Autor Tema: De actuaciones y sentencias judiciales  (Leído 765408 veces)

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Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #4040 en: 09 de Junio de 2013, 10:53:29 am »
Archivan el caso de dos policías acusados de falsear un atestado

La juez sobresee la investigación sobre dos policías locales que ordenó el Ayuntamiento

F. P. A. | Actualizado 09.06.2013 - 05:03
 
El juzgado de Instrucción número 1 de Sevilla ha archivado la causa contra dos policías locales acusados de falsificar el atestado de un accidente de tráfico para estafar al seguro. La juez Elvira Alberola no ha apreciado ninguna irregularidad en la conducta de los dos agentes, cuyo atestado no incurre en contradicciones con lo declarado por varios testigos y sólo achaca a una "mera equivocación" el hecho de que a la hora reflejada en el parte del accidente los agentes no se encontraran en el lugar del siniestro, tal y como averiguó la Policía Nacional mediante el rastreo de sus teléfonos móviles.

La investigación surgió a raíz del envío de un anónimo al director general de Seguridad del Ayuntamiento de Sevilla, José Antonio de la Rosa, quien ordenó que se esclarecieran los hechos. Para ello puso al Grupo Especial de la Policía (Gepol), una especie de unidad de asuntos internos de la fuerza municipal, a investigar el asunto. En ese escrito se denunciaba la existencia de un atestado policial falso sobre un accidente en la plaza Anita, en Triana. La víctima de este siniestro habría sido el propio agente instructor del atestado con su coche particular, que según el anónimo se habría chocado solo contra un contenedor el 27 de mayo de 2011. Siempre según esta denuncia, los dos policías habrían buscado un cómplice para fingir que había otro coche implicado. Este cómplice sería una persona que trabaja en un negocio particular de uno de los dos agentes y la compañía de seguros puso a un detective a investigar el asunto, que encontró un testigo que aseguró ver un único coche.

Después de la investigación desarrollada por Gepol, la juez no da credibilidad a esta versión. En el auto de archivo, la magistrada explica que hubo testigos que vieron el accidente, y que dos de los implicados presentan lesiones cervicales y lumbares propias de este tipo de siniestros, por las que fueron atendidos en la clínica de Fátima. Que el segundo coche no presente daños resulta, para la juez, "lógico" por la forma en la que relataron los testigos que ocurrió el accidente, que se produjo al intentar esquivar el primer vehículo al segundo, que se saltó un ceda el paso y provocó que el primer coche se empotrara contra un contenedor. El auto también desacredita al testigo de la compañía aseguradora, que "no tenía una visión completa de la plaza".

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Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #4041 en: 11 de Junio de 2013, 10:52:55 am »
«Desplacé a la chica, no la arrastré», dice un policía del desahucio de Ciudad Naranco
El agente declara ante el juez que los manifestantes de Stop Desahucios no le causaron lesiones
11.06.2013 | 05:20
«Desplacé a la chica, no la arrastré», dice un policía del desahucio de Ciudad Naranco
 
Varios policías evacuan a una joven en el desalojo. | n. orejas

Video

http://www.lne.es/oviedo/2013/06/11/desplace-chica-arrastre-dice-policia/1425715.html?utm_medium=rss

E. VÉLEZ «Desplacé a la chica, no la arrastré». Esa fue la explicación que dio ayer, en el Juzgado de instrucción número 1, uno de los policías nacionales que intervinieron en el desalojo de una familia de Ciudad Naranco en junio del año pasado, para justificar la detención de una joven de la plataforma Stop Desahucios. El testimonio forma parte del proceso judicial abierto a raíz del atestado policial de aquel desahucio, que acabó con veinte detenidos y varios lesionados, entre ellos agentes de la Policía Nacional. Todos los implicados ya han prestado declaración, por lo que le corresponde ahora al juez tomar una decisión: solicitar nuevas pruebas, abrir un juicio de faltas contra algunas de las partes o archivar el caso.

Tan sólo dos agentes partiparon en el proceso judicial, los que en un principio aseguraron haber sufrido lesiones durante la operación de desalojo. Curiosamente, el policía que ayer negó haber arrastrado a una joven reconoció ante el magistrado que los manifestantes no le ocasionaron heridas y rechazó interponer acciones civiles contra ellos. Por el contrario, su compañero se mantuvo firme y aseguró que varios miembros de Stop Desahucios sin identificar le agredieron ocasionándole cervicalgia y una herida en un codo. Según su testimonio, sufrió las lesiones cuando intentaba acceder a la vivienda, taponada por gran parte de los manifestantes.

Jorge Cordero, Patricia Ordóñez y su hija de seis meses, Amanda, fueron desahuciados por impago de la hipoteca. La entidad bancaria ejecutora les llevó a los tribunales después de concederles dos prórrogas. El marido se declaró en huelga de hambre más de un mes para pedir la dación en pago pero su intento fue fallido.

