Autor Tema: Necesitan armas largas las Policías Locales?  (Leído 173210 veces)

Desconectado 47ronin

  • Administrador
  • Tyranosaurius Rex
  • ****
  • Mensajes: 223936
Re: Necesitan armas largas las Policías Locales?
« Respuesta #160 en: 21 de Octubre de 2007, 13:11:09 pm »
IU alerta ante la adquisición para la policía local de gases antidisturbios denunciados por Amnistía Internacional.


El concejal de Izquierda Unida en el Ayuntamiento de Granada, Manuel Morales ha calificado de "un verdadero despropósito" la decisión del equipo de gobierno de adquirir siete escopetas lanzadoras de gas pimienta para la policía local de Granada. La decisión, tomada por el gobierno del Partido Popular en la última Junta de Gobierno Local del viernes, 19 de octubre, incluye la adquisición, junto con las escopetas lanzadoras, de 400 cartuchos de entrenamiento más otros 400 de munición real, todo ello por un importe cercano a los 12,000 Euros.BR>
 
La munición "pepperball", de gas pimienta, está considerada como de alto riesgo por organizaciones internacionales de defensa de los derechos humanos, siendo habitual su uso en países con escasas garantías democráticas. Una tendencia que, "lamentablemente, se está extendiendo en los últimos a?os a una Europa obsesionada por el control social en detrimento de la libertad", declaró Morales, quién recordó que Amnistía Internacional ha pedido en diversas ocasiones la prohibición del comercio de estos pulverizadores en tanto en cuanto se realizan evaluaciones independientes de su peligrosidad, alegando que provoca lesiones incapacitantes en caso de exposición a dos o más disparos de esta sustancia, según recoge el informe de esta organización y cuyo titulo es "crónica sobre el comercio del terror".BR>

El grupo municipal de Izquierda Unida llevará un ruego urgente al próximo pleno con el fin de paralizar la adquisición de un material "innecesario para nuestra policía y perjudicial para la ciudadanía", declaró Morales, quién afirmó que las competencias en control de disturbios callejeros son propias de la Policía Nacional y de la Subdelegación del Gobierno, y no de la policía local "que ya tiene trabajo de sobra con gestionar el tráfico, realizar tareas de seguridad preventiva y garantizar el cumplimiento de las ordenanzas municipales", declaró Morales, quién afirmó que "Torres Hurtado está empe?ado meter a los agentes de la policía local en funciones que no les son propias y en conflictos que no tendrían por qué soportar nuestros agentes", recordando en este sentido la "vergonzosa e irregular decisión del PP de utilizar a la policía local contra los trabajadores de ROBER en huelga el pasado invierno", una actuación que quedaba claramente al margen de las competencias de la policía local.BR>

El grupo municipal de Izquierda Unida ha alertado ante lo que considera "una escalada en el papel puramente represivo que el PP quiere darle a nuestra policía", y ha reclamado al Sindicato Independiente de Policía que "se oponga a esta política que busca la extralimitación de las funciones de los agentes locales, asignándoles competencias que no les corresponden y alejándolos de su vocación de servicio cercano a la ciudadanía".BR>
Finalmente Morales valoró muy negativamente el "vacío jurídico existente en Andalucía, al no existir como en otras comunidades autónomas un decreto o reglamento autónomo de armas que delimite el tipo de equipo propio de las policías locales, que en ningún caso debe ser el propio de funciones antidisturbios", por lo que consideró necesario avanzar en una reglamentación propia en este sentido en Andalucía.

