Autor Tema: De actuaciones y sentencias judiciales  (Leído 769631 veces)

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Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #4880 en: 02 de Junio de 2017, 08:23:40 am »
La Fiscalía pide nueve años de cárcel para un alto mando de la Guardia Civil por narcotráfico

El coronel García Santaella está acusado de colaborar con una banda que introducía hachís desde Marruecos por la costa de Granada

La investigación arrancó cuando los guardias civiles Antidroga escucharon la referencia a un tal 'Padre' en los pinchazos a los narcotráficantes

HEMEROTECA: La Guardia Civil destituye al alto mando acusado de narcotráfico
Pedro Águeda Follow @pedroagueda
01/06/2017 - 16:50h



Un fiscal de Granada solicita nueve años y tres meses de cárcel para el coronel de la Guardia Civil Francisco García Santaella por un delito de narcotráfico y otro de cohecho. García Santaella está acusado de colaborar con una banda que introducía hachís por la costa de Granada cuando él estaba destinado en esa comandancia. La publicación por eldiario.es de su imputación en abril de 2015 motivó su destitución del puesto que a pesar del proceso judicial conservaba en la Dirección General de la Guardia Civil.

La investigación arrancó hace más de una década. Los propios investigadores de la Guardia Civil encontraron entre horas y horas de pinchazos telefónicos a una banda de 'narcos' una rápida y velada referencia a un tal 'Padre'. El 15 de noviembre de 2004, con motivo de un desembarco de hachís procedente de Marruecos, los agentes Antidroga de la Comandancia de Granada practicaron varias detenciones. Los cabecillas confesaron que 'Padre' era Francisco García Santaella.

El hoy coronel deberá responder por la introducción de tres alijos por la costa de Granada entre 2005 y 2006, por los que habría cobrado 120.000 euros por entrega. El fiscal Alfredo Wilhelmi solicita 5 años y 3 meses de cárcel a Santaella por un delito contra la salud pública y otros cuatro años por cohecho. Además, según la Fiscalía, debe pagar más de 6.000 euros de multa. El coronel será juzgado junto a dos narcos, uno de nacionalidad española y otro marroquí.

Rachid Zairi era el hombre de la organización en Marruecos y en la mañana del 12 de noviembre habla con David García, Cani, líder del grupo en Granada. Según consta en las diligencias, los 'narcos' están preocupados porque los “intermediarios” no valoren adecuadamente el riesgo de la introducción de hachís que planean. Zahiri dice que “los chicos” sólo piensan en la “ganancia” y que muestra de ello es que les hayan pedido dinero por adelantado. Y es ahí donde se encienden las alarmas de los agentes del Equipo contra la Delincuencia Organizada y Antidroga (EDOA) de Granada.

    Zahiri: El Padre nunca nos ha pedido adelantado.

    García: Sí.

    Zahiri: El Padre, ¿ha pedido adelantado alguna vez?

    García: No, no recuerdo, hombre, no…

    Zahiri: Yo no recuerdo que una vez hayan pedido adelantado.

    García: No, no, yo creo que no, tampoco.

Tres días después, a las 5.08 del sábado, se produjo el desembarco del hachís en la zona conocida como Barranco el Cambrona, en el término municipal de Salobreña. Los agentes controlaron la operación hasta la introducción de la droga en un chalé próximo, a la espera de un segundo desembarco previsto para el día siguiente. Pero el temor a perder el rastro de la droga durante el traslado a Granada motivó que comenzaran las detenciones. En cuestión de minutos, la ‘Operación Golia’ se saldó con 17 detenidos y 33 fardos de hachís incautados.

David García, Cani, es interrogado a partir de las 0.25 del 18 de noviembre en presencia de un abogado. Los guardias civiles no tardan en preguntarle quién es el "Padre” de su conversación con Rachid Zahiri. Acorralado por las evidencias, se presta a colaborar. “Manifiesta que hizo algunos trabajos con él, entre 2005 y 2006, que los trabajos consistían en introducir alijos de hachís en las playas de Granada, que concretamente con esta persona conocida como ‘Padre’, introdujeron 3 alijos, que las fechas fueron entre 2005 y 2006”.

Pero el verdadero giro en la declaración se produce cuando añade: “Esta persona era un cargo de la Guardia Civil, de rango teniente o comandante, conocido con el nombre de Santaella”.

En una resolución del 6 de agosto de 2001, el entonces director de la Guardia Civil, Santiago López Valdivielso, resolvió destinar al comandante Francisco García Santaella a la Comandancia de Granada. Cuando se producen los hechos, el entonces comandante conocía bien la zona: llevaba al menos cuatro años destinado en la provincia. Cani explica a los agentes que la función de ‘Padre’ era “dar seguridad al alijo para que entrara”.

El guardia civil habría cobrado 120.000 euros por cada uno de esos tres alijos, pero Cani solo se encargó de materializar el pago en persona de uno de ellos, aunque da por hecho que los otros dos se realizaron, habida cuenta de que Santaella siguió trabajando con ellos. Lo hizo en el despacho que Santaella tenía en la propia sede de la Comandancia, según su relato.

Ante tal afirmación, los agentes le piden detalles, y el ‘narco’ los da: el dinero iba en una bolsa de plástico de la marca de supermercados locales Dani, de color amarillo, y el despacho estaba en la primera planta. Para comprobar la veracidad de las afirmaciones, los agentes proponen al abogado que el detenido les guíe hasta el despacho de Santaella. David García lo hace sin dudar. Caminan tras él y el ‘narco’ se detiene ante la puerta del que fue en su momento despacho de Santaella, en cuya puerta no figura ya su nombre.

Luego explica que Santaella se enfadó por el atrevimiento de García, que lo sacó de la Comandancia en su "Nissan Terrano azul con pegatinas amarillas en los cristales" y lo llevó hasta el barrio de La Chana. Allí se bajo y dejó el dinero en algún sitio que él desconoce.

David García es preguntado si su compinche Rachid conoce a Santaella y prefiere no contestar. Retenidos en celdas distintas, el interrogatorio de Rachid comienza a las 2.50. Durante el mismo, Zahiri coincide en que ‘Padre’ es “un jefe, responsable de la Guardia Civil de Granada, un mando de Granada”. No conoce su nombre, pero lo describe como de unos 50 años y con gafas. Añade que trabajó con él en tres ocasiones, con entradas de hachís en los Yesos, Castillo de Baños y La Mamola, los puntos señalados por ‘Cani’. Y da cantidades: 2.000 kilos, luego 4.000 y un tercero que no recuerda. Al menos, seis toneladas de hachís.