El desalojo se convirtió en una complicada operación policial que duró más de cinco horas y requirió la intervención de los Bomberos, que abrieron un boquete en la pared para acceder al interior de la vivienda. Decenas de agentes en furgones especiales se desplazaron a la calle Augusto Junquera y las vías adyacentes a las seis y media de la mañana para formar un cordón policial ante la casa.


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Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #4042 en: 13 de Junio de 2013, 17:00:29 pm »

Absuelto el sargento de la Policía Local acusado de herir a un joven con la porra

11.06.13 - 00:41 -
A. NEGRE | MURCIA.
   
La Audiencia Provincial de Murcia ha absuelto a S.C.G., el sargento de la Policía Local de Murcia que se enfrentaba a un año de inhabilitación por presuntamente lesionar a un joven al golpearle en un brazo y en la cabeza con su porra. El tribunal considera que el procesado propinó un único golpe con la defensa al denunciante porque éste emprendió una huida con su motocicleta tras darle el alto la patrulla policial. La Audiencia estima, por tanto, que la agresión «estaba amparada por una causa de justificación y no resultaba, pues, ilícita» y declara la absolución del sargento.

Según el relato de hechos probados de esta sentencia, el sargento de la Policía Local detuvo al joven en la madrugada del 8 de febrero de 2009 en las inmediaciones de Alquerías. El arresto se produjo, según el tribunal, después de que el denunciante protagonizase una huida de diez minutos, al darle el alto la patrulla por circular sin casco. Una vez que el policía logró que detuviera la marcha, y ante la intención del joven de continuar la marcha, el sargento le golpeó con la defensa reglamentaria. La agresión alcanzó al chico en la cabeza, pero el tribunal considera que no era allí donde iba dirigida. La Audiencia Provincial considera acreditado «un único golpe, no dirigido, además, directamente a la cabeza, zona especialmente vulnerable, por más que fuera allí donde acabara impactando la porra».

El sargento, que estuvo defendido por el letrado José Ramón Sáez, sostuvo en el juicio que golpeó al denunciante una vez en el costado porque «existía una causa justificada para mi comportamiento». El joven, por su parte, mantuvo un relato muy distinto. «No me pidió nada. Solo comenzó a pegarme», remarcó. «Me golpeó varias veces en el pecho y luego en la cabeza». El tribunal destaca en la sentencia la «fragilidad probatoria» de la declaración del denunciante.

El Sindicato de Policía Local de la Región de Murcia valoró ayer positivamente esta resolución judicial. «Ha quedado demostrado que el sargento cumplió estrictamente con su deber», recalcó.

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Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #4043 en: 13 de Junio de 2013, 17:24:18 pm »
Me alegro por la sentencia.

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Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #4044 en: 13 de Junio de 2013, 19:57:26 pm »
Es que parece que de lo extraído de la sentencia, el denunciante quiso exagerar más de lo que pasó y así ha sucedido


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Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #4045 en: 13 de Junio de 2013, 20:29:44 pm »
Es que parece que de lo extraído de la sentencia, el denunciante quiso exagerar más de lo que pasó y así ha sucedido
Eso no pasa nunca hombre, los denunciantes nunca exageran.

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Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #4046 en: 15 de Junio de 2013, 10:37:43 am »
Absueltos dos policías de Oviedo de un delito de lesiones y detención ilegal

El juez considera que actuaron de forma correcta al reducir a un hombre cuando estaban fuera de servicio
15.06.2013 | 00:00
 
Absueltos dos policías de Oviedo de un delito de lesiones y detención ilegal
Fotografías presentadas en su día por Roberto Fuente para denunciar a los dos policías por golpearle. | lne

Oviedo, Félix VALLINA

El titular de la Sección Segunda de la Audiencia Provincial, el juez Julio García-Braga Pumarada, ha dictado una sentencia en la que absuelve a dos policías nacionales a los que un vecino de Oviedo acusaba de haberle golpeado antes de detenerlo de forma ilegal en un local de copas del barrio antiguo de la capital en enero del año 2011. El letrado del denunciante, Luis Enrique Coto, pedía para los agentes un total de nueve años de cárcel.

El magistrado considera probado que Roberto Fuente, el ovetense que llevó a juicio a los policías, estaba a las cuatro y veinte de la madrugada en el pub. A esa hora, según la sentencia, Fuente vio cómo otra persona estaba hablando con una mujer con la que él había mantenido algún tipo de relación sentimental anterior y se dirigió hacia el hombre «golpeándole con un vaso en el rostro y provocando su caída al suelo, donde continuó arremetiéndole» hasta que fue auxiliado por un amigo. Entonces entraron en escena los dos policías, que se encontraban en el bar fuera de servicio y celebrando una despedida de soltero. Según el escrito, «acompañaban al agredido» e intervinieron en el suceso «haciendo valer su condición de policías» y «tratando de calmar a Roberto, que se encontraba muy excitado y quien, lejos de deponer su actitud, reaccionó de forma desmedida contra los agentes», a los que supuestamente también insultó.