Desconectado ALFA-112

  • Profesional
  • Senior
  • **
  • Mensajes: 754
Re: Necesitan armas largas las Policías Locales?
« Respuesta #161 en: 21 de Octubre de 2007, 16:02:15 pm »
   Para estos de I.U. es peligroso la existencia de cualquier tipo de policia........naturalmente menos en los paises (poquitos afortunadamente) en los que tiene el poder,manda cojones si por ellos fuera no tendriamos ni boligrafos,para no atentar contra los ciudadanos y ciudadanas,que nos tengan que dar lecciones unas personas que si algun dia,(espero que nunca) llegaran al poder,lo primero que quitarian seria la democracia y entonces si la polica,militar por supuesto, con tanques por las calles,como ocurre en cualquier pais donde gobiernan.......y el caso es que todavia ENGA?AN a muchos..... :uf:

Desconectado STREIKER

  • Profesional
  • Experto I
  • **
  • Mensajes: 4146
Re: Necesitan armas largas las Policías Locales?
« Respuesta #162 en: 21 de Octubre de 2007, 16:10:45 pm »


 Mi pregunta:

  ?Por armas largas nos referimos a escopetas, tipo FRANCHI?
  ?Una P.L podría tener sub fusiles tipo MP-5 ?.

  Me refiero a que el alcalde diese el visto bueno y la GC también.  Gracias.

Desconectado 47ronin

  • Administrador
  • Tyranosaurius Rex
  • ****
  • Mensajes: 223936
Re: Necesitan armas largas las Policías Locales?
« Respuesta #163 en: 21 de Octubre de 2007, 16:17:49 pm »
Las licencias C podrán autorizar un arma de las categorías 1, 2.1, o 3.2

1: Armas de fuego cortas: Comprende las pistolas y revólveres.

2.1: Armas de fuego largas para vigilancia y guardería: Son las armas largas que reglamentariamente se determinen por Orden del Ministerio del Interior o mediante decisión adoptada a propuesta o de conformidad con el mismo, como específicas para desempe?ar funciones de vigilancia y guardería.

3.2: Escopetas y demás armas de fuego largas de ánima lisa, o que tengan ca?ón con rayas para facilitar el plomeo, que los bancos de pruebas reconocidos hayan marcado con punzón de escopeta de caza, no incluidas entre las armas de guerra.


« Última modificación: 21 de Octubre de 2007, 16:20:21 pm por 47ronin »

Desconectado STREIKER

  • Profesional
  • Experto I
  • **
  • Mensajes: 4146
Re: Necesitan armas largas las Policías Locales?
« Respuesta #164 en: 21 de Octubre de 2007, 16:20:36 pm »


Pero, mi pregunta es: Como colectivo, no como agente.  El colectivo puede tener armas largas , no?.    Veo que si.

Desconectado 47ronin

  • Administrador
  • Tyranosaurius Rex
  • ****
  • Mensajes: 223936
Re: Necesitan armas largas las Policías Locales?
« Respuesta #165 en: 21 de Octubre de 2007, 16:23:20 pm »
SECCIÓN VI. LICENCIAS PARA EL EJERCICIO DE FUNCIONES DE CUSTODIA Y VIGILANCIA.
Artículo 120.

Las empresas de seguridad y en general las entidades u organismos cuya constitución y funcionamiento cumplan los requisitos legalmente prevenidos, de las que dependa reglamentariamente personal de seguridad, podrán poseer las armas necesarias con fines de prestación de servicios, adiestramiento de personal o realización de pruebas de aptitud, obteniendo al efecto la correspondiente autorización de la Dirección General de la Guardia Civil, previa justificación de que cumplen aquellos requisitos y de la necesidad de las armas. La autorización documenta exclusivamente la adquisición de las armas, que estarán a cargo del jefe de seguridad o titular del puesto que designen dichas empresas o entidades, el cual responderá de su correcto uso, así como de la oportuna recuperación de las mismas. La posesión de cada una de las armas se documentará mediante la correspondiente guía de pertenencia expedida a nombre de las empresas, entidades u organismos propietarios. Cuando no sean objeto de utilización, deberán ser custodiadas en locales de las empresas o entidades, que reúnan las adecuadas condiciones de seguridad.

Artículo 121.

El personal de los Cuerpos y Organismos legalmente considerados auxiliares para el mantenimiento de la seguridad pública y persecución de la criminalidad, así como los vigilantes de seguridad y personal legalmente asimilado, podrán solicitar de la Dirección General de la Guardia Civil licencia de armas C, con los requisitos y condiciones que se establecen en los artículos siguientes.

