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Permutas policiales => Dudas => Mensaje iniciado por: crisper en 22 de Mayo de 2009, 17:00:29 pm

Título: ¿Se puede permutar en grupos y niveles diferentes?
Publicado por: crisper en 22 de Mayo de 2009, 17:00:29 pm
Quien me puede decir que legislacion hay para poder permuar entre un c2 y un c1????
Si Madrid no pasa nunca al c1 nos quedamos sin el derechode permutar???
Donde se puede recurrir para poder arreglar el tema ???

Agradeceria que alguien conteste para ayudar a los policias que nos quedamos sin este derecho

un abrazo
Título: Re:¿Se puede permutar en grupos y niveles diferentes?
Publicado por: POLI77 en 26 de Mayo de 2009, 10:10:46 am
Hola

Estaría interesado en saber si se puede permutar a un Municipio que tenga grupo C, yo tengo el D.

Un saludo
Título: Re:¿Se puede permutar en grupos y niveles diferentes?
Publicado por: 47ronin en 28 de Mayo de 2009, 17:06:11 pm
Escollo imposible de superar, por eso Madrid y su Ley no puede quedarse en el C2 mientras el resto de las Pls de Espa?a son C1, por que imposibilitaría todas las permutas al pertenecer a grupos diferentes, eso, y más cuestiones económicas.

Título: Re:¿Se puede permutar en grupos y niveles diferentes?
Publicado por: 47ronin en 28 de Mayo de 2009, 17:12:04 pm
Reglamento de Funcionarios de Administración Local (Decreto 30-5-1952)

Art. 98

" Los funcionarios podrán permutar los cargos que desempe?en en propiedad, siempre que no hayan cumplido sesenta a?os, pertenezcan al mismo grupo y categoría y las plazas sean de idéntica clase.

La aprobación de permutas corresponderá a la Autoridad u órgano competente para otorgar los nombramientos. Cuando lo fuere el Director general de Administración Local, será preceptivo el informe previo de las Corporaciones afectadas.

En ningún caso, las permutas lesionarán derechos de otros funcionarios pertenecientes a los respectivos escalafones".

Las permutas entre funcionarios de la Administración Local está regulada específicamente en el Reglamento citado (Decreto de 30 de mayo de 1952).
Título: Re:¿Se puede permutar en grupos y niveles diferentes?
Publicado por: patriarca en 21 de Enero de 2010, 18:29:37 pm
soy de un municipio de castilla la mancha y quisiera permutar con un municipio de la comunidad de madrid. Mi pregunta es  si mi ayuntamiento  me diega la permuta alegando que policias de distintos grupos no se puede permutar. Dado que entre los policias de madrid y castilla la mancha no nos diferenciamos en grupo si no en el subgrupo, ya que con el estaturo basico del empleado publico pasamos a se Grupo C esa cuestion estaria resuelta.

Hay alguien que me pueda ayudar o sabeis de alguien que haya conseguido permutar siempre que se cumplan los requisitos de los estudios etc.
Título: Re:¿Se puede permutar en grupos y niveles diferentes?
Publicado por: neron28 en 03 de Febrero de 2010, 17:42:01 pm


Podriais indicarme si existe esa posibilidad y si ya se ha hecho.

Gracias
 :Quemado_1
Título: Re:¿Se puede permutar en grupos y niveles diferentes?
Publicado por: 47ronin en 03 de Febrero de 2010, 17:44:44 pm
No, los permutantes han de ser del mismo grupo.
Título: Re:¿Se puede permutar en grupos y niveles diferentes?
Publicado por: neron28 en 03 de Febrero de 2010, 22:54:33 pm


Gracias patriarca,pero no se si conoceis o sabeis de alguien que lo pudiera haber conseguido, a pesar de que sean de otro grupos o subgrupos......

 :Quemado_1

Título: Re:¿Se puede permutar en grupos y niveles diferentes?
Publicado por: nenu en 08 de Febrero de 2010, 16:28:01 pm
si se ha hecho, ha sido un municipio de madrid sur con uno de la provincia de toledo.
Título: Re:¿Se puede permutar en grupos y niveles diferentes?
Publicado por: xena en 03 de Julio de 2010, 12:42:59 pm
 :car;hola foreros soy xana desaparecida en combate desde el 2007  :karateka en fin cosas de la vida saludos a todos los compis y a las nuevas incorporacionas de estos años.Miduda es la siguiente la PMMestamos en el grupo C2,mientras los demas municipios y ciudades españolas en el C entonces...cpmo se podria permutar porque si es como yo pienso es una :Enfadado_2 en fin haber si alguien tiene informacion sobre este tema,un saludo.
Título: Re:¿Se puede permutar en grupos y niveles diferentes?
Publicado por: 47ronin en 03 de Julio de 2010, 12:46:00 pm
Reglamento de Funcionarios de Administración Local (Decreto 30-5-1952)

Art. 98

" Los funcionarios podrán permutar los cargos que desempe?en en propiedad, siempre que no hayan cumplido sesenta a?os, pertenezcan al mismo grupo y categoría y las plazas sean de idéntica clase.

La aprobación de permutas corresponderá a la Autoridad u órgano competente para otorgar los nombramientos. Cuando lo fuere el Director general de Administración Local, será preceptivo el informe previo de las Corporaciones afectadas.

