Encuesta

Como Policía ¿estaría deacuerdo en que los AM pasasen a ser PMM?

SI
16 (29.6%)
NO
10 (18.5%)
Solo al área de seguridad como AM
10 (18.5%)
Tienen que pasar una oposición como cualquier otro ciudadano.
18 (33.3%)

Total de votos: 52

Votación cerrada: 11 de Agosto de 2015, 15:09:22 pm

Autor Tema: Agentes de Movilidad.  (Leído 518984 veces)

Desconectado MIREYA

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Re: Agentes de Movilidad.
« Respuesta #2000 en: 02 de Marzo de 2010, 14:29:04 pm »
CONVENIO LABORAL 2010



VESTIMENTA :
 

Le sugerimos que venga vestido/a de acuerdo a su salario. Si le vemos calzando unos Martinelli o con un bolso Gucci , asumiremos que su situación económica es boyante, y por lo tanto no necesita un aumento de sueldo.
Si viste miserablemente, entenderemos que usted necesita aprender a administrarse mejor, para que así pueda comprar ropa de mejor calidad, y por lo tanto usted no necesita un aumento de salario.
Si viste usted en un termino medio, quiere decir que usted está exactamente donde tiene que estar, y por lo tanto no necesita un aumento en su nómina.

DÍAS POR ENFERMEDAD

 

De ahora en adelante no aceptaremos un justificante médico como prueba de que estuvo enfermo. Si usted puede ir al médico, lógicamente usted puede venir a trabajar.

CIRUGÍA

 

Todas las cirugías están prohibidas.. Mientras usted trabaje para esta empresa necesita todos sus órganos. Nosotros le
contratamos a usted intacto. Cualquier extirpación constituye una violación al contrato de trabajo.

DÍAS POR ASUNTOS PROPIOS

 

Todo empleado y empleada recibirá 104 días para asuntos propios durante el a?o. Estos se llaman sábado y domingo.   

DÍAS DE VACACIONES

 

Todas las empleadas y los empleados de la empresa tomarán sus vacaciones en las mismas fechas todos los a?os. Los días de vacaciones serán los siguientes: 1 de enero, 12 de octubre y 25 de diciembre.

DÍAS POR FUNERAL

 

No hay excusa para faltar al trabajo.. No hay nada que usted pueda hacer por amigas/os, familiares o compa?eros/as de trabajo muertos. Debe hacer los esfuerzos para que a los funerales asistan personas que estén desempleadas.   
En casos muy especiales donde la presencia del empleado o empleada sea necesaria, el funeral se debe organizar en las últimas horas de la tarde. Nosotros le permitiremos trabajar de continuo durante su hora de comida para que así pueda salir una hora antes, siempre y cuando su parte del trabajo haya sido cumplida.

AUSENCIA POR PROPIA DEFUNCIÓN

 

Esta será una excusa aceptable. Sin embargo, le requerimos por lo menos dos semanas de pre-aviso ya que es su responsabilidad entrenar a su sustituto o sustituta.

USO DE LOS BA?OS


 

Hasta hoy se ha perdido mucho tiempo en los ba?os. En el futuro, utilizaremos la práctica de ir al ba?o en orden alfabético. Por ejemplo todos los empleados/as cuyos nombres comiencen por ?A? irán de 9:00 a las 9:20
Si no tiene ganas de ir en la hora que le toca, será necesario que espere al próximo día cuando su turno llegue otra vez. En casos de emergencias extremas, el empleado/la empleada podrá cambiar su turno con el de algún otro empleado/a. Los supervisores y supervisoras de ambos empleados deberán aprobar el cambio de turno por escrito.
Además, tendrán un límite de tres minutos en los aseos. Al final de los tres minutos, sonará una alarma, el rollo de papel se retractará, la puerta del inodoro se abrirá y se le tomará una foto como prueba de la infracción. Después de dos infracciones su foto
se colocará en el tablón de anuncios bajo la categoría " Infractores Crónicos ".

