Autor Tema: De actuaciones y sentencias judiciales  (Leído 769355 veces)

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Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #4160 en: 05 de Noviembre de 2013, 19:23:29 pm »

Piden cinco años para policías locales por cobro irregular de dietas
 
Cuatro agentes, acusados de falsedad documental, fraudes y exacciones ilegales


Decían asistir a juicios en los que realmente no estuvieron presentes

 

CHEMA RODRÍGUEZ Sevilla 
Actualizado: 05/11/2013 13:26 horas   


La Fiscalía de Sevilla ha pedido una condena de cinco años de prisión para cinco agentes de la Policía Local que, según su escrito de acusación, falsificaron partes de asistencia a juicios para cobrar los pluses correspondientes.

De acuerdo con la tesis del Ministerio Público, los cinco policías se pusieron de acuerdo entre los años 2007 y 2011 para simular su asistencia a juicios, un concepto por el que cobraban 34,75 euros.

Para ello, dice el fiscal, tramaron un plan que incluía varias fórmulas. Primero, estando citados para juicio, no comparecían y sin embargo sellaban la auto citación; segundo, no estando citados, confeccionaban una cédula de citación y la presentaban sellada incluso con el sello del juzgado correspondiente, y, tercero, falsificando las citaciones con el sello de la Policía Local.

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Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #4161 en: 05 de Noviembre de 2013, 21:04:53 pm »

Piden cinco años para policías locales por cobro irregular de dietas
 
Cuatro agentes, acusados de falsedad documental, fraudes y exacciones ilegales


Decían asistir a juicios en los que realmente no estuvieron presentes

 

CHEMA RODRÍGUEZ Sevilla 
Actualizado: 05/11/2013 13:26 horas   


La Fiscalía de Sevilla ha pedido una condena de cinco años de prisión para cinco agentes de la Policía Local que, según su escrito de acusación, falsificaron partes de asistencia a juicios para cobrar los pluses correspondientes.

De acuerdo con la tesis del Ministerio Público, los cinco policías se pusieron de acuerdo entre los años 2007 y 2011 para simular su asistencia a juicios, un concepto por el que cobraban 34,75 euros.

Para ello, dice el fiscal, tramaron un plan que incluía varias fórmulas. Primero, estando citados para juicio, no comparecían y sin embargo sellaban la auto citación; segundo, no estando citados, confeccionaban una cédula de citación y la presentaban sellada incluso con el sello del juzgado correspondiente, y, tercero, falsificando las citaciones con el sello de la Policía Local.

De ser cierto vaya sinvergüenzas, casi tanto como aquellos que falsificaban hojas de horas para cobrar más.

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Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #4162 en: 06 de Noviembre de 2013, 10:48:22 am »
  La Audiencia anula el archivo de una supuesta agresión policial a 5 jóvenes .
Miércoles, 06 de Noviembre de 2013 07:52 , Silvia Perdiguero   

.El tribunal considera que el caso no se ha investigado lo “suficiente”, pues no  se ha identificado a los agentes implicados.

La Audiencia Provincial en Melilla ha aceptado el recurso contra el sobreseimiento y archivo provisional de la denuncia de cinco jóvenes de nacionalidad belga y origen marroquí y acepta su petición para que continúe la investigación de la presunta agresión policial que sufrieron en la frontera de Beni Enzar el verano de 2010. La Audiencia devuelve así el caso al Juzgado de Instrucción número 4, que ordenó el sobreseimiento provisional y archivo de la causa. Ordena en su resolución que se practiquen las pesquisas que el abogado de estos jóvenes vienen solicitando: La identificación de los agentes implicados en los hechos.

El tribunal considera que el caso “no ha sido suficientemente investigado” y subraya que es “necesario” que se identifiquen a todos los agentes del Cuerpo Nacional de Policía (CNP) que intervinieron en los hechos para así esclarecer “definitivamente” lo ocurrido.

El auto de la Audiencia destaca que la “única diligencia de investigación” realizada ha sido el visionado de la grabación de las cámaras de la frontera de Beni Enzar. El juzgado de instrucción ordenó el sobreseimiento provisional y archivo de la denuncia “por no haber quedado acreditada la comisión del delito”. Según el auto de instrucción, recoge la Audiencia, “se observa que los denunciantes no obedecieron a una agente de Policía Nacional, se bajan del vehículo alterados y luego circulan a gran velocidad en sentido contrario para salir de nuevo a Marruecos, obligando a los que querían acceder a apartarse”.