En ningún caso, las permutas lesionarán derechos de otros funcionarios pertenecientes a los respectivos escalafones".

Las permutas entre funcionarios de la Administración Local está regulada específicamente en el Reglamento citado (Decreto de 30 de mayo de 1952).
Título: Re:¿Se puede permutar en grupos y niveles diferentes?
Publicado por: neytiri en 30 de Octubre de 2010, 21:03:57 pm
Reglamento de Funcionarios de Administración Local (Decreto 30-5-1952)

Art. 98

" Los funcionarios podrán permutar los cargos que desempe?en en propiedad, siempre que no hayan cumplido sesenta a?os, pertenezcan al mismo grupo y categoría y las plazas sean de idéntica clase.

La aprobación de permutas corresponderá a la Autoridad u órgano competente para otorgar los nombramientos. Cuando lo fuere el Director general de Administración Local, será preceptivo el informe previo de las Corporaciones afectadas.

En ningún caso, las permutas lesionarán derechos de otros funcionarios pertenecientes a los respectivos escalafones".

Las permutas entre funcionarios de la Administración Local está regulada específicamente en el Reglamento citado (Decreto de 30 de mayo de 1952).
Tengo una duda, en el decreto al que haces mención se habla de pertenecer al mismo grupo, en este caso nos encontramos con que las policías están en el mismo grupo C, pero en subgrupos diferentes, C1 y C2, y sobre esto no se menciona nada. La categoría es la misma? Agentes de Policía Local.

 :Enfadado_1
Título: Re:¿Se puede permutar en grupos y niveles diferentes?
Publicado por: Feremine en 31 de Octubre de 2010, 08:20:02 am
Reglamento de Funcionarios de Administración Local (Decreto 30-5-1952)

Art. 98

" Los funcionarios podrán permutar los cargos que desempe?en en propiedad, siempre que no hayan cumplido sesenta a?os, pertenezcan al mismo grupo y categoría y las plazas sean de idéntica clase.

La aprobación de permutas corresponderá a la Autoridad u órgano competente para otorgar los nombramientos. Cuando lo fuere el Director general de Administración Local, será preceptivo el informe previo de las Corporaciones afectadas.

En ningún caso, las permutas lesionarán derechos de otros funcionarios pertenecientes a los respectivos escalafones".

Las permutas entre funcionarios de la Administración Local está regulada específicamente en el Reglamento citado (Decreto de 30 de mayo de 1952).
Tengo una duda, en el decreto al que haces mención se habla de pertenecer al mismo grupo, en este caso nos encontramos con que las policías están en el mismo grupo C, pero en subgrupos diferentes, C1 y C2, y sobre esto no se menciona nada. La categoría es la misma? Agentes de Policía Local.

 :Enfadado_1

No saquemos las cosas de su sitio, la cita de Ronin referente al Reglamento de Funcionarios de Administración Local (Decreto 30-5-1952), si te fijas es de 1952. por otra parte la clasificación e grupos anterior venia dada en Ley 30/1984, de 2 de agosto, de medidas para la Reforma de la Función Pública.

Sólo tienes que ver la equivalencia de los grupos actuales, porque lo que antes eran grupos ahora son subgrupos. No interpretemos la ley a nuestro gusto, o a nuestro interés por que el Estatuto del Empleado Público (Ley 7/2007, de 12 de Abril) es claro en ese sentido.

Ya en la exposición de motivos, aunque no tenga fuerza normativa lo explica:

“Por lo que se refiere a los funcionarios, se hace preciso modificar su clasificación actual, teniendo en cuenta la evolución que ha experimentado en los últimos años nuestro sistema educativo y en previsión, particularmente, del proceso abierto de reordenación de los títulos universitarios. La clasificación en tres grandes grupos, con sus subgrupos, se efectúa en función del título exigido para su ingreso, estableciéndose un grupo A, con dos subgrupos A1 y A2; un grupo B y un grupo C, a su vez con los subgrupos C1 y C2.”

Luego lo especifica en el artículo 76:

"Grupos de clasificación profesional del personal funcionario de carrera.
Los cuerpos y escalas se clasifican, de acuerdo con la titulación exigida para el acceso a los mismos, en los siguientes grupos:
•   Grupo A, dividido en dos Subgrupos A1 y A2.
Para el acceso a los cuerpos o escalas de este Grupo se exigirá estar en posesión del título universitario de Grado. En aquellos supuestos en los que la Ley exija otro título universitario será éste el que se tenga en cuenta.
La clasificación de los cuerpos y escalas en cada Subgrupo estará en función del nivel de responsabilidad de las funciones a desempeñar y de las características de las pruebas de acceso.
•   Grupo B. Para el acceso a los cuerpos o escalas del Grupo B se exigirá estar en posesión del título de Técnico Superior.
•   Grupo C. Dividido en dos Subgrupos, C1 y C2, según la titulación exigida para el ingreso.
o   C1: título de bachiller o técnico.
o   C2: título de graduado en educación secundaria obligatoria."