HORARIO DE COMIDA


 

Las personas delgadas tendrán 30 minutos para comer, ya que necesitan comer bastante para poder lucir sanos.
Las personas de tama?o normal tendrá 15 minutos para la comida, como garantía de un almuerzo sano y equilibrado y así mantener la línea.
A los menos delgados/as se les dará 5 minutos ya que éste tiempo es más que suficiente para tomarse una galleta de " Biomanán " y una pastilla quema-grasas. 
   :aplaus
Gracias por su lealtad a la Compa?ía. Nosotros estamos aquí para procurarle la
experiencia de un empleo positivo que le realice como persona a través
del trabajo. :Burla

 
 

 pasarlo al departamento :metralleta :metralleta :metralleta :metralleta :metralleta


 :partirse :carcaj

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Re: Agentes de Movilidad.
« Respuesta #2001 en: 03 de Marzo de 2010, 17:31:57 pm »
Sras y Sres, por fin la sentencia llegó a mis manos y hago un breve resumen con lo más importante y para aclarar. Otra cosa menos que hacemos ;c;

El Excelentisimo Tribunal Superior de Justicia de Madrid, Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección 2? : ha manifestado que el artículo 4. 1? c del Reglamento del Cuerpo de Agentes de Movilidad es contrario al principio de jerarquía normativa.

Los Agentes de Movilidad sólo pueden ejercer funciones de ordenación, se?alización y dirección del tráfico en el casco urbano, y no funciones de vigilancia y control en relación con las normas reguladoras del transporte urbano.

La Sección (2? se entiende) estima que los agentes de Movilidad son agentes de la autoridad y están encargados de la vigilancia del tráfico por lo que podrán proceder a la inmovilización del vehículo cuando como consecuencia de la infracción de los preceptos de la LSV pueda derivarse un riesgo grave para la circulación, las personas o los bienes.

Posteriormente dice que desestima el recurso de apelación número xxxxxx interpuesto por el Excmo. Ayto. de Madrid..... y que debemos anular y anulamos el 4.1?,c del Reglamento del Cuerpo de agentes de Movilidad del ayto. de Madrid. Por cierto, les mete todas las costas del juicio.

Y como traca final dice que cabe interponer Recurso de Casación en diez días, que deberá prepararse ante este mismo órgano jurisdiccional y que se substanciará ante la Sala de lo Contencioso del Tribunal Supremo.

?Y os aseguro que vendré a castigar con gran venganza y furiosa cólera a aquéllos que pretendan envenenar y destruir a mis hermanos! ???Y TÚ SABRÁS QUE MI NOMBRE ES YAVÉ, CUANDO MI VENGANZA CAIGA SOBRE TI!!! "quotquot.

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Re: Agentes de Movilidad.
« Respuesta #2002 en: 03 de Marzo de 2010, 17:37:04 pm »
Puedes insertar la sentencia completa?

Y el precepto anulado es:

Art. 4. Funciones
El Cuerpo de Agentes de Movilidad ejercerá las siguientes funciones:
1. La ordenación, se?alización y dirección del tráfico en el casco urbano de acuerdo con lo
establecido en las normas de circulación. En tal sentido le corresponderá.

c) La vigilancia y control de los transportes, tanto públicos como privados, para hacer cumplir
sus normas reguladoras.
« Última modificación: 03 de Marzo de 2010, 17:39:52 pm por 47ronin »

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Re: Agentes de Movilidad.
« Respuesta #2003 en: 03 de Marzo de 2010, 18:08:52 pm »
Y como traca final dice que cabe interponer Recurso de Casación en diez días, que deberá prepararse ante este mismo órgano jurisdiccional y que se substanciará ante la Sala de lo Contencioso del Tribunal Supremo.

Y sobre ello ya sabes... lo harán con tal de "paralizar" la anulación del precepto durante... tres-cuatro a?os.

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Re: Agentes de Movilidad.
« Respuesta #2004 en: 03 de Marzo de 2010, 18:31:14 pm »


Pues nada... otra mas........ y todo comenzó con la que decia que no podian hacer partes de accidente.

Es que cuando crearon la figura del A.M. lo hicieron a la carrera y a sotacaballo........ con prisas y sin conocimiento....... y asi está pasando..... que afloran las sentencias que concrtan que pueden o no pueden hacer.
El "quotquothomo sapiens"quotquot está dejando de ser "quotquotsapiens"quotquot...regresando al mono del que no debió salir.