Los agentes sacaron a Roberto Fuente al exterior, pero «continuó con su actitud» y fue «reducido e inmovilizado frente a una pared de piedra hasta la llegada de una dotación que le condujo a dependencias policiales». Aunque el denunciante asegura que la reacción de los policías fue desmedida, la sentencia recoge que la intervención de los agentes para «tratar de poner fin al incidente y tratar de dar protección a Roberto» no puede considerarse constitutiva de un delito de lesiones. Además, el texto señala que a los policías no se les puede considerar culpables porque «las características de la lesión sufrida por el lesionado, a la vista de los informes médicos, justifican la atribución de los resultados lesivos más graves al acometimiento procedente de una persona no identificada» que le golpeó durante el primer incidente, «mientras que los otros más leves que presentaba son perfecta consecuencia de la necesaria fuerza ejercida por los agentes para reducirle».

La sentencia absuelve a los policías y condena a Roberto Fuente por una falta de lesiones y un delito de resistencia a seis meses de cárcel, a un mes de multa y a una indemnización.



Que malos son los jueces que no nos comprenden....zas... en toda la boca.


:mus;

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Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #4047 en: 16 de Junio de 2013, 08:03:31 am »
Juicio en la Audiencia Provincial de Castellón

Un guardia civil acusado de tráfico de drogas dice que quería infiltrarse
Se enfrenta a una pena de cinco años de prisión
Efe | Castellón
Actualizado sábado 15/06/2013

Un sargento de la Guardia Civil de Tráfico acusado de tráfico de drogas tras ser sorprendido en un peaje con cerca de medio kilo de cocaína ha declarado hoy ante el juez que su intención era "ganarse la confianza del cabecilla" de una banda de narcotráfico e infiltrarse para realizar un "servicio".

Así lo ha declarado hoy O.C.C. en el juicio que se ha celebrado en la Sección Primera de la Audiencia Provincial de Castellón, en el que también han comparecido como imputados J.C.P.S. y E.S.S. Según la acusación del fiscal, J.C.P.S. y E.S.S. participaron, junto al guardia civil, en el transporte de la droga desde Castellón a Peñíscola, el pasado 15 de junio de 2012.

El ministerio Fiscal ha pedido para el sargento una pena de 5 años de prisión, para los otros dos acusados una pena de prisión de 4 años y para los tres, una multa de 65.000 euros para cada uno. En el escrito de acusación se relata cómo los tres acusados circulaban por la autopista AP-7 en dirección Barcelona, mientras estaban siendo vigilados por la Guardia Civil por sospechar de que estaban participando de un delito de tráfico de drogas.

En el peaje de Benicarló, los agentes interceptaron el vehículo, momento en el que el agente les dijo "¿no me conocéis?", lo que no disuadió a los agentes, quienes registraron el vehículo.

En el registro encontraron el arma reglamentaria cargada del procesado, 493,96 gramos de cocaína, 138,59 gramos de fenacetina y 27,41 gramos de cafeína, sustancias estas últimas utilizadas para el "corte" de la primera. También se encontró en el coche dos transmisores de la Guardia Civil de Tráfico y una nota manuscrita con "abundante" información sobre agentes antidroga y sus vehículos.


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Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #4048 en: 16 de Junio de 2013, 08:25:57 am »
Juicio en la Audiencia Provincial de Castellón

Un guardia civil acusado de tráfico de drogas dice que quería infiltrarse
Se enfrenta a una pena de cinco años de prisión
Efe | Castellón
Actualizado sábado 15/06/2013

Un sargento de la Guardia Civil de Tráfico acusado de tráfico de drogas tras ser sorprendido en un peaje con cerca de medio kilo de cocaína ha declarado hoy ante el juez que su intención era "ganarse la confianza del cabecilla" de una banda de narcotráfico e infiltrarse para realizar un "servicio".

Así lo ha declarado hoy O.C.C. en el juicio que se ha celebrado en la Sección Primera de la Audiencia Provincial de Castellón, en el que también han comparecido como imputados J.C.P.S. y E.S.S. Según la acusación del fiscal, J.C.P.S. y E.S.S. participaron, junto al guardia civil, en el transporte de la droga desde Castellón a Peñíscola, el pasado 15 de junio de 2012.

El ministerio Fiscal ha pedido para el sargento una pena de 5 años de prisión, para los otros dos acusados una pena de prisión de 4 años y para los tres, una multa de 65.000 euros para cada uno. En el escrito de acusación se relata cómo los tres acusados circulaban por la autopista AP-7 en dirección Barcelona, mientras estaban siendo vigilados por la Guardia Civil por sospechar de que estaban participando de un delito de tráfico de drogas.

En el peaje de Benicarló, los agentes interceptaron el vehículo, momento en el que el agente les dijo "¿no me conocéis?", lo que no disuadió a los agentes, quienes registraron el vehículo.

