Autor Tema: De actuaciones y sentencias judiciales  (Leído 765341 veces)

Desconectado 47ronin

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Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #4000 en: 29 de Abril de 2013, 15:27:19 pm »
El día 10 declaró en el Juzgado y defendió su "derecho" a usar la casa

El policía local que reside en una vivienda en La Destila, imputado por un presunto delito de ocupación de bienes inmuebles



Pudo haberme causado un grave problema en mi profesión”, afirma Pérez

La Justicia archiva la causa contra el policía local que residía en la vivienda de La Destila y retira su imputación

 POR Ruth Gabilondo • 29 de abril de 2013


El Juzgado de Instrucción Número 2 de Arrecife ha acordado el sobreseimiento provisional y el archivo de la causa contra Narciso Pérez, el policía local que residía en una de las viviendas del colegio de La Destila y que fue imputado por un presunto delito de ocupación de bienes inmuebles, tras la denuncia del Consistorio de Arrecife. La vivienda ya fue desalojada y tapiada por técnicos del Ayuntamiento.

En el auto, con fecha de 23 de abril, se explica que tras haberse practicado las diligencias de averiguación para comprobar la comisión de la infracción penal denunciada, “no aparece debidamente justificada la perpetración del delito que ha dado motivo a la formación de la causa”. Por ello, se acuerda el sobreseimiento provisional de las actuaciones y el archivo de la presente causa. Contra esta resolución, cabe recurso de reforma.

Narciso Pérez se ha mostrado “muy satisfecho con esta resolución judicial” porque le parecía “gravísimo” que tanto el alcalde como el resto de concejales tuvieran “la osadía de ser partícipes de esta denuncia”. “Se me imputaba un delito, sabiendo que soy un funcionario público de Policía Local, que me podía haber causado un gravísimo problema en mi profesión”, ha afirmado a La Voz.

"Se han ensañado con mi persona"
 
Pérez cree que el grupo de gobierno “se ha ensañado” con su persona y con su profesión. Por ello, se plantea también denunciar al Ayuntamiento, aunque de momento “reunirá todas las comparecencias públicas, sobre todo las de la señora Paca Toledo”. “Cada semana esta mujer interpretaba una sentencia diferente. Es como cuando habla de las partidas económicas. Primero hay 300.000 euros, luego 61.000 euros, luego no se qué. Es una cosa increíble”, ha criticado.

Entre las declaraciones que ha realizado la concejal de Educación, a Narciso Pérez le ha enfadadado que dijera que él había entregado voluntariamente las llaves de la casa de La Destila. “Jamás se la entregué ni a ella ni a ningún técnico. Que pregunten cómo abrieron la puerta. Me consta que no hizo falta forzar la puerta porque hay muy buenos carpinteros en el Ayuntamiento y en el colegio hay más de 20 llaves maestras. Ha sido penoso y es evidente que me han destrozado o han intentado destrozarme”, ha lamentado el policía local.

Además, tampoco entiende por qué la concejal dijo que los otros habitantes de las casas de La Destila se irían cuando se marchara este policía local. “Es que hasta en eso la señora concejal es una pésima pitonisa”, ha señalado, al tiempo que ha dicho que ellos, que también fueron denunciados por el Ayuntamiento, “no van a irse de ahí”.

Narciso Pérez ha asegurado que no se va a “quedar quieto”. “No me van a coartar y menos ahora. En mi condición de Delegado de Personal seguiré denunciando todo lo irregular y anómalo que existe en el Ayuntamiento. A mí me han metido por el medio, me han machacado públicamente y se han metido con mi familia. Eso no se lo perdonaré jamás”, ha manifestado.

Desconectado Koji K.

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Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #4001 en: 30 de Abril de 2013, 00:18:42 am »
La sentencia es la típica excepción de la regla, porque si todas fueran asi, pppfuuufff....!
Que me quiten lo bailao

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Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #4002 en: 03 de Mayo de 2013, 16:27:59 pm »
Condenado un sargento de la Guardia Civil por pegar a un hombre que iba a denunciar a su amigo
 
El juez considera responsable al jefe de puesto del cuartel de Callosa d'En Sarrià de las faltas de amenazas y maltrato
 03.05.2013 | 00:00

JOSÉ ANTONIO MARTÍNEZ

Un juez de La Vila Joiosa ha condenado al jefe de puesto de la Guardia Civil de Callosa d'En Sarrià por haber amenazado y agredido a un ciudadano que iba a presentar una denuncia contra un amigo del agente, según la sentencia a la que ha tenido acceso este diario. El sargento ha sido condenado por una falta de amenazas y otra de maltrato, por lo que deberá pagar dos multas que suman un total de 510 euros. Asimismo, un segundo acusado que había agredido al denunciante en un bar también ha sido condenado a una multa de 320 euros por una falta de lesiones leves. La resolución del juzgado de Instrucción que celebró el juicio de faltas no es firme y contra ella cabe recurso ante la Audiencia.

