Autor Tema: Borrador de la Ley de Coordinación PLs de la CAM  (Leído 71574 veces)

Desconectado 47ronin

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Re:Borrador de la Ley de Coordinación PLs de la CAM
« Respuesta #360 en: 12 de Noviembre de 2013, 15:19:05 pm »
El artículo 38 queda redactado como sigue:

Artículo 38. Ingreso en plazas de la misma categoría de otros Cuerpos de
Policía Local

1. En las convocatorias de la categoría de Policía deberá reservarse un veinte por ciento de las plazas para su cobertura por miembros de esta categoría de otros Cuerpos de Policía Local de la región. Las plazas vinculadas a las Brigadas Especiales de Seguridad de la Comunidad de Madrid que resulten vacantes en el Ayuntamiento de procedencia con motivo de este ingreso, sólo podrán ser cubiertas por otros efectivos adscritos a dichas Brigadas, mediante convocatoria específica cursada al efecto.

Desconectado Boffer

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Re:Borrador de la Ley de Coordinación PLs de la CAM
« Respuesta #361 en: 24 de Noviembre de 2013, 12:13:47 pm »
El artículo 38 queda redactado como sigue:

Artículo 38. Ingreso en plazas de la misma categoría de otros Cuerpos de
Policía Local

1. En las convocatorias de la categoría de Policía deberá reservarse un veinte por ciento de las plazas para su cobertura por miembros de esta categoría de otros Cuerpos de Policía Local de la región. Las plazas vinculadas a las Brigadas Especiales de Seguridad de la Comunidad de Madrid que resulten vacantes en el Ayuntamiento de procedencia con motivo de este ingreso, sólo podrán ser cubiertas por otros efectivos adscritos a dichas Brigadas, mediante convocatoria específica cursada al efecto.

Con respecto a este punto ha llegado a mis oídos que no va a ser una  movilidad horizontal como la entendemos hasta ahora. Es decir, por concurso de méritos. Si no que tendrás que volver a opositar y pasar todas las pruebas. Eso sí, sólo competirás contra otros compañeros.
Desde mi punto de vista y si esto finalmente se hiciese así no me parece lógico hacerlo de este modo.

Desconectado PeInG

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Re:Borrador de la Ley de Coordinación PLs de la CAM
« Respuesta #362 en: 24 de Noviembre de 2013, 13:23:24 pm »
Quién dice que sea una movilidad horizontal??

En qué punto de la modificación pone eso??

Es una oposición donde el 20 por ciento de las plazas son para policías locales de la CM. Haces examen psicotécnico, de temario y físico igual que cualquier opositor.
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Re:Borrador de la Ley de Coordinación PLs de la CAM
« Respuesta #363 en: 24 de Noviembre de 2013, 16:31:31 pm »
Quién dice que sea una movilidad horizontal??

En qué punto de la modificación pone eso??

Es una oposición donde el 20 por ciento de las plazas son para policías locales de la CM. Haces examen psicotécnico, de temario y físico igual que cualquier opositor.

Eso entiendo yo...al igual que el 20 por ciento para militares de tropa...pero mi pregunta es la siguiente...si por ejemplo no aprobase ninguno de los que se presentase dentro de los dos cupos...que pasaría con esas plazas, quedarían desiertas?


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Re:Borrador de la Ley de Coordinación PLs de la CAM
« Respuesta #364 en: 24 de Noviembre de 2013, 16:38:40 pm »

Quién dice que sea una movilidad horizontal??

En qué punto de la modificación pone eso??

Es una oposición donde el 20 por ciento de las plazas son para policías locales de la CM. Haces examen psicotécnico, de temario y físico igual que cualquier opositor.

Eso entiendo yo...al igual que el 20 por ciento para militares de tropa...pero mi pregunta es la siguiente...si por ejemplo no aprobase ninguno de los que se presentase dentro de los dos cupos...que pasaría con esas plazas, quedarían desiertas?
digo yo que se abrirán para el resto de opositores como así esta previsto para el 50% que GC reserva para miembros de tropa y marinería.