Las reveladoras imágenes

Lo apreciado por la juez instructora en esas grabaciones no coincide con el parecer de la Audiencia, como así consta en el auto. El tribunal, tras visionar las grabaciones de las cámaras de seguridad de Beni Enzar, afirma que “desde luego no llega a la misma conclusión que la instructora”. Ciertamente, las escenas que la juez “relata en su auto de sobreseimiento” pueden visionarse en los vídeos, pero “no se hace alusión alguna a dos secuencias sumamente relevantes”.

“Se ve a una policía nacional acercarse al coche en que viajaban los denunciantes para identificarlos. Lo primero que hace es arrancar un objeto hasta dos veces, tirándole una vez al suelo y luego al interior del coche (descapotable). Es evidente –dice el tribunal en el auto– que ese objeto no puede ser otro que la bandera marroquí a la que aluden los denunciantes. Esta acción –de la agente policial– no parece en principio razonable y es posible que hubiera podido influir en los acontecimientos posteriores”.

La segunda secuencia destacada por la Audiencia se refiere al intento de huida de los jóvenes de vuelta a Marruecos, cuando supuestamente fueron agredidos. “Es cierto que la maniobra constituye claramente una acción antirreglamentaria e indebida”, destaca el tribunal y puntualiza: “Sin embargo, no es menos cierto que antes de lograr huir, se observa nítidamente en la grabación cómo un número indeterminado de agentes de la Policía Nacional se abalanzan contra el coche, lo rodean y sin solución de continuidad todos ellos, valiéndose de sus defensas reglamentarias (las conocidas como porras), golpean repetidamente a los denunciantes indiscriminadamente y de forma reiterada”.

La Audiencia devuelve el expediente del caso al Juzgado de Instrucción número 4 para que se atienda las peticiones de los jóvenes denunciantes y que han sido rechazadas “en varias ocasiones”. La solicitud de estos jóvenes no es otra que la identificación de los agentes implicados en los hechos para que presten declaración judicial y luego la instructora podrá adoptar “con plena libertad” sobre la resolución que se ajuste a derecho.

Altercados en la frontera por portar banderas

El verano de 2010 estuvo protagonizado por diversos altercados en la frontera de Beni Enzar a causa de que tanto melillenses como marroquíes portaban en sus vehículos banderas de sus respectivos países y querían cruzar el paso fronterizo. Estos incidentes provocaron cierta polémica y el intercambio de información entre los Ministerios de Asuntos Exteriores de España y Marruecos. Aparentemente el incidente con los cinco jóvenes y la Policía Nacional fue aclarado vía diplomática, pero los jóvenes presentaron la denuncia.

El 17 de julio de 2010, El Faro se hizo eco del incidente producido entre la Policía Nacional española y cinco jóvenes belgas, de origen marroquí, en la frontera de Beni Enzar a causa de que éstos portaban una bandera del Reino alauita. Marruecos denunció el “maltrato policial” que su súbditos recibieron.

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Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #4163 en: 06 de Noviembre de 2013, 15:40:28 pm »

Piden cinco años para policías locales por cobro irregular de dietas
 
Cuatro agentes, acusados de falsedad documental, fraudes y exacciones ilegales


Decían asistir a juicios en los que realmente no estuvieron presentes

 

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Actualizado: 05/11/2013 13:26 horas   


De ser cierto vaya sinvergüenzas, casi tanto como aquellos que falsificaban hojas de horas para cobrar más.


El Sppme ve "una barbaridad" la pena pedida por el fiscal para los policías acusados de fraude

Manuel Bustelo insiste en reclamar la "regularización" del control de los agentes que acuden a las citaciones judiciales pero finalmente no testifican.
ep, sevilla | Actualizado 06.11.2013 - 13:48


   
El presidente de la sección sindical del Sindicato Profesional de Policías Municipales de España (Sppme) en el Ayuntamiento de Sevilla, Manuel Bustelo, ha considerado este miércoles que los cinco años de cárcel que la Fiscalía pide para cuatro policías locales de la ciudad hispalense acusados de defraudar 5.038,75 euros constituye "una barbaridad". Los cuatro agentes están acusados de falsear su asistencia a juicios en horario fuera de servicio, para cobrar las dietas asociadas a estas obligaciones.
 
Manuel Bustelo ha explicado que estos cuatro agentes son afiliados del Sppme y dos de ellos han hecho uso de los servicios jurídicos que el sindicato ofrece "a todos sus afiliados". Los cuatro policías locales, según Bustelo, fueron suspendidos de empleo y sueldo durante nueve meses en el marco del expediente disciplinario emprendido en su contra por el propio Ayuntamiento, si bien todos ellos regresaron a la actividad al quedar congelado dicho expediente, extremo derivado de la apertura de las diligencias judiciales.