Por lo que respecta a la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de medidas para la Reforma de la Función Pública, que es la ley que regulaba esto anteriormente, dice en su artículo 25:

"Grupos de clasificación.
Los Cuerpos, Escalas, Clases y Categorías de funcionarios al servicio de las Administraciones Públicas se agruparán, de acuerdo con la titulación exigida para su ingreso, en los siguientes grupos:
•   Grupo A. Título de Doctor, Licenciado, Ingeniero, Arquitecto o equivalente.
•   Grupo B. Título de Ingeniero Técnico, Diplomado Universitario, Arquitecto Técnico, Formación Profesional de tercer grado o equivalente.
•   Grupo C. Título de Bachiller, Formación Profesional de segundo grado o equivalente.
•   Grupo D. Título de Graduado Escolar, Formación Profesional de primer grado o equivalente.
•   Grupo E. Certificado de escolaridad."


Y por aún así quisieras entrar en el juego semántico de lo que es un grupo y un subgrupo, que uno engloba a otro etc, etc. Está el punto 2, de la disposición transitoria 3ª, que dice:

"Transitoriamente, los Grupos de clasificación existentes a la entrada en vigor del presente Estatuto se integrarán en los Grupos de clasificación profesional de funcionarios previstos en el artículo 76, de acuerdo con las siguientes equivalencias:
•   Grupo A: Subgrupo A1
•   Grupo B: Subgrupo A2
•   Grupo C: Subgrupo C1
•   Grupo D: Subgrupo C2
•   Grupo E: Agrupaciones Profesionales a que hace referencia la disposición adicional séptima."



Creo que queda claro ¿no?.

¿Que si se ha permutado entre distintos grupos? Si, en Fuenlabrada con compañeros de Andalucía , creo; y de Cataluña. La forma de hacerlo, es renunciando al grupo (o subgrupo) de clasificación. Es decir, que el que viene a la Comunidad de Madrid, renuncie explícitamente al C1. Esto es, que no lo reclame tras la permuta, y el Ayuntamiento lo admita.

Por su parte el que se va fuera de la Comunidad de Madrid adquiere ese grupo. Pero si no tuviese la titulación exigida para  estar en esa categoría; en casi todas las Comunidades Autónomas donde esto ocurre, en alguna de sus disposiciones transitorias, de la Ley que regule las Policias Locales; se contempla esta situación como a extinguir, para no perjudicar a los más antiguos, que ya no van a realizar cursos de dispensa de grado o similares; y de ese modo consolidar ese grupo de clasificación. Por lo que dependiendo, si quieres ascender tendrás que clavar codos de nuevo.










Título: Re:¿Se puede permutar en grupos y niveles diferentes?
Publicado por: neytiri en 31 de Octubre de 2010, 09:37:27 am
Muchas gracias por toda la información, creo que ha quedado muy claro.    :buenpost
Título: Re:¿Se puede permutar en grupos y niveles diferentes?
Publicado por: murpol en 10 de Marzo de 2011, 18:49:39 pm
lamentablemente todos los policias locales de la comunidad de madrid son grupo c2, por cierto yo he sido policia local en un municipio de madrid durante diez años y he permutado a otra comunidad autonoma donde eran de grupo diferente es decir c1 y no he tenido ningun problema eso sí lo tienen que autorizar los dos alcaldes
Título: Re:¿Se puede permutar en grupos y niveles diferentes?
Publicado por: jaime1 en 13 de Marzo de 2011, 16:20:07 pm
Perdonar mi desconocimiento en toda Extremadura somos C1.

¿En toda la CAM sois C2 o depende de diferentes poblaciones?

Mi gratitud por anticipado. :gracias2

Hola estoy en un pueblo de Barcelona y estaria interesado en una permuta contigo. Te doy mi tel 600452544 y mi correo jaimedelgad@hotmail.com y asi podemos hablar del tema. Un saludo compañero.
Título: Re:¿Se puede permutar en grupos y niveles diferentes?
Publicado por: torero44 en 29 de Abril de 2011, 00:42:57 am
Hola compañeros yo soy de la CAM, estoy en el C2, y me comentan compis de Aragon y cataluña que estan en el mismo grupo que CAM, es decir en principio todo bien para permutar, ahora me encuentro con otro posible problema que es el que dudo:
Aunque en las bases de acceso a la comunidad valenciana y a cataluña no veo por ningún lado el requisito de saber su respectivo idioma/dialecto o como lo querais llamar que no pretendo ofender, el/los cuales yo no se, según últimos comentarios que me llegan es que se necesita para acceder. Vale hasta ahi se puede entender pero la duda que tengo pues se casos de permutas ya es que para permutar me comentan que tamb lo exigen. Eso es cierto, sabeis algo....gracias y suerte
Título: Re:¿Se puede permutar en grupos y niveles diferentes?
Publicado por: plmelina en 16 de Enero de 2012, 13:07:18 pm
Hola compañeros. No estoy interesado en la permuta, pero me surge una duda ya que tenia entendido que Madrid capital seguian siendo grupo D y denegaba las permutas con las policias locales que fuesen grupo C, como es el caso de Andalucia. ¿Han pasado ya PMM a grupo C o es que ya conceden las permutas? Un saludo y suerte con la permuta
Título: Re:¿Se puede permutar en grupos y niveles diferentes?
Publicado por: 47ronin en 28 de Febrero de 2012, 16:44:28 pm
Reglamento de Funcionarios de Administración Local (Decreto 30-5-1952)

Art. 98

" Los funcionarios podrán permutar los cargos que desempe?en en propiedad, siempre que no hayan cumplido sesenta a?os, pertenezcan al mismo grupo y categoría y las plazas sean de idéntica clase.

