Autor Tema: Crisis epidémicas  (Leído 260790 veces)

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Re: Crisis epidémicas
« Respuesta #1300 en: 14 de Marzo de 2020, 21:09:23 pm »
Si finalmente son estas las restricciones se resumen en:

Responsabilidad, disciplina y ciudadanía

Confirmadas

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Re: Crisis epidémicas
« Respuesta #1301 en: 14 de Marzo de 2020, 23:38:01 pm »
A nosotros nos dicen que no podemos usar mascarillas que se crea alarma social y que hay que pedir autorización para ello.

Gobierno de INCOMPETENTES Y DESGRACIADOS.

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Re: Crisis epidémicas
« Respuesta #1302 en: 14 de Marzo de 2020, 23:58:03 pm »
GC si las lleva y no creo que cause más alarma de la que hay.

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Re: Crisis epidémicas
« Respuesta #1303 en: 15 de Marzo de 2020, 00:01:19 am »
Decir o pensar que se causa alarma en la actual situación, es del género bobo, pero es lo que tenemos.

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Re: Crisis epidémicas
« Respuesta #1304 en: 15 de Marzo de 2020, 00:02:42 am »
La mujer de Pedro Sánchez ha dado positivo y estuvo en la manifa del 8M.

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Re: Crisis epidémicas
« Respuesta #1305 en: 15 de Marzo de 2020, 00:50:43 am »

Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19

https://www.boe.es/boe/dias/2020/03/14/pdfs/BOE-A-2020-3692.pdf

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Re: Crisis epidémicas
« Respuesta #1306 en: 15 de Marzo de 2020, 06:50:28 am »
La mujer de Pedro Sánchez ha dado positivo y estuvo en la manifa del 8M.

Moncloa informa que Begoña Gómez, mujer de Pedro Sánchez, ha dado positivo por coronavirus

    MARISOL HERNÁNDEZ

Actualizado Domingo, 15 marzo 2020 - 01:28

La mujer del presidente, al igual que Montero y Darias, participó en la manifestación feminista del 8-M, unas marchas que el Ejecutivo autorizó pese a que organismos de la UE aconsejaron hace semanas que no se realizaran

https://www.youtube.com/watch?v=3jIw9Efuo2k&feature=emb_title
Begoña Gómez junto a miembros del Ejecutivo, el pasado domingo en la manifestación del 8-M. EFE

En un día lleno de noticias, el Gobierno ofreció a ultima hora de este sábado una más. La mujer del jefe del Ejecutivo, Pedro Sánchez, también tiene coronavirus. "En los análisis realizados en las últimas horas a las personas más cercanas al presidente del Gobierno han dado positivo en el caso de su esposa, Doña Begoña Gómez".

Según estas fuentes "tanto la señora Gómez, como el presidente, se encuentran bien, ambos se mantienen en La Moncloa y siguen en todo momento las medidas de prevención establecidas por las autoridades sanitarias".

Las pruebas se han realizado a todo el Ejecutivo y a su entorno más cercano, después de que el jueves se conociera que se había contagiado la ministra de Igualdad, Irene Montero. Esta circunstancia obligó a hacer el test al resto del Gobierno, a poner también en cuarentena al vicepresidente segundo, Pablo Iglesias, su pareja sentimental, que precisamente hoy la ha roto para acudir al Consejo de Ministros extraordinario, y a comprobar si los Reyes podían tener coronavirus, ya que Montero participó en un acto junto a la Reina el viernes de la semana pasada. Horas después se conoció que la ministra de Política Territorial, Carolina Darias, también daba positvo, Y ella, a diferencia de la responsable de Igualdad todavía asistió ese día al Consejo de Ministros. Iglesias lo hizo de manera telemática.

La mujer del presidente, al igual que Montero y Darias, participó en la manifestación feminista del 8-M, unas marchas que el Ejecutivo autorizó pese a que organismos de la UE aconsejaron hace semanas que no se realizaran para que las aglomeraciones no favorecieran la extensión del virus. Su celebración, sólo un día antes de que Madrid y la zona de Vitoria y Labastida decidieran cerrar los colegios en conformidad con el Ministerio de Sanidad, persigue como una enorme mancha al Gobierno en el desarrollo de esta crisis.

Los contagios en el Ejecutivo les llevó a aprobar ese mismo jueves un cambio en la Ley de Gobierno para dar todo el marco legal a las reuniones a distancia. Pero este sábado la reunión extraordinaria que ha aprobado la declaración del estado de alarma se ha celebrado de manera presencial, con todos menos Montero y Darias y la sorpresa de la asistencia de Iglesias.

"El presidente le ha convocado al Consejo de Ministros y no se ha habilitado la asistencia telemática. Obviamente, ha seguido un protocolo sanitario, definido desde Moncloa, para asegurar que su asistencia es perfectamente viable", explicaban a este diario fuentes de la vicepresidencia de Derechos Sociales.

Pero, surgía la duda de si había sido Sánchez el que le pedía que acudiera o si era Iglesias quien tenía interés en acudir a una cita tan relevante, donde además él mismo ha propiciado un intenso y largo debate en el que ha reclamado tanto su participación en el mando único del estado de alarma, donde sólo hay debido a sus áreas ministros del PSOE, como la inclusión de medidas económicas para paliar el impacto en familias, trabajadores o pymes de las restricciones aprobadas.

El positivo de Begoña Gómez revela que de haber sido estrictos con Iglesias en el cumplimiento de su cuarentena, Sánchez tampoco podría haber presidido hoy el Consejo de Ministros si el resultado de la prueba se conoce desde primera hora del día. En su comparecencia en La Moncloa este sábado el presidente ha defendido la presencia de Iglesias porque "el vicepresidente segundo no ha dado positivo" en la prueba del coronavirus.

"Hemos seguido la celebración del Consejo de Ministros con las máximas recomendaciones de la autoridad sanitaria", explicó.

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Re: Crisis epidémicas
« Respuesta #1307 en: 15 de Marzo de 2020, 07:01:44 am »

Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19

https://www.boe.es/boe/dias/2020/03/14/pdfs/BOE-A-2020-3692.pdf


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Re: Crisis epidémicas
« Respuesta #1308 en: 15 de Marzo de 2020, 07:09:28 am »
A nosotros nos dicen que no podemos usar mascarillas que se crea alarma social y que hay que pedir autorización para ello.

Gobierno de INCOMPETENTES Y DESGRACIADOS.

