Investigación por la presunta agresión de un policía local de Alcorcón a un detenido esposado
http://www.youtube.com/watch?v=G5kkouFXico
| 13.09.2010 -
“Intenté evitar un problema mayor”
Un policía alega que dio dos bofetadas a un detenido para evitar que agrediera a otros agentes
F. Javier Barroso Madrid 25 MAY 2012 - 00:48 CET2
Estaba cantado de que iba a haber condena...
Condenado un policía por abofetear cinco veces a un detenido esposado
El agente deberá cumplir seis meses de prisión y dos años de inhabilitación
F. Javier Barroso Madrid 6 JUL 2012 - 18:17 CET
Un cabo de la policía municipal de Alcorcón, Mario M.B., ha sido condenado por la Sección Séptima de la Audiencia Provincial de Madrid a seis meses de prisión y a inhabilitación de dos años por haber pegado a un detenido varios bofetones mientras se encontraba esposado.
El tribunal considera "probado" que los hechos ocurrieron sobre las 06:45 del 27 de febrero de 2009, cuando Ernesto C.A. se encontraba detenido por un presunto delito contra la seguridad en las dependencias de la Policía Local de Alcorcón.
En presencia de Mario M.B., de 43 años, que en ese momento ejercía como cabo responsable del turno de noche, Ernesto C.A., que estaba escoltado por policías municipales y esposado con las manos a la espalda, aseguró en voz alta que los agentes que lo habían detenido le habían pegado. En respuesta, Mario M.B. le dijo "espere, que como le pegue yo...", a lo que Ernesto C.A. le contestó que le pegara, justamente cuando el cabo pasaba a su lado, momento en que Mario M.B. le propinó tres bofetones. Un agente se interpuso para impedir que continuara la agresión. “Pero con quién te crees que estás hablando, pintamonas”, volvió a la carga el cabo y propinó otras dos bofetadas al detenido.
Una de las cuestiones que se plantearon durante el juicio era la validez como prueba del vídeo grabado por un policía con su teléfono móvil en el que se veía al cabo pegar al detenido. Con el argumento de que el acusado se encontraba en una comisaría, sujeto a grabaciones oficiales, el fallo desestima el argumento de la defensa, que pedía la invalidación de la prueba por suponer una violación de la intimidad. “El propio acusado reconoce que en la sala en la que se produjeron los hechos había cámaras de grabación”, señala el fallo. La defensa también argumentaba que las imágenes podrían estar manipuladas. “No cabe apreciar ninguna manipulación en la parte del vídeo que está portada en le procedimiento”, responde la sentencia.
“En lugar de ejercer debidamente sus funciones, controlar correctamente la situación e incluso realizar la investigación pertinente a la vista de lo que decía el detenido, abusando de su cargo contestó al detenido que qué pasaba, si le pegaba él, y ante la respuesta reiterada de éste, que se encontraba esposado con las manos a la espalda, de que le pegara, así lo hizo. Estos hechos resultan totalmente impropios en la conducta que corresponde a un policía, que ejerce además en ese momento la función de responsable del turno y que los realiza en presencia de todos los policías subordinados que se encuentran en ese momento en las dependencia”, reprocha la sentencia, que obliga al policía a indemnizar a la víctima con 600€.
Este periódico ha intentado recabar la versión del condenado pero, por medio de su abogada, este ha declinado hablar. La letrada asegura que recurrirá la sentencia, que todavía no es firme y supondría la expulsión del agente de la carrera policial.
http://ccaa.elpais.com/ccaa/2013/07/10/madrid/1373476399_565983.html
Confirmada la condena a un policía que pegó a un detenido esposado
El acto del agente de Alcorcón es de “una brutalidad singular”, según el Tribunal Supremo
La Sala Segunda del Tribunal Supremo ha confirmado la condena contra un mando de la Policía Municipal, Mario M. del B., de seis meses de prisión y la inhabilitación por dos años por haber abofeteado hasta en cinco ocasiones a un detenido que estaba esposado. Los magistrados califican el hecho como “de una brutalidad singular” y consideran que la condena impuesta por la Audiencia Provincial de Madrid “ha sido muy favorable” para el acusado. Este fallo, de no mediar el indulto del Gobierno central, supone la expulsión del cuerpo.
