Autor Tema: De actuaciones y sentencias judiciales  (Leído 769458 veces)

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Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #4560 en: 05 de Marzo de 2015, 17:48:06 pm »
Y esto es todo? . . . pues el asunto dió para una serie en Telecinco.

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Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #4561 en: 05 de Marzo de 2015, 17:48:25 pm »
Desestimado el recurso del Guardia Civil que mató a tiros a un vecino en Soto de Luiña

Los hechos el 16 de septiembre de 2009 cuando una pareja de la Guardia Civil fue requerida por unos jóvenes porque un individuo, que iba en un vehículo, los había insultado.

El Tribunal Supremo ha desestimado el recurso del Guardia Civil, Ismael P.M., que fue condenado a cinco años de prisión por la Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Oviedo y ratificada la sentencia en el Tribunal Superior de Justicia de Asturias (TSJA), por matar a tiros a un vecino de Soto de Luiña, según ha informado el gabinete de prensa del Tribunal.

Los hechos el 16 de septiembre de 2009 cuando una pareja de la Guardia Civil de Soto de Luiña, que prestaba servicio de Seguridad Ciudadana en dicha población, fue requerida por unos jóvenes porque un individuo, que iba en un vehículo, los había insultado.

La patrulla procedió a la búsqueda del vehículo. Cuando se localizó, se comprobó que era conducido por S.G.C. Al ser requerido por los agentes para facilitar su identificación y la documentación del vehículo, arrojó ésta al suelo y comenzó a insultar a la patrulla y a continuación, abandonó el lugar en su vehículo.

Cuando la patrulla se presentó en su domicilio para completar la actuación policial, el hombre se introdujo en la casa saliendo de forma inesperada con una pala de dientes metálica, de las utilizadas en las labores del campo, amenazando con ella a los agentes, en una actitud agresiva, según la Guardia Civil.

Disparos

Los agentes intentaron calmarle y convencerle para que desistiese de su actitud. Pero el hombre, lejos de calmarse, se enfureció más y golpeó con la herramienta el pecho de uno de los agentes, que hizo uso de su arma reglamentaria realizando varios disparos, que le produjeron las heridas que posteriormente determinarían su muerte. El herido fue asistido por los servicios sanitarios en el lugar de los hechos sin que pudieran hacer nada para salvar su vida.

Al fallecido le constaban antecedentes por haber estado implicado en ocasiones anteriores en delitos de resistencia y conducción bajo la influencia de bebidas alcohólicas, siendo denunciado por alteración de la seguridad colectiva y desórdenes públicos, y desobediencia a los mandatos de los agentes de la autoridad.


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Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #4562 en: 05 de Marzo de 2015, 18:05:17 pm »
Condenan a 18 meses de prisión a un policía local por falsificar un parte para quitar una multa

Redactó un documento haciéndose pasar por otro agente para que se retirase una sanción por una infracción de tráfico a una conocida


Alvaro Frías | málaga
 @alvaro_frias
 
5 marzo 2015

Quería que se le quitase una multa a una conocida suya que había cometido una infracción de tráfico. Para ello, se hizo pasar por un compañero y falsificó un parte para iniciar el trámite de retirada de la sanción. Ahora el castigo ha sido para él, y la Audiencia Provincial de Málaga ha condenado a este policía local a 18 meses de prisión por los hechos, según se recoge en la sentencia de la Sección Primera, a la que ha tenido acceso este periódico.

Para explicar lo ocurrido hay que remontarse a enero de 2009 en Marbella. El procesado se enteró de que un compañero había multado por una infracción de tráfico a una amiga o conocida suya, que había aparcado su coche encima de la acera.

Se puso en marcha para intentar que se anulase la sanción. Así, confeccionó «de su puño y letra», haciéndose pasar por el otro agente, un parte policial en el que solicitaba que se retirase la multa.

«Al notificar la denuncia, me explica la conductora que había dejado el vehículo ahí un momento porque no le arrancaba y venían a ayudarle y, para no entorpecer el tráfico, lo dejó un momento. Que se comprueba que es cierto. Se pide pueda ser anulada por causa de fuerza mayor». Es el texto que escribió el agente condenado, siempre según se recoge en la sentencia de la Audiencia malagueña, que se puede recurrir.