La aprobación de permutas corresponderá a la Autoridad u órgano competente para otorgar los nombramientos. Cuando lo fuere el Director general de Administración Local, será preceptivo el informe previo de las Corporaciones afectadas.

En ningún caso, las permutas lesionarán derechos de otros funcionarios pertenecientes a los respectivos escalafones".

Las permutas entre funcionarios de la Administración Local está regulada específicamente en el Reglamento citado (Decreto de 30 de mayo de 1952).
Título: Re:¿Se puede permutar en grupos y niveles diferentes?
Publicado por: .C.J. en 28 de Febrero de 2012, 17:38:04 pm
En la Comunidad de Madrid todas las PL son C2 (antiguo D) y en casi todas las Comunidades son C1 (el antiguo C).

El caso es que en Madrid capital tiran las permutas, pero en la mayoría de municipios de la Comunidad te las conceden siempre y cuando el que venga de fuera renuncie a su grupo C1.
Título: Re:¿Se puede permutar en grupos y niveles diferentes?
Publicado por: kamelot en 13 de Marzo de 2012, 00:07:33 am
Hola compañeros, tengo una posible permuta y estoy en C2 con un complemento destino del 16.
La otra parte seria un C1 con un 20.
En mi ayuntamineto ya lo he consultado y comentado la posible viabilidad renunciando el otro al C1 o bien que le pongan el C2 con 16 y luego pueda reclamarlo y como maximo le diesen el tope del C2 18 .
Hay buena predisposición aunque como es el primer caso estan un poco recelosos de que no haya problemas legales luego y me piden que les indique de alguna permuta realizada bajo estas circunstancias para poder estar mas tranquilos y orientarse de como gestionarlo.
Por  favor, me interesa saber de compañeros que las hallan hecho asi reciéntemente (año y los municipios , SOBRETODO EL MUNICIPIO CON C2 QUE HA RECIBIDO AL C1 y COMO LO HICIERON y preferéntemente si han sido entre ANDALUCIA CON CATALUÑA.Gracias y felicidades por este espacio de consulta.
Título: Re:¿Se puede permutar en grupos y niveles diferentes?
Publicado por: kamelot en 21 de Marzo de 2012, 13:51:08 pm
 :meg;  Algún colaborador que quiera ayudar en la causa?. Es importante.
Título: Re:¿Se puede permutar en grupos y niveles diferentes?
Publicado por: 47ronin en 23 de Marzo de 2012, 19:49:28 pm
Hola compañeros, tengo una posible permuta y estoy en C2 con un complemento destino del 16.
La otra parte seria un C1 con un 20.
En mi ayuntamineto ya lo he consultado y comentado la posible viabilidad renunciando el otro al C1 o bien que le pongan el C2 con 16 y luego pueda reclamarlo y como maximo le diesen el tope del C2 18 .
Hay buena predisposición aunque como es el primer caso estan un poco recelosos de que no haya problemas legales luego y me piden que les indique de alguna permuta realizada bajo estas circunstancias para poder estar mas tranquilos y orientarse de como gestionarlo.
Por  favor, me interesa saber de compañeros que las hallan hecho asi reciéntemente (año y los municipios , SOBRETODO EL MUNICIPIO CON C2 QUE HA RECIBIDO AL C1 y COMO LO HICIERON y preferéntemente si han sido entre ANDALUCIA CON CATALUÑA.Gracias y felicidades por este espacio de consulta.

El perjudicado está claro es el que va a pasar de C1 a C2 en esa permuta a todas luces contraria a la norma, en la que podría darse que la administración, ante la reclamación del que baja de grupo, proceda a instar una demanda de lesividad contra su propia resolución haciendo que los permutantes regresen a la situación anterior a la aprobación de sus permutas.

Si se autoriza la permuta, algo que ya he comentado no es conforme a la norma, el que baja de grupo acepta y calla, pues si reclama corre el riesgo de que lo hecho vuelva a la situación inicial... y para que ello no suceda deberá estar en ese grupo al menos 4 años...tiempo que ha de pasar para que el acto administrativo sea firme y no pueda demandarse en lesividad...a partir de ahí puede reclamar el cambio de grupo en una reclamación administrativa que dará paso a un contencioso administrativo de dusoso o improbable resultado positivo, reclamación que habría de sellar el último día hábil antes de cumplirse los cuatro años pues de esa forma podría incluir todas las cantidades dejadas de percibir en ese tiempo de la diferencia de un grupo a otro.



Reglamento de Funcionarios de Administración Local (Decreto 30-5-1952)

Art. 98

" Los funcionarios podrán permutar los cargos que desempeñen en propiedad, siempre que no hayan cumplido sesenta años, pertenezcan al mismo grupo y categoría y las plazas sean de idéntica clase.

La aprobación de permutas corresponderá a la Autoridad u órgano competente para otorgar los nombramientos. Cuando lo fuere el Director general de Administración Local, será preceptivo el informe previo de las Corporaciones afectadas.

En ningún caso, las permutas lesionarán derechos de otros funcionarios pertenecientes a los respectivos escalafones".

