Autor Tema: Ordenanzas municipales y policía administrativa  (Leído 233022 veces)

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Re: Ordenanzas municipales y policía administrativa
« Respuesta #1400 en: 12 de Septiembre de 2012, 23:52:08 pm »
es que lo queria meter por via penal, porque esta gente se lo pasa por los web las denuncias de ordenanzas

De nuevo reitero......en caso de ser obligatorio el seguro para la concesión de la licencia la acreditación ha de ser ante la Admon., NO ante el agente, pues es la Admon. y no el Agente quien concede la misma.


Y en el caso de que no sea obligatorio tener el seguro...pues paz y despues gloria.

Fácil, sencillo y para toda la familía........pues no es problema mio por donde se pasen las denuncias de OO.MM....pues querer ir más allá de lo que me compete como profesional es tomarselo a "lo personal"....y lo personal nada tiene que ver con lo profesional.



El "quotquothomo sapiens"quotquot está dejando de ser "quotquotsapiens"quotquot...regresando al mono del que no debió salir.

"quotquotHerede

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Re: Ordenanzas municipales y policía administrativa
« Respuesta #1401 en: 13 de Septiembre de 2012, 18:07:18 pm »
joer, masam hasta ahi llego, por eso mi insistencia de si se conoce alguna norma que obligue, porque mientras que la desconozca no puedo proceder por via penal
Gracias de todas formas por la aportación

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Re: Ordenanzas municipales y policía administrativa
« Respuesta #1402 en: 13 de Septiembre de 2012, 18:38:18 pm »
joer, masam hasta ahi llego, por eso mi insistencia de si se conoce alguna norma que obligue, porque mientras que la desconozca no puedo proceder por via penal
Gracias de todas formas por la aportación

Pero.... como acreditas, en vía penal, la cerencia de un seguro que NO han de acreditar al Agente en ningún momento aunque exista obligación clara de poseerlo??




El "quotquothomo sapiens"quotquot está dejando de ser "quotquotsapiens"quotquot...regresando al mono del que no debió salir.

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Re: Ordenanzas municipales y policía administrativa
« Respuesta #1403 en: 13 de Septiembre de 2012, 18:40:30 pm »
joer, masam hasta ahi llego, por eso mi insistencia de si se conoce alguna norma que obligue, porque mientras que la desconozca no puedo proceder por via penal
Gracias de todas formas por la aportación

Pero.... como acreditas, en vía penal, la cerencia de un seguro que NO han de acreditar al Agente en ningún momento aunque exista obligación clara de poseerlo??







. . . . no acreditas, pones en conocimiento del juzgado unos hechos, basados en unos indicios racionales, que pudieran ser constitutivos de delito, que el juez realice las diligencias que estime oportunas y si no hay delito . . . que archive, fácil . ..

"No hay hechos, sino interpretaciones" Nietzsche

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Re: Ordenanzas municipales y policía administrativa
« Respuesta #1404 en: 13 de Septiembre de 2012, 18:50:42 pm »
joer, masam hasta ahi llego, por eso mi insistencia de si se conoce alguna norma que obligue, porque mientras que la desconozca no puedo proceder por via penal
Gracias de todas formas por la aportación

Pero.... como acreditas, en vía penal, la cerencia de un seguro que NO han de acreditar al Agente en ningún momento aunque exista obligación clara de poseerlo??







. . . . no acreditas, pones en conocimiento del juzgado unos hechos, basados en unos indicios racionales, que pudieran ser constitutivos de delito, que el juez realice las diligencias que estime oportunas y si no hay delito . . . que archive, fácil . ..

Vale..haré la pregunta de manera más sencilla....cuales son los "indicios racionales", que no le muestra al Agente algo que NO está obligado a mostrarle??...es mas, que ni si quiera tiene obligación de tener en el lugar donde se realizan los trabajos??

Vale......saturemos aún mas el ya de por si saturado sistema judicial.

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Re: Ordenanzas municipales y policía administrativa
« Respuesta #1405 en: 13 de Septiembre de 2012, 20:56:32 pm »
joer, masam hasta ahi llego, por eso mi insistencia de si se conoce alguna norma que obligue, porque mientras que la desconozca no puedo proceder por via penal
Gracias de todas formas por la aportación

Pero.... como acreditas, en vía penal, la cerencia de un seguro que NO han de acreditar al Agente en ningún momento aunque exista obligación clara de poseerlo??







. . . . no acreditas, pones en conocimiento del juzgado unos hechos, basados en unos indicios racionales, que pudieran ser constitutivos de delito, que el juez realice las diligencias que estime oportunas y si no hay delito . . . que archive, fácil . ..

Vale..haré la pregunta de manera más sencilla....cuales son los "indicios racionales", que no le muestra al Agente algo que NO está obligado a mostrarle??...es mas, que ni si quiera tiene obligación de tener en el lugar donde se realizan los trabajos??