Los magistrados no han estimado la versión del acusado, que durante el juicio negó haber firmado el parte para que se iniciase el proceso para retirarle la sanción de tráfico a la conductora, aunque sí reconoció que rellenó el contenido del documento. El procesado expuso a los jueces que fue a los vestuarios para hablar con el policía local que actuó, y ver qué podía hacer su conocido ante lo ocurrido. Según señaló entonces, se ofreció a redactar el escrito. Después de ausentarse un momento, el procesado, que insistió en que siempre actuó de buena fe, afirmó que se lo encontró firmado, por lo que pensó que había sido su compañero el que lo había rubricado y lo entregó.

Fueron unas afirmaciones que chocan con las de una funcionaria de la jefatura que dijo que el condenado redactó y firmó el parte delante suya. Además, su compañero aseguró que nunca le dio permiso para que lo hiciera.

Finalmente, la Audiencia le ha declarado culpable de un delito de falsedad en documento oficial, aunque aplica la atenuante de dilaciones indebidas. Además de la pena de cárcel, se le inhabilita para ejercer de policía durante un año y se le condena a pagar una multa de 900 euros.

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Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #4563 en: 05 de Marzo de 2015, 18:12:18 pm »
Y no aprendemos . . .

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Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #4564 en: 07 de Marzo de 2015, 10:39:53 am »
Juicio a dos policías por simular la ‘ejecución’ de un detenido en Palma

Dos policías nacionales —el inspector Víctor G. F., de 39 años, y un agente Javier Joaquín A. B.— destinados en Mallorca han sido juzgados en la Audiencia de Palma bajo la acusación de haber sometido a un detenido a presuntas torturas, en los sótanos de la Jefatura Superior de Policía de Palma. Cada uno se enfrenta a una petición del fiscal de tres años de cárcel y nueve años de inhabilitación absoluta por intentar menoscabar la dignidad personal y la integridad física de la víctima.

Los reos, que estuvieron 40 días presos y llevan cinco años suspendidos, según la fiscal perpetraron una “una verdadera barbaridad, sobre todo teniendo en cuenta que (el detenido) está esposado y que ocurre en dependencias policiales”. Teniendo de rodillas, simularon repetidamente su ejecución, disparándole tres veces el arma en seco, sin estar cargada. Quisieron infligir una represalia a la víctima, David, por haber lesionado a un policía en una disputa nocturna en un bar, mientras el agente estaba fuera de servicio.

La víctima narró que le gritaban: “c****, tú le has rajado la mano a un compañero mío y te voy a pegar un tiro diciendo que ha sido en defensa propia”. El detenido lloró y chilló en el suelo de pánico. “Te voy a pegar un tiro a ti, a tu mujer y a tu hija”, le gritaron. Le presionaron con tanta fuerza en la sien que la boca del cañón de la pistola se le quedó marcada en la piel. Uno de los policías limó su arma para intentar evitar su identificación.

Los hechos sucedieron el 9 de agosto de 2009 y tardaron semanas en investigarse y en ser detenidos los acusados, el 27 de octubre. Además de los dos agentes juzgados en la vista flotó la sospecha de la existencia de otro posible autor —que pateó a David— así como varios testigos no identificados en los atestados y en las declaraciones. Por ello, durante las sesiones, fueron muy duros los reproches del tribunal.

La Audiencia lamentó la pasividad de la policía para investigar internamente los hechos y denunciar al juez el caso, así como los errores, lagunas y manipulaciones en los atestados. “Se me cae la cara de vergüenza, como ciudadana”, espetó la presidenta del tribunal, Francisca Ramis.

Un testigo apeló a la “lealtad” aprendida en la Academia de Policía para tapar o disfrazar un episodio del caso. La juez advirtió que la policía, institución del sistema democrático, no opera como “una secta”. Un letrado subrayó que no se juzgó a todos los autores: “Ni son todos los que están, ni están todos los que son”.

Uno de los abogados defensores asumió que en los sótanos de comisaría su cliente cometió un acto “execrable, denigrante, de provocación”, pero negó la simulación de la ejecución. Los dos imputados asumen, parcialmente, en su aspecto menos grave, su participación en los hechos.



