Autor Tema: De actuaciones y sentencias judiciales  (Leído 769380 veces)

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Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #4720 en: 15 de Diciembre de 2015, 11:08:36 am »
 :Plasplas fantástica noticia


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Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #4721 en: 15 de Diciembre de 2015, 17:42:06 pm »
•EN NAVALAGAMELLA
Absueltos tres jóvenes por matar al hombre que les atacó con una barra

El Supremo asegura que la intención de los acusados no era matarle


EUROPA PRESS

Actualizado 15/12/201516:29

El Tribunal Supremo ha confirmado la absolución de tres personas que fueron condenadas por un tribunal jurado de la Audiencia Provincial de Madrid a 2 años y 6 meses de prisión por la muerte de un joven tras una pelea en Navalagamella.

La sentencia rechaza los recursos de casación interpuestos por la familia de la víctima, que falleció dos días después de los hechos ocurridos en 2012, contra dicha sentencia absolutoria. Confirma así el fallo que también emitió el Tribunal Superior de Justicia de Madrid.

Los hechos se remontan al 9 de abril de 2012 c

uando tres hombres intervinieron en una pelea entre el fallecido y otro varón con el que había discutido e intercambiado amenazas previamente.

El fallecido portaba un cuchillo y una barra metálica y, en un momento de la pelea, uno de los ahora absueltos le golpeó con dicha barra cuando se le cayó al suelo, al entender que corría peligro sus vidas, y que le causó una hemorragia cerebromíngea traumática con resultado de muerte a los dos días.

Culpables, según el jurado

Ante estos hechos, el jurado condenó a los tres varones como responsables de un delito de homicidio con eximente incompleta de legítima defensa. Entendía que podían haber reducido al fallecido de manera menos violenta. Luego, los acusados recurrieron al TSJM que declaró su libre absolución en febrero de 2014.

El TSJM exponía entonces que el fallecido recibió un golpe en la cabeza con la barra que él mismo llevaba, "sin que conste quien se la propinó". Justificaba que los tres intervinieron en la peleo pero no eran "autores materiales de la muerte".

"Para imputar a unos partícipes de muerte dolosa de una persona, es preciso un grado de conocimiento e intención que pueda calificarse de dolosa, por dolo directo o eventual, conocimiento y admisión, en su caso, del exceso en la agresión". El TSJM no consideraba acreditada esta circunstancia.

Ante ello, el Supremo indica que el TSJM denunciaba "la ausencia de prueba que permitiera aflorar el dolo directo o eventual". "De los tres partícipes a los que el jurado atribuye la autoría material, solo uno es realmente autor material y su identidad se desconoce", prosigue el alto tribunal.

El Supremo expone que no ha quedado acreditado el dolo directo y eventual pues "no se puede llegar a la conclusión de que la intención de los acusados en la pelea y forcejeo mantenido con la víctima fuera la de matarle, sino el de desarmarle".

"No podemos obviar que todos los intervinientes pretendían quitar el palo y el cuchillo" al fallecido, con el que "pretendían atacarle". Entiende que fue un suceso "imprevisible" dentro de ese común intento de "inmovilizar al agresor exaltado".

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Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #4722 en: 16 de Diciembre de 2015, 11:23:52 am »
Diez años de cárcel por encargar que mataran a las dos policías que le quitaron a sus hijos

Las agentes fueron a respaldar a los Servicios Sociales al domicilio de la acusada para retirarle la custodia

josé antonio martínez 15.12.2015 | 03:55

La acusada llega ayer a la Audiencia de Alicante para afrontar el juicio. PILAR CORTÉS

Una mujer acusada de encargar el asesinato de dos policías en Benidorm aceptó ayer una pena de diez años de cárcel tras declararse culpable de los hechos, según confirmaron ayer a este diario fuentes del caso. Las dos funcionarias del Cuerpo Nacional de Policía habían ido a la casa de la acusada el 3 de febrero de 2014 a apoyar a los Servicios Sociales para retirarle la custodia de sus hijos menores de edad. La persona a la que propuso cometer el crimen y a la que llegó a comprometerse a facilitar una pistola para llevarlo a cabo la denunció en Comisaría al ver que la oferta iba en serio. La intención de procesada era seguir a las dos agentes cuando salieran del trabajo y acabar a tiros con sus vidas. La intención era acompañar al ejecutor para que ambas vieran que todo era cosa de ella.

