Hola mi nombre es javier Serrano, soy Policía local desde hace 10 a?os, hago esta carta después de mucho tiempo, solo con la intención de contar lo que estamos viviendo mi familia y yo, he visto en foros y hablado con compa?eros que, dicen: siendo tantos a?os de condena 27 y habiendo pasado tanto tiempo tiene que haber algo mas, les cuesta creer que mi hermano solo hizo lo que el creyó ajustado a la ley . Doy mi palabra de honor, todo lo que aquí vais a leer es cierto y estoy dispuesto a verme o hablar con quien tenga alguna duda, para ensa?arle toda la documentación pertinente.
Era martes a las 21:00aprox de un 7 de noviembre del 1997
. Mi hermano fernando ( comercial de profesión ), se encontró con mi hermano , José Antonio (al que hacia días que no veía),le dijo que iba a ver un cliente y le comento que si lo acompa?aba, así de paso charlaban un poco y así hicieron fueron a ver a este cliente de fernando, que tiene un local en el puerto olímpico de Barcelona, la visita fue rápida, era pronto y pasaron a charlar a otro local que vieron, prácticamente vació, pensaron que estarían tranquilos y podrían hablar, este local se llama LA TERRASSA DEL PORT.
Bien no entrare en detalles, empieza una pelea entre jose, fernando y un grupo que entro después de unos 12 entre ellos 5 chicas, jose se identifica como policía, el encargado del local manifestó en el juicio: YO LLAME A LA POLICIA, PORQUE ESE SE?OR (SE?ALA A JOSE) GRITAVA QUE ERA POLICIA Y ME DIJO QUE LO HICIERA . Nada logro calmar los ánimos, nada se echaron sobre ellos, jose callo al suelo y se le salio de la funda interior su arma reglamentaria ( todos los policías sabéis cual es el arma reglamentaria del CNP , un arma pesada y casi toda ella de hierro, en fin pesa y es contundente)
Jose al verlo intenta cogerla, pero ellos también la ven, e intentan quitársela, algunos gritaban una pistola, pero otros le pegaban, le pisaron la mano rompiéndole un dedo, al final recoge la pistola y ayudado por fernando , un compa?ero que pasaba por fuera y el portero del local, consigue levantarse defenderse y detener a 3 de los jóvenes, el patrulla tarda en llegar al citado bar entre 7 y 10 minutos, mi hermano se identifica, comunica los hechos verbalmente y el patrulla se lleva a los 3 detenidos.
Van a curarse y al llegar comisaría, los 3 detenidos están reunidos con el resto de sus amigos charrando en un corro donde se encuentra al menos 2 mas de los que participan en la pelea, jose habla con el jefe se servicio, se les comunica a esos 5 jóvenes que están detenidos, les toma declaración, les le sus derechos, y a las 3 horas todos lo jóvenes están puestos en libertad.
Javier Serrano.
Bueno vamos a entrar para que todo se pueda opinar mejor....
En la Villa de Madrid, a veintinueve de Marzo de dos mil seis.
En los recursos de casación por Infracción de Ley y Quebrantamiento de Forma que ante Nos penden, interpuestos por las representaciones de Juan Ignacio y Jose Pablo, contra la sentencia dictada por la Audiencia Provincial de Barcelona, Sección VII, por delitos de detención ilegal, lesiones y amenazas, los componentes de la Sala Segunda del Tribunal Supremo que arriba se expresan, se han constituido para la Votación y Fallo bajo la Presidencia del primero de los indicados y Ponencia del Excmo. Sr. D. JOAQUÍN GIMÉNEZ GARCÍA, siendo también parte el Ministerio Fiscal y estando dichos recurrentes representados por los Procuradores Sr. Granados Bravo y Sra. Martín Cantón.