Artículo 122.

Para obtener estas licencias, el interesado, a través de la empresa u organismo de que dependa, deberá presentar en la Intervención de Armas de la Guardia Civil correspondiente a su domicilio solicitud dirigida al Director general de la Guardia Civil, acompa?ada de los documentos enumerados en el artículo 97.1 de este Reglamento, y además los siguientes:

Certificado o informe de su superior jerárquico o de la empresa, entidad u organismo en que preste sus servicios, en el que se haga constar que tiene asignado el cometido para el que solicita la licencia, y localidad donde lo ha de desempe?ar.

Fotocopia del documento acreditativo de la habilitación del interesado para el ejercicio de funciones de seguridad, que se cotejará con el original y se diligenciará haciendo constar la coincidencia.

Declaración del solicitante, con el visto bueno del jefe, autoridad o superior de que inmediatamente dependa, de no hallarse sujeto a procedimiento penal o a procedimiento disciplinario.

Artículo 123.

Las armas amparadas por estas licencias sólo podrán ser empleadas en los servicios de seguridad o funciones para los que fueran concedidas.

Artículo 124.

1. Las licencias C podrán autorizar un arma de las categorías 1, 2.1, o 3.2, según el servicio a prestar, de conformidad con lo dispuesto en la respectiva regulación o, en su defecto, de acuerdo con el dictamen emitido por la Comisión Interministerial Permanente de Armas y Explosivos.

2. Nadie podrá poseer más de una licencia C. En los casos en que las respectivas regulaciones permitan la posesión o utilización de un arma de la categoría 1 y otra de la 2.1, ambas serán amparadas por la misma licencia, si bien cada arma se documentará con su guía de pertenencia.

Artículo 125.

Estas licencias tendrán validez exclusivamente durante el tiempo de prestación del servicio de seguridad determinante de su concesión y carecerán de validez cuando sus titulares se encuentren fuera de servicio. Quedarán sin efecto automáticamente al cesar aquéllos en el desempe?o de las funciones o cargos en razón de los cuales les fueron concedidas, cualquiera que fuera la causa del cese.

Artículo 126.

1. Al cesar en su cargo o función, temporal o definitivamente, al titular de una licencia de este tipo le será retirada por el superior jerárquico, entidad, empresa u organismo en el que prestan o han prestado servicios, y será entregada en la Intervención de Armas. El arma quedará depositada a disposición de la empresa, entidad u organismo propietario.

2. En los supuestos de ceses temporales, si el titular de la licencia hubiese de ocupar de nuevo un puesto de trabajo de la misma naturaleza, le será devuelta su licencia de uso de armas, cuando presente el certificado o informe sobre dicho puesto, expedido de acuerdo con el artículo 122.a).

Artículo 127.

No obstante lo dispuesto en el artículo anterior, cuando por cualquier circunstancia se encontrarán fuera de servicio, las armas deberán permanecer en poder de la empresa, entidad u organismo en instalaciones que cuenten con las debidas condiciones de seguridad, a juicio de la Intervención de Armas respectiva, pudiendo ser utilizadas por otros titulares de puestos análogos, en posesión de la documentación requerida.

Artículo 128.

1. Los superiores de los organismos, empresas o entidades a cuyo mando se encuentren, deberán adoptar cuantas medidas de seguridad y controles sean necesarios para evitar la pérdida, sustracción, robo o uso indebido de las armas y, sin perjuicio de la responsabilidad que corresponda a los usuarios de las mismas, dichos superiores serán también responsables, siempre que tales supuestos se produzcan concurriendo falta de adopción o insuficiencia de dichas medidas o controles.

2. También en los supuestos de comisión de delitos, faltas o infracciones, así como de utilización indebida del arma, los organismos, empresas o entidades deberán proceder a la retirada de la misma y de los documentos correspondientes, participándolo inmediatamente a la Intervención de Armas, con entrega de los documentos.