La acusada lleva en prisión preventiva desde su detención y hasta ahora negaba los hechos y decía que todo era una broma a la persona que le denunció. Ayer admitió los hechos y será condenada a diez años de prisión por proposición de asesinato. También durante 20 años no podrá volver al lugar de residencia de las víctimas. Las dos policías estaban personadas en la causa como acusación particular a través de la abogada Pilar Chamorro. Tras el acuerdo cerrado ayer en la Sección Décima de la Audiencia de Alicante, la acusada deberá indemnizar a las dos policías con 18.000 y 20.000 euros.

El escrito de acusación del fiscal, aceptada por la acusada al declararse culpable de los hechos, señala que ésta se citó en varias ocasiones con la persona que eligió como sicario en distintos bares de Benidorm dando las características físicas de las agentes, así como los datos que conocía, como el vehículo que conducían. Esta información había sido conseguido por la acusada tras haber llevado a cabo un seguimiento y vigilancia exhaustivo de las funcionarias.

El plan consistía en que el supuesto sicaria tenía que esperar a las dos funcionarias en las proximidades de la Comisaría hasta que terminaran su turno de trabajo y se fueran a buscar su coche y, una vez allí, dispararles con un arma que ella conseguiría, participando ella misma en la ejecución para que ellas vieran su cara antes de matarlas.

En la causa estaban aportados mensajes de whatsapp, tanto escritos como de voz, en los que se hablaba abiertamente de los asesinatos tanto a la persona que tenía que cometerlos, como a la pareja sentimental de éste. En ellos aparecían expresiones del tipo: «que quiere que le vean la cara, que ella dispara»; «hay que pillarlas donde tengan el coche en el turno de noche, cuanto más grande sea la bala mejor, el gatillo lo aprieta ella», «sólo tiene que seguirlas y matarlas delante de ella, son dos mujeres de la policía nacional, blancos fáciles».

Inicialmente, la mujer estaba imputada también por las lesiones psicológicas sufridas por las dos policías al conocer el complot existente para acabar con sus vidas. La Fiscalía pedía hasta dos años de cárcel por cada uno de los dos delitos de lesiones psicológicas, pero esta acusación se retiró después de la conformidad pactada ayer. Asimismo, tras el acuerdo las acusaciones redujeron de 13 a 10 años de cárcel la petición por la proposición de los dos asesinatos.

Aunque en el escrito de acusación no consta, según las fuentes consultadas por este diario, el precio ofrecido al supuesto sicario era de 15.000 euros por cada crimen. Ante las sospechas de que éste no iba a realizar el trabajo, la acusada ya estaba moviéndose para encontrar a otra persona que sí lo hiciera.

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Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #4723 en: 20 de Diciembre de 2015, 15:04:17 pm »
Buenos días, ayer leí en el periódico El Mundo sección Andalucía, que han absuelto a los cuatro compañeros de Marbella.

Que mal nos tratan los jueces que no nos comprenden...


Absuelven a cuatro policías locales de Marbella de la muerte de un detenido



 El hombre falleció una vez se encontraba reducido y esposado en el suelo

Pablo D. AlmogueraMálaga - 19/12/2015 a las 08:23:16h. - Act. a las 08:23:17h.

Guardado en:  Málaga  , Málaga


policías locales de Marbella acusados por la muerte de un individuo que falleció tras ser reducido en la calle. Mientras el fiscal sólo acusaba a uno de los agentes por un delito de homicidio por imprudencia, mientras que la acusación particular, que representaba a la familia del fallecido, hacía lo propio con todos.

La resolución, a la que ha tenido acceso ABC, señala que «nos encontramos ante una actuación policial legítima» y recoge que la actitud violenta del fallecido –que iba «increpando y empujando» a los demás viandantes– justifica «el uso de la fuerza física».

Sobre el hecho de que uno de  los agentes colocara una de sus rodillas sobre la zona del omóplato del fallecido –el ciudadano belga L.F.H.W.– cuando ya estaba esposado en el suelo, aspecto en el que las acusaciones fundamentaban sus imputaciones, el tribunal explica que «no duró más de 30 segundos, quizás menos, y cesa al percatarse de que algo sucedía».


