ARMAS LARGAS PARA LA POLICÍA LOCAL: ¿Agentes de segunda o legisladores ciegos?
27 dic, 2015 4.713 vistas
Alejandro Carrasco
A través de estas líneas quiero expresar una duda que me asalta desde hace años y que de un tiempo a esta parte se ha hecho más patente: ¿Por qué la Policía Local no es digna o valedora de portar, tener y usar armas largas de dotación colectiva?, ¿por qué se les ha vetado su uso durante tanto tiempo?
No entiendo por qué los restantes cuerpos de seguridad pública, incluso de índole privada, sí están dotados de armas largas y la Policía Local no. ¿En base a qué?, ¿a las leyes, decretos, o el reglamento de armas?, ¿a los decretos autónomos que regulan el trabajo de las policías locales en cada comunidad?, ¿a la competencia de la seguridad ciudadana?, ¿a la falta de preparación, profesionalidad, o funcionalidad? O simplemente, ¿obedece a un desconocimiento por parte de los legisladores? Desde mi experiencia, me inclino más por esta última opción.
Las diferentes leyes, decretos o circulares nacionales, la declaración de los derechos humanos, la resolución 690 de la asamblea general del consejo de Europa de 1979, y algunos textos más hablan de cómo ha de actuar EL POLICÍA, así, tal cual, sin distinciones. El reglamento de armas español, ya excluye del cumplimiento del mismo a las fuerzas y cuerpos de seguridad en general, sin hacer distinciones entre policías del Estado, de las autonomías, o policías locales. Y reza así: “cada cuerpo se regirá por una normativa especial dictada al efecto para la adquisición, tenencia y uso de las armas por ……..”
Motivos para dotar a las policías locales de armas largas sobran. En cuanto a la seguridad ciudadana, las Policías Locales atienden ese tipo de servicios siempre como otro cualquier cuerpo policial. La seguridad pública o la seguridad del tráfico, en la cual se realizan puntos de verificación de alcoholemias, documentación, como otros cuerpos policiales, se atienden a directivas de la DGT o Ayuntamientos, etc. Se montan dispositivos como los que montan otros cuerpos policiales para controles de seguridad ciudadana y si poseen armas largas de dotación colectiva, controles en los que todo se puede descontrolar en un momento, porque cuando se realizan este tipo de actuaciones todos sabemos que no se sabe a quién o quienes se va parar en el control, si son buenos ciudadanos o si poseen requisitorias, búsquedas, órdenes de detención y personación, antecedentes del tipo que sea etc., en fin que no saben con quién se la juegan, aunque los malotes si lo saben de antemano porque la policía si va uniformada y se les ve a la legua.
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Policía Local practicando con su arma corta de dotación en la galería de tiro
Profesionalidad, preparación o formación podrían ser los motivos alegados por el legislador para dejar de dotar de armas largas a las policías locales. Profesionalidad es una cuestión que no voy a entrar a valorar, la formación en materia de tiro policial o armas que reciben las policías Locales actualmente en este país es comparable, o en algunos casos superior, a la de otros cuerpos policiales pertenecientes a las comunidades autónomas o al Estado. La policía local es un cuerpo en constante evolución, preparación y formación. Sus agentes están dotados de una licencia tipo A, al igual que el resto de otros cuerpos armados de este país, que realizan las mismas funciones.
No hay que olvidar que en España, país que rinde culto al deporte cinegético desde tiempos inmemorables, donde las armas largas usadas para este deporte o afición, se cuentan por cientos de miles, con solo presentarte a un examen de conocimientos básicos del arma larga, normas de seguridad y poco más, presentar un certificado de antecedentes penales y demostrar una dedicación a la caza, puedes ser poseedor de una gran cantidad de armas largas, entre rifles y escopetas, con munición de punta hueca y en grandes cantidades. Permítanme la ironía, pero que no le falte de nada al señor cazador en el uso y disfrute de sus aficiones, mientras al pobre policía que se juega el tipo mejor no dotarle de un arma larga para su trabajo.
Sé que actualmente hay comunidades autónomas que tienen ya formados a varios Directores/Instructores de tiro en el uso de armas largas; y en las que no los haya se pueden formar, eso no sería un problema. Se está demandando por parte de cada vez más Policías locales de grandes ciudades y no tan grandes, que se cambie la normativa que les impide adquirir, portar o usar armas de fuego largas de dotación colectiva, y más ahora con lo que se nos está viniendo encima con todo lo que está sucediendo en todo el mundo, donde cualquier terrorista que porta un arma larga automática, cuando no un cinturón con explosivos, puede sembrar el terror y el pánico cuando y donde le apetezca.
Los compañeros de la policía local de la ciudad autónoma de Melilla, después de mucho bregar y bregar con las autoridades han podido tener acceso a ese tipo de armas. ¡Enhorabuena!
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Agentes de policía local realizando prácticas de tiro con escopeta
¿Son las policías locales de este país agentes de la autoridad de segunda categoría?, Creo que No, pues trabajan por y para garantizar el mismo producto que dispensan el resto de policías del estado español y las autonomías, esto es, la seguridad ciudadana, la seguridad pública, la seguridad y el bienestar en general, para que todo aquel que reside en este soleado y cálido país pueda sentirse tranquilo y seguro allá donde vaya o esté. El tipo de clientes a los que sirven las policías locales son los mismos a los que atienden el resto de fuerzas y cuerpos de seguridad de este país: el querido conciudadano.
policia_local_armas_largasEntonces, ¿por qué hacer distinciones y/o discriminaciones en este aspecto? Aquí no se presenta un conflicto de competencias o intereses, nada más lejos. Es hora de reconocer la evolución, profesionalización y formación de las policías locales de este país y que el legislador empiece a actuar en consecuencia, valorando y viendo las cosas tal y como son. No se trata de desplazar a nadie o de darle a alguien algo que no se merezca. Se trata de permitir que estos policías tengan las mismas posibilidades que los demás. Es una simple cuestión de material, de dotar de las herramientas necesarias a todas las policías. “Ser policía indistintamente del cuerpo que sea es un sentimiento, no una condición.” Debemos proteger y equipar al policía en sí, no si pertenece a tal o cual cuerpo, si no el agente de policía, que es aquel que siendo una persona de carne y hueso como los demás, con sus temores y miedos, corre en sentido inverso al ciudadano cuando hay un peligro, aquel que no duda en salvar a los demás aunque ello implique poner su vida en riesgo.
Así pues, si nos atenemos a que un Policía es un Policía, independientemente del escudo o color de su uniforme, el terrorista, el asesino, o cualquiera que sea su condición de agresor, verá al uniforme como el enemigo, y éste sí que no hará distinciones entre cuerpos policiales: todos ellos son la representación de su derrota, de su detención.