En el registro encontraron el arma reglamentaria cargada del procesado, 493,96 gramos de cocaína, 138,59 gramos de fenacetina y 27,41 gramos de cafeína, sustancias estas últimas utilizadas para el "corte" de la primera. También se encontró en el coche dos transmisores de la Guardia Civil de Tráfico y una nota manuscrita con "abundante" información sobre agentes antidroga y sus vehículos.

Para infiltrarse, tipo "training day"... :carcaj :carcaj :carcaj 


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Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #4049 en: 16 de Junio de 2013, 09:47:28 am »
Juicio en la Audiencia Provincial de Castellón

Un guardia civil acusado de tráfico de drogas dice que quería infiltrarse
Se enfrenta a una pena de cinco años de prisión
Efe | Castellón
Actualizado sábado 15/06/2013

Un sargento de la Guardia Civil de Tráfico acusado de tráfico de drogas tras ser sorprendido en un peaje con cerca de medio kilo de cocaína ha declarado hoy ante el juez que su intención era "ganarse la confianza del cabecilla" de una banda de narcotráfico e infiltrarse para realizar un "servicio".

Así lo ha declarado hoy O.C.C. en el juicio que se ha celebrado en la Sección Primera de la Audiencia Provincial de Castellón, en el que también han comparecido como imputados J.C.P.S. y E.S.S. Según la acusación del fiscal, J.C.P.S. y E.S.S. participaron, junto al guardia civil, en el transporte de la droga desde Castellón a Peñíscola, el pasado 15 de junio de 2012.

El ministerio Fiscal ha pedido para el sargento una pena de 5 años de prisión, para los otros dos acusados una pena de prisión de 4 años y para los tres, una multa de 65.000 euros para cada uno. En el escrito de acusación se relata cómo los tres acusados circulaban por la autopista AP-7 en dirección Barcelona, mientras estaban siendo vigilados por la Guardia Civil por sospechar de que estaban participando de un delito de tráfico de drogas.

En el peaje de Benicarló, los agentes interceptaron el vehículo, momento en el que el agente les dijo "¿no me conocéis?", lo que no disuadió a los agentes, quienes registraron el vehículo.

En el registro encontraron el arma reglamentaria cargada del procesado, 493,96 gramos de cocaína, 138,59 gramos de fenacetina y 27,41 gramos de cafeína, sustancias estas últimas utilizadas para el "corte" de la primera. También se encontró en el coche dos transmisores de la Guardia Civil de Tráfico y una nota manuscrita con "abundante" información sobre agentes antidroga y sus vehículos.

Para infiltrarse, tipo "training day"... :carcaj :carcaj :carcaj 



Que va, se pasó de película y con esa cantidad de droga acabó en Trainspotting


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Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #4050 en: 16 de Junio de 2013, 12:21:20 pm »
 :carcaj :carcaj :carcaj

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Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #4051 en: 18 de Junio de 2013, 15:02:25 pm »

El acusado de asesinar al guardia civil de A Cañiza: «O me sueltas o te mato»

José Vilar Casal sostiene en el juicio que la muerte del agente en agosto del 2010 fue accidental



 
López Penide
 
Pontevedra     17 de junio de 2013  18:20   

Los acusados, con Martíns Mendoza mirando al público, en la Audiencia de Pontevedra López PenideLos acusados, con Martíns Mendoza mirando al público, en la Audiencia de Pontevedra López Penide


«Si le quisiera matar le hubiera disparado cuando tenía el cañón [de la pistola] apoyado en su cabeza». José Vilar Casal, a quien señalan como el ejecutor material de la muerte de un guardia civil en un robo frustrado a un banco de A Cañiza en agosto del 2010, aseguró que los disparos fueron accidentales.

Así, subrayó que «no apreté ni una sola vez el gatillo», de tal modo que insistió en que los disparos se produjeron en el transcurso de un forcejeo con el agente.

En su comparecencia, precisó que, al ser descubiertos, le dijo al funcionario que le dejase marchar, «que allí no pasaba nada». Vilar Casal precisó que dio un paso adelante y que el guardia le disparó, alcanzándole en el cuello.

El acusado aseguró que el arma se encasquillo y que, instantes después, el agente lo arrastraba hacia el exterior, mientras él se agarraba el cuello. En un momento dado, el atracador sacó una Glock adquirida en Portugal. De este modo, encañonó a víctima acompañando este gesto con las palabras «o me sueltas o te mato».

Fue entonces cuando, según su versión, se produjo el forcejeo mortal.

Sin embrago, la versión que ofreció su compañero de banquillo José Ángel Martíns Mendoza, El Peque, durante la instrucción se negó a contestar a las preguntas de las acusaciones y ofreció matices diferentes. Así, si bien coincidió en que el primer tiro partió de la pistola del agente, precisó que ambos se encañonaron cara a cara y que no se produjo forcejeo alguno.

Añadió que nunca vio a su compañero apretar el gatillo, ya que emprendió la huida a la carrera.

