Encuesta

Como Policía ¿estaría deacuerdo en que los AM pasasen a ser PMM?

SI
16 (29.6%)
NO
10 (18.5%)
Solo al área de seguridad como AM
10 (18.5%)
Tienen que pasar una oposición como cualquier otro ciudadano.
18 (33.3%)

Total de votos: 52

Votación cerrada: 11 de Agosto de 2015, 15:09:22 pm

Autor Tema: Agentes de Movilidad.  (Leído 519420 veces)

Desconectado tixe

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Re: Agentes de Movilidad.
« Respuesta #2020 en: 04 de Marzo de 2010, 18:35:09 pm »
Puedes insertar la sentencia completa?

Y el precepto anulado es:

Art. 4. Funciones
El Cuerpo de Agentes de Movilidad ejercerá las siguientes funciones:
1. La ordenación, se?alización y dirección del tráfico en el casco urbano de acuerdo con lo
establecido en las normas de circulación. En tal sentido le corresponderá.

c) La vigilancia y control de los transportes, tanto públicos como privados, para hacer cumplir
sus normas reguladoras.

Lo siento, Ronin, pero te digo que los sindicatos la tienen.

Y a la segunda pregunta pues si, ese precepto anulado totalmente. Se van para el Supremo.

Saludos.
O no, pasan del tema y terminan por anular el citado apartado y tan contentos, total para la cantidad de actuaciones que estaban haciendo....

 No soy un entendido en jurisprudencia, pero lo dudo Tixe. Y te digo por que en Primera Instancia perdieron y ahora también.,.....
por eso digo que acataran sentencia, ya que el filtro del supremo es muy estricto
saludos.


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Re: Agentes de Movilidad.
« Respuesta #2021 en: 04 de Marzo de 2010, 18:42:29 pm »
por eso digo que acataran sentencia, ya que el filtro del supremo es muy estricto
saludos.

 :pen:

Desconectado MASAM

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Re: Agentes de Movilidad.
« Respuesta #2022 en: 04 de Marzo de 2010, 18:48:58 pm »
En este cuerpo serias Catedrático.

Un abrazo Masam.

                   ;::)
El "quotquothomo sapiens"quotquot está dejando de ser "quotquotsapiens"quotquot...regresando al mono del que no debió salir.

"quotquotHerede

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Re: Agentes de Movilidad.
« Respuesta #2023 en: 05 de Marzo de 2010, 12:03:46 pm »
Puedes insertar la sentencia completa?

Y el precepto anulado es:

Art. 4. Funciones
El Cuerpo de Agentes de Movilidad ejercerá las siguientes funciones:
1. La ordenación, se?alización y dirección del tráfico en el casco urbano de acuerdo con lo
establecido en las normas de circulación. En tal sentido le corresponderá.

c) La vigilancia y control de los transportes, tanto públicos como privados, para hacer cumplir
sus normas reguladoras.

Lo siento, Ronin, pero te digo que los sindicatos la tienen.

Y a la segunda pregunta pues si, ese precepto anulado totalmente. Se van para el Supremo.

Saludos.
O no, pasan del tema y terminan por anular el citado apartado y tan contentos, total para la cantidad de actuaciones que estaban haciendo....

 No soy un entendido en jurisprudencia, pero lo dudo Tixe. Y te digo por que en Primera Instancia perdieron y ahora también.,.....
por eso digo que acataran sentencia, ya que el filtro del supremo es muy estricto
saludos.
Aparte que viendo como se están desarrollando loa acontecimientos les está entrando mieditis, no sea que nos quiten más cosas.
?Y os aseguro que vendré a castigar con gran venganza y furiosa cólera a aquéllos que pretendan envenenar y destruir a mis hermanos! ???Y TÚ SABRÁS QUE MI NOMBRE ES YAVÉ, CUANDO MI VENGANZA CAIGA SOBRE TI!!! "quotquot.

Desconectado tixe

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Re: Agentes de Movilidad.
« Respuesta #2024 en: 06 de Marzo de 2010, 16:26:47 pm »
No creo el resto esta bastante asentado, ahora bien a alguno le vendria bien una reprimenda en forma de sentencia para que deje de hacer el imbecil


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Re: Agentes de Movilidad.
« Respuesta #2025 en: 08 de Marzo de 2010, 14:48:46 pm »
adn ? local ? madrid Una función menos
Agentes de movilidad, sin control sobre los taxis | El fallo del TSJM, recurrido por el consistorio, revoca sus competencias en transporte
Alejandro López , Madrid |

Sin control sobre el transporte, ya sea público o privado. Una sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid acaba de anular el artículo 4.1 apartado C del Reglamento del Cuerpo de Agentes de Movilidad del Ayuntamiento de Madrid.