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Re:Borrador de la Ley de Coordinación PLs de la CAM
« Respuesta #365 en: 24 de Noviembre de 2013, 17:33:52 pm »
Yo tengo otra duda, en caso de haber 3 plazas, ¿cómo se van a repartir? tendrán que salir al menos 5 plazas para hacerse esas reservas, no??? de tal manera que quedase la cosa en 3-1-1, porque sino......
Lo mismo es más fácil que como lo estoy viendo yo, sorry, pero es que soy de letras  :nen:
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Re:Borrador de la Ley de Coordinación PLs de la CAM
« Respuesta #366 en: 24 de Noviembre de 2013, 18:05:33 pm »
Quién dice que sea una movilidad horizontal??

En qué punto de la modificación pone eso??

Es una oposición donde el 20 por ciento de las plazas son para policías locales de la CM. Haces examen psicotécnico, de temario y físico igual que cualquier opositor.

Eso entiendo yo...al igual que el 20 por ciento para militares de tropa...pero mi pregunta es la siguiente...si por ejemplo no aprobase ninguno de los que se presentase dentro de los dos cupos...que pasaría con esas plazas, quedarían desiertas?



. . . . normalmente las plazas reservadas que no se cubren pasan al turno libre, por ejemplo, las plazas de promoción interna para el ascenso a oficial que no se cubren, pasan al turno libre, en este caso supongo que será igual . . .

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Re:Borrador de la Ley de Coordinación PLs de la CAM
« Respuesta #367 en: 24 de Noviembre de 2013, 19:33:20 pm »
Quién dice que sea una movilidad horizontal??

En qué punto de la modificación pone eso??

Es una oposición donde el 20 por ciento de las plazas son para policías locales de la CM. Haces examen psicotécnico, de temario y físico igual que cualquier opositor.

Eso entiendo yo...al igual que el 20 por ciento para militares de tropa...pero mi pregunta es la siguiente...si por ejemplo no aprobase ninguno de los que se presentase dentro de los dos cupos...que pasaría con esas plazas, quedarían desiertas?



. . . . normalmente las plazas reservadas que no se cubren pasan al turno libre, por ejemplo, las plazas de promoción interna para el ascenso a oficial que no se cubren, pasan al turno libre, en este caso supongo que será igual . . .
Yo opino lo mismo, es lo más sensato.
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Re:Borrador de la Ley de Coordinación PLs de la CAM
« Respuesta #368 en: 24 de Noviembre de 2013, 21:23:06 pm »
Yo opino exactamente igual, aunque a veces lo más sensato......todavía recuerdo cuando uno aprobaba en 2 sitios en el mismo año y renunciaba a la plaza de un municipio y luego ese municipio no corría lista  :Enfadado_2 :Enfadado_1

Pero está claro que debería ser como decís :Ok
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Re:Borrador de la Ley de Coordinación PLs de la CAM
« Respuesta #369 en: 24 de Noviembre de 2013, 23:03:22 pm »
no os calentéis que pasara el 2014 y seguiremos igual... sin academia pero igual.

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Re:Borrador de la Ley de Coordinación PLs de la CAM
« Respuesta #370 en: 25 de Noviembre de 2013, 10:25:04 am »
no os calentéis que pasara el 2014 y seguiremos igual... sin academia pero igual.

Créeme que no ;)
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Re:Borrador de la Ley de Coordinación PLs de la CAM
« Respuesta #371 en: 25 de Noviembre de 2013, 13:48:46 pm »
pues tendran que modificar las bases porque 18 años recien cumplidos y A2 un poco dificil no?

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Re:Borrador de la Ley de Coordinación PLs de la CAM
« Respuesta #372 en: 25 de Noviembre de 2013, 15:15:21 pm »
pues tendran que modificar las bases porque 18 años recien cumplidos y A2 un poco dificil no?

Nop....sencillamente no puede entrar nadie con 18...ya se ha quitado de encima a un grupo definido.

