Autor Tema: De actuaciones y sentencias judiciales  (Leído 769561 veces)

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Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #4300 en: 17 de Febrero de 2014, 19:11:07 pm »
Tipica intervencion con el tipico tonto del DNI.

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Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #4301 en: 20 de Febrero de 2014, 17:42:33 pm »

Sexo sangriento

Captura
 
Le atacó en Madrid hiriéndole en el cuello al grito de: "¡Vas a morir, vas a morir!"

Le asesta 42 puñaladas al tipo que acaba de conocer porque no le gustó cómo le hacía sexo oral

La mujer se enfrenta en la Audiencia Provincial a una pena de 4 años y 11 meses de cárcel

Periodista Digital, 15 de febrero de 2014 a las 06:55

 El hombre perdió la consciencia mientras ella sacaba otro cuchillo con el que le realizó más cortes: "¡Ya estás muerto, ya estás muerto!"
       
La mujer tuvo una reacción de lo más insólita, y no lo mató de milagro. Y todo porque, al parecer, la sesión de sexo le pareció de lo más 'sosa'.


Según informa Carlos Hidalgo en 'ABC', la Sección Cuarta de la Audiencia Provincial de Madrid celebra los próximos días 18 y 19 de febrero, el juicio contra Monika Z. O. por la supuesta comisión de un delito de homicidio en grado de tentativa por el que la Fiscalía solicita para ella una pena de cuatro años y once meses de prisión.

Tal y como se refiere en el documento de calificación del Ministerio Público, sobre las 4 horas del día 21 de junio de 2012, la procesada entabló conversación con un hombre mientras se tomaban unas consumiciones en varios bares de la zona de Montecarmelo en Madrid.

BESOS Y ARRUMACOS

Tras intercambiar algunos besos y arrumacos la pareja decidió ir a tomar una copa al domicilio de él. Una vez en la casa del hombre, y tras tomar una copa, besarse y ducharse juntos, siempre de mutuo acuerdo, ambos se sentaron en el sofá desnudos donde siguieron intercambiándose besos y abrazos.

En un momento determinado, según recoge el citado periodista, y tras practicarle sexo oral él a ella, la procesada se mostró extraña y ausente. Ante esta actitud, el hombre dio por terminado el encuentro y se prestó para llevarla hasta su casa.

En ese mismo momento, la procesada sacó un cuchillo que tenía oculto hasta ese momento y atacó con el mismo al hombre hiriéndole en el cuello al tiempo que le decía: "¡Vas a morir, vas a morir!".

ERRE QUE ERRE

Ella no cesó en ningún momento en su agresión y continuó asestándole golpes con el cuchillo siempre con intención de causarle la muerte, ante lo cual el hombre trató de escapar saliendo al rellano de la puerta.

Como consecuencia de la incesante lluvia de cuchilladas, él perdió la consciencia mientras ella sacaba otro cuchillo con el que le realizó diversos cortes en el cuello al tiempo que le decía: "¡Ya estás muerto, ya estás muerto!".

HUYÓ ENSANGRENTADO

La agresora continuó con sus acometidas mientras el hombre intentaba llegar hasta el portal del edificio, lugar donde le encontraron agentes de la Policía, que acudieron alertados por los vecinos, vestido solo con el pantalón, el torso desnudo y completamente ensangrentado.

El hombre sufrió en la refriega cuarenta y dos heridas incisas de diversa consideración, todas ellas causadas por la procesada que empleó para el ataque dos cuchillos de diez centímetros cada uno.

Monika Z. O. presenta un trastorno de inestabilidad emocional de la personalidad tipo límite y una tendencia al consumo perjudicial de alcohol, por lo que al cometer estos hechos tenía sus facultades cognitivas y volitivas afectas de forma grave debido al consumo previo de bebidas alcohólicas y Benzodiacepinas.

La procesada permanece privada de libertad por estos hechos desde el mismo día 21 de junio de 2012.