«De los informes periciales resulta probado, y así se ha declarado, que nos encontramos ante un caso típico de delirium agitado o excitado con muerte secundaria», se plasma en el fallo, en el que se relata la influencia en el desenlace de los hechos del consumo de «cocaína y alcohol». «La contención violenta fue una concausa necesaria, pero no suficiente, para producir la muerte», aclara, para precisar que los golpes y traumas que recibió L.F.H.W. cuando era reducido «no produjeron lesiones en órganos vitales».

La sentencia hace hincapié en que ningún testigo declarara que viese a los agentes golpear al fallecido contra el suelo ni tirarle de la cabeza hacia atrás cuando estaba esposado, como sostenía la Fiscalía en su escrito de acusación.

También se resalta que los informes de los médicos forenses de la Administración de justicia refutan las conclusiones del especialista aportado por la acusación particular.

La Sala también descarta la posibilidad de que se produjese un homicidio por imprudencia grave porque, «no solo es precisa la existencia de la causalidad natural, sino que además se exige que el resultado sea la concreción del riesgo».

Por todo ello, se absuelve a los agentes J.C.B.P., A.B.L., R.M.G. y M.S.S. por los cargos de los que se les acusaban; y al Ayuntamiento de Marbella, de las pretensiones deducidas en su contra

Contra esta resolución cabe recurso de casación.

Los hechos juzgados sucedieron en febrero de 2006, cuando el fallecido iba caminando por la calle con el torso desnudo y un pantalón de pijama caminando en estado de agitación. Al ser interceptado por unos agentes que pasaban por el lugar, reaccionó con violencia y tuvo que ser reducido. Durante esta maniobra, falleció.


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Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #4724 en: 20 de Diciembre de 2015, 21:22:53 pm »
Buenos días, ayer leí en el periódico El Mundo sección Andalucía, que han absuelto a los cuatro compañeros de Marbella.

Que mal nos tratan los jueces que no nos comprenden...


Absuelven a cuatro policías locales de Marbella de la muerte de un detenido



 El hombre falleció una vez se encontraba reducido y esposado en el suelo

Pablo D. AlmogueraMálaga - 19/12/2015 a las 08:23:16h. - Act. a las 08:23:17h.

Guardado en:  Málaga  , Málaga


policías locales de Marbella acusados por la muerte de un individuo que falleció tras ser reducido en la calle. Mientras el fiscal sólo acusaba a uno de los agentes por un delito de homicidio por imprudencia, mientras que la acusación particular, que representaba a la familia del fallecido, hacía lo propio con todos.

La resolución, a la que ha tenido acceso ABC, señala que «nos encontramos ante una actuación policial legítima» y recoge que la actitud violenta del fallecido –que iba «increpando y empujando» a los demás viandantes– justifica «el uso de la fuerza física».

Sobre el hecho de que uno de  los agentes colocara una de sus rodillas sobre la zona del omóplato del fallecido –el ciudadano belga L.F.H.W.– cuando ya estaba esposado en el suelo, aspecto en el que las acusaciones fundamentaban sus imputaciones, el tribunal explica que «no duró más de 30 segundos, quizás menos, y cesa al percatarse de que algo sucedía».


«De los informes periciales resulta probado, y así se ha declarado, que nos encontramos ante un caso típico de delirium agitado o excitado con muerte secundaria», se plasma en el fallo, en el que se relata la influencia en el desenlace de los hechos del consumo de «cocaína y alcohol». «La contención violenta fue una concausa necesaria, pero no suficiente, para producir la muerte», aclara, para precisar que los golpes y traumas que recibió L.F.H.W. cuando era reducido «no produjeron lesiones en órganos vitales».

La sentencia hace hincapié en que ningún testigo declarara que viese a los agentes golpear al fallecido contra el suelo ni tirarle de la cabeza hacia atrás cuando estaba esposado, como sostenía la Fiscalía en su escrito de acusación.

También se resalta que los informes de los médicos forenses de la Administración de justicia refutan las conclusiones del especialista aportado por la acusación particular.

La Sala también descarta la posibilidad de que se produjese un homicidio por imprudencia grave porque, «no solo es precisa la existencia de la causalidad natural, sino que además se exige que el resultado sea la concreción del riesgo».

Por todo ello, se absuelve a los agentes J.C.B.P., A.B.L., R.M.G. y M.S.S. por los cargos de los que se les acusaban; y al Ayuntamiento de Marbella, de las pretensiones deducidas en su contra

Contra esta resolución cabe recurso de casación.