También coincide en cuánto cobraba presuntamente el guardia: 120.000 euros por entrega, con independencia de la cantidad. Era el dueño de la mercancía el que ponía el dinero para el guardia civil. Preguntados ambos detenidos si podrían reconocer fotográficamente a Santaella, contestan afirmativamente. Por separado, los agentes les muestran las fotografías de ocho varones de raza blanca de una edad similar a la del coronel. Rachid y García señalan sin duda la que corresponde al guardia civil.

El marroquí dice que su socio conoció a Santaella al ser detenido por una estafa. La primera vez que colaboraron, el guardia civil les propuso preparar una falsa entrega. Los narcos accedieron: utilizaron una embarcación en mal estado –“una goma mala”- y “dos o tres mil kilos de basura”, en referencia al desecho de la planta del cannabis durante la elaboración del hachís. El trato era que hubiera incautación, pero no detenidos. Zahiri comprobó el poder del mando el día que lo conoció. Según su relato, Santaella subió a los dos narcos a su vehículo y entró en el puerto de Motril sin identificarse ante los agentes.
"Me dio los fardos desde el todoterreno de la Guardia Civil"

Cani llega a describir a los agentes cómo García Santaella sustrajo una vez un alijo de droga previamente incautada a delincuentes y se lo entregó para que él la vendiera. “Esos fardos se los entregó desde un vehículo oficial, todoterreno de la Guardia Civil, que le encarga que los venda y se repartirían los beneficios en un cincuenta por ciento, que vendió la droga y obtuvo 60.000 euros por ella, dándole la mitad a Santaella en el mirador de Alfacar. Que tardó en vender el hachís un par de semanas”, recogen las diligencias.

Estos hechos elevan la cantidad presuntamente obtenida por Santaella 390.000 euros solo con esta organización. En una de esas entregas, a punto estuvieron de ser interceptados en un control de carretera de la Guardia Civil, pero una llamada a ‘Padre’ hizo que se despejara el peligro, según explicó el detenido.

En el verano de 2006, Cani detecta un coche sospechoso frente a su domicilio. Pregunta a Santaella y éste le dice que son de Asuntos Internos de la Guardia Civil. Y que tire los teléfonos. Las declaraciones con abogado y en sede policial fueron luego ratificadas por los detenidos ante el juez de instrucción.

Santaella fue destinado a Madrid, aunque a un puesto de los denominados “de castigo”. Rachid Zahiri se pronuncia en su declaración en ese sentido. “Preguntado por qué no siguió trabajando con ‘Padre’, responde que por que estaban detrás de él, que por eso paró, que lo cambiaron a Madrid”. El 21 de noviembre de 2006, Santaella comienza su trabajo en la Intervención Central de Armas y Explosivos de Madrid, ya siendo teniente coronel.

Allí está destinado hasta que el 28 de febrero de 2010 pasa a la Jefatura de Protección de la Naturaleza, también en Madrid. Otro destino considerado menor. Sin embargo, con el cambio de Gobierno y la llegada de Fernández de Mesa a la Dirección General, el ya coronel Santaella integra la Secretaría Técnica de la Subdirección General de Personal desde el 28 de octubre de 2012, donde continuó hasta su cese con motivo de la información de eldiario.es.

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Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #4881 en: 03 de Junio de 2017, 08:50:31 am »
Condenado a un año de prisión un policía local de Barcelona por romper la mandíbula a un detenido

SOS Racismo reclama al Ayuntamiento que tome medidas contra el agente condenado, que no ha sido inhabilitado

La sentencia de la Audiencia Provincial constata que Kamal Uddin fue agredido en la comisaría
Sergi Franch
02/06/2017 - 19:35h

La Audiencia Provincial de Barcelona ha condenado a un año de cárcel y una indemnización de 10.000 euros a Daniel Baiget Ortega, agente de la Guardia Urbana de Barcelona, por romper de un puñetazo la mandíbula de Kamal Uddin. SOS Racismo, que representa al vecino, constata que el caso "estaba destinado a ser archivado por las numerosas trabas policiales y judiciales" que se han detectado durante toda la instrucción.

El caso se archivó dos veces, y después de cinco años, en noviembre de 2016 se celebró juicio oral y público en la Audiencia Provincial de Barcelona. La sentencia, conocida este miércoles, constata la veracidad de la declaración de Kamal  Uddin .

A pesar del resultado condenatorio, SOS Racismo considera que "es una sentencia hecha a medida para no encarcelar el agente de policía". La entidad hace notar que aunque el tribunal reconoce los hechos, absuelve al agente del delito contra la integridad moral y no se consideran varios agravantes.

Concretamente, la entidad considera incomprensible que no se aplique el agravante de abuso de autoridad, ya que se trata de una agresión hecha por un agente de policía en servicio, o que no se tiene en cuenta tampoco la vulnerabilidad de la víctima: una persona recién llegada al país, sin conocimiento del idioma y en situación administrativa irregular. Circunstancias, que según la entidad, "facilitan el abuso, y que nos llevan a identificar la práctica como racista".

La misma sentencia de la Audiencia señala la indefensión de la víctima al constatar que "... es probable que sin la intervención de la acusación particular no hubiera llegado ni siquiera a la fase intermedia". SOS Racismo lamenta que la sentencia no inhabilite un funcionario público, a pesar de haber sido condenado por agresión y reclama que el Ayuntamiento de Barcelona adopte medidas.
Los hechos se remontan hace seis años

Según la sentencia, los hechos ocurrieron el 9 de julio de 2011, cuando dos agentes de policía detuvieron el coche patrulla delante de Kamal Uddin, que esperaba un amigo en las Ramblas . Le pidieron la identificación y lo trasladaron a comisaría. Allí, uno de los agentes le llevó a una zona sin cámaras donde le propinó un puñetazo y le golpeó varias veces, fracturándole la mandíbula. El agente le dejó en libertad sin dejar constancia de la detención ni el registro. Las cámaras de la comisaría acreditaron la entrada y salida de la víctima.

Kamal, acompañado de un amigo, se dirigió al centro médico Perecamps, que lo derivó al Hospital de la Vall d'Hebron. Allí lo intervinieron quirúrgicamente. Estuvo dos días hospitalizado y necesitó 140 días para su recuperación. Al darle el alta presentó una denuncia a Mossos. El caso se archivó dos veces.

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Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #4882 en: 04 de Junio de 2017, 06:47:20 am »
PROPONE OCHO AÑOS DE INHABILITACIÓN
El fiscal pide 7 años de cárcel para un policía local por multas abusivas
La Gaceta
Sábado, 3. Junio 2017 - 11:26

La Fiscalía pedirá el próximo jueves siete años de cárcel para un policía local de Las Palmas de Gran Canaria, al que acusa de haberse inventado dos multas de tráfico para castigar a una conductora, abusando de su autoridad.

Tal y cómo publica confilegal.com, Los hechos, que se juzgarán ante la sección sexta de la Audiencia de Las Palmas, sucedieron en septiembre y noviembre de 2014, en las cercanías de un colegio del barrio de Vegueta al que la afectada acudía cada mañana a primera hora a dejar a sus hijos.