Vale......saturemos aún mas el ya de por si saturado sistema judicial.




. . . que pasaba con las denuncias por "no acreditar estar el posesión del seguro obligatorio" de la JPT? ? ? . . . que se formulaba el correspondiente boletín de denuncia y se remita al Juzgado . . . por no acreditar, tu informas al juzgado que una determinada actividad, obligada a contratar el correspondiente seguro de responsabilidad civil, no acredita, en el momento de la inspección, el estar en esa posesión . . . y que el juzgado realice las diligencias necesarias encaminas a resolver si existe ilícito penal o no . . . yo no veo mayor problema. . . ni que se colapse el juzgado por ello, es una simple diligencia, que se persone el responsable de la actividad en el juzgado para acreditar la circunstancia de tener seguro y de ser así . . . pues se archiva . . .

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Re: Ordenanzas municipales y policía administrativa
« Respuesta #1406 en: 13 de Septiembre de 2012, 21:01:14 pm »
[que pudieran ser constitutivos de delito,

De falta.

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Re: Ordenanzas municipales y policía administrativa
« Respuesta #1407 en: 13 de Septiembre de 2012, 21:02:56 pm »
 . . . vale  :Burla

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Re: Ordenanzas municipales y policía administrativa
« Respuesta #1408 en: 13 de Septiembre de 2012, 21:31:43 pm »

uidfaro

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Re: Ordenanzas municipales y policía administrativa
« Respuesta #1409 en: 13 de Septiembre de 2012, 21:48:57 pm »
No se satura mucho más, es extraño ya poner denuncias de este tipo.
Normalmente, con una simple minuta en Comisaria es suficiente, se eleva de oficio
Normalmente, y suelo poner la norma que obliga a esa actividad o instalación a tener seguro de responsabilidad civil y además añado, que en el momento de la intervención se le facilita un fax de la Unidad para que pueda remitir copia del seguro, dándole varios días para hacerlo.
Más mascado imposible.

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Re: Ordenanzas municipales y policía administrativa
« Respuesta #1410 en: 14 de Septiembre de 2012, 11:28:22 am »
No se satura mucho más, es extraño ya poner denuncias de este tipo.
Normalmente, con una simple minuta en Comisaria es suficiente, se eleva de oficio
Normalmente, y suelo poner la norma que obliga a esa actividad o instalación a tener seguro de responsabilidad civil y además añado, que en el momento de la intervención se le facilita un fax de la Unidad para que pueda remitir copia del seguro, dándole varios días para hacerlo.
Más mascado imposible.

Te respondo facil....sigue SIN EXISTIR obligación de acreditar tal cosa ante el Agente, sea "in situ" o por fax.....pues la obligación lo es ante la Admon. y como requisito previa para la concesión de la licencia....no al reves.

Las minuttas, salvo que exista denunciate, se quedan archivadas...no van a ninguna parte..salvo que la misma sea requerida.

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Re: Ordenanzas municipales y policía administrativa
« Respuesta #1411 en: 14 de Septiembre de 2012, 11:32:10 am »
. . . que pasaba con las denuncias por "no acreditar estar el posesión del seguro obligatorio" de la JPT? ? ? . . . que se formulaba el correspondiente boletín de denuncia y se remita al Juzgado . . . por no acreditar, tu informas al juzgado que una determinada actividad, obligada a contratar el correspondiente seguro de responsabilidad civil, no acredita, en el momento de la inspección, el estar en esa posesión . . . y que el juzgado realice las diligencias necesarias encaminas a resolver si existe ilícito penal o no . . . yo no veo mayor problema. . . ni que se colapse el juzgado por ello, es una simple diligencia, que se persone el responsable de la actividad en el juzgado para acreditar la circunstancia de tener seguro y de ser así . . . pues se archiva . . .

Nop, las denuncias de "no acreditar SOA" de tráfico se remitian a la JPT y tenían plazo de 5 días para acreditar la posesión ante dicho Organismo...si transcurrido el plazo no se acreditaba tal posesión y la JPT no podía comprobar, de una u otra forma, la existencia del mismo esta lo remitia al Juzgado....

.............que parece lo mismo pero no es igual.
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Re: Ordenanzas municipales y policía administrativa
« Respuesta #1412 en: 14 de Septiembre de 2012, 11:36:52 am »
. . . . no acreditas, pones en conocimiento del juzgado unos hechos, basados en unos indicios racionales, que pudieran ser constitutivos de delito, que el juez realice las diligencias que estime oportunas y si no hay delito . . . que archive, fácil . ..

Vale..haré la pregunta de manera más sencilla....cuales son los "indicios racionales", que no le muestra al Agente algo que NO está obligado a mostrarle??...es mas, que ni si quiera tiene obligación de tener en el lugar donde se realizan los trabajos??

Debo de entender entonces que los "indicios racionales" son la no acreditación, sin que exista obligación de ello, ante el Agente??....lo es tambien el no tener el seguro en el lugar aunque no existe obligación de ello?

