Autor Tema: De actuaciones y sentencias judiciales  (Leído 769595 veces)

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Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #4440 en: 07 de Noviembre de 2014, 08:54:07 am »
La Asociación Española de Guardias Civiles denuncia indefensión e indignación por algunas sentencias

El último episodio conocido ha sido una sentencia emitida por un Juzgado del Sur de la isla de Gran Canaria condenando a una persona a 180 euro de sanción por una falta de desobediencia leve así como indemnizar al guardia civil lesionado con 35 euros
GomeraActualidad.com/ Redacción  |  06 de Noviembre de 2014 (20:20 h.)

La Asociación Española de Guardias Civiles (AEGC), Asociación que engloba a todos los empleos y escalas de la Guardia Civil Denuncia, el sentimiento de total indefensión e indignación por algunas sentencias emitidas contra delincuentes por haber agredido a Guardias Civiles en el ejercicio de sus funciones.

El último episodio conocido ha sido una sentencia emitida por un Juzgado del Sur de la isla de Gran Canaria condenando a una persona a 180 euro de sanción por una falta de desobediencia leve así como indemnizar al guardia civil lesionado con 35 euros.

En la madrugada del viernes al sábado se reciben varias llamadas denunciando que una persona deambulaba por un centro comercial del sur de la isla con gran afluencia de personas, ensangrentado y con un sacho (herramienta de jardinería) al hombro, las patrullas intervinientes localizan a una persona la cual se enfrenta a la fuerza actuante enarbolando la herramienta e intentando agredir a los guardias siendo reducido y detenido.

La sorpresa resulta al ser juzgado por juicio rápido ese mismo sábado con la sentencia descrita con la consiguiente indignación por parte de los Guardias actuantes. Se juegan la vida para evitar el daño a otras personas cumpliendo la legalidad vigente.

 El artículo 550 tipifica el delito de atentado al establecer:

“Son reos de atentado los que acometan a la autoridad, a sus agentes o funcionarios públicos, o empleen fuerza contra ellos, los intimiden gravemente o les hagan resistencia activa también grave, cuando se hallen ejecutando las funciones de sus cargos o con ocasión de ellas”.

Los guardias civiles, y en especial los que prestan servicio de seguridad ciudadana se encuentran desmotivados y bajos de moral, porque son perfectos conocedores de que cualquier agresión contra ellos tan sólo le reportará al autor de las mismas una simple falta.

La AEGC, exige que por parte de los Jueces, se les de una mayor protección y unas condenas no lleven aparejadas sentencias irrisorias, dado que esto obliga a que dada la gravedad del asunto, la Asociación Española de Guardias Civiles (AEGC) se persone siempre en defensa de sus asociados, como acusación particular en todos aquellos procesos judiciales en los que es posible.

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Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #4441 en: 07 de Noviembre de 2014, 17:39:20 pm »
Condenan a un policía local de Marbella por agredir a una pareja que había aparcado mal

El agente, que ha sido sancionado con el pago de 900 euros, sacó a la fuerza al hombre del coche, lo intentó reducir en el suelo y lo tiró contra el capó. También golpeó a la mujer

europa press  | málaga 
 
7 noviembre 2014

La Audiencia de Málaga ha confirmado la pena de multa impuesta a un policía local del municipio malagueño de Marbella por un altercado con una pareja que había aparcado mal su vehículo. Se le condena por dos faltas de lesiones al pago de 900 euros y la Sala ratifica que se extralimitó en sus funciones.

Los hechos sucedieron en mayo de este año. Según se declaró probado en la primera sentencia, y recoge la resolución de la Audiencia, a la que ha tenido acceso Europa Press, la pareja dejó mal aparcado el coche mientras estaban haciendo unas gestiones en una sucursal bancaria de Marbella.

En un momento determinado, le avisaron de que un agente estaba denunciando el vehículo, por lo que el marido salió y se encontró al acusado, el cual le dijo que ya estaba multado y que se fuera porque "no sabía con quién estaba hablando", por lo que el hombre se dispuso a meterse en su coche, señalaba la resolución ahora confirmada.

Entonces, el agente "le agarró fuertemente del brazo sacándole del vehículo, intentando tirarle al suelo para reducirle y pidiendo refuerzo", mientras que el hombre "no mostraba resistencia alguna", señala la sentencia, en la que se precisa que la actitud de éste fue siempre de no resistirse.
 
Cuando la mujer salió, dice la resolución, fue "apartada de forma violenta y golpeada por el agente, quien le dijo que se callara y tiró al marido contra el capó del coche". Al llegar los otros policías, el acusado les dijo que les pusieran los grilletes, aunque no lo hicieron porque "no eran personas peligrosas ni estaban en un estado de alteración que así lo recomendara".

Tanto el hombre, que ha sido absuelto por falta de pruebas, como la mujer, que igualmente lo ha sido por no haber acusación, resultaron con lesiones que tardaron en curar una semana, por lo que al agente sí se le condena por dos faltas y se le impone, además, que indemnice con 490 euros en total a los dos perjudicados.

Actuación "desproporcionada"

La Sala considera que hubo una actuación "desproporcionada, una extralimitación en el ejercicio de sus funciones del agente de la autoridad denunciado" y destaca el testimonio del director de la sucursal, quien aseguró que no vio que el hombre se resistiera a la detención.

Así, el Tribunal de apelación señala que los agentes deben realizar sus funciones con "mesura" y "prudencia", por lo que "cuando se extralimitan en las mismas o se producen con violencia innecesarias, brutalidad o abuso de poder quedan automáticamente despojados de sus privilegios de rango".


El principio de autoridad señor koji nuevamente plasmado en una sentencia.

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Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #4442 en: 07 de Noviembre de 2014, 18:58:34 pm »
Pero solo son faltas.... no parece mala la sentencia


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Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #4443 en: 11 de Noviembre de 2014, 10:35:07 am »
 coria del río
La Fiscalía pide dos años de cárcel para tres policías por encubrir a un agente jubilado que provocó un accidente mortal

No le practicaron la prueba de alcoholemia y omitieron la declaración de muchos testigos presenciales que advirtieron su estado de embriaguez. El conductor sólo pagó una multa.
europa press, sevilla | Actualizado 10.11.2014 - 20:01

La Fiscalía de Sevilla ha solicitado dos años de cárcel para tres policías locales de la localidad de Coria del Río por encubrir y no realizar la prueba de alcoholemia a un agente de la Policía Nacional jubilado que, en marzo de 2008, provocó un accidente de tráfico en este municipio a consecuencia del cual falleció un menor de 17 años que circulaba en un ciclomotor.