El 23 de septiembre, el agente encausado, Santos G.V., multó a esa mujer por estacionar de forma incorrecta su coche. La afectada protestó, alegó que había seguido las indicaciones de otro agente y dijo que, si firmaba la multa, lo iba a hacer dejando constancia por escrito de que no estaba de acuerdo con ella.

La Fiscalía señala que el agente reaccionó a esa protesta “inventándose unos hechos” para imponer otra multa de tráfico: supuestamente, que no había respetado las indicaciones de un agente que regula la circulación, “lo cual era imposible, puesto que (la conductora) se encontraba estacionada en el lugar donde el encausado le había dicho que estacionara para imponerle la primera sanción”.
El 4 de noviembre, la conductora se encontró con el mismo policía al llevar a sus hijos al colegio, esta vez en presencia de su marido, un magistrado de la Audiencia de Las Palmas.
El Ministerio Público apunta que ese día el agente le dijo que “la conocía y que siempre que la viera la iba a denunciar”.

De hecho, añade, cuando la conductora y su marido se fueron, procedió a redactar una nueva denuncia por aparcar sobre la acera “a sabiendas de que se inventaba totalmente los hechos”.
La acusación publica imputa a este agente local de Las Palmas de Gran Canaria dos delitos de falsedad en documento público, por los que propone que sea condenado a siete años de cárcel, ocho de inhabilitación para cargos y empleos públicos y 7.200 euros de multa.

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Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #4883 en: 10 de Junio de 2017, 08:49:08 am »
Errar es humano....no se quien lo dijo pero....



Aplazan a diciembre el juicio por el atropello mortal en las fiestas de Alcorcón


        EUROPA PRESS
   
    9 jun. 2017 13:53


Varios errores de la Sala obligan a suspender la vista oral hasta el próximo diciembre

Indignación entre familiares del atropello mortal en Alcorcón por la libertad del homicida

Los familiares del joven colombiano fallecido el 7 de septiembre de 2013 tras ser embestido por un coche en las fiestas de Alcorcón han mostrado su indignación este viernes por la suspensión del juicio hasta el próximo mes de diciembre a causa de varios errores judiciales de la Sala, lo que hará que el supuesto homicida de su hijo éste durante más meses en libertad pese al atropello mortal.

La madrugada de ese día, el acusado entró en una zona donde cientos de jóvenes celebraban un botellón en el marco de las fiestas de Alcorcón. Por motivos aún desconocidos, entró a gran velocidad con su vehículo y atropelló a varias personas, acabando con la vida de un chico colombiano de 30 años. Hirió a otros doce, uno de ellos de gravedad.

Estaba previsto que José A.Q. se sentará esta mañana en el banquillo de los acusados del Juzgado de lo Penal número 4 de Móstoles, pero tras unos minutos del inicio de la vista se ha tenido que aplazar hasta el próximo 12 de diciembre por dos errores en la organización de la misma.

La Sala había fijado solo para hoy el desarrollo de la vista cuando necesitaba otro día de jornada, negándose incluso a que el juicio pudiera continuar por la tarde. Además, había citado por videoconferencia a un perito de Plasencia cuando hoy es festivo en esta ciudad extremeña.

En su entrada en la sala de vista, el procesado ha sido increpado por los familiares. Además, ha salido por la puerta de atrás a instancias policiales para evitar un posible enfrentamiento con los allegados en el exterior de las dependencias judiciales.

Ante la suspensión, los familiares del fallecido y del resto de doce heridos han mostrado su indignación ante estos errores, que supondrán que el acusado éste más tiempo en libertad provisional a pesar de la gravedad de los hechos que cometió. Lleva ya cuatro años libre. No sólo muestran la indignación por este hecho, sino también porque ni siquiera se le ha retirado el carné de conducir
El fiscal pide nueve años de prisión

En su escrito de acusación, el fiscal pide una solicitud de condena de nueve años y medio de cárcel y que se le retire el permiso de circulación durante cerca de veinte años. Se le acusa de un delito de homicidio por imprudencia grave y delitos de conducción temeraria con desprecio a la vida en concurso con cinco delitos de lesiones dolosas.

Los hechos se produjeron a las 5.15 horas del 7 de septiembre de 2013, cuando el acusado entró con su vehículo en una zona acotada para las fiestas en la que multitud de jóvenes se agolpaban celebrando un botellón.

El procesado entró en la zona circulando a gran velocidad, atropellándo a dos jóvenes que cruzaban una calle sin que hubiera semáforo ni ceda el paso. Tras ello, embistió a un joven colombiano de 30 años que murió tras sufrir un politraumatismo y otras afecciones graves.

El hombre paró el coche para ver lo que había ocurrido, siendo increpado por los jóvenes. Volvió a poner el coche en marcha, llevando se por delante a varias personas. Una de las chicas embestidas resultó grave, teniendo actualmente una imitación para actividades que requieren su integridad funcional del aparato locomotor.

Además de la pena de prisión y de las indemnizaciones que se reclaman, el fiscal del caso pide al tribunal que se le prohíba durante diez años conducir vehículos a motor y ciclomores.

La abogada Elena Sanz Vega lleva la acusación particular en nombre de dos de las chicas heridas, reclamando al acusado una solicitud de diez años de prisión.

Encaja los hechos en un delito de conducción temeraria con desprecio a la vida de los demás del artículo 381 del Código Penal en concurso de normas del artículo 382 con dos delitos de lesiones dolosas del artículo 147.1 del Código Penal.

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Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #4884 en: 11 de Junio de 2017, 14:12:57 pm »
Y esos "errores humanos", que consecuencias advas. conlleva para el "humano"..... espera que ya me lo se...


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Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #4885 en: 13 de Junio de 2017, 14:35:33 pm »

Estrasburgo condena a España porque el Supremo inhabilitó a Atutxa sin escucharle

Juan Maria Atutxa abraza a Kontxi Bilbao tras su absolución por el TSJ del País Vasco en 2005.

