibió el aval de 2.500 firmas de amigos del exalcalde y el apoyo de la mayoría del Grupo Popular en las Cortes Valencianas. El tribunal sentenciador se opone a la petición de indulto.


Baltasar Garzón
 

El exjuez de la Audiencia Nacional fue condenado por prevaricación en 2012 a 11 años de inhabilitación por autorizar la intervención de las comunicaciones en la cárcel entre los cabecillas de la trama Gürtel y sus abogados. La fiscalía —que ha variado en este caso el criterio que fijó en un caso similar que afectó a Javier Gómez de Liaño— entiende que no hay razones de justicia, equidad o utilidad pública para conceder el indulto. El tribunal sentenciador (la sala Segunda del Supremo) también se opone al indulto porque no ha mostrado arrepentimiento: “Su indiferencia a la petición de indulto es una forma de reafirmación de su posición. No se dan las razones de utilidad pública, equidad y justicia”, ha señalado.


José Ortega Cano
 

Ingresó en prisión hace cuatro días, condenado a dos años y medio de cárcel por homicidio imprudente. En mayo de 2011 conducía —con el triple de alcohol en sangre del permitido— por Castilblanco de los Arroyos y chocó con el vehículo de Carlos Parra, que murió en el accidente. La Fiscalía se opone a la concesión del indulto. La Audiencia de Sevilla (tribunal sentenciador) rechaza la medida de gracia por la gravedad de los delitos. Argumenta que las dolencias médicas de Ortega Cano pueden ser tratadas en la cárcel y que, además, no se ha arrepentido.

 

Indultos polémicos

El Gobierno concedió 501 indultos en 2012 y 190 en 2013. Siete de ellos afectaron a funcionarios o cargos públicos condenados por corrupción. Entre ellos, Josep Maria Servitje, de Unió Democràtica y ex número dosde Trabajo en la Generalitat de Cataluña. Fue indultado en marzo de 2012 y evitó así cumplir cuatro años y medio de prisión por prevaricación y malversación.

Otros indultados, en 2012, fueron el exalcalde malagueño de Abdalajís (PP) Tomás Gómez Arrabal, y otros tres ediles de ese partido. Todos ellos condenados por prevaricación urbanística.

En septiembre pasado, el Gobierno indultó a una funcionaria y miembro de la dirección del PSOE en un barrio de Sevilla, condenada a tres años de cárcel por malversación.

En enero de 2014, El Gobierno indultó a un conductor kamikaze condenado a 13 años por provocar un choque mortal en la A-7, en Valencia. El Supremo buscó una argucia para anularlo y el Ejecutivo acabó por no confirmarlo

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Re:Indulto: otro caso más
« Respuesta #758 en: 04 de Mayo de 2014, 10:20:06 am »

¿Debería seguir el indulto en manos del Ejecutivo? Jueces y juristas reclaman una reforma


Jueces y juristas reclaman cambios en la ley del indulto, una norma del siglo XIX que aún está vigente. Critican la arbitrariedad que produce que sea el Ejecutivo quien concede la medida de gracia, especialmente en casos relacionados con el poder político.



El Gobierno concedió 204 indultos en 2013, el nivel más bajo de toda la serie histórica (desde 1996) según el indultómetro de la fundación Civio. Pese al desplome respecto al año anterior, cuando se concedieron 534, las últimas solicitudes mediáticas han propiciado la percepción de que se conceden muchos indultos y que a menudo se utilizan como una herramienta al servicio del Gobierno.

Las sentencias del Tribunal Supremo que anulaban los indultos a Alfredo Sáenz y al conductor kamikaze de la AP-7 han contribuido también a engordar la polémica, dando la idea de que la concesión sigue criterios arbitrarios que en muchas ocasiones, como evidencian estos dos casos concretos, chocan con la Justicia.

Según Pilar González Rivero, profesora de Derecho Penal y Derecho Penitenciario en la Universidad a Distancia de Madrid (Udima), el problema con esta medida viene por quién la aplica, es decir, el Gobierno. La legislación actual procede de una ley de 1876, según la cual era el monarca quien concedía los indultos. Actualmente, esta competencia corresponde al Ejecutivo, por lo que se produce una “confusión de la separación de poderes”, en palabras de González Rivero.

