Autor Tema: De actuaciones y sentencias judiciales  (Leído 769387 veces)

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Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #4260 en: 27 de Enero de 2014, 09:35:34 am »
El Supremo rebaja una condena por agresión a dos policías

A. R. san Roque | Actualizado 27.01.2014 - 01:00
 
La Sala de lo Penal del Tribunal Supremo ha acordado reducir a la mitad la condena de prisión impuesta por la Audiencia Provincial de Cádiz contra dos personas por agredir a agentes de la Policía Local en el transcurso de una pelea en la Feria Real de 2006.

Así consta en la sentencia que resuelve el recurso de uno de los condenados y que también beneficia al otro procesado (que no recurrió). Las penas pasan de ocho meses de prisión a cuatro al considerar los magistrados que existe el atenuante de dilaciones indebidas, por lo que se reduce la pena original en dos grados.

Según se recoge en la sentencia, los hechos juzgados tuvieron lugar el 12 de agosto de 2006, cuando dos personas fueron arrestadas por agredir a una pareja de agentes de la Policía Local que intervinieron en una trifulca originada por un tercero. La sentencia acredita que uno de los condenados propinó un puñetazo por la espalda a uno de los agentes mientras que éstos fueron denunciados por supuestas agresiones (daños y lesiones) a los arrestados, si bien fueron absueltos en su momento.

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Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #4261 en: 27 de Enero de 2014, 18:41:22 pm »

Condenan a un septuagenario a dos años por atropellar a un policía local


El acusado, de 79 años, arrolló con su coche a un agente de Puerto Lumbreras que pretendía multarle por aparcar mal

- A. N. | MURCIA.   
 
La Audiencia Provincial de Murcia ha condenado a dos años de prisión a un septuagenario que arrolló a un agente de la Policía Local cuando pretendía multarle por aparcar mal. El procesado, vecino de Lorca, se enfrentó al agente en una calle de Puerto Lumbreras después de que el municipal le reprendiera por aparcar el coche sobre un paso de peatones para ir a comprar una pizza.

En su sentencia, la Sección Segunda de la Audiencia revoca la condena que impuso al anciano el Juzgado de lo Penal número 1 de Lorca. Este órgano consideró que los hechos eran constitutivos de una falta de lesiones y de una falta de desobediencia y le impuso varias multas. La Fiscalía, sin embargo, recurrió esta resolución al considerar que «del hecho declarado probado se desprende con meridiana claridad los elementos típicos, tanto del delito de atentado a los agentes de la autoridad con medio peligroso, como del delito de desobediencia». La Audiencia Provincial entiende que este septuagenario es culpable de un delito de atentado, dado que la desobediencia queda englobada en éste, y le impone dos años de cárcel.

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Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #4262 en: 27 de Enero de 2014, 19:20:50 pm »
total...tampoco va a entrar..

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Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #4263 en: 27 de Enero de 2014, 19:23:03 pm »
Pero la ostia se la queda el policía.  Conclusión, no te pongas ni delante ni detrás.


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Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #4264 en: 27 de Enero de 2014, 19:30:12 pm »
Pero la ostia se la queda el policía.  Conclusión, no te pongas ni delante ni detrás.

Y la indemnización civil?


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Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #4265 en: 27 de Enero de 2014, 19:32:58 pm »
Y la ostia se la sigue quedando, porque no sabemos si fue mucho o poco, imaginate si le rompe la pierna y tiene que llevar clavos y una placa de metal..... el dinero le ayuda pero no es lo mismo.


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Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #4266 en: 27 de Enero de 2014, 19:49:18 pm »
Y la ostia se la sigue quedando, porque no sabemos si fue mucho o poco, imaginate si le rompe la pierna y tiene que llevar clavos y una placa de metal..... el dinero le ayuda pero no es lo mismo.

Debe serlo...al igual que para cualquiera la ley establece eludir la prisión si es el primer delito y la condena es inferior a dos años...cuanto más por razón de la edad...y esto los profesionales del medio lo sabemos, asi que...nos queda la responsabilidad civil, y esa, suele doler más....mucho más.