ANTECEDENTES
Primero.- El Juzgado de Instrucción n? 8 de Barcelona, incoó Diligencias Previas n? 4141/97 , seguido por delitos de detención ilegal, lesiones y amenazas, contra Juan Ignacio y Jose Pablo, y una vez concluso lo remitió a la Audiencia Provincial de Barcelona, Sección VII, que con fecha 20 de Octubre de 2004 dictó sentencia que contiene los siguientes HECHOS PROBADOS:
"ÚNICO.-
Son hechos probados, y así se declara, que sobre la 1,00 horas del día 7 de noviembre de 1997, los acusados Juan Ignacio, funcionario del CNP que se hallaba fuera de servicio, y su hermano Jose Pablo, ambos mayores de edad y carentes de antecedentes penales, se encontraban tomando unas copas en la "Terrassa del Port", sita en el Puerto Olímpico de Barcelona. En un momento dado, el acusado Juan Ignacio entabló conversación con unos jóvenes que se hallaban en la barra del establecimiento celebrando el cumplea?os de dos de ellos, observando uno de estos jóvenes, Pedro Miguel, que el acusado Juan Ignacio llevaba puesto un sombrero de paja, y dada la situación de aparente cordialidad que se había establecido entre dicho acusado y sus amigos, procedió bromeando a quitarle a Juan Ignacio el sombrero, momento en que el acusado Jose Pablo agarró a Pedro Miguel por el cuello y procedió a asestarle un pu?etazo en la cara. Al observar esto, Agustín, amigo de Pedro Miguel, acudió en defensa de este último, siendo golpeado igualmente, esta vez por el acusado Juan Ignacio. Seguidamente, el acusado Juan Ignacio sacó una pistola que poseía por su profesión de Policía, y comenzó a apuntar con ella a todos los que allí se encontraban, golpeando con ella y con sus manos, a Luis Angel al que impactó con la culata en la cabeza, causándole una herida abierta en cuero cabelludo, a la par que Juan Manuel recibió un golpe en la oreja que le fue propinado con un vaso por Jose Pablo.- Asímismo, fue golpeado reiteradamente en la cabeza a Eloy por el acusado Juan Ignacio, a quien auxiliaba su hermano Jose Pablo, que lo sujetaba, mientras aquél utilizaba la pistola que esgrimía para propinar los golpes. Al acercarse, Carolina a auxiliar a sus amigos, el acusado Jose Pablo le propinó un fuerte empujón, que la hizo caer al suelo.- Ante el tumulto que se formó, el local comenzó a desalojarse, saliendo los jóvenes al exterior del establecimiento. Los dos acusados salieron tras ellos a la carrera, siempre portando el arma el acusado Juan Ignacio.- En las inmediaciones del local, el acusado Jose Pablo alcanzó a Jaime y comenzó a golpearle repetidamente, mientras su hermano Juan Ignacio hacía lo propio con Isidro, a quien asestó varias patadas y empujó contra las macetas de una terraza.- Acto seguido, ambos acusados comenzaron a perseguir a Pedro Miguel a la carrera, logrando acorralarle en la terraza de otro local donde, mientras Jose Pablo le sujetaba por el cuello, Juan Ignacio procedía a golpearle con la culata de la pistola en la cabeza, asestándole además pu?etazos y patadas, llegando a tirarle al suelo donde, colocándole la pistola en la frente le dijo: "perro, te voy a matar". Al acercarse a ellos Estíbaliz, novia de Pedro Miguel para impedir que siguieran golpeándole, Jose Pablo propinó a la joven un pu?etazo en el pecho haciéndola caer al suelo. Igualmente, se acercó a los acusados Eloy para defender a Pedro Miguel, procediendo Juan Ignacio a golpearle en la cabeza y en la espalda con la culata de la pistola.- Tras esto, ambos acusados cogieron a Pedro Miguel y lo introdujeron de nuevo en el interior de la "Terrassa del Port", que se hallaba vacía. Ya dentro del local, lo colocaron en una reservada ajena a la visión del resto, donde ambos acusados le obligaron a arrastrarse a gatas hasta la pared, donde siguieron golpeando a Gerard, asestándole Jose Pablo patadas por todo el cuerpo mientras se hallaba en el suelo, y dejándolo allí previa orden de que no levantara la cabeza del suelo.