Autor Tema: Indulto: otro caso más  (Leído 132886 veces)

Desconectado cazaor

  • Profesional
  • Chamán
  • **
  • Mensajes: 10895
Re:Indulto: otro caso más
« Respuesta #500 en: 08 de Junio de 2009, 23:02:22 pm »
Luego algunos dicen que tenemos mania persecutoria y que las leyes nos tratan con equidad y justicia, y una mierda, aun que fuera verdad lo de la detención ilegal y una mierda.


Un saludo.
Es que también en la Audiencia Provincial de Barcelona tienen especial cari?o a las FCS... ;fum;
TO MENTIRA, TO POLÍTICA...

¿Mi nena? ¡bonica del tó!... :vergo

pacodeasis

  • Visitante
Re:Indulto: otro caso más
« Respuesta #501 en: 08 de Junio de 2009, 23:05:24 pm »
Si pero la pena es totalmente desproporcionada, aunque fuera verdad lo que cuenten la otra parte, y esas penas vienen en el CP.

Un saludo.

Desconectado murcielago.1

  • Profesional
  • Experto I
  • **
  • Mensajes: 3134
Re:Indulto: otro caso más
« Respuesta #502 en: 08 de Junio de 2009, 23:08:18 pm »
Es que MANDA HUEVOS como dice TRILLO, yo he pasado por una injusticia similiar y tengo dos compa?eros despedidos de empleo y sueldo 8 a?os y tres de prision por.........ya lo he contado aqui, por lo menos no estan en prision a la espera del ansiado indulto, una cosa que hicieron ellos fue contactar con empresas, iglesias, asociaciones de vecinos, asociaciones de inmigrantes.....y consiguieron mucho veremos si al final son de utlidad.

pacodeasis

  • Visitante
Re:Indulto: otro caso más
« Respuesta #503 en: 08 de Junio de 2009, 23:10:13 pm »
Naaaa, todo mentira, no tenemos razones para preocuparnos.


Un saludo.

Conectado 47ronin

  • Administrador
  • Tyranosaurius Rex
  • ****
  • Mensajes: 224363
Re:Indulto: otro caso más
« Respuesta #504 en: 08 de Junio de 2009, 23:15:07 pm »
El caso, una vez conozcamos de sus pormenores, nos ha de hacer reflexionar sobre bares, placas, reyertas y traslados.

Desconectado PeInG

  • Profesional
  • Chamán
  • **
  • Mensajes: 12214
  • To serve me and protect me.
Re:Indulto: otro caso más
« Respuesta #505 en: 08 de Junio de 2009, 23:57:59 pm »
El caso, una vez conozcamos de sus pormenores, nos ha de hacer reflexionar sobre bares, placas, reyertas y traslados.

Por mí todos los pormenores están conocidos, con dos mensajes leídos de personas implicadas directa o indirectamente.

Sobre la discusión que planteas creo que ni es necesaria, todos sabemos lo mal que sienta a los jueces que actuemos como policías cuando la cosa va contra nosotros.
Old school Hollywood baseball...

Conectado 47ronin

  • Administrador
  • Tyranosaurius Rex
  • ****
  • Mensajes: 224363
Re:Indulto: otro caso más
« Respuesta #506 en: 09 de Junio de 2009, 00:18:33 am »
Nop... cada caso por separado.

Desconectado mustiki

  • Profesional
  • Druida
  • **
  • Mensajes: 9945
  • Me levanto y ataco.....
Re:Indulto: otro caso más
« Respuesta #507 en: 09 de Junio de 2009, 07:28:27 am »
Condenado a 32 a?os de cárcel un policía que protagonizó altercados en el Port Olímpic
Barcelona. (EFE).- 15/12/2004

Cometió tres delitos de lesiones, un delito de amenazas y cinco detenciones ilegales una fiesta de cumplea?os en noviembre de 1997

La Audiencia de Barcelona ha condenado a 32 a?os de cárcel a José Antonio Serrano, el policía nacional que protagonizó, pistola en mano, diversas agresiones y detenciones entre un grupo de jóvenes que celebraban una fiesta de cumplea?os en un bar del Port Olímpic en noviembre de 1997.