« Última modificación: 21 de Octubre de 2007, 16:26:38 pm por 47ronin »

Desconectado STREIKER

  • Profesional
  • Experto I
  • **
  • Mensajes: 4146
Re: Necesitan armas largas las Policías Locales?
« Respuesta #166 en: 21 de Octubre de 2007, 17:53:30 pm »



  Muchas gracias, Ronin.   Era lo que necesitaba.  Además, en Catalu?a, nos ampara un decreto sobre armas (del 96) específico para policias locales catalanas.  Da opción a tener armas de otro tipo que no sean las cortas, habituales, tipo 38 o 9 pb.

   


Desconectado chax

  • Profesional
  • Gurú
  • **
  • Mensajes: 6568
  • Cada dia mas funcionario
Re: Necesitan armas largas las Policías Locales?
« Respuesta #167 en: 22 de Octubre de 2007, 21:20:20 pm »
  Para estos de I.U. es peligroso la existencia de cualquier tipo de policia........naturalmente menos en los paises (poquitos afortunadamente) en los que tiene el poder,manda cojones si por ellos fuera no tendriamos ni boligrafos,para no atentar contra los ciudadanos y ciudadanas,que nos tengan que dar lecciones unas personas que si algun dia,(espero que nunca) llegaran al poder,lo primero que quitarian seria la democracia y entonces si la polica,militar por supuesto, con tanques por las calles,como ocurre en cualquier pais donde gobiernan.......y el caso es que todavia ENGA?AN a muchos..... :uf:

Correcto.
Demagogos hipócritas.
Lo importante no es saber. Lo importante es tener siempre a mano el teléfono del que sabe.

Desconectado 47ronin

  • Administrador
  • Tyranosaurius Rex
  • ****
  • Mensajes: 223936
Re: Necesitan armas largas las Policías Locales?
« Respuesta #168 en: 27 de Octubre de 2007, 16:59:52 pm »
tsahal
MODERADOR

http://www.foropolicia.es/foros/viewtopic.php?p=144659#144659

Dentro de las actuales (no digo las que se ejercen de facto ni las que puedan ejercer en el futuro) competencias de las PL, no hay hueco para armas largas.... eso es un hecho.

El que quiera disfrutar de armas largas, se ha equivocado de lugar: en el ejercito habria disfrutado con el G36 y otros pepinos, pero para actividades policiales, exceptuando casos muy concretos, basta y sobra con la pistola.

En los casos de orden publico (manifas) la intervencion debe correr por cuenta de FCSE y PA....?o ya hemos olvidado lo que paso en malasa?a a la PMM? ?alguien piensa que basta con dar un casco, un chaleco y una escopeta a alguien para montar una UIP?.....jajaja, es como pensar que un GEO es un tio con un mono, un casco y un fusil...

un grupo operativo son 50 tios operativos...y una gran organizacion detras.

Recordar un peque?o detalle: UN ARMA ES UNA HERRAMIENTA DE TRABAJO. Primero habria que modificar la LO 2/86, que es la que regula la disposicion de las competencias, y luego, cuando la pl tenga otras competencias, hablamos de lo que querais.

ah, y por favor, no me digais que el munjicipio de villapera de arriba la PL tiene compeencias internacionales, porque, segun el ordenamiento juridico actual, LO gana a las demas.


me rei en el primer post...XM8 para PL...no se lo han dado ni al US ARMY.

una ultima cosilla: nada de acusaciones del estilo "conozco un monton de inutiles en el cuerpo X.." "X es peor que el mio, que somos mas guapos.." porque se cierra el hilo. La conversacion se limitara a temas profesionales, y punto.
« Última modificación: 27 de Octubre de 2007, 17:01:24 pm por 47ronin »

Desconectado STREIKER

  • Profesional
  • Experto I
  • **
  • Mensajes: 4146
Re: Necesitan armas largas las Policías Locales?
« Respuesta #169 en: 27 de Octubre de 2007, 17:04:34 pm »


 en este mismo hilo que acabas de insertar, Ronin, he intervenido yo.  Eso si me ha parecido un abuso de superioridad, y un comentario muy poco propio de un moderador, ya que entra a trapo en un hilo, exclusivo para P.Ls  (en ese foro se clasifica por cuerpos, es decir, es clasista)  en el que lejos de moderar, ser neutral, objetivo e imparcial, se posiciona en el extremo opuesto de lo que los Pls. podemos opinar al respecto del tema de debate.