Fuentes del caso han informado de que, en el juicio que se celebrará este martes en la Sección Primera de la Audiencia Provincial de Sevilla, el Ministerio Público pedirá para cada acusado dos años de prisión y cinco de inhabilitación para empleo o cargo público a cuenta de sendos delitos de encubrimiento y omisión del deber de perseguir delitos.

Los hechos tuvieron lugar sobre las 15:00  del 10 de marzo de 2008, cuando J.G.D., agente de la Policía Nacional jubilado, conducía su coche por la avenida Primero de Mayo de Coria cuando se vio involucrado en un accidente circulatorio con una motocicleta conducida por un menor de 17 años que falleció tras el impacto. Los tres agentes acusados acudieron al lugar de los hechos y, con el objetivo de ocultar que el accidente se originó debido a que el agente jubilado tenía mermada su capacidad para conducir dado su estado de embriaguez, redactaron un atestado de forma "irregular" en el que no indicaron la causa del accidente. Además, los policías locales acusados no practicaron a J.G.D. la prueba de detección de alcohol y omitieron la declaración de muchos testigos presenciales que advirtieron su estado de embriaguez, de manera que únicamente recogieron la declaración de una testigo que manifestó no haber apreciado dicho estado de embriaguez, han indicado las fuentes.

Asimismo, los agentes no incluyeron en el atestado fotografías del lugar del siniestro a fin de evitar que hubiera constancia gráfica del mismo y dieron aviso "inmediato" a los Bomberos para que limpiaran los restos del accidente, por lo que finalmente eliminaron toda prueba de que el conductor del coche circulara bajo los efectos del alcohol, lo que impidió que pudiera imputársele un delito contra la seguridad vial por circular bajo los efectos de bebida alcohólicas.

Por estos mismos hechos, la acusación particular que ejerce la familia del menor fallecido en el accidente pide para los policías locales acusados cinco años de inhabilitación y tres años de cárcel por dos delitos de encubrimiento y omisión del deber de perseguir delitos. El conductor del coche, un agente de la Policía Nacional jubilado, fue condenado en 2013 a pagar una multa de 600 euros por una falta de homicidio por imprudencia leve a cuenta del accidente mortal, ya que el acusado hizo un giro "permitido" aunque "sin mirar" y "no consta acreditado" que fuera a una velocidad excesiva ni que circulara bajo los efectos del alcohol. 

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Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #4444 en: 11 de Noviembre de 2014, 13:02:52 pm »
coria del río
La Fiscalía pide dos años de cárcel para tres policías por encubrir a un agente jubilado que provocó un accidente mortal

Por estos mismos hechos, la acusación particular que ejerce la familia del menor fallecido en el accidente pide para los policías locales acusados cinco años de inhabilitación y tres años de cárcel por dos delitos de encubrimiento y omisión del deber de perseguir delitos. El conductor del coche, un agente de la Policía Nacional jubilado, fue condenado en 2013 a pagar una multa de 600 euros por una falta de homicidio por imprudencia leve a cuenta del accidente mortal, ya que el acusado hizo un giro "permitido" aunque "sin mirar" y "no consta acreditado" que fuera a una velocidad excesiva ni que circulara bajo los efectos del alcohol.


Pues teniendo en cuenta los hechos probados en sentencia, no entiendo la postura de la Fiscalía.

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Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #4445 en: 12 de Noviembre de 2014, 09:53:03 am »
Piden 11 años de cárcel para un ladrón que le quitó la pistola a un policía para dispararle
Fachada de la Audiencia Provincial de Badajoz.Fachada de la Audiencia Provincial de Badajoz.

    El delincuente intentaba huir de los agentes tras clavar varias veces un destornillador a una mujer a la que asaltó en Juan Pereda Pila

    E. F. V.
    BADAJOZ

12 noviembre 201400:08

La Audiencia Provincial de Badajoz juzgará el próximo 9 de diciembre a Jesús R. G., un peligroso delincuente con múltiples antecedentes policiales que en octubre del año pasado le arrebató la pistola a un Policía Nacional y apretó dos veces el gatillo con la intención de alcanzarle, hecho del que es acusado en el escrito realizado por el Ministerio Fiscal, donde se le imputan hasta cinco delitos distintos.

El suceso que ha provocado la apertura del juicio oral tuvo lugar a la una de la madrugada del 3 de octubre de 2013. A esa hora, Jesús R. G. abordó a una mujer a la altura de las oficinas de Olivetti, en la avenida Juan Pereda Pila. «La agarró por el cuello y empezó a golpearla diciéndole: dame el bolso o te mato».

La víctima se negó y el delincuente la tiró al suelo, dándole patadas y pinchándole «en todo su cuerpo» con un destornillador «con ánimo de menoscabar su integridad física». También le rompió las gafas, que fueron valoradas en 190 euros.

Alguien avisó de lo que estaba sucediendo y una patrulla policial llegó a la zona con rapidez, momento en el que el delincuente subió a un vehículo Honda Accord para iniciar la huida. Un agente policial le dio el alto y le apuntó con su pistola para intentar que se detuviese, pero el delincuente no atendió la orden y dirigió el coche contra el policía, que tuvo que saltar para evitar ser arrollado.

Con posterioridad, dos agentes interpusieron el vehículo policial en el que circulaban para evitar que escapase, pero fueron embestidos. En ese instante, los policías se bajaron del coche para detenerlo, pero el delincuente se encerró en el interior de su automóvil y tuvieron que fracturar una ventanilla para sacarlo.

El escrito de acusación explica que el ladrón aprovechó ese momento para coger un machete y esgrimirlo contra los funcionarios, que se abalanzaron contra él. Entonces se inició una «refriega» que aprovechó el acusado para «sorprender a un policía por detrás y arrebatarle el arma reglamentaria de su funda».