La Sección Séptima de la Audiencia de Barcelona ha condenado al policía al considerar que la noche de autos, en la que no estaba de servicio, cometió tres delitos de lesiones, un delito de amenazas y cinco detenciones ilegales.

Fernando Serrano, hermano de José Antonio, que no pertenece al Cuerpo de Policía y que ayudó a agredir y a detener a los chicos, deberá cumplir otros cuatro a?os de prisión por dos delitos de lesiones.

Los hechos ocurrieron durante la madrugada del 7 de noviembre de 1997 en la Terrassa del Port, un bar donde coincidieron ambos acusados y un grupo de unos quince jóvenes que celebraba animadamente el cumplea?os de dos de ellos.

La broma de uno de los chicos, quien le quitó al policía un sombrero de paja que había obtenido a cambio de unas consumiciones, desembocó en una espiral de violencia por parte de los hermanos Serrano.

Fernando golpeó al primer joven, José Antonio sacó su pistola y, a partir de ahí, cundió el pánico. Los clientes del local empezaron a correr despavoridos y los acusados salieron del pub a la caza de los chicos.

A muchos de ellos los golpearon, a otros los insultaron, amenazado de muerte o humillaron, a alguno hasta lo enca?onaron con el arma y tres jóvenes incluso fueron retenidos en un reservado del bar y obligados a caminar a gatas "como perros", mientras recibían patadas y pu?etazos.

El altercado acabó con nueve chicos lesionados (pómulos y cejas abiertos, policontusiones, heridas incisas en el cráneo ... ) y cinco de ellos detenidos por el propio acusado, quien se valió de una patrulla de la policía para arrestarlos y llevarlos a comisaría.

José Antonio y su hermano Fernando sostienen que el grupo estaba formado por jóvenes de estética 'skin', que el primero se identificó como policía desde el primer momento y que no desenfundó el arma, sino que se le cayó durante unos segundos y finalmente logró guardarla.

Ambos acusados explicaron que sólo intentaron defenderse de un ataque multitudinario y que durante esas detenciones no golpearon ni vejaron a nadie, sino que simplemente les pidieron la documentación.

Durante el juicio, numerosos testigos (incluidos camareras, pinchadiscos y diversos clientes) negaron la versión de los acusados. Nadie se identificó como policía y los jóvenes ni eran 'skins' ni se abalanzaron sobre José Antonio y su hermano, sino que más bien corrieron despavoridos.

El tribunal cree la versión "clara, contundente y sin fisuras" de los agredidos y otros numerosos testigos cuyo relato coincide con el de aquellos.

Sin embargo, duda de la credibilidad de los dos testigos aportados por la defensa: el de un portero del local que ha resultado ser conocido de los acusados y el de otro policía, que declaró estar tomando una copa en la zona, haber visto por casualidad la agresión de los chicos y haber ayudado a su compa?ero a zafarse de sus agresores, para después desaparecer de la escena sin dejar rastro.

Por este motivo, la sala ha acordado tomar declaración a estas dos personas e investigar si han podido incurrir en un delito de falso testimonio.

Jose Antonio y Fernando Serrano, que también ha sido inhabilitado para el ejercicio de su profesión durante diez a?os, deberán indemnizar a catorce jóvenes con más de 17.000 euros por las lesiones y da?os morales causados.

La Dirección General de Policía, que ya abrió a José Antonio un expediente de información reservada por estos hechos y que finalmente fue archivada, ha sido declarada responsable civil subsidiaria.
Libertad consiste en decir lo que los demas no quieren oir.

Desconectado mustiki

  • Profesional
  • Druida
  • **
  • Mensajes: 9945
  • Me levanto y ataco.....
Re:Indulto: otro caso más
« Respuesta #508 en: 09 de Junio de 2009, 07:44:58 am »


Hola mi nombre es javier Serrano, soy Policía local desde hace 10 a?os, hago esta carta después de mucho tiempo, solo con la intención de contar lo que estamos viviendo mi familia y yo, he visto en foros y hablado con compa?eros que,  dicen: siendo tantos a?os de condena 27 y habiendo pasado tanto tiempo tiene que haber algo mas, les cuesta creer que mi  hermano solo hizo lo que el creyó ajustado a la ley . Doy mi palabra de honor, todo lo que aquí vais a leer es cierto y estoy dispuesto a verme o hablar con quien tenga alguna duda, para ensa?arle toda la documentación pertinente.

