Autor Tema: Medios para trabajar  (Leído 285996 veces)

TASER

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Re: Medios para trabajar
« Respuesta #620 en: 09 de Diciembre de 2007, 17:42:31 pm »
Lo siento no se hacerlo mejor, si a alguno os interesa y no podeis leerlo os lo puedo mandar por un privado.

Desconectado chax

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Re: Medios para trabajar
« Respuesta #621 en: 09 de Diciembre de 2007, 18:24:02 pm »
Lo siento no se hacerlo mejor, si a alguno os interesa y no podeis leerlo os lo puedo mandar por un privado.

Se lee perfectamente.
Lo importante no es saber. Lo importante es tener siempre a mano el teléfono del que sabe.

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Re: Medios para trabajar
« Respuesta #622 en: 12 de Diciembre de 2007, 07:46:11 am »
al parecer hay un montón de HK que va a asignar en PMM, en mi zona a dos unidades en el turno de ma?ana y tarde y a otra unicamente en el turno de ma?ana

ya era hora

salu2

 ;cosc;
Nunca te arrepientas de lo que hagas, sino de lo que no hiciste y deberías de haber hecho.

La justicia debe imperar de tal modo, que nadie deba esperar del favor de temer de la arbitrariedad.

Desconectado TEMPLARIO

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Re: Medios para trabajar
« Respuesta #623 en: 12 de Diciembre de 2007, 10:51:05 am »

Cerquita va a andar la cosa, pero no creo que llegue a mi Unidad. Seguiremos esperando... ;cosc;
"quotquotUn Caballero Templario es íntegro y valiente en cualquier circunstancia, porque su alma está protegida por la armadura de la fe y su cuerpo por la de metal; está doblemente armado y no tiene por qué temer a hombres ni a demonios"quotquotBernardo d

Desconectado corneta

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Re: Medios para trabajar
« Respuesta #624 en: 12 de Diciembre de 2007, 19:59:34 pm »
por partes lo del casco puedes aprovechar y solicitar un integral por que ojala no pase algun compa?ero se va a dejar la barbilla en el asfalto y asi cubres para lo que realmente se estan usando los cascos que tenemos para ir al dos de mayo barranquillas botellones y para dejarselos a algunos compa?eros para los desalojos,LAS HK PUES LO DE SIEMPRE TUTORES OAC JUDICIAL PAISANOS Y ALGUN QUE OTRO OFICIAL Y SUBINSPECTOR que tienen el mismo derecho que yo que soy un simple patrullero que esta en la calle pero repito el mismo NO OTRO.Y ahora la pregunta del millon hay locales para las nuevas unidades o tiramos de prefabricados 

Desconectado 47ronin

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Re: Medios para trabajar
« Respuesta #625 en: 12 de Diciembre de 2007, 20:19:10 pm »
Y ahora la pregunta del millon, hay locales para las nuevas unidades o tiramos de prefabricados 

Es una muy buena idea montar calabozos en los prefabricados.  ;risr;

Desconectado Ethan

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Re: Medios para trabajar
« Respuesta #626 en: 13 de Diciembre de 2007, 00:22:08 am »
Hola ethan, yo creo que no te puedes negar a prestar servicio sin las protecciones de motorista, yo te puedo decir que he encontrado en otro foro varios escritos de un delegado de UPM que por cierto creo que era de la ejecutiva de este sindicato y ha dimitido. Este Compa?ero ha estado trabajando en el tema de vestuario desde el a?o 2000 y ha realizado diferentes propuestas y escritos sobre este asunto. Como referencia te envío este escrito que realizó para solicitar los guantes anticorte, cuando yo se lo presente a mi oficial se quedo acoj?nado y lo elevó para eludir responsabilidad, el mismo escrito lo puedes utilizar para solicitar los refuerzos de las prendas de motorista, de manera que en caso de sucederte un accidente después de haber realizado la solicitud y te causara lesiones que en el caso de haberte dotado de estas protecciones se hubieran paliado e incluso evitado podrías pedir que se te indemnizasen por negligencia.(Espero que no se accidente ningún compa?ero, pero hay que cubrirse las espaldas)     :lect :lect

Ya estan solicitadas las protecciones por conducto reglamentario... y con eso pienso en denunciar como me pase algo... al ayto.