La sentencia considera probada que el pasado 31 de agosto sobre las 20.00 horas la víctima entró en un bar de Callosa d'En Sarrià, en compañía de su mujer, interesado en alquilarlo. Según el relato de hechos probados del fallo, la conversación degeneró en una discusión en la que uno de los responsables del negocio propinó un puñetazo al denunciante, ante lo que éste alzó un taburete para protegerse. En ese momento, en el interior del local se encontraba el sargento comandante del puesto de la Guardia Civil de Callosa, junto a otras personas tomando unas copas. Cuando el agredido salió a la calle y llamó a la Benemérita, se presentaron en el local dos agentes.

En ese momento, el sargento recriminó al ciudadano el haber mentido y le dijo que si denunciaba se iba a pasar la noche en el calabozo por presentar una denuncia falsa. Más tarde, después de que la víctima acudiera al cuartel tras ser atendido en Urgencias, el funcionario estaba esperándole en la entrada. La sentencia dice que ha quedado acreditado que el acusado le agarró del brazo para que entrara con él a la oficina de atención al ciudadano, algo a lo que el denunciante se negó. El acusado reaccionó propinándole varios golpes, aunque no se ha acreditado que éstas le causaran lesiones.
Los dos acusados habían negado los hechos durante el juicio y adujeron que fue el denunciante quien se puso violento. Esta versión "carece de verosimilitud" para el juez por cuanto "no parece comprensible que una persona entre en el establecimiento para preguntar el precio del alquiler, que lo acompañara su familia que se quedó en el acceso y que, de repente, se mostrara violento", argumenta en el fallo.

El juez ha valorado a la hora de dictar condena la declaración de la víctima, así como de los dos agentes que acudieron al local tras la trifulca. Éstos manifestaron que escucharon al sargento decir al denunciante y a su familia que no denunciaran o los detendría por denuncia falsas. "Estos mismos agentes se encontraban presentes en los hechos acaecidos en el cuartel momentos después", dice el fallo que añade que los dos testigos relataron "coherentemente" que el sargento propinó varios golpes al denunciante tras haberse negado a acompañarle a la oficina.

La víctima renunció en el juicio a cualquier indemnización y declaró que lo único que quería es que se hiciera justicia.

Desconectado Jaguar

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Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #4003 en: 09 de Mayo de 2013, 00:54:11 am »
Un joven debe pagar 50.000 euros a un policía por una lesión que le obligó a dejar de patrullar

Un joven aceptó ayer en Penal 2 un año y medio de prisión por unos hechos ocurridos en noviembre de 2011, cuando agredió a un policía nacional que trataba de detenerlo por los altercados que causaba en un Kebap de Hernán Cortés. El agente sufrió un acuñamiento de vértebra, lesión por la cual se ha visto obligado a dejar de patrullar en la calle: pasó a la denominada segunda actividad ya que solo puede hacer trabajo de oficina. Por este motivo, el acusado deberá indemnizar al policía con 50.000 euros.

El chico fue sentenciado por delitos de atentado a agente de la autoridad y lesiones, con la atenuante de encontrarse bajo los efectos del alcohol.

http://www.farodevigo.es/gran-vigo/2013/05/08/joven-debe-pagar-50000-euros-policia-lesion-le-obligo-patrullar/805942.html

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Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #4004 en: 09 de Mayo de 2013, 10:01:25 am »
Cuéntenos señor Jaguar..y en el caso de insolvencia?

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Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #4005 en: 09 de Mayo de 2013, 14:23:39 pm »
Que seguro que sera insolvente, donde va a parar.

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Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #4006 en: 09 de Mayo de 2013, 17:06:47 pm »
Un joven debe pagar 50.000 euros a un policía por una lesión que le obligó a dejar de patrullar

, con la atenuante de encontrarse bajo los efectos del alcohol.



Acojonante,que pais de mierda joder.Si alguna vez me da por encabronarme con un policia ya se lo que tengo que hacer,cinco chupitos de aguardiente y a funcionar.
Si tuviéramos consciencia de lo efímera que es la vida no podriamos ignorar las oportunidades que tenemos de ser y de hacer felices a otros.

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Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #4007 en: 09 de Mayo de 2013, 23:47:15 pm »
Cuéntenos señor Jaguar..y en el caso de insolvencia?

Y a mi que me cuenta, yo sólo pongo la noticia.

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Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #4008 en: 09 de Mayo de 2013, 23:48:56 pm »
Cuéntenos señor Jaguar..y en el caso de insolvencia?

Y a mi que me cuenta, yo sólo pongo la noticia.
Respóndele por favor, es muy pesao y no te va a dejar dormir. Con un "No estoy de acuerdo" vale para que siga él solo.
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Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #4009 en: 10 de Mayo de 2013, 00:03:28 am »
Cuéntenos señor Jaguar..y en el caso de insolvencia?

Y a mi que me cuenta, yo sólo pongo la noticia.
Respóndele por favor, es muy pesao y no te va a dejar dormir. Con un "No estoy de acuerdo" vale para que siga él solo.

Pues que se lo pregunte al periodista que escribió la noticia.

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Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #4010 en: 13 de Mayo de 2013, 15:05:56 pm »

Para que avance la investigación

La Audiencia de Madrid repone a los policías apartados del caso Interligare

Barrado y dos de sus subordinados sacaron a la luz una trama de corrupción en Interior en la etapa de Alfredo Pérez Rubalcaba.
 