Era martes a las  21:00aprox de un 7 de noviembre del 1997
. Mi   hermano fernando ( comercial de profesión ), se encontró con mi hermano , José Antonio (al que hacia días que no veía),le dijo que iba a ver un cliente y le comento que si lo acompa?aba, así de paso charlaban un poco y así hicieron fueron a ver a este cliente de fernando, que tiene un local en el puerto olímpico de Barcelona, la visita fue rápida, era pronto y pasaron a charlar a otro local que vieron, prácticamente vació, pensaron que estarían tranquilos y podrían hablar, este local se llama  LA TERRASSA DEL PORT.

Bien no entrare en detalles, empieza una pelea entre jose, fernando y un grupo que entro después de unos 12  entre ellos 5 chicas, jose se identifica como policía, el encargado del local manifestó en el juicio: YO LLAME A LA POLICIA, PORQUE ESE SE?OR (SE?ALA A JOSE) GRITAVA QUE ERA POLICIA Y ME DIJO QUE LO HICIERA . Nada logro calmar los ánimos, nada se echaron sobre ellos, jose callo al suelo y se le salio de la funda interior su arma reglamentaria ( todos los policías sabéis cual es el arma reglamentaria del CNP , un arma pesada y casi toda ella de hierro, en fin pesa y es contundente)
Jose al verlo intenta cogerla, pero ellos también la ven, e intentan quitársela, algunos gritaban una pistola, pero otros le pegaban, le pisaron la mano rompiéndole un dedo, al final recoge la pistola y ayudado por fernando , un compa?ero que pasaba por fuera y el portero del local, consigue levantarse defenderse y detener a 3 de los jóvenes, el patrulla tarda en llegar al citado bar entre 7 y 10 minutos, mi hermano se identifica, comunica los hechos  verbalmente y el patrulla se lleva a los 3 detenidos.

Van a curarse y al llegar comisaría, los 3 detenidos están reunidos con el resto de sus amigos charrando en un  corro donde se encuentra al menos 2 mas de los que participan en la pelea, jose habla con el jefe se servicio, se les comunica a esos 5 jóvenes que están detenidos, les toma declaración, les le sus derechos, y a las 3 horas todos lo jóvenes están puestos en libertad.

Javier Serrano.



Bueno vamos a entrar para que todo se pueda opinar mejor....

En la Villa de Madrid, a veintinueve de Marzo de dos mil seis.

En los recursos de casación por Infracción de Ley y Quebrantamiento de Forma que ante Nos penden, interpuestos por las representaciones de Juan Ignacio y Jose Pablo, contra la sentencia dictada por la Audiencia Provincial de Barcelona, Sección VII, por delitos de detención ilegal, lesiones y amenazas, los componentes de la Sala Segunda del Tribunal Supremo que arriba se expresan, se han constituido para la Votación y Fallo bajo la Presidencia del primero de los indicados y Ponencia del Excmo. Sr. D. JOAQUÍN GIMÉNEZ GARCÍA, siendo también parte el Ministerio Fiscal y estando dichos recurrentes representados por los Procuradores Sr. Granados Bravo y Sra. Martín Cantón.
ANTECEDENTES

Primero.- El Juzgado de Instrucción n? 8 de Barcelona, incoó Diligencias Previas n? 4141/97 , seguido por delitos de detención ilegal, lesiones y amenazas, contra Juan Ignacio y Jose Pablo, y una vez concluso lo remitió a la Audiencia Provincial de Barcelona, Sección VII, que con fecha 20 de Octubre de 2004 dictó sentencia que contiene los siguientes HECHOS PROBADOS:

"ÚNICO.- Son hechos probados, y así se declara, que sobre la 1,00 horas del día 7 de noviembre de 1997, los acusados Juan Ignacio, funcionario del CNP que se hallaba fuera de servicio, y su hermano Jose Pablo, ambos mayores de edad y carentes de antecedentes penales, se encontraban tomando unas copas en la "Terrassa del Port", sita en el Puerto Olímpico de Barcelona. En un momento dado, el acusado Juan Ignacio entabló conversación con unos jóvenes que se hallaban en la barra del establecimiento celebrando el cumplea?os de dos de ellos, observando uno de estos jóvenes, Pedro Miguel, que el acusado Juan Ignacio llevaba puesto un sombrero de paja, y dada la situación de aparente cordialidad que se había establecido entre dicho acusado y sus amigos, procedió bromeando a quitarle a Juan Ignacio el sombrero, momento en que el acusado Jose Pablo agarró a Pedro Miguel por el cuello y procedió a asestarle un pu?etazo en la cara. Al observar esto, Agustín, amigo de Pedro Miguel, acudió en defensa de este último, siendo golpeado igualmente, esta vez por el acusado Juan Ignacio. Seguidamente, el acusado Juan Ignacio sacó una pistola que poseía por su profesión de Policía, y comenzó a apuntar con ella a todos los que allí se encontraban, golpeando con ella y con sus manos, a Luis Angel al que impactó con la culata en la cabeza, causándole una herida abierta en cuero cabelludo, a la par que Juan Manuel recibió un golpe en la oreja que le fue propinado con un vaso por Jose Pablo.- Asímismo, fue golpeado reiteradamente en la cabeza a Eloy por el acusado Juan Ignacio, a quien auxiliaba su hermano Jose Pablo, que lo sujetaba, mientras aquél utilizaba la pistola que esgrimía para propinar los golpes. Al acercarse, Carolina a auxiliar a sus amigos, el acusado Jose Pablo le propinó un fuerte empujón, que la hizo caer al suelo.- Ante el tumulto que se formó, el local comenzó a desalojarse, saliendo los jóvenes al exterior del establecimiento. Los dos acusados salieron tras ellos a la carrera, siempre portando el arma el acusado Juan Ignacio.- En las inmediaciones del local, el acusado Jose Pablo alcanzó a Jaime y comenzó a golpearle repetidamente, mientras su hermano Juan Ignacio hacía lo propio con Isidro, a quien asestó varias patadas y empujó contra las macetas de una terraza.- Acto seguido, ambos acusados comenzaron a perseguir a Pedro Miguel a la carrera, logrando acorralarle en la terraza de otro local donde, mientras Jose Pablo le sujetaba por el cuello, Juan Ignacio procedía a golpearle con la culata de la pistola en la cabeza, asestándole además pu?etazos y patadas, llegando a tirarle al suelo donde, colocándole la pistola en la frente le dijo: "perro, te voy a matar". Al acercarse a ellos Estíbaliz, novia de Pedro Miguel para impedir que siguieran golpeándole, Jose Pablo propinó a la joven un pu?etazo en el pecho haciéndola caer al suelo. Igualmente, se acercó a los acusados Eloy para defender a Pedro Miguel, procediendo Juan Ignacio a golpearle en la cabeza y en la espalda con la culata de la pistola.- Tras esto, ambos acusados cogieron a Pedro Miguel y lo introdujeron de nuevo en el interior de la "Terrassa del Port", que se hallaba vacía. Ya dentro del local, lo colocaron en una reservada ajena a la visión del resto, donde ambos acusados le obligaron a arrastrarse a gatas hasta la pared, donde siguieron golpeando a Gerard, asestándole Jose Pablo patadas por todo el cuerpo mientras se hallaba en el suelo, y dejándolo allí previa orden de que no levantara la cabeza del suelo.