Con respecto a lo que expone el escrito y sobretodo cuando habla de la Ley 31/1995, hay un error enorme !!! Y NO SE COMO LO HAN PASADO POR ALTO !!!!


Y es que esa ley excluye de manera clara y directa a la POLICIA y servicio de urgencia.

Tal y como consta en su articulo 3 y que fue modificado este mismo articulo mediante la ley 31/2006, que versa sobre el ambito de aplicacion y en donde dice claramente en su punto 2:

La presente Ley no será de aplicación en aquellas actividades cuyas particularidades lo impidan en el ámbito de las funciones públicas de:

      - Policía, seguridad y resguardo aduanero.

      - Servicios operativos de protección civil y peritaje forense en los casos de grave riesgo, catástrofe y calamidad pública.

      - Fuerzas Armadas y actividades militares de la Guardia Civil.

No obstante, esta Ley inspirará la normativa específica que se dicte para regular la protección de la seguridad y la salud de los trabajadores que prestan sus servicios en las indicadas actividades.


Asi mismo dice que inspirará una normativa especifica para estas actividades... la DGP del CNP, tiene esta normativa especifica asi como la GC mediante ley o decreto... pero las PL no lo tienen por lo tanto lo tendrian que crear.

A mi entender creo que la PMM no lo tiene.

Un saludo !!!!



(madre mia lo que esta dando de si el cursito que me estoy currando...  :partirse )
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Desconectado pindongo

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Re: Medios para trabajar
« Respuesta #627 en: 13 de Diciembre de 2007, 09:06:31 am »

(madre mia lo que esta dando de si el cursito que me estoy currando...  :partirse )

Ya te digo... Ahora pareces exactamente una cerilla.  ;ris; ;ris;

Desconectado Ethan

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Re: Medios para trabajar
« Respuesta #628 en: 13 de Diciembre de 2007, 12:38:58 pm »

(madre mia lo que esta dando de si el cursito que me estoy currando...  :partirse )

Ya te digo... Ahora pareces exactamente una cerilla.  ;ris; ;ris;

que ........bron !
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TASER

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Re: Medios para trabajar
« Respuesta #629 en: 15 de Diciembre de 2007, 18:19:12 pm »
Estimado ethan, :ojones tenemos una sentencia de 12 de enero de 2006, del Tribunal de Justicia (sala segunda) de la Comisión de las Comunidades Europeas (Asunto C-132/04) la cual condena al Estado espa?ol por el incumplimiento de la Directiva 89/391/CEE relativa a la aplicación de medidas para promover la mejora de la seguridad y de la salud de los trabadores en el trabajo?. Al no haber adaptado íntegramente su ordenamiento jurídico interno a los Artículos 2, apartados 1, 2 y 4 de dicha Directiva y lo condena en costas. Esta sentencia entre otras cuestiones dice:
Sentencia del Tribunal de Justicia de las Comunidades Europeas (Sección 2?), de 12 de enero de 2006 (asunto C-132/04), condena al Reino de Espa?a por incumplir las obligaciones que derivan de la Directiva 89/391/CEE, al no haber adaptado su ordenamiento jurídico interno a los artículos 2, apartados 1 y 2, y 4 de dicha Directiva, por cuanto ?la excepción prevista en el artículo 2, apartado 2, de dicha Directiva únicamente puede aplicarse en el supuesto de acontecimientos excepcionales en los cuales el correcto desarrollo de las medidas destinadas a garantizar la protección de la población en situaciones de grave riesgo colectivo exige que el personal que tenga que hacer frente a un suceso de este tipo conceda una prioridad absoluta a la finalidad perseguida por tales medidas con el fin de que ésta pueda alcanzarse? (apartado 26).
Esta Sentencia reitera que el criterio empleado para determinar el ámbito de aplicación de la Directiva no está fundado en la pertenencia de los trabajadores a los distintos sectores contemplados en su artículo 2, sino ?exclusivamente en la naturaleza específica de ciertos cometidos especiales desempe?ados por los trabajadores dentro de dichos sectores, que justifica una excepción a las normas dictadas por la citada Directiva, en razón de la absoluta necesidad de garantizar una protección eficaz de la colectividad? (apartado 24). Por lo tanto, mientras no se vea comprometido el cumplimiento de medidas indispensables para la protección de la vida, de la salud y de la seguridad colectiva, debe prevalecer la observancia de la Directiva para garantizar la seguridad y la salud de los trabajadores de los cuerpos de policía. Aun así, en esa situación excepcional, las autoridades competentes deben velar para que la seguridad y la salud de los trabajadores queden aseguradas ?en la medida de lo posible?  :lect :lect