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Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #4565 en: 07 de Marzo de 2015, 14:56:21 pm »
Pero no parece que haya más pruebas que la mera testifical . . . a ver que dice la sentencia.

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Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #4566 en: 09 de Marzo de 2015, 14:38:14 pm »
Condenado un Policía de Ibiza por agresión sexual a una menor

9 marzo, 2015

Un policía local de Ibiza ha sido condenado por masturbarse frente a una menor. El agente tendrá que indemnizar a la joven con 5000 euros. El juez ha impuesto una orden de alejamiento de cien metros. Las agresiones habrían sido continuadas según ha informado el periódico El Mundo.

El policía se encuentra suspendido de empleo y sueldo y recibe tratamiento psicológico. La joven también estaría en tratamiento psicológico. Ni el nombre de la menor ni del agente han trascendido. Las edades de los litigantes son de 49 y 23 años.

El acusado se encuentra apartado del cuerpo desde hace cinco años. En 2012 fue condenado por un delito de coacciones contra su esposa. El expediente de expulsión definitiva contra el agente estaría en tramite. La victima llevaría sufriendo el acoso del agente desde los 16 años”, apunta El Mundo.

Esta semana comenzará un juicio contra el mismo funcionario por el delito de abusos sexuales continuados contra la misma menor.

El policía municipal tendrá igualmente que volver a sentarse en el banquillo de los juzgados de lo Penal número 1 de Ibiza por otro delito de abusos sexuales por el que la Fiscalía le pide ahora dos años de prisión.

Las fuentes policiales habrían confirmado que el policía acumularía más de una veintena de denuncias parecidas. El agente tendría un expediente interno plagado de expedientes abiertos por la propia policía de Ibiza.

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Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #4567 en: 10 de Marzo de 2015, 09:37:34 am »
El Supremo aparta de los servicios de Tráfico a un guardia civil que se emborrachó durante un servicio
Europa Press
domingo, 08 de marzo de 2015, 11:38

Rechazó someterse a la prueba de alcoholemia y es suspendido por seis meses y cinco días sin empleo ni sueldo

MADRID, 8 (EUROA PRESS)

El Tribunal Supremo ha confirmado la sanción impuesta en mayo de 2013 a un guardia civil destinado al destacamento de Tráfico en Madrid por una falta muy grave consistente en negarse a someterse a la prueba de alcoholemia que le ordenaron sus superiores tras sorprenderle borracho estando de servicio.

Los efectos previstos en la sanción, que es de suspensión de empleo y sueldo por 6 meses, conllevan el cese en el destino que ocupa y la imposibilidad de obtener otro durante un periodo de dos años en la especialidad de Tráfico, a los que se suman cinco días por "desatención del servicio".

Los hechos que originaron la sanción se produjeron en septiembre de 2011, cuando tras cumplir cometidos de vigilancia en la N-VI y otras vías el recurrente y su compañero fueron sorprendidos en estado de embriaguez por un teniente, negándose el recurrente a someterse a la prueba de alcoholemia.

DE BARES POR GUADARRAMA

Según los hechos probados de la sentencia, durante el tiempo de prestación del servicio en una urbanización de Guadarrama (Madrid), el recurrente y su compañero entraron a un bar allí situado y consumieron "alguna bebida sin que pueda determinarse cuál fue, y posteriormente estuvieron también en otro bar de la misma localidad".

Entre los síntomas que se apreciaban en el agente, según la sentencia dada a conocer por el Supremo están el "habla patosa, conjuntiva y mejillas enrojecidas, halitosis alcohólica y deambulación titubeante".

El teniente que los descubrió vio de forma tan evidente que iban bajo los efectos de la bebida que se dirigió al recurrente señalando: "Jorge has bebido, vas borracho", y tras ello junto a un sargento le conminó a hacerse el test de alcoholemia, respondiendo el agente que tenía un usuario un poco más delante rellenando un boletín de denuncia y que cuando terminara con ese "cometido prioritario" les atendería.

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Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #4568 en: 10 de Marzo de 2015, 09:45:35 am »
Pues me parece correcto porque sino sería poner a la zorra a cuidar de las gallinas.