Los hechos juzgados sucedieron en febrero de 2006, cuando el fallecido iba caminando por la calle con el torso desnudo y un pantalón de pijama caminando en estado de agitación. Al ser interceptado por unos agentes que pasaban por el lugar, reaccionó con violencia y tuvo que ser reducido. Durante esta maniobra, falleció.
solo faltaba que un menda hasta el culo de alcohol y drogas y de quien ha dicho el forense que fue el cockail el que lo mató y no los policías, fueran estos condenados por el de negro...aunque ya le digo que si caen en otro juzgado salen condenados seguro. Las ratas son ratas siempre, aunque a veces disimulan.
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Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #4725 en: 24 de Diciembre de 2015, 09:50:02 am »
lleva en prisión desde el 19-d del pasado año

El fiscal pide 6 años y 40.000€ para el PP al hombre que empotró su coche en Génova 13

La Fiscalía de Madrid tiene listo el escrito de calificaciones sobre el ataque a la sede del PP y considera que el acusado debe indemnizar al partido con 41.024 euros. Podría enfrentarse a seis años de cárcel

Fotografía cedida por el PP en el que se ve el coche empotrado en la sede de Génova (EC)
Roberto R. Ballesteros
P. Esteban



24.12.2015 – 05:00 H.

La Fiscalía de Madrid ha pedido seis años de prisión para el hombre que estrelló su coche contra la sede del PP hace justo ahora un año. En su escrito de calificaciones, el Ministerio Público considera que Daniel Pérez Berlanga (Bronchales, Teruel, 1977) es culpable de un delito de tenencia de explosivos y de otro de incendio en grado de tentativa.

El procesado, que será juzgado por la Sección 15 de la Audiencia Provincial de Madrid, circulaba la mañana del 19 de diciembre de 2014 -según resumió el auto de transformación en procedimiento ordinario dictado por el Juzgado de Instrucción 31- con su vehículo por la calle Génova procedente de la plaza de Colón “a gran velocidad”. Cuando se acercaba a la sede del PP, “aceleró y estrelló violentamente” su coche contra la entrada del inmueble.

El vehículo destrozó la puerta y provocó daños en el interior del edificio (muebles, recibidor, sistema eléctrico) que después fueron valorados por un perito. El informe de este especialista ha sido el que ha utilizado la Fiscalía para determinar que el acusado debe abonar al PP una indemnización de 41.024,36 euros por los daños provocados. En concreto, los desperfectos causados sobre la estructura del edificio fueron valorados en 33.154,36 euros y los ocasionados en los diferentes bienes muebles que en ese momento se encontraban en la parte baja de la sede en 7.870 euros.

Vídeo: Primeras imágenes del autor del ataque a la sede del PP

El Ministerio Público considera que el hombre intentó provocar una explosión con un artefacto incendiario casero fabricado por él mismo que se activaba con un temporizador y tenía una iniciación eléctrica. El dispositivo estaba unido a dos bombonas de butano, que también transportaba el hombre en el interior del coche, metralla y gases tóxicos. Su activación, de hecho, podría haber provocado la explosión de las bombonas y haber propagado las llamas por todo el edificio.

Pérez Berlanga, que tenía 37 años cuando se produjeron los hechos, continúa en prisión provisional desde que fuera detenido aquella mañana, y que después fue ratificada por el Juzgado 32, que instruye la causa, en el mencionado auto de transformación en procedimiento abreviado dictado el pasado 1 de junio.

El episodio tuvo lugar a las 6.55 horas de aquel 19 de diciembre y provocó la activación inmediata del protocolo antiterrorista por parte del Ministerio del Interior. Agentes de los Tedax y de las Unidades de Intervención Policial (antidisturbios) se desplazaron a la zona y mantuvieron el tráfico cortado durante seis horas. Fuentes policiales aseguraron ese mismo día a la agencia Efe que el hombre declaró en comisaría que su intención era atentar contra todos los políticos, porque todos ellos “son iguales”, y que eligió la sede del PP, pero que podía haberse estrellado contra la de cualquier otro partido o el propio Congreso de los Diputados.

