La Comisión Interministerial Permanente de Armas y Explosivos (CIPAE) realmente lo que viene a decir es no existe ninguna disposición estatal que autorice a las PL´s para la adquisición, tenencia y utilización de armas de fuego distintas del arma corta, o de otros medios defensivos.
. . . esta es la realidad, si bien el catálogo del armamento a emplear por los Cuerpos de Policía Local ha de guardar la pertinente proporción con respecto a las funciones que, a nivel competencial, corresponden a dichos Cuerpos. En relación con esto, los funcionarios de los mismos habrán de disponer de una habilitación adicional para su manejo concedida por esa Comunidad Autónoma. especialmente cuando se trate de tipos de armas excepcionales dentro de las que son de dotación reglamentaria.
. . . por lo tanto, si ha de ser la Comunidad Autónoma la que la que ha de conceder la habilitación adicional para la utilización de armas distintas a las de dotación reglamentaria, pero bajo criterios de proporcionalidad respecto de las funciones a realizar a nivel competencial . . . lo que nos lleva de nuevo a la decisión política de asumir que la utilización de este tipo de armas guarda proporción con nuestras funciones dentro de nuestro ámbito de competencias, esto, me lleva de nuevo a pensar lo que ya he dicho en otras ocasiones con respecto a las UCES, hay una ley orgánica que regula el derecho de reunión, en ese sentido el político, como ya ha hecho, nos negará siempre que el no hacerlo le coloque en una situación incomoda, de hecho ya sabéis que aquí siempre se ha negado que exista una unidad de antidisturbios con material antidisturbios, por lo tanto, en la cuestión relativa a las armas largas creo que nos podemos ver en la misma situación, que le político que es quien, a fin y al cabo, ha de tomar la decisión de dar las correspondientes autorizaciones adicionales para el uso de las armas largas por parte de las PL´s no lo haga porque su decisiones se basan en criterios políticos, que en la mayoría de los casos no coinciden con los criterios operativos . . .