El relato de los hechos añade que Jesús R. G. amartilló el arma y por dos veces apretó el disparador dirigiéndola contra unos de los policías «con ánimo de acabar con su vida», aunque no logró su propósito porque la pistola no estaba montada y, en consecuencia, no tenía cartuchos alojados en la recámara. Finalmente, el policía consiguió arrebatarle el arma y quedó detenido.
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Como consecuencia de estos hechos, la mujer que fue asaltada sufrió una herida inciso-contusa en el cuello y el abdomen, lesiones que precisaron una única asistencia facultativa y que tardaron siete días en sanar, dejándole una cicatriz con un perjuicio estético valorado en un punto. Los agentes también sufrieron pequeñas lesiones sin secuelas.

Ese suceso también provocó daños en el vehículo policial y en el turismo que utilizó el delincuente, un coche que había sido sustraído el día anterior. El primer coche sufrió deterioros valorados en 937 euros, mientras que la reparación del segundo turismo supuso un desembolso de 1.483 euros.

Se da la circunstancia de que el delincuente que cometió ese delito estaba en la calle porque había quebrantado un permiso penitenciario por el que tendría que haber regresado a prisión ocho días antes de perpetrar estos delitos.

Por estos hechos, Jesús R. G. ha sido acusado de cinco delitos distintos para los que se solicitan las siguientes penas: homicidio en grado de tentativa (1 año de prisión), quebrantamiento de condena (18 meses de prisión), hurto de uso (4 años y 6 meses de prisión), atentado (1 año de prisión) y resistencia (3 años de prisión y una multa de 7.210 euros que le obligaría a pagar una cuota diaria de 10 euros durante 24 meses). En relación con las penas de cárcel, la Fiscalía propone que el condenado no pueda acceder a futuros permisos penitenciarios hasta haber cumplido la mitad de la pena que se le imponga.

Indemnizaciones</CARACTER>

También solicita que haga frente a una responsabilidad civil que le obligaría a pagar a la mujer a la que asaltó 270 euros por la heridas, 1.000 por las secuelas, 1.500 por los daños morales producidos y 190 por las gafas que le rompió. Igualmente debería indemnizar al agente al que trató de disparar con 6.000 euros por los daños morales que le provocó.

En el juicio será clave el informe realizado por el médico forense, cuyo diagnóstico concluye que el acusado presenta un diagnóstico compatible con abuso y dependencia de drogas (cocaína y heroína), razón por la que está siguiendo una terapia sustitutiva con metadona. «Dicho déficit en el momento de los hechos pudiera provocar una merma en su capacidad volitiva».

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Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #4446 en: 15 de Noviembre de 2014, 09:30:49 am »
Sentencia por una oleada de robos en Vigo, Porriño y A Coruña
Un histórico atracador vigués sale de prisión tras absolverlo la juez de 5 asaltos bancarios

»La pena a Ramiro Martíns Mendoza y a otro asaltante se reduce a menos de dos años de cárcel » La magistrada los condena por un atraco frustrado y no ve pruebas para atribuirles los demás
marta fontán vigo 15.11.2014 | 02:17

Dos investigaciones relativas a sendas oleadas de atracos bancarios que han pinchado en los juzgados al saldarse con penas menores. Y en ambos casos por el mismo motivo: la falta de pruebas contra las personas que se sentaban en el banquillo. Tras la sentencia del Juzgado Penal 1 de Vigo que sólo condenó por dos asaltos a los acusados de un número mayor de robos en bancos del sur de la provincia pontevedresa, ayer trascendió otro fallo, del Juzgado Penal 3, en el que la juez reduce a menos de dos años de cárcel la pena al histórico atracador Luis Ramiro Martíns Mendoza al sentenciarlo únicamente por uno de los seis asaltos bancarios que le imputaba la Fiscalía. Ante esta pronunciamiento, y dado que permanecía en prisión provisional por esta causa desde enero de 2013, la juez decretó su libertad ya que ya saldó la pena. Este veterano de 52 años, hermano de El Peque, ya abandonó el penal de A Lama.

Martíns Mendoza, cuyos antecedentes constan cancelados y que fue defendido por el abogado vigués Guillermo Presa, se sentaba hace casi un mes en el banquillo acusado de liderar una banda que supuestamente había perpetrado tres atracos bancarios y lo había intentado en otras tres sucursales, todas de Caixabank, en un período de apenas medio año en Vigo, Porriño y A Coruña. Por todo ello, la Fiscalía pedía su condena a 18 años y 9 meses de cárcel.

Pero la juez no aprecia existencia de organización criminal y sólo lo condena, a él y al también veterano asaltante Crisanto Laureano B.F., a un año y 11 meses de cárcel a cada uno por el atraco frustrado de A Coruña. Del resto de delitos fueron exculpados por insuficiencia de prueba contra ellos. En el juicio también estaban imputados la pareja de Martíns Mendoza, Adeane C.S.; su hija Naomí M.F. y el marido de ésta, Jacobo M.J, que fueron absueltos.

Hechos

La sentencia concluye que los asaltos ocurridos entre el 2 de agosto y el 28 de noviembre de 2012 en sucursales de Travesía de Vigo, Ramón Nieto y Fragoso en Vigo, así como en una entidad de Porriño, fueron cometidos por "individuos cuya identidad no consta" ya que la prueba practicada es "insuficiente" para culpar de esos actos a Martíns Mendoza. En todos ellos, los ladrones iban con el rostro cubierto y empuñando lo que "parecían ser" pistolas.

El asalto frustrado del 14 de diciembre de ese 2012 en A Coruña sí se atribuye al hermano de El Peque y a su compinche Crisanto Laureano. La juez concluye que en este caso sí hay "indicios plurales y sólidos" de que ambos entraron en una sucursal de la avenida General Sanjurjo donde, con la cara parcialmente cubierta con una braga, encañonaron a clientes y empleados para hacerse con el dinero. Sin embargo, al ver que una mujer había tenido tiempo para dar la alarma, se fueron sin botín alguno, huyendo en un Audi A3 conducido por otro individuo que los esperaba en las inmediaciones.

Ya en enero de 2013, Martíns Mendoza, Crisanto y los otros tres acusados absueltos fueron en el Audi a Poio y dejaron el coche cerca de una sucursal. La sentencia relata que la hija de Luis Ramiro entró y dijo a un empleado "que quería hacer un ingreso de dinero", pero éste le contestó que la sucursal ya estaba cerrada. La Policía Nacional, que les seguían, arrestó a los cinco ese día. La juez no niega que fuesen "fundadas" las sospechas policiales de que iban a dar un golpe en la sucursal, pero precisa que no hay pruebas de ello.