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Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #4302 en: 20 de Febrero de 2014, 18:54:56 pm »
Joder, pobre hombre, menudo ligue, de todas formas tirarse al pilón la primera cita, ajjjjj, es que no sabe lo que le pasó al Douglass ese por comer chochopochos?

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Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #4303 en: 20 de Febrero de 2014, 19:00:27 pm »
Joder, pobre hombre, menudo ligue, de todas formas tirarse al pilón la primera cita, ajjjjj, es que no sabe lo que le pasó al Douglass ese por comer chochopochos?

 :carcaj :carcaj

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Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #4304 en: 21 de Febrero de 2014, 19:52:51 pm »
Varapalo del Supremo a la policía y a un juzgado: el fin no justifica los medios


El tribunal absuelve a seis personas por la incosistencia para la autorización de unas escuchas

María Fabra   Madrid  21 FEB 2014 - 14:03 CET

“Ni la solicitud de autorización de un control de conversaciones telefónicas ni, obviamente, el auto judicial que decidiera establecerlo pueden operar mediante una argumentación tautológica o circular”. “El juzgado ordenó la intervención solicitada sin ajustar su actuación a las prescripciones legal-constitucionales que le vinculaban, por la asunción rutinaria de algunas débiles conjeturas policiales de nulo valor informativo”.

El Tribunal Supremo ha dado un serio varapalo a la policía y a un juzgado de Albacete por pedir y autorizar unas escuchas telefónicas en un caso de tráfico de drogas, con apenas indicios de que se estaba produciendo el delito perseguido, “teniendo por todo apoyo la afirmación insuficientemente fundada de la supuesta existencia del delito que se trataría de investigar”, señala el fallo.


La Sala de lo Penal del Supremo, en una sentencia de la que ha sido ponente Perfecto Andrés Ibáñez, absuelve del delito de tráfico de drogas a seis personas porque la acusación se basó, fundamentalmente,en las escuchas telefónicas solicitadas y autorizadas pese a no contar con la base suficiente para hacerlo. "No bastan las meras afirmaciones desnudas sobre la posible existencia de un delito en preparación o en curso.

"En vista de tan deficiente modo de operar policial, el instructor debió rechazar de plano la petición o exigir una investigación seria", indica la sentencia.

El tribunal escruta la base sobre la que se motivaron las escuchas y sostiene que sobre uno de los acusados "se habría sabido que la vendía al menudeo". "Con el fin de verificar la veracidad de esta denuncia, se le sometió a una vigilancia, que permitió comprobar la realización por su parte de cinco actos de venta, la interceptación de los compradores y la incautación de la droga, en tres de los supuestos", relata. En otro de los casos, "se informaba de que, sometido a observación, a cierta distancia, se había observado como, en una ocasión. entregaba a un tercero un pequeño envoltorio de plástico, recibiendo a cambio un billete, sin mayores comprobaciones. También se dice que utiliza una motocicleta y un Renault Scenic y que tiene trabajo". Y con estas premisas, la policía concluyó que "que se dedican al tráfico de estupefacientes; que se sirven de varios terminales telefónicos y cambian frecuentemente de número; y que utilizan un lenguaje codificado y encubierto".

El fallo expone cómo para que las pesquisas "fueran serias" deberían constituir "el resultado de una inferencia realizada a partir de determinados presupuestos de investigación y observación".

Y tampoco elude la crítica al juez instructor al que señala como autor de un "un oficio vacío, pero convenientemente sazonado con ingredientes tales como: “grupo organizado”, “tráfico de estupefacientes a gran escala”, “antecedentes penales” o investigaciones precedentes por delitos de esa clase, “patrimonio elevado”, “contactos”... la única opción judicial posible sería la emisión automática de un auto accediendo a lo interesado".