La sentencia, que ha sido recurrida por el consistorio ante el Tribunal Supremo, declara nula una de sus funciones: "La vigilancia y control de los transportes, tanto públicos como privados, para hacer cumplir sus normas reguladoras", según reza el reglamento del Cuerpo.

La inmovilización de un taxi por parte de dos agentes de movilidad y su traslado al depósito municipales el origen de la historia. La actuación fue revocada en marzo de 2008 por el Juzgado de lo Contenciosso Administrativo número 20 de la capital, que condenó al Ayuntamiento a resarcir al taxista con 776 euros. La sentencia fue recurrida por el consistorio y ahora el TSJM ha anulado es-taparte del reglamento por exceder sus competencias.

"La sentencia no va a afectar en nada a la función normal y habitual de control y regulación del tráfico, que es el cometido de los agentes de movilidad", se?aló ayer un portavoz municipal. "La inspección del transporte público es una función excepcional. Seguirán haciendo su trabajo como siempre", explican desde el Ayuntamiento.

Leída en las unidades

Sin embargo, la sentencia ha llegado hasta las unidades de los agentes de Movilidad y hace una semana se les leyó la sentencia antes de que comenzaran el servicio para que la tuvieran en cuenta antes de cualquier actuación. "Cualquier cosa que no sea ordenar, se?alizar y dirigir el tráfico va a ser retirada del reglamento a base de recursos en los tribunales", se?alan desde el sindicato CSI-F.

"Para que salga adelante cualquier sanción van a ser necesarias cuatro personas, los agentes de movilidad y los policías municipales. Nosotros no vamos a poder sancionar, pero sí la policía a requerimiento nuestro", explican desde el sindicato.

OCHO FALLOS PREVIOS

La inmovilización del taxi que ha motivado la sentencia no es un caso aislado. Otras ocho sentencias más -cuatro del Contencioso-Administrativo y cuatro del TSJM- condenaron al cabildo de la capital entre febrero de 2008 y junio de 2009 por el abuso de poder de los agentes de movilidad a la hora de trasladar al depósito taxis que incurrían en irregularidades de transporte. Sin embargo, muchos en el gremio creen que, con la retirada del artículo, los taxistas se quedan desprotegidos ante el intrusismo de los piratas. Este control, que hasta ahora efectuaban los agentes de movilidad, tendrá que ser asumido por la Policía Municipal.


jajajajajajajajajajjajajajajaa dentro de nada ,vamos solo a pasar lista.....esto se hunde!!!!!!!!!!!!! :mj:
« Última modificación: 08 de Marzo de 2010, 15:12:25 pm por 47ronin »
De todos los animales de la creación el hombre es el único que bebe sin tener sed, come sin tener hambre y habla sin tener nada que decir.

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Re: Agentes de Movilidad.
« Respuesta #2026 en: 08 de Marzo de 2010, 15:13:57 pm »
Leída en las unidades

Sin embargo, la sentencia ha llegado hasta las unidades de los agentes de Movilidad y hace una semana se les leyó la sentencia antes de que comenzaran el servicio para que la tuvieran en cuenta antes de cualquier actuación. "Cualquier cosa que no sea ordenar, se?alizar y dirigir el tráfico va a ser retirada del reglamento a base de recursos en los tribunales", se?alan desde el sindicato CSI-F.

Hemos de entender entonces que el Ayuntamiento ha desistido de acudir al Supremo y la sentencia es firme.

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Re: Agentes de Movilidad.
« Respuesta #2027 en: 08 de Marzo de 2010, 16:45:33 pm »
Leída en las unidades

Sin embargo, la sentencia ha llegado hasta las unidades de los agentes de Movilidad y hace una semana se les leyó la sentencia antes de que comenzaran el servicio para que la tuvieran en cuenta antes de cualquier actuación. "Cualquier cosa que no sea ordenar, se?alizar y dirigir el tráfico va a ser retirada del reglamento a base de recursos en los tribunales", se?alan desde el sindicato CSI-F.

