Demandan a la Seguridad Social de Báñez por presuntas estafas en el pago de la jubilación
El demandante, un exmarino retirado, tiene la intención de llegar a la justicia europea. Denuncia el "robo" de los quince primeros días de pensión y un recorte arbitrario hasta 402,5 euros en la paga mensual; podría haber más casos
Joaquín Hernández
29.04.2018 - 05:15
Arturo Salas, marino vizcaíno ya retirado y ahora residente en Santander, ha demandado al Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) dependiente de la ministra de Trabajo y Seguridad Social, Fátima Báñez, por un presunta estafa en el pago de su jubilación.
La demanda de Salas, a la que ha tenido acceso Vozpópuli, denuncia el impago - o "robo" en palabras del demandante - de los primeros quince días de su jubilación y una disminución "sin respaldo legal" de la base reguladora de la pensión, reduciéndola en hasta un 15%.
La demanda ha sido admitida a trámite por la letrada María Ángeles Salvatierra, del juzgado de lo Social número dos de Cantabria, que se expedirá el doce de junio.
Incongruencias
Según explica el demandante, "por mi condición de marino me están aplicando una reducción de la edad de jubilación de 2 años y nueve meses. Si es así y dado que mi fecha de nacimiento es el 15 de septiembre de 1955, mi jubilación comenzaba el 15 de diciembre de 2017, y no el 1 de enero de 2018, como se establece en la resolución ahora impugnada".
La resolución de la Seguridad Social fija el pago el uno de enero aunque, llamativamente, está firmada el tres de enero, dos días después del propio pago. "Ellos mismos se contradicen y muestran incongruencias", incide Salas.
El "robo" de 15 días
El escrito del INSS reconoce que la solicitud de la jubilación se produjo el 10 de octubre de 2017 pero que el demandante, autónomo, comunicó su baja en el RETA el 31 de diciembre de 2017 .La misma resolución establece además que "se entenderá causada la jubilación el último día del mes en que se produce el cese en el trabajo, conforme al artículo 90 de la Orden Ministerial de 24-09-1970".
Salas, por contra, niega haber comunicado su baja al RETA, asegura que ese es un 'trámite' que la INSS realizó de oficio y que "se está utilizando para hacer trampas", y asegura que pagó su cotización hasta diciembre completo "porque no puedo pagar a mes partido, si no, me daban de baja de la Seguridad Social".
En la misma línea, explica que él llevaba ya dos años de baja laboral (y pagando a la vez sus cotizaciones) y 'recuerda' en su demanda que el mismo artículo 90 en el que se apoya la resolución del INSS establece que la pensión se entenderá causada: a) Para quienes se encuentren de alta, el día en que surta efectos la baja en el régimen especial como consecuencia en el cese en el trabajo; b) para quienes se encuentren en alguna de las situaciones asimiladas a la de alta, el último día del mes en que tenga lugar la presentación de la solicitud; y c) para quienes no se encuentren en alta ni en situación asimilada a la de alta,la pensión se entenderá causada el día de la presentación de la solicitud".
No he encontrado ningún resquicio legal que justifique que me roben quince días de pensión"
Según la demanda, en la resolución se ha tomado “el último día del mes en que se produce el cese en el trabajo”, en lugar de “el último día del mes en que tenga lugar la presentación de la solicitud”. Salas remarca que "de está forma se ahorran el pago de 15 días y además desacatan a sabiendas" la sentencia judicial por la que a él le corresponde la bonificación de la jubilación de dos años y nueve meses "y no de dos años y ocho meses y medio".
"No he encontrado ningún resquicio legal que justifique que me roben esos quince días", subraya el demandante, 'avisando' de que esto es algo que le puede estar pasando a muchos otros jubilados.
Reducción arbitraria de la base reguladora
La demanda asimismo esgrime que a Salas le corresponde un cálculo de su base reguladora basado en la legislación sobre autónomos, en concreto, el decreto 2530. Según los cálculos del demandante, que recoge "las bases de cotización que el propio INSS le ha aportado", a él le corresponderían 402,50 euros mensuales más de pensión que los establecidos por el INSS.
En su resolución, el INSS asegura que ha aplicado la disposición transitoria octava de la Ley o Régimen General de trabajadores en lugar del RETA. Sin embargo, Salas insiste en que incluso en ese caso, a él corresponde la aplicación del apartado tres de la disposición (y no el primero, como dice la INSS) y, por tanto, le corresponderían 193 euros más que los que le han asignado.
¿La punta del iceberg?
Desde la Asociación Nacional de Víctimas de los Profesionales del Estado de Derecho, de la que Salas es vocal, denuncian a Vozpópuli que conocen "otros casos casos similares" que no están a autorizados a denunciar, y advierten de que podría tratarse de una "manipulación informática intencionada y generalizada entre jubilados de toda España".
El propio Salas, por su parte, ha presentado un recurso de prejudicialidad para que el Tribunal de Justicia Europeo se expida sobre la legalidad del procedimiento aplicado a su caso antes que el Juzgado español porque “es altamente probable que el Juzgador reciba presiones administrativas o premios, que le lleven a actuar contra la legalidad”.
En este sentido, esgrime literalmente que su demanda es la punta del iceberg de "una trama organizada por Báñez para recortar pensiones", en la que la justicia española está siendo "cómplice" al haber permitido que, en el caso de los marinos mercantes, se calcule la pensión sin atención a la libreta marítima (el documento oficial en el que se recogen las actividades de los marinos mercantes), lo que ya hizo por ejemplo que Salas trabajara, según él, dos años más de los debidos.
El juzgado de lo Social número dos de Cantabria deberá ahora resolver si acepta el recurso y permite que Europa se expida o no, en cuyo caso Salas volverá a recurrir.