El asturiano detenido en Burgos a 260 km/h alega que su coche no puede superar los 250
El conductor reprocha que no se tuviera en cuenta que hacía sol y la calzada estaba seca
Oviedo, I. RONZÓN
El titular del Juzgado de instrucción número dos de Burgos, Miguel Ángel Martín Maestro, ha echado una dura reprimenda al asturiano al que retiró el pasado mes de febrero el carné de conducir por circular a 260 kilómetros por hora, ya que en su recurso -por el que pretendía que el magistrado le devolviera el permiso- no mostró ningún signo de arrepentimiento y alegó que era imposible que fuera a esa velocidad, ya que su coche no puede superar los 250 kilómetros por hora. A?adió que, en su decisión, el juez ?no tuvo en cuenta las circunstancias? de aquel día, ?como que el día era soleado y la calzada estaba seca?.
El magistrado, en un tono de asombro que se repite a lo largo del auto, asegura que de sus palabras se deduce que el conductor considera que circular a 260 kilómetros por hora es ?normal, adecuado, no peligroso? e incluso ?ejemplar?, a pesar de ?los riesgos inherentes de encontrarse con cualquier obstáculo?, como otros coches, y provocar heridos o víctimas mortales. Según Martín Maestro, el asturiano ?da por hecho que la medida cautelar adoptada -la retirada del carné- era la máxima permitida por el legislador, cualquiera que hubiesen sido las circunstancias en que hubiera sido sorprendido a tal velocidad?. ?Pero?, apostilla, ?con lo hasta ahora expuesto, seguro que es capaz de imaginar cuál pudiera haber sido la respuesta judicial en caso de unir a los 260 kilómetros por hora una alcoholemia positiva, una calzada mojada, horas nocturnas...?
El auto califica las argumentaciones del conductor de ?subjetivas? y ?parciales?, ya que afirmó que la resolución judicial se basó en la alarma social generada por su caso. ?Las razones del instructor -prosigue el magistrado- se basan en el Derecho y no en lo que la prensa o el ciudadano opinen, pues de ser así, sobrarían los jueces. No es la alarma social la que movió al Juzgado a adoptar esa medida, sino los datos objetivos aportados por el atestado judicial?, que se?aló que el coche iba a 260 kilómetros por hora.
?No se culpe al instructor de las consecuencias da?osas de la medida adoptada?, subraya el juez, que invita al asturiano ?a reflexionar? acerca de si acaso ?no es él el culpable de la situación en la que se ve inmerso, algo que, a la vista de su recurso, no ha debido considerar. ?O -si su vehículo no puede superar los 250 kilómetros por hora- piensa que si el radar le hubiera sorprendido a 245 la resolución hubiera sido distinta? La única conclusión a la que llega el instructor es que el conductor era consciente de la velocidad a la que circulaba y no hay motivos para revocar la retirada del carné.