La agresión se produjo la madrugada del 21 de febrero de 2009, cuando Mario M. del B. era el cabo responsable del turno de noche. Ahora es sargento. Unos compañeros habían detenido a Ernesto C. A por haber cometido supuestamente un delito contra la seguridad del tráfico por conducir ebrio. Fue trasladado a las dependencias de la calle de la Jabonería esposado con las manos a la espalda. Cuando entró en el edificio, empezó a chillar que los agentes que le escoltaban, le habían pegado. Según se oye en el vídeo, el cabo le contestó: “Si le pego yo...”, a lo que Ernesto le retó: “Pégame, pégame, pégame”.
El mando le soltó en un primer momento tres bofetadas, tras lo cual le soltó: “¿Quieres más, eh? ¿Pero con quién te crees que estás hablando?”, le increpa para terminar con un “pintamonas”. Las imágenes concluyen con una imagen de las botas del agente que grabó el vídeo con su teléfono móvil.
El vídeo permaneció 19 meses oculto hasta que lo difundió Telemadrid. El Ayuntamiento de Alcorcón, gobernado entonces por el PSOE, suspendió cautelarmente al mando de empleo y sueldo. Los hechos se pasaron al juzgado de guardia, que abrió diligencias. La Sección Séptima de la Audiencia Provincial condenó a Mario el 6 de julio de 2012 al no apreciar “ninguna manipulación en la parte del vídeo aportada al procedimiento”. Le consideró autor de un delito contra la integridad moral de las personas, recogido en el artículo 175 del Código Penal.
El fallo del Tribunal Supremo, del que ha sido ponente el magistrado Francisco Monterde Ferrer, considera probado que el policía dio “hasta cinco fuertes bofetones acompañados de expresiones evidentemente ofensivas para la víctima”. Y recalca que la víctima estaba “detenida, engrilletada y con las manos en la espalda”. Esto demostraría, según los jueces, que hubo un delito más grave. “Los hechos probados describen unos acontecimientos en los que no había necesidad de ejercer ninguna violencia sobre la víctima más allá de la que ya se había aplicado al esposarle”, mantienen los jueces del Supremo. Estos recuerdan además que el arrestado estaba rodeado de policías y que su peligrosidad era “nula”.
“Le golpea reiteradamente, de manera cobarde, y faltándole el respeto con las palabras que le dice: ‘¿quieres más, quieres más?’ y ‘pintamonas’ en un momento de gran violencia”, argumenta el Tribunal Supremo. “De ninguna manera había necesidad de hacer uso de ninguna violencia y, por tanto, cualquiera que se ejerciera sobre el detenido era desproporcionada”, concluye.
Los magistrados de la Sala Segunda también mantienen que la grabación realizada por un agente dentro de las dependencias policiales es legal: “El material fotográfico y videográfico obtenido en el ámbito público y sin intromisión indebida en la intimidad personal o familiar tiene un valor probatorio innegable”. Y abunda sobre este extremo en otro razonamiento jurídico: “el contenido del vídeo responde a la realidad de lo ocurrido hasta el punto de confrontarse con las manifestaciones de los policías presentes en aspectos esenciales de la acción delictiva”. Los jueces concluyen que la verdadera intención de la persona que filtró las imágenes “no son relevantes”.
El acusado manifestó durante el juicio en la Audiencia Provincial que su intención era evitar un problema mayor, como que el detenido pegara a otros compañeros.
La sentencia del TS
http://www.poderjudicial.es/search/documento/TS/6748928/Prescripcion/20130614
Denegado el indulto a un policía local que abofeteó a un detenido esposadoNo ingresará en prisión pero el Ayuntamiento de Alcorcón anuncia que le expulsará del cuerpo
El Ministerio de Justicia ha denegado el indulto a un policía local de Alcorcón (169.800 habitantes), Mario M. de B., que fue condenado por la Audiencia Provincial de Madrid por pegar a un detenido esposado, según confirmaron fuentes municipales.
Así, el tribunal podrá ejecutar de inmediato la sentencia, con una pena de seis meses de prisión y la inhabilitación para cargo público por dos años. El Ayuntamiento (PP) ha anunciado que en cuanto llegue la comunicación judicial iniciará un expediente sancionador para la expulsión definitiva del agente.