La noticia, que se hizo pública a través de las redes sociales, conmocionó a la sociedad al no conocerse antecedentes iguales. Todavía fue más sorprendente la identidad del autor. Aunque en un principio se identificó como un empresario arruinado de Teruel en una situación económica difícil, resultó ser hijo del antiguo alcalde socialista de su localidad originaria, Bronchales. Pérez Berlanga era un parado de larga duración que en el pasado padeció brotes esquizofrénicos y los propios vecinos aseguraron a este diario que nunca se le conoció un trabajo estable, vivía con sus padres y pudo haber pasado un tiempo consumiendo drogas. Ahora podría enfrentarse a una condena de hasta seis años de cárcel.
Mariano Rajoy tras sufrir la agresión en Pontevedra. (EFE)
Mariano Rajoy tras sufrir la agresión en Pontevedra. (EFE)
Del coche empotrado al puñetazo de Rajoy

La casualidad llevó un año después a que el PP sufriera otro ataque. Este fue directo al jefe del partido y se ha convertido en el desagradable colofón de una campaña electoral enrarecida. Fue el pasado 17 de diciembre y sucedió en Pontevedra, cuando Mariano Rajoy se daba un baño de masas a cuatro días de las elecciones generales y un joven menor de edad atizó un puñetazo al presidente del Gobierno. Andrés de V.F, ultra del potevedra y aficionado a difundir contenidos políticos en internet de tinte anarquista y galleguista, fue detenido inmediatamente y aseguró estar muy contento con su actuación.

Puñetazo a Rajoy en Pontevedra

La agresión a Rajoy fue protagonista de un final de campaña que quedó emborronada por lo sucedido. Todas las fuerzas políticas condenaron la agresión sin fisuras aunque la polémica ya estaba sembrada. Unos días antes se produjo un tenso cara a cara entre el líder popular y Pedro Sánchez en el que el socialista llamó “indecente” a su adversario y éste contestó “ruiz y deleznable” al jefe de Ferraz. El ministro Montoro, en un mitin en Sevilla tras el ataque, reclamaba "evitar la crispación y bajar el nivel de ese tipo de debates y acusaciones públicas, que llevan a lo que llevan".

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Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #4726 en: 09 de Enero de 2016, 14:08:14 pm »
Lo he dicho alguna que otra vez....los jueces terminan hartos de tener que enjuiciar conductas calificadas como atentados, desobediencias y resistencias...unas figuras de las que se debería huir como de la peste....y quizás con un poco más de mano izquierda se conseguiría reducirlas.




Un protocolo para las detenciones


05/01/2016

El Tribunal Superior de Justicia propondrá medidas para evitar arrestos policiales incorrectos tras las quejas de jueces de Bilbao. Magistrados y Ertzaintza aspiran a una salida acordada.

Una ponencia dentro del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco (TSJPV) creada a instancias de varios jueces de Bilbao se halla analizando la posibilidad de recomendar cambios en los protocolos de actuación de la Ertzaintza a la luz del nuevo Código Penal que entró en vigor el pasado 1 de julio de 2015. El principal punto de fricción, aunque no el único, es que algunos magistrados entienden que la Policía se está excediendo al seguir arrestando a personas bajo la acusación de «desobediciencia», cuando estas actitudes, si son leves, ya no son ni delitos ni faltas desde el pasado año, simplemente infracciones administrativas que se ventilan con una multa. Altos representantes judiciales y policiales, sin embargo, coinciden en ver como algo positivo el establecimiento de unas instrucciones comunes para la aplicación de la reciente reforma penal.

«Ha habido una modificación muy profunda del Código Penal, con más de 200 cambios en las tipificaciones, y eso tiene consecuencias absolutamente prácticas en la elaboración de los atestados. Hay problemas técnicos que se tienen que resolver», explica un jurista sobre la relación actual entre jueces y ertzainas. Esta misma fuente reconocer que ha sido en Bilbao donde más problemas se han producido y que el mayor desencuentro son las detenciones policiales. «Ahora hay determinados comportamientos que antes eran faltas y que han sido destipificados. Son simplemente infracciones. Es el caso de la desobediencia a los agentes de la autoridad. La Ertzaintza no puede proceder a la detención de una persona por esas conductas y se producen detenciones que no son correctas», abunda.