Hemos de entender entonces que el Ayuntamiento ha desistido de acudir al Supremo y la sentencia es firme.
Ya te lo decia yo. No creo que vayan al supremo. Bastantes tirones de orejas tienen ya


Desconectado MASAM

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Re: Agentes de Movilidad.
« Respuesta #2028 en: 08 de Marzo de 2010, 21:42:54 pm »


Si es que no hay mas ciego que el que no quiere ver.......   ;fum;;   
El "quotquothomo sapiens"quotquot está dejando de ser "quotquotsapiens"quotquot...regresando al mono del que no debió salir.

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Re: Agentes de Movilidad.
« Respuesta #2029 en: 09 de Marzo de 2010, 01:35:42 am »
Leída en las unidades

Sin embargo, la sentencia ha llegado hasta las unidades de los agentes de Movilidad y hace una semana se les leyó la sentencia antes de que comenzaran el servicio para que la tuvieran en cuenta antes de cualquier actuación. "Cualquier cosa que no sea ordenar, se?alizar y dirigir el tráfico va a ser retirada del reglamento a base de recursos en los tribunales", se?alan desde el sindicato CSI-F.

Hemos de entender entonces que el Ayuntamiento ha desistido de acudir al Supremo y la sentencia es firme.

No. aunque sólo lo han dicho de palabra que se ha recurrido, pero nada demostrado. Personalmente, creo que mienten y no lo han recurrido, pero es mi impresión.
?Y os aseguro que vendré a castigar con gran venganza y furiosa cólera a aquéllos que pretendan envenenar y destruir a mis hermanos! ???Y TÚ SABRÁS QUE MI NOMBRE ES YAVÉ, CUANDO MI VENGANZA CAIGA SOBRE TI!!! "quotquot.

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Re: Agentes de Movilidad.
« Respuesta #2030 en: 09 de Marzo de 2010, 14:06:19 pm »
"Cualquier cosa que no sea ordenar, se?alizar y dirigir el tráfico va a ser retirada del reglamento a base de recursos en los tribunales", se?alan desde el sindicato CSI-F.

   Que guapo  !!! pufff, a alguno le saldria pelo donde no tiene.... :Enfadado_2   ,)

 Un saludo


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Re: Agentes de Movilidad.
« Respuesta #2031 en: 09 de Marzo de 2010, 16:56:38 pm »
"Cualquier cosa que no sea ordenar, se?alizar y dirigir el tráfico va a ser retirada del reglamento a base de recursos en los tribunales", se?alan desde el sindicato CSI-F.

   Que guapo  !!! pufff, a alguno le saldria pelo donde no tiene.... :Enfadado_2   ,)

 Un saludo


No me creo na'.... primero que lo hagan y luego veremos, recuerda que la sentencia de transportes ha sido gracias a que un taxista lo ha denunciado, no el sindicato, aunque si esto lleva directamente a que nos delimitan las funciones, bienvenido sea.


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Re: Agentes de Movilidad.
« Respuesta #2032 en: 09 de Marzo de 2010, 23:54:48 pm »
No me creo na'.... primero que lo hagan y luego veremos, recuerda que la sentencia de transportes ha sido gracias a que un taxista lo ha denunciado, no el sindicato, aunque si esto lleva directamente a que nos delimitan las funciones, bienvenido sea.

No es que las sentencias delimiten vuestras funciones, pues YA estan delimitadas desde que se creó el Cuerpo de A.M............. se trata de que NO hagais aquello que NO está legislado ......... que para ello se amparan en un reglamento interno con Rango inferior a Ley.

Las sentencia lo ÚNICO que estan haciendo es abrir muuuuuuuuuuuuuuuuuuuuuuuuuuuuuuuuuuchos ojos................... incluyendo los de algunos A.M.  .

Si es que no hay mas ciego que el que no quiere ver.......   ;fum;;   
El "quotquothomo sapiens"quotquot está dejando de ser "quotquotsapiens"quotquot...regresando al mono del que no debió salir.

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Re: Agentes de Movilidad.
« Respuesta #2033 en: 09 de Marzo de 2010, 23:56:58 pm »


Ahora falta esperar a ver cuanto tarda en salir una que tire por tierra lo que algunos dicen............. que los A.M. tambien tienen competencias en materia de  Medio Ambiente.
El "quotquothomo sapiens"quotquot está dejando de ser "quotquotsapiens"quotquot...regresando al mono del que no debió salir.