En virtud de lo cual yo recomiendo denunciar a vuestros Ayuntamientos en cuanto incurran en alguna responsabilidad de omisión en dotarnos de los medios de auto protección necesarios para realizar nuestro trabajo con el mínimo riesgo.

Un abrazo a todos  :meg; :meg;



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Re: Medios para trabajar
« Respuesta #630 en: 17 de Diciembre de 2007, 12:51:01 pm »
UN MIEMBRO DE UNA PATRULLA RECIBIO UN LADRILLAZO EN LA CABEZA.

La agresión a un policía local saca a la luz la falta de medios
Reclaman cascos antidisturbios, de los que solo hay seis para 48 agentes.

17/12/2007 M. ROSA

La agresión que sufrió un agente de la Policía Local de Córdoba ha sido el detonante para que sus compa?eros hayan denunciado la carencia de medios que observan en el servicio de los coches patrullas nocturnos.

Según ha podido saber este diario, unos agentes atendieron a una joven rumana el domingo 9 que decía haber sido víctima de una agresión sexual y afirmaba que el hecho se produjo en el asentamiento cercano a Urende. Los agentes se desplazaron hasta el lugar y fueron recibidos a pedradas, siendo alcanzado uno de ellos por un ladrillo; perdió el conocimiento y sangró abundantemente.

Los policías locales que cubren este servicio --compuesto por 48 agentes-- han recogido firmas para hacer llegar a los mandos que "estamos sobrados de material de se?alización, pero carentes, entre otras cosas, de cascos antidisturbios para que no nos abran la cabeza". El cuerpo de seguridad municipal cuenta con seis cascos que se custodian en la jefatura, "en vez de llevarlos en los coches, por lo que si ocurre algo hay que ir a por ellos". Esta situación se dio en Las Tendillas con el ascenso del Córdoba CF y "cuando vamos a las zonas de movida o la calle Torremolinos".

Al parecer, a un agente le pasó hace poco tiempo a escasos centímetros de la cabeza una botella cuando iba a identificar a unos jóvenes en el polígono de Chinales.

Otro aspecto que denuncian los policías es que los chalecos antibalas son tres cuartos "y así no podemos conducir porque al sentarnos nos llegan al cuello", asegurando que "los equipos antidisturbios completos están bajo llave en la jefatura, por lo que seguimos en las mismas".

A ello se suma que "no disponemos de una segunda equipación por la noche, por lo que cuando entramos con los chalecos reflectantes --que están muy bien para los controles de tráfico-- en locales somos un blanco fácil".

Los agentes de este turno aseguran que "el 97% de los detenidos corresponden a los coches patrullas, y solo el a?o pasado arrestamos a más de 200 personas", y a?aden que la petición de estos materiales "la hacemos por dignificar el trabajo y darle mayor protección y seguridad a los ciudadanos".