Libertad Digital 2013-05-13

Los policías que destaparon el caso Interligare y que fueron destituidos tras pedir la detención de los comisarios implicados volverán a coger las riendas de la investigación, según informa El Mundo. Así lo ha ordenado la Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Madrid, que ha obligado a la Dirección General de la Policía a devolver las pesquisas al exresponsable del Grupo de Delincuencia Económica de la Policía Nacional, Jaime Barrado, y a dos de sus subordinados.

Este escándalo gravita en torno a la consultora de Inteligencia y Seguridad Interligare, bajo control de antiguos pesos pesados del Cuerpo como el excomisario de Información Gabriel Fuentes y el exjefe Superior de Policía de Madrid, Miguel Ángel Fernández Rancaño. La sociedad, presidida por el empresario José Martín Juárez, recibió al menos 2,4 millones de euros públicos en contratos irregulares del Gobierno que presidía José Luis Rodríguez Zapatero.

Barrado fue apartado de la investigación tras interponer ante el Juzgado de Instrucción número 3 de Aranjuez una denuncia contra todos los responsables de la firma por delitos de estafa, falsedad documental, tráfico de influencias, deslealtad profesional y cohecho. En la misma denuncia incluía al director general de Infraestructuras del Ministerio del Interior nombrado por Rubalcaba, Luis Luengo, como artífice de las principales adjudicaciones irregulares.

Espiando al PP

La denuncia señalaba indicios de que el dinero público recibido a cambio de contratos fantasma de Inteligencia se había empleado para espiar telefónicamente al PP desde un despacho ubicado a escasos metros de la sede del partido en la calle Génova. Asimismo, solicitaba la detención de los principales implicados y la intervención de sus teléfonos.

La Audiencia ha adoptado esta decisión destacando que, desde que Barrado y sus hombres fueron apartados, "no se ha producido ningún avance en la investigación" e insta al Departamento de Asuntos Internos de la Policía Nacional a que investigue los motivos reales de aquel traslado, decidido por la Dirección General de la Policía.

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Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #4011 en: 13 de Mayo de 2013, 19:03:40 pm »
La lentitud de la Justicia deja libre a la banda de atracadores mas peligrosa de Espana. El Correo


Manuel Amancio Álvarez, alias 'Josu'; Juan Francisco Rodríguez, alias 'Johnny'; Roberto Carlos Méndez, alias 'Robert'; José Luis Basterrechea, alias 'Loren' y Miguel Ángel Correa, alias 'Correas', fueron presentados el 29 de marzo de 2011 como «la banda de atracadores españoles más importante y activa». Las autoridades les calificaron como «peligrosos delincuentes» tras arrestarlos en un espectacular operativo desarrollado en Bilbao, Portugalete y Castro Urdiales, donde residían. Se les acusaba de 49 atracos a entidades financieras entre 2005 y 2010. El último, el 26 de octubre de ese año en una sucursal del Santander en la localidad tarraconense de Cambrils, donde mataron a Estela Calduch, una cajera que recibió un tiro en el cuello.

El grupo cesó en su actividad tras el homicidio porque se convirtió en la banda más buscada del país. Se inició una operación policial sin precedentes denominada 'Cornisa' por el área geográfica donde principalmente perpetraban sus golpes: Euskadi, Cantabria y Asturias, aunque también actuaron en Cataluña. 150 miembros de la Ertzaintza, Mossos d'Escuadra, Guardia Civil y Cuerpo Nacional de Policía trabajaron conjuntamente durante cinco meses hasta que, finalmente, se produjeron los arrestos.

Pieza separada

Ahora, poco más de dos años después, los cinco acusados están en la calle. No ha habido sentencias ni condenas porque los procesos judiciales aún están en fase de instrucción, según el fiscal jefe de Tarragona, Javier Jou. Tras haber transcurrido sin avances el tope de dos años de prisión provisional han quedado en libertad. «Se trata de una disfunción que no es deseable... Esto no tendría que haberse producido», lamentaba ayer a este periódico.

El Juzgado de Instrucción número 3 de Reus es el que lleva el asunto porque es el que le corresponde a Cambrils, donde se produjo el delito más grave. De hecho, el proceso por el homicidio de la cajera «se desgajó en pieza separada para acelerar la instrucción», dice el máximo representante del ministerio público en Tarragona.

La cuestión es que, a medida que pasaban los meses, los acusados iban siendo puestos en libertad porque el juez de instrucción no entendía que procediese alargar más la prisión provisional. El pasado marzo, al cumplirse los dos años del arresto, «solo dos personas seguían en la cárcel». Se trataba de 'Loren', al que se le imputan delitos de asociación ilícita y varios robos violentos, y 'Josu', sospechoso de haber disparado accidentalmente la bala que segó la vida de Estela Calduch cuando metía la mano por la ventanilla.