Bustelo, de cualquier modo, ha manifestado que su organización sindical lleva mucho tiempo reclamando a las autoridades una "regularización" del control de los agentes que acuden a las citaciones judiciales pero finalmente no testifican al no considerarlo necesario el juez o la juez de turno. "Esto debe estar regularizado para que quede siempre constancia de que los agentes han acudido pese a que al final no hayan comparecido ante el juez", ha dicho Bustelo manifestando que la ausencia de controles claros en este supuesto concreto puede generar "miles de controversias" como la que atañe a esta investigación judicial. "Es una barbaridad lo que pide la Fiscalía. No tiene que ser tan grave el tema cuando no se han puesto remedio para arreglar esta situación", ha aseverado.

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Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #4164 en: 09 de Noviembre de 2013, 12:06:48 pm »
La juez absuelve a cuatro agentes de Policía acusados de lesiones y condena a los detenidos que los culparon

La magistrada considera que emplearon "la fuerza necesaria" en el "ejercicio legítimo de sus funciones"
j.f. | ourense 09.11.2013 | 02:01 Ç

El pasado 2 de octubre, el mismo día en que mandos y agentes de escala básica de la Comisaría festejaban los Ángeles Custodios, el patrón del cuerpo policial, cuatro agentes experimentaron el trance de someterse a juicio en la condición compartida de víctimas y acusados. Los agentes se sentaron en el banquillo junto a dos detenidos que los culparon de infligirles lesiones. La juez del Penal Número Uno de Ourense ha absuelto a los cuatro funcionarios y, en cambio, condena a un año de prisión a los dos particulares, de nacionalidad jordana, por un delito de atentado. El fallo todavía no es firme y admite recurso de apelación ante la Audiencia.

Los hechos se remontan al 27 de septiembre de 2008. Una mujer requirió la presencia policial al creer que su exmarido, Hisham S.Y., sobre el que existía una orden internacional de detención, se encontraba en el interior de una cafetería de la calle Temes Fernández de Ourense. Dos de los cinco policías desplazados al lugar entraron en el local y solicitaron al acusado su documentación. Él se negó, por lo que los funcionarios lo invitaron a acompañarlos a Comisaría para su identificación.

Según considera probado la juez, al salir al exterior del bar de camino al vehículo patrulla, el hermano del primer acusado, Tareq M.S. acomete contra los policías con la colaboración de Hisham. Los dos policías sufrieron lesiones. La magistrada considera que los agentes "tuvieron que emplear la fuerza necesaria" para "vencer la resistencia de ambos", que sufrieron heridas tal y como acreditan los informes forenses aportados por ellos, como acusación particular. De hecho, Hisham tuvo que ser atendido en el hospital. Los gastos sanitarios superaron los 690 euros.

Este acusado solicitó a la juez una condena por delito de lesiones contra cuatro policías, a los que solicitaba un año de cárcel y 4.5000 euros. Su hermano Tareq pidió una condena para tres de ellos catalogando sus lesiones dentro de una falta.

La magistrada sostiene que "fue necesario que los agentes empleasen la fuerza necesaria" y que su actuación "se encuentra amparada por la eximente de actuar en el ejercicio legítimo de sus funciones". Analizando las declaraciones de acusados y testigos practicadas en el juicio, la autoridad llega a la conclusión de que respecto a la acusación de los dos jordanos, "contamos únicamente con sus versiones" mientras que el testimonio de los policías fue ratificado por dos testigos. Los hermanos conocían además, incide, que las personas a las que se dirigían, uniformadas, eran agentes de la autoridad.

El SUP, sindicato policial mayoritario, aseguró al conocer el fallo que "no vamos a permitir que las acusaciones infundadas a policías queden impunes".


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Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #4165 en: 11 de Noviembre de 2013, 17:27:51 pm »
Condenado a seis años y tres meses de cárcel tras herir al jefe de Policía Local de Torredonjimeno 


 Lunes, 11 de Noviembre de 2013 16:59   EUROPA PRESS   

La Audiencia Provincia de Jaén ha condenado a un vecino de  Torredonjimeno a seis años y tres meses de prisión por los delitos de  obstrucción a la justicia y atentado tras herir con una hachuela al  jefe de Policía Local de este municipio después de que éste último  compareciese como testigo e instructor de un expediente de un hijo  del acusado en el Juzgado de Menores.

Según la sentencia de la Sección Tercera, a la que ha tenido  acceso Europa Press, se consideran como hechos probados que en la  mañana del 18 de abril de 2012 y en las inmediaciones del referido  Juzgado de Menores, en la capital, R.P.R se encontró al agente. Al  verlo, le manifestó "desde una acera a otra 'hijo de puta te tengo  que matar'", algo que "reiteró acercándose a él" sin que previamente  existiese enemistad alguna entre los dos.