El Gobierno vasco exige un "reconocimiento público" para Atutxa, Knörr y Bilbao tras permanecer 14 inahabilitados
Puigdemont dice que la sentencia de Atutxa es una "vergüenza internacional" para el Estado
MANUEL MARRACO | Madrid
13/06/2017 13:45
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El Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) ha condenado a España por la condena por desobediencia que el Tribunal Supremo  impuso en 2008 al ex presidente del Parlamento vasco Juan Maria Atutxa  por negarse a disolver el grupo parlamentario de Sozialista Abertzaleak. La sentencia afecta también a los igualmente condenados a inhabilitación Gorka Knorr y Kontxi Bilbao, miembros de la Mesa del parlamento autonómico
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Como en varias condenas anteriores a España, la sentencia de Estrasburgo se basa en que el Supremo condenó al dirigente nacionalista sin haber escuchado de forma directa su versión de los hechos. Atutxa había sido juzgado y absuelto por el Tribunal Superior de Justicia del País Vasco, que según recuerda el TEDH había escuchado de primera mano sus explicaciones. La sentencia fue recurrida por Manos Limpias ante el Supremo, que dictó la condena sin volver a escuchar al afectado. La condena fue confirmada cinco años después por el Tribunal Constitucional.
"Las cuestiones que debían ser examinadas por el Tribunal Supremo necesitaban la apreciación directa del testimonio de los demandantes", afirma la sentencia, que considera que se vulneró el derecho de Atutxa a un juicio justo y con todas las garantías, tal y como reconoce la Convención de los Derechos Humanos.
El tribunal europeo otorga una indemnización de un euro a cada uno de los tres demandantes por daños morales. El TEDH recuerda que la condena llega cuando la legislación española ya incluye un procedimiento específico para reconocer las sentencias de Estrasburgo. Ese procedimiento permitiría a los tres afectados presentar en el Tribunal Supremo un recurso para revisar su condena y dejarla sin efecto.
Tanto la sentencia condenatoria del Supremo como la posterior del Constitucional que la avalaba contaron con varios votos particulares de los sectores progresistas. En ambos casos el argumento de los discrepantes fue que se había vulnerado el derecho de los condenados a un proceso con todas las garantías porque los parlamentarios fueron condenados en segunda instancia sin que se les diera la "posibilidad efectiva" de dirigirse personalmente ante el Supremo para exponer "la versión personal sobre su participación en los hechos que se les imputaban". Ese argumento ha sido el finalmente acogido por Estrasburgo.

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Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #4886 en: 13 de Junio de 2017, 17:02:48 pm »
Pues nada . . . mejoría para todos . . .

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"No hay hechos, sino interpretaciones" Nietzsche

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Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #4887 en: 14 de Junio de 2017, 08:18:45 am »
Juzgan este miércoles y jueves a un guardia civil por matar a un individuo durante una persecución por robo

La Audiencia Provincial juzga este miércoles y jueves, a partir de las 9.30 horas, en la sección segunda, a un agente de la Guardia Civil acusado por el fiscal por homicidio imprudente, al herir mortalmente a un sospechoso de robo en el transcurso de una persecución.

Los hechos ocurrieron en enero de 2006, cuando el agente, acusado, junto a su compañero se percataron, tras el aviso por radio, de una alerta por varios robos en Caravaca de la Cruz y Calasparra donde, al parecer, varios individuos podrían ser los autores.

Los agentes lograron identificar el vehículo sospechoso y aún en el interior del vehículo, el procesado creyó ver que el conductor manipulaba el cañón de una escopeta y alertó a su compañero que iban armados.

Instante en el que el conductor del vehículo sospechoso desobedeció las órdenes y en la trayectoria del coche y pensando que iba a ser atropellado, el agente sufrió un golpe en la rodilla y cayó al suelo.

De forma simultánea el otro agente, compañero del acusado, desenfundó su arma reglamentaria y efectuó varios disparos a la rueda del coche sospechoso tras arrollar al otro guardia civil. En el segundo en el que el acusado cayó al suelo oyó esos disparos pero al desconocer si los había efectuado su compañero o el sospechoso disparó contra el turismo, atravesando uno de los disparos la puerta del conductor, que alcanzó al conductor en el costado causándole la muerte.

Para el fiscal, los hechos son constitutivos de un delito de imprudencia grave con resultado de muerte, por el que procede imponer la pena de dos años de prisión. Asimismo, deberá indemnizar a los perjudicados en 95.000 euros.

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Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #4888 en: 21 de Junio de 2017, 08:05:04 am »

Duras críticas a la sentencia absolutoria del ‘caso Guateque’

La alcaldesa en funciones, Marta Higueras, o el ministro del Interior, Ignacio Zoido opinaron al respecto

Amara Santos
Madrid 21 JUN 2017 - 00:24 CEST   

Las reacciones a la sentencia absolutoria para los 30 acusados del caso Guateque hecha pública ayer por la Sección Segunda de la Audiencia Provincial no se han hecho esperar. La alcaldesa en funciones de Madrid, Marta Higueras, criticó que "por un defecto de forma se vaya al traste el procedimiento" y el ministro del Interior, Juan Ignacio Zoido, ha denunciado que se produjeron una serie de perjuicios para los procesados que "a ver quién les repone su dignidad y sus derechos". Una década después de que saltara el escándalo por una trama en la que se hicieron supuestos pagos ilegales a funcionarios municipales para agilizar licencias y en la que llegaron a estar implicados más de 100 empresarios, funcionarios y altos cargos del Ayuntamiento madrileño, el caso se ha quedado en nada.

Los magistrados que firman la sentencia, absuelven a los 30 acusados al considerar nula la grabación que dio origen al proceso porque "no tenía autorización juidicial", además de que acusan a agentes de la Guardia Civil de actuar de “mala fe” para conseguir la prueba. La decisión de la Audiencia exime de responsabilidades a Sara López Moreno, exfuncionaria municipal de Chamberí, y los empresarios inmobiliarios Julián Félix Serrano y Salvador José del Campo, a pesar de haber reconocido su culpabilidad.

"Verdaderamente han pasado cosas y la verdad es que hubiéramos deseado que ese procedimiento hubiese salido adelante", aseguró ayer la alcaldesa en funciones, Marta Higueras, al finalizar la comisión municipal de Equidad, Derechos Sociales y Empleo.

Por su parte, el ministro del Interior, Ignacio Zoido, explicó que apoya que "la Guardia Civil siga investigando con libertad pero introduciendo controles de legalidad para no dañar la dignidad y derechos de las personas como ha pasado en el caso Guateque". "A ver quién les repone su dignidad y derechos, algunos de ellos privados a lo largo de la dilación del proceso", comentó.

El ministro reconoció que aún no leyó las 90 páginas de sentencia del caso y según él "una justicia que llega tarde no es justicia", en referencia a los 10 años que duró el proceso y los cuatro meses de instrucción (además hubo dos jueces instructores). Por último, Zoido afirmó que "en ocasiones pueden reunirse en el tiempo determinados hechos que hace que se pongan en duda instrucciones de unidades especializadas como la Unidad Central Operativa (UCO) de la Guardia Civil o la Unidad de Delincuencia Económica y Fiscal (UDEF) de la Policía Nacional".