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Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #4267 en: 27 de Enero de 2014, 19:51:41 pm »
Y la ostia se la sigue quedando, porque no sabemos si fue mucho o poco, imaginate si le rompe la pierna y tiene que llevar clavos y una placa de metal..... el dinero le ayuda pero no es lo mismo.
No es una hostia.  Es un simple choque guardia-capo.

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Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #4268 en: 27 de Enero de 2014, 20:06:10 pm »
Es lo que tiene el corrector del móvil que le da igual la ostia que la hostia que el choque guardia-capo


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Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #4269 en: 27 de Enero de 2014, 20:06:52 pm »
Y la ostia se la sigue quedando, porque no sabemos si fue mucho o poco, imaginate si le rompe la pierna y tiene que llevar clavos y una placa de metal..... el dinero le ayuda pero no es lo mismo.

Debe serlo...al igual que para cualquiera la ley establece eludir la prisión si es el primer delito y la condena es inferior a dos años...cuanto más por razón de la edad...y esto los profesionales del medio lo sabemos, asi que...nos queda la responsabilidad civil, y esa, suele doler más....mucho más.
Que no me pongo ni delante ni detrás.... pobre y entero, thanks


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Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #4270 en: 27 de Enero de 2014, 20:09:05 pm »
me parece..no lo vamos a convencer que se ponga delante Ronin... :herid

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Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #4271 en: 27 de Enero de 2014, 20:13:57 pm »
Una multa por estacionar indebidamente no merece más tiempo, recursos y dedicación que la que se tarda en rellenar el boletín de denuncia.

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Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #4272 en: 28 de Enero de 2014, 07:29:30 am »
Y la ostia se la sigue quedando, porque no sabemos si fue mucho o poco, imaginate si le rompe la pierna y tiene que llevar clavos y una placa de metal..... el dinero le ayuda pero no es lo mismo.

Debe serlo...al igual que para cualquiera la ley establece eludir la prisión si es el primer delito y la condena es inferior a dos años...cuanto más por razón de la edad...y esto los profesionales del medio lo sabemos, asi que...nos queda la responsabilidad civil, y esa, suele doler más....mucho más.

 Como se declare insolvente va a ver la indemnización hoy no, mañana.

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Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #4273 en: 28 de Enero de 2014, 09:39:11 am »
Y la ostia se la sigue quedando, porque no sabemos si fue mucho o poco, imaginate si le rompe la pierna y tiene que llevar clavos y una placa de metal..... el dinero le ayuda pero no es lo mismo.

Debe serlo...al igual que para cualquiera la ley establece eludir la prisión si es el primer delito y la condena es inferior a dos años...cuanto más por razón de la edad...y esto los profesionales del medio lo sabemos, asi que...nos queda la responsabilidad civil, y esa, suele doler más....mucho más.

 Como se declare insolvente va a ver la indemnización hoy no, mañana.

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Bueno...si no hay nada por donde pillar y se acredita la insolvencia entonces no se cobra...pero tiene coche, ya es un dato.

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Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #4274 en: 01 de Febrero de 2014, 15:22:18 pm »
Absuelto el policía acusado por una detenida de vejaciones en los calabozos de Alicante

Los jueces se basan en las contradiciones de la denunciante y en la falta de lesiones de la supuesta agresión
 j. a. m.   01.02.2014 | 01:32

El policía acusado de vejar a una detenida en los calabozos de la Comisaría de Alicante ha quedado absuelto de todos los cargos, según la sentencia de la Audiencia Provincial notificada ayer. La sala se ha basado en las contradicciones en la declaración de la víctima, la falta de pruebas, así como en la ausencia de lesiones objetivas que acreditaran que la supuesta agresión hubiera tenido lugar.