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Re: Medios para trabajar
« Respuesta #631 en: 17 de Diciembre de 2007, 13:01:52 pm »
 :uf:pues si los compa?eros son un blanco facil cuando entran a locales con el reflectante los pmm con nuestra maravillosa cazadora somos un anuncio de neon

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Re: Medios para trabajar
« Respuesta #632 en: 17 de Diciembre de 2007, 15:05:41 pm »
La verdad que hay bastantes municipios donde por la noche desaparece el reflectante o incluso durante el dia las unidades de seguridad no cuentan con el.
La vida me ha golpeado fuerte. Podría haberme hecho vulnerable y acabar pegándome un tiro o podría mirar al cielo y crecer. Prefiero la segunda opción.

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Re: Medios para trabajar
« Respuesta #634 en: 19 de Diciembre de 2007, 14:09:32 pm »
Estimado ethan, :ojones tenemos una sentencia de 12 de enero de 2006, del Tribunal de Justicia (sala segunda) de la Comisión de las Comunidades Europeas (Asunto C-132/04) la cual condena al Estado espa?ol por el incumplimiento de la Directiva 89/391/CEE relativa a la aplicación de medidas para promover la mejora de la seguridad y de la salud de los trabadores en el trabajo?. Al no haber adaptado íntegramente su ordenamiento jurídico interno a los Artículos 2, apartados 1, 2 y 4 de dicha Directiva y lo condena en costas. Esta sentencia entre otras cuestiones dice:
Sentencia del Tribunal de Justicia de las Comunidades Europeas (Sección 2?), de 12 de enero de 2006 (asunto C-132/04), condena al Reino de Espa?a por incumplir las obligaciones que derivan de la Directiva 89/391/CEE, al no haber adaptado su ordenamiento jurídico interno a los artículos 2, apartados 1 y 2, y 4 de dicha Directiva, por cuanto ?la excepción prevista en el artículo 2, apartado 2, de dicha Directiva únicamente puede aplicarse en el supuesto de acontecimientos excepcionales en los cuales el correcto desarrollo de las medidas destinadas a garantizar la protección de la población en situaciones de grave riesgo colectivo exige que el personal que tenga que hacer frente a un suceso de este tipo conceda una prioridad absoluta a la finalidad perseguida por tales medidas con el fin de que ésta pueda alcanzarse? (apartado 26).
Esta Sentencia reitera que el criterio empleado para determinar el ámbito de aplicación de la Directiva no está fundado en la pertenencia de los trabajadores a los distintos sectores contemplados en su artículo 2, sino ?exclusivamente en la naturaleza específica de ciertos cometidos especiales desempe?ados por los trabajadores dentro de dichos sectores, que justifica una excepción a las normas dictadas por la citada Directiva, en razón de la absoluta necesidad de garantizar una protección eficaz de la colectividad? (apartado 24). Por lo tanto, mientras no se vea comprometido el cumplimiento de medidas indispensables para la protección de la vida, de la salud y de la seguridad colectiva, debe prevalecer la observancia de la Directiva para garantizar la seguridad y la salud de los trabajadores de los cuerpos de policía. Aun así, en esa situación excepcional, las autoridades competentes deben velar para que la seguridad y la salud de los trabajadores queden aseguradas ?en la medida de lo posible?  :lect :lect

En virtud de lo cual yo recomiendo denunciar a vuestros Ayuntamientos en cuanto incurran en alguna responsabilidad de omisión en dotarnos de los medios de auto protección necesarios para realizar nuestro trabajo con el mínimo riesgo.

Un abrazo a todos  :meg; :meg;

Voy a consultarlo... porque no tengo conocimiento de ello.
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Re: Medios para trabajar
« Respuesta #635 en: 19 de Diciembre de 2007, 14:12:14 pm »
Aun asi, yo he hablado del articulo 3, no del dos de dicha ley 31/1995.