Bueno ayer parecer ser que alguna unidad del norte pasó un caso similar, parecido o próximo a lo que usted relata, y es que al igual que la foto de GC en Haro de hace unos días puede causar intranqulidad, la foto de policías con mascarillas puede hacer lo mismo..yo no sé si a ustedes esa orden se la han dado por escrito pero no le vendría mal pedirlo, aún asi, vuelvo a incidir en lo mismo, un país serio debe tener unos servicios que recreen todo tipo de situaciones que puedan afectarle y tener preparados unos protocolos y también unos almacenes con material a renovar cada cierto tiempo para, llegado el caso que hoy se nos presenta ir a la carpeta de "virus", leerla y acudir a esos almacenes para poder abastecer al menos a los servicios que siempre serán los encargados de proteger a la población.

Otro, aún asi, el miedo es libre, el material, si no se controla "desaparece", y al desaparecer algunos necesitados de él se las ingenian para poder seguir prestando servicio...esta foto es real, de ayer, de un PMM.




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Re: Crisis epidémicas
« Respuesta #1309 en: 15 de Marzo de 2020, 07:16:43 am »
Ven lo que les digo.."ultima un plan", no...los planes deben estar hechos de antemano.




La Policía prevé calabozos individuales para contagiados y un registro de agentes afectados

El cuerpo ultima un plan que fija las unidades esenciales que siempre deberán tener personal suficiente y reconoce como accidente laboral las bajas por contraer el virus

Alejandro Requeijo
Publicado 15.03.2020 - 05:15

La Policía Nacional ultima un plan de actuación frente al Covid-19 que incluye la indicación de aislar en calabozos individuales a los detenidos que presenten síntomas de padecer la epidemia. También establece cuáles son los servicios policiales “esenciales” que deben contar siempre con un número mínimo de agentes disponibles. Ordena a todas las plantillas rellenar un formulario diario para llevar el control de los agentes afectados y reconoce como accidente laboral los periodos de aislamiento provocados por el virus.
 
Se trata de un “borrador confidencial” de 29 folios (incluidos los anexos) al que ha tenido acceso Vozpópuli. Las fuentes policiales consultadas aseguran que apenas sufrirá variaciones respecto al plan que se aprobará definitivamente. Según adelantó este periódico, el autor ha sido cesado por compartirlo en un grupo de trabajo policial de técnicos en prevención de riesgos laborales, horas antes de su publicación oficial con la firma del director, Francisco Pardo Piqueras.

El plan recuerda las dos instrucciones previas emitidas por el Servicio de Riesgos Laborales. La primera de ellas contenía una serie de recomendaciones básicas para los agentes destinados en puestos fronterizos y la segunda, más general, incluía indicaciones como mantener distancias de seguridad entre personas de entre metro y medio y dos metros. “En el momento en el que nos encontramos, se hace necesario ir más allá”, dice el borrador de este plan.
Los escáner de huellas dactilares del DNI

Se actualizan y amplían las recomendaciones impartidas hasta ahora en dos apartados. El primero tiene que ver con las “medidas preventivas” que insisten en la importancia del higiene, cubrirse la boca al toser o estornudar, lavarse las manos con frecuencia y extremar la limpieza sobre superficies como barandillas, pomos de las puertas, teléfonos o los escáner de huellas dactilares en las oficinas del DNI.

“En el contacto con personas sujetas a custodia policial sospechosas de padecer la enfermedad, se valorará el empleo de medidas de barrera (guantes y mascarilla)”, dice también este plan, que insta a adquirir “soluciones de alcohol” (el gel que se usa para lavar las manos), toallas de papel desechable y guantes de látex. El segundo apartado de recomendaciones hace alusión a las "medidas de calidad ambiental". Se pide mantener una ventilación húmeda adecuada en las instalaciones, evitar corrientes de aire frío y una temperatura por encima de los 20 grados.   

El plan incluye el compromiso de mantener informada a la plantilla policial de todas las recomendaciones que emanen del Ministerio de Sanidad. “Se informará sobre las formas y modos de contagio, erradicando cualquier falsa creencia o rumores no fundamentados”, dice el texto en el que hay un apartado dedicado a “la transmisión de la infección” y otro a la “supervivencia del virus en superficie”. Según dice, la cepa del virus puede permanecer hasta una semana en objetos inanimados. En los anexos se incluye una explicación del origen de este virus, las formas de contagio así como consejos (con ilustraciones) sobre cómo usar los guantes de látex o las mascarillas.
Registro diario

Para llevar un control de los policías afectados, todas las plantillas deberán rellenar una plantilla en la que informen diariamente antes de las 10 horas de las incidencias y posibles contagios de funcionarios policiales. En el cuadro habilitado se introducirán los datos de la plantilla, los agentes pendientes de resultados, los casos negativos, los casos positivos, personal de baja y personal recuperado.

Se insiste en la necesidad de permanecer aislados y avisar a las autoridades sanitarias ante posibles síntomas. También los compañeros que hayan entrado en contacto con algún positivo. Pide no usar las instalaciones en las que haya permanecido alguno de los afectados hasta que no hayan sido desinfectadas. Tampoco los vehículos policiales se podrán emplear para realizar traslados hospitalarios.

Se ofrecen una serie de pautas de actuación con detenidos que presenten síntomas de padecer la epidemia, empezando por aislarles en calabozos individuales que permanecerán clausurados hasta que sean desinfectados una vez haya salido el detenido. “Se introducirá la ropa de calabozo en una doble bolsa cerrada y se depositará sin manipularla en un espacio cerrado. Se procederá a la retirada de la ropa de calabozo por la empresa de limpieza, para su posterior tratamiento higiénico-sanitario”. También se ordena no usar hasta desinfectar el coche policial que sirviera para trasladar al arrestado.
Servicios esenciales

Ante la previsión de bajas provocadas por el virus, la Policía fija en este documento cuáles son los servicios esenciales que deberán contar siempre con personal suficiente. Se trata de aquellos de atención al ciudadano durante 24 horas como la Sala del 091 o las oficinas de denuncias. Son esenciales también los servicios de custodia de detenidos, los GEO, los TEDAX y los antidisturbios. El plan de actuación recoge “medidas de sustitución y movilidad de personal” en caso de que sea necesario cubrir plazas en estos servicios esenciales.

A lo largo de los 29 folios se recuerdan también las medidas de conciliación que incluye el permiso de permanecer en casa a todos los agentes que tengan hijos menores a su cargo o personas dependientes. En cuanto a las bajas provocadas por los contagios, el borrador dice que “se considerarán, con carácter excepcional, situación asimilada a accidente de trabajo, exclusivamente para la prestación económica de incapacidad temporal del sistema de seguridad social”.