- Mientras tanto, el otro acusado, Juan Ignacio, salió al exterior del local y obligó a entrar en él a dos amigos de Pedro Miguel, Agustín y Juan Manuel, a los que ambos acusados hicieron objeto de todo tipo de golpes y patadas, además de humillaciones mediante frases del tipo "poneros como perros, que es lo que sois", saliendo entonces del recodo el acusado Juan Ignacio con una placa de policía colgando del cuello, sin que hasta ese momento hubiera hecho mención expresa o tácita a que ostentara tan condición.- Breves instantes después llegó al lugar de los hechos una dotación policial, a la cual, Juan Ignacio, tras identificarse como policía, indicó, con conocimiento de que no existía causa legal para ello, que esos tres jóvenes estaban detenidos por un enfrentamiento que habían tenido con él, y que los trasladaran a Comisaría. Una vez esposados, la dotación policial llevó a los tres muchachos al centro médico "Pere Camps" donde fueron atendidos por las heridas y golpes que presentaban, siendo seguidamente trasladados a la Comisaría. Ya en las dependencias policiales, hallándose en el vestíbulo Pedro MiguelAgustínJuan Manuel, y el resto de su grupo de amigos a la espera de denunciar los hechos, llegaron los dos acusados. Al ver a los jóvenes, el acusado Juan Ignacio manifestó: "?qué hacen estos aquí?, ?no he dicho yo que estaban detenidos?, preguntando después a los presentes que cuántos de ellos llevaban parte médico, alzando varios la mano, y siendo todos ellos, en concreto a Agustín, Pedro Miguel, Juan Manuel, Eloy y Estíbaliz, se?alados por el acusado Juan Ignacio, quien indicó a los agentes de la Comisaría, constándole también la falta de causa legal para ello, que esos cinco estaban detenidos. El propio acusado les hizo entonces la información de derechos en la Comisaría y dispuso lo necesario para que se les tomara declaración.- Más tarde, a las 12,00 horas del día de los hechos, el Instructor del caso, a la vista del contenido del atestado levantado a raíz de las cinco detenciones y atendidas las declaraciones de los jóvenes, su correcto comportamiento y las circunstancias de los hechos, decidió la puesta en libertad de los cinco muchachos detenidos.- A consecuencia de la actuación de los acusados, resultaron heridas las siguientes personas: - Pedro Miguel, que sufrió lesiones consistentes en hematomas en ambos ojos, contusiones y erosiones varias, heridas en pómulo izquierdo y en región frontal que tardaron en curar quince días, habiendo precisado de tratamiento y sutura para su curación y restando, como secuelas, una cicatriz de dos centímetros en la región frontal y otra de un centímetro en la región molar izquierda.- Luis Angel, que sufrió lesiones consistentes en una herida en el cuero cabelludo, que requirió sutura para su curación, la cual se prolongó durante diez días.- Isidro sufrió una contusión en el tobillo izquierdo, que requirió de una sola asistencia facultativa para su curación, la cual se prolongó durante diez días.- Jaime, sufrió una contusión costal que tardó en curar siete días, con una primera asistencia facultativa.- Juan Manuel sufrió contusiones varias, que requirieron para su curación de una primera asistencia facultativa y tardaron siete días en sanar.- Eloy sufrió una herida en cuero cabelludo, habiendo estado 10 días incapacitado para sus ocupaciones habituales y requiriendo de sutura para su curación.- Estíbaliz sufrió contusiones varias que tardaron en curar dos días, con una única asistencia.- Agustín sufrió contusiones varias que tardaron en curar tres días con una única asistencia, y - Carolina, que sufrió una contusión en la rodilla izquierda que tardó en curar tres días, habiendo requerido de una sola asistencia facultativa". (sic)
Saludos y paz.