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Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #4447 en: 20 de Noviembre de 2014, 09:05:00 am »

El Supremo confirma la pena para un policía que disparó a su sobrino

El agente fue condenado por la Audiencia Provincial a 20 meses de prisión
F. Javier Barroso Madrid 19 NOV 2014 - 21:13 CET

La Sala de lo Penal del Tribunal Supremo ha ratificado la condena impuesta al policía nacional Eugenio Santos García Carrascosa, que disparó con su arma reglamentaria a su sobrino en el transcurso de una discusión. El agente fue considerado por la Audiencia Provincial autor de un delito de homicidio en grado de tentativa con las atenuantes de arrebato y reparación del daño. Los magistrados le impusieron una condena de 20 meses de prisión y la prohibición de acercarse a su familiar durante cinco años.

Los hechos ocurrieron el 9 de febrero de 2010 en la casa de la madre del policía nacional, en el camino de Noblejas número 73, en Aranjuez. El sobrino acudió a la vivienda y el agente, según los jueces, le recriminó que fuera a ver a su abuela cada vez que necesitaba dinero. Se inició entonces una discusión. El agente cogió su arma reglamentaria, una HK del calibre 9 milímetros Parabellum, y le descerrajó un tiro “con ánimo de matar”, según el fallo.

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Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #4448 en: 28 de Noviembre de 2014, 17:44:43 pm »
Juicio contra policías de Coslada por detención ilegal, coacciones y lesiones

28 noviembre, 2014

La Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Madrid celebra a partir del próximo martes, 2 de diciembre, en sesiones que darán comienzo a las 10:00 horas, la vista oral del juicio por los delitos de detención ilegal, coacciones y lesiones contra cuatro agentes de Policía Local de Coslada, según informó el Tribunal Superior de Justicia de Madrid.

Según las conclusiones provisionales del Ministerio Público, dos de los agentes procesados, Felipe G. y Francisco J., el 17 de septiembre de 2005 acudieron al local Blanco y Negro para requerir la documentación al hombre que lo regentaba, pese a que éste les manifestó que ya se la habían solicitado y exhibido tres días antes.

Pese a ello, al día siguiente los acusados Diego B. y Antonio Jesús S. actuando de común acuerdo, volvieron al local y mientras permanecían en el exterior, Mónica C. policía local en prácticas y Víctor F., también policía en prácticas, pidieron de nuevo al dueño del local que se identificara y les acompañara a la calle.

Al negarse a ello, le agarraron por el brazo, retorciéndoselo, y le engrilletaron y procedieron a su detención sin justificación alguna, sin informarle de sus derechos ni del motivo de su detención. Finalmente, el 19 de septiembre, los también acusados Diego B. y Francisco Javier B., sin causa que lo justificase, volvieron de nuevo al local a solicitar la documentación a su dueño. Los procesados se enfrentan a penas que oscilan entre los siete y los tres años de cárcel.

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Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #4449 en: 28 de Noviembre de 2014, 17:47:16 pm »
Leo juicio contra 4 agentes,y en la noticia 2 en practicas
 Se entiende que estos dos ultimos tambien estan imputados?

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Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #4450 en: 28 de Noviembre de 2014, 17:52:12 pm »
Juicio contra policías de Coslada por detención ilegal, coacciones y lesiones

28 noviembre, 2014


 el 17 de septiembre de 2005

Dilaciones indebidas

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Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #4451 en: 28 de Noviembre de 2014, 18:06:59 pm »
Me lo imaginaba...

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Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #4452 en: 29 de Noviembre de 2014, 10:23:37 am »
La Fiscalía pide 29 años prisión a dos acusados de matar a mujer
robándole un Porsche


Actualizado: 28/11/2014 18:16 horas


El fiscal pide 29 años de prisión para cada uno de los dos acusados de matar en 2012 a una mujer de 40 años a la que atropellaron con el Porsche que le estaban robando, cuando trataba de impedir la sustracción en la rotonda del aparcamiento para empleados del Aeropuerto Adolfo Suárez-Madrid Barajas.

El juicio por esta causa está señalado a partir del lunes en la Audiencia Provincial de Madrid y en la vista se sentarán en el banquillo Moisés L.C. y Aarón L.C., que se encuentran en prisión provisional y que además del delito de homicidio están acusados de otros tres de robo con violencia y uno de lesiones.

Según las conclusiones provisionales del fiscal los procesados abordaron sobre las once de la noche del 12 de septiembre de 2012 por la espalda en la calle del Arroyo de la Media Legua de Madrid a un hombre al que propinaron un fuerte empujón.

Una vez que la víctima estaba en el suelo le arrebataron las llaves de su vehículo, un Seat León que estaba aparcado en el lugar, y huyeron con él.

Sobre las doce y media de la noche circulaban con el coche sustraído por la avenida de la Albufera del distrito madrileño de Vallecas cuando el conductor, Moisés L.C., colisionó levemente de forma intencionada contra la parte posterior de otro coche que conducía una mujer, provocando que ésta se bajara del vehículo para comprobar los daños.

En ese momento Aarón L.C. la abordó de forma violenta para arrebatarle el bolso que llevaba con un importante número de efectos personales y de valor y se subió al coche que conducía Moisés L.C., dándose ambos a la fuga.

Por último, sobre las siete menos veinte los procesados conducían por la citada rotonda del aeropuerto madrileño cuando Moisés L.C. colisionó de nuevo levemente de forma intencionada contra la parte posterior de un vehículo Porsche Cayenne, que conducía su dueña.

Cuando ésta se apeó del vehículo para comprobar los desperfectos fue abordada de forma violenta por los dos procesados para hacer suyo el coche de la mujer.

Tras un forcejeo finalmente Aarón L.C. consiguió subir al coche e inició la marcha atrás mientras que la mujer se agarraba a la puerta del conductor tratando de evitar la sustracción del vehículo.

De esa forma, fue arrastrada colgando del coche sin que Moisés L.C. hiciera nada a pesar de ver y asumir el peligro mortal que dicha situación entrañaba, pudiendo remediarla al encontrarse de pie y a solo unos metros del vehículo, siempre según el fiscal.

Por su parte, Aarón L.C., siendo también perfectamente consciente de la situación y asumiendo el riesgo mortal que continuar la marcha suponía para la vida de la mujer, aceleró la marcha del vehículo de tal forma que unos metros más adelante la mujer cayó al suelo.