Las permutas entre funcionarios de la Administración Local está regulada específicamente en el Reglamento citado (Decreto de 30 de mayo de 1952).
Título: Re:¿Se puede permutar en grupos y niveles diferentes?
Publicado por: kamelot en 23 de Marzo de 2012, 20:54:33 pm
muchas gracias por la aclaracion.
Entiendo que si se hace la parte mas perjudicada ha de tener claro que no es tan sencillo como dicen eso de primero aceptar y permutar con menor complemento y lugo reclamarlo.
Gracias y felicidades por vuestra utilidad.
Título: Re:¿Se puede permutar en grupos y niveles diferentes?
Publicado por: 47ronin en 23 de Marzo de 2012, 21:22:43 pm
muchas gracias por la aclaracion.
Entiendo que si se hace la parte mas perjudicada ha de tener claro que no es tan sencillo como dicen eso de primero aceptar y permutar con menor complemento y lugo reclamarlo.
Gracias y felicidades por vuestra utilidad.

Ya de por si la permuta es claramente irregular como para que se acepte además que el que viene con C1 siga manteniendo ese grupo con su consiguiente costo para la Administración que le recepciona.

La Administración, en el caso de que se le reclame, puede deshacer todo lo hecho mediante la demanda de lesividad, es decir, ir contra su propio acto administrativo que facilitó la permuta por considerarlo no ajustado a derecho, y sin duda la ganaría por que la norma es clara, los permutantes han de pertenecer al mismo grupo.

Título: Re:¿Se puede permutar en grupos y niveles diferentes?
Publicado por: Sote en 19 de Mayo de 2012, 15:20:47 pm
Hola; haber si alguien me puede aclarar si tendría algún problema para permutar del grupo C2 al C1.
y en caso que pudiera o no pudiera, por favor me gustaría un poco de información y también que pasos tengo que realizar para el si o el no.
Mi problema es por asunto familiar.
Muchísimas gracias compañeros
Título: Re:¿Se puede permutar en grupos y niveles diferentes?
Publicado por: PLGOS en 24 de Julio de 2012, 02:40:22 am
En teoría no se puede permutar por ser diferente grupo, intentalo el NO lo tienes contigo y hay ayuntamientos que lo han admitido.
Título: Re:¿Se puede permutar en grupos y niveles diferentes?
Publicado por: helios en 27 de Julio de 2012, 14:38:40 pm
Alquien me podria aclarar si se podria permutar la plaza de cabo de Policía Local con la de agente de Policía Municipal de Madrid, de no ser así se podria renunciar de alguna manera a la plaza de cabo, existe alguna manera si no se pudiera renunciar.
Título: Re:¿Se puede permutar en grupos y niveles diferentes?
Publicado por: 47ronin en 27 de Julio de 2012, 14:48:25 pm
Ni se puede permutar de grupos diferentes ni tampoco de categorías distintas...pues ambos permutantes han de sujetarse a lo que refiere la norma.

Reglamento de Funcionarios de Administración Local (Decreto 30-5-1952)

Art. 98

" Los funcionarios podrán permutar los cargos que desempeñen en propiedad, siempre que no hayan cumplido sesenta años, pertenezcan al mismo grupo y categoría y las plazas sean de idéntica clase.

La aprobación de permutas corresponderá a la Autoridad u órgano competente para otorgar los nombramientos. Cuando lo fuere el Director general de Administración Local, será preceptivo el informe previo de las Corporaciones afectadas.

En ningún caso, las permutas lesionarán derechos de otros funcionarios pertenecientes a los respectivos escalafones".

Las permutas entre funcionarios de la Administración Local está regulada específicamente en el Reglamento citado (Decreto de 30 de mayo de 1952).
Título: Re:¿Se puede permutar en grupos y niveles diferentes?
Publicado por: dakota en 05 de Septiembre de 2012, 00:09:07 am
Realmente si se puede permutar entre funcionarios pertenecientes a diferentes subgrupos siempre y cuando sean del mismo grupo, categoría y función a desempeñar, por ese motivo se han hecho permutas entre policias locales de la comunidad de madrid y otras comunidades con diferentes subgrupo, el problema viene cuando los ayuntamientos ponen las trabas y no las aceptan. En cuanto a la legislación, según cual te leas, puedes interpretarla de una forma u otra, por eso los ayunt. tienen la última palabra. Aquí os dejo un pequeño párrafo que lo deja bien claro:

 "en cuanto a las diferencias que pudiese haber en cuanto a la pertenencia al subgrupo c1 y c2, ambos pertenecientes al grupo c de los establecidos en el art. 76 de la ley 7/2007 del estatuto basico del empleado público en modo alguno puede servir de base para fundamentar una falta de identidad de ambos puestos, pues ello es debido a una falta de homogeneidad legislativa, pero en modo alguno desvirtúa la total semejanza con respecto al puesto y categoría, y no digamos con respecto a las funciones policiales que vienen establecidas en la ley orgánica 2/86 de FF. CC de seguridad de obligado complimiento para todas las policias locales. es mas, las diferentes clasificaciones, siempre dentro del grupo c en su escala basica obedece a una desafortunada falta de criterio de homogeneizador y coordinacion de las propias comunidades autonomas..."