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Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #4569 en: 12 de Marzo de 2015, 07:41:32 am »


Ha sido recurrida a la Audiencia Provincial de Madrid

12/03/2015

El juez archiva por segunda vez la querella contra Monedero por asegurar que la Policía repartía droga

Se ha opuesto al criterio del fiscal, que pedía su procesamiento por estas acusaciones

     
Un juzgado de Madrid ha vuelto a archivar la querella que el sindicato policial Confederación Española de la Policía (CEP) interpuso contra el número tres de Podemos, Juan Carlos Monedero, por asegurar que estos funcionarios suministraron droga a los jóvenes vascos para que no recalaran en la organización terrorista ETA.

Juan Carlos Monedero, número tres de Podemos, tiene un problema menos. La denuncia que le interpuso el pasado septiembre el sindicato policial CEP ha sido archivada de nuevo por un juzgado de Madrid. Los representantes legales de la asociación policial han recurrido este archivo antes la instancia superior, la Audiencia Provincial de Madrid.

En septiembre, el sindicato CEP decidió presentar acciones legales contra Monedero por las palabras que pronunció el político durante un encuentro con simpatizantes de Izquierda Unida en Ciudad Real en noviembre de 2013, desconocidas hasta después del verano siguiente.

En esa charla, Monedero aseguró lo siguiente sobre la Policía y los jóvenes del País Vasco: “¿Por qué ETA empezó a asesinar a 'dealers' (camellos) en el País Vasco?Porque resulta que se empezó a distribuir heroína por parte de la Policía en los lugares donde había una juventud más conflictiva, más peleona, y de repente apareció heroína en el País Vasco, en Madrid, Barcelona, Valencia... en sitios donde la gente podía optar por salidas políticas. Mejor que se metiera en la heroína”.

Estas palabras fueron consideradas injurias por los policías que decidieron denunciar al catedrático de la Universidad Complutense por un delito de injurias, que implica una pena de cárcel de doce a dieciocho meses.

La acusación se basaba en el artículo 504.2 del Código Penal, que hace referencia a “los que injuriasen o amenazasen gravemente a los Ejércitos, Clases, o Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado”.

Libertad de expresión

Como publicó este confidencial, la denuncia fue archivada en un primer momento, y apelada por la acusación por un defecto de forma. El magistrado tomó esta decisión por considerar que las palabras de Monedero entraban dentro de la “libertad de expresión”.

Posteriormente, el fiscal se unió a las tesis de los policías y pidió que se iniciara el procesamiento del político al considerar que las acusaciones de Monedero eran graves.

Sin embargo, el juzgado ha obviado el escrito del fiscal y ha decidido archivar por segunda vez el caso. Ahora todo queda pendiente de la instancia judicial superior, la Audiencia Provincial de Madrid, a la que ha recurrido la acusación del sindicato CEP.

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Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #4570 en: 12 de Marzo de 2015, 20:45:21 pm »


Ha sido recurrida a la Audiencia Provincial de Madrid

12/03/2015

El juez archiva por segunda vez la querella contra Monedero por asegurar que la Policía repartía droga

Se ha opuesto al criterio del fiscal, que pedía su procesamiento por estas acusaciones

     
Un juzgado de Madrid ha vuelto a archivar la querella que el sindicato policial Confederación Española de la Policía (CEP) interpuso contra el número tres de Podemos, Juan Carlos Monedero, por asegurar que estos funcionarios suministraron droga a los jóvenes vascos para que no recalaran en la organización terrorista ETA.

Juan Carlos Monedero, número tres de Podemos, tiene un problema menos. La denuncia que le interpuso el pasado septiembre el sindicato policial CEP ha sido archivada de nuevo por un juzgado de Madrid. Los representantes legales de la asociación policial han recurrido este archivo antes la instancia superior, la Audiencia Provincial de Madrid.

En septiembre, el sindicato CEP decidió presentar acciones legales contra Monedero por las palabras que pronunció el político durante un encuentro con simpatizantes de Izquierda Unida en Ciudad Real en noviembre de 2013, desconocidas hasta después del verano siguiente.