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Re:Borrador de la Ley de Coordinación PLs de la CAM
« Respuesta #373 en: 26 de Noviembre de 2013, 19:51:34 pm »
Quién dice que sea una movilidad horizontal??

En qué punto de la modificación pone eso??

Es una oposición donde el 20 por ciento de las plazas son para policías locales de la CM. Haces examen psicotécnico, de temario y físico igual que cualquier opositor.

Pues tienes razón. Debe ser que me empeño en verlo como una movilidad horizontal pero no es así.
Aquí os dejo un par de  noticias de interés al respecto. Ya se que no se puede fiar uno de lo que se lee en las noticas  pero se dice que es para 2014. Se habla de que las plazas que no se cubran pasarán a libre y que van a pedir inglés.

http://www.abc.es/madrid/20131122/abci-policia-movilidad-idioma-madrid-201311212218.html

http://www.europapress.es/madrid/noticia-policias-locales-podran-cambiarse-municipio-acceder-cuerpo-40-anos-donde-habra-plazas-militares-20131121143359.html

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Re:Borrador de la Ley de Coordinación PLs de la CAM
« Respuesta #374 en: 26 de Noviembre de 2013, 19:56:53 pm »
Quién dice que sea una movilidad horizontal??

En qué punto de la modificación pone eso??

Es una oposición donde el 20 por ciento de las plazas son para policías locales de la CM. Haces examen psicotécnico, de temario y físico igual que cualquier opositor.

Pues tienes razón. Debe ser que me empeño en verlo como una movilidad horizontal pero no es así.
Aquí os dejo un par de  noticias de interés al respecto. Ya se que no se puede fiar uno de lo que se lee en las noticas  pero se dice que es para 2014. Se habla de que las plazas que no se cubran pasarán a libre y que van a pedir inglés.

http://www.abc.es/madrid/20131122/abci-policia-movilidad-idioma-madrid-201311212218.html

http://www.europapress.es/madrid/noticia-policias-locales-podran-cambiarse-municipio-acceder-cuerpo-40-anos-donde-habra-plazas-militares-20131121143359.html

Pasarlas a los que no ostentan la condición de policía es lo más sensato, igual que a las reservadas para militares (espero que en la Asamblea esto no vaya para delante porque no le veo ningún sentido, salvo querer ahorrar en el Ministerio de Defensa y colgarles el muerto a las Administraciones locales).
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Re:Borrador de la Ley de Coordinación PLs de la CAM
« Respuesta #375 en: 26 de Noviembre de 2013, 20:29:46 pm »

Quién dice que sea una movilidad horizontal??

En qué punto de la modificación pone eso??

Es una oposición donde el 20 por ciento de las plazas son para policías locales de la CM. Haces examen psicotécnico, de temario y físico igual que cualquier opositor.

Pues tienes razón. Debe ser que me empeño en verlo como una movilidad horizontal pero no es así.
Aquí os dejo un par de  noticias de interés al respecto. Ya se que no se puede fiar uno de lo que se lee en las noticas  pero se dice que es para 2014. Se habla de que las plazas que no se cubran pasarán a libre y que van a pedir inglés.

http://www.abc.es/madrid/20131122/abci-policia-movilidad-idioma-madrid-201311212218.html

http://www.europapress.es/madrid/noticia-policias-locales-podran-cambiarse-municipio-acceder-cuerpo-40-anos-donde-habra-plazas-militares-20131121143359.html

Pasarlas a los que no ostentan la condición de policía es lo más sensato, igual que a las reservadas para militares (espero que en la Asamblea esto no vaya para delante porque no le veo ningún sentido, salvo querer ahorrar en el Ministerio de Defensa y colgarles el muerto a las Administraciones locales).

  Que lo haga la guardia civil por ser un cuerpo de naturaleza militar "lo entiendo" pero las policías locales??



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Re:Borrador de la Ley de Coordinación PLs de la CAM
« Respuesta #376 en: 03 de Diciembre de 2013, 13:15:01 pm »

Quién dice que sea una movilidad horizontal??