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Re: Agentes de Movilidad.
« Respuesta #2034 en: 10 de Marzo de 2010, 11:02:43 am »
Los jueces les han dicho a la corporación: ZASCA!!   :karateka
POR EL CULO....   METRALLETA.....    :porcul :porcul :porcul :porcul :metralleta :metralleta
A ver si así se dan cuenta los jelifantes de una vez por todas que no se pueden hacer ciertas cosas. Una Ley está por encima de un Decreto, que a su vez está por encima de una Ordenanza, que a su vez está por encima de una Instrucción interna...
Es decir, que la instrucción interna es un mandato u orden de un alto mando, pero todos sabemos que hay mandos que saben mucho y otros que no tienen ni p... idea.

Espero que con esto se vayan pensando los dirigentes políticos la cantidad de leyes que hay que cambiar, empezando por la LO 2/86 y de ahí para abajo, porque ESTAN OBSOLETAS!!!!!
Se puede decir más alto...
La Policía judicial tiene por objeto y será obligación de todos los que la componen, averiguar los delitos públicos que se cometieren en su territorio o demarcación; practicar, según sus atribuciones, las diligencias necesarias para comprobarlos...

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Re: Agentes de Movilidad.
« Respuesta #2035 en: 10 de Marzo de 2010, 13:25:22 pm »
 :meg;Efectivamente, xq tenemos leyes del a?o de la polka empezando por la LOFCS, ley 4/92,...., y estamos ya en el 2010, camino del 2011. Pero da igual, a los politicos se la suda. :Lazo_Negro

Desconectado tixe

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Re: Agentes de Movilidad.
« Respuesta #2036 en: 10 de Marzo de 2010, 19:06:42 pm »
No me creo na'.... primero que lo hagan y luego veremos, recuerda que la sentencia de transportes ha sido gracias a que un taxista lo ha denunciado, no el sindicato, aunque si esto lleva directamente a que nos delimitan las funciones, bienvenido sea.

No es que las sentencias delimiten vuestras funciones, pues YA estan delimitadas desde que se creó el Cuerpo de A.M............. se trata de que NO hagais aquello que NO está legislado ......... que para ello se amparan en un reglamento interno con Rango inferior a Ley.

Las sentencia lo ÚNICO que estan haciendo es abrir muuuuuuuuuuuuuuuuuuuuuuuuuuuuuuuuuuchos ojos................... incluyendo los de algunos A.M.  .

Si es que no hay mas ciego que el que no quiere ver.......   ;fum;;   
Por eso mismo para que no sigan con el precepto de que lo que lo que no esta prohibido esta permitido. Por eso hablo de delimitacion de funciones.. aún asi volviendo a lo de la sentencia me da la impresión de que si recurren sera porque me parece entender que lo de la anulación viene de primera instancia y pueden ir al supremo, pero aun le estoy dando vueltas a la idea a ver si es así y lo expreso mejor con los conceptos mas claros.


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Re: Agentes de Movilidad.
« Respuesta #2037 en: 11 de Marzo de 2010, 15:58:11 pm »
KETEDEN"quotquot: el paso de "quotquottonadillero"quotquot (tío de Paquirrín), a "quotquotfundamentalista cínico"quotquot (oculto tras el burka del anonimato), pasando por "quotquotmachaca del cangrejo"quotquot (con marca de vino), te ha hecho perder los valores más esen

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Re: Agentes de Movilidad.
« Respuesta #2038 en: 11 de Marzo de 2010, 16:15:21 pm »
?Al loro con esta sentencia!.

http://www.adn.es/local/madrid/20100308/NWS-0140-funcion.html

adn ? local ? madrid Una función menos
Agentes de movilidad, sin control sobre los taxis | El fallo del TSJM, recurrido por el consistorio, revoca sus competencias en transporte
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Sin control sobre el transporte, ya sea público o privado. Una sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid acaba de anular el artículo 4.1 apartado C del Reglamento del Cuerpo de Agentes de Movilidad del Ayuntamiento de Madrid.

La sentencia, que ha sido recurrida por el consistorio ante el Tribunal Supremo, declara nula una de sus funciones: "La vigilancia y control de los transportes, tanto públicos como privados, para hacer cumplir sus normas reguladoras", según reza el reglamento del Cuerpo.

La inmovilización de un taxi por parte de dos agentes de movilidad y su traslado al depósito municipales el origen de la historia. La actuación fue revocada en marzo de 2008 por el Juzgado de lo Contenciosso Administrativo número 20 de la capital, que condenó al Ayuntamiento a resarcir al taxista con 776 euros. La sentencia fue recurrida por el consistorio y ahora el TSJM ha anulado es-taparte del reglamento por exceder sus competencias.