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Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #4052 en: 19 de Junio de 2013, 08:36:02 am »
Acusan a dos policías de romper una costilla a un detenido
La fiscal tilda su actuación de «excesiva», pero los agentes sostienen que emplearon la fuerza mínima necesaria

19.06.13 - 01:48 - EFE | MURCIA.

La fiscal del juicio celebrado ayer en la Audiencia Provincial de Murcia contra dos policías y el joven que los denunció, tras sufrir fractura de una costilla al ser detenido, calificó la actuación de los agentes de «excesiva y desproporcionada». El Ministerio Público ha pedido para cada uno de ellos un año de cárcel por un delito de lesiones.

La fiscal señaló que en la actuación de los agentes pudo haber influido la circunstancia de que uno de ellos, A.R., es yerno del hombre al que momentos antes el joven, C.G.M., había propinado un cabezazo en la cara. Para este agresor, la Fiscalía ha solicitado tres penas de un mes de multa cada una por otras tantas faltas de lesiones y ocho meses de prisión por un delito de resistencia a agentes de la autoridad.

La vista oral comenzó con la declaración de C.G.M., quien reconoció que dio el cabezazo a J.P., un anciano vecino suyo con el que mantiene «rencillas» desde hace años, y mostró su arrepentimiento. C.G.M. señaló después que, cuando trataba de entregar el DNI a estos policías, A.R. y su compañero de patrulla, B.Z., lo esposaron a la espalda y «le propinaron golpes en el costado» y patadas, cuando se encontraba ya en el suelo.

Los agentes aseguraron que en la detención del joven emplearon la fuerza mínima necesaria para vencer su resistencia a ser reducido y a que le colocaron los grilletes, para manifestar luego que, en el forcejeo, los tres cayeron al suelo.

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Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #4053 en: 20 de Junio de 2013, 10:09:51 am »
Absueltos dos policías denunciados por malos tratos
 

D.A.20/06/2013

HUESCA.- Dos policías locales han sido absueltos de las acusaciones de amenazas y malos tratos formuladas por un vecino de Huesca. Este ciudadano fue denunciado por llevar el perro suelto, no recoger los excrementos y fue identificado por los agentes de servicio de paisano, que según relató le habían causado daños en los brazos.La titular del juzgado de primera instancia número 1 de Huesca ha dictado "in voce" sentencia absolutoria de los agentes. Según ha informado el Ayuntamiento, ha reconocido que la intervención fue correcta. Por otro lado, ha reconvenido al denunciante al que ha recordado que debe cumplir las normas y respetar a los agentes.

 

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Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #4054 en: 21 de Junio de 2013, 09:31:05 am »
El atracador que mató al guardia civil de A Cañiza pide perdón y alega ´defensa propia´

"Tiene sensación de riesgo vital, saca la pistola y dispara sin ton ni son, no quería matar", aduce su letrado - La viuda y los padres del agente fallecido abandonaron la sala

f. sánchez | pontevedra 21.06.2013 | 07:26
 
"Siento haber sido el causante del sufrimiento de la familia del fallecido, especialmente por sus hijos. Yo no quería hacer eso". Con estas palabras hizo ayer uso de su derecho a la última palabra José Vilar, autor confeso de los disparos que acabaron con la vida del guardia civil Jorge Piñeiro cuando frustró con su compañero de patrulla un atraco bancario en A Cañiza en agosto de 2010. Vilar, argumentó "defensa propia" y solicitó al tribunal que analice las balas porque "el agente disparó primero". La viuda y los padres del agente fallecido no pudieron contener las lágrimas y abandonaron la sala en silencio.

Los torso dos acusados, José Ángel Martíns y Fernando Condines, también pidieron tomaron la palabra para lamentar los hechos. "Siento mucho lo que ha pasado. Quiero que me condenen por lo que he hecho, por un intento de robo", apuntó José Ángel Martíns Mendoza, el "Peke". Explicó que no contestó a las preguntas del fiscal ni de las acusaciones particulares "porque antes de ser detenido ya estaba saliendo por televisión. Y durante estos tres años, acusándome directamente de ser el asesino cuando ya quedó demostrado que yo no sabía del arma ni nada". "Siento mucho lo de la mujer del fallecido y los hijos", concluyó.

Más escueto fue Fernando Condines, quien apuntó "lo siento mucho y nada más".

Durante la sesión de ayer, en la que el juicio quedó visto para sentencia, el fiscal jefe de Pontevedra, Juan Carlos Aladro, reiteró su petición de aumentar la pena para dos de los supuestos atracadores, Fernando Condines y José Ángel Martíns, para los que solicitó una pena de 25 años, 7 meses y 29 días tras imputarles dos delitos de homicidio y tentativa de homicidio, uno en grado de tentativa, idéntica a la que pedía desde el principio para el vigués José Vilar Casal.

