Por no añadir el rechazó bastante generalizado de la unidad corporativa a esta "integración".
https://www.foropolicia.es/carmena-pretende-hacer-policias-a-los-agentes-de-movilidad-t11739-20.htmlIn dubio pro munipa escribió:
A mí, particularmente, se me llevan los demonios con estos mamoneos.
Desde el mismo momento de la modificación de la 2/86 y la creación de los agentes de movilidad se vislumbraba un conflicto similar en el horizonte.
Lo primero es que los agentes de movilidad no tienen una formación similar a la de las Policías Locales, en-ab-so-lu-to. Sus conocimientos se circunscriben a temas de tráfico, y podrán ser profesionales estupendamente formados, pero no entran en el resto de funciones que sí desempeña un Cuerpo policial, de manera general (Derecho Penal, intervención policial…) y uno de ámbito local en particular (ordenanzas, bandos….).
Las funciones de los Cuerpos de Agentes de Movilidad no son otras que las que cita el 53.1b) de la 2/86, es decir: “Ordenar, señalizar y dirigir el tráfico en el casco urbano, de acuerdo con lo establecido en las normas de circulación”.
Sostener lo contrario es faltar estrepitosamente a la verdad, con motivaciones espurias, ya sea buscar la simpatía de los agentes de movilidad, ya generar en ellos animadversión hacia la formación política que gobierna Comunidad Autónoma, ya ambas a la vez.
Además de eso, los Cuerpos de Agentes de Movilidad tienen una regulación tan clara como breve, y para eso no hay más que volver a la 2/86, y ahí nos leemos el 53.3, que es muy clarito: “En los municipios de gran población y en las Ciudades con Estatuto de Autonomía podrá asignarse, por el Pleno de la Corporación o por sus respectivas Asambleas, al ejercicio exclusivo de las funciones previstas en el párrafo b) del apartado 1 a parte de los funcionarios pertenecientes a las mismas, que tendrán la consideración de agentes de la autoridad, subordinados a los miembros de los respectivos Cuerpos de Policía Local, sin integrarse en las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad y de manera que ello no comporte un incremento en el número de efectivos ni en los costes de personal”. Todo lo demás es onanismo mental.
Ya quisiera yo que en los Cuerpos de Policía Local estuvieran nuestras funciones e incluso nuestro estatus en según qué condiciones ni la mitad de claras que están las de los agentes de movilidad.
Evidentemente, si no forman parte de los Cuerpos de Policía Local y solo tienen la consideración de auxiliares suyos, no sé en qué punto caben las integraciones encubiertas o la reserva de plazas por concurso oposición como si de promoción interna se tratara.
Es cuestionable si se debe reservar plazas a los militares y eso ha generado ya debate en este foro, pero, en cualquier caso, los que optaban a esas plazas reservadas se examinaban de todo.
Es paradójico que yo, para ascender, me haya tenido que preparar en cada caso todo el temario, incluido lo que ya había estudiado y cuyo conocimiento había acreditado al aprobar la oposición previa, incluso en temas que ni siquiera habían sufrido modificación, como son los de la Constitución, y un agente de movilidad para acceder a un Cuerpo distinto y a una función mucho más amplia, solo tenga que superar un cursito de cuatro meses, por muy selectivo que digan que va a ser, para el “refuerzo de conocimientos policiales propios de las nuevas funciones”. Es difícil “reforzar” algo de lo que se carecía.
Pero al final todo es lo de siempre, decir que no a una persona que pide la luna supone significarse y se corre el riesgo de perder votos, o de no ganarlos según sea el caso. Y esto es extensivo a los sindicatos de PMM o del resto de PP. LL. en general que puedan secundar estas peticiones. Es mejor asegurarse los votos de esos funcionarios, que ya lo son, lo que les puede suponer una mayor presencia en los órganos de representación (y las consiguientes horas sindicales, plazas de sindicalistas liberados….), que no ganar el voto de alguien que todavía no es funcionario, lo que no les supone pérdida alguna.
¿Se desprende de mi participación que menosprecie o sienta animadversión o antipatía hacia los funcionarios que integran los Cuerpos de Agentes de Movilidad? Pues no, todo es mucho más sencillo, pero como el buenrollito lo gobierna todo, así nos vemos.
Por cierto, Sebastián, a eso que dices de que “los Agentes de Movilidad a veces hacen funciones para las que no fueron creados pero que al estar en la calle con un uniforme se ven obligados a actuar”, no tiene ni pies ni cabeza.
Ese agente de movilidad no hizo más que avisar a la PMM, y ya está. Su condición de uniformado no le obliga a nada más, pues los carteros también van uniformados y no tienen obligación de intervenir ante ilícitos penales, ni los de la empresa de distribución de energía eléctrica, ni los repartidores de pizza… y cada uno tiene su función, si el que requiere no las conoce o el que es requerido no las cumple, es solo problema suyo.
En algún caso que incluso yo conozco, y ya lo comenté en otro hilo, se les “da alas” para dar ciertos pasitos en funciones de seguridad ciudadana que no poseen. Cierto es que cualquier particular puede detener, pero un funcionario que acomete una función de este tipo sin serle propia, puede sufrir lesiones o cometer un ilícito penal por carencia de formación específica y luego vienen los lamentos. En esos casos, quien ha tolerado o incluso instigado el ejercicio de tales funciones podría verse en un serio y más que merecido aprieto. Vaya, que me da a mí que Lucas pensaba exactamente en algo así cuando escribió aquello de “allí será el llanto y crujir de dientes”.
Amén.