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Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #4306 en: 24 de Febrero de 2014, 18:08:45 pm »

Condenado un policía a más de tres años por atropellar y matar a una ciclista

El juez recalca que el agente, que iba ebrio en un coche camuflado, se desentendió de la víctima


Andreu Manresa   Palma de Mallorca  24 FEB 2014 - 13:11 CET2



Varios ciclistas y un guardia civil, junto al cadáver de la ciclista alemana atropellada en Mallorca en 2012. / MIQUEL GARAU
 

El policía nacional Rodolfo Álvarez Gago (Asturias, 1973) atropelló mortalmente en 2012 a una ciclista alemana de 65 años en la carretera de Cap Blanc  http://politica.elpais.com/politica/2012/03/26/actualidad/1332757927_869628.html , en la isla de Mallorca. Por ese hecho, el Juzgado de lo Penal número 5 de Palma lo ha condenado ahora a tres años y siete meses de cárcel; más la pérdida durante cuatro años del carné de conducir. El magistrado lo considera culpable de los delitos de homicidio imprudente, contra la seguridad vial y otro de omisión del deber de prestar auxilio.
 
 
El policía Álvarez Gago iba ebrio y estaba fuera de servicio el día del atropello, cuando circulaba a gran velocidad, sorteando temerariamente ciclistas y adelantando en zonas prohibidas. Conducía un coche oficial camuflado; invadió el arcén y embistió a la cicloturista que tras el primer impacto pegó contra un árbol y murió en el acto. Se "desentendió", dice la juez, y "abandonó inmediatamente" el lugar "sabedor que (la víctima) había sufrido graves heridas". Era el último día que la víctima, que estaba de vacaciones, iba a pasar en la isla, a donde había llegado en un grupo en el que iba su esposo, testigo dramático del accidente

Otro policía viajaba de copiloto en el vehículo policial sin distintivos, Carlos José García Cuesta (Salamanca,1977), condenado también a nueve meses de multa, un año y un día sin carné por un delito contra la seguridad vial. En su caso, el juez lo ha absuelto del delito de omisión del deber de socorro del que el fiscal también le acusó. García Cuesta, minutos después del accidente, tomó el volante del coche. Ambos policías, en un día de libranza, regresaban a sus casas. Confesaron haber estado horas tomando copas y en exceso.

Tras la investigación de la Guardia Civil, que localizó y detuvo a los policías, el Ministerio del Interior los apartó en 2012 del servicio de manera cautelar. Además, desde la Jefatura Superior de la Policía en Palma se "lamentó profundamente los hechos ocurridos" y explicaron que los mandos habían comunicado con los familiares de la alemana fallecida, "manifestando sus condolencias y poniendo a disposición de los mismos". El sindicato SUP señaló que ambos policías eran "autores de un miserable comportamiento" y exigió responsabilidades "a los mandos directos".

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Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #4307 en: 26 de Febrero de 2014, 15:24:40 pm »
Pena de 20 meses de cárcel a un policía que disparó a su sobrino

Los jueces le reducen la condena por homicidio intentado al aplicarle las atenuantes de arrebato y de reparación del daño causado

F. Javier Barroso   Madrid  25 FEB 2014 - 19:35 CET

Eugenio Santos-García Carrascosa, de 58 años y policía nacional ya jubilado, ha sido condenado por la Sección 5ª de la Audiencia Provincial de Madrid a una condena de un año y ocho meses de prisión. Los magistrados le consideran autor de un homicidio intentado al disparar en febrero de 2010 un balazo contra su sobrino, Sergio Santos-García, durante una discusión en la casa de la madre del culpable, en Aranjuez. El agente, que entonces estaba en activo y utilizó el arma reglamentaria, tendrá que pagar 37.446 euros de indemnización a su familiar, además de las costas judiciales. Contra el fallo cabe recurso.