- Mientras tanto, el otro acusado, Juan Ignacio, salió al exterior del local y obligó a entrar en él a dos amigos de Pedro Miguel, Agustín y Juan Manuel, a los que ambos acusados hicieron objeto de todo tipo de golpes y patadas, además de humillaciones mediante frases del tipo "poneros como perros, que es lo que sois", saliendo entonces del recodo el acusado Juan Ignacio con una placa de policía colgando del cuello, sin que hasta ese momento hubiera hecho mención expresa o tácita a que ostentara tan condición.- Breves instantes después llegó al lugar de los hechos una dotación policial, a la cual, Juan Ignacio, tras identificarse como policía, indicó, con conocimiento de que no existía causa legal para ello, que esos tres jóvenes estaban detenidos por un enfrentamiento que habían tenido con él, y que los trasladaran a Comisaría. Una vez esposados, la dotación policial llevó a los tres muchachos al centro médico "Pere Camps" donde fueron atendidos por las heridas y golpes que presentaban, siendo seguidamente trasladados a la Comisaría. Ya en las dependencias policiales, hallándose en el vestíbulo Pedro MiguelAgustínJuan Manuel, y el resto de su grupo de amigos a la espera de denunciar los hechos, llegaron los dos acusados. Al ver a los jóvenes, el acusado Juan Ignacio manifestó: "?qué hacen estos aquí?, ?no he dicho yo que estaban detenidos?, preguntando después a los presentes que cuántos de ellos llevaban parte médico, alzando varios la mano, y siendo todos ellos, en concreto a Agustín, Pedro Miguel, Juan Manuel, Eloy y Estíbaliz, se?alados por el acusado Juan Ignacio, quien indicó a los agentes de la Comisaría, constándole también la falta de causa legal para ello, que esos cinco estaban detenidos. El propio acusado les hizo entonces la información de derechos en la Comisaría y dispuso lo necesario para que se les tomara declaración.- Más tarde, a las 12,00 horas del día de los hechos, el Instructor del caso, a la vista del contenido del atestado levantado a raíz de las cinco detenciones y atendidas las declaraciones de los jóvenes, su correcto comportamiento y las circunstancias de los hechos, decidió la puesta en libertad de los cinco muchachos detenidos.- A consecuencia de la actuación de los acusados, resultaron heridas las siguientes personas: - Pedro Miguel, que sufrió lesiones consistentes en hematomas en ambos ojos, contusiones y erosiones varias, heridas en pómulo izquierdo y en región frontal que tardaron en curar quince días, habiendo precisado de tratamiento y sutura para su curación y restando, como secuelas, una cicatriz de dos centímetros en la región frontal y otra de un centímetro en la región molar izquierda.- Luis Angel, que sufrió lesiones consistentes en una herida en el cuero cabelludo, que requirió sutura para su curación, la cual se prolongó durante diez días.- Isidro sufrió una contusión en el tobillo izquierdo, que requirió de una sola asistencia facultativa para su curación, la cual se prolongó durante diez días.- Jaime, sufrió una contusión costal que tardó en curar siete días, con una primera asistencia facultativa.- Juan Manuel sufrió contusiones varias, que requirieron para su curación de una primera asistencia facultativa y tardaron siete días en sanar.- Eloy sufrió una herida en cuero cabelludo, habiendo estado 10 días incapacitado para sus ocupaciones habituales y requiriendo de sutura para su curación.- Estíbaliz sufrió contusiones varias que tardaron en curar dos días, con una única asistencia.- Agustín sufrió contusiones varias que tardaron en curar tres días con una única asistencia, y - Carolina, que sufrió una contusión en la rodilla izquierda que tardó en curar tres días, habiendo requerido de una sola asistencia facultativa". (sic)