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Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #4889 en: 22 de Junio de 2017, 20:55:00 pm »

LOS ACUSADOS LO NIEGAN

Una cámara de seguridad muestra cómo agentes de la Guardia Civil recibían sobornos en el aeropuerto de Gran Canaria

La Fiscalía acusa a once agentes de la Guardia Civil de recibir sobornos a cambio de hacer no revisar el dinero y los alimentos que ciudadanos africanos pretendían introducir en España. Unas imágenes muestran cómo uno de los pasajeros deja dinero debajo de la gorra de un agente, que más tarde lo recoge y lo reparte con sus compañeros.
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Una cámara de seguridad muestra cómo agentes de la Guardia Civil recibían sobornos en el aeropuerto de Gran Canaria
La Fiscalía acusa a once agentes de la Guardia Civil de recibir sobornos en el Aeropuerto de Gran Canaria.

La fiscal Teseida García ha sostenido que los hechos que imputa a los guardias civiles a los que acusa de exigir sobornos a pasajeros africanos para hacer la vista gorda del dinero y alimentos que pretendían introducir en España por el aeropuerto de Gran Canaria en 2008 suponen un caso de corrupción "muy grave".

García ha advertido al Jurado del caso que se trata de hechos "muy graves" porque a estos agentes el Estado había confiado la seguridad para evitar el blanqueo de capitales y que entraran alimentos en mal estado o que pudieran causar peligro.

La fiscal ha considerado que estos agentes se han aprovechado del poder y de su uniforme, y ha insistido en la gravedad de los hechos, independientemente de las cantidades de dinero que recibieran de los pasajeros como soborno, que oscilaron entre los 20 euros y los 1.500 euros, como espera acreditar durante el juicio.

Uno de los principales procesados en la trama ha dicho al Jurado que desconoce el motivo por el que un viajero dejó 50 euros en la gorra del uniforme.


En la segunda jornada del juicio que celebra la Audiencia de Las Palmas, han declarado el citado procesado, José Antonio A.S., y también José Juan P.M., quienes se enfrentan a una condena de 18 años de prisión, la pena máxima que se exige en este caso en el que se juzga a otros ocho guardias civiles y dos viajeros por unos hechos presuntamente ocurridos en 2008.


Los dos acusados han negado haber exigido dinero u otro tipo de dávidas a los pasajeros, pese a que en las imágenes grabadas por la cámara de vídeo instalada en la oficina de la unidad fiscal del aeropuerto, que se han mostrado al Jurado, se ve cómo el también imputado Mahjoub A.B., declarado en rebeldía, les deja dinero en la gorra.


Se trata de unas imágenes grabadas el 12 de agosto de 2008, que también muestran a los dos acusados repartiéndose billetes. José Juan P.M. ha explicado que se repartían dinero porque estaban reuniendo aportaciones para regalar un reloj a un compañero que se jubilaba y él era el encargado de pedirlo, mientras que la fiscal sostiene que era un obsequio exigido al pasajero Mahjoub A.B., procedente de El Aaiún, para no verificar si la cantidad de 250.000 euros que declaraba llevar consigo era cierta.


En otra de las imágenes mostradas, correspondiente al 5 de agosto de ese año, se ve cómo otro pasajero que iba a viajar a Dákar (Senegal), un armador coreano, Chan I.C., también imputado en la causa, deja una caja con seis kilos de pulpo como regalo, con el fin de que le verfificaran que iba a sacar de España 180.000 euros sin contar el dinero, segun el Ministerio Público.


El acusado José Antonio A.S., que se encargó de rellenar la documentación pertinente de este pasajero sobre el dinero declarado, ha dicho que tampoco sabe el motivo por el que ese pasajero dejó el pulpo en la oficina, si bien su compañero José Juan P.M., ha comentado que es una costumbre de Corea del Sur hacer ese tipo de regalos, que él aceptó, aunque ha reconocido que "está mal".


En cuanto a la verificación de si el dinero declarado por este viajero se correspondía con la cantidad que portaba, José Antonio A.S. ha reconocido que no contó el dinero y que, en ocasiones, en la documentación hacía constar que sí lo había contado, aunque no lo hubiera hecho, como fue el caso del pasajero imputado Achbick H. del que solo contó una parte, o de Mahjoub A.B., que lo hizo mirando el interior de la bolsa donde lo llevaba.

EFE | Madrid | Actualizado el 21/06/2017 a las 21:46 horas

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Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #4890 en: 24 de Junio de 2017, 08:59:59 am »
Ordenan investigar a varios policías por la desaparición de 5 millones durante un registro

        QUICO ALSEDO
        PABLO HERRAIZ

    23 jun. 2017 03:01

La Audiencia Provincial de Tenerife ha ordenado que se investigue a unos agentes de Policía Nacional por la desaparición de cinco millones de euros en pagarés durante un registro. La orden llegó en mayo a un juez instructor de Arona, pero ese mismo juez de momento no ha aplicado la resolución de la Audiencia que tiene sobre la mesa.

La denuncia parte del empresario canario Richard Gregorio Évora, que fue detenido en agosto de 2011 y cuyos locales y domicilio fueron registrados por los agentes. Según él, los registros fueron ilegales porque no había orden judicial para efectuarlos. Pero lo más extraño es que todo lo que le requisaron, entre los que se encuentran los cinco millones (en facturas y reconocimientos de deuda), no le ha sido devuelto hasta la fecha.

Según ha podido comprobar este diario, el titular del juzgado de instrucción número 2 de Arona archivó la denuncia original contra los policías porque, según él, otro juzgado ya había archivado esa denuncia hacía tres años. Pero la Audiencia Provincial de Santa Cruz de Tenerife le ordenó reabrir el caso porque, según dice el auto, el juez debió plantear una cuestión de competencia en su momento, cosa que no hizo. Y sino, haber considerado que el caso era cosa juzgada, algo que tampoco hizo.

El auto de la Audiencia es del pasado 10 de mayo, y sorprendentemente el titular del juzgado de Arona ha dictado otro auto este mes de junio donde plantea la cuestión de competencia a la propia Audiencia. Es decir, el magistrado pregunta si el caso se lo debe quedar él o el primer juzgado al que llegó el caso, aunque ese juzgado lo archivó hace cinco años y por tanto ya no tiene competencias en el caso.

La Audiencia Provincial recuerda al juez de Arona que debe investigar el asunto porque el primer juez, el que lo archivó, no practicó ninguna diligencia para esclarecer la denuncia. En aquel entonces hubo un problema formal porque la denuncia se presentó sin procurador ni abogado, y el denunciante vio cómo su caso se archivaba sin oportunidad de subsanar esos errores.

Los denunciados, varios agentes de Seguridad Privada de la comisaría Sur de Tenerife, se incautaron de 43 objetos, según explica el empresario. Hasta hoy se han decretado cuatro fechas de entrega de los objetos requisados al empresario, pero no se ha cumplido.