"quotquotHerede

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Re: Agentes de Movilidad.
« Respuesta #2005 en: 03 de Marzo de 2010, 19:11:41 pm »
Y como traca final dice que cabe interponer Recurso de Casación en diez días, que deberá prepararse ante este mismo órgano jurisdiccional y que se substanciará ante la Sala de lo Contencioso del Tribunal Supremo.

Y sobre ello ya sabes... lo harán con tal de "paralizar" la anulación del precepto durante... tres-cuatro a?os.
Huy que va, el supremo ahora va volando, con eso de que antes tiene que pasar por la "vistilla" han acelerado mucho los plazos, ya te contaré


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Re: Agentes de Movilidad.
« Respuesta #2006 en: 03 de Marzo de 2010, 19:14:06 pm »


Pues nada... otra mas........ y todo comenzó con la que decia que no podian hacer partes de accidente.

Es que cuando crearon la figura del A.M. lo hicieron a la carrera y a sotacaballo........ con prisas y sin conocimiento....... y asi está pasando..... que afloran las sentencias que concrtan que pueden o no pueden hacer.
Dentro de poco dirán que solo podemos ir al pase de lista y hacer la meseta-blanco......... pues nada otra cosa menos.


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Re: Agentes de Movilidad.
« Respuesta #2007 en: 03 de Marzo de 2010, 19:15:02 pm »
Y como traca final dice que cabe interponer Recurso de Casación en diez días, que deberá prepararse ante este mismo órgano jurisdiccional y que se substanciará ante la Sala de lo Contencioso del Tribunal Supremo.

Y sobre ello ya sabes... lo harán con tal de "paralizar" la anulación del precepto durante... tres-cuatro a?os.
Huy que va, el supremo ahora va volando, con eso de que antes tiene que pasar por la "vistilla" han acelerado mucho los plazos, ya te contaré

Negativo... tres-cuatro a?os.

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Re: Agentes de Movilidad.
« Respuesta #2008 en: 03 de Marzo de 2010, 19:17:09 pm »


Pues nada... otra mas........ y todo comenzó con la que decia que no podian hacer partes de accidente.

Es que cuando crearon la figura del A.M. lo hicieron a la carrera y a sotacaballo........ con prisas y sin conocimiento....... y asi está pasando..... que afloran las sentencias que concrtan que pueden o no pueden hacer.


Sin olvidarnos de aquellas que condenabam al Ayto a indemnizar a dos taxistas...... todo ello aconsecuencia de los controles ....para hacer cumplir
sus normas reguladoras.....
El "quotquothomo sapiens"quotquot está dejando de ser "quotquotsapiens"quotquot...regresando al mono del que no debió salir.

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Re: Agentes de Movilidad.
« Respuesta #2009 en: 03 de Marzo de 2010, 19:23:42 pm »
Dentro de poco dirán que solo podemos ir al pase de lista y hacer la meseta-blanco......... pues nada otra cosa menos.

Querer hacer mas que pegar silbatazos y denunciar infracciones de circulacion (semaforo  en rojo, estacionamiento, carga descarga......) es complicarse la vida innecesariamente.......... pues la normativa lo deja claro (control, ordenacion y regulacion del trafico 2/86 ; denuncia de infracciones a la normativa vial LSV)....... pero hay quien solo lo entiende por la via de la toga.


Como ya dije, no alcanzo a comprender como un Cuerpo creado para la vigilancia del trafico NO tiene legislado el poder actuar, tambien, en lo relativo a la hacer cumplir sus normas reguladoras.... debe de ser que a mi "no me da" pero no lo comprendo..........

........ de ahi las sentencias que al respecto van saliendo.
El "quotquothomo sapiens"quotquot está dejando de ser "quotquotsapiens"quotquot...regresando al mono del que no debió salir.

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Re: Agentes de Movilidad.
« Respuesta #2010 en: 03 de Marzo de 2010, 19:30:10 pm »
Dentro de poco dirán que solo podemos ir al pase de lista y hacer la meseta-blanco......... pues nada otra cosa menos.