El fiscal, quien entiende que existió dolo eventual, explicó que tanto Condines como Martíns "asumieron los riesgos de la acción, cuyas consecuencias aceptaron". "Son conscientes del dominio de la acción de uno ellos. Sabían que el arma iba a ser usada y asumieron sus consecuencias. Aladro subrayó que "el arma estaba cargada, martillada y preparada para hacer un robo hasta sus últimas consecuencias".

Con respecto a Vilar, el fiscal recordó que contó diferentes versiones de los hechos y descartó que, a su juicio, se produjera una situación de legítima defensa cuando se sucedieron los disparos. "Para que ésta se dé se exige una lesión ilegítima y aquí no existe. Este señor entra allí con un arma, sabe a ciencia cierta que la va a utilizar", explicó Aladro. Sin embargo, el abogado defensor de Vilar argumentó que al verse encañonado por un agente tuvo "sensación de riesgo vital" y "como reacción en defensa de su vida saca su pistola y comienza a disparar sin ton ni son y sin intención de querer matar". Con respecto al resto de los abogados de la defensa, éstos manifestaron su total disconformidad con la ampliación de la pena solicitada por el fiscal para sus clientes. "Se le acusa de un delito que no ha cometido", alegó el abogado de Martíns ante la imputación de los delitos de homicidio y tentativa de homicidio por parte del Ministerio Fiscal. "Solicitamos al tribunal que imparta justicia y no reparta venganza". Inicialmente el "Peke" y Condines se enfrentaban a 5 años de cárcel y no a 25

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Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #4055 en: 22 de Junio de 2013, 10:23:12 am »
La juez de la droga del Cotillo echa de Fuerteventura a un inspector de policía

La magistrada acusa al mando de coacciones a testigos y de un delito contra la Justicia
22.06.2013 | 01:03

R. H. La juez titular del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 1 de Puerto del Rosario, Nuria Anora Carmona, que investiga la red de narcotráfico dirigida por guardias civiles desde el Cuartel de Corralejo, decretó ayer la prohibición de residir en Fuerteventura al inspector del Cuerpo Nacional de Policía (CNP), identificado como A.C.M., así como acercarse a los testigos del caso a menos de 500 metros. El funcionario es hermano de uno de los agentes del instituto armado que se encuentra en prisión y fue detenido en la Comisaría de Policía de Puerto del Rosario por tres agentes de la Policía Judicial. También se le imputan presuntos delitos de blanqueo de dinero, coacciones a testigos e imputados en el caso y contra la Administración de Justicia.

La Guardia Civil procedió también a la detención de tres mujeres, parejas de los guardias civiles cabecillas de la presunta red del narcotráfico. Todas ellas quedaron en libertad aunque acusadas de blanqueo de capitales " procedentes de un delito contra la salud pública".

La Benemérita desmanteló el pasado mes de febrero una red de narcotráfico que actuaba en Fuerteventura y Lanzarote donde tenían un importante protagonismo sus propios agentes, no en vano el centro de operaciones estaba asentado en el Puesto de Corralejo al que pertenecían los guardias detenidos e imputados. Hasta el momento hay 28 personas implicadas, entre ellas, diez agentes, de los que cinco se encuentran en prisión y el resto se encuentran imputados aunque en libertad. Se les imputan al menos 13 delitos, aunque no a todos los mismos, dado que el nivel de participación fue distinto en cada caso.

El instituto armado no ha cerrado el caso y continúa estrujando la abundante información de que disponen, especialmente la incautada durante los registros domiciliarios y los testimonios de testigos. En el transcurso de las investigaciones, los miembros de la Unidad Orgánica de la Policía Judicial detectaron que tanto los detenidos como su entorno familiar " llevaban un alto tren de vida con compras y gastos que no correspondían con su estatus social", señalaron a este periódico fuentes próximas a la investigación. Ante ello, las pesquisas se dirigieron hacia las cuentas bancarias de las parejas y familiares de los agentes detenidos e implicados en la red " habiéndose comprobado movimientos de mucho dinero que sospechamos procede de los beneficios de la venta de la droga. Además, añaden que " también descubrimos la existencia de varias sociedades mercantiles de dudosa creación y actividad".

El abogado defensor del citado inspector de Policía, José Gerardo Ruiz Pasquau, declinó revelar datos de la comparecencia policial y judicial " porque esta pieza separada está bajo secreto de sumario. El lunes presentaré un recurso de apelación ante la Audiencia Provincial contra la resolución judicial que prohibe a mi cliente, de manera cautelar, a residir desde hoy ( por ayer ) en Fuerteventura".


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Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #4056 en: 23 de Junio de 2013, 14:04:15 pm »
Absueltos de un robo porque la Policía actuó de forma «tendenciosa»
abcabcdesevilla / sevilla

Día 23/06/2013 -

La Audiencia recuerda en su sentencia que la acusación se basa en tres puntos no muy claros: la presencia de muestras de ADN, una colilla y la descripción de una persona con un ojo de cristal

La Audiencia Provincial de Sevilla ha absuelto a tres hombres acusados de atracar un bar ubicado en la avenida de las Ciencias armados con una pistola y una navaja y de maniatar a dos empleados a los que dejaron encerrados en la cocina del establecimiento, ya que la actuación de la Policía fue "tendenciosa" al incluir en las fotografías que se mostraron a los testigos únicamente imágenes de los imputados y ninguna "de personas ajenas a las sospechas".