En esa charla, Monedero aseguró lo siguiente sobre la Policía y los jóvenes del País Vasco: “¿Por qué ETA empezó a asesinar a 'dealers' (camellos) en el País Vasco?Porque resulta que se empezó a distribuir heroína por parte de la Policía en los lugares donde había una juventud más conflictiva, más peleona, y de repente apareció heroína en el País Vasco, en Madrid, Barcelona, Valencia... en sitios donde la gente podía optar por salidas políticas. Mejor que se metiera en la heroína”.

Estas palabras fueron consideradas injurias por los policías que decidieron denunciar al catedrático de la Universidad Complutense por un delito de injurias, que implica una pena de cárcel de doce a dieciocho meses.

La acusación se basaba en el artículo 504.2 del Código Penal, que hace referencia a “los que injuriasen o amenazasen gravemente a los Ejércitos, Clases, o Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado”.

Libertad de expresión

Como publicó este confidencial, la denuncia fue archivada en un primer momento, y apelada por la acusación por un defecto de forma. El magistrado tomó esta decisión por considerar que las palabras de Monedero entraban dentro de la “libertad de expresión”.

Posteriormente, el fiscal se unió a las tesis de los policías y pidió que se iniciara el procesamiento del político al considerar que las acusaciones de Monedero eran graves.

Sin embargo, el juzgado ha obviado el escrito del fiscal y ha decidido archivar por segunda vez el caso. Ahora todo queda pendiente de la instancia judicial superior, la Audiencia Provincial de Madrid, a la que ha recurrido la acusación del sindicato CEP.
es curioso...lo de unos siempre es libertad de expresion, lo de otros represion y fachismo... en fin, nada nuevo.
Aunque ande en valle
De sombra y de muerte
no temeré mal alguno
Porque tú estarás conmigo
Tu vara y tu cayado me
infundirán aliento

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Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #4571 en: 20 de Marzo de 2015, 15:48:34 pm »
Multan a una anciana con cáncer por ir al Ayuntamiento de Madrid a protestar contra su desahucio
 

Julia y Paloma, en su casa de la calle de Salvador Allende de Madrid. (A. G.)

Un juzgado de Madrid ha impuesto una multa de 30 euros a la anciana por ofensa a los agentes de la autoridad. 20minutos entrevistó a Julia antes de su desahucio: "Dimos con personas buenas".

20MINUTOS. 20.03.2015

Julia Rodríguez, una octogenaria enferma de cáncer, acaba de ser multada con 30 euros de sanción por desobediencia a la autoridad tan solo tres meses después de que fuera desahuciada de su casa. Julia, que ahora vive con su hija de 46 años en un piso de protección oficial de Colonia Marconi por el que paga 155 euros al mes de alquiler (el anterior le costaba 500 y se lo querían subir a 700), fue una de las muchas personas a las que echaron de su casa después de que su vivienda fuera vendida a un fondo buitre por el Ayuntamiento de Madrid. Para paralizar el desahucio, ella y otras 18 personas entraron en la sede del Consistorio en Cibeles exigiendo una solución. "El objetivo se cumplió, porque gracias a eso pudimos hablar con un concejal que facilitó una vivienda alternativa a Julia, pero todas las personas que se manifestaron allí han sido multadas con sanciones entre los 30 y los 90 euros", explica Alejandra Jacinto, abogada de Julia y de la Plataforma de Afectados por la Hipoteca (PAH). Según el juez, los manifestantes no obedecieron a la Policía Municipal cuando les exigió que se marcharan, por lo que se les atribuye una falta de ofensa a los agentes de la autoridad.