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Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #4166 en: 12 de Noviembre de 2013, 11:43:43 am »
Absueltos los cuatro policías a los que acusaron de haber lesionado a dos detenidos
Escrito por: ourense / la voz
12 de noviembre de 2013 

. Los cuatro agentes de la Policía Nacional que fueron acusados de haber causado lesiones a dos detenidos ?estos a su vez acusados de atentado a la autoridad- han resultado absueltos. La jueza que juzgó a los seis acusados en el Juzgado de lo Penal 1 de Ourense consideró que actuaron «en el ejercicio legítimo de sus funciones». Sí condenó a los dos hombres de nacionalidad jordana, Tarek M. S. G. y Hisham S. Y., que habían acusado a los agentes de un delito y una falta de lesiones.

Los hechos juzgados ocurrieron en septiembre de 2008, cuando una mujer requirió presencia policial porque creía que su exmarido -sobre el que pesaba una orden internacional de detención- estaba en un bar de Ourense. Cinco agentes de la policía se presentaron en el lugar en un coche policial y uniformados. Dos de ellos entraron en el local y pidieron a Hisham que se identificara. Se negó y le pidieron que los acompañara a comisaría. En ese momento salió Tarek de la cafetería y agredió a los agentes, ayudado por Hisham. Se formó un tumulto de gente.

Dos policías resultaron lesionados. Según la sentencia, los policías tuvieron que emplear la fuerza necesaria tanto en el bar para repeler la agresión como en el traslado y llegada a comisaría adonde llevaban a Hisham para identificarlo.

Los agentes coincidieron en su versión, apoyada por dos testigos, mientas que los acusados de atentado no llevaron testigos que ratificaran su versión de que fueron ellos los agredidos. Han sido condenados por delito de atentado a un año de prisión.


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Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #4167 en: 17 de Noviembre de 2013, 23:35:59 pm »
SUCEDIÓ EN 2006
Condenan al Estado por devolver a un hombre el arma, con la que mató a su mujer

Después de siete años, ha quedado probado que la actuación de la Administración Provincial de Córdoba fue "inadecuada", al devolverle las armas a un hombre, con las que posteriormente utilizó para matar a su mujer.

La Audiencia Nacional ha condenado al Estado por devolver a un hombre con antencedentes, la licencia y el arma con la que después mató a su esposa. La sentencia condena al Estado en concepto de responsabilidad patrimonial a hacerle entrega de 25.000 euros a la hija de la fallecida, ya que ha quedado probado que la decisión fue deficiente y ha contribuido a la conducta homicida del marido de la víctima.

Los hechos ocurrieron en el año de 2004, cuando la víctima, una mujer cordobesa, denunció a su marido por amenzas. Fue entonces cuando el Juzgado, ordenó la intervención de dos escopetas de caza para las cuales poseía la licencia reglamentaria. En este juicio, el marido resultó finalmente absuelto por falta de pruebas y el Juzgado ordenó que se le devolvieran las armas.

Pasado poco más de un año, el 1 de enero 2006, el hombre mató a su mujer con una de las escopetas devueltas, hechos por los que fue condenado por la Audiencia Provincial de Córdoba a más de 20 años de cárcel. La hija de la fallecida acudió entonces a la vía judicial al entender que se produjo un anormal funcionamiento de la Administración porque no se tuvo en cuenta ningún dato para valorar la peligrosidad del titular de la licencia de armas.

Ahora, la Audiencia Nacional le da la razón a la hija de la víctima, al entender que la actuación de la Administración "no reúne los caracteres suficientes para poder ser calificada como adecuada y correcta", ya que no se tuvo en cuenta la existencia de una condena por faltas de amenazas de muerte".


http://www.antena3.com/noticias/sociedad/condenan-estado-devolver-hombre-arma-que-mato-mujer_2013111500803.html

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Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #4168 en: 20 de Noviembre de 2013, 10:29:54 am »
Un mosso afronta 4 años de cárcel por vengarse de un guardia civil con una multa falsa



Día 19/11/2013 - 17.43h


El agente de la policía catalana se habría vengado del guardia civil jubilado por una disputa por una plaza de aparcamiento en un centro comercial de Mataró

Un mosso afronta 4 años de cárcel por vengarse de un guardia civil con una multa falsa


La Fiscalía pide cuatro años de prisión para un mosso d'esquadra acusado de presentar una denuncia falsa de tráfico contra un guardia civil jubilado, que destapó el caso tras acceder irregularmente a archivos policiales para identificar al agente, en venganza por una disputa por un aparcamiento.