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Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #4891 en: 11 de Julio de 2017, 11:48:54 am »

El inmigrante condenado por matar a un policía era reincidente: «Te voy a tirar a la vía p... madero»


El joven marfileño tiró a un agente a las vías del tren en enero de 2015 causándole la muerte

ABC |Ali R.Y. en una imagen de archivo
M.N.
10/07/2017 23:34h - Actualizado: 10/07/2017 23:34h
La noticia de que un policía había sido arrojado a las vías por un inmigrante ocupó todas las portadas del 3 de enero de 2015. Un día antes, el delincuente marfileño se había revelado contra los miembros del cuerpo de seguridad que decidieron pedirle la documentación después de que este se colase en la estación de metro de Embajadores causando un forcejeo que acabó con la muerte del agente de policía tras caer a las vías.

La resolución emitida por la Audiencia Nacional, afirma que «el homicidio ejecutado por Ali R.Y. no tiene explicación alguna y fue extremadamente cruel y violento». Debido a esto, el veredicto del jurado popular lo consideró culpable por unanimidad de un delito de asesinato en concurso ideal con otro de atentado con medio peligroso y con el agravante de reincidencia de manera que fue sentenciado a 20 años de prisión.
Reincidente


El joven marfileño ya había sido detenido en el mes de octubre de 2014 en unas condiciones similares después de que este se negase a detenerse a petición de los agentes de policía. En el transcurso de la operación, los agentes tuviesen que enfrentarse a una gran resistencia, agresiones, insultos, escupitajos y desafíos por parte del marfileño. En el transcurso de la detención y ante la conducta agresiva del acusado, llegaron en apoyo de los agentes dos vigilantes privados del metro, quienes ayudaron a parar al joven para ser detenido. El marfileño les acusó de ir a por él por ser negro y les instó a que le pidiesen la documentación al resto de pasajeros.

La tensión aumentó ante los intentos de huir del inmigrante y este aproximó a uno de los agentes de policía al borde del anden diciéndole: «te voy a tirar a las vías puto madero». Después de esto, el joven mantuvo su conducta violenta golpeando a los agentes hasta que fue apresado y sacado esposado en volandas del metro entre insultos y aspavientos.
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Tres meses más tarde se produciría el enfrentamiento que acabaría con la muerte del policía por el que Ali R.Y. ha sido condenado a 20 años de prisión. A pesar de esto y, como recuerda la Audiencia de Madrid, la resolución no es firme y puede ser recurrida ante la Sala de los Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM).

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Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #4892 en: 12 de Julio de 2017, 09:15:33 am »
Doce años de cárcel para el hombre que asesinó a un policía retirado en Amorebieta en 2015


La víctima, de 61 años, recibió múltiples puñetazos y patadas en la cara y la cabeza, y fue golpeado constantemente incluso cuando ya estaba en el suelo

EL CORREO
Lunes, 10 julio 2017, 19:07

12 años y 6 meses deberá estar en la cárcel Alberto Jiménez, el hombre que asesinó a golpes a un polícia retirado en Amorebieta en 2015. Así lo estableció la sección segunda de la Audiencia de Bizkaia, que condenó al hombre por el delito de homicidio con agravante de abuso de superioridad.

El crimen, ocurrido el 17 de septiembre de 2015, fue cometido contra un policía nacional retirado de 61 años de edad en el barrio Zubizabala de Amorebieta. El hombre recibió múltiples puñetazos y patadas en la cara y la cabeza, y fue golpeado constantemente incluso cuando ya estaba en el suelo.

Además, le ha quedado prohibido vivir en ese mismo municipio o acercase a la familia del policía asesinado durante los próximos 22 años. El homicida solo podrá obtener el beneficio del tercer grado penitenciario tras haber cumplido la mitad de la pena impuesta. Asimismo se ha fijado una indemnización de 330.000 euros para la viuda, hijos y hermanos de la víctima.

Los hechos

El acusado aceptó haber golpeado al expolicía, pero justificó los golpes asegurando que lo hizo para defenderse. Según su versión de los hechos, ambos habían iniciado una pelea, y Jiménez temía que el agente le dispara con su arma.

Por su parte, el jurado ha señalado que la víctima pudo ver al acusado llegar a la huerta, pero «no tuvo tiempo suficiente para tratar de defenderse», ni pudo acercarse a coger el arma que a veces llevaba. También se tuvo en cuenta que lo sorpresivo del ataque, la corpulencia del acusado y la diferencia de edad con el fallecido, lo que habría anulado las posibilidades de defensa del policía.

La condena concluye que Alberto Jiménez iba a la huerta del expolicía con la intensión de asesinarlo, en «represalia por diversos episodios» violentos, debido a las «las malas relaciones con la familia de la víctima».

De hecho, el día anterior al asesinato, el acusado resultó herido en una discusión con familiares del fallecido. Algunos testigos manifestaron que en la ambulancia Jiménez amenazó al expolicía y a su familia.

En ese contexto, el acusado acudió a donde sabía que iba a encontrar con su adversario y le propinó numerosos puñetazos y patadas de «gran violencia», lo que evidencia su intención de querer asesinarlo. El tribunal ha descartado que el acusado tuviera sus facultades mentales alteradas.

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Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #4893 en: 15 de Julio de 2017, 10:42:15 am »
Aceptan una pena de seis meses por agredir a tres ertzainas en los Carnavales de 2015 en Tolosa
14/07/2017
ErNE ha ejercido la acusación particular en el proceso y también ha prestado asistencia jurídica a dos de los agentes que fueron objeto del ataque.


La defensa de los tres jóvenes investigados y las acusaciones alcanzaron un acuerdo en los momentos previos a la celebración del juicio ayer en San Sebastián.


Tres jóvenes de Tolosa acusados de agredir a otros tantos agentes de la Ertzaintza en los Carnavales de 2015 aceptaron ayer una condena de seis meses de prisión como autores de los delitos de atentado a agente de la autoridad y lesiones. La pena privativa de libertad ha sido sustituida por una multa 1.080 euros. Ademas, los investigados tendrá que indemnizar a uno de los policías con 37.000 euros y los otros dos, con 6.000 y 4.000 respectivamente.


El fallo es resultado de un acuerdo alcanzado entre la parte acusadora y las defensas. En la primera se encontraba el sindicato policial ErNE que ha ejercido la acusación particular en el proceso y también ha prestado asistencia jurídica a dos de los agentes que fueron objeto del ataque. Con anterioridad al inicio de la vista, que se celebró en el Juzgado de lo Penal número 5 de Donostia, los acusados se enfrentaban a penas que oscilaba entre los 2 y 4 años de prisión.


Los hechos se remontan a los Carnavales que se celebraron en el mes de febrero de 2015. Sobre las tres y veinte de la madrugada del día 18, la Ertzaintza fue alertada de la existencia de una pelea multitudinaria que se estaba produciendo frente a un bar de la calle Nagusia. Vecinos de la zona indicaron entonces que uno de los grupos que protagonizaron el altercado estaba compuesto por jóvenes de etnia gitana.


