CARTAGENA
Sin vídeo no hay delito
Un juez presenta una queja contra cinco guardias civiles por perder las imágenes del presunto robo en un bar
22.11.11 - 01:21 - J. A. G. | CARTAGENA.
Pidieron al dueño grabar el vídeo en un 'pen' en vez de hacerlo ellos, y luego lo borraron con un formateo
Aunque es errónea, una de las máximas jurídicas con más resonancia en la calle es ésa según la cual «sin cuerpo no hay delito». Y aunque afortunadamente no hay un cadáver de por medio, una reciente sentencia de un juzgado de Cartagena podría inspirar una frase de términos similares: «Sin vídeo no hay delito». Porque, en un caso con situaciones de esperpento, la pérdida por parte de la Guardia Civil de las imágenes originales captadas por la cámara de videovigilancia ha sido clave en la absolución de tres acusados de robo con violencia para los que la Fiscalía pedía penas que sumaban catorce años de prisión.
«Se observan determinadas irregularidades en el tratamiento de las imágenes» que vulneran el derecho de defensa consagrado en el artículo 24 de la Constitución Española, concluye el titular del Juzgado de Lo Penal 2 de Cartagena, Álvaro Bellas, en su resolución sobre el supuesto asalto al bar K Manolo (aunque la sentencia habla de «K Paco») de Roldán, en Torre Pacheco.
El juez relata que el propietario del establecimiento tenía una filmación con la que presuntamente se podía incriminar a los españoles Antonio F. C. y Javier M. F. y el inmigrante de origen magrebí Said L., pero que los agentes cometieron anomalías que invalidaron el informe fotográfico que, a partir del vídeo, aportaron al expediente judicial. Asimismo, dejaban en saco roto su propio testimonio sobre el contenido de las imágenes.
El primero de los cuatro errores que achaca al Equipo de Investigación del Puesto Principal de Torre Pacheco es que no se fijó la «cadena de custodia», pues las imágenes fueron «facilitadas por el dueño del local tras haber sido extraídas y grabadas en dispositivo 'pen drive' (o memoria portátil) por la camarera».
La camarera y el vigilante
En segundo lugar, el juez indica que las imágenes «fueron visualizadas por el encargado de seguridad del local», lo que implica que «al menos tres personas ajenas al grupo policial de investigación tuvieron acceso inmediato a las mismas con el consiguiente riesgo de manipulación». Y en tercer lugar, reseña cómo «inexplicablemente, según se relata por los propios agentes, no se remite el 'pen' con las imágenes al juzgado, sino que se incorpora a los archivos policiales».
Por último, apunta que «las imágenes se pierden como consecuencia de una operación de formateo efectuada por la propia fuerza policial» en el ordenador. Con esto, el contenido original del vídeo no pudo ser sometido a los principios de contradicción y publicidad.
Además de anular la prueba principal, es decir el examen de las imágenes, el juez califica de «desastre» las declaraciones de los agentes, contra los que carga por su falta de rigor y sus «respuestas evasivas» al recordar su actuación. De los cinco agentes, concluye Álvaro Bellas, «solo el sargento ofrece una versión medianamente rigurosa de lo ocurrido». Tampoco da por válido el testimonio de la supuesta víctima, porque denunció a los seis días y solo presentó un parte médico de urgencias por un ataque de ansiedad.
A tenor del testimonio de los acusados y dos agentes, el juez resuelve que lo ocurrido es que los imputados compraron en el bar un gramo de cocaína por 60 euros pero como era de mala calidad volvieron para exigir la devolución del dinero.
No ven negligencia
Sin embargo, la cosa no acabó ahí. El juez, enojado, se quejó por escrito de la presunta negligencia de los agentes al cuartel y al entonces coronel jefe de la Guardia Civil en la Región, Benjamín Martín Mora.
En una respuesta a la que ha tenido acceso 'La Verdad', éste respondió que se abrió un expediente (una «información reservada») y no se halló negligencia. Sí se detectó que se «podría haber extremado la diligencia garantizando otra copia de seguridad de la grabación original», y por eso se iba a advertir al instructor del expediente para «que en lo sucesivo extreme, aún más, la diligencia en la confección de los atestados».
Ni el juez de la Fiscalía han visto motivos para procesar a los agentes por falso testimonio, ya que no advierten dolo (intencionalidad). Este diario pidió conocer la postura de la Guardia Civil sobre la queja del juez, pero no hubo respuesta.