La denunciante aseguraba que estando detenida en los calabozos, durante uno de los traslados al cuarto de baño para que hiciera sus necesidades el agente que la custodiaba abrió súbitamente la puerta y le metió dos dedos en el ano porque tardaba mucho.
La sala incide en que la mujer ha mantenido versiones contradictorias llegando a situar en días y horas diferentes la supuesta agresión y además no dijo nada hasta días después. En unas versiones, el acusado llevaba guantes, en otra se los quitó; un día dijo que se cayó al suelo y otro que permaneció en pie. La sentencia dice que el hecho de que el policía desapareciera unos segundos de la grabación de las cámaras de seguridad no significa que la agresión haya ocurrido.

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Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #4275 en: 02 de Febrero de 2014, 13:43:06 pm »


Piden diez meses de cárcel para un policía por agredir con la porra a un vecino

abcabcdesevilla / sevilla

Día 02/02/2014 -

Los hechos se produjeron en Las Tres Mil Viviendas mientras el agente se encontraba de servicio

La Fiscalía de Sevilla ha solicitado diez meses de cárcel para un agente de la Policía Nacional por agredir con su porra a dos vecinos del Polígono Sur de la capital hispalense, concretamente de Las Tres Mil Viviendas, a uno de los cuales le produjo la fractura del cúbito del brazo derecho.

En su escrito de acusación, consultado por Europa Press, el Ministerio Público pide para el agente acusado diez meses de prisión por un delito de lesiones y el pago de una multa de 240 euros por una falta también de lesiones, así como el pago de 933 euros en concepto de responsabilidad civil a favor de una de las víctimas.

El fiscal considera que los hechos tuvieron lugar sobre las 11,00 horas del 24 de junio de 2012, cuando el imputado se encontraba en acto de servicio y vistiendo su uniforme reglamentario en la calle Escultor Sebastián Santos de Sevilla.

En dicha calle, se reunió un gran número de vecinos del barrio que trataban de obstaculizar una detención que estaban realizando unos compañeros del acusado, quien se encontraba en labores de apoyo de la detención. En ese momento, llegaron al lugar los miembros de un colectivo vecinal y, al ver la situación, se pararon para ver desde lejos y de forma "pacífica" los acontecimientos.
 
El juicio

"De forma sorpresiva", el acusado se dirigió a uno de los miembros del grupo y, con su defensa reglamentaria, le propinó un golpe en la muñeca derecha que le produjo la fractura del cúbito derecho, de la que tardó en curar 41 días. A continuación, el encausado golpeó también a otro miembro del grupo, al que causó lesiones que curaron con sólo una primera asistencia en 15 días. Fuentes del caso han informado a Europa Press de que el juicio por estos hechos se celebró la pasada semana en la Sección Primera de la Audiencia Provincial y el fiscal elevó a definitiva su petición de cárcel para el acusado a pesar de que una de las víctimas había retirado la denuncia.

 

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Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #4276 en: 03 de Febrero de 2014, 15:13:43 pm »

CÁDIZ

Absuelven a cuatro policías de El Puerto, acusados por un detenido de agresión en los calabozos

Cuatro agentes del Cuerpo Nacional de Policía, que estaban destinados en la Comisaría de El Puerto durante el verano de 2008, han sido absueltos por un tribunal de la Audiencia Provincial de la acusación que vertió contra ellos un detenido. El denunciante aseguraba que los funcionarios policiales le golpearon en los calabozos sin justificación alguna.

La vista oral se celebró el pasado mes de septiembre en la Sección Cuarta de la Audiencia. El Ministerio Público venía acusando a los cuatro procesados de un delito contra la integridad moral y una falta de lesiones. Había planteado antes del juicio penas de prisión inferiores a un año, inhabilitaciones profesionales por encima de los 12 meses y el pago solidario de 350 euros en concepto de indemnización para el denunciante.


 


 

Sin embargo, en la fase final del juicio, la fiscal retiró la acusación que dirigía contra dos de los cuatro procesados y recalificaba los hechos como constitutivos de una falta de lesiones, de la que serían responsables dos de los agentes. De los meses de prisión, pasó a solicitar ocho días de localización permanente, retirando las penas de prisión e inhabilitación.