 

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Re: Crisis epidémicas
« Respuesta #1310 en: 15 de Marzo de 2020, 07:44:06 am »

Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19

https://www.boe.es/boe/dias/2020/03/14/pdfs/BOE-A-2020-3692.pdf



UN DECRETO EXCEPCIONAL PARA FRENAR EL VIRUS
El decreto de alarma prevé multas por incumplir la orden de reclusión en casa
El Gobierno podrá sancionar, haciendo uso de la 'ley mordaza' del PP, a quienes desobedezcan las restricciones, con hasta 30.000 euros. Si hay delito, se castigará con el Código Penal

Juanma Romero

15/03/2020 05:00 - Actualizado: 15/03/2020 06:00

España es ya un país en cuarentena, con sus 47 millones de habitantes aislados. Obligados a permanecer en casa el máximo tiempo posible para frenar el crecimiento descontrolado de un virus, el Covid-19, que hace apenas una semana apenas era visto como una amenaza seria y que ahora no solo se ha convertido en una pandemia fuente de preocupación global sino que impactará de manera grave la economía. Quién sabe si incluso la llevará a la recesión. España, en fin, como antes Italia, queda cerrada al menos durante 15 días, aunque el Gobierno ya prepara el camino para una reclusión tal vez más larga, hasta que se consiga aplanar la curva de contagios.

España ya está, legalmente, en estado de alarma, desde minutos antes de que se extinguiese el 14 de marzo de 2020. Una jornada agotadora y pavorosa (más de 6.000 infectados, casi 200 muertes en el país) y que concluyó con la activación de la alerta en todo el Estado. Alarma que supone la entrada en vigor de medidas "drásticas" y que tendrán "consecuencias", como reconoció con solemnidad el presidente del Gobierno, Pedro Sánchez. Medidas excepcionales jamás vistas hasta ahora y que obligarán a los ciudadanos a no poder circular por las calles salvo por causa de fuerza mayor, bajo amenaza de multa de hasta 30.000 euros si incumplen la regla. El país no se paraliza, pero casi. El Estado asume competencias autonómicas y locales y el mando será centralizado y único: el Ejecutivo central será la "única autoridad competente", con la tutela del propio Sánchez.

Alumbrar el real decreto 463/2020, el que declara el estado de alarma en toda España, no fue fácil. Hicieron falta más de siete horas de deliberaciones intensas y tensas en el seno del Consejo de Ministros. Un debate "enriquecedor", "sosegado", "muy detallado", dijo el presidente, y en el que se escrutó artículo por artículo, bajando al detalle porque no en vano es un decreto de carácter histórico, ya que ni siquiera el único precedente inmediato, el de 2010 —cuando José Luis Rodríguez Zapatero decretó la alarma para tumbar la huelga de controladores aéreos y ordenó la militarización de las torres de control—, afectaba la libertad de movimientos de los ciudadanos ni absorbía poderes de otras administraciones.

El Gobierno defiende que tuvo que armar en muy poco tiempo —transcurrió día y medio desde el anuncio del líder socialista hasta la explicación de los detalles del texto— una arquitectura jurídica compleja y delicada. Pero esa demora también obedecía a las diferencias entre los dos socios. La voluntad de profundización de las ayudas económicas y sociales de los afectados que esgrimía el vicepresidente segundo, Pablo Iglesias, frente a la ortodoxia mayor querida por Nadia Calviño, vicepresidenta tercera y titular de Asuntos Económicos. Una pugna, no obstante, que trascendía los colores de la coalición y que acabó derivando la aprobación del segundo plan de choque para el siguiente Consejo de Ministros, el próximo martes 17.

La reunión del Gabinete concluyó a las 18:00 —había arrancado a las 10:30 del sábado—, pero Sánchez compareció sobre las 21:00, la hora de los informativos. A su larga intervención inicial, cargada de dramatismo y hasta épica, y en la que reclamaba la "unidad" de todos, ciudadanos, partidos y administraciones, para vencer al "enemigo de todos", el coronavirus, siguieron las explicaciones informales del Ejecutivo y a las 23:44, la noticia con la que cerrar el día: el positivo de la esposa del presidente, Begoña Gómez. El Covid-19 entraba directamente en el corazón de la Moncloa.

El real decreto llegó tras más de siete horas de debate en el Consejo. Sánchez reclama la "unión" de todos frente al "enemigo" común, el Covid-19


La entrada en vigor del estado de alarma deja muchas preguntas y respuestas. Lo que sigue es una guía de los puntos más importantes del real decreto, del que Sánchez tendrá que dar cuenta en el Congreso y reclamar su autorización para una prórroga después de los 15 días iniciales.

Sánchez, tras decretar la alarma: "La única autoridad competente es el Gobierno"
Juanma Romero
El Consejo de Ministros aprueba el estado de alarma que restringirá movimientos de los ciudadanos para contener el Covid-19 tras siete horas y media de deliberaciones entre los dos socios

¿Quién es la autoridad competente?

El Gobierno de España, bajo la dirección de Pedro Sánchez. Es el mando único. Pero como autoridades competentes delegadas actuarán cuatro ministros, los cuatro del PSOE: los titulares de Defensa, Margarita Robles; Interior, Fernando Grande-Marlaska; Transportes, José Luis Ábalos, y Sanidad, Salvador Illa. En las áreas de responsabilidad que no recaigan en los tres primeros, será competente Illa. Estas cuatro son las "áreas neurálgicas" de la alarma: Defensa, porque se moviliza al Ejército; Interior, porque de él pasarán a depender todos los cuerpos de seguridad (estatales, autonómicos y locales), Transportes, porque se afecta a la movilidad, y Sanidad, por razones obvias. Ellos podrán dictar órdenes y disposiciones relativas a sus ámbitos. Pero la autoridad es el Gobierno de España, que actúa de manera colegiada a través del Consejo de Ministros.

¿Puedo salir de casa para correr al aire libre? ¿Y para sacar al perro?

No y sí. Los ciudadanos solo podrán salir a la calle, a pie o en su vehículo, para adquirir alimentos, productos farmacéuticos y de primera necesidad; asistir a centros hospilatarios; desplazarse a su lugar de trabajo y volver a su residencia habitual; cuidar a mayores, menores, enfermos, dependientes o personas con discapacidad, o para acercarse a bancos o entidades de seguros. También podrán hacerlo "por causa de fuerza mayor o situación de necesidad" o para "cualquier otra actividad de análoga naturaleza". Cuando se salga a la calle habrá de hacerse de manera individual (así se garantiza la distancia interpersonal de al menos un metro, para evitar contagios), salvo que se acompañe a personas con discapacidad.