Al lugar se desplazó una patrulla de seguridad ciudadana así como dos agentes de paisano. Los policías constataron que en la zona, situada en el corazón del casco antiguo de la villa, registraba una gran afluencia de personas como consecuencia de la celebración de la fiesta. Los ertzainas trataron de identificar a algunos de miembros del colectivo gitano para esclarecer el origen de la pelea. En aquel instante, cuando procedían a realizar la imputación, uno de los policías de paisano fue reconocido por un joven que permanecía junto al bar Intxurre, próximo al lugar y frecuentado por personas vinculadas a la izquierda abertzale. Los agentes comenzaron a percibir una clara actitud hostil hacia ellos, al tiempo que escucharon gritos e insultos, con expresiones como «cipayos». La tensión fue en aumento y algunos individuos empezaron a golpear a los policías. Uno de los agentes fue rodeado hasta por cuatro personas. Otro de los agresores lanzó un vaso con bebida contra uno de los vehículos policiales y entre varios empezaron a jalear al resto de personas contra los ertzainas. En los minutos posteriores se sucedieron algunas persecuciones que se extendieron por la plaza Gorriti.


Traslado al hospital


A consecuencia de los golpes recibidos, tres agentes fueron evacuación a la Clínica de la Asunción de Tolosa. Dos causaron baja laboral, uno por una fractura de peroné y otro por una luxación en un hombro. El tercero fue asistido de contusiones en un brazo. El ertzaina que sufrió la fractura fue agredido mediante patadas cuando se encontraba en el suelo.


Efectivos de la comisaría de Beasain y Hernani fueron desplazados a Tolosa para reforzar el operativo que permitió poner término a los incidentes. Dos de los presuntos agresores, entre los que se encontraba quien arrojó el vaso, fueron localizados poco después en el interior del bar Intxurre y fueron arrestados bajo la acusación de ser los autores de un delito de atentado. Posteriormente, sobre las siete de la mañana, después de una investigación, se procedió a la detención de un tercer implicado.


El responsable de organización en Gipuzkoa de ErNE, Aitor Otxoa, resaltó ayer que «ante la falta de apoyo del consistorio tolosarra, que prácticamente asumió que los ertzainas eran los culpables» y la «tibieza» del departamento vasco de Seguridad en la defensa de los ertzainas en este caso, «el sindicato decidió asumir la acusación particular que a la postre ha conseguido que se haga justicia con una sentencia ejemplar», afirmó.


Mediante el acuerdo alcanzado la sentencia es ya firme.

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Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #4894 en: 16 de Julio de 2017, 12:21:14 pm »
Caso del «Sheriff Ginés»: El juicio comenzará en enero, después de diez años de espera

El exjefe de la Policía Local de Coslada se enfrenta a más de 23 años de cárcel. Hay otros nueve acusados

DANIEL G. LÓPEZ |Agentes de la Udyco de Madrid, el 8 de mayo de 2008, se llevan detenido a Ginés Jiménez, en Coslada
SEGUIRCARLOS HIDALGO
15/07/2017 13:16h - Actualizado: 15/07/2017 13:19h
El 15 de enero arrancará, por fin, el juicio contra la principal trama policial de la última década en Madrid. Se trata del caso Coslada, la presunta corruptela en el seno del Cuerpo local y que sentará en el banquillo a diez personas, entre ellas el exoficial Ginés Jiménez Buendía, a su mujer y su hijo. La vista oral se extenderá hasta el mes de marzo, algo más de dos meses.

Fuentes judiciales indicaron a ABC que la Sección 17ª de la Audiencia Provincial de Madrid ya ha fijado un calendario de sesiones que arrancará el 15 de enero y que durará hasta el 23 de marzo. Como en otras causas recientes de importante calado (el pederasta de Ciudad Lineal o el Madrid Arena, por ejemplo), el tribunal ha fijado tres o cuatro jornadas semanales para el asunto de Coslada. La fase intermedia del proceso judicial, desde que llegó a la Audiencia y dictó apertura de juicio oral, hasta la puesta en marcha del juicio, suma más de un año. Han sido numerosos los recursos interpuestos por las partes y que llevan resolviéndose desde diciembre de 2016. Especialmente, los que conciernen al conocido como «Sheriff Ginés».

A ello hay que sumar los sucesivos cambios en el juzgado que instruyó el caso, el número 21 de Madrid (hasta cuatro togados han llevado el asunto) y un sinfín de recursos previos en esta instancia. De hecho, el 8 de mayo se cumplirán diez años desde que el Grupo XVI de la Udyco de Madrid, especializado en delincuencia del Este de Europa, irrumpiera en la sede de la Policía Local de Coslada y se llevara arrestados a una veintena larga de sus agentes, incluido Jiménez, el oficial jefe, y su segundo, Carlos Martínez Gil.


Al final, son diez los acusados, habida cuenta de que hay otros dos, los hermanos rumanos Francisc e Ionut Guirca, que se encuentran huidos de España y el tribunal los considera declarados en rebeldía. Además de la familia Jiménez Buendía y Martínez Gil, se sentarán en el banquillo el presunto proxeneta rumano Catalin Avramescu y los policías locales Felipe Guerrero, Fernando Jiménez, Mario

El escrito de la Fiscalía, al que ha tenido acceso ABC, relata que algunos policías locales de Coslada «aprovechaban su situación de agentes de la autoridad para conseguir de manera gratuita los favores sexuales de mujeres que ejercían la prostitución» en el polígono de Vicálvaro, controladas por Catalin Avramescu.

En ello no participaba Jiménez, quien, siempre según el Ministerio Público, «aprovechaba su cargo de máximo responsable de la corporación policial para vulnerar el ordenamiento legal, movido por intereses personales, en beneficio propio». «De manera abusiva y arbitraria –continúa el fiscal–, bajo la amenaza de inspecciones continuas y acoso del aparato policial, condicionaba la tramitación de licencias de apertura, actividad o similares de distintos establecimientos de ocio». Uno de los casos más escalofriantes es el de la dueña de un bar a la que, el 13 de septiembre de 2006, Ginés, supuestamente, le puso una pistola en la sien y la amenazó: «Dejas el bar o te mato». Los quince días posteriores, dos hombres del entorno del exjefe policial «acosaron el local y a los clientes», hasta que la hostelera decidió traspasar el negocio. Estas intimidaciones se repitieron, al menos, a una docena de empresarios locales.
Para el «Sheriff», el fiscal solicita por los delitos de extorsiones tres años y cinco meses de cárcel; por amenazas, cuatro años y cinco meses; por cohecho continuado, seis años más; por tenencia ilícita de armas, tres años y ocho meses; y por blanqueo de capitales, otros seis años.En total, 23 años y tres meses. Además, ha cumplido una condena de año y medio por amenazar a una de las testigos protegidas.
Su mujer y su hijo, Mari Carmen Pérez y Ginés Jiménez, se enfrentan cada uno a cuatro años por blanqueo; Carlos Martínez, a dos años y ocho meses (cohecho). El resto de agentes, a seis meses de multa, también por cohecho, y Catalina dos años y medio por proxenetismo.
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2 comentarios
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mannydmd_14095816452­71
La justicia en Espana invita a la deliquencia, de todo tipo, la condena maxima que le puede caer es ridicula por el dano que hizo y las consequencias nefastas para mucha gente, abuso de autoridad, no cumplir su juramento, etc.etc.etc...en USA, donde resido, la pena minima que le tocaba, si le encuentran culpable, seria del doble al triple. Todos los criminales del mundo se van a mover,
ResponderCompartir51

PPBenitez
Una instrucción de 10 años, alucinante.