Saludos y paz.
Libertad consiste en decir lo que los demas no quieren oir.

Desconectado Psico

  • Alevín
  • ******
  • Mensajes: 173
Re:Indulto: otro caso más
« Respuesta #509 en: 09 de Junio de 2009, 12:17:18 pm »
Puf! Pues hombre las versiones no coinciden mucho  no, y no con ello digo que la version  de la familia no sea cierta pero vamos la cosa pinta mal desde el momento en que aparte de los detenidos al parecer la gente que estaba alli confirma la version de estos, que por otro lado para variar no cero que confirmaran la del policia y que no obstantye la pena impuesta tiene su aquel. Ya podian aplicar esa rigidez en otros casos.
Saludos

Desconectado mustiki

  • Profesional
  • Druida
  • **
  • Mensajes: 9945
  • Me levanto y ataco.....
Re:Indulto: otro caso más
« Respuesta #510 en: 09 de Junio de 2009, 12:57:52 pm »
Y en el caso de que se concediera el derecho de gracia total a este funcionario......que pasaria con esta resolucion, perderia su validez??

Miércoles 17 diciembre 2008 BOE núm. 303

20403 RESOLUCIÓN de 27 de noviembre de 2008, de la Secretaría de Estado de Seguridad, por la que se declara la pérdida de la condición de funcionario del Policía del Cuerpo Nacional de Policía don José Antonio Serrano Balaguer. La Sala de lo Penal del Tribunal Supremo, en Sentencia número 394/2006, de fecha 29 de marzo de 2006, dictada en resolución del recurso de casación interpuesto contra otra de la Audiencia Provincial de Barcelona, Sección septima, de fecha 20 de octubre de 2004, recaída en causa: Rollo 33/2002, condenó al Policía del Cuerpo Nacional de Policía don José Antonio Serrano Balaguer, con número de D.N.I., 40.986.066, actualmente en situación administrativa de excedencia voluntaria, como autor, entre otros, de cinco delitos de detención ilegal, a las penas de cuatro a?os de prisión por cada uno de ellos, con un máximo de cumplimiento de doce a?os de prisión e inhabilitación absoluta por tiempo de diez a?os.
Como quiera que, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 63.e) y 66 del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por la Ley 7/2007, de 12 de abril, ?la pena principal o accesoria de inhabilitación absoluta cuando hubiere adquirido firmeza la sentencia que la imponga produce la pérdida de la condición de funcionario respecto a todos los empleos o cargos que tuviere?.
Esta Secretaría de Estado dispone declarar la pérdida de la condición de funcionario de don José Antonio Serrano Balaguer, Policía del Cuerpo Nacional de Policía, así como la incapacidad de obtenerla durante diez a?os.
Madrid, 27 de noviembre de 2008.?El Secretario de Estado de Seguridad, Antonio Camacho Vizcaíno.

Saludos y paz.
Libertad consiste en decir lo que los demas no quieren oir.

Desconectado Heracles_Pontor

  • Moderador
  • Tyranosaurius Rex
  • ***
  • Mensajes: 51310
  • Verbum Víncet.
Re:Indulto: otro caso más
« Respuesta #511 en: 09 de Junio de 2009, 13:35:36 pm »
Y en el caso de que se concediera el derecho de gracia total a este funcionario......que pasaria con esta resolucion, perderia su validez??

Miércoles 17 diciembre 2008 BOE núm. 303

20403 RESOLUCIÓN de 27 de noviembre de 2008, de la Secretaría de Estado de Seguridad, por la que se declara la pérdida de la condición de funcionario del Policía del Cuerpo Nacional de Policía don José Antonio Serrano Balaguer. La Sala de lo Penal del Tribunal Supremo, en Sentencia número 394/2006, de fecha 29 de marzo de 2006, dictada en resolución del recurso de casación interpuesto contra otra de la Audiencia Provincial de Barcelona, Sección septima, de fecha 20 de octubre de 2004, recaída en causa: Rollo 33/2002, condenó al Policía del Cuerpo Nacional de Policía don José Antonio Serrano Balaguer, con número de D.N.I., 40.986.066, actualmente en situación administrativa de excedencia voluntaria, como autor, entre otros, de cinco delitos de detención ilegal, a las penas de cuatro a?os de prisión por cada uno de ellos, con un máximo de cumplimiento de doce a?os de prisión e inhabilitación absoluta por tiempo de diez a?os.
Como quiera que, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 63.e) y 66 del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por la Ley 7/2007, de 12 de abril, ?la pena principal o accesoria de inhabilitación absoluta cuando hubiere adquirido firmeza la sentencia que la imponga produce la pérdida de la condición de funcionario respecto a todos los empleos o cargos que tuviere?.
Esta Secretaría de Estado dispone declarar la pérdida de la condición de funcionario de don José Antonio Serrano Balaguer, Policía del Cuerpo Nacional de Policía, así como la incapacidad de obtenerla durante diez a?os.
Madrid, 27 de noviembre de 2008.?El Secretario de Estado de Seguridad, Antonio Camacho Vizcaíno.