El Ejecutivo apela al "buen criterio" y a la responsabilidad de los ciudadanos, para que no aprovechen sacar al perro para un paseo largo

El propio presidente explicó que sí está autorizado salir del domicilio para pasear a la mascota. Pero este casi será el único pequeño desahogo. Es, decían después fuentes del Ejecutivo, pura aplicación del "sentido común", y no tiene sentido tener animales que no se puedan cuidar debidamente. Pero esa escapada con el perro no puede ser utilizada para un paseo más largo. El Gobierno "apela al buen criterio" y a la responsabilidad de los ciudadanos, porque de lo que se trata es de "preservar vida y salud" y "todos" han de colaborar. Lo que no se podrá hacer, en consecuencia, es deporte al aire libre (ni paseos, ni 'running'), ni obviamente dentro de gimnasios, que permanecerán cerrados.

El Gobierno limita el libre movimiento en todo el país durante quince días

¿Qué pasa si incumplo?

El artículo 20 del real decreto señala que "el incumplimiento o la resistencia a las órdenes de las autoridades competentes en el estado de alarma será sancionado con arreglo a las leyes, en los términos establecidos en el artículo 10 de la Ley Orgánica 4/1981, de 1 de junio", la ley que regula los estados de alarma, excepción y sitio. A su vez, esta norma se remite a "lo dispuesto en las leyes" a la hora de establecer sanciones. Fuentes del Ejecutivo indicaban que esa redacción enganchaba con la Ley de Seguridad Ciudadana, la llamada 'ley mordaza' que el Gobierno del PP impuso con su mayoría absoluta en 2015 y que fue recurrida por el PSOE, que prometió su derogación. Promesa que figura en el acuerdo con Unidas Podemos.

La Moncloa defiende que no ha sido "innovadora" en materia sancionadora porque no es una alarma provocada por disturbios, sino por crisis sanitaria

Como recordaban desde Interior, la Ley de Seguridad Ciudadana cataloga como infracción grave (y recogida en el artículo 36.6), castigada con una multa de 601 a 30.000 euros, "la desobediencia o resistencia a la autoridad o a sus agentes en el ejercicio de sus funciones cuando no sean constitutivas de delito", "así como la negativa a identificarse a requerimiento de la autoridad o de sus agentes o la alegación de datos falsos o inexactos en los procesos de identificación". Aquellos que se resistan o desobedezcan "gravemente" a la autoridad pueden incurrir en delito, y en ese caso se castigaría con el Código Penal, a través del artículo 556, que impone penas de prisión de tres meses a un año o multa de seis a 18 meses.

Desde el Ejecutivo se señalaba que no se había querido ser "innovador" en materia sancionadora porque se remite a la redacción de 1981. Las mismas fuentes indicaban que se confía en la sensatez de la gente. Este decreto de alarma no se debe, alegaban, a la necesidad de frenar tumultos o alteración del orden público, en cuyo caso sí haría falta engrosar esta parte. Responde a una crisis sanitaria, de manera que se prevé que los ciudadanos actúen de manera prudente y los casos de incumplimiento (y por tanto multa) serán "minoritarios".

Si quienes incumplen las normas son funcionarios, las autoridades podrán suspenderlos de inmediato en el ejercicio de sus cargos. Y si quienes se saltan las normas son las propias autoridades, sus facultades podrán ser asumidas por el Gobierno de España.

¿Qué negocios quedarán cerrados?

Los locales y comercios minoristas quedarán cerrados al público, a excepción de las tiendas de alimentación; establecimientos farmacéuticos, médicos, ópticas, productos ortopédicos e higiénicos; kioscos de prensa y papelería; gasolineras; estancos; tiendas de alimentos para mascotas; venta de equipos tecnológicos y de telecomunicaciones, peluquerías, tintorerías y lavanderías. La permanencia en los comercios cuya apertura esté permitida será la estrictamente necesaria para que los clientes puedan realizar la compra, sin poder consumir los productos en ellos. Se evitarán aglomeraciones y se controlará que consumidores y empleados mantengan la distancia de seguridad de al menos un metro para evitar contagios.

Abrirán súper, farmacias, ortopedias... Cerrarán bares, restaurantes, salas de fiesta, casinos, tabernas, museos, bibliotecas, monumentos...

También se prohíbe la apertura de museos, archivos, bibliotecas, monumentos, salas de fiesta o de conciertos, discotecas, casinos, teatros, gimnasios... Cerrados quedarán igualmente bares, tabernas, restaurantes, terrazas, cafeterías o chocolaterías. En ellos solo se podrán prestar servicios de entrega a domicilio. Se suspenden asimismo verbenas, desfiles y fiestas populares. El decreto también confirma la suspensión de la actividad docente presencial en todos los centros educativos de todos los niveles de todo el país.
¿Por qué peluquerías y tintorerías sí podrán abrir al público?

En el catálogo de excepciones citadas por Sánchez sorprendió que mencionara, sobre todo, las peluquerías, porque en ellas lógicamente la distancia entre cliente y profesional es corta. Fuentes del Ejecutivo explicaban que, en la medida de lo posible, se ha intentado no alterar más de la cuenta la vida de los ciudadanos, que de suyo va a quedar muy afectada con todas estas restricciones. Además, se quería atender la petición de la ministra de Industria, Reyes Maroto, para no hacer un excesivo daño a los pequeños negocios, que sostienen el tejido productivo del país. Se añaden, alegaban, razones de higiene, por la gente mayor y con dificultades de movilidad, que necesitan acudir a las peluquerías para cortarse el pelo y lavarse la cabeza.

¿Y las tintorerías y lavanderías? Porque desempeñan, recordaban en el Gobierno, una labor fundamental de limpieza e higiene para hospitales y otros centros de atención.

Pedro Sánchez: "No nos va a temblar la mano para ganar al virus"

¿Se obliga al teletrabajo?

Finalmente, no. En el borrador que circuló por la mañana, se decía que los empleadores estaban obligados a facilitar el teletrabajo. Pero ese punto cayó del decreto y no aparece en él. El argumento es que no se puede "parar el país". Aquellos sectores en los que cabe la prestación a distancia pueden aplicarlo, pero en otros como el campo, necesario para el suministro alimentario, no cabe.

Se permitirán peluquerías para no hacer daño a la industria y por razones de higiente, para que puedan ir mayores y personas con difícil movilidad
¿Se podrá ir a misa o celebrar una boda?