La acusación particular que ejercía la presunta víctima de la agresión también retiró los cargos que imputaba a uno de los funcionarios policiales; sin embargo, se mantuvo en sus tesis iniciales con respecto a los otros tres para los que pedía una pena de prisión de un año, la inhabilitación de dos años y seis meses y una orden de alejamiento con respecto al denunciante.

Versiones contradictorias

El tribunal destaca en su sentencia las versiones completamente contradictorias de las dos partes. El denunciante explicó que la mañana siguiente del día de ingreso en los calabozos, en calidad de detenido, solicitó reiteradamente que le dejaran ir al aseo y como no le dieron permiso, se hizo sus necesidades encima. Esto propició, según la versión que ofreció a los magistrados, que tres de los acusados entraran en la celda y comenzaran a golpearle con la porra. Aseguró además que se preocuparon de que no les estuvieran grabando con las cámaras del sistema de vigilancia de las dependencias policiales.

Este relato de los hechos fue negado por los funcionarios ni tampoco fue ratificado por otros testigos que habían sido detenidos en esas fechas y coincidieron con el denunciante en los calabozos. En la sentencia se recoge que ninguno pudo verificar sus acusaciones.

El tribunal también subraya las contradicciones en las que incurrió la presunta víctima a la hora de describir el arma que habrían utilizado los funcionarios policiales o el número de agentes que entraron en los calabozos.

Esas contradicciones y la falta de pruebas contra los funcionarios, más allá del testimonio del denunciante, han llevado al tribunal a dictar una sentencia condenatoria.
 

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Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #4277 en: 04 de Febrero de 2014, 07:15:57 am »
DEBERÁ ABONAR 5.000 EUROS A LA VÍCTIMA
Prisión para un guardia civil acusado de acosar sexualmente a una limpiadora

La sentencia señala que el guardia civil se dirigió de forma despectiva en varias ocasiones a la mujer, la agarró por la cintura e intentó tocarle los pechos y besarla en la boca. El hombre, de 43 años, ha sido condenado a cuatro meses de cárcel y deberá abonar una indemnización de 5.000 euros a la víctima.

La Audiencia Provincial de Valencia ha condenando a cuatro meses de prisión a un guardia civil de un acuartelamiento de la capital valenciana por acosar sexualmente a una mujer que hacía labores de limpieza en estas instalaciones.

Según consta en la sentencia, el guardia civil, de 43 años, se dirigió de forma despectiva en varias ocasiones a la mujer, la agarró por la cintura e intentó tocarle los pechos y besarla en la boca.

El agente, que desde mayo de 2013 solía hacer funciones de vigilancia de forma habitual en el acceso al centro de la calle de Calamocha, realizó comentarios soeces relacionados con el cuerpo de la mujer y le expresó su voluntad de mantener relaciones sexuales con ella, pese a la negativa y los reproches de esta.

La mujer presentó quejas verbales al responsable de la empresa de limpieza, quien le conminó a que lo hiciera por escrito, y también se quejó al capitán de la plana mayor del acuartelamiento en enero de 2011 lo cual, según la sentencia, puso fin a ese comportamiento del guardia civil.

Sin embargo, también se considera probado que la situación agravó la alteración ansioso-depresiva que sufría la mujer como consecuencia de problemas personales, que requirió un refuerzo farmacológico y nuevos controles psiquiátricos.

En el juicio varias compañeras de la mujer corroboraron su versión, reconocieron haber sufrido hechos similares, y explicaron que el acoso se produjo incluso delante de la compañera sentimental del guardia civil procesado.

Un compañero del agente confirmó que un día escuchó al acusado proferir comentarios soeces y el agente responsable de las relaciones con la empresa de limpieza reconoció que la afectada le informó en varias ocasiones de lo que sucedía, motivo por el cual tramitó la denuncia.