Desde la judicatura inciden en que no se trata de una polémica por un caso concreto, sino de buscar un marco general de actuación de cara el futuro. Eso sí, El Correo publicó que un juzgado de la capital de Bizkaia abrió incluso una causa por detención ilegal contra dos policías que arrestaron a un ciudadano durante un altercado. En concreto, era un hombre al que habían expulsado de una discoteca y pidió auxilio a una patrulla para volver a entrar. Como no era urgente, ningún agente se desplazó al lugar de los hechos por lo que él mismo se dirigió a una comisaría e increpó a los funcionarios allí presentes, que lo detuvieron también por «fingir» haber sido agredido.

Precisamente los jueces de instrucción de Bilbao formularon una queja por detenciones como ésta y la sala de Gobierno del Tribunal Superior, institución presidida por Juan Luis Ibarra, acordó el pasado 18 de diciembre la creación de una ponencia que busque una salida. La próxima reunión de este órgano está prevista para el 15 de enero, después del parón vacacional.

«Queremos una respuesta que sea práctica y en ningún caso de enfrentamiento institucional», explican portavoces de la judicatura, que destacan que el Tribunal Superior y el Departamento de Seguridad disponen ya de un órgano de coordinación en el Consejo de Seguridad Pública de Euskadi. De momento, no se ha cerrado un planteamiento concreto aún.

«Si nos dan instrucciones, mucho mejor», señalan, en el otro lado, fuentes policiales, que también desean una salida acordada. Y añaden: «Preferimos mil veces imputar que detener, con todos los procedimientos que eso supone». Desde la dirección de la Ertzaintza insisten, además, en que se ha facilitado ya formación a los agentes a la hora de actuar  de acuerdo con el nuevo Código Penal.

Los sindicatos policiales, en cambio, critican el «caos» y la falta de directrices internas. Erne ya ha anunciado unas «jornadas de formación sobre la detención». Se celebrarán en Bilbao, San Sebastián y Vitoria en febrero y marzo y estarán impartidas, precisamente, por un juez de Bilbao, Urko Giménez, que es también miembro de la sala de Gobierno del Superior. Esta central y ELA, asimismo, preparan movilizaciones.

La Ertzaintza, en todo caso, defiende igualmente que se conceda un cierto margen de discrecionalidad a la Policía a la hora de actuar. «Son los agentes los que están sobre el terreno en contacto directo con la realidad», repiten varias fuentes consultadas. A veces, explican desde la Policía vasca, un arresto evita que un incidente se descontrole y tranquiliza a los ciudadanos que lo sufren, que no entenderían que los agentes desplazados no redujeran a una persona. Aunque con posterioridad el juez pueda interpretar que el detenido tenga que quedar libre sin cargos, subrayan, eso no hace injustificable el arresto siempre que sea garantista.

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Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #4727 en: 09 de Enero de 2016, 14:18:03 pm »
Yo hago mi trabajo, por tanto que los jueces hagan el suyo.
Es como si los policías pedimos que los conductores no transgredan las normas de circulación porque nos molesta y nos cansa mucho rellenar boletines de denuncia.
Desde luego, a casta, a los jueces no les gana nadie.
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Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #4728 en: 09 de Enero de 2016, 14:22:03 pm »
Yo hago mi trabajo, por tanto que los jueces hagan el suyo.
Es como si los policías pedimos que los conductores no transgredan las normas de circulación porque nos molesta y nos cansa mucho rellenar boletines de denuncia.
Desde luego, a casta, a los jueces no les gana nadie.

Luego no se me quejen de que una detención con poca base se convierte en absolución.

El 90 por ciento de estas actuaciones se evitarían si el funcionario tuviese mano izquierda.

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Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #4730 en: 09 de Enero de 2016, 14:40:18 pm »
Si el resto se quejara de como va la Justicia .....
La vida me ha golpeado fuerte. Podría haberme hecho vulnerable y acabar pegándome un tiro o podría mirar al cielo y crecer. Prefiero la segunda opción.

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Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #4731 en: 09 de Enero de 2016, 14:43:46 pm »
Vieniendo de "tomalosbarrios" pues como que le doy más fiabilidad a los agentes que a los que pretenden crear anarquia en las calles.


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Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #4732 en: 09 de Enero de 2016, 15:00:50 pm »
Yo hago mi trabajo, por tanto que los jueces hagan el suyo.
Es como si los policías pedimos que los conductores no transgredan las normas de circulación porque nos molesta y nos cansa mucho rellenar boletines de denuncia.
Desde luego, a casta, a los jueces no les gana nadie.

Luego no se me quejen de que una detención con poca base se convierte en absolución.