'Loren' quedó en libertad el mismo marzo, cuando transcurrió el tope de dos años de prisión provisional. 'Johnny', 'Robert' y 'Correas' habían salido antes porque «el juez puede tomar esa decisión en cualquier momento en función de las circunstancias: se valora la posibilidad de reincidencia, de fuga, de destrucción de pruebas...». Sin embargo, el titular del juzgado decidió prorrogar el periodo de encarcelamiento para 'Josu', acusado del delito más grave, ya que la ley permite dilatar la prisión provisional durante dos años más si hay causa justificada.

La defensa de 'Josu', también apodado 'El Bravo', presentó un recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Tarragona pidiendo la libertad de su representado. La Fiscalía se opuso pero, finalmente, los magistrados, en una resolución del 30 de abril, estimaron las pretensiones del abogado. En su auto recriminan al juez instructor que se hayan producido «retrasos no justificados» en el proceso, en el que sigue pendiente la práctica de diligencias de investigación como la declaración de testigos.

El porqué de los retrasos

De ese modo, 'Josu', baracaldés de 44 años que en el momento de ser detenido regentaba un bar en Bilbao, regresó el pasado viernes a su domicilio en Castro Urdiales. Eso sí, debe presentarse a diario en el juzgado de su lugar de residencia, le ha sido retirado el pasaporte y tiene la prohibición expresa de salir del país. En definitiva, ya están en la calle todos los miembros de la que fue la banda de atracadores más buscada de España, esa que durante un lustro daba sus golpes valiéndose de disfraces, pelucas, gorras y barbas postizas para evitar que sus miembros fuesen identificados. Portaban armas de fuego que nunca dispararon hasta que llegaron a Cambrils.

¿Cómo es posible que en dos años la Justicia no haya podido avanzar más en el proceso y que sus retrasos acaben dejando en libertad a presuntos delincuentes peligrosos? Según el fiscal jefe de Tarragona hay dos explicaciones. En primer lugar, el juzgado de Reus se encontró con un proceso en el que debía investigar medio centenar de atracos, lo que implica practicar un número ingente de diligencias como testificales, peritaciones, reconocimientos en rueda... Y parece ser que la Justicia no está preparada para semejante actividad. Por otra parte, Javier Jou apunta a que «en estos juzgados hay mucha movilidad de funcionarios y jueces», lo que también acaba por provocar retrasos.

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Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #4012 en: 15 de Mayo de 2013, 11:02:57 am »
Ni 67...ni por supuesto 69 que suena un poco a guasa...exactamente 68.


Lanza hasta 68 puñetazos a 2 policías tras ser arrestado

Y. TENA SOLA-VERA 15/05/2013

Un ciudadano francés, que responde a las iniciales L.M.M.N., ha sido condenado estos días por el juzgado de lo Penal número 1 de Vinaròs a seis meses de prisión, como autor de un delito de atentado, por lanzar hasta un total de 68 puñetazos a dos policías locales que lo acababan de detener.

Los hechos se produjeron el día 23 de junio del 2012, sobre las 18.30 horas, en las inmediaciones del bar Folet, en la calle Costa y Borrás de Vinaròs. El acusado empujó al agente de la Guardia Civil, sin causarle dolencia, y después dio hasta 68 puñetazos al aire, a modo de boxeador, contra dos policías locales. H


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Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #4013 en: 16 de Mayo de 2013, 23:11:41 pm »
Y Blesa a prision.

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Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #4014 en: 17 de Mayo de 2013, 07:32:43 am »
http://www.elmundo.es/elmundo/2013/05/16/alicante/1368719437.html

TRIBUNALES | El fiscal solicita 5 años de prisión para la agente

Juzgarán a una policía que obvió datos del hermano de una ex edil en un atestado de tráfico
El fiscal cree que cometió delito de falsificación de documento oficial
Pide 5 años de prisión para ella y una multa de 1.160 e inhabilitación
Según el fiscal, omitió datos por ser el implicado hermano de una edil
Fue interceptado por conducir ebrio, sin carné y con la ITV caducada
 Villajoyosa (Alicante)
 La Fiscalía de Alicante ha pedido cinco años de prisión para una agente de la Policía Local de Villajoyosa (Alicante) por obviar en 2007 en un atestado de tráfico que el implicado, hermano de una entonces edil, no tenía permiso de conducir y que el turismo tenía caducada la inspección técnica.

En su escrito de acusación, el fiscal considera que la agente cometió un delito de falsificación de documento oficial y pide para ella, además de la pena de prisión, una multa de 1.160 euros e inhabilitación especial por tres años.

En noviembre de 2007, la ahora acusada instruyó un atestado por un delito contra la seguridad del tráfico por conducción bajo la influencia de bebidas alcohólicas contra el hermano de una edil socialista.

"La imputada, a sabiendas y con ánimo de faltar a la verdad, redactó el referido atestado" con varias "irregularidades", según señala el Ministerio Público.

Entre éstas, el fiscal apunta que la persona objeto de la instrucción del atestado "no poseía permiso de conducción" y que el coche en el que circulaba tenía "caducada hacía más de un año la ITV".

Sin embargo, estas circunstancias no fueron recogidas por la agente en su atestado.

Además, el DNI del conductor que aparece tanto en el atestado como en la denuncia remitida a la Dirección General de Tráfico "no se corresponde con el de éste", hay errores de fechas y apuntes incorrectos sobre la hora en la que le fue practicada la primera prueba de impregnación alcohólica.