Los jueces consideran probado que Eugenio Santos-García llegó a casa de su madre, en el camino de Noblejas número 73 de Aranjuez, a las siete de la tarde del 9 de febrero de 2010. En la casa ya se encontraba su sobrino, con el que se llevaba muy mal. El policía le espetó que ya estaba “en la pensión de la tonta”, en referencia a su madre, y le recriminó que fuera a su casa cada vez que necesitara dinero. Se inició entonces una discusión, que se incrementó cuando Sergio le lanzó una patada al policía sin alcanzarle y tirando la mesa del salón. El agente cogió su arma reglamentaria, una HK del calibre 9 milímetros parabellum, y le descerrajó un tiro “con ánimo de matar”, según el fallo.

378 días para curarse

El proyectil le entró por la parte posterior izquierda del cuerpo y siguió una trayectoria ascendente afectando a órganos vitales. Salió por el hemitórax derecho cerca de la axila. La bala rompió el cristal de una vitrina del salón. La víctima tardó 378 días en curarse, de los que 180 estuvo postrado en una cama.

Los magistrados consideran que el policía tuvo la intención de matar a su sobrino: “De no mediar la oportuna intervención quirúrgica reparadora hubiere fallecido por shock hemorrágico”. “El accionamiento del disparador de la pistola lo es de modo voluntario por el procesado”, añade el fallo.

Los jueces aprecian la atenuante de arrebato u obcecación, ya que existía “un estado previo anterior y consolidado de fuerte tensión entre el acusado y el lesionado”. También le rebajan la pena por la atenuante de reparación del daño. Fue el propio policía el que avisó al teléfono de emergencias 112. El policía ya estuvo en prisión provisional entre el 10 de febrero y el 26 de julio de 2010.

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Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #4308 en: 26 de Febrero de 2014, 16:09:46 pm »



http://www.laopinioncoruna.es/sucesos/2014/02/20/absuelto-vendedor-cocaina-pesima-calidad/813621.html?utm_source=rss



 :hipo :hipo

esta noticia es en serio....... :manocara


que la cortaban con vitamina A ; B ; y C  o con productos para echarse las manos a la cara, y luego entiendo que su venta no seria con animo de lucro, por que si no, ya me direis....


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Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #4309 en: 26 de Febrero de 2014, 16:50:28 pm »
Bueno piénsalo de esta forma, la cortaba con harina en una proporción de media micra por 250 gramos de harina y claro si tu le pagas por comprar una bolsa de harina por 100 euros.... pues entonces ahí tienes la sentencia.


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Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #4310 en: 26 de Febrero de 2014, 17:44:12 pm »
Ya si así lo veía, pero meterse yeso , tiza o ladrillo rayado , polvos de talco, aparte del 9% de cocaína, desde mi punto de vista esto no puede ser bueno para la salud.....
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Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #4311 en: 26 de Febrero de 2014, 18:16:39 pm »
Ya si así lo veía, pero meterse yeso , tiza o ladrillo rayado , polvos de talco, aparte del 9% de cocaína, desde mi punto de vista esto no puede ser bueno para la salud.....

En los 80 se metían cualquier cosa...y asi pasó, que una generación entera fue borrada del mapa.

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Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #4312 en: 27 de Febrero de 2014, 00:06:38 am »
Así los paso a los pobres, que los de walking dead eran bailarinas comparados con esa generación.
Pues nada a poner el chiringuito en callao y a cortarla con el 9% que si lo dice el supremo no pasa nada.
Estamos locos o que... :caput
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Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #4313 en: 28 de Febrero de 2014, 12:02:09 pm »
Pfff...

La Roda
Acusan a un policía local de La Roda de una presunta falsificación de documento
E.F. - viernes, 28 de febrero de 2014

Un escrito firmado por el oficial jefe accidental del cuerpo y por el concejal de Seguridad dice que el agente presentó un parte «supuestamente falsificado» para justificar una ausencia

El equipo de Gobierno del Ayuntamiento de La Roda, a través de la Concejalía de Seguridad, ha elaborado un informe contra un  agente del Cuerpo de Policía Municipal de la localidad por un «presunto delito de falsificación de justificante de asistencia médica».