Querer hacer mas que pegar silbatazos y denunciar infracciones de circulacion (semaforo  en rojo, estacionamiento, carga descarga......) es complicarse la vida innecesariamente.......... pues la normativa lo deja claro (control, ordenacion y regulacion del trafico 2/86 ; denuncia de infracciones a la normativa vial LSV)....... pero hay quien solo lo entiende por la via de la toga.


Como ya dije, no alcanzo a comprender como un Cuerpo creado para la vigilancia del trafico NO tiene legislado el poder actuar, tambien, en lo relativo a la hacer cumplir sus normas reguladoras.... debe de ser que a mi "no me da" pero no lo comprendo..........

........ de ahi las sentencias que al respecto van saliendo.
Pues bienvenidas sean, mientras sean inocuas para los agentes. claro que si alguno se empe?a en realizar segun que cosas, puesssss........


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Re: Agentes de Movilidad.
« Respuesta #2011 en: 03 de Marzo de 2010, 19:42:10 pm »

Pues bienvenidas sean, mientras sean inocuas para los agentes. claro que si alguno se empe?a en realizar segun que cosas, puesssss........

Que los hay....... y en algun post de este foro los hay que defendieron a capa y espada que los A.M. podia hacer partes de accidente, controles para hacer cumplir sus normas reguladoras......... y pese a que se les mostró, con la legislacion vigente, que NO podian seguian erre que erre con que "si podemos"..... pero el tiempo va colocando las cosas en su sitio mediante las sentencias que han salido (y que sin dudad seguiran saliendo).... sentencias dictadas en base a la legislacion vigente y aqui ya mostrada.

Ya te comenté en su dia al respecto de esto.......... y te recuerdo que sigues sin invitarte a  .ca;  cuando nos vemos.
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Re: Agentes de Movilidad.
« Respuesta #2012 en: 03 de Marzo de 2010, 19:49:30 pm »
El otro dia tuviste tu oportunidad, pero claro como esperabas al malo en sentido contrario... jjajajajajajajaja  :partirse  :bur) aún así continuo discrepando contigo en el tema que te presente, pero quizás nunca sabremos la solución..


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Re: Agentes de Movilidad.
« Respuesta #2013 en: 03 de Marzo de 2010, 20:56:08 pm »
Puedes insertar la sentencia completa?

Y el precepto anulado es:

Art. 4. Funciones
El Cuerpo de Agentes de Movilidad ejercerá las siguientes funciones:
1. La ordenación, se?alización y dirección del tráfico en el casco urbano de acuerdo con lo
establecido en las normas de circulación. En tal sentido le corresponderá.

c) La vigilancia y control de los transportes, tanto públicos como privados, para hacer cumplir
sus normas reguladoras.

Lo siento, Ronin, pero te digo que los sindicatos la tienen.

Y a la segunda pregunta pues si, ese precepto anulado totalmente. Se van para el Supremo.

Saludos.
?Y os aseguro que vendré a castigar con gran venganza y furiosa cólera a aquéllos que pretendan envenenar y destruir a mis hermanos! ???Y TÚ SABRÁS QUE MI NOMBRE ES YAVÉ, CUANDO MI VENGANZA CAIGA SOBRE TI!!! "quotquot.

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Re: Agentes de Movilidad.
« Respuesta #2014 en: 03 de Marzo de 2010, 22:17:55 pm »
Puedes insertar la sentencia completa?

Y el precepto anulado es:

Art. 4. Funciones
El Cuerpo de Agentes de Movilidad ejercerá las siguientes funciones:
1. La ordenación, se?alización y dirección del tráfico en el casco urbano de acuerdo con lo
establecido en las normas de circulación. En tal sentido le corresponderá.

c) La vigilancia y control de los transportes, tanto públicos como privados, para hacer cumplir
sus normas reguladoras.

Lo siento, Ronin, pero te digo que los sindicatos la tienen.

Y a la segunda pregunta pues si, ese precepto anulado totalmente. Se van para el Supremo.

Saludos.
O no, pasan del tema y terminan por anular el citado apartado y tan contentos, total para la cantidad de actuaciones que estaban haciendo....