Su cuerpo fue arrollado por la rueda trasera izquierda del coche, lo que le causó traumatismos especialmente severos en el hemitórax izquierdo y una extensa hemorragia, lo que provocó su muerte inmediata.
« Última modificación: 29 de Noviembre de 2014, 11:14:38 am por 47ronin »

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Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #4453 en: 02 de Diciembre de 2014, 09:27:56 am »
El indigente que mató a un policía, condenado por sacarle un cuchillo a otros dos agentes
Stefan Reinert. Stefan Reinert. / SUR



    Stefan Reinert ya cumple nueve meses de cárcel por este nuevo caso y acumula otras cinco sentencias por hechos similares

    Juan Cano

    Alvaro Frías

    | málaga

2 diciembre 201401:58

Stefan Reinert ingresó el 27 de mayo en el centro penitenciario de Alhaurín de la Torre acusado de matar a Francisco Jiménez Díaz, un policía nacional al que apuñaló cuando se disponía a identificarlo en la zona de Carretera de Cádiz. Desde entonces le han llovido las condenas: acumula seis sentencias, la mayoría por incidentes con agentes de los Cuerpos de Seguridad.

Mientras prosigue la causa por la muerte del policía, los juzgados de Málaga han empezado a ejecutar las sentencias que habían dictado contra él por sucesos anteriores al crimen. SUR ha tenido acceso a una de ellas, en la que se le condena por resistencia a la autoridad tras intimidar a dos agentes con un cuchillo.

Fuentes judiciales confirmaron a este periódico que Reinert (36 años) ya cumple ocho meses de prisión por este asunto, a los que hay que sumar otros 30 días como arresto sustitutorio por no haber pagado los 360 euros de multa que se le impuso en la sentencia. Tampoco abonó la responsabilidad civil, que le obligaba a indemnizar con 250 euros a cada uno de los agentes, motivo por el cual no pudo solicitar la suspensión de la condena, ya que en ese momento no tenía antecedentes penales, según recoge la resolución judicial.
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Los hechos por los que ha sido condenado ocurrieron el 20 de enero de 2013 en la Alameda Principal. Los dos funcionarios actuaron al ver una discusión entre dos personas. Una de ellas era Stefan Reinert. Cuando se acercaron a él, reaccionó de forma «violenta», llegando a sacar un cuchillo del pantalón, según la sentencia dictada por el Juzgado de lo Penal número 9 de Málaga.

Finalmente, los dos agentes consiguieron arrebatarle el cuchillo pese a la fuerza del indigente, «que se opuso de forma tenaz y persistente a la detención lanzando patadas y manotazos», dice la resolución. El tribunal considera que Reinert mostró una «actitud de rebeldía» que le llevó a «lesionar» a los policías.

La sentencia recoge que los agentes actuaron con «mesura y profesionalidad» y que el condenado, por el contrario, se dirigió a ellos de forma «despectiva y desafiante» portando un cuchillo, «comenzando con ello a vulnerar el principio de autoridad encarnado por estos». El juez asegura que los funcionarios tuvieron que «emplear un gran esfuerzo» para reducirlo dada su «violencia y agresividad, que determinó incluso que los policías resultaran lesionados».

El indigente, que reconoció parcialmente los hechos, fue condenado a ocho meses de cárcel por un delito de resistencia a agentes de la autoridad y a una multa de 360 euros por dos faltas de lesiones.

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Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #4454 en: 05 de Diciembre de 2014, 10:00:09 am »

LOS HECHOS OCURRIERON EN OCTUBRE DEL 2010 EN UNA ROTONDA DE LA CARRETERA DE VALVERDE
El abogado de los guardias civiles de Badajoz acusados de causar un accidente lo califica de "farsa"
El conductor que chocó contra su vehículo firmó el parte amistoso y no presentó denuncia contra los agentes. El juicio, previsto en la Audiencia Provincial, se suspendió porque el fiscal de tráfico recusó a dos miembros del tribunal


    Los guardias civiles acusados, de espaldas, a la espera de que comenzase el juicio, ayer, que se suspendió finalmente. - Foto: S. GARCIA

Ascensión Martínez Romasanta
05/12/2014

Un "montaje" y una "farsa". Así calificó ayer los hechos que se debían haber juzgado en la sección Primera de la Audiencia Provincial de Badajoz, el abogado de los dos guardias civiles del destacamento de Tráfico en Badajoz, de 40 y 38 años, acusados de causar un accidente con su coche camuflado oficial con la intención de conseguir una baja laboral. Ocurrió hace más de cuatro años, el 26 de octubre del 2014, y ayer los dos agentes se sentaban en el banquillo, pero dos horas después de la hora de inicio prevista, el juicio se suspendió porque el fiscal de tráfico, Diego Yebra, recusó a dos de los miembros del tribunal.

El accidente sucedió en una rotonda de la carretera de Valverde, en el tramo anterior a Las Vaguadas. Según el informe del fiscal, los acusados circulaban desempeñando sus funciones cuando, "puestos de común acuerdo", dieron varias vueltas al recorrido "con el propósito de colisionar con algún vehículo y conseguir así fraudulentamente la baja en el servicio". Según la fiscalía, "utilizaron la mecánica de circular correctamente por el exterior de las rotondas, pero en lugar de tomar la primera salida de las que disponían, continuaban el giro con la finalidad de que fueran golpeados por los vehículos que circulaban por le carril interior y querían tomar esa salida". Los agentes "eran perfectamente conocedores, por su profesión" de que con esta forma de proceder la responsabilidad del accidente sería del otro conductor y, tras al menos dos intentos fallidos --según el mismo informe-- chocó contra su coche un vehículo cuyo conductor, de 24 años, sufrió una cervicalgia postraumática y contusión en el hombro derecho. Los dos agentes también resultaron heridos y estuvieron dados de baja, uno 6 meses y, el otro, 3.

En declaraciones a la prensa, el abogado de los dos agentes, Emilio José Bueno, cuestionó ayer la verosimilitud de los hechos que se juzgan pues, en su opinión, no se entiende que dos personas "pongan en riesgo su salud y su vida para conseguir una baja, que podrían obtener por otras vías más fácilmente". "Hoy en día para darse de baja no es necesario provocar un accidente de tráfico", recalcó. Para este letrado, no se trata de "un móvil sensato". "Es un montaje que difícilmente se puede sostener y que no tiene lógica", defendió, al tiempo que afirmó que desde su punto de vista, "fue creado desde la propia Guardia Civil, se escapó de las manos y acabó en un procedimiento judicial que no tiene sentido".