Sí, pero con muchas restricciones. La asistencia a los lugares de culto y a las ceremonias civiles y religiosas, incluidas las fúnebres, dice el decreto, "se condicionan a la adopción de medidas organizativas consistentes en evitar aglomeraciones de personas, en función de las dimensiones y características de los lugares, de tal manera que se garantice a los asistentes la posibilidad de respetar la distancia entre ellos de, al menos, un metro".
¿Si estoy fuera de España o en mi segunda residencia, podré regresar?

Sí, se podrá volver "sin problemas" al domicilio habitual, aunque será obligatorio seguir las restricciones impuestas en todo el territorio. También se permitirá, dijo Sánchez, que quien por ejemplo viva en Segovia y trabaje en Madrid haga ese recorrido con normalidad. Del mismo modo, se podrá volar de Gran Canaria a Tenerife para cuidar de un enfermo. Pero no se podrá ir de una a otra provincia a ver a un amigo, a hacer ocio o turismo. Como tampoco, dentro de una misma localidad, se podrá ir de fiesta, de copas, de restaurantes o de compras. "No podrán ir a una terraza, a la montaña, a la playa o a una estación de esquí". Es decir, esto es alarma, no unas vacaciones.

Los españoles en el extranjero y en segundas residencias podrán regresar

¿Se verá al Ejército en las calles?

Sí, si se necesita, se le verá ejerciendo las funciones de policía, de vigilancia de bienes y lugares, y para que los ciudadanos cumplan las restricciones de movimiento. El Gobierno también podrá echar mano de las Fuerzas Armadas para transportar enfermos o material sanitario, o para que se utilicen sus hospitales y centros sanitarios (como el Gómez Ulla, en Madrid), en muchos casos infrautilizados. Además, el Ejército cuenta con médicos a los que se podrá recurrir si es preciso. Se trata de poner "todos los recursos del Estado", públicos y privados, civiles y miltares, para combatir la pandemia, ayudar a la bajada de contagios y evitar el colapso de los servicios sanitarios.

Los militares ejercerán labores policiales o también para traslado de enfermos o material, y podrán prestar personal médico y centros sanitarios
¿Qué pasa con los transportes?

En los próximos días, Ábalos desarrollará las medidas específicas sobre esta materia. Pero, de entrada, se mantiene el transporte de Cercanías estatal al 100%, así como el transporte urbano (de competencia local, como taxis y buses, o autonómica, como el metro). En cambio, trenes o ferris de media distancia y aviones verán recortado su servicio al 50%. Estos porcentajes podrían modularse por orden del Ministerio de Transportes.
¿Se cierra el espacio aéreo?

No. Lo que se hace es recortar a la mitad el transporte aéreo (igual que esta semana ya se prohibió la entrada de vuelos procedentes de Italia hasta el 26 de marzo). En el Ejecutivo relataban que se había trabajado especialmente en coordinación con los países vecinos (Portugal, Francia, Marruecos...) y teniendo presente la necesidad de proteger el espacio Schengen europeo y que haya garantías sanitarias en frontera. La titular de Exteriores, Arancha González Laya, "ha estado muy preocupada por esto".
¿Se nacionalizan servicios?

No. Pero el real decreto sí deja claro que Sanidad puede "intervenir y ocupar transitoriamente industrias, fábricas, talleres, explotaciones o locales de cualquier naturaleza", incluidos los centros sanitarios privados, así como aquellos en los de desarrolle su actividad el sector farmacéutico. Además, podrá "practicar requisas temporales de todo tipo de bienes e imponer prestaciones personales obligatorias en aquellos casos en que resulte necesario para la adecuada protección de la salud pública, en el contexto de esta crisis sanitaria" del Covid-19.

Illa podrá intervenir fábricas, talleres o centros privados, practicar requisas o dar órdenes para garantizar el abastecimiento de suministro

El ministerio que dirige Illa impartirá las órdenes necesarias para asegurar el abastecimiento del mercado y el funcionamiento de los servicios de los centros de producción afectados por la falta de productos necesarios para proteger la salud pública. Podrá, por ejemplo, ordenar a una empresa que produzca un artículo (por ejemplo, mascarillas), sabiendo que lo pueden hacer, para que no haya desabastecimiento.


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Re: Crisis epidémicas
« Respuesta #1311 en: 15 de Marzo de 2020, 07:44:16 am »
Sánchez defiende el debate interno en el Gobierno pues ha sido "enriquecedor"

¿Se invaden competencias?

Este es uno de los puntos más delicados del decreto de alarma. A partir de ahora, y en los siguientes 15 días, la única autoridad competente es el Gobierno de España. Comunidades y ayuntamientos podrán seguir ejerciendo sus funciones de gestión ordinaria, pero el cambio es que ahora deberán obedecer las órdenes del Ejecutivo central. En particular, los cuerpos policiales autonómicos y locales quedarán bajo la tutela directa de Interior. Además, el Ministerio de Sanidad tendrá la obligación de garantizar la "cohesión y equidad" en la prestación del sistema en toda España y podrá distribuir medios técnicos y personales como mejor convenga, para reforzar, por ejemplo, áreas más saturadas.

Los cuerpos policiales quedarán todos bajo el mando de Interior. Las CCAA mantienen poderes, pero tendrán que seguir las órdenes del Ejecutivo

Del mismo modo, el Gobierno garantizará el suministro alimentario y el funcionamiento de los centros de producción, permitiendo la distribución de alimentos desde el origen hasta el consumidor. Podrá establecer incluso corredores sanitarios para "permitir la entrada y salida de personas, materias primas y productos elaborados". Las autoridades competentes delegadas también "podrán adoptar las medidas necesarias para garantizar el suministro de energía eléctrica, de productos derivados del petróleo y de gas natural".

"En ocasiones somos 17 autonomías pero en otras, como tantas otras veces en la historia de España, debemos ser el gran país que somos —señaló el presidente [aquí en PDF]—. Vamos a dar una respuesta conjunta a la altura del Estado autonómico que somos, con el Gobierno de España liderando al conjunto de las administraciones para dar una respuesta común" frente al coronavirus. Sánchez insistió en que, en su conversación con los presidentes autonómicos este domingo, les detallará las medidas que se irán aplicando en función de los posibles escenarios. Pero los "principios" que guiarán la actuación del Ejecutivo con las CCAA serán tres: "Coordinación, cooperación y colaboración". "En definitiva, la unión".

Sánchez apela a la unidad: "El virus no distingue de territorios ni de ideologías"

¿Se podrá cerrar Madrid o Cataluña?