En la madrugada del 21 de febrero de 2009 fue detenido Ernesto C. A. como supuesto autor de un delito contra la seguridad del tráfico por conducir ebrio. Cuando llegó a las dependencias policiales de la calle de la Jabonería (ya derruidas), empezó a chillar que los agentes le habían pegado. Mario M. de B., que entonces era cabo (ahora ya es sargento) y responsable del turno de noche, se dirigió hacia él, según se ve en el vídeo grabado por otro agente, y le preguntó qué pasaría si le pegara él.
El detenido contestó: “¡Pégame, pégame, pégame!”. El cabo le propinó entonces tres bofetadas y le espetó: “¿Quieres más, eh? Pero ¿con quién te crees que estás hablando?”. A continuación le llamó “pintamonas”. El agente que grabó el vídeo —con placa 1.369, según se supo en el juicio— bajó entonces el teléfono móvil y se enfocó sus botas
La agresión fue presenciada al menos por otros cinco policías, que no intervinieron. Solo uno de ellos lo intentó, exclamando: “Ya vale. Para, para”. En ese momento se escuchan otras dos bofetadas que la cámara no graba porque el móvil ya está mirando al suelo. El detenido estuvo siempre esposado.
Las imágenes estuvieron guardadas en un cajón unos 19 meses. Fue Telemadrid quien las difundió en septiembre de 2010. A partir de ahí, se inició un largo proceso judicial que concluirá ahora con la ejecución de la condena.
El Ayuntamiento de Alcorcón, gobernado entonces por el PSOE, suspendió al agente cautelarmente de empleo y sueldo y remitió el vídeo al juzgado de guardia. La primera condena llegó el 6 de julio de 2012. La Sección séptima de la Audiencia Provincial le consideró autor de un delito contra la integridad moral de las personas basándose en las imágenes grabadas con el móvil, y concretaron que no había existido ninguna manipulación de las mismas.
El policía explicó en el juicio que su única intención fue “evitar un mal mayor”, dada la agresividad que presuntamente mostró el detenido en dependencias policiales, y en especial que pudiera agredir a otros compañeros. Su defensa resaltó que el agredido nunca denunció los hechos y que el vídeo se hizo público de manera irregular con la única intención de perjudicar a Mario M. de B.
El propio agente que grabó las imágenes intentó pedir perdón al sargento al terminar el juicio, ya fuera de la sala, pero su superior se negó a escucharlo.
El mando policial recurrió el fallo ante la Sala Segunda del Tribunal Supremo, que el 11 de julio de 2013 emitió un pronunciamiento desfavorable para el agresor. Los magistrados calificaron de “una brutalidad singular” los cinco tortazos que propinó al detenido. Incluso consideraron que la sentencia de la Audiencia Provincial había sido “muy favorable” para el agente. “La víctima estaba detenida, engrilletada y con las manos a la espalda”, recoge la sentencia del Supremo. Esas circunstancias son las que demostrarían para los magistrados que hubo un delito más grave. Estos recordaron que el detenido estaba rodeado de policías y que su peligrosidad era “nula”. “De ninguna manera había necesidad de hacer uso de ninguna violencia y, por tanto, cualquiera que se ejerciera sobre el detenido era desproporcionada”, concluyen. También desmontaron que se vulnerara la intimidad del agente y del propio detenido (del que se tapa la cara en el vídeo difundido): “El material fotográfico y videográfico obtenido en el ámbito público y sin intromisión indebida en la intimidad personal o familiar tiene un valor probatorio innegable”. A eso se añade que la verdadera intención de la persona que filtró las imágenes son “irrelevantes”, según los jueces.
El último resquicio que le quedaba al agente para evitar la ejecución de la pena era que el Gobierno (PP) le indultara. El pasado martes se le comunicó la denegación de la gracia.
El Ayuntamiento no había recibido a finales de la semana pasada la notificación judicial para ejecutar la sentencia. El agente no ingresará en prisión al ser su primer delito y tener una pena menor a dos años de cárcel. Eso sí, la suspensión de cargo público de dos años será ejecutada, según fuentes municipales, desde el mismo momento en que se reciba la comunicación.
También se iniciará de inmediato el expediente sancionador para expulsarlo del cuerpo, ya que se trata de un delito doloso y “de gran gravedad” para un agente. Fuentes policiales confiaban aún en que el Ayuntamiento no materializara esa expulsión, como ha ocurrido en otras ocasiones, y que, una vez cumplida la condena, el agente pudiera regresar a su puesto. Si al final el Ayuntamiento concluye el expediente, su carrera policial habrá acabado.