"La sede del Ayuntamiento estaba abierta a todo el mundo y no hubo ningún altercado violento. De, hecho el propio concejal salió a recibirnos. No entendemos el motivo de esta multa", señala Jacinto. El objetivo se cumplió, porque gracias a eso pudimos hablar con un concejal "La multa la va a pagar su p... madre", ha asegurado Julia al ser preguntada sobre esta sanción. Aún así, la sanción impuesta por el juez es mucho menor que los 360 euros que pedían la Fiscalía y el Ayuntamiento de Madrid contra la encausados, que recurrirán esta sentencia ante la Audiencia Provincial de Madrid. Julia se teme, no obstante, que en unos meses vuelva a sufrir un desalojo, ya que lleva dos meses sin abonar el alquiler de su nueva casa:

"No me da para pagarlo todo, estoy muy preocupada", afirma. Julia cobra una pensión de 632 euros al mes. Su hija está en paro y no puede trabajar aquejada de un trastorno de personalidad por el que tiene que tomar 13 pastillas al día. "Nos gastamos unos 100 euros al mes en mis medicinas y no nos da para ahorrar. Aparte del alquiler, nos piden 160 euros para dar de alta la luz y 400 euros para la calefacción. Es un dinero que no tenemos. Yo he solicitado otra pensión por invalidez, pero aún no me la han concedido", asegura Paloma.

 Ver más en: http://www.20minutos.es/noticia/2410484/0/multan/anciana-con-cancer/ayuntamiento-desahucio/#xtor=AD-15&xts=467263

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Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #4572 en: 23 de Marzo de 2015, 17:31:34 pm »
Tres años de prisión -.recomiendo leer la sentencia por que algunas de las reseña en negrilla nos recuerdan lo que somos y a quienes nos debemos.




HECHOS PROBADOS:

"Único: En fecha 15 de diciembre de 2010, Ildefonso conducía el autobús de la línea 21 de la empresa "Transports de Barcelona, S.A., cuando sobre las ocho de la tarde, a la altura de la parada sita en la calle Lluis Companys núm. 13, frente al Arco del Triunfo, al ir a reiniciar la marcha se le cruzó un vehículo logotipado de los Mossos de Esquadra teniendo que tocar el claxon para evitar la colisión y al
recriminarle dicha maniobra el conductor del autobús, el agente Mosso de Esquadra, debidamente uniformado y aquí acusado, Cirilo , mayor de edad, sin antecedentes penales, Agente de la Policía Autonómica con carnet profesional número 14911, procedió con la intención de faltar a la verdad y perjudicar al Sr. Ildefonso
a redactar boletín de denuncia administrativa por desobedecer los mandatos del agente de la autoridad y por uso indebido de señales acústicas de forma continuada
, denuncias con número de registro NUM000 y NUM001 contra las cuales se interpuso el correspondiente recurso de alzada, siendo estimado el recurso de
alzada en resolución de fecha 24 de octubre de 2011 en el que se hace constar que se deja sin efecto sendas multas toda vez que el uso del claxon fue puntual para evitar la colisión entre vehículos no existiendo órdenes del agente de la Guardia Urbana para que dejara de usar el mencionado claxon"


http://www.poderjudicial.es/search/doAction?action=contentpdf&databasematch=TS&reference=7297983&links=transports&optimize=20150220&publicinterface=true

Id Cendoj: 28079120012015100027

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Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #4573 en: 23 de Marzo de 2015, 19:08:34 pm »
Puff . . . las graves consecuencias que puede tener un calentón . . .

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Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #4574 en: 01 de Abril de 2015, 13:06:37 pm »

Un juez gallego condena a arresto domiciliario a un sintecho que duerme en un cajero


Miguel Ángel Moya Domínguez, de 42 años, duerme en un cajero desde hace más de un año. Ahora un juez de Vigo le ha condenado a una pena de localización permanente por una falta de hurto por robar unos guantes, una bici y unas gafas.

 
Arresto domiciliario para una persona sin hogar. Es la condena que ha impuesto el juzgado de lo penal número 1 de Vigo a Miguel Ángel Moya Domínguez, de 42 años, que deberá estar localizado permanentemente por una falta de hurto. En concreto, por haber robado en Baiona (Pontevedra) unos guantes, una bicicleta y unas gafas.

El condenado duerme desde hace más de un año en un cajero de La Caixa con un compañero abrigado con una manta y un lecho de cartones, según relata La Voz de Galicia. La sucursal ha llevado a cabo unas obras de reforma en la entrada de la misma, de manera que ambos sintecho se han tenido que 'mudar' al cajero del BBVA situado en la misma calle, aunque a ellos les resulta más incómodo: "Siempre es nuestro último recurso", decían al diario.