La vida es demasiada corta para perder el tiempo odiando a alguien

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Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #4015 en: 17 de Mayo de 2013, 09:22:59 am »
seguro que no puso las fechas de nacimiento de los implicados........A LA HOGUERA!!! :taz

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Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #4016 en: 20 de Mayo de 2013, 10:48:47 am »
L'Horta
 

Inhabilitado el jefe de la Policía de Manises por mentir a la juez
 
La sentencia condena al intendente a 10 meses de prisión por un delito de falso testimonio en una declaración como testigo
 
CÈSAR GARCIA MANISES La Audiencia Provincial de Valencia ha dictado una sentencia en la que condena al intendente jefe de la Policía Local de Manises, Alejandro Pérez, a la pena de diez meses de prisión y a la inhabilitación especial para el cargo de agente municipal u otro cargo público por ser criminalmente responsable en concepto de autor de un delito de falso testimonio, al mentir de «una manera descarada y soez» al juez durante su comparecencia como testigo en un juicio por un contencioso que le planteó un policía, según recoge la sentencia 34/13 de la sección cuarta a la que ha tenido acceso Levante-EMV.

El juicio oral se celebró el pasado 8 de enero tras solicitar la Fiscalía y la acusación particular un año de prisión y la inhabilitación por el delito de falso testimonio previsto en el artículo 458.1º del Código Penal, que castiga al testigo que faltare a la verdad en su testimonio en causa judicial.

Según el fallo judicial, que no es firme y contra el que cabe recurso de casación ante el Tribunal Supremo, el jefe policial acusado «faltó substancialmente a la verdad negando algo que sabía y sosteniendo ante el Tribunal, con clara intención de provocar una sentencia defectuosa, lo contrario a la realidad que claramente conocía dada su condición de Jefe de la Policía Local de Manises, algo de lo que hizo continuamente gala durante su interrogatorio en el Juicio Oral».

Los hechos que provocaron el juicio donde mintió el intendente-jefe principal del cuerpo de Manises se remontan a junio de 2008 cuando Pérez trasladó forzosamente de un servicio de policía de patrullas a otro de agente de barrio a un policía local que era delegado de Personal y representante del Sindicato Profesional de Policías Locales y Bomberos (SPPLB).

Los servicios jurídicos de este sindicato recurrieron el cambio forzoso al entender que existía una vulneración de derechos fundamentales y porque consideraban que era una «venganza» debido al enfrentamiento de la jefatura con el representante del SPPLB, que presentó la demanda solicitando la nulidad de la decisión de su superior.

En ese procedimiento abierto por el juzgado de lo contencioso número 8 de Valencia el jefe policial, ante las preguntas de la abogada del agente y de la propia juez, aseguró que dos policías locales estaban trabajando cuando realmente estaban aún de baja tras un grave accidente de tráfico, pues se incorporaron el 13 de agosto y el 15 de octubre, y no antes de junio, que es cuando el intendente principal acordó el cambio de destino del denunciante porque su grupo de patrulla era el más numeroso al estar compuesto de siete personas.

«Poco importa, a los efectos enjuiciados, si fue una represalia; eso es cuestión del contencioso paralizado. Lo interesante es que fundamentó su decisión, y así lo sostuvo hasta el juicio, en que el grupo o sección de patrullas, al que pertenecía el agente, estaba sobredimensionado, pues había siete guardias adscritos a él. Y llego a sostener que estaban todos, los siete, por más que uno de ellos estaba en Paterna en comisión de servicios y el matrimonio de agentes estuviese de baja desde abril de 2008, lo que era conocido por sus compañeros de trabajo y por su jefe, el acusado», según se expone en el fundamento de derecho de la sentencia.

El contundente fallo judicial expone que el jefe condenado «miente» cuando está dando al tribunal un «dato esencial» sobre el caso, como es la composición de la plantilla y el número de agentes para que en el juicio contencioso se pudiera valorar la racionalidad del traslado del agente a patrullar a pie el barrio de San Francisco. En la grabación de su testificación, el acusado manifiesta, para hacer coincidir su decisión con el contenido de unos cuadrantes de horarios, días y agentes, que los policías de baja se reincorporaron el 16 de junio, «en lo que se ratifica el acusado a preguntas de la juez».

«Dijo lo contrario a la realidad para respaldar su decisión y provocar una equivocación de la juez», advierte la sentencia condenatoria, que añade que el jefe de la Policía Local de Manises «faltó de una manera radical, descaradamente como se observa en la grabación del juicio en lo Contencioso, y sustancial a la verdad con un claro ánimo de perjudicar al demandante, por más que este ánimo sea irrelevante para la comisión del delito, que se consuma solo tratando de influir en el ejercicio de la recta Administración de Justicia».

La resolución judicial conlleva la pérdida del puesto de trabajo por parte del intendente principal, que tampoco podrá concurrir a unas elecciones „suspende su derecho de sufragio pasivo„ ni a unas oposiciones durante el tiempo de la condena. El jefe también debe asumir las costas del proceso.