Alegó además que no existen pruebas "contundentes" que sostengan la acusación, salvo --"exclusivamente"-- la declaración de un testigo que vio una maniobra "peligrosa" cuatro kilómetros atrás, en otra rotonda, "y se sacan unas conclusiones contrarias a un atestado que señala quién realmente es el culpable y que no fue precisamente la guardia civil". Además, según este abogado, la credibilidad de este testigo "está más que puesta en entredicho". Defendió asimismo que se trata de dos funcionarios que estaban cumpliendo con su trabajo y que fueron embestidos en una rotonda por otro vehículo que no respetó la preferencia de paso del coche de los guardias civiles, que circulaba por el carril exterior. Bueno puso el acento en que ni siquiera el "culpable" del accidente se sintió perjudicado, pues no presentó denuncia y firmó el parte amistoso de accidente, reconociendo su autoría.

Los dos agentes se incorporaron a su puesto de trabajo cuando obtuvieron el alta médica y siguen desempeñándolo. La Jefatura de la Agrupación de Tráfico intervino para esclarecer los hechos derivados de una investigación interna y la asesoría jurídica consideró que podrían ser más graves que los meramente disciplinarios por lo que trasladó el expediente a la Fiscalía de Seguridad Vial por si eran constitutivos de delito. Es por ello que no se han adoptado de momento contra ellos medidas disciplinarias, pendientes de que exista una sentencia sobre hechos probados.

Al tratarse de funcionarios públicos en el uso de su cargo, el juicio estaba previsto en la Audiencia Provincial, que consideró que debía llevarse en el Juzgado de lo Penal pero el Tribunal Supremo no le dio la razón. El fiscal argumentó ayer la recusación en que dos de los miembros del tribunal participaron en el auto en el que la Audiencia Provincial se inhibía a favor del Juzgado de lo Penal, un magistrado como ponente y otro en la deliberación en el sentido de que no eran competentes. Ante el anuncio "casi sorpresivo" de la presentación de este incidente, el presidente de la sala, José Antonio Patrocinio, anunció que no tenían "más remedio" que suspender la vista oral e instruir el expediente de recusación, al tiempo que se comprometió a señalar nuevo juicio "lo antes posible". Patrocinio negó que en esta sección se imparta justicia "con demora", pero están "sometidos al imperio de la ley".

Emilio José Bueno lamentó que después de cuatro años de espera y de "suplicio" se suspendiese la vista pues, en su opinión, los magistrados recusados no entraron en el fondo de los hechos que se tienen que juzgar y, en todo caso, sería la defensa la que debería cuestionarlos, "pero los miembros del tribunal me dan plenas garantías".

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Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #4455 en: 09 de Diciembre de 2014, 08:56:12 am »
en pleno centro de madrid
Piden un año para el agente que golpeó a un hombre por orinar ante su comisaría

09/12/2014 (05:00)


El sábado noche llegaba a su fin aquel 10 de julio de 2010. Eran las 6.30 de la madrugada y el alcohol apretaba su vejiga. Había que vaciarla como fuera y donde fuera cuanto antes. La calle se presentaba como un urinario más a los ojos de alguien que no encuentra otras soluciones. Sin embargo, había algo en ese lugar que lo hacía ligeramente distinto al resto de esquinas. A apenas diez metros se encontraba la Comisaría de Policía del Distrito Centro, cuya puerta de acceso es vigilada habitualmente por uno o dos agentes.

El joven, que quizá ni siquiera había reparado en el pequeño detalle, se bajó la cremallera pensando únicamente en reducir lastre y se puso a orinar. Su sonrisa, sin embargo, se tornó en gesto de dolor a los pocos segundos de comenzar a soltar peso. El líquido se cortó de golpe y sus rodillas se doblaron.

Al agredido le salieron 'hematomas en ambos muslos', según el escrito de la Fiscalía, y se le fracturó el quinto metacarpiano de la mano derecha

Uno de los agentes que estaba controlando la entrada de la comisaría había sacado su porra, cruzado la estrecha calle Leganitos y le acababa de aporrear con fuerza en la parte posterior de ambas piernas. El 'leñazo' provocó que el joven se girara sobre sí mismo y que el siguiente porrazo alcanzara su mano, lo que multiplicó su dolor. Aún con la bragueta abierta, el chico fue conducido a las dependencias policiales. Una vez allí, el funcionario le pidió la identificación y le sancionó, aunque no terminó ahí la película, ya que el agredido optó por denunciar el ataque.

El Ministerio Público –en cuyo escrito se basa este relato– entiende ahora que la agresión es constitutiva de un delito de lesiones y que el autor debe ingresar en la cárcel durante un año, algo que en ningún caso ocurrirá al carecer el afectado de antecedentes penales. El juicio se celebra estos días –a mediados de diciembre, cuatro años después de que se produjera el episodio– en la Sección Decimoséptima de la Audiencia Provincial de Madrid.

La Fiscalía, además de solicitar la pena de prisión, considera que también es responsable civil subsidiario el Ministerio del Interior y que tanto esta institución como el policía que aporreó al ciudadano deben indemnizarle con 2.250 euros por las lesiones sufridas.

Al agredido le salieron “hematomas en ambos muslos”, según el escrito de la Fiscalía, y se le fracturó el quinto metacarpiano de la mano derecha, contusiones que tardaron un mes en recuperarse y que provocaron que el perjudicado estuviera quince días impedido.

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Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #4456 en: 13 de Diciembre de 2014, 11:53:20 am »

Inculpan a un tercer policía en el fallecimiento de Neptaly Vargas


I.E. / Burgos - sábado, 13 de diciembre de 2014

El abogado de la familia de la víctima considera que J.M.P.M. robó el móvil con el que fueron grabados los hechos. No solo imputa a J.M.A.P. por homicidio imprudente, también a V.H.J.G.
 