En qué punto de la modificación pone eso??

Es una oposición donde el 20 por ciento de las plazas son para policías locales de la CM. Haces examen psicotécnico, de temario y físico igual que cualquier opositor.

Pues tienes razón. Debe ser que me empeño en verlo como una movilidad horizontal pero no es así.
Aquí os dejo un par de  noticias de interés al respecto. Ya se que no se puede fiar uno de lo que se lee en las noticas  pero se dice que es para 2014. Se habla de que las plazas que no se cubran pasarán a libre y que van a pedir inglés.

http://www.abc.es/madrid/20131122/abci-policia-movilidad-idioma-madrid-201311212218.html

http://www.europapress.es/madrid/noticia-policias-locales-podran-cambiarse-municipio-acceder-cuerpo-40-anos-donde-habra-plazas-militares-20131121143359.html

Pasarlas a los que no ostentan la condición de policía es lo más sensato, igual que a las reservadas para militares (espero que en la Asamblea esto no vaya para delante porque no le veo ningún sentido, salvo querer ahorrar en el Ministerio de Defensa y colgarles el muerto a las Administraciones locales).

  Que lo haga la guardia civil por ser un cuerpo de naturaleza militar "lo entiendo" pero las policías locales??




Por lo que llevo viendo en varios años trabajando, los políticos de cualquier ente, siguen enamorados de los CCFFSE y del ejército. Tal es así que la propia Ley de Coordinación, tras la anterior reforma, da pie a que traigas de jefe a un municipio a un miembro de otro cuerpo de igual escalafón o superior al existente.
Esto solo puede pasar cuando creen que somos unos incompetentes.
De camionero a policía! ME HE PASADO AL LADO OSCURO DE LA FUERZA!!

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Re:Borrador de la Ley de Coordinación PLs de la CAM
« Respuesta #377 en: 05 de Diciembre de 2013, 21:45:15 pm »
Artículo 20.- Modificación parcial de la Ley 4/1992, de 8 de julio, de Coordinación de Policías Locales.

Se modifican los preceptos que a continuación se indican de la Ley 4/1992, de 8 de julio, de
Coordinación de Policías Locales.

Uno. El artículo 34 queda redactado de la siguiente forma:

“Artículo 34. Acceso al cuerpo.

1. El acceso a la categoría de Agente se realizará por oposición en convocatoria libre, según
principios de publicidad, igualdad, mérito y capacidad, siempre que se cumplan los requisitos
establecidos en la convocatoria, que serán como mínimo los siguientes:

a) Ser ciudadano español.
b) Tener dieciocho años y no superar los cuarenta, antes de que finalice el plazo de
presentación de instancias.
c) Estar en posesión del título académico exigible o en condiciones de obtenerlo en la fecha en
que termine el plazo de presentación de instancias en cada caso.
d) Cumplir las condiciones físicas y psíquicas exigibles para ejercer el desempeño de las
funciones según establezcan bien el Reglamento del Cuerpo, bien la convocatoria
correspondiente.
e) No estar inhabilitado por sentencia firme para el ejercicio de la función pública ni haber
sido separado, mediante expediente disciplinario, del servicio de ninguna Administración
Pública.
f) Carecer de antecedentes penales por delitos dolosos.

2. Sin perjuicio de la reserva establecida en el artículo 37 de la presente Ley para promoción
interna, el acceso a los Cuerpos de Policía Local en la Escala Técnica o de Mando se realizará a
través del ingreso por concurso-oposición libre en las categorías de Oficial, Subinspector e
Inspector, según los mismos principios y límites de edad mínima y máxima establecidos en el
párrafo anterior.

No obstante, cuando los aspirantes a las plazas ostenten en el momento de realizarse la
correspondiente convocatoria la condición de funcionario de un Cuerpo de Policía Local, o de
otros Cuerpos y Fuerzas de Seguridad del Estado, no les será de aplicación la limitación de
edad máxima exigida.