Una posible solución a esta confusión, que en parte acabaría con la imagen que se tiene de los indultos como una medida arbitraria y con una utilización política, pasaría por rechazar automáticamente todas las solicitudes relacionadas con el ejercicio de la función pública, desde políticos hasta funcionarios o cuerpos de seguridad del Estado. Para González Rivero, esta alternativa sería injusta, ya que el indulto “es un derecho de cualquier ciudadano”.

La segunda opción sería que no fuera el Gobierno quien concediera los indultos., sino “otra clase de institución más imparcial”, independiente del poder ejecutivo. “Lo que habría que revisar es quién lo concede. ¿Por qué a un político o a un funcionario de policía se le puede negar? También tienen derecho a arrepentirse”, reflexiona González Rivero.

"El poder se perdona a sí mismo"

En esta misma línea que cuestiona la idoneidad del Gobierno como concesor de indultos, Jueces para la Democracia criticó recientemente en un comunicado que con los indultos “el poder se perdona a sí mismo”. Estas declaraciones corresponden al portavoz de Jueces por la Democracia, Joaquim Bosch, quien además considera que el uso inadecuado de los indultos provoca un “considerable malestar” y la sensación de que “la justicia no es igual para todos”.

La asociación también acusaba al ministro de Justicia, Alberto Ruiz-Gallardón, de mentir cuando afirmaba que el Gobierno no concedería la medida de gracia a ningún condenado por corrupción, ya que “los datos objetivos sobre concesión de indultos indican con claridad que el mayor porcentaje se produce en los delitos vinculados a la corrupción o en supuestos de personas que tienen conexión con el poder político”.

Aunque los datos muestran que los indultos más numerosos corresponden a casos relacionados con el consumo y tráfico de drogas lesiones, hurtos y robos, la mayor proporción en relación con la cantidad de condenas corresponde a delitos de malversación, corrupción y delitos contra el medio ambiente, tal como recoge el indultómetro.

Pilar González Rivero coincide con la visión de Jueces por la Democracia de que “los políticos, tras ser condenados por un tribunal, después son ellos mismos quienes se perdonan”. Además de reclamar que no sea el Gobierno quien decida, considera que también son necesarios unos criterios más concretos; resoluciones motivadas que respondan a razones de “justicia, equidad y utilidad pública, tal como pide la ley, y que, al igual que otros procedimientos judiciales, disponga de vías de recurso, reformas que han demandado muchos juristas. “Evitaríamos muchos abusos y muchos arbitrios”.

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Re:Indulto: otro caso más
« Respuesta #759 en: 14 de Junio de 2014, 16:34:35 pm »
El Supremo condena a un guardia civil que se mofó de una agresión sexual
El reo grabó con su móvil los tocamientos que le realizó un amigo a una mujer en un tren en Gijón
20.10.2013 | 03:12

R. GARCÍA El Tribunal Supremo acaba de confirmar la condena al agente de la Guardia Civil al que la Sección Octava de la Audiencia Provincial de Asturias había inhabilitado para ejercer su profesión durante seis meses por grabar con su móvil una agresión sexual, que protagonizó un amigo suyo en un tren de Renfe que partía de Gijón hacia Oviedo. Los magistrados del alto tribunal consideran suficientemente probado que el reo vulneró su obligación de perseguir delitos.


Los hechos tuvieron lugar en junio de 2011. A las nueve y media de la mañana la víctima cogió un tren a Oviedo coincidiendo en el vagón con el agente y su amigo. El autor de la agresión se dirigió a la pasajera profiriendo expresiones soeces y «le metió la mano entre las piernas tocándole la zona del pubis por encima del pantalón». La denunciante trató de evitar el contacto con el reo levantándose, momento que el viajero aprovechó para tocarle la entrepierna. Durante los hechos el funcionario «estuvo riéndose permanentemente sin intervenir en ningún momento y llegando incluso a grabar en su teléfono móvil las palabras que su amigo dirigía a su víctima».


http://www.lne.es/gijon/2013/10/20/supremo-condena-guardia-civil-mofo/1486494.html


Indultado...

http://elboenuestrodecadadia.com/2014/06/14/el-gobierno-aprueba-ocho-nuevos-indultos/