Y de los 23 años, olvidate, la pena máxima que pide el fiscal son 6, o sea que suponiendo que le dén la razón en todo al fiscal, este hombre pasará 2  años en chirona, otro 2 yendo a la carcel a dormir y otros dos en libertada vigilada. Si es que entra.

Y para eso los juzgados se han estado gastando dinero durante 10 años.




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Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #4895 en: 16 de Julio de 2017, 16:34:18 pm »
10 años . . . como pasa el tiempo . . . en caso de condena le aplicarán la eximente de dilaciones indebidas. . . algo es algo . . .

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"No hay hechos, sino interpretaciones" Nietzsche

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Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #4896 en: 17 de Julio de 2017, 02:21:54 am »
10 años . . . como pasa el tiempo . . . en caso de condena le aplicarán la eximente de dilaciones indebidas. . . algo es algo . . .

Las dilaciones indebidas son atenuantes, no una eximente.........

Desconectado Heracles_Pontor

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Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #4897 en: 17 de Julio de 2017, 08:17:51 am »
Ha sido un lapsus . . . pero bien apuntado . . .

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"No hay hechos, sino interpretaciones" Nietzsche

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Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #4898 en: 21 de Julio de 2017, 07:21:57 am »
Tres años de cárcel por falsear una multa de tráfico

El agente fue a por la conductora porque paró para dejar a sus hijos en el colegio

M. Reyes 14.07.2017 | 18:12

El agente Santos García. LP / DLP
La Audiencia de Las Palmas ha impuesto tres años de cárcel a un policía municipal que falseó una denuncia de tráfico para perjudicar a una madre mientras dejaba a sus hijos en un colegio de la capital grancanaria.

La Sección Sexta de la Audiencia de de Las Palmas condena a Santos García Vega como autor de un delito de falsedad en documento oficial, tal y como solicitaba la Fiscalía y la abogada de la acusación particular, Idoia Mendizábal Caballero. El tribunal también impone al policía local una multa de 1.800 euros (seis meses a razón de diez euros diarios), así como la inhabilitación para ejercer cargo o empleo público durante el tiempo de la condena. El agente ha sido absuelto de un delito de amenazas.

Los hechos ocurrieron el 23 de septiembre de 2014, sobre las 11:30 horas, cuando la denunciante, por indicación de un compañero de Santos García, dejó su coche en medio de la vía que pasa por el colegio San Ignacio de Loyola, con la finalidad de dejar a sus dos hijos menores en el centro escolar.

Santos García, de 56 años, se encontraba en esos momentos dando indicaciones a los conductores para que siguieran la circulación y no se detuvieran delante del colegio. Por eso procedió a denunciar a la madre de los niños, en concreto por "parar el vehículo en medio de la calzada obstruyendo el carril de circulación". La mujer, sin embargo, escribió en el mismo boletín de denuncia que no estaba conforme, pues había parado el coche "siguiendo" las indicaciones del otro policía. Eso enfadó a Santos García, que como "represalia" también multó a la conductora por "no respetar las señales del agente que regula circulación", según los hechos declarados probados por la sentencia, de la que es ponente la magistrada Oscarina Naranjo.

El enfrentamiento del policía con la conductora no quedó ahí. El 4 de noviembre de 2014, casi dos meses después del primer incidente, Santos García volvió a encontrarse con la madre de los niños, que en esa ocasión estaba en las inmediaciones del colegio con su marido.

El agente, tras "intercambiar unas palabras con ellos", abandonó el lugar sin notificarles ninguna denuncia. Sin embargo, esa misma mañana, tramitó en horas posteriores una nueva denuncia, esta vez por estacionar sobre la acera. El policía hizo constar en el boletín que el conductor "estaba ausente del lugar" y que dejaba una copia de la denuncia, todo ello "a sabiendas de que dicha circunstancia era absolutamente falsa", establece el fallo judicial. De ahí la condena dictada por la Audiencia de Las Palmas, que es susceptible de recurso de casación ante el Tribunal Supremo (TS).

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Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #4899 en: 25 de Julio de 2017, 11:49:53 am »
Piden seis años de prisión para una mujer de 83 años por matar a su hijo

La fiscalía solicita otros seis años para que sea internada en un centro médico y ser tratada de alteración psíquica
Piden seis años de prisión para una mujer de 83 años por matar a su hijo

M.N.
25/07/2017 00:22h - Actualizado: 25/07/2017 00:22h
La fiscalía pide seis años de prisión para una mujer de 83 años y otros seis de internamiento en un centro médico para el tratamiento de su alteración psíquica por el delito de asesinato de su hijo discapacitado.
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El hecho del que se acusa a la mujer sucedió el 26 de noviembre de 2015 en la localidad de Torres de la Alameda, cuando decidió acabar con la vida de su hijo de 64 años de edad del que se encargaba de cuidar. El afectado sufría de minusvalía mental, falta de movilidad, y era ciego, sordo y mudo.
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Según el fiscal, la acusada, «con sus facultades volitivas y cognitivas gravemente afectadas», al ver reducidas sus capacidades físicas tras el empeoramiento de su salud como para seguir cuidando de su hijo y con el objetivo de que el resto de sus hijos no tuviesen que asumir la misma carga en el futuro, tomó la decisión de matar a su descendiente y suicidarse posteriormente.
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Para ello, trituró en una batidora numerosos medicamentos que tenía acumulados para servirlos en dos vasos, uno para su hijo y otro para ella. Después de consumirlos, ambos familiares entraron en un estado de inconsciencia por intoxicación, situación en la que fueron encontrados por otra hija de la acusada. Tras esto fueron trasladados al Hospital Príncipe de Asturias de Alcalá de Henares, donde el hijo murió un día después a consecuencia de una hemorragia cerebral por sobre ingesta de medicamentos.
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La fiscalía también solicita la inhabilitación especial para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo de la mujer durante el tiempo de la condena y anuncia su interés de que la medida de ingreso en un centro de salud se ejecute antes de la pena de prisión.