En el texto del escrito fechado el pasado día 24, y al que ha tenido acceso La Tribuna de Albacete, el Oficial Jefe Accidental de la Policía Local acusa a uno de los agentes, que responde a las iniciales V.B.S., de haber presentado un documento «supuestamente falsificado» que presentó para justificar su ausencia de un servicio, que consistía en tomar parte en el operativo de seguridad dispuesto con motivo de una prueba del Circuito Provincial de Bicicletas Todo Terreno, organizado por Diputación.

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Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #4314 en: 28 de Febrero de 2014, 13:21:29 pm »
Un Mosso acusado de violación dice que sólo hubo besos consentidos

Le acusan de agredir sexualmente a una mujer cuando iba a pagar los libros escolares de su hijo

EFE Barcelona
Actualizado: 26/02/2014 17:05 horas

Un mosso d'esquadra acusado de violar a una madre en Vilanova del Segrià (Lleida) ha asegurado hoy que sólo hubo besos consentidos con la mujer, integrante de la Asociación de Madres y Padres de Alumnos de la escuela de Vilanova del Segrià de la que él era presidente.

Hoy se ha iniciado en Lleida el juicio contra este cabo de los Mossos d'Esquadra en activo, acusado de agredir sexualmente a una madre cuando ésta fue a pagar los libros de sus hijos en septiembre de 2011.

Durante la sesión de hoy el acusado, para el que tanto el fiscal como la acusación particular piden 8 años de cárcel, ha negado haber forzado sexualmente a la mujer y ha reconocido que hubo besos y abrazos entre ambos, aunque ha asegurado que fueron propiciados por la mujer y que fue él quien paró la situación antes de que fuera a más.

El acusado ha insistido en que el día de los hechos él estaba solo en la escuela y que cuando llegó la víctima, a la que conocía de vista como vecina del pueblo, mantuvieron una conversación informal.

Ha reconocido que durante la conversación le dijo a la mujer que estaba muy morena y que olía muy bien y a continuación ella se le acercó y le puso la cara muy cerca de la suya.

Entonces, él le dio un beso "cariñoso" en la mejilla y ella le correspondió "con un pico", al que siguieron más besos y abrazos, hasta que él, dándose cuenta de que podía entrar alguien en cualquier momento y de que lo que estaban haciendo no estaba bien, ya que ambos estaban casados, la paró..

"No hubo ningún tocamiento, no la empujé contra la pared ni le introduje los dedos en ningún sitio. Fue todo muy rápido, muy espontáneo y muy cariñoso", ha explicado.

Sin embargo, la mujer, que ha declarado protegida por una mampara, ha coincidido en que todo sucedió de forma muy rápida y en que el acusado la arrinconó, la empezó a besar y a tocar y le metió "uno o dos dedos" en sus partes íntimas, hasta que cuando la soltó para desabrocharse el pantalón, pudo empujarlo y apartarse.
Los psicólogos dan credibilidad a las dos partes

También ha declarado hoy el marido de la presunta víctima, que ha explicado que tras los hechos quedó con el acusado para exigirle explicaciones, y ha reconocido que grabó la conversación que tuvieron con ánimo de denunciarle.

Asimismo, durante la sesión de hoy han declarado diferentes psicólogos que han atendido tanto a la víctima como al acusado y que han dado credibilidad a las dos partes en sus relatos sobre los hechos.

Durante el juicio también se ha expuesto que la mujer, que tiene una incapacidad total para trabajar, ha recibido en varias ocasiones tratamiento psicológico.


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Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #4315 en: 02 de Marzo de 2014, 17:41:19 pm »

Un juez investigará si policías no tramitaban el dinero de las multas


El ayuntamiento ha puesto en conocimiento del juzgado supuestas irregularidades en el cobro de sanciones CC pregunta en el Pleno qué ocurre con la organización del cuerpo.