En la rueda de prensa de Sánchez y aún después, en el 'briefing' virtual con los periodistas, hubo varias preguntas que circundaban este mismo asunto. Era una posibilidad que se barajó para la región madrileña, auténtico foco de contagios, y para Cataluña, pues el 'president', Quim Torra, había pedido el confinamiento. El presidente defendió que no puede haber restricciones por CCAA, porque el virus no entiende de "colores políticos, ideologías o territorios". Se expande igual. Lo que hace el Ejecutivo, por tanto, no es "restringir la movilidad en una comunidad, sino restringir la movilidad de los ciudadanos, que son los potenciales transmisores del virus". Porque solo si los españoles se quedan en casa y son disciplinados se logrará frenar la "contaminación" del Covid-19.

Sánchez incide en que el virus no distingue de "colores" o "territorios" y por eso se restringe la circulación de ciudadanos, no en las autonomías

No obstante, el decreto deja margen para que el ministro del Interior pueda "acordar el cierre a la circulación de carreteras o tramos de ellas por razones de salud pública, seguridad o fluidez del tráfico o la restricción en ellas del acceso de determinados vehículos por los mismos motivos". Fuentes del Ejecutivo indicaron que se irán tomando las decisiones que digan las autoridades sanitarias. Las competencias "siguen estando en las CCAA", pero las ejercerán "a las órdenes del Ministerio de Sanidad". Lo que pretende el decreto es proteger la salud de las personas en todos los lugares de España, agregaron.

¿Los periodistas podrán moverse?

Sí. Ellos tendrán libertad de circulación para desarrollar su trabajo, porque la libertad de información es un valor básico consagrado en la Constitución y porque es "necesaria" para los ciudadanos, para que tengan todos los datos precisos sobre esta emergencia sanitaria. Por esa misma razón permanecerán abiertos los kioscos. Medios públicos y privados estarán obligados a insertar aquellos mensajes, anuncios y comunicaciones que las autoridades quieran emitir.

Sánchez admite que el impacto económico del estado de alarma será "grande"

¿Cuándo entra en vigor? ¿Habra prórroga?

El real decreto 463/2020, de declaración del estado de alarma, entró en vigor en el mismo momento de su publicación en el BOE, pocos minutos antes de la medianoche pasada. El borrador inicial barajaba que las limitaciones de movimientos arrancasen a las 08:00 del 16 de marzo, pero se desechó. El Ejecutivo consideró "inaceptable" que se filtrara un documento de trabajo interno sobre una cuestión tan delicada. A partir de ahora arrancan 15 días y, cuando vayan a agotarse, se evaluará si están funcionando las medidas de aislamiento, semejantes a las aplicadas por Italia. Sánchez insistió en que lo importante es seguir el consejo de los expertos y esperar que estas restricciones consigan frenar el brote y aplanar la curva de contagios. Una ampliación del estado de alarma tendrá que ser autorizada forzosamente por el Congreso, según impone el artículo 116 de la Constitución.

El presidente ya avanza que el impacto económico del Covid-19 será "grande" aunque no da cifras porque el escenario sigue siendo "muy cambiante"

¿Cuál será el impacto económico? El presidente ya avanza que será "grande", y que "mucha gente va a verse damnificada", pero lo importante, ahora mismo, es "defender la salud pública". No se atrevió a dar cifras, porque el escenario es "muy cambiante" y nadie sabe cuánto tiempo consumirá contener el virus, pero el Gobierno hará lo posible "para amortiguar los efectos económicos y sociales" de esta "emergencia" y dar respuesta, en el próximo Consejo de Ministros, a las consecuencias del estado de alarma.

¿Y debió estar Iglesias en el Consejo, saltándose la cuarentena?

El Gobierno defiende que sí. Pedro Sánchez había reclamado la presencia del vicepresidente segundo, Pablo Iglesias, dada la importancia del Consejo de Ministros de este sábado. No se pudo habilitar una reunión telemática, según fuentes de su departamento, pero en todo momento se preservó el protocolo sanitario para evitar contagios. Además, el Consejo se celebró en el Sala Barceló (o Tapices), la más espaciosa del inmueble, para instalar allí una amplia mesa en forma de U en la que los ministros pudieron estar separados por un metro de distancia.

Fuentes del Ejecutivo recordaban que Iglesias no tiene el virus (aunque su pareja, Irene Montero, sí diera positivo, y por eso ni ella ni Carolina Darias, ministra de Igualdad, fueron convocadas), y que era importante que estuviera.

    El presidente me ha convocado presencialmente al #CMIN porque legalmente no se podía habilitar la opción telemática. Era mi deber acudir y lo he hecho siguiendo un protocolo sanitario organizado por Moncloa según las indicaciones de Sanidad, que hemos cumplido a rajatabla.
    — Pablo Iglesias 🔻 (@PabloIglesias) March 14, 2020

 

Las medidas económicas de protección a los más castigados por esta crisis se aprobarán el martes. No salieron del horno este sábado, como quería Unidas Podemos. En el Ejecutivo defendieron que se seguirán adoptando tantas medidas como sean necesarias, como se ha hecho hasta ahora.

    Hacer frente a la crisis sanitaria y a sus consecuencias socioeconómicas es nuestra obligación como Gobierno.
    — Pablo Iglesias 🔻 (@PabloIglesias) March 14, 2020

Es más, para el círculo cercano al presidente, es una "prueba rotunda de eficacia, responsabilidad y solvencia" haber parido el real decreto en tan poco tiempo. Ahora habrá que aprobar nuevas disposiciones, activar la "maquinaria más fina" para cuestiones que quedan por perfilar, como los transportes, la atención a los más vulnerables o los comedores escolares. O que los niños y universitarios no pierdan el curso escolar.


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Re: Crisis epidémicas
« Respuesta #1312 en: 15 de Marzo de 2020, 07:47:04 am »
Creo que las "leyes" no aclaran mucho el tema de las sanciones por que además, seamos serios, el Estado no tiene la capacidad para controlar todas y cada una de las posibles casuísticas más allá de las de estar sentado en un parque público.


Artículo 20.

Régimen sancionador.

El incumplimiento o la resistencia a las órdenes de las autoridades competentes en el estado de alarma será sancionado con arreglo a las leyes, en los términos establecidos en el artículo diez de la Ley Orgánica 4/1981, de 1 de junio



Artículo diez.

Uno. El incumplimiento o la resistencia a las órdenes de la Autoridad competente en el estado de alarma será sancionado con arreglo a lo dispuesto en las leyes.

Dos. Si estos actos fuesen cometidos por funcionarios, las Autoridades podrán suspenderlos de inmediato en el ejercicio de sus cargos, pasando, en su caso, el tanto de culpa al juez, y se notificará al superior jerárquico, a los efectos del oportuno expediente disciplinario.