Este tema tiene un debate muy extenso, espero que os sirva, yo me estoy documentando ya que pretendo permutar mi plaza de la c. madrid con otra c. autónoma.
Un saludo.
Título: Re:¿Se puede permutar en grupos y niveles diferentes?
Publicado por: Eje en 13 de Diciembre de 2012, 20:28:17 pm
A mí también me interesa este tema porque estoy en la misma disposición. Tengo plaza en Madrid y quiero permutar a Castilla y León.
El problema que me comentan en el sindicato es que si la persona que viene, que será C1, decide después reclamar su nivel. Ya que, según me comentan, el Ayuntamiento estará obligado a pagárselo. Motivo por el que no aceptarán la permuta.
¿Alguien sabe si lo de renunciar al nivel o aceptar la bajada de nivel por escrito está contemplado en alguna parte? porque me han dicho que aunque se haga un papel así, al ser un derecho, pueden reclamarlo en cualquier momento.
Por mi parte no hay problema porque tengo la titulación para ser C1.
La verdad es que estoy bastante perdido y jodido si no hay ninguna posibilidad legal de hacerlo.
Título: Re:¿Se puede permutar en grupos y niveles diferentes?
Publicado por: Eje en 13 de Diciembre de 2012, 20:35:28 pm
El perjudicado está claro es el que va a pasar de C1 a C2 en esa permuta a todas luces contraria a la norma, en la que podría darse que la administración, ante la reclamación del que baja de grupo, proceda a instar una demanda de lesividad contra su propia resolución haciendo que los permutantes regresen a la situación anterior a la aprobación de sus permutas.

Si se autoriza la permuta, algo que ya he comentado no es conforme a la norma, el que baja de grupo acepta y calla, pues si reclama corre el riesgo de que lo hecho vuelva a la situación inicial... y para que ello no suceda deberá estar en ese grupo al menos 4 años...tiempo que ha de pasar para que el acto administrativo sea firme y no pueda demandarse en lesividad...a partir de ahí puede reclamar el cambio de grupo en una reclamación administrativa que dará paso a un contencioso administrativo de dusoso o improbable resultado positivo, reclamación que habría de sellar el último día hábil antes de cumplirse los cuatro años pues de esa forma podría incluir todas las cantidades dejadas de percibir en ese tiempo de la diferencia de un grupo a otro.
Entonces si no han pasado 4 años puede reclamar y desharán la permuta y si han pasado los 4 años puede reclamar pero seguramente no le concederán lo solicitado ¿es así?
En mi caso el sindicato argumenta que el ayto no aceptará la permuta por temor a que la otra persona reclame su dinero posteriormente. Si como creo entender por tu respuesta, eso no es viable, puedo argumentárselo y convencerles para que acepten la permuta.
Título: Re:¿Se puede permutar en grupos y niveles diferentes?
Publicado por: TEOKOPULUS en 30 de Marzo de 2013, 13:05:17 pm
Hola soy PM de Madrid y necesito saber con que comunidades se puede permutar ya que me gustaría irme a otra comunidad
Título: Re:¿Se puede permutar en grupos y niveles diferentes?
Publicado por: 47ronin en 30 de Marzo de 2013, 18:17:25 pm
En la Comunidad de Madrid todas las PL son C2 (antiguo D) y en casi todas las Comunidades son C1 (el antiguo C).
El caso es que en Madrid capital tiran las permutas, pero en la mayoría de municipios de la Comunidad te las conceden siempre y cuando el que venga de fuera renuncie a su grupo C1.
Título: Re:¿Se puede permutar en grupos y niveles diferentes?
Publicado por: 47ronin en 31 de Marzo de 2013, 20:44:04 pm
Cataluña, Aragón y Madrid.

Creo que son las únicas de todo el territorio que siguen manteniendo el C2.
Título: Re:¿Se puede permutar en grupos y niveles diferentes?
Publicado por: aguilucho en 04 de Abril de 2013, 09:42:48 am
Me han dicho que Aragón está a punto de pasar a C-1, al parecer ya ha sido aprobado Eo cambio de grupo en las Cortes de Aragón.
Título: Re:¿Se puede permutar en grupos y niveles diferentes?
Publicado por: 47ronin en 28 de Abril de 2013, 15:43:42 pm
Me han dicho que Aragón está a punto de pasar a C-1, al parecer ya ha sido aprobado Eo cambio de grupo en las Cortes de Aragón.

Cierto, cuando se apruebe la Ley, Aragón abandonará el grupo C2...Madrid poco a poco se va quedando aislada....los más torpes de España.


http://www.cslaragon.es/attachments/article/361/Borrador%20Ley%20Coordinacion%20-%2022%20febrero%202013.pdf
Título: Re:¿Se puede permutar en grupos y niveles diferentes?
Publicado por: hell en 12 de Septiembre de 2013, 18:16:36 pm
tenemos derecho a exigir que se nos mantenga el nivel de destino una vez hecha la permuta?
es decir, si en nuestro primer destino teniamos un nivel superior y por lo tanto en el nuevo inferior, se consolida el nivel a los dos años initerrumpidos de servicio o tres discontinuos??

salu2
Título: Re:¿Se puede permutar en grupos y niveles diferentes?
Publicado por: 47ronin en 13 de Septiembre de 2013, 16:29:07 pm
tenemos derecho a exigir que se nos mantenga el nivel de destino una vez hecha la permuta?
es decir, si en nuestro primer destino teniamos un nivel superior y por lo tanto en el nuevo inferior, se consolida el nivel a los dos años initerrumpidos de servicio o tres discontinuos??

salu2

Para empezar la permuta no debería ni ser autorizada por no estar los dos permutantes en idéntica situación conforme refiere la normativa.