Por todo ello el guardia civil ha sido condenado a cuatro meses de prisión y deberá abonar a la víctima del acoso una indemnización de 5.000 euros, además de las costas del proceso. Contra esta sentencia cabe la posibilidad de interponer recurso de casación en un plazo de cinco días.


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Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #4278 en: 05 de Febrero de 2014, 05:50:56 am »
Reabierto el caso de la explosión de una escuela de la Guardia Civil en Valdemoro
La Audiencia Provincial entiende que hubo indicios de delito

En el siniestro falleció un subteniente y resultaron heridas otras doce personas



 Francisco Morcillo, subteniente de la Guardia Civil, perdió la vida el 29 de junio de 2010 tras una explosión en un almacén del Servicio de Desactivación de Explosivos (SEDEX) del Colegio de Guardias Jóvenes de la localidad madrileña de Valdemoro, en la que resultaron heridas otras doce personas. Hoy, tres años y medio después, la Audiencia Provincial de Madrid ha reabierto el caso, al entender que hubo incidios de delito: uno por infringir la normativa de Prevención de Riesgos Laborales y otro por homicidio imprudente.

En el auto, la Audiencia estima el recurso de apelación de la Unión de Oficiales (UO) y revoca el auto dictado por el Juzgado de Instrucción número 1 de Valdemoro en el que se archivaron las actuaciones seguidas para esclarecer los hechos.

Morcillo, de 61 años, estaba trabajando en el almacén, ubicado en un sótano de estas instalaciones, y murió tras ser sepultado por el techo que se vino abajo debido a la explosión.

La Sala sostiene que las instalaciones no contaban con sistema de extinción automática de incendios con rociadores de agua, sino que sólo contaban con alarma de agua —que no funcionaba correctamente— y que tampoco había sistemas de detección de gas.

Este local servía para almacenar sustancias explosivas e incendiarias, pero no tenía ni ventilación natural ni salida de emergencias, lo que convertía el lugar en un espacio "con un alto riesgo de explosión", según recoge el auto.

Además, una vez producida la explosión, la boca de incendios no se pudo utilizar dado que faltaba el vástago para la apertura de la llave, las boquillas no eran compatibles con las mangueras y el equipo de la boca carecía de presión. De hecho, agrega el texto, "los bomberos tuvieron que coger agua de la piscina del complejo y de una boca de incendios del exterior para extinguir el fuego".

Así, la Sala da luz verde a retomar las investigaciones y cita en calidad de imputado al Coronel Jefe del Centro, al que no se le ha tomado declaración hasta la fecha, así como a los responsables de la empresa Saima Seguridad S.A., encargada del mantenimiento de algunos de los sistemas de seguridad que fallaron.

El auto también cita como imputados por un supuesto delito de homicidio imprudente a los miembros del equipo de prevención de riesgos laborales de la Guardia Civil, "sobre los que recaía la obligación de realizar el correspondiente plan de riesgos laborales y ocuparse de su vigilancia y de su ejecución".

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Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #4279 en: 05 de Febrero de 2014, 11:14:02 am »
Ocurrió en Valdemoro en 2010

Una cadena de fallos mató a un guardia civil en una explosión La Audiencia ordena reabrir el caso y achaca a la Guardia Civil que el subteniente falleció por una cadena de negligencias

 Además pide que se impute al coronel en jefe de la Unidad, a los técnicos de prevención de riesgos y a la empresa de mantenimiento

El auto no puede ser más duro; tampoco puede dejar más claro lo que hay, totalmente opuesto a lo que había: el subteniente de la Guardia Civil que falleció en 2010 en una explosión murió por negligencias en prevención de riesgos.

Aquel día no funcionó bien nada, y eso le costó la vida al hombre de 61 años, en un caso claro de homicidio imprudente. Esta alegría para la familia del fallecido y las acusaciones personadas da un giro a un caso enrevesado. Sucedió el 29 de junio de 2010 en el Colegio de Guardias Jóvenes de Valdemoro, donde hubo una serie de deflagraciones durante un curso de desactivación de explosivos.