En la sección quinta de la Audiencia de Barcelona se ha celebrado hoy el juicio contra el policía, José R., a quien la fiscal acusa de un delito de falsedad documental y pide que sea condenado a una multa de 10.800 euros e inhabilitado durante cuatro años como agente de la autoridad.

El agente fue denunciado por la propia unidad de Asuntos Internos de los Mossos d'Esquadra a raíz de las averiguaciones que realizó el conductor multado, un guardia civil en la reserva que relacionó la denuncia recibida con una discusión de aparcamiento sucedida siete meses antes, tras consultar la central de datos de la Guardia Civil.

Ese acceso a ficheros policiales, que la propia Fiscalía ha considerado "inadecuado" pese a mantener su petición de condena contra el agente, ha motivado que la defensa del mosso plantee a la sala la nulidad de actuaciones por la procedencia ilícita de la principal prueba que fundamenta la acusación.

El agente emitió una denuncia contra el guardia civil, en la que mantenía que el 5 de abril de 2007 -día en que estuvo fuera de servicio hasta la noche- había sorprendido al conductor hablando con el teléfono móvil por la autopista C-32 a su paso por el término municipal de Badalona.

Venganza por una discusión

Según la Fiscalía, el mosso presentó esa denuncia falsa en venganza por una discusión que el agente -fuera de servicio- y su esposa habían mantenido ese mismo día con la hija del guardia civil, que era la que conducía el coche, por una disputa por una plaza de aparcamiento en un centro comercial de Mataró.

Ante el temor a represalias por parte de la pareja, la conductora anotó en su teléfono móvil el número de matrícula del vehículo que supuestamente llevaban el mosso d'esquadra y su mujer, quien según la versión de los denunciantes montó en cólera en el incidente y las increpó congran agresividad". "

La multa, que llegó siete meses después, levantó las sospechas del ex guardia civil, que ha explicado que el caso le "olió a chamusquina", por lo que, aprovechando sus contactos en la Benemérita, averiguó que el número de matrícula que era el mosso d'esquadra que le había interpuesto la denuncia.

El agente, por el contrario, ha negado rotundamente que el 5 de abril de 2007 tuviera un incidente con un conductor a las puertas del centro comercial de Mataró y ha defendido la veracidad de la denuncia que formuló contra el guardia civil, que además de una sanción económica se exponía a la pérdida de tres puntos del permiso de conducir.

Además, el policía ha aducido que se equivocó al situar la hora en que detectó la infracción de tráfico y ha justificado que no haya podido llevar al juicio al compañero que patrullaba con él cuando observaron ese incidente para que refrendara su versión porque, según ha dicho, ha fallecido.

En su derecho al último turno de palabra tras el juicio, el mosso d'esquadra ha reprochado al guardia civil que haya "urdido un inverosímil" montaje con el único propósito de ahorrarse una multa de tráfico.

« Última modificación: 20 de Noviembre de 2013, 10:41:47 am por 47ronin »

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Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #4169 en: 20 de Noviembre de 2013, 16:03:56 pm »
Un mosso afronta 4 años de cárcel por vengarse de un guardia civil con una multa falsa



Día 19/11/2013 - 17.43h


El agente de la policía catalana se habría vengado del guardia civil jubilado por una disputa por una plaza de aparcamiento en un centro comercial de Mataró

Un mosso afronta 4 años de cárcel por vengarse de un guardia civil con una multa falsa


La Fiscalía pide cuatro años de prisión para un mosso d'esquadra acusado de presentar una denuncia falsa de tráfico contra un guardia civil jubilado, que destapó el caso tras acceder irregularmente a archivos policiales para identificar al agente, en venganza por una disputa por un aparcamiento.

En la sección quinta de la Audiencia de Barcelona se ha celebrado hoy el juicio contra el policía, José R., a quien la fiscal acusa de un delito de falsedad documental y pide que sea condenado a una multa de 10.800 euros e inhabilitado durante cuatro años como agente de la autoridad.

El agente fue denunciado por la propia unidad de Asuntos Internos de los Mossos d'Esquadra a raíz de las averiguaciones que realizó el conductor multado, un guardia civil en la reserva que relacionó la denuncia recibida con una discusión de aparcamiento sucedida siete meses antes, tras consultar la central de datos de la Guardia Civil.

Ese acceso a ficheros policiales, que la propia Fiscalía ha considerado "inadecuado" pese a mantener su petición de condena contra el agente, ha motivado que la defensa del mosso plantee a la sala la nulidad de actuaciones por la procedencia ilícita de la principal prueba que fundamenta la acusación.