    En fin, lo que quiero decir es que si te mueves por otros foros, te darás cuenta de que este, el nuestro, es de los más permisivos y en el que lo moderadores son de lo más imparciales y elásticos.  Es una opinión.

Desconectado STREIKER

  • Profesional
  • Experto I
  • **
  • Mensajes: 4146
Re: Necesitan armas largas las Policías Locales?
« Respuesta #170 en: 27 de Octubre de 2007, 17:07:07 pm »



Lo que le contesté al tal tsahal, es que somos un cuerpo ARMADO, jerarquizado y de naturaleza civil, por lo que como tal, que problema o que inconveniente puede exisitir por tener en dotación del colectivo, varias escopetas, para determinados servicios.

La seguridad ciudadana y la vigilancia de ESPACIOS PÚBLICOS, da para eso y mucho más, y se trata de COMPETENCIAS, por lo que , dicho forero se ha contradicho.   

Desconectado murcielago.1

  • Profesional
  • Experto I
  • **
  • Mensajes: 3134
Re: Necesitan armas largas las Policías Locales?
« Respuesta #171 en: 27 de Octubre de 2007, 18:56:04 pm »
Hace unos dias hicimos tres registros simultaneos con GC, en un barriada comflictiva y lo hicimos codo con codo, es mas los que rompian las puertas eran PL,S y despues se entro en conjunto y se redujo al personal en escasos segundos, fuera de las viviendas mientras se registraban con la secretaria judicial, teniamos un operativo de seguridad conjunto dado el sitio que era conflictivo, con material anti-disturbio y no para dirigir el trafico precisamente, lo cierto es que salio muy bien y cuando se finalizo nos felicitamos mutuamente. La cuestion es que todavia hay gente a la que esto le toca las pe....que le vamos a hecer siempre estamos a contra corriente, lo que pasa es que esta gente me da que tiene poca formacion y hablan pajas desde el mas profundo de los radicalismos.

Desconectado Shin-Chan2

  • Profesional
  • Brontosaurus
  • **
  • Mensajes: 16249
  • HGW XX/7
Re: Necesitan armas largas las Policías Locales?
« Respuesta #172 en: 27 de Octubre de 2007, 19:03:49 pm »
Lo de la deficiencia de formación es algo que llevo yo diciendo mucho tiempo, sino no es posible tal desconocimiento normativo.

Salud y suerte.
J. David G? Castilla también soy yo.
Los gobiernos pasan, las sociedades mueren, la policia es eterna.
Non nobis,Domine, non nobis sed Nomini tuo da gloriam.

Desconectado 47ronin

  • Administrador
  • Tyranosaurius Rex
  • ****
  • Mensajes: 223936
Re: Necesitan armas largas las Policías Locales?
« Respuesta #173 en: 27 de Octubre de 2007, 19:07:19 pm »
Yo a esto de las armas largas no le veo tanto problema como parece ser representa, hay un Reglamento, se pueden enmarcar en él, y la responsabilidad y uso incorrecto siempre recaerá en aquél que las use de esa forma, al igual que el arma corta, con lo cual tenemos un elemento más que quizás no se use nunca como ocurre con el arma reglamentaria.

Tener armas adaptadas para el lanzamiento de botes de humo y pelotas de goma es algo más "complicado", no pasa sólo por pegar tiros y ya está, hace falta una preparación, pero si en PMM finalmente se decide así, habremos de estar atentos a qué tipo de material incorporan a ese Unidad de Control de Masas y qué funciones o actuaciones serán las que cubrirán.