Saludos y paz.


. . . el indulto puede ser total o parcial, depende de como se lo concedan, si se lo llegan a conceder, se encontrará en una situación u otra dependiendo de cuanto alcance el indulto de las condenas que tiene firmes . . .

"No hay hechos, sino interpretaciones" Nietzsche

Desconectado mustiki

  • Profesional
  • Druida
  • **
  • Mensajes: 9945
  • Me levanto y ataco.....
Re:Indulto: otro caso más
« Respuesta #512 en: 09 de Junio de 2009, 14:01:09 pm »
Y en el caso de que se concediera el derecho de gracia total a este funcionario......que pasaria con esta resolucion, perderia su validez??

Miércoles 17 diciembre 2008 BOE núm. 303

20403 RESOLUCIÓN de 27 de noviembre de 2008, de la Secretaría de Estado de Seguridad, por la que se declara la pérdida de la condición de funcionario del Policía del Cuerpo Nacional de Policía don José Antonio Serrano Balaguer. La Sala de lo Penal del Tribunal Supremo, en Sentencia número 394/2006, de fecha 29 de marzo de 2006, dictada en resolución del recurso de casación interpuesto contra otra de la Audiencia Provincial de Barcelona, Sección septima, de fecha 20 de octubre de 2004, recaída en causa: Rollo 33/2002, condenó al Policía del Cuerpo Nacional de Policía don José Antonio Serrano Balaguer, con número de D.N.I., 40.986.066, actualmente en situación administrativa de excedencia voluntaria, como autor, entre otros, de cinco delitos de detención ilegal, a las penas de cuatro a?os de prisión por cada uno de ellos, con un máximo de cumplimiento de doce a?os de prisión e inhabilitación absoluta por tiempo de diez a?os.
Como quiera que, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 63.e) y 66 del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por la Ley 7/2007, de 12 de abril, ?la pena principal o accesoria de inhabilitación absoluta cuando hubiere adquirido firmeza la sentencia que la imponga produce la pérdida de la condición de funcionario respecto a todos los empleos o cargos que tuviere?.
Esta Secretaría de Estado dispone declarar la pérdida de la condición de funcionario de don José Antonio Serrano Balaguer, Policía del Cuerpo Nacional de Policía, así como la incapacidad de obtenerla durante diez a?os.
Madrid, 27 de noviembre de 2008.?El Secretario de Estado de Seguridad, Antonio Camacho Vizcaíno.

Saludos y paz.


. . . el indulto puede ser total o parcial, depende de como se lo concedan, si se lo llegan a conceder, se encontrará en una situación u otra dependiendo de cuanto alcance el indulto de las condenas que tiene firmes . . .

Si eso es a lo que me refiero, al total. Se haria nula esa resolucion??

Saludos y paz.
Libertad consiste en decir lo que los demas no quieren oir.

Desconectado Heracles_Pontor

  • Moderador
  • Tyranosaurius Rex
  • ***
  • Mensajes: 51310
  • Verbum Víncet.
Re:Indulto: otro caso más
« Respuesta #513 en: 09 de Junio de 2009, 14:32:04 pm »
. . .  si el indulto es total, si.

"No hay hechos, sino interpretaciones" Nietzsche

Desconectado mustiki

  • Profesional
  • Druida
  • **
  • Mensajes: 9945
  • Me levanto y ataco.....
Re:Indulto: otro caso más
« Respuesta #514 en: 09 de Junio de 2009, 14:32:36 pm »
 :Ok
Libertad consiste en decir lo que los demas no quieren oir.

Desconectado PeInG

  • Profesional
  • Chamán
  • **
  • Mensajes: 12214
  • To serve me and protect me.
Re:Indulto: otro caso más
« Respuesta #515 en: 09 de Junio de 2009, 15:47:11 pm »
Y en el caso de que se concediera el derecho de gracia total a este funcionario......que pasaria con esta resolucion, perderia su validez??