El agente emitió una denuncia contra el guardia civil, en la que mantenía que el 5 de abril de 2007 -día en que estuvo fuera de servicio hasta la noche- había sorprendido al conductor hablando con el teléfono móvil por la autopista C-32 a su paso por el término municipal de Badalona.

Venganza por una discusión

Según la Fiscalía, el mosso presentó esa denuncia falsa en venganza por una discusión que el agente -fuera de servicio- y su esposa habían mantenido ese mismo día con la hija del guardia civil, que era la que conducía el coche, por una disputa por una plaza de aparcamiento en un centro comercial de Mataró.

Ante el temor a represalias por parte de la pareja, la conductora anotó en su teléfono móvil el número de matrícula del vehículo que supuestamente llevaban el mosso d'esquadra y su mujer, quien según la versión de los denunciantes montó en cólera en el incidente y las increpó congran agresividad". "

La multa, que llegó siete meses después, levantó las sospechas del ex guardia civil, que ha explicado que el caso le "olió a chamusquina", por lo que, aprovechando sus contactos en la Benemérita, averiguó que el número de matrícula que era el mosso d'esquadra que le había interpuesto la denuncia.

El agente, por el contrario, ha negado rotundamente que el 5 de abril de 2007 tuviera un incidente con un conductor a las puertas del centro comercial de Mataró y ha defendido la veracidad de la denuncia que formuló contra el guardia civil, que además de una sanción económica se exponía a la pérdida de tres puntos del permiso de conducir.

Además, el policía ha aducido que se equivocó al situar la hora en que detectó la infracción de tráfico y ha justificado que no haya podido llevar al juicio al compañero que patrullaba con él cuando observaron ese incidente para que refrendara su versión porque, según ha dicho, ha fallecido.

En su derecho al último turno de palabra tras el juicio, el mosso d'esquadra ha reprochado al guardia civil que haya "urdido un inverosímil" montaje con el único propósito de ahorrarse una multa de tráfico.
Como se puede ver, la competencia de trafico no la ejercen descerebrados.

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Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #4170 en: 20 de Noviembre de 2013, 17:57:59 pm »
Un mosso afronta 4 años de cárcel por vengarse de un guardia civil con una multa falsa



Día 19/11/2013 - 17.43h


El agente de la policía catalana se habría vengado del guardia civil jubilado por una disputa por una plaza de aparcamiento en un centro comercial de Mataró

Un mosso afronta 4 años de cárcel por vengarse de un guardia civil con una multa falsa


La Fiscalía pide cuatro años de prisión para un mosso d'esquadra acusado de presentar una denuncia falsa de tráfico contra un guardia civil jubilado, que destapó el caso tras acceder irregularmente a archivos policiales para identificar al agente, en venganza por una disputa por un aparcamiento.

En la sección quinta de la Audiencia de Barcelona se ha celebrado hoy el juicio contra el policía, José R., a quien la fiscal acusa de un delito de falsedad documental y pide que sea condenado a una multa de 10.800 euros e inhabilitado durante cuatro años como agente de la autoridad.

El agente fue denunciado por la propia unidad de Asuntos Internos de los Mossos d'Esquadra a raíz de las averiguaciones que realizó el conductor multado, un guardia civil en la reserva que relacionó la denuncia recibida con una discusión de aparcamiento sucedida siete meses antes, tras consultar la central de datos de la Guardia Civil.

Ese acceso a ficheros policiales, que la propia Fiscalía ha considerado "inadecuado" pese a mantener su petición de condena contra el agente, ha motivado que la defensa del mosso plantee a la sala la nulidad de actuaciones por la procedencia ilícita de la principal prueba que fundamenta la acusación.

El agente emitió una denuncia contra el guardia civil, en la que mantenía que el 5 de abril de 2007 -día en que estuvo fuera de servicio hasta la noche- había sorprendido al conductor hablando con el teléfono móvil por la autopista C-32 a su paso por el término municipal de Badalona.

Venganza por una discusión

Según la Fiscalía, el mosso presentó esa denuncia falsa en venganza por una discusión que el agente -fuera de servicio- y su esposa habían mantenido ese mismo día con la hija del guardia civil, que era la que conducía el coche, por una disputa por una plaza de aparcamiento en un centro comercial de Mataró.

Ante el temor a represalias por parte de la pareja, la conductora anotó en su teléfono móvil el número de matrícula del vehículo que supuestamente llevaban el mosso d'esquadra y su mujer, quien según la versión de los denunciantes montó en cólera en el incidente y las increpó congran agresividad". "

La multa, que llegó siete meses después, levantó las sospechas del ex guardia civil, que ha explicado que el caso le "olió a chamusquina", por lo que, aprovechando sus contactos en la Benemérita, averiguó que el número de matrícula que era el mosso d'esquadra que le había interpuesto la denuncia.