El juez considera probado que Miguel Ángel distrajo a la dependiente de un establecimiento el 29 de diciembre de 2013 para llevarse unos guantes valorados en 17,50 euros, una bicicleta de unos 200 euros de un portal cercano y unas gafas Rayban de 150 euros en una óptica. La Guardia Civil le detuvo días después al llevar encima todos los objetos sustraídos, que ya habían sido denunciados. Miguel Ángel admitió los hechos ante el juez de Instrucción, pero luego no se presentó al juicio para defenderse, de manera que la condena era casi incuestionable y así se materializó el pasado 21 de noviembre.

Sin embargo, el cumplimiento de la condena se hace más que complicado -a la par que contradictorio y alejado de la lógica-. Estar permanentemente localizado en el banco es imposible, además de la oposición frontal de los responsables de la entidad a que el sintecho permanezca allí las 24 horas del día. De hecho, bastante molestos están ya con que duerma allí cada noche, puesto que en ocasiones se instala con su amigo desde por la tarde, provocando quejas de algunos usuarios que han logrado que la Policía los desaloje en más de una ocasión.

Para el juez, sin embargo, Miguel Ángel tiene su domicilio en un albergue municipal, y debería ser allí donde cumpliera los cuatro días de localización permanente, pero tampoco los responsables del albergue lo ven posible, ya que los beneficiarios no pueden estar 24 horas seguidas allí. Si acuden por la noche deben marcharse a primera hora, y por el día se prestan otro tipo de servicios a personas en situación de exclusión social. Los dos sintecho admiten además que no les gusta el albergue porque "nos viene muy a desmano" y porque "a la hora de ducharse es una desgracia humana", aunque dicen que se come muy bien.

El propio Miguel Ángel también fue condenado por un delito de robo con fuerza a un año de prisión por romper el cristal del escaparate de una tienda de ropa y llevarse doce pares de calcetines.

Pero esta vez el cumplimiento de la sentencia se antoja complicada. "Sin vivir en ninguna casa no me pueden condenar a una localización permanente, lo veo ilógico total. Si quieren que cumpla la sentencia, que me paguen un hostal, que vale 12 euros la noche", sentencia Miguel Ángel, sevillano que lleva seis años en Galicia.

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Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #4575 en: 08 de Abril de 2015, 20:50:16 pm »
El insulto es "pepero"...o "sinvergüenza"?



Multa de 30 euros por llamar "pepero" a un hombre


La Audiencia Provincial de Murcia ha rechazado el recurso de apelación y ha condenado a una mujer a pagar 30 euros por un ser autora de una falta de injurias.

La Audiencia Provincial de Murcia ha condenado a una mujer a pagar 30 euros de multa por llamar a un individuo "pepero y sinvergüenza" en el transcurso de una discusión, según la sentencia a la que ha tenido acceso Europa Press. Los hechos se remontan a las 22.30 horas del 15 de junio de 2014, cuando dos parejas discutieron en el barrio de El Campillo, en la pedanía murciana de El Esparragal, con motivo de un incidente de tráfico. Un tercero, A., intervino en la discusión para defender a uno de los contendientes, y una de las implicadas, en estado de alteración, le dijo a gritos que le iba a denunciar y le llamó "pepero y sinvergüenza", según los hechos considerados probados.

Al oír los gritos, se acercó al lugar la hija de A., y otro de los implicados en la discusión, R., la agarró del brazo y la zarandeó. A consecuencia de ello, la víctima tuvo en la cara posterior del brazo derecho una zona ligeramente inflamada al tacto, por lo que precisó una primera asistencia facultativa y tardó en curar 2 días que no fueron de impedimento para sus ocupaciones habituales.

También se condena a otro implicado en la discusión por una falta de lesiones

Por todo ello, el Juzgado de Instrucción número 2 de Murcia condenó a R. como autor de una falta de lesiones al pago de una multa de 90 euros y al abono de la indemnización de 60 euros a favor de la víctima a la que había agarrado del brazo y zarandeado, con condena al pago de las costas. Asimismo, la mujer que llamó "pepero y sinvergüenza" a otro implicado en la pelea fue condenada como autora de una falta de injurias al pago de una multa de 30 euros. Los dos acusados interpusieron un recurso de apelación contra dicha sentencia, alegando que la propia sentencia reconocía que A. también insultó a la condenada por injurias, y ésta tuvo que ser asistida por un ataque de ansiedad esa misma noche. Además, alegaban que en la sentencia se reflejaba que fue A. quien provocó el incidente.