El intendente ya ha comunicado al gobierno que va a recurrir al Supremo, pero desde el sindicato de Policías Locales y Bomberos recordaron que el gobierno del Partido Popular «no no le ha abierto ni tan siquiera expediente», pese a que el SPPLB lo solicitó en varias ocasiones y pese a otra sentencia del TSJ en la que también se condenó al consistorio al pago de una indemnización a dos agentes de policía por discriminación sindical, económica y profesional.

El gobierno del PP no tomará medidas hasta que falle el TS

La concejala de Personal del Ayuntamiento de Manises, Maribel Miquel, manifestó ayer tarde, tras la sentencia condenatoria al intendente-jefe de la Policía Local, que fue el propio condenado el que comunicó el fallo al gobierno municipal del Partido Popular, así como su intención de recurrirlo ante el Tribunal Supremo, por lo que «debemos esperar al carácter firme de la sentencia y, a raíz de ahí, acatar lo estimado en cumplimiento de la ley». Al respecto, Miquel añadió que «tal y como hemos venido manteniendo, no vamos a hacer ningún juicio paralelo y, con independencia de las diligencias previas que estamos realizando con el objetivo de recabar información, y atenernos en todo momento a la legalidad, hasta que no haya sentencia en firme, no se tomarán medidas al respecto. Cuando la haya, acataremos el fallo en cumplimiento de la ley. Pensamos que la actitud más sensata es no interferir hasta que se esclarezcan totalmente los hechos denunciados, que, con el recurso ante el Supremo, aún van a seguir la tramitación judicial».

El Supremo ratifica la inhabilitación del jefe de Policía de Manises por mentir a la juez

El auto del TS inadmite el recurso del intendente contra la sentencia de la Audiencia que también lo condenó a diez meses de prisión

20.05.2013 | 00:00
cèsar garcia manises

La Sala de lo Penal del Tribunal Supremo ha dictado un auto en el que acuerda la inadmisión del recurso de casación presentado por el intendente jefe de la Policía Local de Manises, Alejandro Pérez, contra la sentencia de la Audiencia Provincial de Valencia que condenó al agente a la pena de diez meses de prisión y a la inhabilitación especial para el cargo de agente municipal u otro cargo público por ser criminalmente responsable de un delito de falso testimonio.

El fallo del Alto Tribunal del pasado 25 de abril, al que ha tenido acceso Levante-EMV, confirma que el Tribunal de instancia "ha inferido de una forma lógica y racional que el recurrente faltó a la verdad cuando prestó su declaración ante el Juzgado de lo contencioso, y ello con la intención de que se confirmase una decisión que había tomado, y que había sido impugnada".

La sección cuarta de la Audiencia concluyó que el responsable de la policía manisera mintió de "una manera descarada y soez" al juez durante su comparecencia como testigo en un juicio por un contencioso que le planteó un policía, tal como informó este periódico.

Los hechos que provocaron el juicio donde mintió el intendente-jefe principal del cuerpo de Manises se remontan a junio de 2008 cuando Pérez trasladó forzosamente de un servicio de patrullas a otro de agente de barrio a un policía local que era delegado de Personal y representante del Sindicato Profesional de Policías Locales y Bomberos. En ese procedimiento abierto por el juzgado de lo contencioso número 8 de Valencia el jefe policial, ante las preguntas de la abogada del agente y de la propia juez, aseguró que dos policías estaban trabajando cuando realmente estaban aún de baja tras un grave accidente de tráfico -eran además matrimonio-, pues se incorporaron el 13 de agosto y el 15 de octubre, y no antes de junio, que es cuando el intendente principal acordó el cambio de destino del denunciante porque su grupo de patrulla era el más numeroso. Los servicios jurídicos del sindicato recurrieron al entender que existía una vulneración de derechos fundamentales y al considerar que era una "venganza".

Ante la condena de la Audiencia, el jefe policial recurrió ante el Supremo en casación basándose en que hubo infracción de ley por indebida aplicación del Código Penal, error en la apreciación de la prueba, un quebrantamiento de forma por incluir la sentencia conceptos que predeterminaban el fallo, así como una vulneración del derecho a la presunción de inocencia e infracción del precepto constitucional.

El auto del TS, del que ha sido ponente el magistrado Juan Saavedra, rechaza los cinco motivos alegados por el recurrente, que insistía en que no faltó a la verdad en su declaración porque lo hizo en base a unos cuadrantes de servicio erróneos donde los policías ya no estaban de baja.

"Frente a estas alegaciones, el Tribunal ha concluido de una manera que no puede calificarse de ilógica o irracional, que el recurrente sabía, cuando declaró como testigo, que los citados agentes estaban de baja cuando tomó su decisión de trasladar al otro agente, y que aún así mantuvo lo contrario para que confirmase dicha decisión", explica el auto del Supremo, que considera "irrelevante" que los cuadrantes fueran incorrectos, pues el jefe de Policía conoce "realmente de qué fuerzas disponía".


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Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #4017 en: 21 de Mayo de 2013, 10:51:41 am »
Una juez imputa a un policía local por la venta irregular de coches abandonados

La instructora investiga un posible fraude a Lipasam por valor de 100.000 euros y trata de averiguar por qué acabaron en desguaces algunos vehículos que tenían que enviarse a Cuba.