"La sentencia no va a afectar en nada a la función normal y habitual de control y regulación del tráfico, que es el cometido de los agentes de movilidad", se?aló ayer un portavoz municipal. "La inspección del transporte público es una función excepcional. Seguirán haciendo su trabajo como siempre", explican desde el Ayuntamiento.

Leída en las unidades

Sin embargo, la sentencia ha llegado hasta las unidades de los agentes de Movilidad y hace una semana se les leyó la sentencia antes de que comenzaran el servicio para que la tuvieran en cuenta antes de cualquier actuación. "Cualquier cosa que no sea ordenar, se?alizar y dirigir el tráfico va a ser retirada del reglamento a base de recursos en los tribunales", se?alan desde el sindicato CSI-F.

"Para que salga adelante cualquier sanción van a ser necesarias cuatro personas, los agentes de movilidad y los policías municipales. Nosotros no vamos a poder sancionar, pero sí la policía a requerimiento nuestro", explican desde el sindicato.

OCHO FALLOS PREVIOS

La inmovilización del taxi que ha motivado la sentencia no es un caso aislado. Otras ocho sentencias más -cuatro del Contencioso-Administrativo y cuatro del TSJM- condenaron al cabildo de la capital entre febrero de 2008 y junio de 2009 por el abuso de poder de los agentes de movilidad a la hora de trasladar al depósito taxis que incurrían en irregularidades de transporte. Sin embargo, muchos en el gremio creen que, con la retirada del artículo, los taxistas se quedan desprotegidos ante el intrusismo de los piratas. Este control, que hasta ahora efectuaban los agentes de movilidad, tendrá que ser asumido por la Policía Municipal.


jajajajajajajajajajjajajajajaa dentro de nada ,vamos solo a pasar lista.....esto se hunde!!!!!!!!!!!!! :mj:

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Re: Agentes de Movilidad.
« Respuesta #2039 en: 13 de Marzo de 2010, 18:19:21 pm »
Aún si recurren la sentencia, esta claro porque les van a decir que nasti, tanto la LOTT como la ROTT hablan de las inspecciones "....las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado asi como las Policías Autonómicas y locales..." y como nosotros ni lo uno, ni lo otro ni lo de más allá ni lo de más acá y mucho menos eso de ahí, pues nada a ver pasar camiones, transporte de alimentos perecederos, pegatinas FRC y demás cositas...

LOTT Art. 32
1. La actuación inspectora tendente a garantizar el cumplimiento de las normas reguladoras del transporte terrestre y de las actividades complementarias y auxiliares del mismo estará encomendada a los servicios de inspección del transporte terrestre.
2. Los miembros de la inspección del transporte terrestre, en casos de necesidad para un eficaz cumplimiento de su función, podrán solicitar el apoyo necesario de las unidades o destacamentos de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado y Policías Autónomas o Locales.
3. Sin perjuicio de la cooperación regulada en el punto anterior, en los territorios en que esté atribuida la vigilancia del transporte a la Guardia Civil, dentro de cada Subsector de la Agrupación de Tráfico, existirá un número suficiente de agentes que tendrá como dedicación preferente dicha vigilancia y actuará bajo las directrices y orientaciones de los órganos superiores de los servicios de inspección del transporte. La coordinación de estas actuaciones se articulará a través de los Gobernadores civiles.

ROTT Art. 14
1. La función inspectora de los transportes terrestres y de las actividades auxiliares y complementarias del transporte por carretera será desempe?ada por el personal adscrito a las distintas Administraciones Públicas, que legal o reglamentariamente la tenga asignada.
2. Los Servicios de Inspección, además de sus funciones de control del cumplimiento de la legalidad vigente, asesorarán y colaborarán con las Empresas de transporte para facilitar el cumplimiento de dicha legalidad.
3. La estructura orgánica de los Servicios de Inspección del Transporte Terrestre será determinada por las referidas Administraciones Públicas. Dichos Servicios contarán con el personal de apoyo que sea preciso; para lo cual, las Administraciones Públicas competentes habilitarán a las personas que consideren idóneas entre el diverso personal a su servicio, estando facultadas las mismas para denunciar las infracciones cometidas contra la normativa reguladora de los transportes terrestres.
4. Los miembros de la Inspección del Transporte Terrestre, en casos de necesidad para un eficaz cumplimiento de su función, podrán solicitar, a través del Gobernador civil o el Delegado del Gobierno, el apoyo de las Unidades o Destacamentos de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado y Policías de las Comunidades Autónomas y de las Entidades Locales.
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La chapuza empieza a hacer aguas..  :karateka