En cuanto a la condena de R. por una falta de lesiones, censuraba que la condena se fundaba en declaraciones testificales tachando de testigo falso a uno de ellos, pues no estaba en el lugar de los hechos, pero obviando que R. sufrió una lesión producida por parte de A. En cambio, la Sala recuerda que la condenada por injurias, al ser preguntada por si quería denunciar por los insultos vertidos sobre ella, manifestó que no, lo que veda que pueda efectuarse condena alguna.

En cuanto a la ansiedad, aunque fue reconocida en el parte de asistencia médica, la Sala cree que "ni se ha justificado que atienda a una sola causa ni se ha concretado como persona causante de ese estado emocional a una determinada, ni cabe entenderlo más allá de lo que resulta ser efecto de una previa situación de tensión vivida, por lo que carece de proyección penal alguna". Respecto a las lesiones que se han acreditado sufrió R., la Audiencia considera "inadmisible" que sea en el recurso de apelación interpuesto, y no antes, ni ante la Guardia Civil, ni en la vista oral, donde el apelante refiera que el causante fue A., cuando ante la Guardia Civil dijo que desconocía quién se la había producido.

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Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #4576 en: 12 de Abril de 2015, 15:33:02 pm »
Insulta a un policía local y exige una rebaja de la multa por ser pensionista

La vecina de Puerto Lumbreras, que llamó «chulo» a un agente y le amenazó con que «se iba a enterar», alega que no poder afrontar la sanción al ser sus ingresos «muy limitados»

EFE | MURCIA

11 abril 2015
11:19
 
La Audiencia Provincial ha desestimado el recurso presentado por una mujer. Ésta pidió una rebaja de la multa que le fue impuesta por un juzgado por insultar a un policía local porque es pensionista y sus ingresos «son muy limitados».

La sentencia señala que un juzgado de Instrucción de Lorca declaró probado en un juicio de faltas que la apelante había faltado al respeto al agente, que ejerce como policía local en el vecino municipio de Puerto Lumbreras, al llamarlo «chulo» y decirle que «se iba a enterar».

La mujer fue condenada por estos hechos, ocurridos hace ahora un año, a la pena de un mes de multa, con una cuota diaria de seis euros, así como al pago de las costas del juicio. Una resolución que apeló ante la Audiencia Provincial de Murcia.

Este tribunal, al rechazar el recurso, comenta que las expresiones proferidas contra el policía fueron, «a todas luces», irrespetuosas, «sin que las mismas puedan encontrar amparo en el derecho a la libertad de expresión». En cuanto a la petición de una rebaja de la cuantía de la multa, la sala señala que la sanción «no se antoja desproporcionada».

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Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #4577 en: 12 de Abril de 2015, 18:38:36 pm »
Las penas multas son proporcionadas a los ingresos por lo tanto es normal que en jn recurso se intente alegar una falta de ingresos para rebajar la multa . . . dónde está la noticia?

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Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #4578 en: 13 de Abril de 2015, 14:08:49 pm »
Las penas multas son proporcionadas a los ingresos por lo tanto es normal que en jn recurso se intente alegar una falta de ingresos para rebajar la multa . . . dónde está la noticia?

Enviado por Eutelsat usando ViaSat con Tapatalk.
ñla noticia es que a mucho se les llena la boca cuando insultan y sacan a pasear el "no sabe quien soy yo" o "le voy a quitar el uniforme"...y a la hora de la verdad todo son nexcusas y lloriqueos varios...
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Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #4579 en: 13 de Abril de 2015, 14:10:06 pm »
y además, que cuando el tribunal impone la multa ya ha tenido en cuenta los ingrsos del condenado...pues harto estoy de ir a juicios en el que el tribunal pregunta "y usted a que se dedida?".... para luego fijar la cuantía.
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