El juzgado de Valdemoro que instruyó el caso lo archivó hace más de un año sin consecuencias para nadie, pero en un auto de la semana pasada, la Sección Segunda de la Audiencia ordena reabrirlo, completar su instrucción e identificar e imputar a los responsables, entre los que apunta al coronel en jefe de la unidad donde ocurrió el suceso, según fuentes judiciales.

Aquel día había 25 guardias alumnos repartidos en dos clases pegadas a un almacén de explosivos donde se guardaban «cohetes Santa Bárbara, gasolina, pólvora, pentrita, cordón detonante, trilita, amonal, exógeno, pentrita artesanal de ETA, gasóleo, nitrato amónico, amonito, nitrometano y explosivo plástico».

Empezó a salir humo del almacén, y la mitad de los alumnos evacuó el edificio, pero la otra mitad quedó atrapada en una habitación con barrotes. A mazazos consiguieron escapar de allí, mientras todo lo demás fallaba.
El subteniente Francisco Morcillo Moya, «en un acto encomiable de valentía que le honraba como ser humano y como guardia civil» -dice el auto- cogió un extintor y se metió en el almacén para apagar el fuego.

Pero ya se había producido una «reacción satánica» que expandió el peligro: dos grandes explosiones derribaron una pared, que golpeó al guardia y lo mató.

Explica la Audiencia Provincial que los guardias no atendieron al detector de humos, «porque había sonado en ocasiones anteriores a los hechos produciendo una falsa alarma, por lo que ya no se hacía caso de él cuando sonaba», como ocurrió aquel día.

Y siguen las negligencias: «Las instalaciones no contaban con sistema de extinción de incendios automático», «tampoco contaba con sistema de detección de gas», el almacén de explosivos «era un local cerrado, sin ventilación natural [...], sin salidas de emergencia ni comunicación directa al exterior».

La boca de riego más cercana, a 40 metros del almacén, no podía abrirse porque faltaba una pieza; las mangueras no encajaban en la boca, y no había presión suficiente. Los bomberos tuvieron que coger agua de una piscina y de otra boca de riego de la calle porque no funcionaba ninguna otra de las que había en el complejo.

La empresa Saima Seguridad S.A. hizo «mal ejecutadas» las revisiones del detector de humos y las bocas; y no había plan de seguridad e higiene en el trabajo.

Afirma la Audiencia que hubo incumplimiento de al menos seis reales decretos y normativas autonómicas sobre prevención de riesgos laborales, prevención de incendios y almacenamiento de productos explosivos, y que todo esto podría constituir un delito contra los derechos de los trabajadores en concurso con uno de homicidio imprudente.

Dice también que la Guardia Civil no investigó exhaustivamente a los responsables de prevención, que el coronel en jefe podría ser responsable y que la empresa de mantenimiento también. Ahora el caso vuelve al juzgado que lo instruyó, y quizá cambie todo.

Una «advertencia»
Es vox populi en la Guardia Civil que los explosivos estaban almacenados sin seguridad en Valdemoro. También lo es que el fallecido en la explosión de 2010, Francisco Morcillo, no era un inexperto: fue de los fundadores del Sedex (los Tedax de la Guardia Civil), y estaba muy bien preparado. Pero no contó con la negligencia en el mantenimiento del polvorín. Al preguntar ayer a la Asociación Unificada de Guardias Civiles (AUGC), que está personada en este caso, un portavoz se mostró ayer satisfecho por el reciente auto de la Audiencia Provincial: «Por fin puede que se haga justicia, y además creemos que este auto puede servir de advertencia a las otras oficinas de prevención de riesgos laborales que hay en el Cuerpo, para que no firmen cualquier cosa y empiecen a ser más firmes en aplicar la normativa. La situación que se dio en Valdemoro puede ocurrir en cualquier sitio».