En el juicio celebrado el pasado mes de abril en la Sección Cuarta de la Audiencia Provincial, los tres acusados -Juan R.D., Manuel C.A. y José C.A- negaron los hechos imputados por la Fiscalía, que pidió para cada uno de ellos cinco años de cárcel por un delito de robo con violencia y otros cinco años por un delito de detención ilegal, estimando que en el caso de los dos primeros concurre la agravante de disfraz. 

Encontraon una colilla que los agentes creyeron de estos sujetos

En la sentencia, a la que ha tenido acceso Europa Press, la Sala considera probado que los hechos tuvieron lugar sobre las 2,00 horas del 8 de mayo de 2008, cuando personas no identificadas accedieron al interior de un bar ubicado en la avenida de las Ciencias y, esgrimiendo un cuchillo y una pistola, obligaron a los dos empleados que allí se encontraban a entregarles dinero y objetos de valor. Seguidamente, los maniataron en la zona interior del bar y, tras advertirles de que esperaran 20 minutos, se dieron a la fuga, no constando que les esperaran otras personas en el exterior a bordo de un vehículo, señalando la Audiencia que "no consta" que los acusados, dos de los cuales han estado defendidos por el abogado Antonio Valle, tuvieran participación alguna en los hechos descritos.

La Audiencia recuerda que la acusación contra los tres imputados "pivota sobre varios supuestos pilares", como son que minutos antes los acusados habían sido identificados por razones preventivas de seguridad ciudadana, en unión de un cuarto ya fallecido, cuando circulaban en el interior de un vehículo Citroën Xsara, o que alguien había visto este coche en el exterior del local del robo con el motor en marcha y supuestamente dispuesto para la huida.
 
Otros "pilares" de la acusación fueron que dos de los imputados habían sido identificados y reconocidos por los empleados que se encontraban en el bar en el momento de los hechos; que se había intervenido una colilla que dejó allí uno de los acusados, y que precisamente la misma corresponde a una marca poco frecuente de la que uno de ellos portaba una cajetilla cuando fueron identificados en el control policial.

«Estrépito»

Sin embargo, "todos esos supuestos elementos incriminatorios no resisten el mínimo examen crítico y su valor pretendidamente de cargo se desmorona no sin estrépito cuando se pretende una visión de conjunto", critica la Sala, que, en primer lugar, asevera que "nada ni nadie sitúa realmente un Citroën plateado como el de uno de los acusados en el lugar de los hechos". Así, el atestado policial "pone tal dato en boca" de uno de los empleados como manifestación inmediata a los hechos, pero dicho empleado "fue contundente en el juicio al aclarar que él no lo vio, sino que se lo contó el propietario de un mesón colindante al día siguiente", lo que "ya deja sin explicación que la Policía lo consignara desde el comienzo de sus actuaciones".




Había un cuarto involucrado en los hechos, ya fallecido
"Lo cierto es que no sabemos quién puede ser en su caso la persona que viera ese hecho, lo que nos impide analizar su credibilidad y, sobre todo, someter esa supuesta información a la necesaria contradicción", añade la Audiencia, que lamenta que "capítulo aparte merece la tan mencionada colilla, que se consigna desde el primer folio del atestado inicial como recogida en el establecimiento objeto de robo y que según ambos empleados pertenecía a uno de los autores".
La colilla

Este objeto "no tiene el mínimo valor incriminatorio si tenemos en cuenta, en primer lugar, que el ADN encontrado en la misma no corresponde a ninguno de los acusados, sin que pueda aceptarse la tesis del fiscal en orden a que podría corresponder al cuatro sujeto hoy fallecido, de lo que no hay la mínima prueba", señala la Audiencia en la sentencia, a la que ha tenido acceso Europa Press.

En segundo lugar, la Policía dijo en el atestado que la colilla pertenecía a la marca 'Palma', y que precisamente los agentes que habían identificado a los acusados aquella noche habían advertido que portaban una cajetilla de esa marca, "pero ocurre no sólo que nadie ha declarado que efectivamente viera esa cajetilla en poder de los acusados, pues no puede tenerse por tal la mera referencia innominada del atestado, sino que ni siquiera hemos podido constatar en Internet que exista tal marca de tabaco, pues únicamente hemos encontrado la marca Pall Mall, con cierta semejanza fonética pero completamente diversa en la escritura".

El tercer y último pilar sobre el que se pretende construir la acusación es el reconocimiento que hicieron ambos testigos y empleados del bar de los acusados, punto en el que la Audiencia critica "el efecto perturbador y pernicioso que respecto a la identificación por los testigos presenciales ha debido suponer el reconocimiento fotográfico que, inmediatamente después de los hechos, se practicó por la Policía en condiciones de todo menos idóneas".