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Re: Ordenanzas municipales y policía administrativa
« Respuesta #1413 en: 14 de Septiembre de 2012, 17:26:16 pm »
Si.

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Re: Ordenanzas municipales y policía administrativa
« Respuesta #1414 en: 14 de Septiembre de 2012, 17:28:38 pm »
lo es tambien el no tener el seguro en el lugar aunque no existe obligación de ello?

Si.

Informe y punto pelota...no cabe otra actuación.

uidfaro

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Re: Ordenanzas municipales y policía administrativa
« Respuesta #1415 en: 14 de Septiembre de 2012, 17:58:30 pm »
No se satura mucho más, es extraño ya poner denuncias de este tipo.
Normalmente, con una simple minuta en Comisaria es suficiente, se eleva de oficio
Normalmente, y suelo poner la norma que obliga a esa actividad o instalación a tener seguro de responsabilidad civil y además añado, que en el momento de la intervención se le facilita un fax de la Unidad para que pueda remitir copia del seguro, dándole varios días para hacerlo.
Más mascado imposible.

Te respondo facil....sigue SIN EXISTIR obligación de acreditar tal cosa ante el Agente, sea "in situ" o por fax.....pues la obligación lo es ante la Admon. y como requisito previa para la concesión de la licencia....no al reves.

Las minuttas, salvo que exista denunciate, se quedan archivadas...no van a ninguna parte..salvo que la misma sea requerida.


Discrepo en este aspecto, he ido a muchos juicios (casi todos en faltas) con solo minutas, no siempre es necesario comparecencia, y el unico denunciante en este caso soy yo.

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Re: Ordenanzas municipales y policía administrativa
« Respuesta #1416 en: 14 de Septiembre de 2012, 18:02:24 pm »
en otro orden de cosas MASAM normalmente la concesión de la licencia lleva implícito que previamente hayan presentado el seguro como requisito imprescindible, de ahí que no tengamos que pedir seguro en obras en via pública, mudanzas... pero cuando no existe licencia, se ha incumplido la realizacion de dicha actividad sin la licencia correspondiente, pero además, de todos aquellos requisitos que son necesarios y que suponen cada una de ellas denuncias independientes como carecer de proyecto técnico de instalación (andamios), seguros obligatorios, etc.

Esto es como si al realizar una inspección en un local, y este careciese (cuando así fuese preceptivo) de licencia de funcionamiento y/o actividad, al denunciarle por tal motivo, le exime de que se le sancione por otras cosas y sabes que no es así, en el acta de inspección, además, le das por la hojas de reclamaciones, seguro, extintores... de forma independiente.

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Re: Ordenanzas municipales y policía administrativa
« Respuesta #1417 en: 14 de Septiembre de 2012, 22:06:16 pm »
No se satura mucho más, es extraño ya poner denuncias de este tipo.
Normalmente, con una simple minuta en Comisaria es suficiente, se eleva de oficio
Normalmente, y suelo poner la norma que obliga a esa actividad o instalación a tener seguro de responsabilidad civil y además añado, que en el momento de la intervención se le facilita un fax de la Unidad para que pueda remitir copia del seguro, dándole varios días para hacerlo.
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Te respondo facil....sigue SIN EXISTIR obligación de acreditar tal cosa ante el Agente, sea "in situ" o por fax.....pues la obligación lo es ante la Admon. y como requisito previa para la concesión de la licencia....no al reves.

Las minuttas, salvo que exista denunciate, se quedan archivadas...no van a ninguna parte..salvo que la misma sea requerida.


Discrepo en este aspecto, he ido a muchos juicios (casi todos en faltas) con solo minutas, no siempre es necesario comparecencia, y el unico denunciante en este caso soy yo.

Igual que todos.....pero son cada vez menos tendencia que se viene aplicando desde hace ya unos años a esta parte....pues las simples minutas rara es la -minuta- que sale del cajon si no existe denunciante/perjudicado al efecto.

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Re: Ordenanzas municipales y policía administrativa
« Respuesta #1418 en: 14 de Septiembre de 2012, 22:08:28 pm »
Debo de entender entonces que los "indicios racionales" son la no acreditación, sin que exista obligación de ello, ante el Agente??....lo es tambien el no tener el seguro en el lugar aunque no existe obligación de ello?

Si.

Pues vale....para mi un indicio, en este caso, podría ser la no presentación de existir obligación de ello.......pero cuando no existe tal obligación, por que NO existe, pues eso....

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Re: Ordenanzas municipales y policía administrativa
« Respuesta #1419 en: 14 de Septiembre de 2012, 22:09:13 pm »
Discrepo en este aspecto, he ido a muchos juicios (casi todos en faltas) con solo minutas, no siempre es necesario comparecencia, y el unico denunciante en este caso soy yo.

Sip...cierto.