Miércoles 17 diciembre 2008 BOE núm. 303

20403 RESOLUCIÓN de 27 de noviembre de 2008, de la Secretaría de Estado de Seguridad, por la que se declara la pérdida de la condición de funcionario del Policía del Cuerpo Nacional de Policía don José Antonio Serrano Balaguer. La Sala de lo Penal del Tribunal Supremo, en Sentencia número 394/2006, de fecha 29 de marzo de 2006, dictada en resolución del recurso de casación interpuesto contra otra de la Audiencia Provincial de Barcelona, Sección septima, de fecha 20 de octubre de 2004, recaída en causa: Rollo 33/2002, condenó al Policía del Cuerpo Nacional de Policía don José Antonio Serrano Balaguer, con número de D.N.I., 40.986.066, actualmente en situación administrativa de excedencia voluntaria, como autor, entre otros, de cinco delitos de detención ilegal, a las penas de cuatro a?os de prisión por cada uno de ellos, con un máximo de cumplimiento de doce a?os de prisión e inhabilitación absoluta por tiempo de diez a?os.
Como quiera que, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 63.e) y 66 del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por la Ley 7/2007, de 12 de abril, ?la pena principal o accesoria de inhabilitación absoluta cuando hubiere adquirido firmeza la sentencia que la imponga produce la pérdida de la condición de funcionario respecto a todos los empleos o cargos que tuviere?.
Esta Secretaría de Estado dispone declarar la pérdida de la condición de funcionario de don José Antonio Serrano Balaguer, Policía del Cuerpo Nacional de Policía, así como la incapacidad de obtenerla durante diez a?os.
Madrid, 27 de noviembre de 2008.?El Secretario de Estado de Seguridad, Antonio Camacho Vizcaíno.

Saludos y paz.


Imagino por tus palabras que no escribes "compa?ero" sino "funcionario" porque te posicionas claramente en una parte?
Old school Hollywood baseball...

Conectado 47ronin

  • Administrador
  • Tyranosaurius Rex
  • ****
  • Mensajes: 224363
Re:Indulto: otro caso más
« Respuesta #516 en: 09 de Junio de 2009, 18:32:03 pm »
Esa rese?a es un copia pega de la actuación administrativa que identifica a la persona como lo que es, un funcionario....y asi ha de recogerse en las resoluciones "pérdida de la condición de funcionario".

Desconectado PeInG

  • Profesional
  • Chamán
  • **
  • Mensajes: 12214
  • To serve me and protect me.
Re:Indulto: otro caso más
« Respuesta #517 en: 09 de Junio de 2009, 21:30:43 pm »
Esa rese?a es un copia pega de la actuación administrativa que identifica a la persona como lo que es, un funcionario....y asi ha de recogerse en las resoluciones "pérdida de la condición de funcionario".

He resaltado en negrita el comentario de mustiki, no el del BOE.
Old school Hollywood baseball...

Conectado 47ronin

  • Administrador
  • Tyranosaurius Rex
  • ****
  • Mensajes: 224363
Re:Indulto: otro caso más
« Respuesta #518 en: 09 de Junio de 2009, 23:12:02 pm »
Y te repito que no es un comentario sino la rese?a EXACTA del BOE.

http://www.boe.es/boe/dias/2008/12/17/pdfs/A50668-50668.pdf

Desconectado PeInG

  • Profesional
  • Chamán
  • **
  • Mensajes: 12214
  • To serve me and protect me.
Re:Indulto: otro caso más
« Respuesta #519 en: 09 de Junio de 2009, 23:20:26 pm »
Joder abuelo... En el mensaje de mustiki, él mismo resaltó en negrita el texto al que tú te estás refiriendo "pérdida de la condición de funcionario del Policía del Cuerpo Nacional de Policía don José Antonio Serrano Balaguer.". Posteriormente yo resalté en negrita "Y en el caso de que se concediera el derecho de gracia total a este funcionario......que pasaria con esta resolucion, perderia su validez??" primera frase de su mensaje y es a lo que me estoy refiriendo.

Súbete el sonotone  :cul
Old school Hollywood baseball...