Tres. Si fuesen cometidos por Autoridades, las facultades de éstas que fuesen necesarias para el cumplimiento de las medidas acordadas en ejecución de la declaración de estado de alarma podrán ser asumidas por la Autoridad competente durante su vigencia.



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Re: Crisis epidémicas
« Respuesta #1313 en: 15 de Marzo de 2020, 08:07:58 am »
Y el gilipollas del Ortega hablando de las defensas españolas matando el coronavirus chino.
De verdad......tantos inútiles hay en España votando a estos gilipollas

LLeva usted razón, pero esta foto también hay que reseñarla, por que si bien el señor Iglesias dió negativo en las pruebas el virus, como sabemos, tiene un tiempo de incubación que va desde los 5 a los 21 días con carácter general.
Además, su presencia al final no le ha servido de nada tras horas de debate, ya que Sánchez ha impuesto su liderazgo y ha señalado a los responsables directos de la crisis, e Iglesias no es uno de ellos.


Pedro Sánchez, entre Pablo Iglesias y Carmen Calvo, en el Consejo de Ministros de este sábado. Moncloa

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Re: Crisis epidémicas
« Respuesta #1314 en: 15 de Marzo de 2020, 08:14:23 am »
Miren la decisión que ha tomado Italia ante el elevado número de atenciones hospitarias...la selección natural?


Atender a quien pueda sobrevivir: el protocolo para las UCI de Italia


http://www.siaarti.it/SiteAssets/News/COVID19%20-%20documenti%20SIAARTI/SIAARTI%20-%20Covid19%20-%20Raccomandazioni%20di%20etica%20clinica.pdf

https://www.elconfidencial.com/mundo/2020-03-13/coronavirus-italia-siaarti-cuidados-intensivos-uci_2494779/



Una epidemia descontrolada lleva a una medicina de catástrofe: sanitarios enfrentados al dilema de a quiénes salvar

Una medicina de catástrofe, con recursos sanitarios insuficientes, no se centra en el beneficio de un solo enfermo, sino en el beneficio colectivo de todos ellos
Guía práctica sobre el coronavirus: las preguntas y respuestas básicas sobre la pandemia
Esther Samper
14/03/2020 - 23:49h

La Comunidad de Madrid está tomando medidas excepcionales para atender a los casos graves afectados por el COVID-19, cuyo número se ha incrementado considerablemente en los últimos días. Para evitar el colapso de los hospitales, especialmente de las unidades de cuidados intensivos (UCIs), se han suspendido o pospuesto cirugías, pruebas diagnósticas, consultas externas "no preferentes" e ingresos programados. Además, se han habilitado zonas especiales en los hospitales para ampliar el ámbito de actuación de las UCIs, se ha contratado a centenares de profesionales sanitarios, cancelado las vacaciones del actual personal y adquirido elementos de protección y dispositivos de soporte respiratorio. Por otro lado, el Gobierno regional de la Comunidad de Madrid ya gestiona los recursos sanitarios de los hospitales privados para que actúen en esta epidemia y convertirá algunos hoteles en hospitales improvisados para los pacientes menos graves que necesiten atención médica.

Mientras tanto, las autoridades sanitarias y políticas están llevando a cabo múltiples acciones para evitar la concentración de personas e insisten con fuerza en la importancia de limitar las interacciones sociales y tomar medidas higiénicas. El objetivo principal durante las próximas semanas será limitar la velocidad de los contagios para que la epidemia no desborde los sistemas sanitarios. Aunque el COVID-19 sea una enfermedad leve en más del 80% de los casos, los estudios nos muestran que en torno al 20% de los enfermos desarrolla un síndrome de dificultad respiratoria aguda y en torno al 12% necesita ventilación mecánica. Estos pacientes pueden llegar a estar ingresados hasta un máximo de 3-4 semanas. Todas estas características del COVID-19, unidas a una epidemia descontrolada, son la tormenta perfecta para el colapso de los hospitales.

Precisamente por ello, España está intentando evitar caer en la misma situación que Italia, donde el coronavirus se ha difundido ampliamente y los hospitales están desbordados. En estos momentos, Italia cuenta con más de 17.000 casos confirmados (se estima que la cifra real es muy superior) y más de 1.200 muertos. Aunque China anunció hace unos días que iba a enviar a Italia mil respiradores y millones de mascarillas, el país europeo está pasando un momento crítico para atender a los pacientes más afectados por el coronavirus. La presión asistencial es tan fuerte, sobre todo en las UCIs, que es imposible atender a todo el mundo en algunos hospitales e ingresar a todos aquellos que lo necesitan. No hay camas ni ventiladores mecánicos para todos y los profesionales sanitarios se ven obligados a decidir a quién ingresar.

Priorizar la asistencia en función del bien común

El 6 de marzo, la Sociedad Italiana de Anestesia, Analgesia, Reanimación y Terapia Intensiva (SIAARTI) publicó unas recomendaciones para orientar a los profesionales sanitarios sobre cómo atender a los pacientes en una situación de elevada sobrecarga. En este documento se compara la situación con una "medicina de catástrofe", en la que hay que decidir cómo y a quién atender en un escenario de recursos sanitarios limitados. Profesionales sanitarios como Christian Salaroli, anestesista, describen la situación "como la guerra", donde la supervivencia "se decide por la edad y por las condiciones de salud".

Una medicina de catástrofe, con recursos sanitarios insuficientes, no se centra en el beneficio de un solo enfermo, sino en el beneficio colectivo de todos ellos. Se prioriza la asistencia basándose en el bien común del conjunto de los pacientes. En ese sentido, el 10 de marzo, el Departamento de Bioética Clínica del Hospital Universitario Infanta Elena de Valdemoro difundió entre sus trabajadores un documento sobre las consideraciones éticas en el manejo de los pacientes que podrían requerir asistencia en las UCIs. En dicho escrito destaca lo siguiente: "Es prudente prever la necesidad de administrar responsablemente en todo momento los recursos en aras de la mayor justicia distributiva y el mayor bien para el mayor número de personas. [...] Dada la situación que actualmente padecemos, consideramos que es prudente y adecuado dirigir los mayores esfuerzos terapéuticos a los pacientes que, tras evaluación de los criterios clínicos de gravedad y pronósticos previamente seleccionados, se considere que tienen mayor posibilidad de supervivencia y conseguida esta en menor plazo de tiempo con su ingreso en UCIs".

Se estima que España está en la misma situación en la que estaba Italia hace 7-10 días. Las diferentes acciones que se están tomando (tanto a nivel individual como político) para frenar la epidemia determinarán en las próximas semanas que sigamos o no la misma evolución que dicho país europeo.

