Ya he dicho que hay comandancias que si y otras que no, depende del jefe de la misma pero eso son controles cuyo respaldo legal es el establecido en el articulo 19.2 de la ley 1/92 cuyo fin es congruente con la utilización de medios coercitivos mas contundentes o responder al tipo de delincuencia que provoca el establecimiento de la medida.. Y no por capricho o pose de revista.