Desconectado Shin-Chan2

  • Profesional
  • Brontosaurus
  • **
  • Mensajes: 16249
  • HGW XX/7
Re: Necesitan armas largas las Policías Locales?
« Respuesta #174 en: 27 de Octubre de 2007, 19:14:33 pm »
Dentro de poquito, esa unidad de PMM, va a empezar con su formación, por lo que sé.

Salud y suerte.
J. David G? Castilla también soy yo.
Los gobiernos pasan, las sociedades mueren, la policia es eterna.
Non nobis,Domine, non nobis sed Nomini tuo da gloriam.

Desconectado chax

  • Profesional
  • Gurú
  • **
  • Mensajes: 6568
  • Cada dia mas funcionario
Re: Necesitan armas largas las Policías Locales?
« Respuesta #175 en: 28 de Octubre de 2007, 13:42:31 pm »
Lo de la deficiencia de formación es algo que llevo yo diciendo mucho tiempo, sino no es posible tal desconocimiento normativo.

Salud y suerte.

Que no, gitanochino, que no, que no es falta de formación, que es otra cosa.
 ;;cer;;
Bueno no, que tu no bebes, lo mismo pero con trina.
Lo importante no es saber. Lo importante es tener siempre a mano el teléfono del que sabe.

Desconectado murcielago.1

  • Profesional
  • Experto I
  • **
  • Mensajes: 3134
Re: Necesitan armas largas las Policías Locales?
« Respuesta #176 en: 28 de Octubre de 2007, 20:04:52 pm »
Yo he tirado con la franchi, pelotas y botes de humo en entrenamientos, pero me gusta mas la pepper ball, es menos aparatosa tira de todo tipo de bolas y encima pica que no veas

Desconectado Shin-Chan2

  • Profesional
  • Brontosaurus
  • **
  • Mensajes: 16249
  • HGW XX/7
Re: Necesitan armas largas las Policías Locales?
« Respuesta #177 en: 31 de Octubre de 2007, 17:53:08 pm »
Lo de la deficiencia de formación es algo que llevo yo diciendo mucho tiempo, sino no es posible tal desconocimiento normativo.

Salud y suerte.

Que no, gitanochino, que no, que no es falta de formación, que es otra cosa.
 ;;cer;;
Bueno no, que tu no bebes, lo mismo pero con trina.

Yo prefiero pensar que no es otra cosa porque me dan ganas de llorar. Te tomo la palabra con el Trina.

Salud y suerte.
J. David G? Castilla también soy yo.
Los gobiernos pasan, las sociedades mueren, la policia es eterna.
Non nobis,Domine, non nobis sed Nomini tuo da gloriam.

Desconectado alvarocnp

  • Senior
  • ***
  • Mensajes: 834
    • FAUERZAESP
Re: Necesitan armas largas las Policías Locales?
« Respuesta #178 en: 31 de Octubre de 2007, 19:23:42 pm »
Se deberia de dotar de esopetas con la DEBIDA FORMACION a a aquellas unidades de PL que tengan unidad de intervencion o que sin tenerla por el nivel de delincuencia en el que estan u otros motivos que crean conveniente poseer estas armas, es decir muchas PL.
Se piden se dan y punto nada de que si el delegado del gobierno,subdelegado, o quien sea la persona que no tiene ni idea de este tema.

Yo he tirado con la franchi, pelotas y botes de humo en entrenamientos, pero me gusta mas la pepper ball, es menos aparatosa tira de todo tipo de bolas y encima pica que no veas


La escopeta es el arma polivalente por excelencia: balas,postas,balas de goma,postas de goma,cartuchos abre puertas,,con bocacha y municion de proyeccion: pelotas,botes de humo....etc...
« Última modificación: 31 de Octubre de 2007, 19:24:28 pm por 47ronin »
fauerzaesp

Desconectado STREIKER

  • Profesional
  • Experto I
  • **
  • Mensajes: 4146
Re: Necesitan armas largas las Policías Locales?
« Respuesta #179 en: 31 de Octubre de 2007, 19:47:00 pm »



    Joer, Alvarocnp  :aplaus :aplaus ,  que acertado en tu exposición.  Mejor explicado , imposible  :aplaus