El agente, por el contrario, ha negado rotundamente que el 5 de abril de 2007 tuviera un incidente con un conductor a las puertas del centro comercial de Mataró y ha defendido la veracidad de la denuncia que formuló contra el guardia civil, que además de una sanción económica se exponía a la pérdida de tres puntos del permiso de conducir.

Además, el policía ha aducido que se equivocó al situar la hora en que detectó la infracción de tráfico y ha justificado que no haya podido llevar al juicio al compañero que patrullaba con él cuando observaron ese incidente para que refrendara su versión porque, según ha dicho, ha fallecido.

En su derecho al último turno de palabra tras el juicio, el mosso d'esquadra ha reprochado al guardia civil que haya "urdido un inverosímil" montaje con el único propósito de ahorrarse una multa de tráfico.
Como se puede ver, la competencia de trafico no la ejercen descerebrados.

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Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #4171 en: 20 de Noviembre de 2013, 22:55:36 pm »
JUSTICIA CCOO pidió la suspensión cautelar mientras se resuelve el decreto contra el real decreto
El Supremo dice que suspender el decreto de becas de Wert 'perjudicaría el interés público'

    Fijar un umbral mínimo con el rendimiento académico 'persigue un interés público relevante'
    Así lo ha establecido en una resolución la Sala de lo Contencioso-Administrativo

 
MARÍA PERAL Madrid
Actualizado: 20/11/2013 13:36 horas
 
La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo ha rechazado suspender cautelarmente la normativa del Ministerio de Educación que dirige José Ignacio Wert, que modificó las condiciones socioeconómicas y estableció unos nuevos baremos para acceder a becas y ayudas al estudio. La suspensión cautelar había sido instada por Comisiones Obreras mientras el tribunal resuelve el recurso promovido contra ese real decreto.

En una resolución adelantada por EL MUNDO y cuyo contenido se ha conocido hoy, el Supremo señala que "el interés público subyacente en el real decreto impugnado es fijar un régimen general para poder acceder al sistema de becas y ayudas para el estudio en el que se ponderen, por un lado, las condiciones socioeconómicas de los beneficiarios y, por otro, que su concesión esté vinculada al aprovechamiento y rendimiento en los estudios".

Fijar un umbral mínimo relacionado con el rendimiento académico del aspirante a la beca "es un elemento que persigue un interés público relevante que no puede ser desconocido, consistente en repartir unos recursos públicos limitados y sujetos a las disponibilidades presupuestarias en base a criterios objetivos que tratan de primar a aquellos de entre los solicitantes que, cumpliendo los demás requisitos exigidos por la norma, demuestren un mejor aprovechamiento académico", explica el Supremo, aludiendo a la previsión del real decreto de que se trata de que "la política de becas y ayudas al estudio sea un instrumento de estímulo a la mejora del rendimiento académico de los estudiantes".

Para la Sala, la suspensión de la normativa "podría causar un importante perjuicio al interés público". De un lado, "al incrementar el número de potenciales peticionarios que tendrían derecho a las ayudas, la suspensión tendría incidencia en las previsiones presupuestarias aprobadas" y, de otro, "dado que se establece un régimen de distribución escalonado de la cuantía disponible para determinadas becas, la suspensión cautelar de dichas previsiones incidiría en el importe de las ayudas que percibirían los solicitantes que sí cumpliesen estos umbrales, con el consiguiente perjuicio para ellos".


http://www.elmundo.es/espana/2013/11/20/528ca6fa63fd3de0368b458b.html

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Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #4172 en: 21 de Noviembre de 2013, 21:00:27 pm »

Por la ocupación de la finca Las Turquillas
 
El TSJA condena a Sánchez Gordillo y Cañamero a siete meses de prisión
 
Los condenados llegaron el 24 de julio y fueron desalojados el 10 de agosto


Tendrán que pagar una multa de 10 euros diarios durante cuatro meses


Han sido absueltos del delito de daños, por ser éstos de menor cuantía


Deberán indemnizar al Ministerio de Defensa con 760 euros por los desperfectos

 
 
Sánchez Gordillo y Cañamero, durante la ocupación de la finca Las Turquillas, en Osuna. JAVIER BARBANCHO


TERESA LÓPEZ PAVÓN Sevilla 
Actualizado: 21/11/2013 17:00 horas 
 

El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha condenado a siete meses de prisión a los líderes del Sindicato Andaluz de Trabajadores (SAT) Juan Manuel Sánchez Gordillo y Diego Cañamero a siete meses de prisión por un delito de desobediencia grave a la autoridad, tras la ocupación de la finca militar Las Turquillas, en Osuna (Sevilla), que tuvo lugar el 24 de julio de 2012.