2/mar/14 01:31
Pedro Fumero, Granadilla

El grupo de gobierno del Ayuntamiento de Granadilla ha puesto en conocimiento de un juzgado la existencia de supuestas irregularidades en la tramitación del dinero de algunas multas cobradas por la Policía Local.

La concejal de Seguridad, Guacimara González, reconoció a EL DÍA que se ha abierto un expediente y los datos se han puesto en conocimiento de la autoridad judicial. Y rechaza realizar otro tipo de declaración sobre el asunto.

González recuerda que todas las personas son inocentes hasta que se demuestra lo contrario. Aclara que ni el alcalde, Jaime González Cejas, ni el primer teniente de alcalde, Esteban González, ni ella van a hacer ningún tipo de manifestación, ni la han hecho hasta ahora cuando desde Coalición Canaria se ha preguntado por este asunto en los plenos. Y está convencida de que se quiere "sacar algún conflicto político" del asunto. El consistorio esperará a la decisión del juez para abrir expedientes disciplinarios.

El portavoz de CC, José Domingo Regalado, le preguntó a González en la última sesión plenaria, celebrada el pasado jueves, por el asunto de las multas.

Según Regalado, "hemos preguntado en las comparecencias de la concejal qué es lo que está ocurriendo en cuanto a la organización de la Policía Local".

El edil nacionalista dice que "llevamos dos años haciendo preguntas sobre los 5.500 euros que desaparecieron de la Jefatura (del pequeño armario de un agente) y que aún hoy se desconoce su paradero". Además, recuerda que más recientemente desaparecieron dos cascos de moto, que pertenecían al equipamiento de los policías; "y este último caso por el presunto no ingreso del dinero procedente del cobro de algunas multas, aunque desconozco la cantidad", apunta Regalado.

El portavoz de CC opina que "lo que está claro es que esta situación tiene que cambiar, pues afecta a la imagen de la propia Policía Local y del municipio".

El edil solicita que, a raíz de estos casos, no se perjudique a todos los miembros de la plantilla del cuerpo de seguridad por la actitud de unos pocos.

El pasado jueves, los ediles nacionalistas presentaron una moción, que fue aprobada por unanimidad, para que lo antes posible Granadilla acoja una Junta Local de Seguridad, a raíz de los últimos actos delictivos y vandálicos registrados en el municipio, como los daños registrados en seis taxis (rotura de retrovisores y rayados), dos alunizajes en tiendas de móviles en San Isidro, así como robos en diferentes zonas. Regalado considera que en esa Junta Local deben estar colectivos de vecinos y empresarios.

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Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #4316 en: 03 de Marzo de 2014, 13:19:31 pm »

Condenado a siete años por apuntar con una pistola a un policía local

El Supremo reduce en 15 meses la condena que impuso la Audiencia de Sevilla al estimar que hubo un solo delito de amenazas

Jorge Muñoz | Actualizado 03.03.2014 -

El Tribunal Supremo ha condenado a seis años y nueve meses de prisión a un hombre que apuntó a un policía local con una pistola que había sido robada en el juzgado de la localidad de Marchena. La sentencia rebaja en 15 meses la condena impuesta por la Sección Primera de la Audiencia de Sevilla, que fue de ocho años, porque entiende que el acusado, A. F. P., sólo podía ser condenado por un delito de amenazas y no por dos, porque se trataba de un supuesto de "unidad de acción", cuando un único acto amenazante se dirige contra varias personas.

El Supremo recuerda que la jurisprudencia castiga con un solo delito cuando se trata de una única acción en el espacio y en el tiempo aunque la misma tenga varios destinatarios.