Título: Re:¿Se puede permutar en grupos y niveles diferentes?
Publicado por: PeInG en 13 de Septiembre de 2013, 16:36:41 pm
tenemos derecho a exigir que se nos mantenga el nivel de destino una vez hecha la permuta?
es decir, si en nuestro primer destino teniamos un nivel superior y por lo tanto en el nuevo inferior, se consolida el nivel a los dos años initerrumpidos de servicio o tres discontinuos??

salu2

Para empezar la permuta no debería ni ser autorizada por no estar los dos permutantes en idéntica situación conforme refiere la normativa.


Mmmmmmmm, creo que la norma dice categoría, no habla de complemento de destino.

CREO.
Título: Re:¿Se puede permutar en grupos y niveles diferentes?
Publicado por: 47ronin en 13 de Septiembre de 2013, 17:58:01 pm
Dos niveles diferentes...las plazas dejan de ser de idéntica clase.

Un nivel diferente lleva aparejado una percepción económica que, en el que baja le perjudica y en el que sube se beneficia y por ende quiere la consolidación...pero esas permutas, tanto en nivel como en grupo son contrarias a la norma...los dos permutantes han de estar el idéntica situación.


Reglamento de Funcionarios de Administración Local (Decreto 30-5-1952)

Art. 98

" Los funcionarios podrán permutar los cargos que desempeñen en propiedad, siempre que no hayan cumplido sesenta años, pertenezcan al mismo grupo  y categoría y las plazas sean de idéntica clase.

La aprobación de permutas corresponderá a la Autoridad u órgano competente para otorgar los nombramientos. Cuando lo fuere el Director general de Administración Local, será preceptivo el informe previo de las Corporaciones afectadas.

En ningún caso, las permutas lesionarán derechos de otros funcionarios pertenecientes a los respectivos escalafones".

Las permutas entre funcionarios de la Administración Local está regulada específicamente en el Reglamento citado (Decreto de 30 de mayo de 1952).
Título: Re:¿Se puede permutar en grupos y niveles diferentes?
Publicado por: hell en 13 de Septiembre de 2013, 19:34:08 pm
tenemos derecho a exigir que se nos mantenga el nivel de destino una vez hecha la permuta?
es decir, si en nuestro primer destino teniamos un nivel superior y por lo tanto en el nuevo inferior, se consolida el nivel a los dos años initerrumpidos de servicio o tres discontinuos??

salu2para empezar esta bien pero mi pregunta es para terminar

Para empezar la permuta no debería ni ser autorizada por no estar los dos permutantes en idéntica situación conforme refiere la normativa.


Título: Re:¿Se puede permutar en grupos y niveles diferentes?
Publicado por: hell en 13 de Septiembre de 2013, 19:36:13 pm
perdon que se me ha colado el mensaje en otro sitio.
Ronin "para empezar" esta bien tu respuesta pero mi duda es "para terminar"... ya esta hecha la permuta. ahora mi duda es si me tienen que mantener el nivel de destino

salu2
Título: Re:¿Se puede permutar en grupos y niveles diferentes?
Publicado por: PeInG en 13 de Septiembre de 2013, 21:09:51 pm
Dos niveles diferentes...las plazas dejan de ser de idéntica clase.

Un nivel diferente lleva aparejado una percepción económica que, en el que baja le perjudica y en el que sube se beneficia y por ende quiere la consolidación...pero esas permutas, tanto en nivel como en grupo son contrarias a la norma...los dos permutantes han de estar el idéntica situación.


Reglamento de Funcionarios de Administración Local (Decreto 30-5-1952)

Art. 98

" Los funcionarios podrán permutar los cargos que desempeñen en propiedad, siempre que no hayan cumplido sesenta años, pertenezcan al mismo grupo  y categoría y las plazas sean de idéntica clase.

La aprobación de permutas corresponderá a la Autoridad u órgano competente para otorgar los nombramientos. Cuando lo fuere el Director general de Administración Local, será preceptivo el informe previo de las Corporaciones afectadas.

En ningún caso, las permutas lesionarán derechos de otros funcionarios pertenecientes a los respectivos escalafones".

Las permutas entre funcionarios de la Administración Local está regulada específicamente en el Reglamento citado (Decreto de 30 de mayo de 1952).

Eso es una interpretación tuya. Por clase entiendo que es un policía con un policía, nada más. Hay mismo grupo y categoría, por lo tanto es correcta.
Título: Re:¿Se puede permutar en grupos y niveles diferentes?
Publicado por: 47ronin en 14 de Septiembre de 2013, 18:21:04 pm
Hay un grupo, una categoría, un  nivel e incluso un grado...que también cuenta a la hora de las percepciones dinerarias...asi tenemos el problema en Madrid de varias promociones que unos entraron con un nivel y otros con otro distinto y que les supone una merma, aplicación administrativa que ya ha pasado por tribunales y otras que están a la espera de ello.