3. Las bases de ingreso en los Cuerpos de Policía Local a través de la categoría de Policía
podrán determinar una reserva de un máximo del veinte por ciento de las plazas convocadas
para el acceso libre de militares profesionales de tropa y marinería con más de cinco años de
servicio que cumplan los requisitos establecidos para el ingreso en éstos. Las plazas
reservadas no cubiertas se acumularán al resto de las convocadas.”

Dos. La referencia numérica 3. del artículo 35 queda redactada como sigue:

“3. Pruebas culturales y de conocimientos básicos tanto de idiomas como del ordenamiento
jurídico.”

Tres. El artículo 38 queda redactado como sigue:

“Artículo 38. Movilidad.

1. En las convocatorias de la categoría de Policía deberá reservarse un veinte por ciento de las
plazas para su cobertura por miembros de esta categoría de otros Cuerpos de Policía Local de
la región, acumulándose las no cubiertas al resto de las convocadas. Las plazas vinculadas a
las Brigadas Especiales de Seguridad de la Comunidad de Madrid que resulten vacantes en el
Ayuntamiento de procedencia con motivo de este ingreso, sólo podrán ser cubiertas por otros
efectivos adscritos a dichas Brigadas, mediante convocatoria específica cursada al efecto.

2. Cuando se trate de convocatorias de otras categorías profesionales, podrá reservarse con
carácter potestativo hasta un máximo del veinte por ciento de las plazas para su cobertura por
miembros de las mismas categorías de otros Cuerpos de Policía Local de la región.

3. El procedimiento de cobertura de las plazas indicadas en los apartados anteriores será a
través de los procedimientos ordinarios de provisión, de conformidad con los criterios de
movilidad que determina la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado
Público, debiéndose superar un curso selectivo de formación, impartido por el Ayuntamiento
convocante."

Cuatro. Se añade una nueva disposición adicional cuarta, con el siguiente tenor literal:
“Disposición adicional cuarta. Adaptación de calificaciones.

El porcentaje de puntuación de las calificaciones finales de las diferentes pruebas de la fase de
oposición de naturaleza puntuable para la calificación definitiva de la misma será establecido
por los respectivos Ayuntamientos en la correspondiente convocatoria, sin que en ningún caso
pueda existir una diferencia de puntuación entre las pruebas superior a un veinte por ciento.”

http://www.asambleamadrid.es/BOAM/BOAM_9_00147.pdf

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Re:Borrador de la Ley de Coordinación PLs de la CAM
« Respuesta #378 en: 06 de Diciembre de 2013, 03:04:36 am »
       Esta modificación aparece también en el proyecto de ley del 25/11, curioso que se suprima la Academia y se mantenga el capítulo de Tasas. ;c;


                            DISPOSICIÓN FINAL PRIMERA
Modificación parcial del Texto Refundido de la Ley de Tasas y Precios Públicos de la Comunidad de Madrid, aprobado por Decreto Legislativo 1/2002, de 24 de octubre
Se modifican los preceptos que a continuación se detallan del Texto Refundido de la Ley de Tasas y Precios Públicos de la Comunidad de Madrid, aprobado por Decreto Legislativo 1/2002, de 24 de octubre.
Uno. Dentro del artículo 32.1 se modifica el contenido del apartado M) que pasa a tener el siguiente tenor literal:

“M) Tasas en materia de SEGURIDAD E INTERIOR:

- La tasa académica por la prestación de los servicios docentes en los cursos de agente en prácticas y de promoción, destinados a miembros de los Cuerpos Policiales Locales de la Comunidad de Madrid y en el curso de formación de bombero auxiliar de empresa, regulada en el Capítulo XII de este Título.


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Re:Borrador de la Ley de Coordinación PLs de la CAM
« Respuesta #379 en: 06 de Diciembre de 2013, 03:09:00 am »
Por cierto la variación respecto al antiguo texto, es que se añade la tasa para el curso de bombero auxiliar.   ;c;