Los hechos por los que ha sido condenado se remontan a la madrugada del 7 de mayo de 2001, cuando A. F. P., que iba acompañado por otro acusado -M. G. V., que fue condenado a diez meses de prisión por un delito de resistencia-, se dirigieron al recinto ferial de Marchena, donde realizó una serie de disparos contra un cartel. Seguidamente ambos individuos se dirigieron a un bar en el que se presentaron cuatro agentes de la Policía Local que habían salido en su búsqueda.

Los agentes iban debidamente uniformados e identificados y, nada más verlos, A. F. P. sacó una pistola que llevaba en la cintura y apuntó a uno de los agentes. El policía giró su brazo y "con grandes reflejos" logró hacerse con el arma, siendo ayudado por los otros agentes hasta que redujeron e inmovilizaron al individuo.

Los agentes detuvieron al otro sospechoso, que se opuso "enérgicamente " a su propia detención y que llegó a insultar y amenazar a los agentes. "Cabrones, ya nos veremos cuando no tengáis el uniforme y esté fuera", recoge la sentencia que afirmó el acusado.

La conducta que el Supremo ha castigado también recoge que A. F. P. agredió a los agentes cuando era transportado en el vehículo policial y todo ello pese a que iba esposado. A uno de los agentes le propinó una patada en el brazo derecho y al policía que conducía le alcanzó en la cabeza, "logrando no sin graves dificultades recuperar el control del vehículo que por el golpe recibido había perdido".

El condenado perseveró incluso en su agresividad hacia los funcionarios policiales, a los que continuó amenazando: "Os voy a matar, me habéis quitado una pero todavía me quedan dos pistolas". Una vez en los calabozos, el acusado continuó amenazando a los agentes, y también lo hizo con los miembros de la Guardia Civil que lo trasladaron hasta la Comandancia de Montequinto. En esta ocasión, propinó patadas a las puertas del vehículo y ocasionó desperfectos valorados en 59 euros.

El arma intervenida, junto a otras dos pistolas, había sido sustraída en la madrugada del 6 de abril del destacamento de seguridad de la Guardia Civil ubicado en la sede del juzgado de Primera Instancia número 1 de Marchena.

La Audiencia de Sevilla condenó a A. F. P. por dos delitos de amenazas -que el Supremo ha reducido ahora a uno-, así como por otro de tenencia ilícita de armas, dos delitos de atentado a la autoridad, dos faltas de lesiones y otra de daños, así como por un delito de quebrantamiento, por incumplir una orden que le prohibía residir en la localidad tras amenazar a una pareja con otra arma de apariencia real, hechos ocurridos varios días después del robo de las pistolas.

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Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #4317 en: 06 de Marzo de 2014, 15:30:56 pm »
Policía Local de Huesca absuelto de un delito de lesiones

-La Audiencia Provincial revoca la sentencia de la primera instancia-
 

EPA-FD \ La Audiencia Provincial de Huesca ha absuelto a un policía local de la ciudad que estaba acusado de causar lesiones leves al hijo del propietario de un perro que se enfrentó a los agentes cuando su animal era recogido para ser trasladado a la perrera. La resolución de la Audiencia Provincial deja sin efecto una condena de anterior instancia al considerar que el policía actuó de forma correcta cuando se produjeron los hechos.

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Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #4318 en: 13 de Marzo de 2014, 19:15:52 pm »
Libertad para los tres Ultras sur detenidos por robar en varias viviendas fingiendo ser policías



Tendrán la obligación de comparecer ante el juzado regularmente.

También se les imputa tenencia ilícita de armas y tráfico de drogas.

Uno de ellos era el nuevo líder del grupo ultra, detenido hace unos días junto a su hermano y su compinche en el grupo ultra.

Tres jueces han decretado libertad, aunque con la obligación de comparecer ante el juzgado regularmente y entregar el pasaporte, para los tres ultrasur detenidos el martes por robar en domicilios con violencia e intimidación, han informado fuentes del Tribunal Superior de Justicia de Madrid (Tsjm). Antonio M.M., alias 'El niño' y considerado el líder del grupo radical Ultrasur; Javier O. G., también miembro de ese grupo y conocido como 'Javi el bombero' porque desempeña este trabajo en el Ayuntamiento de Madrid, y el hermano del primero, Enrique José M.M., alias 'Kike', fueron arrestados el martes por perpetrar robos con violencia en domicilios, en ocasiones haciéndose pasar por policías.