Puestas asi las cosas lo que dije, la permuta no debería ni haber sido autorizada y, para solicitar la consolidación, si se la deniegan por ese motivo o por otro, le tocará ir a tribunales...y depende de la lotería le saldrá o no el número correcto.
Título: Re:¿Se puede permutar en grupos y niveles diferentes?
Publicado por: 47ronin en 14 de Septiembre de 2013, 18:51:04 pm
Mire...algunos solicitamos la consolidación del grado...y sin problemas...pero el nivel..eso es otro cantar que ahora mismo tiene varias demandas pendientes de resolver que afectan a promociones de la 40 en adelante.

(http://www.patrulleros.com/foro/index.php?action=dlattach;topic=9823.0;attach=30354;image)
Título: Re:¿Se puede permutar en grupos y niveles diferentes?
Publicado por: hell en 16 de Septiembre de 2013, 11:36:50 am
resumiendo.. que nadie sabe resolver mi duda.
Título: Re:¿Se puede permutar en grupos y niveles diferentes?
Publicado por: flip en 17 de Septiembre de 2013, 01:34:35 am
resumiendo.. que nadie sabe resolver mi duda.

http://www.asm-formacion.es/oposicion/Area_profesional/Permutas/Legislacion_permutas/Legisl_permutas.pdf (http://www.asm-formacion.es/oposicion/Area_profesional/Permutas/Legislacion_permutas/Legisl_permutas.pdf)

Pelín comodón eres...........
Título: Re:¿Se puede permutar en grupos y niveles diferentes?
Publicado por: flip en 17 de Septiembre de 2013, 01:38:39 am
perdon que se me ha colado el mensaje en otro sitio.
Ronin "para empezar" esta bien tu respuesta pero mi duda es "para terminar"... ya esta hecha la permuta. ahora mi duda es si me tienen que mantener el nivel de destino

salu2

Deberían mantenértelo, en la función pública del Estado así es, pero Ronin te ha marcado claramente lo que ocurre en los ayuntamientos, puede que sí o puede que no, y si es que no, ya sabes al juzgado.
Título: Re:¿Se puede permutar en grupos y niveles diferentes?
Publicado por: hell en 17 de Septiembre de 2013, 15:58:48 pm
Gracias Flip. Comodón? claro, no es uno de los objetivos que se supone debemos buscar en foros de profesionaes? Lo que no sabe uno lo sabe el otro y así nos vamos ayudando entre todos. El problema viene cuando tratas de responder algo que no sabes...

salu2 y gracias de nuevo!
Título: Re:¿Se puede permutar en grupos y niveles diferentes?
Publicado por: 47ronin en 17 de Septiembre de 2013, 17:17:02 pm
perdon que se me ha colado el mensaje en otro sitio.
Ronin "para empezar" esta bien tu respuesta pero mi duda es "para terminar"... ya esta hecha la permuta. ahora mi duda es si me tienen que mantener el nivel de destino

salu2

Deberían mantenértelo, en la función pública del Estado así es, pero Ronin te ha marcado claramente lo que ocurre en los ayuntamientos, puede que sí o puede que no, y si es que no, ya sabes al juzgado.

Y tanto...como que recién incorporados a unos les colocan en un nivel y a otros en otro distinto.

Por cierto, que parece que hay una sentencia que afecta a la 43 promoción y les adjudica el nivel superior.

Alguno que la tenga?
Título: Re:¿Se puede permutar en grupos y niveles diferentes?
Publicado por: 47ronin en 17 de Septiembre de 2013, 20:11:52 pm
La sentencia es al final auto de extensión de efectos y la he dejado en el tema PMM.
Título: Re:¿Se puede permutar en grupos y niveles diferentes?
Publicado por: hell en 17 de Septiembre de 2013, 23:44:07 pm
por favor, puedes insertar el enlace donde has colgado el auto al que te refieres?
gracias salu2
Título: Re:¿Se puede permutar en grupos y niveles diferentes?
Publicado por: 47ronin en 18 de Septiembre de 2013, 11:07:17 am
Aunque ponga Programa específico de productividad progresiva la sentencia y extensión  de efectos trata del  nivel, unos entraron en el cuerpo con uno y otros con otro.

(http://www.patrulleros.com/foro/index.php?action=dlattach;topic=3458.0;attach=49812;image)
Título: Re:¿Se puede permutar en grupos y niveles diferentes?
Publicado por: hell en 19 de Septiembre de 2013, 11:17:17 am
ayer comente el tema con los abogados del sindicato y me dijeron que este tipo de cuestiones estan a la orden del dia y que por desgracia en los juzgados siempre las perdemos.
¿ganas de trabajar?

salu2
Título: Re:¿Se puede permutar en grupos y niveles diferentes?
Publicado por: 47ronin en 19 de Septiembre de 2013, 18:05:56 pm
ayer comente el tema con los abogados del sindicato y me dijeron que este tipo de cuestiones estan a la orden del dia y que por desgracia en los juzgados siempre las perdemos.
¿ganas de trabajar?

salu2

No siempre...pero si con criterios dispares...unos pierden y otros ganan aún estando en situación idéntica...es...una lotería.

Título: Re: ¿Se puede permutar en grupos y niveles diferentes?
Publicado por: Patrick en 06 de Agosto de 2023, 06:45:25 am
Refloto el hilo.

¿ Alguno tiene conocimiento de que se hayan autorizado permutas entre Oficiales de la CAM (C1) y de la Comunidad Valenciana (B) ?