Junto a Gordillo y Cañamero han sido condenados también a la misma pena los sindicalistas Juan Vega López y José Rodríguez Núñez. Todos ellos han sido igualmente inhabilitados para el derecho de sufragio pasivo (a presentarse en una lista electoral) durante el tiempo de la condena.

Además, todos los citados y un quinto sindicalista, José Antonio Mesa Mora, han sido condenados igualmente por un delito de usurpación de un bien, y tendrán que pagar una multa diaria de 10 euros durante cuatro meses.

Por otro lado, todos los acusados han sido absueltos del delito de daños, aunque los cinco sindicalistas antes citados deberán indemnizar al Ministerio de Defensa por valor de 485, 84 euros por los desperfectos ocasionados, y de 274,76 euros por gastos de limpieza en la zona de acampada.

Criadero de una yeguada militar

La ocupación de Las Turquillas, donde se cría una yeguada militar del Ejército español, fue parte de una campaña reivindicativa del SAT, que demanda la puesta a disposición de los jornaleros andaluces de las tierras públicas y privadas que no están en explotación. En este caso, el sindicato reclamaba la cesión de la finca a una cooperativa de trabajadores del campo, para lo cual trasladaron hasta el lugar a unas quinientas personas en diferentes autobuses y vehículos particulares.

La finca, con una extensión de 1.200 hectáreas, está adscrita al Ministerio de Defensa y es gestionada por la unidad de Cría Caballar de las Fuerzas Armadas. Una parte de los terrenos (en total, 80 hectáreas) fue cedida en su día al Ayuntamiento de Osuna, para un programa de gestión medioambiental que incluía la recuperación de unas lagunas desecadas y la organización de visitas turísticas.

En varias ocasiones anteriores a la del 24 de julio de 2012, el SAT ya había realizado 'ocupaciones' simbólicas de los terrenos, coincidiendo con la fiesta del 1º de Mayo. Después de unas horas de 'convivencia' en el entorno, lo habitual era abandonar el recinto. Sin embargo, en esta ocasión, los jornaleros y activistas decidieron quedarse. Así se lo trasladaron a los agentes de la Guardia Civil que habían acudido a la finca, a quienes les mostraron su intención de "permanecer el tiempo necesario hasta conseguir sus objetivos de cesión".

En varias ocasiones, el propio Sánchez Gordillo comunicó a la Guardia Civil que para abandonar el lugar "tendrían que desalojarlos".

Desalojo de madrugada

Finalmente, y después de varios avisos y de mediar una orden del juzgado de Instrucción número 1 de Osuna, el desalojo se produjo el 10 de agosto, a las 6 de la mañana, sin que se produjeran "incidentes reseñables".

Durante los días de ocupación, los activistas fueron relevándose, de manera que siempre había en la finca unas 40 personas, siendo los condenados por la usurpación los que con más frecuencia se encontraban sobre el terreno liderando la movilización, según relata en los hechos probados el fallo judicial.

La sentencia de la Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía puede ser recurrida en casación ante el Tribunal Supremo.
 



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Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #4173 en: 21 de Noviembre de 2013, 21:06:24 pm »
Arriiiiiiiiiiiiiiiiiiiiiiiba parias de la tieeeeeeeeeeeeeeeeerra, en pieeeeeeeeeeeeee famélica legioooooooooooooooooooon.

 :partirse :partirse :partirse :partirse :partirse

Otro salvador de la patria. Ni Andrés Torrejón!!!
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Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #4174 en: 22 de Noviembre de 2013, 01:28:09 am »
Menudo día que llevo, estoy gilipollas, esta la he colgado en otro hilo,  :santos

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Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #4175 en: 22 de Noviembre de 2013, 01:32:49 am »
Lo de estar gilipollas no es por el día.
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Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #4176 en: 22 de Noviembre de 2013, 01:39:59 am »
Pasa a barrer la plaza del ayuntamiento.

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Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #4177 en: 22 de Noviembre de 2013, 01:46:31 am »
El baneo acaba de pasar de una semana a dos.
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Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #4178 en: 22 de Noviembre de 2013, 01:47:35 am »
Tú a barrer también.

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Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #4179 en: 22 de Noviembre de 2013, 01:50:05 am »
Joder y no vais a decirle nada al que viene a vendernos viagra? Encima le he puesto unas fotos de la Cospe...
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