 La Policía también les imputó los delitos de tenencia ilícita de armas (se les intervinieron varias al ser arrestados), tráfico de drogas y quebrantamiento de condena, aparte de usurpación de funciones públicas e intrusismo (por delinquir desfrazados de policías). En ocasiones se hacían pasar por policías para delinquir

Cada uno de los arrestados fue puesto este miércoles a disposición del juzgado correspondiente a su domicilio. 'El niño' compareció ante el Juzgado de Instrucción número 4 de Móstoles, en el que el Ministerio Fiscal pidió la práctica de más diligencias, por lo que su detención se prorrogó hasta este jueves, cuando ha sido puesto en libertad con dos medidas cautelares. Su hermano 'Kike' fue puesto a disposición del Juzgado de Instrucción número 2 de san Lorenzo de El Escorial y la juez decretó su libertad también con la prohibición de abandonar España y retirada del pasaporte, y la obligación de comparecer ante el juzgado una vez a la semana. Javi "El bombero" compareció ante el Juzgado de Instrucción número 4 de Alcalá de Henares y la juez decretó su libertad en las mismas condiciones que 'El niño'.



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Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #4319 en: 13 de Marzo de 2014, 23:19:15 pm »
 El delito de receptación
Imaginaos que viene vuestro colega con una Sony Bravia de esas que cuestan 1800€ y os las ofrece por 500€, o un Iphone 5S y os lo deja por 200€... resulta un poco raro ¿no?, pero aún así vosotros decidís comprarle ese artículo, porque claro, quién puede desaprovechar una ocasión así. ¿Seríais responsables de algún delito? Debéis saber que sí, exactamente de un delito de receptación.

    Art. 298 CP.- El que, con ánimo de lucro y con conocimiento de la comisión de un delito contra el patrimonio o el orden socioeconómico, en el que no haya intervenido ni como autor ni como cómplice, ayude a los responsables a aprovecharse de los efectos del mismo, o reciba, adquiera u oculte tales efectos, (...)


Para que lo entendáis, este delito se comete si vosotros adquirís/compráis algún objeto a sabiendas que proviene de un delito de robo o de hurto del que no habéis participado. Vamos por partes:


    El que con ánimo de lucro. Es decir, con la intención de obtener alguna ganancia.
    Con conocimiento de la comisión de un delito contra el patrimonio. Que tengamos conocimiento de que aquello que compramos proviene de un delito contra el patrimonio.
    En el que no haya intervenido ni como autor ni como cómplice, es decir, que no seamos nosotros mismos quienes hayamos robado o hurtado ese artículo.


Este delito solo se castigará si aquello que adquirimos proviene de un delito y se demuestra que somos conocedores que aquello ha sido robado o hurtado. Pero claro, ahora pensaréis... "pues yo diré que no sabía que era robado y así me quito del problema"; claro, convénceme de que te estás comprando un Iphone 5S a 200€ sin saber que ha sido robado...

Pero también es posible que aquello que adquirimos no provenga de un delito, es decir, de la compra de algún artículo que haya sido robado o hurtado y su valor sea superior a 400€, sino de una falta. Por ejemplo, vuestro colega ha robado dos gafas Carrera de 150€ cada una, y te deja las dos por 100€. En este caso hablamos de una falta de hurto, no de un delito, y el comprador de estas gafas no sería responsable de nada, salvo si se demuestra que es lo hace con habitualidad, es decir, que suele comprar objetos que provienen de una falta contra el patrimonio. Diremos que se debe demostrar que lo ha hecho unas tres o más veces