La acusación particular que representa a los familiares de Ángel Neptaly Vargas, el ecuatoriano que murió el 5 de junio de 2011 en Miranda tras un encontronazo con la Policía Local, tiene una visión de lo que ocurrió aquel día algo diferente a la de la Fiscalía. Para empezar, no solo considera al agente J.M.A.P. responsable de un delito de homicidio por imprudencia grave, sino que extiende también su acusación a su compañero V.H.J.G., que según el Ministerio Público solo es responsable de una falta de lesiones por agredir a un amigo de la víctima. Para cada uno de ellos solicita 4 años de prisión. Además, para el segundo añade otra imputación, la de un delito de coacciones, por el que solicita 3 años de cárcel, al margen de una multa de 500 euros por una falta de lesiones.

 No solo eso, la defensa de los familiares de la víctima añaden otro cargo más, el de encubrimiento. Y consideran responsable del mismo a un tercer agente que no aparece en el escrito de calificación de la Fiscalía. Se trata de J.M.P.M., quien, en connivencia con V.H.J.G., sustrajo de la Comisaría de la Policía Local el móvil de un amigo del fallecido con el que grabó los hechos, según el escrito de la acusación particular. Después, hicieron desaparecer presuntamente la tarjeta SIM. Para este tercer policía pide una pena de tres años de cárcel. Y subsidiariamente también la solicita para V.H.J.G., siempre que no sea finalmente condenado por homicidio imprudente. La Audiencia Provincial celebrará el juicio entre el 9 y el 12 de febrero.
 Los hechos ocurrieron sobre las 0,40 horas del 5 de junio de 2011, en las canchas de Las Matillas. Ángel Neptaly Vargas y otros tres amigos se bajaron del coche, tras lo cual V.H.J.G. les ordenó que pararan, para después agarrar a uno de ellos por el cuello. La víctima y otro de sus amigos se acercaron a los agentes y J.M.A.P. «golpeó fuertemente a Neptaly, empujándole hasta que lo derribó y cayó al suelo golpeándose la cabeza y quedando inmóvil».

Fotos con el móvil

Uno de los amigos del fallecido grabó e hizo fotos con el teléfono móvil, pero los agentes le propinaron una patada y se lo quitaron, según el escrito de la acusación particular.  Tras ello, los policías pidieron más efectivos «sin preocuparse por la situación» de la persona que había quedado inmóvil en el suelo. Uno de los funcionarios que acudió al lugar preguntó a  J.M.A.P. qué le ocurría al sujeto que se encontraba tirado sobre el asfalto. Y su compañero le respondió que «estaba dormido y que no tenía nada que ver con la intervención, omitiendo la caída al suelo y el golpe». A la 1,56 horas llamaron a la ambulancia y los agentes informaron a los facultativos de que Neptaly «estaba inconsciente por encontrarse en estado de embriaguez», razón por la cual el médico diagnosticó su situación como «un coma etílico». Y cuando llegó a Urgencias recibió el tratamiento preceptivo para un estado de embriaguez grave. Pero a las 5,30 horas el monitor que medía sus constantes vitales  detectó una parada cardiaca, tras lo cual se le practicaron maniobras de reanimación. A las 6.30 moría «por las graves lesiones craneales que presentaba a consecuencia del golpe y la caída».
Según el escrito del abogado de la familia del finado, a las 18,17 horas del día siguiente J.M.P.M. acudió a la comisaría de la Policía Local y, en connivencia con  V.H.J.G., sustrajo el móvil de uno de los amigos de la víctima, que había grabado y fotografiado los hechos. Después hicieron desaparecer la tarjeta SIM.
 Al margen de las penas de prisión, la acusación particular exige a los acusados J.M.A.P. y V.H.J.G.  una indemnización de 200.000 euros para la esposa de Neptaly Vargas y otra de 100.000 para cada uno de sus hijos. Y propone al Ayuntamiento de Miranda como responsable civil subsidiario.

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Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #4457 en: 14 de Diciembre de 2014, 14:09:09 pm »
El fiscal pide cuatro años de cárcel para un mosso que multó a un vecino por venganza

El agente expidió dos multas falsas durante su último día de servicio en la comisaría de El Prat del Llobregat antes de su inminente traslado por ascenso

Vida | 13/12/2014 -

Barcelona. (EP).- El Fiscal pide cuatro años de cárcel para un Mosso d'Esquadra por poner dos multas de tráfico falsas a un antiguo vecino con el que estaba enemistado.

Según el escrito fiscal, durante la noche del 30 de noviembre, mientras el agente realizaba el último servicio en la comisaría de El Prat del Llobregat antes de su inminente traslado por ascenso, aprovechó su condición de agente para expedir dos denuncias de tráfico contra su exvecino.

Según relata el Ministerio Fiscal, el agente, "a fin de vengarse", hizo que se le abriera un expediente administrativo sancionador por una infracción grave de tráfico por circular sin utilizar el cinturón de seguridad la noche del 30 de noviembre a las 23.30 en el punto kilométrico 192 de la C-31.

Además, a esa misma hora y en el mismo punto kilométrico, hizo que se le abriera un segundo expediente por ir hablando por el teléfono móvil; ambas infracciones falsas, ya que el denunciado no estaba circulando con su vehículo a esa hora en ese lugar.

Fiscalía pide cuatro años de cárcel, una multa de 5.400 euros y la inhabilitación para el ejercicio de su profesión como agente de la autoridad durante cuatro años por un delito de falsedad en documento oficial cometido por funcionario público.

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Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #4458 en: 18 de Diciembre de 2014, 09:02:56 am »
Absueltos cuatro policías de robar y extorsionar a ciudadanos chinos

    La Audiencia Provincial condena a uno de ellos a cuatro años por tenencia de drogas

PABLO HERRAIZ
Actualizado: 17/12/2014 13:29 horas

Después de siete años, la Audiencia Provincial ha absuelto a cuatro agentes de la policía nacional que fueron acusados de robar a chinos. La historia siempre fue extraña, ya que estos policías, que trabajaban en el grupo de los Centauros (grupo que patrullaba sólo de noche) fueron denunciados de golpe por más de una docena de chinos, y apenas unos días después la unidad de Asuntos Internos los arrestó, sin que hubiera más investigación.

Durante la instrucción del caso, que parecía que se iba a sobreseer, muchos de los denunciantes no comparecieron, por lo que el caso se dilató mucho en el tiempo.

Finalmente, aunque la Fiscalía quería que se condenara a lo cuatro policías por tres delitos consumados de robo con violencia las personas, un delito de robo intentado con violencia, una falta de maltrato de obra, una falta de vejaciones injustas y un delito contra la salud pública, la sección Cuarta les ha absuelto.