J. Muñoz · F. Pérez Ávila | Actualizado 21.05.2013 - 09:21
 
  Un juzgado de Sevilla ha abierto una investigación en relación a un posible fraude en la venta de un millar de vehículos abandonados de cuya gestión se encarga la Oficina de Vehículos Abandonados (OVA) de Lipasam y también sobre el envío de estos coches a Cuba, en el marco de un convenio entre el Ayuntamiento y la Asamblea del Poder Popular de La Habana. En la primera de las líneas de investigación, el juzgado de Instrucción número 3 de Sevilla ha imputado, en principio, a dos personas, el policía local que dirigía la OVA -aunque figuraba como cargo de confianza y estaba en excedencia en la Policía- y el responsable de un desguace.

Estas dos personas prestaron declaración el pasado viernes, imputadas por delitos de cohecho, malversación de caudales públicos y falsedad documental, según confirmaron a este periódico fuentes judiciales. La juez trata de averiguar si se ha producido un enriquecimiento ilícito en relación con 1.020 vehículos que habrían sido entregados a distintos desguaces de Sevilla, pero que no habrían sido facturados hasta que se ha destapado el escándalo. Las chatarrerías abonaban hasta 90 euros por la enajenación de coches para su descontaminación y desguace, aunque el importe era inferior si se trataba de otro tipo de vehículo, como una motocicleta. De esta forma y teniendo en cuenta el millar de vehículos que no han sido facturados, el importe del posible fraude asciende a unos 100.000 euros, según han explicado las mismas fuentes.

La empresa pública Lipasam está remitiendo ahora a algunos de los desguaces implicados en el investigación listados de facturas para su abono correspondientes a los años 2007 y 2008.

El policía local que estaba al frente de la Oficina de Vehículos Abandonados (OVA), identificado como P. B., negó en su declaración cualquier autoría en los delitos que se le atribuyen. El agente indicó a la juez que una vez que se abría el expediente por un vehículo retirado de la vía pública por abandono, remitía dicho expediente al servicio de facturación de la OVA y era este departamento el que tenía que enviar las facturas a los distintos desguaces. El agente imputado ya no está actualmente al frente de la OVA, sino que ha sido destinado a la escuela de la Policía Local, donde tramita los cursos de formación de este Cuerpo de seguridad municipal, según han explicado fuentes policiales.

Por su parte, el empresario del desguace imputado defendió que ha ido abonando todas las facturas que la empresa pública de Limpieza (Lipasam) le ha ido remitiendo y, de hecho, ha asegurado que actualmente el Ayuntamiento le debe más de 15.000 euros por la compensación de facturas, puesto que los desguaces facturaban a su vez por servicios de grúa efectuados en relación con los vehículos que iban a ser desguazados.

De otro lado, la juez de Instrucción número 3 de Sevilla mantiene abierta una segunda línea de investigación sobre las posibles irregularidades en relación con un convenio suscrito entre Lipasam y la Asamblea del Poder Popular de La Habana del año 2010 para el envío de algunos vehículos abandonados a Cuba. La juez trata de averiguar en esta variante si alguien se ha podido beneficiar con el convenio, puesto que algunos de los coches que figuran en el listado de los que se enviaron a Cuba en virtud de ese convenio, no llegaron en realidad al país caribeño, sino que habrían sido entregados a terceras personas para su reutilización, aunque también hay casos en los que se habría certificado su desguace.

De esta forma se habrían escapado de la facturación esos 1.020 vehículos a pesar de que fueron entregados a las empresas especializadas en desguace, y la juez quiere averiguar el destino de ese posible perjuicio de 100.000 euros para la empresa municipal.

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Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #4018 en: 21 de Mayo de 2013, 11:01:30 am »
Un guardia civil condenado por vejar a un motorista al que multó .

Martes, 21 de Mayo de 2013 10:24 , Carmen Echarri   
.archivo La sentencia, ya recurrida, recalca el mal proceder que tuvo el agente en cuestión.

 .La moneda judicial puede ofrecer, en breve tiempo, una u otra cara. Si la semana pasada el Juzgado de Instrucción número 2 celebraba un ramillete de juicios para defender la honra de un guardia civil que se sintió vejado por unos comentarios en Facebook, ahora se conoce que otro juzgado, el de Instrucción número 1, ha dictado sentencia condenatoria por lo contrario, porque en esta ocasión ha sido el ciudadano el vejado. La sentencia no es firme, de hecho ya está recurrida ante la Audiencia, pero no deja en muy buen lugar al agente en cuestión, que, en el caso de esta multa –una más en su carrera– no ha salido bien parado. La condena se traduce en el pago de una multa de 50 euros por una falta de vejaciones del artículo 620.2 del Código Penal.