 :pen:
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Re: Medios para trabajar
« Respuesta #636 en: 19 de Diciembre de 2007, 14:14:53 pm »
El ilustrisimo Ayto de Madrid tiene unas cuantas sentencias en contra que le obligan a hacer X cosas, algunos son juzgados contenciosos y otros han llegado mas arriba y el Ayto dice que no las cumple.....o que lo hara cuando pueda...y las multas son de dinero publico asi que les da igual....
Ademas , como con las pistolas una hoy , otra el a?o que viene y ya se esta cumpliendo??? 500 de un chaleco normal, 40 de unos gunates de pescadero, material de abrigo EN SERIO, guantes serios y ropa seria para motoristas......eso para 7000...jajajaja Me rio de las circulares y de las cuadrangulares
"quotquot???ESTOS SE CREEN QUE LOS PÁJAROS MAMAN!!!"quotquot
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Re: Medios para trabajar
« Respuesta #637 en: 19 de Diciembre de 2007, 18:06:57 pm »
...en mi humilde opinion ;::) creo que si surten del mejor material al alcance, algo que sea definitivo durante al menos varios a?os, dejarian vacio el presupuesto y las``dadivas´´ de los correspondientes y claro........ :manitas quien se lo llevaria muerto durante ese periodo?
a los seres humanos les encanta que les digan lo que deben hacer pero les gusta mas resistirse a hacer lo que se les dice y acaban aborreciendo a quien los aconseja.

TASER

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Re: Medios para trabajar
« Respuesta #638 en: 20 de Diciembre de 2007, 00:02:20 am »
Estimado Ethan, hablamos de lo mismo, la sentencia se refiere al Artículo 2 de la Directiva 89/391/CEE que está reflejada en nuestro ordenamiento jurídico en la Ley 31/1995 en su artículo 3. Y es una sentencia muy interesante y muy poco utilizada por los compis cuando les lesionan o se lesionan por falta de medios. :lect :lect

http://www.ffii.nova.es/puntoinfomcyt/DirHijas.asp?Id_Directiva=48
http://noticias.juridicas.com/base_datos/Laboral/l31-1995.html

Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales.

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS:
Consecuencia de todo ello ha sido la creación de un acervo jurídico europeo sobre protección de la salud de los trabajadores en el trabajo. De las Directivas que lo configuran, la más significativa es, sin duda, la 89/391/CEE, relativa a la aplicación de las medidas para promover la mejora de la seguridad y de la salud de los trabajadores en el trabajo, que contiene el marco jurídico general en el que opera la política de prevención comunitaria.
La presente Ley transpone al Derecho espa?ol la citada Directiva, al tiempo que incorpora al que será nuestro cuerpo básico en esta materia disposiciones de otras Directivas cuya materia exige o aconseja la transposición en una norma de rango legal, como son las Directivas 92/85/CEE, 94/33/CEE y 91/383/CEE, relativas a la protección de la maternidad y de los jóvenes y al tratamiento de las relaciones de trabajo temporales, de duración determinada y en empresas de trabajo temporal.


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Re: Medios para trabajar
« Respuesta #639 en: 20 de Diciembre de 2007, 00:27:11 am »
Hola, pues como de medios se esta hablando, voy a tratar de dejar mi perplejidad sobre lo que esta pasando en mi plantilla.  Por fin, se han decidido a comprar fundas de seguridad.  Lo que mas les preocupaba a los inspectores/sargentos era que el sistema fuera sencillo, para que los "agentes" veteranos, no se liaran demasiado para poder desemfundar, y a esto tengo que decir que lo pensaban con fundamento, por lo que imaginar la mitad de la plantilla como puede ser.  Bueno, pues al final se han decantado por una Safari Land, y la han comprado al distribuidor de equipamiento normal nuestro, pero el precio final de la funda es algo mas del doble de lo que realmente cuesta.... y esto es debido a que el proveedor al facturar a nombre de los ayuntamientos, como sabe que va a tardar una media de 18 meses de demora en cobrar, pues mete intereses de demora dentro del precio.....
En fin, que serán unas 40 fundas, pero que en realidad van a desembolsar el valor de casi 100, pero como paga el erario publico....

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