Los supuestos robos se denunciaron a lo largo de distintos días, durante las inspecciones que hicieron los Centauros a diversos locales. La tesis de los acusados siempre fue que les denunciaron falsamente porque no querían que la Policía interviniese en locales donde se practicaban actividades como el juego ilegal.
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La única excepción ha sido la condena a uno de ellos por delito contra la salud pública. Durante la detención y los registros, este policía dijo a los agentes de Asuntos Internos dónde tenía guardadas 11 papelinas de coca procedentes de unas incautaciones y, aunque argumentó que las tenía almacenadas en su taquilla porque no había tenido tiempo de elaborar el acta preceptiva, el tribunal no le ha creído.

Le han condenado a cuatro años y seis meses de prisión porque creen que quería vender esa droga. Su abogado recurrirá la sentencia en este punto.

En cuanto a las supuestas extorsiones y robos, el tribunal asegura que no queda acreditado que se produjeran esos hechos, y de ser así, tampoco que los autores fueran los Centauros acusados.

A todos estos policías el caso les ha costado estar suspendidos de empleo y sueldo mucho tiempo, y sus carreras se han visto truncadas en algunos casos. Queda ahora la condena a prisión de ese agente por la tenencia de la droga.

José María Garzón, abogado que defendió a los cuatro policías, manifestó ayer su «más que absoluta conformidad con la sentencia en cuanto a los robos de los que se les acusaba, entendiendo que durante toda la instrucción había quedado muy claro que se trataba de denuncias falsas y que la mencionada sentencia corrobora desde la A a la Z las tesis que desde Garzón Abogados venía defendiéndose».

En cuanto a la condena por la tenencia de cocaína, Garzón dijo que presentará un recurso porque, al estar pendiente del trámite administrativo sobre la misma, queda probado, a su juicio, la falta de reproche penal; es decir que no fue un delito.

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Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #4459 en: 20 de Diciembre de 2014, 18:14:44 pm »

Absuelven a tres policías de encubrir a un agente que provocó un accidente mortal


El conductor del coche, un agente de la Policía Nacional jubilado, fue condenado en 2013 a pagar una multa de 600 euros por una falta de homicidio por imprudencia leve.
E.P.

20 diciembre 2014 -

La Audiencia Provincial de Sevilla ha absuelto a tres policías  locales de Coria del Río para los que la Fiscalía pidió dos años de  cárcel por encubrir y no realizar la prueba de alcoholemia a un  agente de la Policía Nacional jubilado que, en marzo de 2008, provocó  un accidente de tráfico en este municipio a consecuencia del cual  falleció un menor de 17 años que circulaba en un ciclomotor.

 Fuentes del caso han informado a Europa Press de que, una vez  celebrado el juicio el pasado día 24 de noviembre, la Sección Primera  de la Audiencia Provincial ha absuelto a los tres agentes al  considerar que no ha quedado acreditado que hubieran realizado  actuaciones tendentes a encubrir al agente de la Policía Nacional que  provocó el accidente mortal.

En el juicio, el Ministerio Público pidió para cada acusado dos  años de prisión y cinco de inhabilitación para empleo o cargo público  a cuenta de sendos delitos de encubrimiento y omisión del deber de  perseguir delitos.

 De su lado, la acusación particular que ejerce la familia de la  víctima, que ha anunciado que recurrirá el fallo ante el Tribunal  Supremo, solicitó para los tres imputados cinco años de  inhabilitación y tres años de cárcel, mientras que los abogados de  los acusados pidieron su libre absolución, según han precisado las  fuentes consultadas por Europa Press.

En sus declaraciones en el juicio, los tres policías locales  acusados explicaron que no practicaron al agente jubilado la prueba  de alcoholemia porque no apreciaron “ningún” síntoma de que estuviera  bajo los efectos del alcohol, y aseguraron que “no conocían de nada”  al causante del siniestro mortal, quien en fase de instrucción  aseguró, por el contrario, que sí conocía a uno de los imputados.
 Frente a ello, declararon en la vista oral varios testigos que  pusieron de manifiesto que, tras el accidente, el agente jubilado  presentaba “bastante olor a alcohol” y el habla “pastosa”, a lo que  se suma que otros testigos dijeron que coincidieron con el imputado  en un bar justo antes de que ocurrieran los hechos y le vieron  consumir varias cervezas.

LOS HECHOS

 Los hechos tuvieron lugar sobre las 15,00 horas del 10 de marzo de  2008, cuando J.G.D., agente de la Policía Nacional jubilado, conducía  su coche por la avenida Primero de Mayo de Coria cuando se vio  involucrado en un accidente circulatorio con una motocicleta  conducida por un menor de 17 años que falleció tras el impacto.
 Según la Fiscalía, los tres agentes acusados acudieron al lugar de  los hechos y, con el objetivo de ocultar que el accidente se originó  debido a que el agente jubilado tenía mermada su capacidad para  conducir dado su estado de embriaguez, redactaron un atestado de  forma “irregular” en el que no indicaron la causa del accidente.

 Además, y según el Ministerio Público, los policías locales  acusados no practicaron a J.G.D. la prueba de detección de alcohol y  omitieron la declaración de muchos testigos presenciales que  advirtieron su estado de embriaguez, de manera que únicamente  recogieron la declaración de una testigo que manifestó no haber  apreciado dicho estado de embriaguez.

EL CAUSANTE DEL ACCIDENTE YA FUE CONDENADO A PAGAR UNA MULTA DE 600  EUROS

 Asimismo, los agentes no incluyeron en el atestado fotografías del  lugar del siniestro a fin de evitar que hubiera constancia gráfica  del mismo y dieron aviso “inmediato” a los Bomberos para que  limpiaran los restos del accidente, por lo que finalmente eliminaron  toda prueba de que el conductor del coche circulara bajo los efectos  del alcohol, lo que impidió que pudiera imputársele un delito contra  la seguridad vial por circular bajo los efectos de bebida  alcohólicas.

 Hay que recordar que el conductor del coche, un agente de la  Policía Nacional jubilado, fue condenado en 2013 a pagar una multa de  600 euros por una falta de homicidio por imprudencia leve a cuenta  del accidente mortal, ya que el acusado hizo un giro “permitido”  aunque “sin mirar” y “no consta acreditado” que fuera a una velocidad  excesiva ni que circulara bajo los efectos del alcohol.