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Re: Agentes de Movilidad.
« Respuesta #2015 en: 03 de Marzo de 2010, 23:35:05 pm »
Y como traca final dice que cabe interponer Recurso de Casación en diez días, que deberá prepararse ante este mismo órgano jurisdiccional y que se substanciará ante la Sala de lo Contencioso del Tribunal Supremo.

Y sobre ello ya sabes... lo harán con tal de "paralizar" la anulación del precepto durante... tres-cuatro a?os.
Me imagino...
?Y os aseguro que vendré a castigar con gran venganza y furiosa cólera a aquéllos que pretendan envenenar y destruir a mis hermanos! ???Y TÚ SABRÁS QUE MI NOMBRE ES YAVÉ, CUANDO MI VENGANZA CAIGA SOBRE TI!!! "quotquot.

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Re: Agentes de Movilidad.
« Respuesta #2016 en: 03 de Marzo de 2010, 23:41:16 pm »
Dentro de poco dirán que solo podemos ir al pase de lista y hacer la meseta-blanco......... pues nada otra cosa menos.

Querer hacer mas que pegar silbatazos y denunciar infracciones de circulacion (semaforo  en rojo, estacionamiento, carga descarga......) es complicarse la vida innecesariamente.......... pues la normativa lo deja claro (control, ordenacion y regulacion del trafico 2/86 ; denuncia de infracciones a la normativa vial LSV)....... pero hay quien solo lo entiende por la via de la toga.


Como ya dije, no alcanzo a comprender como un Cuerpo creado para la vigilancia del trafico NO tiene legislado el poder actuar, tambien, en lo relativo a la hacer cumplir sus normas reguladoras.... debe de ser que a mi "no me da" pero no lo comprendo..........

........ de ahi las sentencias que al respecto van saliendo.
En este cuerpo serias Catedrático.

Un abrazo Masam.
?Y os aseguro que vendré a castigar con gran venganza y furiosa cólera a aquéllos que pretendan envenenar y destruir a mis hermanos! ???Y TÚ SABRÁS QUE MI NOMBRE ES YAVÉ, CUANDO MI VENGANZA CAIGA SOBRE TI!!! "quotquot.

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Re: Agentes de Movilidad.
« Respuesta #2017 en: 03 de Marzo de 2010, 23:46:26 pm »
Puedes insertar la sentencia completa?

Y el precepto anulado es:

Art. 4. Funciones
El Cuerpo de Agentes de Movilidad ejercerá las siguientes funciones:
1. La ordenación, se?alización y dirección del tráfico en el casco urbano de acuerdo con lo
establecido en las normas de circulación. En tal sentido le corresponderá.

c) La vigilancia y control de los transportes, tanto públicos como privados, para hacer cumplir
sus normas reguladoras.

Lo siento, Ronin, pero te digo que los sindicatos la tienen.

Y a la segunda pregunta pues si, ese precepto anulado totalmente. Se van para el Supremo.

Saludos.
O no, pasan del tema y terminan por anular el citado apartado y tan contentos, total para la cantidad de actuaciones que estaban haciendo....

 No soy un entendido en jurisprudencia, pero lo dudo Tixe. Y te digo por que en Primera Instancia perdieron y ahora también.,.....
?Y os aseguro que vendré a castigar con gran venganza y furiosa cólera a aquéllos que pretendan envenenar y destruir a mis hermanos! ???Y TÚ SABRÁS QUE MI NOMBRE ES YAVÉ, CUANDO MI VENGANZA CAIGA SOBRE TI!!! "quotquot.

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Re: Agentes de Movilidad.
« Respuesta #2018 en: 04 de Marzo de 2010, 10:51:19 am »
     



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Re: Agentes de Movilidad.
« Respuesta #2019 en: 04 de Marzo de 2010, 10:59:51 am »
Espero que lo hayais colgado en un lugar que este lo vea bien !!!!



POr ejemplo, en su taquilla de cibeles (  :carcaj  )
:Quemado_1
:Quemado_1 nbspnbsp  nbspnbsp nbspnbsp ¡ ETHAN ! nbspnbsp nbspnbsp  nbspnbsp  nbspnbsp :Quemado_1 nbspnbsp
:Quemado_1

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