La Audiencia de Vizcaya absuelve a 9 'narcos' al anular los 'pinchazos' de la Policía
Fueron detenidos con siete kilos de cocaína, 5.000 pastillas de 'éxtasis', que iban a distribuir en el Gran Bilbao, y un arma
04.01.2010 - AINHOA DE LAS HERASBILBAO.
La Sección Sexta de la Audiencia vizcaína ha dictado una contundente sentencia en la que absuelve a nueve jóvenes de Santurtzi, Portugalete, Bilbao y Madrid procesados por tráfico de drogas al declarar nulas las intervenciones policiales que llevaron a su detención, en diciembre de 2004. La operación, desarrollada por la Brigada de Policía Judicial del Cuerpo Nacional de Policía en Vizcaya, se saldó con el arresto de 16 personas y la incautación de un espectacular alijo formado por siete kilos de cocaína, 5.000 pastillas de 'éxtasis' y un arma, además de dinero y varios vehículos.
En la misma resolución, la sala condena a nueve a?os de prisión a dos de los detenidos -Iván A. y Aitor A.-, que en su primera declaración ante la Policía confesaron los hechos o se culparon entre sí. A uno, Iván, el fallo le reconoce la atenuante de drogadicción.
La demoledora sentencia, a la que ha tenido acceso este periódico, y cuyo ponente es el magistrado José Ignacio Arévalo, considera que los pinchazos telefónicos no fueron motivados con ?indicios de consistencia suficiente? y, por tanto, anulan el resto del proceso.
Según la resolución judicial, los policías solicitaron al Juzgado de Instrucción número 3 de Barakaldo la intervención de varios números telefónicos, alegando que disponían de información de ?diversas fuentes? confidenciales que apuntaban a que varios jóvenes se dedicaban al tráfico de estupefacientes en establecimientos hosteleros del Gran Bilbao y que traían la droga de Madrid. Se?alaron también que en una investigación realizada dos a?os y medio antes a otros traficantes, en las conversaciones telefónicas aparecían los nombres de los jóvenes sospechosos. ?No es admisible ni justificable que la intervención telefónica constituya el instrumento inicial de la indagación?, apunta la sentencia, que considera ?vagas? las argumentaciones policiales.
A juicio del tribunal, con las primeras sospechas, la Policía debería haber realizado ?seguimientos?, ?vigilancias? y otras diligencias que no se practicaron. Para la Audiencia vizcaína, la responsabilidad no sólo es de la Policía, sino, sobre todo, del magistrado que ordenó los pinchazos, como garante de los derechos fundamentales, uno de los cuales, el de las comunicaciones, fue violado en este caso. ?Corresponde al juez llevar a cabo un juicio crítico sobre la entidad de los datos (...) y no la realización de un acto de fe?, se?ala el fallo.
?Éxito final?
La Sección Sexta argumenta que el ?éxito final de la investigación?, fruto de la cual se incautaron los siete kilos de cocaína y las 5.000 pastillas de 'éxtasis', ni justifica ni ?avala la regularidad de las intervenciones telefónicas acordadas?. Los policías siguieron a dos vehículos procedentes de Madrid conducidos por Ruben G.y José Antonio P., que fueron interceptados en el peaje de Arrigorriaga de la A-68 el 10 de diciembre de 2004. En uno de los coches descubrieron la cocaína. Posteriormente, fueron registrados un bar de Santurtzi y una cafetería de Portugalete, además de diversos domicilios de los arrestados, donde se decomisó el resto del material. En el caso de los condenados, uno de ellos fue localizado con 5.000 pastillas de MDMA en la mochila. En el piso que ambos compartían también se encontraron más píldoras.
Sin embargo, debido a la ?insuficiencia de la investigación? y a la ?deficiente motivación de las resoluciones judiciales?, se?ala la sentencia, ?hemos de llegar a la inevitable conclusión de nulidad de las intervenciones telefónicas? acordadas por el Juzgado de Instrucción número 3 de Barakaldo. Al carecer de otras pruebas de cargo contra ellos, quedan absueltos nueve procesados, mientras que se condena a otros dos por un delito de tráfico de drogas en cantidad de notoria importancia, que se autoinculparon o reconocieron los hechos ante la Policía.
A juicio de dos de los abogados de la defensa, Javier de las Heras Dargel y Tomás Torres, esta sentencia ?puede servir de precedente y sentar jurisprudencia? en el futuro.