Reabren una investigación contra el líder de los Mossos independentistas por revelación de secretos
La Audiencia de Girona ve “totalmente improcedente” que un Juzgado archivara la causa pues considera evidente que Albert Donaire, candidato de JxCat, divulgó datos policiales de una cabo
María Jesús Cañizares @MJesusCanizares
05.05.2021 12:39 h. Actualizado: 05.05.2021 13:12 h.
En un auto muy contundente, la Sección Cuarta de la Audiencia de Barcelona ha reabierto una investigación por los supuestos delitos contra la intimidad y revelación de secretos contra el líder de los Mossos independentistas y candidato de Junts per Catalunya a las elecciones catalanas, Albert Donaire. El origen de la causa se remonta a la denuncia de la cabo de la policía autonómica, Inma Alcolea, tras la divulgación de una foto y datos personales que, según afirma, cometió Donaire. La denuncia fue archivada por el Juzgado de Instrucción 3 de Girona, pero el pasado 2 de enero de 2021 decretó su archivo. Sin embargo, la Audiencia considera que los hechos son “indiciariamente constitutivos de delito de descubrimiento y revelación de secretos del artículo 197 del Código Penal, por lo que “el sobreseimiento libre acordado es totalmente improcedente”.
Uso de las redes sociales
“Examinada con detalles las actuaciones es innegable que el denunciado, el señor Donaire, probablemente por su condición de Mosso d’Esquadra y debido al largo y enconado enfrentamiento que sostiene con la señora Alcolea, tuvo acceso, primero a la información relativa a la interposición de una denuncia contra la misma por un altercado con una tercera persona y, sobre todo y más relevante, tuvo acceso a las propias diligencias policiales, pues hizo uso en sus redes sociales de una fotografía incorporada a dicha denuncia, identificando con nombre y apellidos a la señora Alcolea”. Se refiere a los datos de una denuncia por un altercado en el que se vio involucrada la cabo, cuyo rechazo al independentismo de Donaire le ha valido duros insultos en las redes por parte del mosso.
Según la Audiencia, “la clave del asunto no radica en la captación de la imagen de la denunciante, sino en la utilización de la misma que se encuentra en un archivo policial. Y es que el artículo 197 CP castiga no solo a quien obtenga directamente información que afecte a la intimidad de una persona, sino también (artículo 197.2) al que ‘sin estar autorizado (…) utilice (…) en perjuicio de tercero, datos reservados de carácter personal o familiar de otro que se hallen registrados en ficheros o soportes informáticos, electrónicos o telemáticos, o en cualquier otro tipo de archivo o registro público o privado”.
"Es sorprendente"
“Igualmente sorprendente es el argumento del auto recurrido que califica de ‘conjetura, carente de corroboración periférica por algún dato objetivo’ la deducción de la denunciante relativa a que de alguna manera el denunciado habría accedido al contenido de la denuncia efectuada contra ella, pues mayor dato corroborador que la utilización de exactamente la misma fotografía de la denuncia que obra en dicha denuncia es difícil de imaginar. Es evidente que o bien alguien se la facilitó o bien él se apoderó directamente de ella”, incide en el escrito.
“Nada más ilustrativo para apreciar la indudable relevancia penal de lo denunciado que citar la reciente sentencia del Tribunal Supremo, que analiza, igualmente en el caso de la utilización por un policía de información contenida en un archivo policial la subsunción de este comportamiento en el artículo 197 del CP”, añade el tribunal.
“En definitiva, y con independencia de cómo se tuvo acceso a ello, es claro que el denunciado utilizó datos extraídos de una denuncia policial contra la recurrente; datos que no son en absoluto inocuos, por lo que el sobreseimiento libre debe ser revocado”, remata la Audiencia. De este modo, la causa contra Donaire toma de nuevo forma.