Aunque circulan audios por las redes sociales sobre hospitales con las UCIs colapsadas en Madrid y pacientes graves que se quedan fuera, estas informaciones no son ciertas. El pasado viernes a la tarde el consejero de Sanidad de la Comunidad de Madrid, Enrique Ruiz Escudero, declaró que había 205 pacientes graves ingresados en las UCIs (tres días antes la cifra era de 102) y que contaban con 335 camas libres. Se pretende instalar 1.000 nuevas camas de UCIs en los próximos días para garantizar el cuidado de los pacientes más graves.

En estos momentos, la epidemia no ha sobrepasado a los servicios sanitarios. Aun así, se trata de evitar, a toda costa, que el previsible aumento de casos graves en los próximos días lleve a una medicina de catástrofe como en Italia. El Gobierno ha previsto que se alcancen los 10.000 casos en España la próxima semana. Esto llevaría a que alrededor de 1.000 pacientes necesiten UCIs.

Se disponen, ahora mismo, de camas suficientes (4.400 camas dentro del país) para atender a esta cifra de pacientes. Sin embargo, la concentración de pacientes graves en zonas como Madrid obliga a extremar todas las precauciones para que todas aquellas personas que necesiten ingresar en el hospital puedan hacerlo. La responsabilidad individual y colectiva de la población española y las autoridades es clave para que las personas más vulnerables puedan ser atendidas con todas las garantías en las próximas semanas.





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Re: Crisis epidémicas
« Respuesta #1315 en: 15 de Marzo de 2020, 08:17:10 am »
El RDL del Estado de Alarma habla de sanciones en caso de incumplimiento y nos remite a la LO 4/81 y está LO dice que se sancionará conforme dispongan las leyes.
Entonces, una persona que incumpla las medidas de confinamiento y lo veamos por la calle, en base a que normativa le denunciamos, entiendo que tendrá cabida lo dispuesto en el artículo 36.6 de la LO 4/2015. Aunque no parece que sea muy ajustado pero es lo que podríamos utilizar.
“La desobediencia o la resistencia a la autoridad o a sus agentes en el ejercicio de sus funciones, cuando no sean constitutivas de delito, así como la negativa a identificarse a requerimiento de la autoridad o de sus agentes o la alegación de datos falsos o inexactos en los procesos de identificación”.

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Re: Crisis epidémicas
« Respuesta #1316 en: 15 de Marzo de 2020, 08:28:39 am »
El RDL del Estado de Alarma habla de sanciones en caso de incumplimiento y nos remite a la LO 4/81 y está LO dice que se sancionará conforme dispongan las leyes.
Entonces, una persona que incumpla las medidas de confinamiento y lo veamos por la calle, en base a que normativa le denunciamos, entiendo que tendrá cabida lo dispuesto en el artículo 36.6 de la LO 4/2015. Aunque no parece que sea muy ajustado pero es lo que podríamos utilizar.
“La desobediencia o la resistencia a la autoridad o a sus agentes en el ejercicio de sus funciones, cuando no sean constitutivas de delito, así como la negativa a identificarse a requerimiento de la autoridad o de sus agentes o la alegación de datos falsos o inexactos en los procesos de identificación”.

Ya les he dicho que les va a ser imposible realizar un seguimiento de todas las casuísticas...yo salgo de mi casa y voy, a donde?...salvo que me pillen ustedes sentado en un parque público o similares y les diga que no me sale de los cojones irme, las demás son conductas son "no comprobables" y por lo tanto no sancionables, y si hay algún borrico como el que describo entonces si, la desobediencia entra en escena e incluso el CP.


Creo que las "leyes" no aclaran mucho el tema de las sanciones por que además, seamos serios, el Estado no tiene la capacidad para controlar todas y cada una de las posibles casuísticas más allá de las de estar sentado en un parque público.


Artículo 20.

Régimen sancionador.

El incumplimiento o la resistencia a las órdenes de las autoridades competentes en el estado de alarma será sancionado con arreglo a las leyes, en los términos establecidos en el artículo diez de la Ley Orgánica 4/1981, de 1 de junio



Artículo diez.

Uno. El incumplimiento o la resistencia a las órdenes de la Autoridad competente en el estado de alarma será sancionado con arreglo a lo dispuesto en las leyes.

Dos. Si estos actos fuesen cometidos por funcionarios, las Autoridades podrán suspenderlos de inmediato en el ejercicio de sus cargos, pasando, en su caso, el tanto de culpa al juez, y se notificará al superior jerárquico, a los efectos del oportuno expediente disciplinario.

Tres. Si fuesen cometidos por Autoridades, las facultades de éstas que fuesen necesarias para el cumplimiento de las medidas acordadas en ejecución de la declaración de estado de alarma podrán ser asumidas por la Autoridad competente durante su vigencia.

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Re: Crisis epidémicas
« Respuesta #1317 en: 15 de Marzo de 2020, 10:37:27 am »
La ley que debemos aplicar para sancionar es la Ley 17/2019 de 7 de Julio de Protección civil.  Art 46 Titulo VI

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Re: Crisis epidémicas
« Respuesta #1318 en: 15 de Marzo de 2020, 10:43:33 am »
Son infracciones administrativas en materia de protección civil las acciones y omisiones tipificadas en esta ley.
2. Las infracciones se clasifican en muy graves, graves y leves.
3. Constituyen infracciones muy graves:
a) El incumplimiento de las obligaciones derivadas de los planes de protección civil, cuando suponga una especial peligrosidad o trascendencia para la seguridad de las personas o los bienes.
b) En las emergencias declaradas, el incumplimiento de las órdenes, prohibiciones, instrucciones o requerimientos efectuados por los titulares de los órganos competentes o los miembros de los servicios de intervención y asistencia, así como de los deberes de colaboración a los servicios de vigilancia y protección de las empresas públicas o privadas ̧ cuando suponga una especial peligrosidad o trascendencia para la seguridad de las

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Re: Crisis epidémicas
« Respuesta #1319 en: 15 de Marzo de 2020, 10:45:09 am »
Artículo 28. Definición.
CAPÍTULO VII
Emergencias de interés nacional
Son emergencias de interés nacional:
1. Las que requieran para la protección de personas y bienes la aplicación de la Ley Orgánica 4/1981, de 1 de junio, reguladora de los estados de alarma, excepción y sitio.
2. Aquellas en las que sea necesario prever la coordinación de Administraciones diversas porque afecten a varias Comunidades Autónomas y exijan una aportación de recursos a nivel supraautonómico.
3. Las que por sus dimensiones efectivas o previsibles requieran una dirección de carácter nacional.