Un ojo de cristal

Nada más ocurrir los hechos, ambos trabajadores "atribuyeron de forma contundente y coincidente a uno de los autores del robo características físicas tan significativas e inusuales como una ostensible cojera, un ojo de cristal o paralizado y una altura de 1,60 metros, pese a lo cual no dudaron en señalar" a los acusados "pese a que no reúnen ninguna de esas características".

Según la Audiencia, "la clave" la dio en el juicio uno de los trabajadores del bar, que aseguró que la Policía sólo le mostró cuatro fotos correspondientes a "quienes en aquel momento los investigadores presumían autores del hecho, esto es, los tres acusados y el acompañante luego fallecido", aseverando que "la escasa y tendenciosa muestra, que ni siquiera incluyó a personas ajenas a las sospechas, no satisface las más mínimas garantías y exigencias de una diligencia de esa naturaleza".

En el presente caso, ello "produjo un efecto negativo indeseable al provocar la contaminación o transferencia inconsciente de esas imágenes sobre los auténticos recuerdos de los testigos, pues sólo así se explica que estos reconozcan a alguno de los acusados pese a que no cojean, miden bastante más de 1,60 metros y ninguna afectación tienen en sus ojos".

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Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #4057 en: 01 de Julio de 2013, 09:15:19 am »
Piden cárcel para un policía por agredir con su porra a dos viandantes

Las víctimas son vecinos que se acercaron a ver cómo cinco agentes detenían a una persona y resultaron golpeados por un policía

R. S. | Actualizado 01.07.2013 - 05:03
 
La Fiscalía de Sevilla ha pedido diez meses de cárcel y el pago de una multa de 240 euros para un agente de la Policía Nacional acusado de agredir "de manera injustificada" con su defensa reglamentaria a dos viandantes que se encontraban en la barriada Martínez Montañés, la más deprimida del Polígono Sur.

El Ministerio Público solicita para el agente diez meses de prisión por un delito de lesiones y multa por una falta de lesiones. Las acusaciones ejercidas por el Grupo 17 de Marzo y las propias víctimas piden para el acusado dos años de cárcel y 1.200 euros de multa, informaron fuentes del caso a Europa Press.

El juez de Instrucción número 2 de Sevilla procesó al policía por unos hechos ocurridos sobre las 11:20 del 26 de mayo de 2012, cuando, en el curso de una actuación policial desplegada en la barriada Martínez Montañés, el acusado agredió "de manera injustificada" con su defensa reglamentaria a los dos afectados.

A consecuencia de la agresión, una de las víctimas sufrió lesiones de las que tardó en curar 41 días, mientras que el otro afectado tardó en curar de sus lesiones 15 días, según indicó el juez Carlos Mahón en el auto de incoación de procedimiento abreviado que fue recurrido ante la Audiencia Provincial por la defensa del imputado.

El juez instructor abrió el pasado abril juicio oral contra el policía, al que impuso una fianza civil de 4.800 euros a fin de asegurar las responsabilidades pecuniarias que pudieran declararse.

En su escrito de acusación, el Grupo 17 de Marzo relata que los hechos tuvieron lugar cuando varios monitores voluntarios del Grupo Scout Boom, entre los que se encontraban los denunciantes, se encontraban en la calle Arquitecto José Galnares, en el Polígono Sur. Los miembros de dicha asociación estaban esperando a un compañero cuando presenciaron, a escasos metros, la detención de una persona por parte de cinco policías, tres vestidos de paisano y dos con el uniforme. En ese momento, cinco o seis vecinos relacionados con el detenido comenzaron a acercarse al lugar de la detención y, "sorpresivamente", los policías sacaron sus defensas y comenzaron a golpear a todas las personas que estaban cerca de ellos. Ante los golpes, los vecinos se alejaron 15 metros del lugar, pero los agentes avanzaron contra ellos, "golpeando" así también a las personas más alejadas, "que no tenían nada que ver con la intervención" y que "se encontraban allí paradas, mirando lo que sucedía, sin interferir en ninguna actuación policial".

Según el Grupo 17 de Marzo, el policía acusado, "apodado el nazi", agredió de manera "injustificada" y con la defensa reglamentaria a los denunciantes, que se encontraban "entre las personas más alejadas de la detención y en la que no habían intervenido de modo alguno". Pide que el policía indemnice con 3.486,56 euros por las lesiones provocadas.
« Última modificación: 01 de Julio de 2013, 15:36:49 pm por 47ronin »

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Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #4058 en: 01 de Julio de 2013, 15:20:31 pm »
Claro hombre, cárcel y horca.
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Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #4059 en: 01 de Julio de 2013, 17:20:45 pm »
Debe ser el fiscal de la misma escuela del que lleva el caso Blesa y Noos.