El 90 por ciento de estas actuaciones se evitarían si el funcionario tuviese mano izquierda.
nos quedaremos siempre que la sentencia no nos.parezca razonable, lógica o favorable....como haría cualquier hijo de vecino en.cualquier situación. Lo que no es de.recibo es que los jueces.digan que no quieren.enjuiciar o instruir...que hagan su trabajo, si su trabajo finaliza en.absolución que así sea...pero que lo hagan, no que manden una.instrucción o lo que quieran porque de.les acumula el trabajo.
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Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #4733 en: 09 de Enero de 2016, 15:22:02 pm »
Yo hago mi trabajo, por tanto que los jueces hagan el suyo.
Es como si los policías pedimos que los conductores no transgredan las normas de circulación porque nos molesta y nos cansa mucho rellenar boletines de denuncia.
Desde luego, a casta, a los jueces no les gana nadie.

Luego no se me quejen de que una detención con poca base se convierte en absolución.

El 90 por ciento de estas actuaciones se evitarían si el funcionario tuviese mano izquierda.
nos quedaremos siempre que la sentencia no nos.parezca razonable, lógica o favorable....como haría cualquier hijo de vecino en.cualquier situación. Lo que no es de.recibo es que los jueces.digan que no quieren.enjuiciar o instruir...que hagan su trabajo, si su trabajo finaliza en.absolución que así sea...pero que lo hagan, no que manden una.instrucción o lo que quieran porque de.les acumula el trabajo.

Lo que critican es que demasiadas veces se llevan ante ellos conductas, que primero han motivado una detención, que no son constitutivas de delito alguno.

Vieniendo de "tomalosbarrios" pues como que le doy más fiabilidad a los agentes que a los que pretenden crear anarquia en las calles.

No me sea corporativista....

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Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #4734 en: 09 de Enero de 2016, 16:59:50 pm »
Si le meten por penal le dolerá menos el bolsillo......, aún por encima que los compañeros se preocupan por la economía de algunos bobos.....

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Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #4735 en: 09 de Enero de 2016, 17:10:08 pm »

No me sea corporativista....

No es corporativismo, es conocer que no todas las desobediencias lo son y ni mucho menos otras no existen. Así que.... ¿seguro que las personas que forman "tomaelbarrio" son personas que nunca violentan la ley ni a sus agentes de la autoridad?.... no se yo....


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Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #4736 en: 09 de Enero de 2016, 17:39:02 pm »
Lo que se viene a decir en la noticia es que los policías se pongan al día de las reformas. Que se está deteniendo por infracciones administrativas como los casos de desobediencia leve.
Que den gracias que no les han "metido" por ello.

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Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #4737 en: 09 de Enero de 2016, 17:58:13 pm »
Lo que se viene a decir en la noticia es que los policías se pongan al día de las reformas. Que se está deteniendo por infracciones administrativas como los casos de desobediencia leve.
Que den gracias que no les han "metido" por ello.

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Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #4738 en: 09 de Enero de 2016, 18:25:10 pm »
Lo que se viene a decir en la noticia es que los policías se pongan al día de las reformas. Que se está deteniendo por infracciones administrativas como los casos de desobediencia leve.
Que den gracias que no les han "metido" por ello.
de como se redacte la comparecencia será leve o menos grave...y por tanto nuestro culo estará a salvo...otra cosa será que su señoría luego lo degrade y listo...que es lo que no quieren, tener que trabaja. Yo no soy juez, así que catalogue usted señoria, yo detengo por delito de desobediencia...si usted lo degrada luego a infracción administrativa es cosa suya.
Aunque ande en valle
De sombra y de muerte
no temeré mal alguno
Porque tú estarás conmigo
Tu vara y tu cayado me
infundirán aliento

Desconectado 47ronin

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Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #4739 en: 09 de Enero de 2016, 18:35:42 pm »
Lo que se viene a decir en la noticia es que los policías se pongan al día de las reformas. Que se está deteniendo por infracciones administrativas como los casos de desobediencia leve.
Que den gracias que no les han "metido" por ello.
de como se redacte la comparecencia será leve o menos grave...y por tanto nuestro culo estará a salvo...otra cosa será que su señoría luego lo degrade y listo...que es lo que no quieren, tener que trabaja. Yo no soy juez, así que catalogue usted señoria, yo detengo por delito de desobediencia...si usted lo degrada luego a infracción administrativa es cosa suya.