Los hechos a los que hace referencia el fallo judicial se produjeron en mayo de 2012 en la avenida Compañía del Mar. El denunciante se incorporó en su motocicleta a la vía de forma reglamentaria, mientras se percataba de que un guardia civil motorizado estaba observando su maniobra. Incorporado ya a la vía, el agente comenzó a circular muy pegado a la izquierda del denunciante y a escasa velocidad, hecho por el cual éste le rebasó por su derecha.  Ahí comenzaría esta historia que ha terminado, de momento, con la condena del guardia civil. El agente lo que hizo fue ordenar, a quien le ha llevado a los tribunales que parara su moto, sancionándole no por haberle rebasado con su motocicleta sino por no llevar el casco abrochado. El denunciante, en un plano de indefensión completa, no pudo rebatir al guardia civil por cuanto ya se había quitado el casco al detener su moto y no tenía manera de demostrar que mientras circulaba lo llevaba abrochado. Optó, al considerarse vejado, por acudir a la justicia para encontrar el amparo que, al menos en esta sentencia dictada en primera instancia, lo ha obtenido.

En la sentencia a la que ha tenido acceso El Faro, la titular del Juzgado de Instrucción número 1 deja claro que el guardia civil “vejó al denunciante aprovechándose de su condición de agente de la autoridad”  creando así “una voluntaria, dolosa y buscada situación de indefensión del ciudadano” al que, como sucedió en este caso, “le condena irremediablemente a una imposibilidad de defensa”. En el dictamen judicial se cuestiona el rigor del agente, ya que éste basó su defensa en que “actuó conforme al reglamento” sin sancionarlo por rebasarle por la derecha “por razones que no están justificadas, ni esclarecidas, llegando a decir que fue benévolo con el ciudadano imponiéndole a este solo una de las sanciones cometidas, la más leve”, refiriéndose a la del casco desabrochado. Sin embargo, reza la sentencia, “la sanción que finalmente impuso es consecuencia de una mala praxis en el ejercicio de la función pública y consecuencia de la indefensión que creó al sancionar conductas de las que poca o ninguna defensa le quedaba al ciudadano si en última instancia la hubiera cometido, hecho que no fue probado”, añade la sentencia.

La magistrada considera que el guardia no fue riguroso al sancionar “unas conductas indefendibles por el ciudadano y dejar pasar otras que, por capricho, son elegidas como exentas de sanción administrativa”.  Añade que el ciudadano, indefenso, presenció cómo un agente “sin criterio, rigor y de forma aleatoria, tras haberle parado por rebasarlo por la derecha posteriormente le sanciona por no llevar puesto el casco”, puntualiza. Ante este hecho el denunciante, motorista de hace muchos años, no pudo defenderse y soportó ser tratado con desprecio y de malas formas, aguantando además una amenaza de multa contra su mujer que iba de ‘paquete’.

“Ninguna prueba se ha practicado que justifique la sanción por no llevar casco, cuestión que unida a la actitud caprichosa por no sancionar otra conducta contraria a la ley”, adelantar por la derecha, “constituye una vejación al ciudadano”, apunta la magistrada.

El guardia en cuestión no obró como procedía, según la sentencia, ocasionando una indefensión en el denunciante “que es rechazable de plano. A mayor abundamiento, el agente llegó a decir que le impuso la sanción más leve y que actuó correctamente, pero sin embargo y según consta en la documental aportada optó por la imposición de la más grave, la más importante y de la que el ciudadano no pudo defenderse”.

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Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #4019 en: 24 de Mayo de 2013, 13:49:54 pm »
Imputan a dos guardias civiles por falsificar test de alcoholemia

La Fiscalía de Seguridad Vial considera que los agentes de Mallorca duplicaron tickets de las pruebas para cobrar incentivos de productividad
 24.05.2013 | 01:04

 Lorenzo Marina. Palma  La Fiscalía de Seguridad Vial ha imputado a dos agentes de la Guardia Civil de Tráfico de Mallorca por un presunto delito de falsedad documental, al duplicar los test de alcoholemia para mejorar las estadísticas y cobrar los incentivos por productividad. Otros 17 agentes del Instituto Armado estarían implicados en menor medida.

Los hechos que se les imputan ocurrieron entre los años 2010 y 2011. Las estadísticas y la detección de positivos de alcoholemia en Balears fueron las más elevadas de toda España. Al menos una treintena de controles de alcoholemia practicados en las islas estarían bajo sospecha.

De acuerdo con la investigación, estos agentes de la Guardia Civil de Tráfico priorizaban las sanciones administrativas frente a las penales. De hecho, en algunos casos llegaban a esperar más de una hora y media para hacer una segunda prueba al conductor que había dado positivo y que su nivel descendiera del 0,60, el margen a partir del cual es considerado delito. Algunos de los boletines de denuncia duplicados eran colocados a estos conductores.

Según las pesquisas de la Fiscalía, estos agentes del Instituto Armado pretendían evitar a toda costa todos los trámites por la vía penal de los positivos al volante. Preferían emitir un mayor número de boletines de denuncia por infracciones administrativas. Esta circunstancia les permitiría cobrar el incentivo por productividad en la nómina y una reducción de jornada de unas cuatro horas.

Los conductores a los que se le adjudicó el boletín de otros automovilistas que habían dado positivo en alcoholemia habrían salido beneficiados. De hecho, muchos de los que hubieran tenido que ser detenidos por superar el límite penal del 0,60 miligramos de alcohol por litro de aire expirado tan solo habrían tenido que abonar una multa.